CASO FUNERARIA de Madrid

" Lo razonable es esperar a una sentencia judicial firme y que hasta ese momento los cargos afectados por este caso no tienen que dimitir. En estos momentos en que el procedimiento abreviado ha llegado a su final y el juicio oral se va a producir de forma inmediata, parece razonable que sea ese juicio oral que se va a producir en los próximos meses el que determine las responsabilidades de estas tres personas por los hechos que se juzgan de 1992.. son personas que no están acusadas de haberse enriquecido ni de haberse llevado a su bolsillo nada del patrimonio público ........por supuesto que van a asumir la responsabilidad política....no hay una vulneración del Código Ético por el hecho de someterse, aplicando la presunción de inocencia, a la resolución que determinen los otros jueces. No se incumple en absoluto ese Código Ético".
( Ruiz Gallardón.25.09.02 )

"Creemos en su total honradez y esperamos que pase pronto este calvario..Sigo defendiendo la presunción de inocencia y que no deben irse hasta que haya una sentencia firme,.......este verano, un periódico advertía que de tanto poner la mano en el fuego por mis compañeros acabaría quemándome, pero prefiero quemarme a esconder la mano por cobardía...este es un proceso muy serio en el que se está dando una politización por parte de personas que intentan que la justicia no cumpla su cometido sino bajo presiones exteriores...Estamos jugando con la fama de las personas, siento que haya quien juegue así con la política".

( Álvarez del Manzano.26.09.02 )

LA SENTENCIA . OCTUBRE 2009
Los hechos
Quien es quien
Informe completo Tribunal de Cuentas ( Noviembre 1998. PDF )
Informe Fiscalía Anticorrupción. ( Julio 2002 . PDF)
Código Ético 1993.PDF

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