PEDRO GONZÁLEZ TREVIJANO : EL IDEÓLOGO JEFE DE FAES EN LA PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

LAS NOTICIAS SOBRE EL SUSODICHO

09.01.22

 

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL SE RESERVA EL CONTROL DE LOS PROYECTOS DE SENTENCIA

 

EL GOBIERNO ESTUDIA UNA REFORMA LEGAL QUE LE PERMITA ASEGURARSE UN TC DE MAYORÍA PROGRESISTA EN JUNIO

EL CONSTITUCIONAL CAMBIA SU DOCTRINA PARA BLINDARSE ANTE LAS RECUSACIONES

EL CONSTITUCIONAL RECHAZA POR UNANIMIDAD TODAS LAS RECUSACIONES POR EL ‘PROCÉS’ CONTRA ARNALDO, ESPEJEL Y GONZÁLEZ-TREVIJANO

EL TC CIERRA LA PUERTA A RECUSAR A ARNALDO POR SUS ARTÍCULOS SOBRE EL ABORTO, EL 'PROCÉS' Y LA EUTANASIA

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL ASEGURA QUE EL TRIBUNAL DICTARÁ SENTENCIA SOBRE EL ABORTO “EN UNOS MESES”

 

GONZÁLEZ-TREVIJANO, MAGISTRADO VINCULADO A ASTURIAS, PRESIDIRÁ EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

PEDRO GONZÁLEZ TREVIJANO, ELEGIDO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PARA SÓLO SIETE MESES

 

EL CONSTITUCIONAL MÁS PRÓXIMO AL PP REVISARÁ LAS LEYES CLAVE DEL GOBIERNO

 

CONSERVADORES Y PROGRESISTAS ELIGEN A TREVIJANO POR UNANIMIDAD PARA PRESIDIR EL CONSTITUCIONAL

 

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ESTIMA QUE EL SEGUNDO ESTADO DE ALARMA SE REGULÓ DE MODO “INCONSISTENTE”

 

EL CONSTITUCIONAL FALLA QUE LA RESTRICCIÓN DE LA ACTIVIDAD DEL PARLAMENTO EN LA PANDEMIA VULNERÓ LOS DERECHOS DE LOS DIPUTADOS

 

QUIÉN ES PEDRO GONZÁLEZ-TREVIJANO: EL JUEZ QUE HA PROPUESTO DECLARAR INCONSTITUCIONAL EL PRIMER ESTADO DE ALARMA

 

EL FUTURO PRESIDENTE DEL TC Y ARNALDO MANIOBRARON PARA COLOCAR A MATAS EN LA UNIVERSIDAD

 

RADIOGRAFÍA DEL TC: UN "ÓRGANO POLÍTICO" LASTRADO POR EL BLOQUEO Y CON TAREAS PENDIENTES DESDE HACE UNA DÉCADA

 

CONDE-PUMPIDO ACUSA A SUS COMPAÑEROS DE CREAR UN "GRAVE PROBLEMA POLÍTICO" Y "DESARMAR AL ESTADO" FRENTE A PANDEMIAS

 

EL TRIBUNAL MÁS DIVIDIDO DECLARA INCONSTITUCIONAL EL CONFINAMIENTO

 

EMPATE EN EL CONSTITUCIONAL SOBRE EL DECRETO DE ALARMA

 

EL CONSTITUCIONAL ANULA LA DESIGNACIÓN DE PABLO IGLESIAS PARA EL ÓRGANO DE CONTROL DEL CNI

 

UN TRIBUNAL FATIGADO EN PLENA BATALLA POLÍTICA

 

UN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DIVIDIDO DIRIME EL DECRETO DE ALARMA

 

EL PONENTE DEL FALLO DEL CONSTITUCIONAL CONTRA EL CONGRESO CAMBIÓ SU VOTO A ÚLTIMA HORA

 

EL CONSTITUCIONAL SE DIVIDE ACERCA DE MANTENER LA CONDENA DE LOS IMPLICADOS EN EL CERCO AL PARLAMENT

 

PSOE Y PP CIERRAN LA RENOVACIÓN DEL CONSTITUCIONAL, DEL TRIBUNAL DE CUENTAS Y DEL DEFENSOR DEL PUEBLO

 

EL PONENTE DEL CONSTITUCIONAL CUESTIONA QUE SE ADOPTARA EL CONFINAMIENTO CON EL ESTADO DE ALARMA Y NO CON EL DE EXCEPCIÓN

 

EL CONSTITUCIONAL FALLA QUE LA RESTRICCIÓN DE LA ACTIVIDAD DEL PARLAMENTO EN LA PANDEMIA VULNERÓ LOS DERECHOS DE LOS DIPUTADOS

 

EL JUEZ QUE PERMITIÓ A TREVIJANO UN TERCER MANDATO COMO RECTOR COBRABA DE LA URJC

 

PEDRO GONZÁLEZ-TREVIJANO: EL NEXO ENTRE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS Y EL PP

 

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL GIRA MÁS A LA DERECHA

 

UNA GRABACIÓN IMPLICA A UN MAGISTRADO DEL CONSTITUCIONAL EN UN PRESUNTO INTENTO DE SOBORNO CUANDO ERA RECTOR

 

EL SUPREMO INVESTIGA POR PREVARICACIÓN AL JUEZ DEL CONSTITUCIONAL GONZÁLEZ-TREVIJANO

 

UN MAGISTRADO DEL CONSTITUCIONAL AUPADO POR EL PP, INVESTIGADO POR PREVARICACIÓN

 

GONZÁLEZ-TREVIJANO, UN RECTOR EN EL TRIBUNAL

 

ASALTO GENOVÉS AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN TRES TIEMPOS

 

GONZÁLEZ-TREVIJANO: UN FIRME DEFENSOR DE LA MONARQUÍA Y LA CONSTITUCIÓN

 

MEDIO MILLÓN DE EUROS PARA LAS «ATENCIONES» DEL EXRECTOR DE LA REY JUAN CARLOS

 

LO QUE GONZÁLEZ-TREVIJANO DEJA EN EL PASADO

 

EL GOBIERNO PROPONE PARA EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL A PEDRO GONZÁLEZ-TREVIJANO Y A ENRIQUE LÓPEZ

 

EL TC ADMITE EL RECURSO DE AMPARO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS SOBRE LA CANDIDATURA A RECTOR DE GONZÁLEZ TREVIJANO

 

TSJM RATIFICA QUE GONZÁLEZ TREVIJANO NO PODÍA SER CANDIDATO A RECTOR DE LA URJC EN 2009 POR LLEVAR DOS MANDATOS

 

EL RECTOR QUE NO DEBERÍA HABER SIDO

 

RODRIGO RATO ES INVESTIDO HOY DOCTOR HONORIS CAUSA POR LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

 

ELEGIDO NUEVO RECTOR DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

 

 


 

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL SE RESERVA EL CONTROL DE LOS PROYECTOS DE SENTENCIA

 

El tribunal acuerda que ningún fallo se vote en pleno sin intento de pacto previo en las sesiones que se celebrarán cada 15 días

 

El Constitucional va a tratar de acelerar sus tareas celebrando plenos cada 15 días, a partir del que tendrá lugar la última semana de este mes. Los planes del tribunal de garantías para este primer trimestre del año pretenden cerrar la fase de aterrizaje de los nuevos magistrados —tras la polémica renovación de noviembre último—, con el fin de entrar ya en materia sin prisa pero sin pausa.

 

Después del pleno de enero, por tanto, habrá dos más en febrero y otros dos en marzo. En total, cinco durante todo el trimestre, un promedio de actividad superior al de los dos últimos años de pandemia. El objetivo es abordar los recursos pendientes con el propósito de resolverlos por mayorías lo más amplias posibles, evitando la guerra de trincheras en que se convirtieron los plenos durante el último tramo del mandato anterior.

 

No hay todavía un orden del día preestablecido para dichas reuniones plenarias, en parte debido a que el plan acordado va a suponer a este respecto una novedad importante, consistente en el reforzamiento de las atribuciones del presidente del tribunal, Pedro González-Trevijano, del sector conservador. Trevijano se ha reservado la facultad de incluir o no en la agenda de cada pleno los proyectos de sentencia que se vayan elaborando.

 

Sin el nihil obstat del presidente ningún borrador de sentencia accederá a las sesiones plenarias, ni se votará en ellas sin dicha luz verde. Hasta ahora, en cambio, lo más habitual era que el ponente proponía el momento en que un asunto debía darse como suficientemente deliberado y, por tanto, podía someterse a votación en el pleno. Ello había dado lugar en ocasiones a la aparición de cierto factor sorpresa.

 

No será posible, por ejemplo, que un proyecto de fallo relevante, como el de la ley Celáa, que figuró entre los propuestos en el último pleno del anterior Constitucional —y no se aprobó por falta de tiempo—, se someta a deliberación formal sin una discusión anticipada sobre su contenido. Lo que se pretende es alejar la perspectiva de fallos aprobados por seis votos a cinco, con exhibición de las divisiones y luchas intestinas entre los magistrados. No se trata de que un resultado de este tipo —como el que se produjo en la sentencia sobre el primer estado de alarma, de la que fue ponente el propio Trevijano— sea irrepetible. Pero tanto el presidente del tribunal como su vicepresidente, Juan Antonio Xiol, quieren evitar la reedición de las tensiones que estallaron entonces.

 

En este contexto, fuentes del tribunal explican que algunos fallos importantes —como el relativo a la ley del aborto— podrían quedar pendientes hasta la próxima renovación del tribunal, prevista para junio de este año. Tal hipótesis se produciría si en los contactos previos entre los componentes del tribunal se pone de manifiesto que no hay consenso o una amplia mayoría para aprobar el texto que ha empezado a elaborar el nuevo ponente, el magistrado conservador Enrique Arnaldo, quien tiempo atrás se mostró crítico con la legislación vigente.

 

Estas medidas se trataron y acordaron en una reunión informal del pleno que tuvo lugar en el Constitucional antes de Navidad, tras la toma de posesión de los nuevos magistrados. En aquel encuentro —descrito en la propia institución como “charla de café”— se acordó iniciar una etapa de “recogimiento benedictino”, en expresión de las citadas fuentes. La finalidad de tanta reserva fue que el tribunal de garantías desapareciera durante un tiempo de los principales titulares de los medios de comunicación.

 

La prioridad tras el parón navideño estribará en responder a los recursos de súplica presentados por los condenados en la causa del procés contra la denegación de las recusaciones que plantearon contra los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, argumentando su afinidad con el PP, partido que les propuso para acceder al tribunal en su reciente renovación. En los dos casos se alegaba falta de imparcialidad, mientras en una iniciativa paralela se recusaba también al presidente del tribunal —nombrado en 2013 por el Gobierno de Mariano Rajoy (PP)— si no se abstenía de participar en la impugnación dirigida contra Arnaldo, por la amistad existente entre ambos.

 

El Constitucional respondió a estas recusaciones —que habrían dejado al tribunal sin quórum— con un auto muy rotundo, aprobado por unanimidad, en el que se subraya que “nadie puede ser descalificado como juez en razón de sus ideas”. En la resolución —que implica un cambio de doctrina en esta materia— se añade que “la afinidad ideológica no constituye por sí sola causa de recusación”.

 

El auto supuso un volantazo del tribunal en esta cuestión, por la facilidad con que hasta ahora habían prosperado los intentos de apartar a magistrados, como en el caso de Pablo Pérez-Tremps, recusado por el PP en el caso de la sentencia del Estatut en 2010, o más recientemente en los de Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido, cuestionados por los líderes independentistas para alejarles de las sentencias del procés, por haberse manifestado críticamente, aunque con distinta intensidad, sobre el 1-O.

 

Primer pleno del año a finales de enero

A la vista del reciente auto del Constitucional sobre los recursos de súplica de los condenados en la causa del procés, las posibilidades de que prosperen dichos recursos son muy remotas, por no decir nulas. Las impugnaciones se resolverán en el pleno que el tribunal celebrará la última semana de este mes. Las sentencias más importantes —sobre la reforma educativa de ley Celáa, la ley de eutanasia, o la ley del aborto, así como la prohibición de nombramientos por parte del Consejo General del Poder Judicial una vez concluido su mandato, o las fórmulas de juramento de los diputados al acceder al cargo— se irán incluyendo sucesivamente en los correspondientes órdenes del día. Siempre, tras haber intentado pactos internos.

 

https://elpais.com/espana/2022-01-05/el-presidente-del-constitucional-se-reserva-el-control-de-los-proyectos-de-sentencia.html?rel=buscador_noticias

 

EL GOBIERNO ESTUDIA UNA REFORMA LEGAL QUE LE PERMITA ASEGURARSE UN TC DE MAYORÍA PROGRESISTA EN JUNIO

 

El 'plan B' para el caso de que el PP siga sin querer desbloquear el CGPJ pasa por garantizar al Gobierno la designación en solitario de sus dos magistrados. Se hará mediante una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que contaría con mayoría parlamentaria suficiente.

La tercera posibilidad, pero incontrolable para el Ejecutivo, pasa por el propio Tribunal Constitucional, que tiene pendientes los recursos del PP y Vox contra el reajuste que impide al órgano de gobierno de los jueces hacer designaciones fuera de mandato. El asunto está en manos de los progresistas Xiol y Balaguer, designados ponentes.

 

El Gobierno da prácticamente por imposible que la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se produzca antes de que termine la legislatura por la obstinación del PP, sin cuyos votos es imposible llegar a un acuerdo. Una de las consecuencias del bloqueo institucional es que, al encontrarse sus vocales fuera de mandato, están imposibilitados por ley para hacer nombramientos en la cúpula judicial.

 

La situación salpica directamente al Tribunal Constitucional (TC), que también tiene que ser renovado el próximo mes de junio con dos nuevos magistrados nombrados por el Gobierno y otros dos por el CGPJ. La renovación se considera clave para el Ejecutivo de Sánchez porque, si se cumplieran los plazos previstos, el próximo mes de junio el TC daría un vuelco pasando de un órgano mayoritariamente conservador a otro con una mayoría de siete magistrados de sensibilidad progresista.

 

Paradójicamente, es la propia reforma que auspició el PSOE y su socio de Gobierno Unidas Podemos el pasado mes de marzo -y que impide al CGPJ realizar nombramientos en la cúpula judicial estando en funciones- la que constituye ahora el principal escollo para lograr un TC con sensibilidad más favorable a los postulados del Gobierno de coalición.

 

Por todo ello, ya se está estudiando un 'atajo' legal que garantice que el Consejo de Ministros pueda designar el próximo mes de junio a los dos magistrados del Tribunal Constitucional (TC) que le corresponden con independencia de la situación del CGPJ, y que sustituirían al actual presidente Pedro González-Trevijano y a Antonio Narváez, ambos en el sector conservador del órgano.

 

 Se trataría, según fuentes gubernamentales consultadas por El PERIÓDICO DE ESPAÑA, de superar la controversia jurídica existente volviendo a tocar la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para permitir de forma específica el movimiento en solitario del Gobierno.

 

En estos momentos se cuenta con tiempo y mayoría suficiente para realizar esta reforma, añaden las fuentes consultadas, ya que se espera tener los habituales apoyos parlamentarios del Gobierno de coalición. La situación sería muy parecida a la de marzo pasado, cuando la reforma de la LOPJ para limitar nombramientos obtuvo 196 votos a favor, pese a que solo necesitaba 176 para salir adelante.

 

UN VUELCO ESENCIAL PARA EL GOBIERNO

 

El vuelco en la sensibilidad del órgano de garantías se considera fundamental en un momento en el que el Gobierno de Sánchez ha recibido importantes varapalos de este órgano como fueron las sentencias que encontraron inconstitucionales determinados aspectos de los estados de alarma por pandemia de Covid, que fueron posibles al voto de la mayoría conservadora.

 

La vista está puesta en los próximos meses, pues el TC tiene sobre la mesa recursos presentados contra la práctica totalidad de la gestión del Gobierno que han sido planteados por parte del PP y sobre todo por Vox, que acumula más de una treintena de iniciativas por su presunta inconstitucionalidad.

 

La posibilidad de esta reforma ya fue aventurada a finales del pasado mes de noviembre en ámbitos jurídicos, pero el Gobierno, pese a no descartarla del todo, señaló que no sería necesaria al confiar en que antes de terminar el año el PP se avendría a razones y desbloquearía la situación. Finalmente el acuerdo no llegó, y 2022 ha empezado con un panorama incluso más pesimista tal y como señaló el propio presidente del Gobierno durante su balance anual del pasado jueves.

 

SUPERAR LA CONTROVERSIA

 

Fuentes jurídicas consultadas admiten que existe controversia jurídica al respecto, ya que mientras algunos juristas consideran que el Gobierno podría designar por libre a sus dos magistrados sin esperar al CGPJ, otros expertos encuentran que dicha posibilidad entraría en conflicto con lo que dice la propia Constitución, que en su artículo 159.3 establece que los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres ejercicios.

 

Si el Gobierno decide actuar por su cuenta y designar a sus candidatos, el asunto podría ser recurrido y tener que ser dirimido por el propio Tribunal Constitucional, lo que vendría a retorcer aún más la situación.

 

EL RECURSO PENDIENTE

 

Otra posibilidad de deshacer todo el embrollo, aunque incontrolable por el Ejecutivo, pasa por la resolución de los recursos que PP y Vox presentaron, precisamente, contra la reforma 'exprés' de la LOPJ que impide al CGPJ realizar nombramientos fuera de mandato. Si esta incógnita se despeja antes de junio y la reforma se anula por inconstitucional ya no existiría ningún problema para lograr un TC con siete magistrados progresistas frente a cinco conservadores -justo al revés de lo que ocurre a día de hoy- pues el Gobierno elegiría a dos de su confianza y el CGPJ uno progresista y otro conservador.

 

Pero aún no se sabe cuando llevará este asunto a debate, una decisión que depende del actual presidente del Tribunal, el conservador Pedro González-Trevijano. En todo caso las propuestas que se llevarán al Pleno serán elaboradas por dos magistrados pertenecientes al sector progresista de este órgano, Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer, ya que al primero le ha sido designada la ponencia sobre el recurso del PP, y a la segunda el de Vox.

 

UN CGPJ DE ANTES DE RAJOY

 

Lo ideal, en todo caso, es que se llegara a un acuerdo con el PP y se pudiera renovar el CGPJ, lo que llevaría además a un modelo de órgano de los jueces anterior al diseñado por el Gobierno de Mariano Rajoy.  Con su reforma, que es la del Consejo actual, sólo hay siete vocales de dedicación exclusiva y se logra un órgano de corte presidencialista que concentra 'de facto' todo su poder en una Comisión Permanente cuyos miembros son elegidos por el propio presidente, Carlos Lesmes.

 

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Los miembros del recién constituido Tribunal Constitucional tratarán de buscar la unanimidad

El CGPJ que saldrá cuando el PSOE y el PP alcancen un acuerdo institucional será el de la reforma operada en octubre 2018, que deroga el modelo impuesto en 2012 por el ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón y permitirá de nuevo que los 20 vocales estén dedicados en exclusiva a la institución de la que formarán parte por un periodo de cinco años. Salvo nuevo bloqueo, claro.

 

El acuerdo parece imposible por el momento, ya que el PP exige para pactar una reforma en profundidad que permita volver al CGPJ de 1980, cuando una ley orgánica estableció que los doce vocales que tienen que ser jueces de carrera -los ocho restantes son juristas de reconocido prestigio- serían nombrados en una votación entre los propios jueces y magistrados. El actual modelo de designación parlamentaria se implantó cuando el PSOE alcanzó mayoría absoluta en 1985. Así, los 20 vocales los eligen a partes iguales las dos cámaras y el sistema lo avaló un año después el Tribunal Constitucional, pero advirtiendo del riesgo de que el CGPJ se acabara convirtiendo en un reflejo de la lucha parlamentaria.

 

https://www.epe.es/es/politica/20220107/gobierno-estudia-reforma-legal-le-13059303

 

EL CONSTITUCIONAL CAMBIA SU DOCTRINA PARA BLINDARSE ANTE LAS RECUSACIONES

El tribunal sostiene que ningún juez puede ser “descalificado en razón de sus ideas”

El Tribunal Constitucional ha dado un giro a su doctrina sobre las recusaciones para blindarse ante impugnaciones tras su reciente renovación y ante el intento de apartar a los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel de las sentencias pendientes sobre el procés. Los líderes independentistas pusieron en duda su imparcialidad y alegaron su afinidad con el PP, el partido que les propuso para acceder al tribunal. En el auto que rechaza esas recusaciones —que habría dejado al tribunal sin quórum— el Constitucional subraya que nadie “puede ser descalificado como juez en razón de sus ideas”. “La afinidad ideológica no constituye por sí sola causa de recusación”.

La resolución supone un volantazo si se compara con otras que han jalonado la historia del tribunal, especialmente la que provocó el apartamiento del exmagistrado Pablo Pérez Tremps, fallecido el pasado julio, de la sentencia del Estatut. El vuelco se pone también de manifiesto con respecto a los autos por los que se admitieron las abstenciones de los magistrados Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido para los fallos del proceso independentista. En ambos casos, el Constitucional consideró razonable su decisión para garantizar la apariencia de imparcialidad del tribunal.

Pérez Tremps fue apartado en 2007 por haber realizado un trabajo científico para el Instituto de Estudios Autonómicos, vinculado a la Generalitat, sobre “aspectos relacionados con la acción exterior y la participación europea” de las comunidades autónomas. La recusación —formulada por el PP— se acordó por seis votos a cinco, y la decisión de aceptarla provocó una oleada de protestas en las cátedras de derecho constitucional de toda España. El estudio de Pérez Tremps —dijo el tribunal— constituye “un elemento objetivo que razonablemente permite la suspicacia de la parte recusante acerca de la imparcialidad”.

En los casos de Narváez y Conde-Pumpido, el Constitucional ha aceptado este año la abstención de ambos por declaraciones que según los dirigentes independentistas permitían cuestionar su apariencia de imparcialidad. Narváez comparó el procés con el golpe de Estado del 23-F, mientras Conde-Pumpido identificó “la pretensión de subvertir el Estado social y democrático de derecho utilizando fraudulentamente la propia bandera de la democracia” como una preocupante amenaza para la democracia representativa. El Constitucional respaldó estas abstenciones con la tesis de que así lograba “reforzar la apariencia y confianza en la imparcialidad del tribunal”.

El auto sobre los casos de Arnaldo y Espejel aborda las recusaciones con una óptica distinta, para concluir que ningún juez puede ser descalificado por sus ideas y sostener que “no resultaría constitucionalmente posible remover a los magistrados recusados, aun cuando fuesen ciertas las actitudes que se les atribuyen”. En el caso de Arnaldo, tales “actitudes” consistieron en pedir que “caiga todo el peso de la ley” sobre los dirigentes independentistas, al tiempo que en suscribir el manifiesto titulado Parar el golpe, en el que afirmaba que el Ejecutivo catalán no había dudado en “traspasar todos los límites de la legalidad y la decencia” para poner en riesgo “la convivencia y la paz civil”. El auto del Constitucional concluye que “una afinidad ideológica no es en ningún caso factor que mengüe la imparcialidad para juzgar” y que “no constituye por sí sola causa de recusación”.

 

https://elpais.com/espana/2021-12-17/el-constitucional-cambia-su-doctrina-para-blindarse-ante-las-recusaciones.html

 

EL CONSTITUCIONAL RECHAZA POR UNANIMIDAD TODAS LAS RECUSACIONES POR EL ‘PROCÉS’ CONTRA ARNALDO, ESPEJEL Y GONZÁLEZ-TREVIJANO

 

El tribunal ha celebrado este miércoles su primer pleno después de su reciente renovación

 

El Tribunal Constitucional rechazó este miércoles por unanimidad las 33 recusaciones presentadas en las últimas semanas por los encausados por el procés y por el expresidente de la Generalitat Quim Torra, quien tuvo que abandonar su cargo al ser condenado por desobediencia. Las recusaciones se dirigían contra los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, a los que se atribuía una clara afinidad con el PP, partido que les propuso para formar parte del tribunal, y contra el propio presidente del Constitucional, Pedro González-Trevijano, en el caso de que no se abstuviera de participar en las sentencias sobre los recursos del procés.

 

El tribunal explicó en un comunicado que “no es posible excluir a los dos magistrados recusados, pues el Tribunal quedaría sin el quórum de ocho magistrados exigido para resolver”. En la decisión del pleno de rechazar el apartamiento de Arnaldo y Espejel participaron los magistrados Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido, que el pasado abril decidieron abstenerse voluntariamente de juzgar las causas del procés después de ser también recusados. La nota del Constitucional indica que “a la defensa de la jurisdicción del Tribunal todos sus magistrados están llamados, sin que quepa hacer distinciones entre los magistrados recusados y los abstenidos”.

 

Ante el cúmulo de recusaciones planteadas, la resolución pone de manifiesto la legitimidad de origen de los magistrados del Constitucional. El hecho de que estos hayan sido “elegidos por los tres poderes del Estado (...) se proyecta en la pluralidad de perspectivas jurídicas que confluyen en las deliberaciones y decisiones del órgano colegiado, expresión de la idea de pluralismo político”.

 

La insólita situación del tribunal, con doce recusaciones contra Arnaldo, otras tantas contra Espejel y nueve contra Trevijano provocó que el pasado martes se anunciara la inclusión a última hora de este asunto en el orden del día del pleno que este martes ha empezado a celebrar el Constitucional. Se trata de la primera reunión plenaria del Constitucional tras su renovación, en noviembre pasado.

 

La impresión dominante entre los magistrados ante el cuestionamiento de tres de sus componentes con una oleada de recusaciones relativas a su falta de imparcialidad fue desde el primer momento que desde el ámbito independentista se había lanzado una ofensiva en toda regla, cuyo propósito sería bloquear el funcionamiento del Tribunal Constitucional, ya que de haber prosperado las recusaciones se hubiera quedado sin el quórum necesario para tomar decisiones.

 

El Pleno afirma que las recusaciones se basan en meras afirmaciones “huérfanas de todo sustento en hechos concretos”. Los magistrados descartan que una duda legítima de imparcialidad pueda fundarse “por la exteriorización jurisdiccional de un criterio jurídico al resolver un proceso o al discrepar de lo resuelto a través de la formulación de un voto particular”, como en el caso de Concepción Espejel en la sentencia que absolvió al mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, en la Audiencia Nacional. Tampoco cabe fundarla “por las manifestaciones vertidas en publicaciones académicas o en artículos de opinión antes de haber adquirido la condición de magistrado”, como sucedió con Enrique Arnaldo. El pleno afirma, además, que “no solo el Tribunal Constitucional sino también el resto de Tribunales jurisdiccionales deben ser integrados por Jueces que no tengan la mente vacía sobre los asuntos jurídicos sometidos a su consideración”.

 

https://elpais.com/espana/2021-12-15/el-constitucional-rechaza-todas-recusaciones-por-el-proces-contra-arnaldo-espejel-y-gonzalez-trevijano.html?rel=buscador_noticias

EL TC CIERRA LA PUERTA A RECUSAR A ARNALDO POR SUS ARTÍCULOS SOBRE EL ABORTO, EL 'PROCÉS' Y LA EUTANASIA

 El Pleno descarta que pueda haber dudas de imparcialidad por haberse pronunciado sobre un asunto determinado en "publicaciones académicas" o en "artículos de opinión" antes de ser magistrado

La resolución también tiene efecto sobre Espejel, que emitió un duro voto particular contra la ley de plazos de Zapatero cuando era vocal del CGPJ a propuesta del PP

El Tribunal Constitucional (TC) tiene nueva composición desde hace un mes, tras la entrada de cuatro magistrados, y en su primer Pleno ya ha dejado claras sus intenciones: ningún miembro del órgano será en principio apartado del debate de ningún asunto por haber puesto de manifiesto su opinión sobre el tema en cuestión, ya sea en artículos de opinión o en trabajos jurídicos más elaborados. El tribunal parece adelantarse así a cualquier incidente de recusación que se pueda presentar contra, por ejemplo, Enrique Arnaldo, uno de los magistrados más cuestionados, incluso antes de empezar su mandato, por sus vínculos con el PP, su relación con casos de corrupción y por sus artículos de opinión en los que comentaba cualquier tema de actualidad, ya fuese la aprobación de la ley de plazos del aborto en 2010, el proceso independentista catalán, la eutanasia o la ley de memoria histórica.

Lo ha dicho el Pleno en una decisión adoptada por unanimidad de los once magistrados presentes –Alfredo Montoya sigue de baja por enfermedad– tras debatir los 33 incidentes de recusación que habían presentado algunos de los implicados en el procés, como el presidente de ERC Oriol Junqueras y el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, tanto contra Arnaldo como contra la otra nueva magistrada propuesta por el PP, Concepción Espejel. También querían que se apartara el propio presidente, Pedro González-Trevijano, por su amistad con Arnaldo.

En un comunicado enviado por el TC –el texto íntegro del auto se conocerá en los próximos días–, el tribunal descarta "que pueda fundarse una duda legítima de imparcialidad sea por la exteriorización jurisdiccional de un criterio jurídico al resolver un proceso o al discrepar de lo resuelto a través de la formulación de un voto particular, sea por las manifestaciones vertidas en publicaciones académicas o en artículos de opinión antes de haber adquirido la condición de magistrado".

No tener la "mente vacía" sobre los asuntos jurídicos a tratar

Este planteamiento parece hecho a medida de Arnaldo, pero también de Espejel, sobre la que se vertieron dudas también sobre su imparcialidad en debates como el de la ley del aborto del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, pendiente de sentencia desde hace once años y medio, al haberse ya pronunciado en contra en un voto particular que emitió cuando ejercía como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) –también designada a propuesta del PP–.

"No sólo el Tribunal Constitucional, sino también el resto de tribunales jurisdiccionales deben ser integrados por jueces que no tengan la mente vacía sobre los asuntos jurídicos sometidos a su consideración", explica el Constitucional.

Arnaldo se había pronunciado sobre multitud de asuntos en 331 artículos que publicó en el diario digital El Imparcial –que preside Luis María Ansón–, algunas de ellas cuestiones contra las que el PP o Vox han impugnado o han anunciado su intención de impugnar ante el máximo intérprete de la Constitución. Así, por ejemplo, dedicó uno de esos artículos a la ley de plazos del aborto, recurrida por el partido conservador, y la llegó a calificar de "ocurrencia".

"Hace unos días, cuando la ministra de o para la Igualdad, Bibiana Aído, presentó su propuesta de ley de plazos del aborto, adelantó que las mayores de 16 años podrían decidir por sí mismas, sin autorización de los padres o tutores: si pueden casarse o tener hijos, pueden también abortar. Por la misma regla de tres podrían constituir hipotecas, comprar o vender inmuebles, bonos Madoff, letras del Tesoro, trabajar en turno de noche, hacer horas extraordinarias, ser plenamente responsables en el orden penal (y no con los privilegios de la legislación penal de menores), incorporarse a cualesquiera de los Ejércitos o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. ¡Ah! y por supuesto, votar en las elecciones, consultas populares y referéndum varios. ¿Por qué no?", escribió con ironía el magistrado.

Sobre el procés, Arnaldo también escribió en El Imparcial, tal y como publicó este periódico. En Una medida necesaria, cuyo núcleo central era la defensa del artículo 155 y cuya aplicación dejó en suspenso la autonomía catalana, el jurista se expresó así: "El único artículo de la Constitución pensado para no ser aplicado jamás acaba de ser activado tras haberse constatado la sostenida, constante, manifiesta, negligente y contumaz actuación de la comunidad autónoma de Cataluña de incumplimiento de sus obligaciones constitucionales". El texto se publicó el 21 de octubre, el día en que entró en vigor el 155 y el ahora fugado Carles Puigdemont cesó como presidente de la Generalitat por decisión del Gobierno de Mariano Rajoy.

"La intervención en Cataluña propuesta por el Gobierno –aparece bajo el titular– es necesaria y proporcional. No se sustituye la autonomía, sino a los desleales responsables del desorden constitucional", afirmó. Las medidas aprobadas, concluyó, eran "coercitivas, pues se basan en la intervención en una comunidad autónoma que se ha saltado a las bravas, arbitrariamente, la legalidad". La conclusión final quedó expuesta con lo que viene a continuación: "No se suspende la autonomía, sino que se sustituye a los autores del desorden y de la deslealtad para hacer real y efectiva la vuelta a la Constitución".

"Pluralidad de perspectivas"

Pero el Pleno del tribunal de garantías que ahora preside el conservador González-Trevijano ha defendido la "legitimidad de origen" de los magistrados Arnaldo y Espejel, igual que la del resto, porque todos los miembros del órgano son "elegidos por los tres poderes del Estado, lo que se proyecta en la pluralidad de perspectivas jurídicas que confluyen en las deliberaciones y decisiones, expresión de la idea de pluralismo político".

De todas formas, no es algo del todo novedoso el hecho de no apartar a magistrados del Constitucional, pues las recusaciones en la historia de este tribunal han sido bastante escasas, toda vez que no pueden ser sustituidos y, además, "es necesario que el Tribunal Constitucional sea un reflejo del pluralismo de la sociedad", en palabras del profesor de Derecho Constitucional y exletrado del TC Joaquín Urías.

Sin embargo, el pronunciamiento de este miércoles difiere por completo de la tendencia que se había visto en los anteriores incidentes de recusación presentados, también en relación con la causa del procés catalán. Y es que los magistrados Antonio Narváez y Cándido Conde-Pumpido se apartaron voluntariamente cuando fueron recusados por algunos de los condenados por el mismo caso ante su posible falta de imparcialidad por sendas conferencias que ambos pronunciaron hace unos años: el primero calificó el procés como "golpe de Estado encubierto" y el segundo manifestó su preocupación por "la pretensión de subvertir el Estado social y democrático de Derecho utilizando fraudulentamente la propia bandera de la democracia”.

Los dos magistrados se inhibieron, tras un intenso debate que dividió al tribunal, para que se mantuviera la confianza en los pronunciamientos del órgano con respecto a esa causa, sobre todo cuando los condenados ya han anunciado su intención de acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo.

Pero no ha ocurrido lo mismo con Arnaldo y Espejel. Ninguno de los dos se ha abstenido y por eso el asunto ha sido llevado a Pleno, cuyas conclusiones han visibilizado la nueva política con la que el sector mayoritario conservador que encabeza González-Trevijano y la minoría progresista al frente de la cual está el vicepresidente Juan Antonio Xiol quieren alcanzar amplios acuerdos en los asuntos más delicados y evitar así en lo posible que se repita la imagen de honda división vista en las sentencias relativas a la gestión de la pandemia de coronavirus.

¿Por qué si Conde-Pumpido y Narváez se apartaron, el TC ha decidido mantener a Arnaldo y Espejel? Para empezar, la abstención de los primeros fue voluntaria, es decir, fueron ellos mismos los que prefirieron inhibirse. Y, en segundo lugar, si los segundos hubiesen sido recusados, el Pleno quedaría sin el quórum de ocho magistrados exigido para poder resolver los recursos del procés, tal y como recuerda el propio tribunal.

https://www.infolibre.es/politica/tc-cierra-puerta-recusar-arnaldo-articulos-aborto-proces-eutanasia_1_1215291.html

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL ASEGURA QUE EL TRIBUNAL DICTARÁ SENTENCIA SOBRE EL ABORTO “EN UNOS MESES”

 

Pedro González-Trevijano afirma que “las instituciones hay que renovarlas en tiempo y forma”

 

Trevijano: "Es difícil de justificar que en once años (el aborto) no haya bajado a debate"

 

El presidente del Constitucional, Pedro González-Trevijano, anunció este martes en la Cadena SER que el tribunal intentará aprobar “en unos meses” la sentencia sobre la ley del aborto. Con este fin, informó, ya ha pedido al nuevo ponente del caso, el magistrado Enrique Arnaldo, que elabore un proyecto de fallo que pueda ser sometido a deliberación “en un plazo razonablemente breve”.

 

Esta previsión de Trevijano apunta a que el texto será debatido, y en su caso aprobado, antes de que el Tribunal Constitucional —donde el sector conservador es ahora mayoritario por siete a cinco— pueda contar a partir de junio próximo con una mayoría progresista tras la renovación de cuatro magistrados por parte del Gobierno y del Poder Judicial. Trevijano defiende una sentencia rápida con mayoría conservadora sobre la ley de plazos que aprobó el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2010, fue recurrida por el PP aquel año y 11 años después no se ha debatido.

 

La segunda renovación implicará la designación de dos magistrados por parte del Gobierno y de otros dos por iniciativa del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), si ha recuperado la facultad de efectuar nombramientos. Esta competencia está ahora suspendida en virtud de la ley que impulsó el PSOE para privar al Consejo —cuyo mandato terminó hace tres años— de la posibilidad de nombrar a altos cargos del aparato judicial mientras siga en funciones. A la espera de esta segunda operación de relevos, el sector conservador del Constitucional cuenta con siete magistrados, y el progresista con cinco. La correlación de fuerzas se invertirá, sin embargo, con los cambios de junio próximo, a partir de los cuales el bloque progresista contará con siete votos, y el conservador con tres.

 

En cuanto a sus planes inmediatos, el recién elegido presidente del tribunal de garantías, que tendrá presumiblemente el mandato más corto en la historia del órgano, detalló: “El Constitucional no puede permitir estar más tiempo sin resolver el asunto del aborto. Llevamos 11 años y creo que es una exigencia de la ciudadanía que resolvamos, y que resolvamos pronto. Creo que en unos meses tendremos un texto que se podrá someter, por lo menos, a votación, y que los magistrados serán también responsables y tratarán de hacer un esfuerzo y dar una respuesta. Lo que sí estoy de acuerdo es que con 11 años es difícil de justificar que ni siquiera haya llegado a debatirse”.

 

Preguntado sobre el retraso de esta sentencia, Trevijano ha manifestado: “Yo acabo de llegar a la presidencia del Constitucional. No he sido ponente de este asunto. Todo lo que afecta a la interrupción voluntaria del embarazo es siempre complejo y problemático. En España, cuando se aprobó la ley que despenaliza el aborto en una serie de supuestos, el Constitucional se fragmentó y fue el voto de calidad de su presidente, Manuel García Pelayo, el que declaró la inconstitucionalidad inicial de la ley. El segundo proyecto aprobó la despenalización en cuatro supuestos específicos, pero entre 12 magistrados hubo nada menos que cinco votos particulares en contra, y este es un contexto que sucede en los países de nuestro entorno. En Estados Unidos, hasta el año 1973 no se constitucionalizó el derecho al aborto”.

 

El retraso en la tramitación del recurso del PP contra la Ley del Aborto provocó en junio pasado la presentación de una querella, ya archivada por el Supremo, contra tres expresidentes del Constitucional y un exmagistrado por supuesto retardo malicioso en resolver el asunto. También se presentó una denuncia en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

 

En cuanto a la orientación que vaya a tener la ponencia, el encargado de redactarla se pronunció a través de un artículo publicado en El Imparcial en 2009. En esa tribuna, el conservador Enrique Arnaldo criticó que la entonces ministra socialista Bibiana Aído dijera que si las menores de 16 años podían casarse o tener hijos, “pueden también abortar’. “Por la misma regla de tres”, escribió el magistrado, “podrían constituir hipotecas, comprar o vender inmuebles, bonos Madoff, letras del Tesoro, trabajar en turno de noche, hacer horas extraordinarias, ser plenamente responsables en el orden penal (y no con los privilegios de la legislación penal de menores), incorporarse a cualesquiera de los Ejércitos o a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. ¡Ah! y por supuesto, votar en las elecciones, consultas populares y referéndum varios. ¿Por qué no?”.

 

En cuanto a las opiniones previas de los magistrados y la posibilidad de que sirvan de fundamento para recusarlos, alegando falta de imparcialidad, Trevijano manifestó que muchos de ellos se han pronunciado antes a lo largo de su carrera sobre cuestiones de actualidad y eso no es motivo suficiente para su recusación. Añadió que ello no puede ser un obstáculo para su elección, porque lo importante y exigible es que una vez en el tribunal actúen con “independencia e imparcialidad”, sabiendo que “los magistrados tienen ideología, como cualquier otro señor de la calle”.

 

Los magistrados Narváez y Conde-Pumpido se han abstenido de intervenir en los recursos del procés por haber opinado sobre el asunto. Narváez comparó el proyecto independentista con el 23-F para sostener que aquel fue más grave que este.

 

La elección de Arnaldo

El presidente del Constitucional también ha sido preguntado sobre la reciente renovación de las instituciones, entre ellas el propio tribunal de garantías, sobre los plazos en que se ha llevado a cabo y los candidatos elegidos. Al respecto, ha manifestado que “las instituciones hay que renovarlas en tiempo y forma”. “Pero muchas veces los partidos se plantean una conducta y luego los tiempos imponen otra conducta”, ha añadido. Y en cuando a la afinidad o proximidad de los candidatos, en concreto de Arnaldo con respecto al PP, ha afirmado: “Casi todos los magistrados, o muchos de ellos, han vertido opiniones sobre algunas materias que estaban encima de la mesa del Constitucional. ¿Eso les impide formar parte del tribunal? Es difícil que un catedrático de Derecho Constitucional o de Ciencia Política, o de Derecho Administrativo, no haya escrito en los últimos años sobre la problemática del procés, o sobre la declaración de independencia, o sobre cuestiones sociales, o sobre la legislación del aborto, o sobre la eutanasia. ¿Eso impide que puedan dictar su resolución con independencia e imparcialidad? Yo creo que no. Y lo que hay que exigirles es que sean independientes e imparciales cuando se sienten a ejercer su función jurisdiccional”.

 

Trevijano ha admitido, al tiempo que “los magistrados tienen ideología propia”. “Faltaría más, como cualquier señor de la calle”, ha añadido. El presidente del Constitucional ha citado a la magistrada del Constitucional María Luisa Balaguer, de quien ha dicho: “María Luisa Balaguer decía en una entrevista que se puede haber pertenecido a un partido político, y luego pedir la baja y acceder al Tribunal Constitucional. Lo que hay que exigirles es que luego actúen en el tribunal con independencia. Es la grandeza de una composición plural”. En este sentido, el presidente del tribunal de garantías ha recordado que, quienes acceden a esta institución, “son juristas de reconocido prestigio con al menos 15 años de ejercicio profesional”.

 

https://elpais.com/espana/2021-12-07/el-presidente-del-constitucional-asegura-que-el-tribunal-dictara-sentencia-sobre-el-aborto-en-unos-meses.html?rel=buscador_noticias

 

 

GONZÁLEZ-TREVIJANO, MAGISTRADO VINCULADO A ASTURIAS, PRESIDIRÁ EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Acuerdo tácito en favor de la figura del magistrado, casado con una asturiana y asiduo de los veranos en Muros de Nalón

 

El Tribunal Constitucional (TC) tiene previsto celebrar un pleno mañana para elegir a su nuevo presidente, que, según un acuerdo de consenso entre los magistrados, será el conservador Pedro González-Trevijano, jurista vinculado a Asturias, mientras que el vicepresidente será el progresista José Antonio Xiol. Fuentes del tribunal de garantías avanzaron ayer que esa es la intención del magistrado Santiago Martínez Vares, que ejercerá de presidente interino, una vez que mañana el presidente saliente, Juan José González Rivas, deje su cargo después de tomar posesión los cuatro nuevos magistrados en un acto que se celebrará hoy.

 

La regulación del TC no exige la convocatoria de un pleno inmediato para elegir al nuevo presidente del órgano. No obstante, las fuentes indican que la intención de Martínez Vares pasa por celebrar ese pleno cuanto antes, a ser posible mañana, porque tiene asuntos médicos que atender y quiere dejar cerrado este capítulo. De esta forma, lo que era un secreto a voces, culminará con la elección de González–Trevijano y Xiol siguiendo un acuerdo no escrito de que sea un magistrado que se encuentre en el último tercio de su mandato de nueve años el que ocupe el puesto.

 

Pedro González-Trevijano nació en Madrid, pero veranea desde hace años en San Esteban (Muros de Nalón), donde tiene una segunda residencia. Su mujer, María Teresa Martín del Peso, es asturiana aunque muy pronto se desplazó a Madrid. Un cuñado de González–Trevijano, hermano de su mujer, el juez Rafael Martín del Peso, preside la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón. El futuro presidente del Constitucional organizó durante varios años en San Esteban, cuando era rector de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, la escuela de verano “Rafael Altamira”, unos encuentros culturales que tuvieron gran acogida en el Bajo Nalón.

 

https://www.lne.es/asturias/2021/11/18/gonzalez-trevijano-jurista-vinculado-asturias-59654674.html

 

PEDRO GONZÁLEZ TREVIJANO, ELEGIDO PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PARA SÓLO SIETE MESES

 

Si en junio se produce la renovación que toca, será el presidente más breve de la historia del tribunal

 

Fue el ponente de la sentencia que tumbó el confinamiento del primer estado de alarma

 

Sobre la mesa, asuntos como los recursos pendientes del 'procés', la Ley del Aborto o la de la Eutanasia

 

El Pleno del Tribunal Constitucional ha elegido este viernes a Pedro González Trevijano como su presidente. El magistrado ha recibido los votos de todos sus compañeros y no ha sido en absoluto una sorpresa. Eso sí, su presidencia será la más corta de la historia del tribunal de Garantías ya que si -como parece- en junio se consiguen renovar las cuatro plazas que quedan vacantes, él será uno de los magistrados salientes.

 

Una norma no escrita del Tribunal Constitucional lleva a que siempre se haya elegido como presidente a un magistrado que esté en el último tercio de su mandato. Junto a él hay otros tres magistrados en la misma situación: Antonio Narváez, Juan Antonio Xiol, y Santiago Martínez Vares.

 

El acuerdo ha llevado a elegir a González Trevijano -conservador- como presidente y al progresista Juán Antonio Xiol como vicepresidente en un pleno gubernativo en el que no se ha abordado otro asunto.

 

Los dos sustituyen a Juan José González Rivas que el jueves se despedía de su presidencia pidiendo a los nuevos magistrados "ser ejemplo", y a Encarnación Roca, vicepresidenta hasta este momento. Salieron del cargo este jueves, en una ceremonia en la que accedieron al tribunal Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, Inmaculada Montalbán y Ramón Sáez Valcárcel.

 

La toma de posesión fue una de las que más expectativas ha generado en el órgano que controla el cumplimiento de la Constitución, especialmente por lo cuestionado del nombramiento de Enrique Arnaldo.

 

El pleno de este viernes ha sido el primero en el que han estado presentes los cuatro nuevos magistrados. Según fuentes del tribunal, el próximo pleno, ya para abordar asuntos pendientes, será en el mes de diciembre.

 

Ponente de la sentencia que tumbó el confinamiento del primer estado de alarma

 

González Trevijano tiene a sus espaldas el cargo de rector de la Universidad Rey Juan Carlos, la de los másteres de Cristina Cifuentes y Pablo Casado, precisamente en la época en la que ellos los obtuvieron.

 

Además, fue vocal de la Junta Electoral Central hasta que pasó a formar parte del Tribunal Constitucional en 2013.

 

Su nombre sonó fuerte a mediados de este año, por su ponencia sobre el primer estado de alarma. González Trevijano declaró inconstitucional -y consiguió el apoyo de una ajustada mayoría- el confinamiento del primer estado de alarma. Según su tesis, el confinamiento era adecuado, pero no se podía hacer bajo ese paraguas legal. El Gobierno, a su juicio, debería haber declarado el estado de excepción, que permite suspender derechos, mientras que el de alarma sólo admite limitaciones.

 

La sentencia fue discutida y supuso tensiones internas en el tribunal. En otra sentencia, de nuevo con un tribunal dividido y con ponencia de Antonio Narváez, el segundo estado de alarma también fue tumbado, por la delegación de las competencias en los presidentes autonómicos, que según la mayoría conservadora limitó el control del Congreso.

González Trevijano no quería hablar este jueves de los meses que están por venir, tras una época en la que el TC ha estado en boca de todos. Le insistían los periodistas en el hall del tribunal tras la toma de posesión de sus compañeros, pero él no estaba por soltar prenda.

Asuntos pendientes

 

Ahora mismo, pendientes de la decisión del Tribunal Constitucional, hay recursos contra asuntos de mucho calado. La Ley del Aborto o la de la Eutanasia son dos de ellos. Sin embargo, no está claro que se vayan a abordar durante la presidencia de González Trevijano.

Lo que sí se tramitará serán los recursos que quedan de los condenados del procés, incluido el de Oriol Junqueras. Hasta ahora todos se han rechazado, aunque con votos particulares. Está por ver la posición de los nuevos magistrados, dos conservadores y dos progresistas. En cualquier caso, lo previsible es que también esos recursos queden rechazados.

Todo parece indicar que en junio el actual presidente dejará el Tribunal Constitucional, porque el desbloqueo para renovar los cuatro puestos de la presente tanda indica un acuerdo que llega también hasta junio. Si eso no ocurriera, él seguiría siendo presidente.

 

https://www.niusdiario.es/nacional/tribunales/pedro-gonzalez-trevijano-elegido-presidente-tribunal-constitucional-mandato-breve-siete-meses_18_3237420693.html

 

EL CONSTITUCIONAL MÁS PRÓXIMO AL PP REVISARÁ LAS LEYES CLAVE DEL GOBIERNO

 

González-Trevijano es el nuevo presidente para un mandato inusualmente breve

 

El nuevo Tribunal Constitucional abrió este viernes su etapa más corta —dentro de siete meses volverá a renovarse en un tercio de sus componentes, cambiará el sentido de la mayoría y habrá que elegir a otro presidente—, con más riesgosa la vista —dos de los magistrados, elegidos a propuesta del PP, pueden ser recusados en asuntos que afectan directamente a la formación política que les propuso—, y con más incertidumbres —algunas de las leyes más emblemáticas del Gobierno que preside Pedro Sánchez serán examinadas y podrían ser anuladas por un tribunal de mayoría conservadora si acelera los ritmos habituales de trabajo—.

 

El pleno del tribunal eligió este viernes por unanimidad al magistrado conservador Pedro González-Trevijano como presidente, y al magistrado progresista Juan Antonio Xiol como vicepresidente. Sus mandatos serán de apenas siete meses.

 

Durante la mañana del viernes, los magistrados acordaron el apoyo cruzado entre los dos sectores de la institución para la que fue su primera votación de la nueva fase. Trevijano y Xiol fueron elegidos por los 11 votos de los actuales miembros del pleno del Constitucional. El magistrado Alfredo Montoya no participó en la votación pues se recupera del ictus que sufrió en agosto, y desde entonces no ha intervenido en las tareas de la institución.

 

En su primera intervención como presidente ante el pleno, Trevijano, que cambió la ponencia encargada a otro magistrado y logró declarar la inconstitucionalidad al confinamiento domiciliario del decreto de alarma, expuso este viernes su voluntad de abrir una etapa en la que el tribunal pueda tomar sus decisiones por consenso, o, en su defecto, por amplias mayorías. Este planteamiento fue secundado en otra intervención del nuevo vicepresidente, Juan Antonio Xiol.

 

El mandato de Trevijano al frente del tribunal de garantías será de apenas siete meses, hasta junio próximo, por el retraso de casi dos años en la renovación del tribunal. Y ello contando con que no haya nuevos problemas para ese nuevo cambio de cuatro componentes del Constitucional que debe tener lugar en junio de 2022. Se trata de los dos magistrados que corresponde designar al Gobierno, y los dos que debe elegir el Consejo General del Poder Judicial, si para entonces el órgano de gobierno de los jueces ha recuperado las competencias para efectuar nombramientos, algo que desde marzo de 2021 tiene vetado hacer estando en funciones.

 

Los magistrados deberán resolver recursos presentados por el PP y Vox contra algunas de las principales leyes y reformas impulsadas por el actual Gobierno de coalición. Entre otros, están pendientes de resolución las impugnaciones presentadas contra la ley de eutanasia, contra la reforma educativa contenida en la ley Celáa, y contra el cambio que supuso la supresión de la competencia para efectuar nombramientos por parte del Consejo del Poder Judicial, cuyo mandato está caducado desde diciembre de 2018. También hay otros dos recursos contra la fórmula de juramento empleada por 29 diputados de diversos grupos en la sesión constitutiva del Parlamento. Las impugnaciones pretenden que quienes se valieron de tales fórmulas pudieron no adquirir válidamente la condición de parlamentarios.

 

Hasta ahora, el tribunal constitucional, de mayoría conservadora, ha avalado en sus últimas sentencias la legislación de la precedente etapa del Gobierno de Mariano Rajoy, como la ley de seguridad ciudadana, conocida como ley mordaza, que ahora va a reformar el Ejecutivo de coalición, o la que introdujo la prisión permanente revisable en el Código Penal.

 

También ha anulado una parte relevante de la producción legislativa del actual Gobierno relacionada con las medidas contra la pandemia de covid-19. El tribunal ha dictado hasta tres sentencias contrarias a los decretos que regularon el primer y el segundo estado de alarma, así como el parón del Congreso durante la etapa inicial de la emergencia sanitaria.

 

La etapa que ahora se abre en el Constitucional, por tanto, es de especial incertidumbre, y plagada de riesgos. No solo para el Gobierno y la mayoría parlamentaria que lo apoya, si prosigue la tendencia del sector conservador del tribunal a anular sus leyes.

 

El riesgo alcanza también a la propia institución, por la dinámica de fractura interna que la ha caracterizado en los últimos dos años, prácticamente desde que terminó el periodo natural de su mandato, prorrogado por la falta de acuerdo entre el PSOE y el PP para su renovación. Los buenos propósitos ahora anunciados por el presidente y el vicepresidente quedan pendientes de confirmación con los hechos que se produzcan.

 

Antecedentes

 

Los antecedentes inmediatos, desde luego, señalan en una dirección bien distinta a la que ahora se quiere emprender. Ninguno de los fallos sobre las normas para atajar la pandemia pudo ser consensuado. El sector conservador impuso su mayoría relativa, y las sentencias se aprobaron por seis votos a cinco, en el caso del primer estado de alarma, y por seis votos a cuatro, en el último del segundo estado de alarma, cuando ya faltaba el magistrado Alfredo Montoya en el pleno.

 

El ponente de la primera de estas sentencias fue el hoy nuevo presidente del Constitucional, Pedro González-Trevijano, que es catedrático de derecho constitucional y fue nombrado en 2013 por el Gobierno de Rajoy.

 

Las deliberaciones sobre esta sentencia dieron lugar, por otra parte, a fuertes tensiones, a causa de lo que la ministra de Defensa, Margarita Robles, magistrada del Supremo, calificó como “elucubraciones doctrinales” del tribunal. Se refería a la discusión sobre la existencia de una suspensión o una limitación de derechos fundamentales con la medida del confinamiento acordado en el primer estado de alarma, y a la disyuntiva entre la procedencia del estado alarma o el estado de excepción para afrontar la situación.

 

El Constitucional acabó por entender que se había dado una auténtica supresión de derechos, que solo puede acordarse mediante la solicitud a las Cortes de la declaración del estado de excepción. Cinco votos particulares —entre ellos el del magistrado Cándido Conde-Pumpido, particularmente contundente— consideraron que dicha sentencia dejaba al país sin armas legales eficaces ante una pandemia u otras situaciones de emergencia.

 

Un hecho insólito

 

Se produjo entonces un hecho insólito, sin precedentes conocidos en la historia del tribunal, cuando los seis magistrados del sector conservador se negaron a asistir al siguiente pleno, mientras no recibieran las disculpas de Conde-Pumpido por las críticas que les había dirigido. El plante cerró el curso del Constitucional antes del verano. Para entonces ya estaba muy extendido en la propia comunidad jurídica el criterio de que la institución iba a quedar tocada por sus tensiones a propósito de la respuesta dada a la estrategia jurídica del Gobierno para hacer frente a la pandemia.

 

Aquel período de convulsión interna ha sido seguido, además, por la fuerte controversia sobre cómo se ha llevado a cabo la reciente renovación, y sobre la idoneidad de los candidatos. Una polémica centrada especialmente en Enrique Arnaldo, catedrático de derecho constitucional estrechamente vinculado al PP, que hizo negocios saltándose el Estatuto del Congreso, al que se debía como letrado, y en cuya trayectoria aparecen actividades académicas que incumplirían las reglas sobre incompatibilidades. En la votación parlamentaria de los candidatos al Constitucional, en todos los grupos que pactaron los nombramientos hubo fuga de votos en protesta por la elección. El pleno del propio Constitucional avaló la competencia de los juristas propuestos, pero con un voto en contra.

 

https://elpais.com/espana/2021-11-20/el-constitucional-mas-proximo-al-pp-revisara-las-leyes-clave-del-gobierno.html?rel=buscador_noticias

 

CONSERVADORES Y PROGRESISTAS ELIGEN A TREVIJANO POR UNANIMIDAD PARA PRESIDIR EL CONSTITUCIONAL

 

El magistrado progresista Juan Antonio Xiol es el nuevo vicepresidente del tribunal de garantías

 

Los dos sectores del Constitucional han elegido por unanimidad al magistrado conservador Pedro González Trevijano como presidente, y al magistrado progresista Juan Antonio Xiol como vicepresidente. Esta mañana se habían celebrado reuniones entre los componentes del tribunal para tratar de fraguar un pacto que permitía iniciar una nueva etapa mediante apoyos cruzados entre los dos sectores de la institución. En virtud de este acuerdo, el sector progresista ha apoyado a González-Trevijano, y el sector conservador ha respaldado la candidatura a la vicepresidencia de Juan Antonio Xiol, elegido en su día a propuesta del PSOE. Han votado a favor todos los magistrados presentes, 11, a falta solo de Alfredo Montoya, que se recupera del ictus que sufrió en agosto.

 

El acuerdo alcanzado persigue lanzar el mensaje de que se pretende abrir una fase de mayor cohesión en el tribunal, después de las tensiones provocadas por sentencias como las que tumbaron las decisiones del Gobierno para afrontar la emergencia sanitaria mediante los decretos del estado de alarma. No obstante, el mandato de Trevijano va a ser muy corto, hasta junio próximo, en que tendría que producirse la siguiente renovación.

 

En esta etapa, el Constitucional tendrá que dictar sentencia sobre varios recursos presentados por el PP y Vox contra las leyes y las reformas más importantes de la presente legislatura. Hasta ahora, el tribunal se ha caracterizado por avalar la legislación de la precedente etapa de Gobierno del PP y por anular una parte relevante de la producción legislativa del actual Ejecutivo.

 

Quedan pendientes sentencias sobre la ley de eutanasia o sobre la ley Celáa, por ejemplo, además del fallo relativo a la fórmula de juramento empleada por diversos diputados en el acto constitutivo de las Cortes. El recurso plantea que dichas fórmulas no tenían respaldo legal alguno, criterio que de ser compartido por el tribunal podría llevar a estimar que tales diputados no adquirieron debidamente la condición de parlamentarios.

 

https://elpais.com/espana/2021-11-19/conservadores-y-progresistas-pactan-la-eleccion-de-trevijano-por-unanimidad-para-presidir-el-constitucional.html?rel=buscador_noticias

 

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ESTIMA QUE EL SEGUNDO ESTADO DE ALARMA SE REGULÓ DE MODO “INCONSISTENTE”

 

Cuatro votos particulares consideran que la defensa del derecho a la salud justifica las medidas adoptadas entre octubre de 2020 y mayo de 2021

 

El Tribunal Constitucional estima que “la determinación temporal” de la prórroga de seis meses del estado de alarma, entre octubre de 2020 y mayo 2021, “se realizó de un modo por entero inconsistente” y “sin coherencia alguna incluso, con las razones que el Gobierno hizo valer” para instar dicha prolongación. Así se hace constar en la sentencia sobre el segundo estado de alarma, hecha pública este miércoles junto a los cuatro votos particulares en contra.

 

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Narváez, declara la inconstitucionalidad de la prórroga de los seis meses y el nombramiento de autoridades competentes delegadas fijada en la norma impugnada. En cambio, considera que es ajustado a la Constitución y, por tanto, no vulneran derechos fundamentales, la limitación de la circulación de personas en horario nocturno; la restricción de entrada y salida de personas en comunidades y ciudades autónomas o en ámbitos territoriales inferiores; y también la limitación de la permanencia de grupos de personas tanto en espacios públicos y privados como en lugares de culto.

 

El Constitucional considera que no puede calificarse de razonable la fijación de la duración de una prórroga por tiempo de seis meses que el Congreso estableció sin certeza alguna acerca de qué medidas iban a ser aplicadas, cuándo iban a ser aplicadas y por cuánto tiempo serían efectivas en unas partes u otras de todo el territorio nacional al que el estado de alarma se extendió. La sentencia deja muy claro que la prórroga fue autorizada cuando las medidas limitativas de derechos incluidos en la solicitud no iban a ser aplicadas inmediatamente por el Gobierno, pues se supeditaba su puesta en práctica a que los presidentes de las comunidades autónomas así lo decidieran, por lo que aquella autorización se dio sin saber qué medidas se iban a aplicar para combatir la pandemia.

 

Lo que merece censura constitucional no es la duración de la prórroga, por sí sola y sin más, sino el carácter no razonable o infundado —visto el acuerdo adoptado por el Parlamento en su conjunto— de la decisión por la que se fijó tal plazo. La exigencia constitucional del establecimiento de un plazo cierto para la prórroga quedó desvirtuada en este caso por la Cámara, que hizo propio, de manera automática, el propuesto por el Gobierno en una solicitud que no venía conectada a la aplicación de unas medidas que fueran a regir durante dicho período.

 

Además, el control exigible al Congreso sobre la solicitud de autorización cursada por el Gobierno ni se extendió a qué medidas eran aplicables ni tampoco a la correspondencia que debiera existir entre el periodo de prórroga de seis meses autorizado y las medidas que se deberían aplicar.

 

El fallo estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Vox contra varios preceptos del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaró el segundo estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la covid; contra varios apartados de la Resolución de 29 de octubre de 2020 del Congreso de los Diputados y contra el artículo 2, la disposición transitoria única y disposición final primera del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorrogó el estado de alarma por el Real Decreto 926/2020.

 

En cuanto a la designación de las autoridades competentes delegadas, la sentencia declara que esta decisión del Gobierno, avalada con su autorización por el Pleno del Congreso de los Diputados, contraviene lo dispuesto en la ley orgánica a la que el artículo 116.1 de la Constitución reserva la regulación de los estados de crisis y las competencias y limitaciones correspondientes. Además, sus efectos jurídicos tampoco eran conciliables con las relaciones institucionales (entre el Gobierno y las comunidades autónomas) porque el primero acordó inicialmente la delegación sin reserva alguna de instrucciones, supervisión efectiva y eventual avocación del propio Gobierno.

 

El tribunal estima que el Congreso quedó privado primero, y se desapoderó después, de su potestad para fiscalizar y supervisar la actuación de las autoridades gubernativas durante la prórroga de seis meses. La sentencia subraya que “quedó así cancelado el régimen de control que, en garantía de los derechos de todos, corresponde al Congreso de los Diputados bajo el estado de alarma. Control parlamentario que está al servicio, también, de la formación de una opinión pública activa y vigilante y que no puede en modo alguno soslayarse durante un estado constitucional en crisis”.

 

La sentencia cuenta con el voto particular formulado por el presidente, Juan José González Rivas, quien considera razonable la conexión que existió entre la duración de la prórroga del estado de alarma de seis meses, explicitada en el Real Decreto 926/2020, y las circunstancias que concurrían en ese momento de la emergencia sanitaria. A su juicio, el Congreso de los Diputados no resultó privado de los instrumentos de fiscalización durante la vigencia del estado de alarma prorrogado. Además, el decreto que autorizaba la prórroga no ejercitó una transferencia de titularidad atributiva de competencias, sino una mera delegación, manteniendo los controles propios de la autoridad delegante —el Gobierno— y que podía revocar en cualquier momento.

 

La sentencia también incluye un voto particular formulado por el magistrado Juan Antonio Xiol, relativo entre otros extremos al principio de proporcionalidad. La estimación de este principio —razona Xiol— hubiera determinado a su juicio que se concluyera que el sacrificio de los derechos que se contraponen al derecho a la vida y a la salud en los términos que resultan de los actos impugnados se ajusta a la ley de la proporcionalidad.

 

El fallo también cuenta con el voto particular formulado por el magistrado Cándido Conde-Pumpido Tourón, quien considera que tanto la autorización parlamentaria de la prórroga del estado de alarma y su extensión temporal, como el sistema de actuación por delegación en la presidencia de las comunidades autónomas o ciudades con Estatuto de autonomía, fueron conformes a la Constitución. A su juicio, las medidas adoptadas cumplen con el canon de proporcionalidad porque responden al único fin de proteger la salud y seguridad del conjunto de la población, contener la progresión y expansión de la enfermedad y reforzar los servicios sanitarios y sociales.

 

La magistrada María Luisa Balaguer también ha formulado un voto particular contra la sentencia. Balaguer se pregunta por qué razón el desarrollo jurisprudencial del derecho constitucional de excepción, formulado por el tribunal, carece de conexión con el diseño actual del Estado autonómico, y pretende una interpretación originalista e incoherente de la Constitución y del bloque de la constitucionalidad, que no es posible explicar desde una visión actual de nuestro derecho constitucional. Esa visión contemporánea hubiera exigido una mayor autocontención en la función interpretativa conferida al tribunal, una visión del derecho de excepción adaptado a la evolución del estado autonómico, una concepción de las potestades del poder ejecutivo y del poder legislativo más respetuosa con los márgenes de actuación que la propia Constitución reconoce a cada uno de ellos.

 

https://elpais.com/espana/2021-11-10/el-constitucional-estima-que-el-segundo-estado-de-alarma-se-regulo-de-modo-inconsistente.html

 

EL CONSTITUCIONAL FALLA QUE LA RESTRICCIÓN DE LA ACTIVIDAD DEL PARLAMENTO EN LA PANDEMIA VULNERÓ LOS DERECHOS DE LOS DIPUTADOS

 

La sentencia, que supone un nuevo varapalo a la estrategia jurídica del Gobierno, ha prosperado por seis votos a cuatro tras el cambio de opinión del ponente

 

El Tribunal Constitucional ha tumbado por seis votos a cuatro el cerrojazo a la actividad parlamentaria del Congreso y el Senado durante las primeras semanas de la pandemia en 2020, al avalar el recurso de amparo presentado por Vox contra dicha medida. La decisión del tribunal se ha tomado después de que el ponente, el magistrado del sector conservador Antonio Narváez, cambiara in extremis el sentido de su voto en el pleno de septiembre, anunciando que iba a confeccionar un nuevo borrador de sentencia en el que propondría acoger las pretensiones de Vox.

 

El Parlamento no llegó a estar completamente cerrado en ningún momento de la pandemia, pero la Mesa sí decidió a primeros de marzo de 2020, en plena ebullición de los contagios por la covid-19, suspender las sesiones de control y congelar los plazos de enmiendas y otros procedimientos casi durante un mes. Eso generó un efecto en cascada sobre la actividad general de las Cámaras, afectando globalmente a sus funciones, según ha concluido el tribunal.

 

Inicialmente, la ponencia abogaba por rechazar el recurso, entendiendo que la Mesa del Congreso —y la del Senado, que adoptó decisiones en el mismo sentido— había adoptado una resolución proporcionada al riesgo sanitario existente. Oídas las 10 intervenciones que hubo en el pleno (en el que faltó, como este martes, el magistrado Alfredo Montoya por enfermedad), se constató que el tribunal estaba dividido en dos bloques de cinco magistrados. Ello significaba que ganaba la postura partidaria de rechazar el recurso, ya que el presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, que en caso de empate tiene voto de calidad, apoyó al grupo que proponía esta solución.

 

La votación, sin embargo, no llegó a tener lugar, porque el ponente anunció en el último momento que una vez concluida la deliberación estimaba pertinente cambiar el sentido de su propuesta de resolución, puesto que le habían convencido las razones de los partidarios de aceptar el recurso de la formación ultra. Narváez ha llevado este martes al pleno su nuevo texto, y, al sumar su voto al de los cinco magistrados que respaldaron la impugnación, la sentencia aprobada considera que el Congreso cercenó indebidamente la labor parlamentaria de los diputados, cuando debió hacerla compatible con las medidas de protección frente a la extensión de la pandemia.

 

Vox pide la dimisión de Batet

 

Los portavoces del PP y Vox en la Cámara, Cuca Gamarra y Macarena Olona, recordaron este martes que entonces sus partidos se opusieron a esa situación en la Mesa, aunque luego solo fue la formación ultra la que recurrió esas medidas al Constitucional. Las dos portavoces han arremetido de manera muy similar contra la restricción, que consideran “una vulneración de los derechos y libertades fundamentales de los diputados” al restar por parte del Gobierno de Pedro Sánchez atribuciones de control al Parlamento.

 

La entonces portavoz popular, Cayetana Álvarez de Toledo, se indignó mucho en aquellos días con lo que catalogó como un “cierre del Parlamento, algo que no debía suceder ni en tiempos de guerra”. Olona se lo ha agradecido este martes, aunque luego le ha lanzado un dardo al PP por dejarla sola y no recurrir. El portavoz del PSOE, Héctor Gómez, ha optado por no entrometerse en el contenido de la sentencia, pero ha defendido el comportamiento y la “responsabilidad” de la presidenta de las Cortes, Meritxell Batet, por “pensar en el interés general”. Olona ha reclamado, sin embargo, la dimisión inmediata de Batet.

 

Han votado a favor del recurso de Vox la vicepresidenta del Constitucional, Encarnación Roca, y los magistrados Santiago Martínez Vares, Pedro González Trevijano, Ricardo Enríquez, Andrés Ollero y el ponente, Antonio Narváez. En contra de la impugnación se pronunciaron el presidente del tribunal, Juan José González Rivas, y los magistrados Cándido Conde-Pumpido, María Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol.

 

Esta es la segunda sentencia con la que el Constitucional cuestiona la estrategia jurídica seguida por las instituciones frente a la emergencia sanitaria. La primera se produjo el pasado mes de julio, cuando el tribunal consideró inconstitucional el primer decreto del Gobierno sobre el estado de alarma, por haber supuesto entre otras medidas el confinamiento de la población. El fallo estimó que una decisión de este tipo supuso la suspensión, y no solo la limitación, de derechos fundamentales, en este caso el de libre circulación, y que eso requería otro instrumento jurídico: el estado de excepción.

 

https://elpais.com/espana/2021-10-05/el-constitucional-falla-que-la-restriccion-de-la-actividad-del-parlamento-en-el-inicio-de-la-pandemia-vulnero-los-derechos-de-los-diputados.html

 

QUIÉN ES PEDRO GONZÁLEZ-TREVIJANO: EL JUEZ QUE HA PROPUESTO DECLARAR INCONSTITUCIONAL EL PRIMER ESTADO DE ALARMA

 

Llegó al Tribunal de la mano de Mariano Rajoy tras su polémico paso como rector de la URJC

 

El Pleno del Tribunal Constitucional ha concluido este miércoles que determinados aspectos del decreto por el que se declaró el primer estado de alarma frente a la pandemia de coronavirus son inconstitucionales. El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Pedro González-Trevijano ha sido el ponente del recurso que en su día fue interpuesto por el partido de extrema derecha Vox.

 

La resolución ha salido adelante por una ajustada mayoría de seis votos contra cinco. De este modo, los seis jueces conservadores han declarado inconstitucional el decreto y sus prórrogas, que mantuvieron confinados en sus domicilios a los españoles a partir del 14 de marzo de 2020. Pedro González-Trevijano impone así sus tesis, dando la razón a los ultras de Vox.

 

¿Quién es Pedro González-Trevijano?


Pedro González-Trevijano es un jurista español, catedrático de Derecho Constitucional y exrector de la Universidad Rey Juan Carlos. Nacido en 1958 se licenció en la Universidad Compluense de Madrid, donde también se sacó el doctorado en Derecho. Aunque nadie duda de sus méritos académicos-obtuvo el Premio Extraordinario Fin de Carrera en ambos casos- su pasado en la institución académica no estuvo exento de polémica.

 

Rector de los polémicos másters y contratación a familiares


Trevijano, vocal de la Junta Electoral Central entre 2000 y 2013 y rector de la URJC entre 2002 y 2013 era el encargado de dirigir la institución en el momento en que se produjeron los escándalos sobre los cursos de máster relacionados con el Instituto de Derecho Público y cuyos protagonistas fueron Cristina Cifuentes, Pablo Casado y Carmen Montón.

 

Actualmente y desde 2013 en el Tribunal Constitucional, durante su estancia como rector de la universidad colocó a varios de sus familiares: a su esposa, María Teresa Martín del Peso en el puesto de administradora de la Fundación Rey Juan Carlos o a su cuñada; María Jesús Bravo, contratada como personal de administración y servicios (PAS).

 

Informaciones de distintos medios de comunicación revelan que no solo la Universidad contrató a familiares de Trevijano y es que la Rey Juan Carlos se convirtió en "agencia de colocación" para esposas, sobrinos, hijos, hermanos, cuñados... de familiares de relevantes políticos del PP como la hermana de la propia Cristina Cifuentes,Margarita Cifuentes, la prima de Ruíz Gallardón; Isabel Gallardón, la cuñada de Francisco Granados, María del Mar Alarcón o Fernando García Rubio, quien estuvo vinculado a la Operación Púnica. Asimismo, varios trabajadores de la Universidad son parientes de otros rectores.

 

Investigado por prevaricación

En 2014 Trevijano fue investigado, aunque nunca fue procesado, por "contrataciones ilegales", durante su etapa como rector después de que el profesor titular de la Facultad de Ciencias de la Comunicación URJC Salvador Perelló, le acusara de haber tejido "una tupida trama clientelar" y amparado contrataciones "ilegales" de profesorado.

 

Además, uno de los exvicerectores de la Universidad, David Ríos, impuso otra denuncia contra él por gastar, presuntamente, más de 473.000 euros sin justificar en atenciones "protocolarias y representativas".

 

Vínculos del PP con la URJC

Cabe destacar que dentro del mundo universitario siempre se ha destacado el vínculo del PP con la URJC. La propia universidad fue creada en 1996, con el visto bueno del Gobierno de Ruiz Gallardón y siempre ha estado marcada por las polémicas. De hecho, en el ranking de calidad no figura como las mejores.

 

El propio Trevijano organizó, durante el tiempo que estuvo al frente de la Universidad, actos junto a José María Aznar o el polémico cardenal Antonio Cañizares y que sirvieron en más de una ocasión para atizar al anterior gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero.

 

A él le sucedería al frente de la Universidad Fernando Suárez, también polémico al haber sido acusado de plagio en algunas de sus obras. Éste no dimitió pero adelantó la convocatoria de elecciones, en la que salió elegido Javier Ramos, también muy cuestionado por los másters que recibieron sin ir a clase los políticos mencionados unas líneas más arriba.

 

Asalto al Tribunal Constitucional

En 2013 y bajo el mandato del Gobierno de Mariano Rajoy, el catedrático saltaba al Tribunal Constitucional. Llegaba a la institución muy bien visto a ojos del expresidente popular, tal y como explicamos en este medio. Su renovación y las de sus compañeros sirvió para que los magistrados conservadores consolidaran posiciones.

 

Todos los magistrados conservadores del Constitucional, salvo uno, colaboraron activamente en los cursos y seminarios organizados por la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), presidida por Aznar y todos ellos comparten un profundo "sentimiento religioso".

 

Para más inri, ya en 2018 eldiario.es publicaba una grabación en la que se acusaba al propio Trevijano de un intento de soborno durante sus años como rector. Asimismo, lo último que ha propuesto tampoco ha quedado exento de polémca, y es que este jueves el propio Trevijano ha planteado declarar inconstitucional el primer estado de alarma decretado por el Gobierno de Pedro Sánchez para tratar de disminuir los devastadores efectos del coronavirus en su primera ola.

 

https://www.elplural.com/politica/espana/pedro-gonzalez-trevijano-polemico-rector-universidad-rey-juan-carlos-constitucional_268414102

 

 

EL FUTURO PRESIDENTE DEL TC Y ARNALDO MANIOBRARON PARA COLOCAR A MATAS EN LA UNIVERSIDAD

 

González-Trevijano escribió una carta que el candidato a magistrado del TC utilizó ante el juez Castro para defender la legalidad de sus relaciones con el expresidente balear

 

El futuro presidente del TC y Arnaldo maniobraron para colocar a Matas en la universidad

 

El futuro presidente del Tribunal Constitucional, que según todas las previsiones será el magistrado Pedro González-Trevijano, maniobró siendo rector de la Universidad Juan Carlos I con el candidato a este órgano por el PP Enrique Arnaldo para facilitar "algún vínculo académico" al expresidente balear Jaume Matas. Así se acredita en una carta que firmó en 2010, cuando Arnaldo y Matas ya estaban siendo investigados en la 'macrocausa' Palma Arena.

 

Concretamente, González-Trevijano escribió una carta a Arnaldo el 8 de abril de 2010, -una fecha en la que el que el candidato a renovar el TC había sido ya imputado en la causa abierta en Baleares por sus relaciones profesionales con el Gobierno de Matas- cuyo objetivo fue dejar constancia de un almuerzo celebrado tres años antes en la sede de la propia Fundación de la Universidad Juan Carlos I en la que el expresidente balear les expuso sus proyectos de futuro, su deseo de conseguir alguna ocupación en la universidad y reveló también que iba a vincularse profesionalmente al despacho del propio Arnaldo.

 

La misiva a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, fue escrita por González-Trevijano conociendo la situación en la que se encuentra su amigo Arnaldo, que fue catedrático de esa universidad, por expreso deseo de éste, según refleja el documento. Se incluye en un paquete de un total de siete que el propio Arnaldo remitió al Juzgado de Instrucción número 3 de Palma de Mallorca para justificar sus actividades.

 

Experiencia en materia medioambiental de Matas

 

"Fue un encuentro cordial en el que recuerdo que él nos expuso sus proyectos de futuro entre los que se encontrba buscar algún vínculo con el mundo académico a partir de su experiencia en materia medioambiental, que finalmente no se concretó", admite González-Trevijano en la carta, añadiendo que también se comentó en dicho almuerzo que Matas se iba a vincular al despacho profesional de Arnaldo .

 

Su labor sería, añade la nota, la de "servir de puente para informar y valorar los proyectos de consultoria legislativa para la modernizacion de los Estados iberoamericanos que se ponen enmarcha por el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Mundial". Añade que, por conocer la experiencia que Arnaldo ya había desarrollado en este campo en países como Bolivia, Perú, Panamá y la República Dominicana, se congratuló por todos los planes e incluso pidió al catedrático que mantuviera un canal de información abierto con la Universidad, "por si algún profesor podía implicarse, de alguna forma, en algunos de los proyectos".

 

Una segunda carta confirma el almuerzo

 

El encuentro es confirmado en una segunda carta dirigida a Arnaldo y aportada al Juzgado por otra de las asistentes al almuerzo, la directora general de la editorial juridídica Wolters Kluwer España, Rosalina Díaz. "Me pides que te confirme la celebración de una reunión a la que asistí y lo hago con mucho gusto (...) recuerdo que hablamos de muchas cosas", añade, para relatar a continuación que Matas les contó sus planes de trabajo en Estados Unidos en un grupo vinculado al sector turístico, su interés en seguir muy de cerca las primarias entre Hillary Clinton y Barak Obama y que "iba a disponer de tiempo para otras actividades profesionales privadas".

 

Díaz también dio por sentado del contenido del encuentro que Matas iba a colaborar activamente en el despacho profesional de Arnaldo "entre otros campos el de la llamada consultoría legislativa en Iberoamérica".

 

Unos meses antes de esta reunión, en febrero de 2010, Arnaldo había declarado como investigado en el caso Palma Arena en relación con unas labores de asesoramiento para implantar la televisión pública balear para las que Matas le había contratado en 2004.

 

El asunto fue archivado, pero el juez Castro acusó inicialmente a Matas de un delito de malversación de caudales públicos y cohecho por adjudicar dos contratos públicos la firma de Arnaldo por importes de 30.000 euros y 12.000 euros, respectivamente.

 

Se da la circunstancia de que Arnaldo ha defendido este martes su "presunción de inocencia" durante su comparecencia en la Comisión Consultiva de Nombramientos del Congreso de los Diputados, además de la compatibilidad de todas estas actividades con su labor de letrado en las Cortes. El candidato a propuesta del PP se ha definido ante los diputados como "templado y prudente" y ha añadido: "Me gustaría también decir que cuando alguien acude a un juzgado no puede ser considerado eterno sospechoso. Pertenece a otras épocas pasadas lo de ser sospechoso de por vida, felizmente superadas.

 

https://www.epe.es/es/

 

RADIOGRAFÍA DEL TC: UN "ÓRGANO POLÍTICO" LASTRADO POR EL BLOQUEO Y CON TAREAS PENDIENTES DESDE HACE UNA DÉCADA

 

Los cuatro magistrados nombrados por el Congreso agotaron el año pasado su mandato y uno de ellos dimitió, así que los plenos están decidiendo sobre asuntos sustanciales con once miembros y no los doce que debería

 

El bloqueo del PP en la renovación de órganos constitucionales también lastra al tribunal de garantías

 

La ley del aborto y la introducción de la prisión permanente revisable en el Código Penal se eternizan en un órgano poco dado a resolver con agilidad

 

 

Hay juristas que hablan de "sainete". Otros insisten en el "bajo nivel jurídico" de los magistrados. La reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC) sobre el primer estado de alarma y los pormenores del debate jurídico y la división entre los magistrados han llenado portadas y artículos de opinión y han sacado a relucir la situación en la que se encuentra este órgano, también lastrado por el bloqueo institucional por el que el PP se niega a renovar ciertos organismos constitucionales que acumulan meses y meses de caducidad. Y la realidad del Constitucional a julio de 2021 es esta: cuatro de sus magistrados han agotado sus respectivos mandatos, se ha fracturado como pocas veces y, además, le falta un miembro desde hace casi un año por la dimisión de uno de ellos. A todo esto, se une que tiene asuntos pendientes de resolver desde hace años, leyes tan importantes como la del aborto o la reforma que introdujo la prisión permanente revisable en el Código Penal.

 

Para empezar, hay que recordar que el Constitucional no forma parte del Poder Judicial. Varios juristas expertos en Derecho Constitucional consultados por este periódico coinciden en señalar que se trata de un "órgano político". Es el máximo intérprete de la Constitución española de 1978 y su tarea es decidir si los tratados internacionales, las leyes y el resto de normas que se van aprobando en todos los niveles del Estado se atienen a la Ley Fundamental o si invaden competencias que le corresponden a otros. Además, cualquier persona puede solicitar un recurso de amparo cuando considere que se han vulnerado sus derechos reconocidos en la Carta Magna. En los últimos años, se ha convertido en un campo de batalla política más, con partidos recurriendo decisiones del gobierno de turno como forma de hacer oposición.

 

Los miembros del Constitucional se llaman magistrados, pero no todos son jueces. De los doce que lo componen, cuatro son elegidos por el Congreso, otros cuatro a propuesta del Senado, dos por el Gobierno y dos más por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Todos deben ser “juristas de reconocida competencia, con más de quince años de ejercicio profesional” y en ese grupo pueden entrar tanto jueces como fiscales, profesores de universidad o incluso abogados. Son nombrados por un periodo de nueve años, pero se van renovando de forma escalonada, por tercios cada tres años y en las Cortes Generales la mayoría necesaria para las designaciones es de tres quintos, por lo que, como pasa con los vocales del CGPJ, hace falta un consenso amplio que pasa casi necesariamente por el acuerdo entre los dos principales partidos.

 

Mandato caducado y un miembro menos

 

El bloqueo institucional que el PP mantiene desde hace más de dos años ha llevado a que la situación también afecte al Tribunal Constitucional. Desde noviembre de 2020, cuatro magistrados vieron agotado su mandato. Son los que fueron elegidos por el Congreso: el actual presidente de la institución, Juan José González Rivas; la vicepresidenta, Encarnación Roca; y los magistrados Andrés Ollero y Fernando Valdés. Así, el TC funciona desde hace ya ocho meses con magistrados "en funciones" que aún así siguen participando en el debate diario de los recursos de amparo que les van llegando, algunos tan importantes como el mencionado sobre el primer estado de alarma. La posición de Roca fue, de hecho, determinante para la decisión final de declarar inconstitucional la parte del decreto relativa al confinamiento domiciliario. Además, el presidente puede hacer uso de su voto de calidad en caso de empate.

 

A todo esto, se suma que desde octubre de 2020 el órgano está funcionando con un miembro menos. Fernando Valdés dimitió de su cargo por una imputación de malos tratos a su esposa. Suya era en un principio la ponencia sobre el primer estado de alarma y, según fuentes jurídicas, sus conclusiones eran radicalmente distintas a la ponencia que finalmente ha correspondido al conservador Pedro González-Trevijano y que se ha aprobado en el Pleno. La dimisión de Valdés, que fue elegido a propuesta del PSOE, llevó al presidente a repartir de nuevo este asunto, que recayó en el citado magistrado, propuesto por el PP.

 

El Constitucional, así, está funcionando con un miembro menos de lo que debería y el bloqueo político, que no parece que vaya a encontrar solución a corto plazo, hará que continúe en estas circunstancias para decidir sobre otras cuestiones trascendentales como es el segundo decreto de estado de alarma, el que duró seis meses para que las comunidades autónomas pudieran introducir medidas como el toque de queda o los cierres perimetrales de sus territorios. El debate se espera para el próximo otoño y la ponencia en este caso ha recaído en el también conservador Antonio Narváez, quien votó a favor de declarar inconstitucionales partes del primer decreto, por lo que no parece descabellado pensar que sus conclusiones serán similares en esta ocasión.

 

Fractura en el tribunal

 

El debate sobre el primer estado de alarma ha sido largo y agrio. Dos Plenos ha llevado que una mayoría de seis determinara que el confinamiento domiciliario general fue inconstitucional al decretarse bajo estado de alarma y no de excepción. Sin embargo, esta postura ganó por un solo voto, pues otros cinco magistrados se posicionaron en contra y defienden en sendos votos particulares que el estado de alarma fue la fórmula jurídica adecuada. No es infrecuente que haya magistrados que estén en contra de lo que opina la mayoría, pero lo que no se da muy a menudo es una división tan clara.

 

Faltaba Fernando Valdés, cuya postura habría estado previsiblemente del lado de avalar el estado de alarma del Gobierno de Pedro Sánchez y esto habría generado un empate a seis que el voto de calidad del presidente habría dirimido. González Rivas también forma parte del grupo que no estaba de acuerdo con la ponencia de González-Trevijano y por eso ha formulado su voto particular.

 

El debate en el TC excedió las diferencias entre los llamados conservadores y los considerados progresistas –en función de si fueron designados a propuesta del PSOE o del PP–. Todos los que se posicionaron a favor de la inconstitucionalidad fueron elegidos a propuesta del PP, a excepción de Encarnación Roca, que lo fue a propuesta del PSOE aunque con el aval de CiU; mientras que entre los que defienden la postura contraria están tres progresistas –Cándido Conde-Pumpido, María Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol– y dos conservadores –Juan José González Rivas y Andrés Ollero–.

 

Según explica Joaquín Urías, profesor de Derecho Constitucional y exletrado del tribunal de garantías, en este artículo publicado recientemente en Ctxt, "los tribunales constitucionales son necesariamente órganos políticos", pues su tarea "no es aplicar una ley existente sino interpretar la Constitución para concretar sus mandatos, a menudo abiertos o genéricos". "Por ejemplo, cuando el artículo 15 de nuestro texto dice que todos tienen derecho a la vida la interpretación de si ese genérico todos incluye a los embriones fecundados en el interior de una mujer o sólo a las personas no es estrictamente jurídica. Sólo a partir de la ideología de cada magistrado, de su comprensión del mundo y de su percepción de la realidad social puede determinarse si la Constitución permite o prohíbe el aborto, el matrimonio homosexual o la negación del genocidio. Muchos casos como estos recorren el texto y se superponen a las cuestiones exclusivamente jurídicas", remarca.

 

A su juicio, "un buen Tribunal Constitucional debe estar compuesto de grandísimos juristas, elegidos con conocimiento público de su ideología y capaces de ser independientes", porque "para que sea un auténtico tribunal debe ser político, pero no partidista", y así, "puede estar politizado pero ha de ser totalmente independiente frente a los partidos políticos". Sin embargo, lamenta que "la deriva del Tribunal Constitucional español está muy lejos de ese ideal".

 

Para Urías, "cada vez se eligen más magistrados con menos conocimientos jurídicos y más sumisos a sus partidos". Una reflexión con la que está de acuerdo Fernando Flores, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Valencia, para quien el nivel jurídico del tribunal es cada vez más bajo y en los últimos años se eligen magistrados con más "apego" a la voz del partido que los propone. En su opinión, poco a poco instituciones tan importantes como el Constitucional se van cubriendo con personas que "no tienen autonomía" ni la preparación "académica" que se exigiría a un magistrado del tribunal de garantías. "Cuanto más mediocre es un jurista, más atemorizado vive de perder sus privilegios inmerecidos", apunta Urías.

 

Los recursos que se eternizan

 

El Tribunal Constitucional ha tardado más de un año en pronunciarse sobre el primer estado de alarma. Más de un año después de que éste terminara. Y sacará su sentencia sobre el segundo previsiblemente un año después de que empezara y meses después de su finalización. Con estos plazos, cabría preguntarse de qué sirve un pronunciamiento tan tardío, si ya pocos efectos puede tener, más allá de servir de guía ante futuras situaciones similares. Pero un año no es ni mucho menos un plazo excesivamente largo, si atendemos a la historia de este órgano cuando ha dictado sentencias sobre otros asuntos tan espinosos como este.

 

La ley del aborto que aprobó el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero lleva ya once años encima de la mesa del TC. El recurso de inconstitucionalidad lo presentó el PP en 2010, pero después, en los siete años que este partido estuvo en el poder, no derogó la norma. Este era uno de los motivos por los que el Constitucional había ido retrasando su pronunciamiento, según contó en una entrevista al diario El País un presidente del órgano, Francisco Pérez de los Cobos: "Me hubiera gustado que en mi mandato se hubiera resuelto el recurso. Pero había un Gobierno que acababa de ganar las elecciones, que tenía mayoría absoluta, que llevaba en su programa electoral la reforma de la ley del aborto y que anuncia, además, que va a llevarla a cabo. Consulté al pleno y se entendió que si se aprobaba la reforma que estaba anunciada, el recurso iba a perder sentido. Y, por consiguiente, era mejor esperar".

 

Esa reforma profunda nunca se hizo. El Gobierno de Mariano Rajoy tan sólo promovió una modificación mínima para exigir el consentimiento de los padres en los casos de las jóvenes de 16 y 17 años que quieren abortar. Y desde que el PP presentó el recurso de inconstitucionalidad, el TC ha tenido cuatro presidentes (María Emilia Casas, Pascual Sala, Francisco Pérez de los Cobos y el actual, Juan José González Rivas). Ahora, el Ministerio de Igualdad que dirige Irene Montero ha anunciado una nueva reforma de la ley del aborto que ampliaría contenidos, como la regularización de la objeción de conciencia y eliminará los tres días de reflexión así como la necesidad del permiso paterno para jóvenes de 16 y 17 años.

 

El mismo camino lleva el recurso que presentó toda la oposición hace seis años contra la introducción de la prisión permanente revisable en el Código Penal. Uno de los partidos firmantes, el PSOE, está en el Gobierno desde hace más de tres años y, de momento, no se plantea tocarlo. La primera ministra de Justicia en el Ejecutivo de Pedro Sánchez, Dolores Delgado, ya dijo en 2018 que esperarían a que se pronuncie el Constitucional. Mientras tanto, una quincena de presos ya cumplen esta condena y algunas de las sentencias han sido confirmadas por el Tribunal Supremo.

 

No son los únicos casos de sentencias que se hacen esperar. La resolución sobre el Estatuto catalán –que declaró inconstitucionales catorce artículos de la norma y sujetos a la interpretación del tribunal otros 27– tardó cuatro años; la de la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como ley mordaza –avalada casi en su totalidad–, cinco años; y la de la Ley que regula el matrimonio entre personas del mismo sexo –también avalada–, siete años.

 

Joaquín Urías, quien se conoce bien los entresijos del TC al haber sido letrado durante seis años, explica que en este órgano entran aproximadamente 7.000 asuntos al año. Son cifras que considera "desproporcionadas" para cualquier organismo. Y eso que, según calcula Fernando Flores, más del 90% de las demandas no se admiten a trámite, de acuerdo con la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional de 2007, que previó que los recursos debían tener relevancia constitucional para ser admitidos, todo ello con el objetivo de agilizar los procedimientos.

 

https://www.infolibre.es/politica/radiografia-tc-organo-politico-lastrado-bloqueo-tareas-pendientes-decada_1_1207620.html

 

CONDE-PUMPIDO ACUSA A SUS COMPAÑEROS DE CREAR UN "GRAVE PROBLEMA POLÍTICO" Y "DESARMAR AL ESTADO" FRENTE A PANDEMIAS

 

El magistrado cree que la sentencia de la mayoría no responde a "verdaderos criterios jurídicos" y tiene una "argumentación muy pobre"

 

Considera que el fallo utiliza un "mero atajo argumental" para dar la razón a Vox a pesar de que este partido había apoyado el estado de alarma

 

 

"La sentencia de la mayoría no resuelve, sino que crea un grave problema político, al desarmar al Estado contra las pandemias, privándole del instrumento que la ley determina expresamente para hacer frente a las crisis sanitarias, el estado de alarma. Y no responde en absoluto a verdaderos criterios jurídicos". Así lo concluye el magistrado progresista del Tribunal Constitucional (TC) Cándido Conde-Pumpido, uno de los discrepantes con la resolución que declaró el pasado miércoles inconstitucionales algunos aspectos del decreto del primer estado de alarma, en concreto los que ordenaban el confinamiento domiciliario general de la población, al considerar que debía haberse enmarcado en el estado de excepción.

 

Conde-Pumpido lo explica así en su voto particular, al que ha tenido acceso infoLibre, en el que advierte de que la sentencia, ponencia del magistrado conservador Pedro González-Trevijano y que salió adelante por un ajustado margen de seis votos contra cinco, "utiliza un mero atajo argumental (calificar como suspensión una restricción intensa de un derecho fundamental con una argumentación muy pobre) para estimar la inconstitucionalidad de una medida sanitaria solicitada por un partido político –en referencia a Vox– que previamente había apoyado expresamente en el debate y votación parlamentaria de la prórroga".

 

Para el magistrado discrepante, esta construcción, "con la falta de certeza que se deriva de la misma, aboca a los poderes públicos a la utilización futura de una herramienta, el estado de excepción, que, sin embargo, conlleva (..) una evidente disminución de las garantías jurisdiccionales de los derechos fundamentales". El argumento de que los derechos fundamentales se suspendieron con el primer decreto de alarma, y no sólo se limitaron, es, en su opinión, "más propia de un lego que del máximo interprete de la Constitución" y ello "aboca a la arbitrariedad en su aplicación".

 

Para Conde-Pumpido, la construcción de la sentencia de la que discrepa no da certeza alguna, pues se funda en "la paradoja de sorites atribuida a Eubulides de Mileto, que demostró la dificultad de determinar cuantos granos de arena hacen un montón". "Únicamente parece ser instrumental para permitir que este tribunal tenga una mayor discrecionalidad para considerar que algunas de las medidas en su día adoptadas, si bien pudieron ser correctas para hacer frente a la pandemia, fueron inconstitucionales por el hecho de que el número de excepciones no fue suficiente para evitar catalogar la restricción como una suspensión que se adoptó sin haber utilizado la herramienta correcta", lamenta.

 

"Proponer que se garantizan mejor los derechos de los ciudadanos suprimiéndolos en lugar de restringiéndolos y dejando incólumes algunas de sus garantías constitucionales es no entender el sistema de derechos fundamentales establecido en nuestra norma fundamental", explica el magistrado.

 

El enfoque de la sentencia es, por tanto, "del todo equivocado" para Conde-Pumpido. El magistrado estima que "restricción y suspensión son dos categorías jurídicas distintas", por lo que no comparte que una restricción se convierta en suspensión por ser más intensa. Según su argumentación, "suspensión", de una parte, y "restricción" extraordinaria de derechos, de la otra, operan en planos jurídicos diferentes: la primera, para los estados de excepción y sitio, produciría que el derecho fundamental suspendido pierda eficacia temporalmente y sea sustituida por la ordenación dispuesta por la concreta ley orgánica a la que remite el artículo 116.1 de la Constitución. La segunda, para el estado de alarma, produciría que el contenido del derecho fundamental restringido quede con carácter general disminuido, "incluso de modo drástico", por el decreto de declaración de dicho estado, pero sin que desaparezcan algunas de las garantías constitucionales como es la del sometimiento de tal restricción al cumplimiento del principio de proporcionalidad.

 

Para los magistrados que sostienen la sentencia, lamenta Conde-Pumpido, lo procedente hubiera sido hacer desparecer el derecho a la libre circulación mediante su suspensión declarando el estado de excepción. El efecto logrado con la resolución tiene como "la supresión de las garantías constitucionales a cambio de la mera parlamentarización de su declaración". Parlamentarización que, añade, "está igualmente prevista en el estado de alarma para poder prorrogar las medidas más allá de los primeros quince días".

 

Abundando en sus argumentos, explica que una medida de confinamiento domiciliario puede ser adoptada bajo cualquiera de los dos estados, el de alarma o excepción, pero el régimen jurídico y las garantías del derecho variarán dependiendo de si nos encontramos ante una restricción (alarma) o una suspensión formalmente declarada (excepción). "Las restricciones de derechos a que puede dar lugar la declaración de un estado de alarma quedan sujetas siempre a límites y condiciones constitucionales, pues precisamente ello es lo que caracteriza a las restricciones frente a las suspensiones", insiste.

 

Por ello, considera que la razón para calificar como suspensión una restricción muy intensa de un derecho fundamental "no parece ser otra que, como se ha denunciado, permitir un atajo argumental para lograr una declaración de inconstitucionalidad".

 

https://www.infolibre.es/politica/conde-pumpido-acusa-companeros-crear-grave-problema-politico-desarmar-frente-pandemias_1_1207482.html

 

EL TRIBUNAL MÁS DIVIDIDO DECLARA INCONSTITUCIONAL EL CONFINAMIENTO

 

Seis magistrados frente a cinco anulan un artículo del decreto vigente en 2020. La sentencia avala las medidas pero sólo bajo un estado de excepción y no de alarma

 

El Tribunal Constitucional anuló este miércoles por seis votos a cinco —falta un magistrado que dimitió hace nueve meses y aún no ha sido sustituido— las medidas más duras del decreto sobre el estado de alarma aprobado por el Gobierno al inicio de la emergencia sanitaria, en marzo del año pasado y que no están vigentes. El Tribunal, que resolvía un recurso de Vox, ha entendido que para acordar el confinamiento de toda la población es necesario declarar el Estado de excepción, cosa que solo puede hacer el Parlamento, a propuesta del Ejecutivo. La declaración de inconstitucionalidad del decreto no generará responsabilidad patrimonial del Estado por la actividad de empresas y comercios que tuvo que detenerse —estos artículos, también recurridos por Vox, han sido avalados en la sentencia—. Sin embargo, podrá reclamarse la devolución del importe de las sanciones impuestas a particulares que hubieran roto el confinamiento.

 

El tribunal ha necesitado dos plenos consecutivos, y alrededor de quince horas de debate para llegar a la resolución del recurso de Vox, pero no ha sido capaz de hallar una fórmula de consenso. El fallo acordado por un solo voto declara parcialmente inconstitucional el decreto del estado de alarma y, por tanto, marca una línea de actuación para el futuro, ya que si hiciera falta acordar en algún momento el confinamiento general de la población, el Gobierno tendría que acudir al Congreso para pedir que declarase el estado de excepción.

 

El voto que decantó el resultado de las deliberaciones fue el de la vicepresidenta del tribunal, Encarnación Roca, quien en el pleno anterior no se expresó con carácter definitivo, a la espera de que se aclararan algunos puntos del borrador de sentencia.

 

El texto de la sentencia –que supone la aprobación de la ponencia elaborada por el magistrado conservador Pedro González Trevijano— se dará a conocer en los próximos días, pero el propio tribunal anunció este miércoles que anula los apartados 1, 3 y 5 del artículo 7 del decreto acordado por el Gobierno el 14 de marzo del año pasado. El primero de estos puntos es el que regulaba el confinamiento, y por tanto restringía la capacidad de movimiento de los ciudadanos en términos que el Constitucional ha considerado contrarios a la propia Carta Magna. Se disponía en ese apartado que solo se podría circular “por las vías o espacios de uso público” para actividades esenciales, como la adquisición de alimentos y de primera necesidad, desplazamientos a centros sanitarios o al lugar de trabajo que siguiera operativo por su naturaleza e importancia.

 

El punto 3 prohibía la circulación de vehículos, salvo para los casos necesarios descritos. Y el punto 5 facultaba al Ministerio del Interior para el corte de carreteras “por razones de salud pública”, entre otras.

 

Medidas proporcionadas

 

La sentencia no cuestiona que se adoptaran estas medidas, sino que considera que fueron proporcionadas al riesgo sanitario existente y que fueron similares a las que se acordaron con carácter general en todos los países afectados por la pandemia. Lo que objeta –y de ahí la declaración de inconstitucionalidad- es que el Gobierno recurriese a la vía del decreto sobre el estado de alarma para dictar unas disposiciones que, de hecho, suspendían tres derechos fundamentales, el de libre circulación por el territorio, el de fijación del domicilio —al impedir los desplazamientos— y el de reunión entre particulares, al prohibir todo encuentro social, incluso con familiares o allegados. El tribunal ha considerado que para todo ello era preciso actuar previa aprobación en el Parlamento de la declaración del estado de excepción, porque a los ciudadanos se les iba a privar de ejercer tales derechos, que se hallan entre los considerados fundamentales en el propio texto constitucional.

 

Intervenciones

 

En el pleno intervinieron los magistrados Juan Antonio Xiol, Santiago Martínez Vares y Andrés Ollero, así como la vicepresidenta del tribunal, Encarna Roca, y el presidente, Juan José González Rivas, por este orden. Xiol, Ollero y González Rivas –el primero del sector progresista y los dos restantes del bloque conservador- se opusieron al recurso y se manifestaron, por tanto, a favor de avalar el decreto sobre el estado de arma. A su vez, Martínez Vares, adscrito al ala conservadora, y finalmente Encarna Roca –seguida por sus compañeros con especial expectación- justificaron que medidas como las acordadas para hacer frente a la pandemia precisaban del paraguas legal que implica el estado de excepción.

 

En el tribunal este debate ha dejado una estela de insatisfacción, por el corto margen con que se ha tomado la decisión. El presidente, González Rivas, había pedido al ponente que este asunto pudiera debatirse y resolverse antes del paréntesis de las vacaciones estivales. Pero confiaba en que se alcanzaría una mayoría clara, que no sembrara incertidumbres. Ahora, el propio Gobierno lamentó este miércoles el fallo y respondió a través de la ministra de Justicia, Pilar Llop, que “respeta, pero no comparte” la sentencia.

 

Algunos juristas expertos en derecho constitucional señalan la necesidad de actuar con rapidez en estos supuestos –y el hecho es que la reacción del Gobierno ante la pandemia ya fue criticada por tardía hace un año-, dato al que se añade que el estado de excepción requiere partir de un consenso parlamentario previo, no obtenerlo a posteriori, una vez puestas en marcha las medidas más urgentes, como en su momento lo fue el confinamiento general de la población.

 

La sentencia deja entre los magistrados que han votado en contra un poso de preocupación porque creen que deja más problemas de los que resuelve. Esa reserva va a reflejarse en los votos particulares que acompañarán al texto del fallo. Los cinco magistrados que han votado en contra quieren, en suma, dejar constancia escrita de sus discrepancias y sus advertencias.

 

La vicepresidenta del Constitucional: “He disipado mis dudas”

 

La vicepresidenta del Constitucional, Encarnación Roca, cuyo voto inclinó la balanza a favor de los conservadores para anular el confinamiento, se dirigió a algunos de sus compañeros que le preguntaban sobre su posición ante la última jornada de debate sobre la legalidad del estado de alarma con una frase: “He disipado mis dudas”. Luego, cuando le llegó el turno de pronunciarse, explicó que había valorado dos puntos de la ponencia de González Trevijano. El primero, que quedara blindada la imposibilidad de reclamar al Estado responsabilidad patrimonial por los efectos del confinamiento sobre industrias, negocios y actividades profesionales. El autor del borrador de sentencia estaba seguro de que esto ya estaba garantizado, pero le dio una vuelta de tuerca a su redacción, y a Roca le satisfizo.

 

Había otro aspecto. Para la vicepresidenta del Constitucional —que fue propuesta por CiU y elegida gracias a los votos del PSOE— el dato más importante del texto era que situaba al Parlamento como el órgano para decidir las medidas urgentes ante una emergencia sanitaria, y no al Gobierno, como ocurre en el Estado de alarma.

 

Claves de la sentencia

 

La sentencia implica la anulación por inconstitucionales de los apartados 1, 3 y 5 del artículo 7 del decreto por el que se acordó el estado de alarma. El Constitucional ha considerado que todas las prohibiciones contempladas en este requerían que el Ejecutivo propusiera al Parlamento la declaración del estado de excepción, y las Cortes así lo acordaran.

 

El primero de estos apartados es el que se restringió el derecho de circulación de los ciudadanos, el segundo es el que adaptó esas mismas limitaciones a los desplazamientos de los vehículos y el tercero el que habilitó al Ministerio del Interior para cerrar carreteras “por razones de seguridad pública”, entre otras, con el deber de comunicarlo a las autoridades autonómicas y locales. La anulación de estos preceptos supone que las personas que hubieran sido sancionadas por incumplirlos podrán reclamar el importe de las multas impuestas.

 

La sentencia anula, por tanto, el apartado 1 del artículo 7, que disponía que durante la vigencia del estado de alarma, las personas únicamente podrían circular por las vías de uso público —y salvo excepciones de forma individual—para la realización de actividades como la compra de alimentos, la asistencia a centros sanitarios o el cuidado de mayores.

 

El Constitucional también ha interpretado que el apartado 3, que establecía que “se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en los apartados anteriores o para el repostaje en gasolineras”, tampoco podía acordarse mediante la declaración del estado de alarma.

 

Por último, anula el apartado 5, que establece que “el ministro del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos”.

 

https://elpais.com/espana/2021-07-14/el-constitucional-anula-el-estado-de-alarma-que-decreto-el-gobierno-para-frenar-la-primera-ola-del-virus.html

 

EMPATE EN EL CONSTITUCIONAL SOBRE EL DECRETO DE ALARMA

 

El tribunal de garantías se parte en dos mitades de cinco magistrados tras cambiar de bando el presidente y Ollero, ambos conservadores, que apoyan que la declaración del Gobierno fue correcta

 

El Constitucional se ha partido en dos mitades en el debate sobre el estado de alarma y su posible inconstitucionalidad. Cinco magistrados sostienen que el Gobierno llevó a cabo una correcta gestión de la emergencia sanitaria al utilizar la declaración del estado de alarma como paraguas legal para acordar el confinamiento. Otros cinco consideran que esa decisión fue equivocada porque la orden de permanecer en los domicilios entrañó una suspensión de derechos fundamentales y que debió darse declarando previamente el estado de excepción. La vicepresidenta del tribunal, Encarnación Roca, puede tener en sus manos el voto decisivo, que decante la deliberación en un sentido u otro.

 

El sector progresista del Constitucional, del que forman parte los magistrados Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido —ambos miembros del Supremo— y María Luisa Balaguer —catedrática de Derecho Constitucional—, se ha visto en esta ocasión reforzado por el apoyo de dos magistrados del bloque conservador, que no comparten el criterio de que tenía que haberse decretado en España el estado de excepción entre marzo y junio del año pasado, ante la virulencia de la pandemia por covid-19. Se trata del presidente del tribunal, Juan José González Rivas, y de Andrés Ollero, catedrático de Filosofía del Derecho y magistrado del Constitucional desde 2012, después de haber sido portavoz de justicia y de educación del PP en el Parlamento durante 17 años.

 

Otros cuatro miembros del tribunal adscritos al sector conservador apoyan el proyecto de sentencia elaborado por el ponente del recurso presentado por Vox, el magistrado Pedro González Trevijano, catedrático de Derecho Constitucional. Estos magistrados son Santiago Martínez Vares, Ricardo Enríquez —ambos miembros del Supremo—, Antonio Narváez —ex teniente fiscal del Supremo— y Alfredo Montoya, catedrático de Derecho Laboral.

 

Posiciones expuestas

 

En las dos jornadas que el tribunal ha dedicado íntegramente al debate del proyecto de sentencia sobre el estado de alarma no se llegaron a producir votaciones. Pero las posiciones están claramente expuestas, con el resultado del citado empate a cinco. Con la circunstancia de que la exposición de la vicepresidenta, Encarnación Roca, no incluyó a juicio de los restantes miembros del pleno un pronunciamiento definitivo sobre el texto propuesto por el ponente. La existencia de un empate virtual entre los magistrados y la convicción de que la prolongación de la discusión este jueves, en el tercer día del pleno, no iba a desencallar la situación convenció al tribunal de que la mejor opción era suspender el debate en el punto en que se hallaba y abrir un período de reflexión.

 

La decisión que se adoptó fue, por tanto, dejar sobre la mesa el proyecto de sentencia de González Trevijano, que de momento ni ha salido adelante ni ha sido derrotado, y replantearse los problemas que expone el recurso de Vox en el pleno que el tribunal celebrará el próximo mes de julio. Este pleno será el último antes de vacaciones y en él debían resolverse también algunos recursos del procés, aunque finalmente solo se dictará sentencia sobre el de Dolors Bassa. El tribunal, por tanto, se da margen para seguir discutiendo sobre el estado de alarma y su constitucionalidad en encuentros informales entre los magistrados.

 

El ponente tendrá ocasión de modificar su texto para intentar atraer apoyos. No obstante, fuentes del propio Constitucional estiman muy difícil que haya nuevos trasvases entre los dos grupos que ya han manifestado con suficiente rotundidad su posición sobre las cuestiones de fondo que plantea el recurso. Es improbable que los cinco magistrados —tres progresistas y dos conservadores— que ya han rechazado claramente la tesis de que en España tuvo que declararse el estado de excepción vuelvan sobre sus pasos. De igual modo, parece poco probable que los otros cuatro magistrados, todos ellos conservadores, que ya han expresado su respaldo al proyecto de sentencia de González Trevijano revisen su posición y voten contra dicho texto. De ahí que el principal foco de atención de los propios magistrados del tribunal se haya colocado sobre la vicepresidenta, Encarnación Roca.

 

https://elpais.com/espana/2021-06-24/empate-en-el-constitucional-sobre-el-decreto-de-alarma.html?rel=buscador_noticias

 

EL CONSTITUCIONAL ANULA LA DESIGNACIÓN DE PABLO IGLESIAS PARA EL ÓRGANO DE CONTROL DEL CNI

 

El tribunal considera que cuando se realizó el nombramiento, mediante un decreto-ley, no había razones de urgente necesidad para acordarlo

 

El Tribunal Constitucional ha anulado la disposición del decreto ley del Gobierno que hace un año permitió la designación de Pablo Iglesias como miembro de la comisión delegada para asuntos de inteligencia, el órgano de control del CNI. La sentencia —que da la razón a Vox, que recurrió aquella decisión— no es unánime: el magistrado Cándido Conde-Pumpido votó en contra y anunció que presentará un voto particular. La decisión judicial ha llegado ya con Pablo Iglesias fuera del Gobierno y de la política. Su sustituta en la comisión, Yolanda Díaz, no se ve afectada por esta anulación, porque fue designada por otra vía.

 

El decreto ley de 2020 también nombró miembro de la comisión a Iván Redondo, director del gabinete de Pedro Sánchez. Pero en este caso la anulación no tiene efectos prácticos, ya que el artículo 6 de la Ley del Gobierno, que regula las comisiones delegadas, establece que el presidente puede designar a cualquier alto cargo para que asista a las reuniones de la comisión, aunque no sean miembros “de iure”.

 

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pedro González-Trevijano, considera que en este caso no concurre el presupuesto inexcusable de que existiera una extraordinaria urgencia y necesidad. Este requisito habilita al Gobierno para acudir al instrumento legislativo del decreto-ley, obviando el procedimiento legislativo ordinario o de urgencia, para realizar el nombramiento.

 

Conde-Pumpido, en cambio, sí ha estimado que concurrían razones de urgencia y necesidad. El dato relevante para este magistrado es que en el momento de la aprobación del decreto, en pleno confinamiento, la situación del Parlamento no hacía posible resolver esta modificación a través de una nueva ley, y que tardaría demasiado tiempo en aprobarse.

 

La doctrina del Constitucional es que este tipo de decisiones tienen que tomarse mediante la forma y el procedimiento del decreto-ley cuando exista una causa habilitante concreta, como es la de la urgencia. Es decir, que no se trata de una vía que pueda usarse con excesiva frecuencia y manga ancha, aunque lo cierto es que así ha sucedido en numerosas ocasiones, y no se ha planteado conflicto jurídico alguno si no ha mediado un recurso al tribunal de garantías, como sí ha ocurrido en este caso.

 

https://elpais.com/espana/2021-05-13/el-constitucional-anula-la-designacion-de-pablo-iglesias-para-el-control-del-cni.html?rel=buscador_noticias

 

UN TRIBUNAL FATIGADO EN PLENA BATALLA POLÍTICA

 

El Constitucional afronta el futuro más dividido que nunca, pendiente de una renovación bloqueada desde hace año y medio

 

El Tribunal Constitucional ha salido exhausto del reciente debate sobre el estado de alarma. Los magistrados se levantaron de la última deliberación, el pasado jueves, en un clima de tensión que no se veía en la sala de plenos desde hacía tiempo. Su presidente, Juan José González Rivas, quiso que se dictara esta sentencia antes del paréntesis veraniego para evitar la sensación de que el tribunal se pronuncia sobre problemas que quedaron atrás. Por ejemplo, como en ese caso, sobre el confinamiento y el decreto de estado de alarma firmado hace más de un año.

 

La sentencia, sin embargo, no ha servido para pacificar el debate que existía en la comunidad jurídica sino que lo ha exacerbado. La ministra de Defensa, Margarita Robles, magistrada del Supremo, ha calificado de “elucubraciones doctrinales” el resultado de 15 horas de deliberación, en dos plenos consecutivos, de los 11 componentes con que cuenta ahora el Constitucional. Una expresión a la altura de la definición clásica del Supremo estadounidense, la que lo describe como “nueve escorpiones encerrados en una botella”.

 

En el último pleno del Constitucional no circuló el veneno, pero desde luego hubo picotazos entre Cándido Conde Pumpido y Pedro González Trevijano, ponente de la sentencia. En la sesión del miércoles, y oída la vicepresidenta, Encarnación Roca, estaba claro que perdía el estado de alarma y ganaba el de excepción. El presidente, viendo venir el estrépito de los platos rotos, propuso una última oportunidad para reflexionar. Pero el ponente dijo que había llegado el momento de votar. Y se votó, con el resultado de seis a cinco, tras decantarse Roca por el lado conservador.

 

Pero antes, en el debate, algunos se buscaron la ceja. Criticó Conde Pumpido un fallo tan relevante con resultado tan ajustado (un voto de diferencia). Y replicó Trevijano que siempre hubo resultados ajustados, alguno incluso histórico. Conde Pumpido respondió entonces que lo ahora decidido sería revisable más tarde con otra mayoría en el tribunal, cuando se renueve. A lo que el ponente de la sentencia respondió con un “Ojalá me equivoque, pero…”. El “pero” es que nada da idea de que vaya a renovarse el Constitucional, ahora con cuatro plazas pendientes desde hace año y medio, entre ellas las del presidente y la vicepresidenta.

 

Si el tribunal resolviera estos relevos y los otros cuatro que corresponde llevar a cabo el año que viene, la actual mayoría conservadora pasaría a ser minoría. Entre otras cosas, porque de los cuatro cambios de la próxima renovación, dos le corresponde decidirlos al Gobierno. Y van unidos a otros dos que debe hacer el Consejo General del Poder Judicial, que prorrogado no tiene competencias para efectuar nombramientos.

 

El comentario de Trevijano tiene que ver con una hipótesis manejada en el mundo judicial, y es que el año que viene puede haber 8 de las 12 plazas del Constitucional pendientes de una renovación que no llega.

 

En paralelo, el cansancio, la fatiga de las togas, se está adueñando del tribunal. El procés ya provocó disensiones. Los magistrados progresistas Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer están abonados a los votos particulares. Pura tarea testimonial, salvo en cuanto se refiere a los líderes independentistas, que van a usar esos votos discrepantes en sus recursos ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Una vez indultados, el objetivo ya no es recuperar la libertad, sino una victoria jurídica que tendría también clara dimensión política.

 

En esa tarea de constante apoyo a la labor del Supremo sobre el procés —con las excepciones señaladas— el Constitucional también se ha desgastado. Dos magistrados, Antonio Narváez y el propio Conde Pumpido, fueron recusados y tuvieron que dejar los recursos sobre este asunto, por declaraciones que habían hecho y que permitían cuestionar su imparcialidad. Las sentencias estaban muy avanzadas, pero esas recusaciones retrasaron su deliberación, y llevaron al tribunal a resolver algunas de las impugnaciones según las pautas del “tiempo del castigo”, y no en sintonía con el “tiempo del perdón”, expresiones estas utilizadas por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para describir el pase de página. De ahí, en cambio, los votos particulares de Xiol y Balaguer contra la “desproporción” de las penas impuestas a los líderes independentistas.

 

Mientras avanzaba su tiempo de prórroga en el cargo, a Juan González Rivas (presidente) y a Encarnación Roca (vicepresidenta) les llegaron cantos de sirena. Les sondearon para ocupar la presidencia del Consejo del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, que van aparejadas. Pero fueron palabras que se llevó el viento. Sin que tenga que ver forzosamente con ello, el presidente fue cultivando un perfil cada vez más institucional y menos vinculado a su sector natural, el conservador, dada su trayectoria. Roca, en cambio, apareció cada vez más cerca de este bloque, pese a haber sido propuesta por CiU con apoyo del PSOE.

 

Esa distinta evolución propició fricciones entre ambos, como sucedió cuando la vicepresidenta impulsó una carta interna para criticar que un recurso relacionado con la pandemia se viera en una Sala del tribunal, y no en sesión plenaria. Ese recurso fue el que se resolvió para rechazar que el 1 de mayo del año pasado, en pleno confinamiento, tuviera lugar una marcha sindical en Vigo, con el argumento de que la garantía del derecho a la salud debía ser prioritaria con respecto al derecho de manifestación. La carta impulsada por Roca fue respaldada por otros magistrados y obtuvo como resultado que a partir de entonces todos los asuntos relacionados con la pandemia se avocaran al pleno, como los del procés. Asunto resuelto, pero de aquella manera, porque los fenómenos de disidencia interna siempre dejan poso y deterioran las relaciones.

 

La última imagen de un encuentro entre González Rivas y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado jueves, en el acto de homenaje a las víctimas de la covid-19 entre los sanitarios, es muy expresiva de la situación. El día anterior acababa de aprobarse la sentencia contra el estado de alarma. González Rivas y Pedro Sánchez no se miran directamente. El primero tiene arqueada una ceja y una expresión de circunstancias interpretable como “y qué quiere usted que yo le diga, presidente”. Una expresión, en todo caso, que refleja la fatiga del Constitucional.

 

https://elpais.com/espana/2021-07-19/un-tribunal-fatigado-en-plena-batalla-politica.html?rel=buscador_noticias

 

 

UN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DIVIDIDO DIRIME EL DECRETO DE ALARMA

 

La ausencia de un magistrado, que no fue sustituido tras dimitir, es clave para la votación del pleno sobre el confinamiento de 2020

 

El Tribunal Constitucional aborda este martes el debate sobre la posible anulación del primer decreto de alarma, el que supuso el confinamiento domiciliario al inicio de la pandemia en 2020. El proyecto de sentencia que propone declarar inconstitucional dicho decreto no llegó a votarse en el pleno de junio, a la vista de la profunda división existente en el tribunal. El presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, quiere evitar que el fallo se apruebe con un escaso margen de votos, dada la importancia de la resolución, y ha pedido a los magistrados un esfuerzo para aproximar posiciones. El resultado de la votación sigue siendo incierto.

 

De mantenerse las posiciones expuestas en aquella deliberación, la sentencia se aprobará por un solo voto de diferencia, ya que cinco magistrados se manifestaron entonces a favor de refrendar la declaración del estado de alarma que realizó el Gobierno y otros cinco apoyaron la tesis de que el confinamiento requería haber declarado el estado de excepción, no el de alarma. El undécimo voto, el decisivo, quedó en manos de la vicepresidenta del Constitucional, Encarnación Roca, elegida en su día a propuesta del PSOE: ella expresó ciertas reservas con respecto al proyecto de sentencia pero compartió la tesis principal, esto es, que la prohibición de circulación de los ciudadanos entre marzo y junio del año pasado supuso una fuerte restricción de derechos, no una mera limitación, y por tanto no estaba cubierta por el estado de alarma.

 

Ello dio lugar a la creencia de que Roca acabaría apoyando el proyecto de sentencia, elaborado por el magistrado Pedro González Trevijano, del sector conservador. Pero en aquel momento no llegó a expresarlo claramente. El voto de la vicepresidenta sigue siendo, en principio, el decisivo dadas las excepcionales circunstancias en las que se encuentra el Constitucional, pendiente de renovación desde hace más de un año y medio y compuesto ahora por 11 magistrados, en lugar de 12. Sobre el estado de alarma, en suma, va a decidir un Constitucional diezmado.

 

La ausencia por renuncia de uno de los magistrados, Fernando Valdés, desde octubre pasado, ha alterado los equilibrios internos del tribunal y ha privado a su presidente del voto de calidad, al no existir ya la posibilidad de empate. Esta circunstancia es muy importante, porque con el tribunal al completo —y en el supuesto de que Encarnación Roca apoye al ponente— habría sido probablemente el voto de calidad del presidente —que se ha mostrado contrario a las tesis del proyecto de sentencia— el que habría impedido que la declaración del estado de alarma fuera considerada inconstitucional.

 

Limitación o suspensión

 

Valdés —que renunció al ser imputado en un proceso penal por supuesta violencia machista— pertenecía al sector progresista del Constitucional y fue el autor de un primer borrador de sentencia que, en contra del que ahora se propone, abogaba por avalar la declaración del estado de alarma. Dicha ponencia sostenía que este paraguas legal bastaba para acordar el confinamiento impuesto, y afirmaba que esta medida no había implicado una suspensión sino una mera limitación de derechos.

 

Durante los últimos meses se ha debatido mucho entre los constitucionalistas si hubo suspensión o limitación de derechos en el confinamiento. En el seno del tribunal, la tesis de Trevijano —que sostiene la primera opción— no ha tenido el apoyo unánime del sector conservador. Dos de sus miembros —el presidente Juan José González Rivas y el magistrado Andrés Ollero— apoyaron a los magistrados progresistas Juan Antonio Xiol, María Luisa Balaguer y Cándido Conde Pumpido, partidarios de avalar el encaje constitucional del estado de alarma.

 

Para todos ellos, la restricción de derechos en dicho período no supuso su práctica supresión, y recuerdan, en este sentido, concentraciones y manifestaciones como las caceroladas convocadas en la calle Núñez de Balboa de Madrid, o las diferencias entre algunos Tribunales Superiores de Justicia sobre la autorización de marchas, una de las cuales provocó un auto de especial relevancia del propio Constitucional, el 30 de abril del año pasado. En dicha resolución se prohibió una iniciativa sindical en Vigo, con motivo del Primero de Mayo, con el argumento básico de que la garantía de la salud pública debía anteponerse al derecho de manifestación.

 

Este episodio ya produjo un primer enfrentamiento en el tribunal, y fue el voto de calidad del presidente el que decantó el debate, que entonces se produjo en la Sala Primera del Constitucional, compuesta por seis magistrados. Allí se registró un empate a tres y decidió el voto de González Rivas. Pero los integrantes de la Sala Segunda se quejaron de que un asunto tan relevante no fuera llevado a un pleno, para que en la decisión pudieran participar todos los miembros del tribunal.

 

El Estado, sin responsabilidad patrimonial

 

El proyecto de sentencia que este martes debatirá el Constitucional avala la necesidad y la proporcionalidad de las medidas tomadas por el Gobierno en los primeros meses de la pandemia, pero considera que no debieron aprobarse activando por decreto el estado de alarma, sino acudiendo a las Cortes para que se declarase el estado de excepción.

 

La declaración de inconstitucionalidad implicaría la nulidad de las sanciones impuestas a quienes vulneraron el confinamiento. El fallo, no obstante, dejaría claro que no existe una responsabilidad patrimonial del Estado por las pérdidas que registraron comercios y negocios que vieron suspendida su actividad.

 

https://elpais.com/espana/2021-07-13/un-constitucional-dividido-dirime-el-decreto-de-alarma.html?rel=buscador_noticias

 

EL PONENTE DEL FALLO DEL CONSTITUCIONAL CONTRA EL CONGRESO CAMBIÓ SU VOTO A ÚLTIMA HORA

 

El presidente del tribunal apoyó la desestimación del recurso de Vox y el magistrado Narváez retiró su propuesta inicial para modificarla en sentido opuesto

 

El pleno que el pasado jueves celebró el Tribunal Constitucional pasará a los anales de la institución. Se vivió una situación insólita: la del cambio de opinión a última hora del ponente de un recurso importante. De su posición final dependía que el tribunal censurara o no la decisión de la Mesa del Congreso de reducir su actividad durante los primeros días de la pandemia, lo que fue impugnado por Vox, que considera que se atentó contra el derecho de los diputados.

 

El recurso se dirigía contra los acuerdos de la Mesa del 19 de marzo de 2020. La propuesta del ponente, el magistrado Antonio Narváez, del sector conservador, era rechazar la tesis de que el Parlamento había echado el cierre y vulnerado los derechos de los diputados a controlar al Gobierno. Pero Narváez cambió de criterio tras haber escuchado las diez intervenciones que se produjeron en el pleno a lo largo de dos días. Diez intervenciones, y no 11, que es el número actual de magistrados, porque faltaba uno de los miembros del tribunal, Alfredo Montoya, quien no acudió al pleno por enfermedad.

 

Oídos los diez intervinientes, resultó que cinco exposiciones habían propuesto rechazar el recurso, y otras cinco habían defendido conceder el amparo solicitado y anular los acuerdos de la Mesa. La decisión ya no iba a tener efectos prácticos, puesto que lo hecho, hecho estaba. Pero el fallo supondría un aval o una censura a la labor del Congreso y del Senado, que siguieron estrategias paralelas, en respuesta a la crisis sanitaria. Y ese mismo aval o censura alcanzaría al Gobierno, en la medida en que las decisiones de restricción de la actividad parlamentaria afectaron, según Vox, a la entera labor de control del Ejecutivo.

 

Concluido el debate en el pleno del tribunal, el presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, consideró llegado el momento de tomar una decisión, e intentó que se votara el rechazo del recurso presentado por Vox. Pero no lo consiguió. El cambio de opinión del ponente, el magistrado Antonio Narváez, impidió que se realizara la votación prácticamente sobre el sonido de la campana.

 

Durante las dos jornadas de deliberación dedicadas a este asunto, se habían manifestado a favor del recurso —y por tanto del reconocimiento de que el Congreso vulneró los derechos de sus diputados— la vicepresidenta, Encarna Roca, y los magistrados Pedro González Trevijano, Santiago Martínez Vares, Ricardo Enríquez y Andrés Ollero. En cambio, habían apoyado rechazar el recurso, el presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, y los magistrados Juan Antonio Xiol, María Luisa Balaguer y Cándido Conde-Pumpido, además del propio Narváez, cuyo primer proyecto de sentencia era contrario a la impugnación de Vox.

 

Empate

 

Se daba, por tanto, un empate que a priori era difícil de prever. Y ello porque al ser 11, una cifra impar, el número de magistrados actuales del tribunal, solo una ausencia podría complicar las cosas, al facilitar una situación de paridad. Y esa ausencia se produjo al faltar el magistrado Alfredo Montoya, del sector conservador.

 

Pero los presentes eran diez, y terminadas las intervenciones, el presidente, Juan José González Rivas, se dirigió al magistrado ponente, Narváez, y le preguntó si sometía su proyecto de sentencia a votación. El presidente decantaba el caso con su voto de calidad. Hubo risas en la sala. Se veía venir la jugada de enroque. Y se produjo. Narváez, quien ya había manifestado sus dudas a lo largo del debate, habló esta vez con suma claridad, para decir que no se podía producir la votación. González Rivas preguntó por qué, y el magistrado ponente explicó que iba a cambiar su proyecto de sentencia, porque las razones dadas por los partidarios del recurso de Vox le habían parecido dignas de consideración. No había nada que votar, por tanto, porque la ponencia inicial ya no estaba sobre la mesa.

 

Lo previsible es que la nueva ponencia que lleve Narváez al próximo pleno, en octubre, anulará el cierre del Congreso de marzo de 2020 por seis votos a cuatro, al regresar el ponente con su sector, el conservador, que es también el mismo sector del magistrado ausente el pasado jueves. Quizá Montoya no vote, porque es frecuente que no lo haga quien no ha asistido a todos los debates. Pero fue el cambio de Narváez el que, en una situación insólita, le dio la vuelta a la tortilla.

 

https://elpais.com/espana/2021-09-18/el-ponente-del-fallo-del-constitucional-contra-el-congreso-cambio-su-voto-a-ultima-hora.html?rel=buscador_noticias

 

EL CONSTITUCIONAL SE DIVIDE ACERCA DE MANTENER LA CONDENA DE LOS IMPLICADOS EN EL CERCO AL PARLAMENT

 

Siete magistrados consideran que los hechos no deben quedar impunes, y cuatro estiman que los acusados no debieron ser condenados por el Supremo sin antes haber sido escuchados

 

El Constitucional ha rechazado por siete votos a cuatro la propuesta de conceder el amparo y anular la sentencia que condenó a tres años de prisión a ocho de los autores del cerco al Parlament, ocurrido en 2011. El fallo condenatorio del Supremo, por tanto, se mantiene en vigor y el recurso de los implicados en aquellos hechos se discutirá de nuevo en un próximo pleno, con un fallo que propondrá rechazar el recurso de los implicados. Han sido mayoría los magistrados que consideraban que los hechos no debían quedar impunes frente a quienes estiman que los condenados debían haber sido escuchados previamente por el alto tribunal.

 

El magistrado Cándido Conde-Pumpido, que había elaborado el proyecto de fallo, ha declinado seguir como ponente del asunto, y le sustituirá el también magistrado Antonio Narváez, quien a lo largo de las deliberaciones se decantó del lado de la mayoría, constituida por siete miembros del tribunal. El argumento de dicha mayoría es que no hay razones para que deba anularse la sentencia que dictó el Supremo contra los autores del cerco, un hecho que provocó que el entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, tuviera que acceder al Parlament en helicóptero.

 

La ponencia presentada proponía la anulación de dicho fallo porque los condenados lo fueron sin que el Supremo les hubiera oído, cuando en primera instancia la Audiencia Nacional les había absuelto. En estos casos, la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos conduce a que no se pueda pasar de una absolución inicial a una condena en segunda instancia sin haber escuchado a los implicados.

 

Este argumento, expuesto por el ponente, contó con el apoyo de la vicepresidenta del tribunal, Encarnación Roca, y de los magistrados Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer. En cambio, se opusieron a esta tesis el presidente del tribunal, Juan José González Rivas, y los magistrados Ricardo Enríquez, Andrés Ollero, Pedro González Trevijano, Alfredo Montoya, Antonio Narváez y Santiago Martínez Vares.

 

La mayoría del tribunal de garantías, por tanto, ha considerado que en este asunto lo primordial es entender que el propósito de los autores del cerco al Parlamento catalán era detener sus funciones. Un hecho básico para llegar a esta conclusión es que la convocatoria de las protestas se llevó a cabo bajo el lema “Aturem el Parlament” (“Paremos el Parlamento”, en catalán). Ello justificaría, a juicio de los magistrados de la mayoría, que los hechos se consideraran como constitutivos de un delito contra las instituciones del Estado.

 

La tesis de esa mayoría es que el Supremo no cambió los hechos probados en la primera sentencia de la Audiencia Nacional ―que fue absolutoria―, sino que descartó de plano que el derecho de manifestación y de protesta de los implicados justificara que quisieran parar la actividad de la asamblea parlamentaria catalana. El fallo de la Audiencia, en cambio, interpretaba y tomaba en especial consideración que la motivación de los manifestantes era expresar su repulsa por la proyectada aprobación de unos presupuestos que implicaban importantes recortes en los servicios públicos.

 

Por tanto, la absolución decidida por la Audiencia Nacional se basó ―según se reflejó en la sentencia, de la que fue ponente el magistrado Ramón Sáez― en que la conducta de los manifestantes perseguía “reivindicar los derechos sociales y los servicios públicos frente a los recortes presupuestarios y a expresar el divorcio entre representantes y representados”. El fallo del Supremo ―del que fue ponente su presidente, Manuel Marchena― estimó en cambio que “paralizar el trabajo ordinario del órgano legislativo supone afectar no ya al derecho fundamental de participación política de los representantes políticos y, en general, de los ciudadanos catalanes, sino atacar los valores superiores del orden democrático”.

 

https://elpais.com/espana/2021-06-02/el-constitucional-se-divide-acerca-de-mantener-la-condena-de-los-implicados-en-el-cerco-al-parlament.html?rel=buscador_noticias

 

 

PSOE Y PP CIERRAN LA RENOVACIÓN DEL CONSTITUCIONAL, DEL TRIBUNAL DE CUENTAS Y DEL DEFENSOR DEL PUEBLO

 

El cambio no altera la mayoría conservadora en el Tribunal Constitucional

 

El PSOE y el PP han acordado la renovación de cuatro miembros del Tribunal Constitucional, pendiente desde 2019, y han pactado además el recambio para doce consejeros del Tribunal de Cuentas, además de situar a Ángel Gabilondo como futuro Defensor del Pueblo.

 

Fuentes del PSOE y del PP han hecho un anuncio conjunto de los nombres que renovarán estas tres instituciones y la Agencia de Protección de Datos, un pacto que sin embargo no alcanza el Consejo General del Poder Judicial, donde ambos mantienen posturas alejadas: el PP pide un cambio en el método de elección y los socialistas quieren mantener el sistema vigente.

 

Tribunal Constitucional

 

El acuerdo supondrá la incorporación de cuatro nuevos magistrados al Tribunal Constitucional: Enrique Arnaldo Alcubilla, letrado de las Cortes; Concha Espejel, presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional; Inmaculada Montalbán, magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía; y Juan Ramón Sáez Valcárcel, magistrado de la Audiencia Nacional.

 

La renovación no alterará sustancialmente el reparto de mayorías en el tribunal de garantías, con un sector conservador predominante, pero corregirá la anomalía de contar con un magistrado menos y dará oxígeno a un tribunal en el que el ambiente se ha enrarecido en los últimos meses.

 

Los conservadores mantienen una mayoría de 7 a 5 en el pleno a la espera de la renovación de otros cuatro miembros en 2022 (los magistrados del TC tienen mandatos de nueve años y las renovaciones se acometen de cuatro en cuatro cada tres años). Sobre la mesa hay asuntos tan relevantes como la eutanasia, el segundo estado de alarma, la Ley Celáa o el aborto.

 

El nuevo presidente saldrá, según una norma no escrita que determina que se elige entre los cuatro magistrados que se encuentran en el último tercio de su mandato, de entre los conservadores Pedro González-Trevijano, Antonio Narváez y Santiago Martínez-Vares y el progresista Juan Antonio Xiol.

 

Tribunal de  Cuentas

 

Para el Tribunal de Cuentas, proponen a Enriqueta Chicano Jávega (consejera del propio Tribunal), Isabel Fernández Torres (profesora de Derecho Mercantil de la UCM), Dolores Genaro Moya (consejera del Tribunal de Cuentas), Elena Hernáez Salguero (expresidenta del Tribunal Económico-Administrativo de la Comunidad de Madrid) y  Diego Íñiguez Hernández (magistrado del Tribunal Contencioso-Administrativo).

 

También a Rebeca Laliga (subdirectora General del Notariado y de los Registros del Ministerio de Justicia), José Manuel Otero Lastres (catedrático de Derecho Mercantil), Joan Mauri Majós (profesor de Derecho Administrativo Universidad de Barcelona), Javier Morillas (catedrático de Economía Aplicada), Luis Antonio Ortiz de Mendivil Zorrilla (abogado del Colegio de Vizcaya), Mª Luz Rodríguez Rodríguez (gerente tributaria de la Diputación de Barcelona) y Miguel Ángel Torres Morato (fiscal jefe del Tribunal de Cuentas).

 

Defensor del Pueblo y Agencia de Protección de Datos

 

Para el Defensor del Pueblo, proponen a Ángel Gabilondo, catedrático de Metafísica de la UAM, exministro de Educación y diputado del PSOE en la Asamblea de Madrid; y como Adjunta Primera a Teresa Jiménez Becerril, diputada del PP y presidenta de la Fundación Alberto Jiménez-Becerril.

 

En el caso de la Agencia Española de Protección de Datos, proponen como directora a Belén Cardona Rubert (catedrática de Derecho del Trabajo en la Universidad de Valencia), y como Adjunto a Borja Adsuara Varela (abogado y consultor en derecho digital).

 

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2021/10/21/economia/1634845235_186006.html?rel=buscador_noticias

 

 

EL PONENTE DEL CONSTITUCIONAL CUESTIONA QUE SE ADOPTARA EL CONFINAMIENTO CON EL ESTADO DE ALARMA Y NO CON EL DE EXCEPCIÓN

 

Un sector del tribunal rebate esta tesis con el argumento de que durante el confinamiento no se suspendieron derechos, sino que solo se limitaron

 

El proyecto de sentencia que maneja el Tribunal Constitucional sobre el estado de alarma avala que caben dentro de la Constitución las medidas que adoptó el Gobierno frente a la pandemia, pero considera que se produjo una suspensión de derechos fundamentales, y no una mera limitación. Por lo tanto, estima que el instrumento jurídico que debió utilizarse es el del estado de excepción, y no el del estado de alarma.

 

El texto razona que el confinamiento y la suspensión de derechos que supuso se justifica plenamente por la situación de emergencia sanitaria causada por la pandemia, y dedica una parte de su exposición a explicar que en todos los países afectados se tomaron decisiones similares, por lo que no hay reproches a la reacción del Gobierno para la protección de la salud pública. Ahora bien, el proyecto de sentencia sostiene en paralelo que el paraguas legal que correspondía a esas medidas es el del estado de excepción, que debe ser acordado por las Cortes, mientras que el de alarma lo decreta el Ejecutivo y luego lo refrenda el Parlamento.

 

El borrador del fallo, por tanto, estima que fue contrario a la Constitución suspender los derechos de residencia, reunión y libre circulación mediante la declaración del estado de alarma, si bien no todos los magistrados están de acuerdo en el Constitucional sobre este punto de vista. Fuentes del tribunal de garantías aseguran que habrá mucho debate sobre estos extremos, porque un sector de los magistrados considera que tales derechos no quedaron suspendidos durante el confinamiento, sino simplemente limitados. Y añaden que para tal limitación no sería necesario acudir a la declaración del estado de excepción.

 

La tesis del proyecto de sentencia —de la que es ponente el magistrado Pedro González Trevijano— parte de considerar que cuando en España se decretó el estado de alarma los derechos de residencia, reunión y libre circulación quedaron inmediatamente suspendidos, y la población privada de ejercerlos. El texto sostiene que la posibilidad de abandonar el domicilio para actuaciones de emergencia, o para ir al supermercado, o incluso para comprar el periódico o pasear al perro, no desmienten la suspensión de derechos. Por tanto, lo procedente en la situación sanitaria de emergencia era actuar como se hizo, pero llamando a las cosas por su nombre, y ese nombre, en el caso de las citadas suspensiones de derechos, es el de estado de excepción.

 

Quienes en el tribunal creen que no hubo tal suspensión, sino una mera limitación, citan que durante el confinamiento hubo incluso manifestaciones, ante las que algunos tribunales superiores de justicia discreparon, de modo que en unos casos se autorizaron y en otros, no. El hecho de que se permitieran —y en otros casos se toleraran— demostraría que los derechos fundamentales se restringieron, pero no que quedaran temporalmente abolidos, por haber sido suspendidos. Se recuerda, en este sentido, que algunas movilizaciones toleradas empezaron con caceroladas contra el Gobierno en el barrio de Salamanca de Madrid y se convirtieron en manifestaciones en una de sus calles, Núñez de Balboa, en las que se ejerció ese derecho ante la mirada de la policía, sin que llegara a actuar.

 

https://elpais.com/espana/2021-06-10/el-proyecto-de-sentencia-del-constitucional-sobre-el-estado-de-alarma-justifica-las-medidas-que-tomo-el-gobierno-pero-bajo-un-estado-de-excepcion.html?rel=buscador_noticias

 

 

EL CONSTITUCIONAL FALLA QUE LA RESTRICCIÓN DE LA ACTIVIDAD DEL PARLAMENTO EN LA PANDEMIA VULNERÓ LOS DERECHOS DE LOS DIPUTADOS

 

La sentencia, que supone un nuevo varapalo a la estrategia jurídica del Gobierno, ha prosperado por seis votos a cuatro tras el cambio de opinión del ponente

 

El Tribunal Constitucional ha tumbado por seis votos a cuatro el cerrojazo a la actividad parlamentaria del Congreso y el Senado durante las primeras semanas de la pandemia en 2020, al avalar el recurso de amparo presentado por Vox contra dicha medida. La decisión del tribunal se ha tomado después de que el ponente, el magistrado del sector conservador Antonio Narváez, cambiara in extremis el sentido de su voto en el pleno de septiembre, anunciando que iba a confeccionar un nuevo borrador de sentencia en el que propondría acoger las pretensiones de Vox.

 

El Parlamento no llegó a estar completamente cerrado en ningún momento de la pandemia, pero la Mesa sí decidió a primeros de marzo de 2020, en plena ebullición de los contagios por la covid-19, suspender las sesiones de control y congelar los plazos de enmiendas y otros procedimientos casi durante un mes. Eso generó un efecto en cascada sobre la actividad general de las Cámaras, afectando globalmente a sus funciones, según ha concluido el tribunal.

 

Inicialmente, la ponencia abogaba por rechazar el recurso, entendiendo que la Mesa del Congreso —y la del Senado, que adoptó decisiones en el mismo sentido— había adoptado una resolución proporcionada al riesgo sanitario existente. Oídas las 10 intervenciones que hubo en el pleno (en el que faltó, como este martes, el magistrado Alfredo Montoya por enfermedad), se constató que el tribunal estaba dividido en dos bloques de cinco magistrados. Ello significaba que ganaba la postura partidaria de rechazar el recurso, ya que el presidente del Constitucional, Juan José González Rivas, que en caso de empate tiene voto de calidad, apoyó al grupo que proponía esta solución.

 

La votación, sin embargo, no llegó a tener lugar, porque el ponente anunció en el último momento que una vez concluida la deliberación estimaba pertinente cambiar el sentido de su propuesta de resolución, puesto que le habían convencido las razones de los partidarios de aceptar el recurso de la formación ultra. Narváez ha llevado este martes al pleno su nuevo texto, y, al sumar su voto al de los cinco magistrados que respaldaron la impugnación, la sentencia aprobada considera que el Congreso cercenó indebidamente la labor parlamentaria de los diputados, cuando debió hacerla compatible con las medidas de protección frente a la extensión de la pandemia.

 

Vox pide la dimisión de Batet

 

Los portavoces del PP y Vox en la Cámara, Cuca Gamarra y Macarena Olona, recordaron este martes que entonces sus partidos se opusieron a esa situación en la Mesa, aunque luego solo fue la formación ultra la que recurrió esas medidas al Constitucional. Las dos portavoces han arremetido de manera muy similar contra la restricción, que consideran “una vulneración de los derechos y libertades fundamentales de los diputados” al restar por parte del Gobierno de Pedro Sánchez atribuciones de control al Parlamento.

 

La entonces portavoz popular, Cayetana Álvarez de Toledo, se indignó mucho en aquellos días con lo que catalogó como un “cierre del Parlamento, algo que no debía suceder ni en tiempos de guerra”. Olona se lo ha agradecido este martes, aunque luego le ha lanzado un dardo al PP por dejarla sola y no recurrir. El portavoz del PSOE, Héctor Gómez, ha optado por no entrometerse en el contenido de la sentencia, pero ha defendido el comportamiento y la “responsabilidad” de la presidenta de las Cortes, Meritxell Batet, por “pensar en el interés general”. Olona ha reclamado, sin embargo, la dimisión inmediata de Batet.

 

Han votado a favor del recurso de Vox la vicepresidenta del Constitucional, Encarnación Roca, y los magistrados Santiago Martínez Vares, Pedro González Trevijano, Ricardo Enríquez, Andrés Ollero y el ponente, Antonio Narváez. En contra de la impugnación se pronunciaron el presidente del tribunal, Juan José González Rivas, y los magistrados Cándido Conde-Pumpido, María Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol.

 

Esta es la segunda sentencia con la que el Constitucional cuestiona la estrategia jurídica seguida por las instituciones frente a la emergencia sanitaria. La primera se produjo el pasado mes de julio, cuando el tribunal consideró inconstitucional el primer decreto del Gobierno sobre el estado de alarma, por haber supuesto entre otras medidas el confinamiento de la población. El fallo estimó que una decisión de este tipo supuso la suspensión, y no solo la limitación, de derechos fundamentales, en este caso el de libre circulación, y que eso requería otro instrumento jurídico: el estado de excepción.

 

https://elpais.com/espana/2021-10-05/el-constitucional-falla-que-la-restriccion-de-la-actividad-del-parlamento-en-el-inicio-de-la-pandemia-vulnero-los-derechos-de-los-diputados.html?rel=buscador_noticias

 

EL JUEZ QUE PERMITIÓ A TREVIJANO UN TERCER MANDATO COMO RECTOR COBRABA DE LA URJC

 

El magistrado Alberto Palomar era profesor de un master de la Rey Juan Carlos mientras instruía una demanda contra el ex rector y ahora magistrado del Constitucional

 

Este magistrado se llama Alberto Palomar Olmeda. En enero de 2010 llegó a su juzgado, el número 23 de Madrid, la demanda contra el entonces rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), Pedro González Trevijano -ahora magistrado del Tribunal Constitucional (TC)- por presentarse a un tercer mandato saltándose los estatutos de la propia universidad que establecían un máximo de dos mandatos consecutivos. Una denuncia que este juez resolvió un año después, en enero de 2011, y que desestimó. Falló a favor de Trevijano. Mientras esto ocurría, el magistrado Alberto Palomar era profesor del máster de periodismo deportivo de la URJC. El magistrado asegura a esta emisora que ha impartido una 'masterclass' de muy pocas horas en ese posgrado, muy puntualmente aunque según ha confirmado la Cadena SER de documentos internos de la universidad fue profesor de ese posgrado desde 2007 hasta 2013.

No era su única vinculación con la URJC. En julio de 2010, justo en medio del tiempo que duró la instrución de la demanda en su juzgado, el magistrado Alberto Palomar participó en un curso de la Fundación Rey Juan Carlos, de la que es patrono el ex rector Trevijano. En ese curso coincidió con el profesor Pablo Chico de la Cámara, imputado ahora en el caso del máster de la ex presidenta madrileña Cristina Cifuentes. En esas jornadas que se celebraron entre el 5 y el 9 de julio, dirigidas por el catedrático de la URJC Luis María Cazorla, participó también Enrique Arnaldo Alcubilla, profesor de la Rey Juan Carlos y, en aquel momento, representante general de la candidatura de Pedro González Trevijano en su tercera reelección.

 

Más vínculos con la universidad de Trevijano

 

Además, este magistrado figura como colaborador en un proyecto de investigación de la URJC dirigido por Susana Galera, profesora imputada del máster de Cifuentes. En ese equipo liderado por Galera, además del juez, estaba también el tío de Cecilia Rosado, también imputada, Santiago Rosado Pacheco, catedrático de derecho administrativo de la Rey Juan Carlos. En 2016, el magistrado mantiene la vinculación con la Universidad Rey Juan Carlos y, en este caso, con el Instituto de Derecho Público de Enrique Álvarez Conde. Alberto Palomar explica a la SER que participó en un curso que organizó el COE (Comité Olímpico Española) con la URJC. Según la documentación que obra en poder de la SER, en diciembre de ese año, 2016, el magistrado recibió una transferencia de casi 400 euros por parte del instituto de Conde. Palomar Olmeda admite estas vinculaciones con la Universidad aunque precisa que se trata de hechos esporádicos, puntuales y en el marco de conferencias y seminarios. Este juez asegura que ahora no tiene vinculación académica ni contractual alguna con la URJC y que nunca la ha tenido, a pesar de que recibía una contraprestación económica por todas estas actividades docentes.

 

Denunciado por prevaricación

 

Una de las causas que marca la jurisdicción española para la abstención o recusación de un magistrado es la de "tener interés directo o indirecto en la causa". A pesar de lo que establece la ley, el juez Palomar Olmeda no se inhibió y fue denunciado por prevaricación y por demorar durante 114 días la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, en segunda instancia, sí anuló la candidatura del ex rector. Alberto Palomar justificó el retraso en que Trevijano había presentado un incidente de nulidad y que hasta que no se resolviera el fallo no podía ser firme y, por tanto, no se podía anular su candidatura al rectorado de la URJC.


El TSJM, que instruyó esta querella por prevaricación contra el juez, la desestimó con un voto particular del magistrado Emilio Fernández Castro que si apreció indicios de delito en la actitud de Palomar Olmeda. En última instancia, Trevijano recurrió la anulación de su candidatura ante el Constitucional, el tribunal del que ahora forma parte como magistrado, que le dio la razón. Otra sentencia en todo este relato que se cerró con un voto particular, en este caso, de la magistrada Encarnación Roca Trías.

 

https://cadenaser.com/emisora/2018/09/20/radio_madrid/1537423496_559114.html

 

PEDRO GONZÁLEZ-TREVIJANO: EL NEXO ENTRE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS Y EL PP

 

Durante su mandato, el rector Trevijano estuvo envuelto en distintas polémicas relacionadas con su renovación en el cargo o con supuestos gastos irregulares, enfrentándose al catedrático David Ríos

 

Otro de sus rivales internos era Enrique Álvarez Conde, con quien pactó la creación del polémico instituto en el que Cifuentes hizo su máster

 

Contactado por eldiario.es, el ahora magistrado del Constitucional no quiere hacer declaraciones, aunque fuentes cercanas a él aseguran que cuando era rector no tuvo conocimiento de que la presidenta madrileña se matriculara en la universidad

 

Ha quedado fuera de foco en la crisis abierta en la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) a raíz de que salieran a la luz las irregularidades del máster de la presidenta madrileña, Cristina Cifuentes. Pero fue durante su mandato como rector cuando pasó todo. El actual magistrado del Tribunal Constitucional Pedro González-Trevijano estuvo al frente de la universidad 11 años, de 2002 a 2013, un periodo en el que la universidad creció –había nacido en 1996– y consolidó su oferta académica creando además una extensa red de colaboradores y profesores muy vinculados a la política y, en concreto, al PP.

 

Licenciado y doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, la vinculación de González-Trevijano con los populares se remonta a sus años de estudiante, cuando coincidió con Gustavo Villapalos, que entonces comenzaba su etapa como joven profesor, que luego se convertiría en decano y rector de la Complutense y que, finalmente, fue elegido como consejero de Educación y Cultura por Alberto Ruiz-Gallardón. Villapalos, amigo a su vez de la propia Cifuentes, fue el creador de la URJC que, en sus inicios, vivió periodos convulsos –tuvo cuatro rectores en cuatro años– pero que consiguió cierta estabilidad precisamente al llegar Trevijano al poder. No obstante, la polémica le acompañó durante su mandato.

 

El también catedrático de Derecho Constitucional llegó al cargo de rector en mayo de 2002 y lo renovó en las elecciones de diciembre de 2005. Los estatutos de la URJC, aprobados en 2003, limitaban a dos el número de mandatos. Sin embargo, Trevijano volvió a presentarse a los comicios a rector en 2009. Fue entonces cuando su eterno rival, el catedrático de Estadística e Investigación Operativa David Ríos Insúa, con quien mantendría numerosos conflictos, impugnó su candidatura. Pero Trevijano argumentó que el reglamento se había aprobado cuando él ya era rector, por lo que no se podía aplicar de forma retroactiva, un aspecto que fue avalado por la Junta Electoral Central, que le permitió seguir adelante con su candidatura.

 

El actual rector, Javier Ramos, de la máxima confianza de Trevijano, fue precisamente el emisario que el entonces máximo dirigente de la URJC envió a Ríos para que retirase esa demanda que había presentado contra él. "Tú me quitas el contencioso porque me he presentado a la tercera reelección como rector y yo a cambio, ¿qué quieres?, dinero, profesores, departamentos, espacios...", le transmitió Ramos a Ríos. La comprometida conversación fue grabada y este es el audio, que desveló eldiario.es.

 

Posteriormente Trevijano se querelló por injurias contra Ríos, a raíz de unos comentarios anónimos vertidos en su página web, en los que se aseguraba que el actual magistrado y miembros de su equipo directivo se quedaban con comisiones de contratas de la universidad. A raíz de esa querella, un juez abrió diligencias previas en las que solicitó a la institución educativa un "listado desglosado de datos y sus correspondientes justificaciones" de una serie de partidas de "gastos diversos" que ascendieron a más de 400.000 euros para poder determinar si el comentario había incurrido efectivamente en un delito de injurias. La universidad publicó entonces una nota aclaratoria desglosando esos gastos.

 

Fernando Suárez, catedrático de Historia del Derecho y de las Instituciones que fue vicerrector y mano derecha de Trevijano, y que le sucedería en el cargo en 2013, también tuvo un papel central en esa guerra entre Trevijano y Ríos. El director del departamento de Estadística, Antonio Alonso, denunció a Suárez por haberle amenazado en 2009 con quitarle carga docente y despedir a profesores si su departamento no retiraba el apoyo a David Ríos y se situaba a favor de la candidatura de Trevijano. Posteriormente, en 2016, Suárez se vio envuelto en un polémico caso de plagio que le obligó a adelantar las elecciones a rector que ganó el actual dirigente y persona de su confianza Javier Ramos.

 

Asimismo, Enrique Álvarez Conde, el gran responsable académico del escándalo del máster, era uno de los rivales internos de Trevijano dentro de la URJC. Con este catedrático, al igual que con otros, el entonces rector pactó un acuerdo de paz muy similar al que Ramos verbalizó en la antes citada grabación: paz a cambio de profesores, presupuesto, recursos... Una de las consecuencias de esa paz entre ambos académicos y sus respectivos partidarios fue la puesta en marcha del Instituto de Derecho Público donde Cifuentes cursó su máster. “Le dejó hacer y deshacer”, explica un profesor consultado por este diario sobre el papel de Álvarez Conde en el polémico instituto. Esta política clientelar de González Trevijano dentro de la universidad explica también la abundancia de contratos ilegales de profesores visitantes o la enorme cantidad de familiares de otros docentes en la URJC.

 

En la etapa de Trevijano entraron en la universidad contactos políticos e incluso a familiares de cargos del PP. Entre ellos se encuentran Isabel Ruiz-Gallardón García de la Rasilla, prima del exministro y presidente de la Comunidad de Madrid cuando se creó la universidad; Margarita Cifuentes Cuencas, hermana de la actual presidenta regional; Isabel Mayor Bastida, sobrina del exministro Jaime Mayor Oreja; o María del Mar Alarcón, cuñada del exnúmero dos de Esperanza Aguirre, Francisco Granados.

 

Varias fuentes aseguran, además, que fue Trevijano quien recomendó ante Cristina Cifuentes a Rafael van Grieken como consejero de Educación. Van Grieken también es catedrático de la URJC y es alguien de la confianza de Trevijano desde sus años como rector. Bajo su mandato, Van Grieken fue vicerrector de Investigación de la URJC. Desde ahí, Trevijano lo promocionó con la llegada del PP a un puesto relevante: la dirección de la ANECA, el organismo que valida los títulos oficiales del Ministerio de Educación, como el que obtuvo Cristina Cifuentes. Más tarde, con la llegada de Cifuentes a la presidencia de Madrid, Rafael van Grieken se convirtió en el consejero de Educación de la Comunidad de Madrid.

 

La mujer de Trevijano, María Teresa Martín del Peso, también trabaja en la URJC como personal administrativo. Es amiga de Cristina Cifuentes y de Mayte Feito, la persona que la presidenta de Madrid envió al rectorado el día en que eldiario.es publicó su primera exclusiva, el día en que se fabricó el acta falsa que Cifuentes usó para defenderse y, posteriormente, pedir cárcel contra dos periodistas de eldiario.es. Del Peso también tiene relación con Amalia Calonge, la funcionaria que cambió las notas de Cifuentes. Además de la mujer de Trevijano, como desveló la Cadena Ser, también trabaja en la universidad María Teresa Martialay, esposa del exrector Fernando Suárez. Y dos hijos de otro rector, de Rogelio Pérez Bustamante. Asimismo, está contratado Mariano Sánchez Magdaleno, el hermano de María Teresa Sánchez Magdaleno, la todopoderosa gerente general de la universidad hasta su cese, en febrero.

 

Docentes de la URJC consultados por este diario mencionan el trato “exquisito” que mantuvieron con Trevijano durante su mandato. Es el caso de la catedrática de comunicación audiovisual y expresidenta de RTVE Carmen Caffarel, o el de Manuel Villoria, catedrático de Ciencia Política, que explica que “siempre se portó muy bien” con él y que tuvieron una relación “cordial”.

 

Otros profesores que prefieren mantener su anonimato explican que Trevijano “blindó” la universidad “llevando a gente influyente de distintos ámbitos” y vinculada a partidos políticos o sindicatos “tanto de izquierda como derecha”, de forma que “todos estuvieran contentos” y él pudiera ejercer el rectorado libremente y garantizándose que siempre se haría lo que él quisiera. Esto explicaría que, ante la polémica que ha generado el máster de Cristina Cifuentes, ningún gran sindicato de la universidad se haya aún pronunciado para denunciar las irregularidades, con la excepción de Somos Sindicalistas URJC.

 

Su relación con el poder no se circunscribe, por tanto, únicamente al PP, que en 2013 le hizo magistrado del Tribunal Constitucional. “Es muy ambicioso y mientras era rector siempre quiso que le nombraran o bien ministro o magistrado del Constitucional, lo que finalmente consiguió. Pero a pesar de su cercanía al PP supo mantener ciertos espacios de colaboración con personas de otros partidos”, señala otro profesor. Trevijano no es un magistrado más dentro del Alto Tribunal. Su nombre ha sonado en numerosas ocasiones como futuro presidente del TC. Fuentes del PP lo consideran una persona clave para el partido en este tribunal. Y es uno de los magistrados con más capacidad para llegar a acuerdos amplios con el resto de los magistrados conservadores y también con los progresistas. De hecho, formó parte de la Comisión de Expertos creada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero para el futuro del Valle de los Caídos, siendo, no obstante, contrario al traslado de los restos de Franco que sí respaldaron los expertos progresistas.

 

Sus contactos llegan incluso a las más altas esferas del Estado por su participación como subdirector del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales en la etapa de Carmen Iglesias como directora. Como explican trabajadores de la URJC que han conocido de cerca a Trevijano, éste mantenía una relación de amistad con Iglesias, con quien había coincidido en la Complutense. Y fue ella quien le puso en contacto tanto con el rey emérito, Juan Carlos de Borbón, como con el actual Felipe VI, de quien fue profesora de Historia. Según explican, esa relación con el monarca está en el origen del “poder” de Trevijano tanto en su etapa en la universidad como ahora en el Tribunal Constitucional. Un docente explica que el exrector “se sirvió para su objetivo de llegar al TC de varios artículos en el ABC, en los que se dedicaba a halagar al Rey Juan Carlos”.

 

Distintas fuentes explican que, durante el mandato de Trevijano, Fernando Suárez era el “ejecutor” de sus órdenes. “Era quien dirigía la universidad por detrás mientras Trevijano se dedicaba más a las relaciones públicas y a la política”, apunta un docente. Trabajadores de la URJC explican que “mientras que González-Trevijano se codeaba tranquilamente con los reyes o con la alta política, Suárez es un hombre más gris, más de despacho”. Señalan, a su vez, que el actual rector, Javier Ramos, era alguien de su máxima confianza.

 

Este diario se ha puesto en contacto con Trevijano para conocer su opinión sobre el caso del máster de Cifuentes, contrastar todas las afirmaciones realizadas por sus excolaboradores contenidas en este artículo y preguntarle sobre los cargos y contrataciones aquí mencionadas. Pero el actual magistrado ha rechazado realizar cualquier tipo de declaración. Fuentes cercanas al exrector de la URJC han apuntado, en todo caso, que “sin prejuzgar el fondo del asunto” relacionado con la presidenta madrileña, él, como rector, “no tenía conocimiento” de que se hubiera matriculado en ese máster ni Cifuentes ni ninguna otra persona.

 

https://www.eldiario.es/sociedad/pedro-gonzalez-trevijano-universidad-carlos-pp_1_2172416.html

 

 

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL GIRA MÁS A LA DERECHA

 

Tras la renovación, los magistrados conservadores consolidan posiciones

 

Como estaba previsto tras la elección la pasada semana por el Pleno del Senado, a propuesta de Asambleas Legislativas de varias Comunidades Autónomas, de 4 nuevos magistrados del Tribunal Constitucional, ayer han tomado posesión de sus cargos en el Palacio de la Zarzuela en un acto presidido por el Rey, bajo la atenta y complaciente mirada de Mariano Rajoy, Ana Pastor, Pío García-Escudero, Carlos Lesmes y el ministro de Justicia, Rafael Catalá.

 

Se ha completado así la elección de los 12 miembros que lo componen tras el proceso de renovación parcial de un tercio de sus miembros. En los próximos días el Pleno del Tribunal tendrá que elegir a su Presidente y Vicepresidente.

 

Como también estaba no menos previsto, de los 12 miembros que forman el Alto Tribunal, por muchos eufemismos y ambigüedades que se quieran utilizar, el hecho cierto es que una mayoría holgada formada por 7 magistrados son marcadamente conservadores, algunos además están estrechamente vinculados al Partido Popular, mientras que una minoría formada por los 5 restantes considerados de talante progresista, están próximos al PSOE, excepción hecha de la magistrada Encarnación Roca Trías que a tenor de lo que afirman conocer de cerca su trayectoria no ocultan que desde un tiempo a esta parte mantiene unas posiciones cada día, hora y minuto más cercanas al grupo conservador.

 

En todo caso, que nadie se lleve a engaño. Si durante la etapa presidida por Francisco Pérez de los Cobos, ex militante activo del PP, el Gobierno de Rajoy encontró en sus sentencias cariño y comprensión con la nueva composición estas relaciones de aprecio reciproco se consolidarán aún más gracias a esa mayoría formada por magistrados que han sido propuestos, sugeridos, insinuados y/o patrocinados por el Partido Popular y/o a través de asociaciones judiciales emparentadas con los inquilinos de Génova 13.

 

Para los mas despistados aquí os va un rápido perfil de los 12 magistrados que en los próximos años irán con sus sentencias fijando criterio en cuestiones claves que afectaran tanto a nuestros derechos y libertades como a la organización territorial del Estado. Vayamos a ello.

 

 

Conservadores

 

Juan José González Rivas. (2012). Magistrado Tribunal Supremo. Nombrado en julio del 2012 a  propuesta del Congreso y bajo el patrocinio del Grupo Parlamentario Popular (GPP). Miembro de la Asociación Profesional de la Magistratura. Colaborados Fundación FAES.

 

Andrés Ollero Tassara. (2012). Catedrático de Universidad. Nombrado en julio del 2012 a propuesta del Congreso y bajo el patrocinio del Grupo Parlamentario Popular (GPP). Numerario del Opus Dei. Ex diputado durante 19 años del PP en el Congreso

 

Santiago Martínez-Vares García. (2013). Magistrado Tribunal Supremo. Nombrado en junio del 2013 a propuesta del CGPJ bajo el patrocinio de la Asociación Profesional de la Magistratura de la que fue su Presidente. Colabora con la Fundación FAES.

 

Pedro José González-Trevijano Sánchez. Catedrático de Universidad (2013). Ex Rector de la Universidad Rey Juan Carlos. Nombrado en junio del 2013 a propuesta Gobierno de Rajoy. Colabora con la Fundación FAES .

 

Antonio Narváez Rodríguez.(2014). Teniente Fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo. Nombrado en julio del 2014 a propuesta del Gobierno de Rajoy. Sustituye a Enrique López que dimitió tras ser detenido por conducir ebrio. Colabora con la Fundación FAES.

 

Ricardo Enríquez Sancho. Magistrado Tribunal Supremo (2014 y 2017). Nombrado en marzo del 2013 y en marzo del 2017 a propuesta del Senado bajo el patrocinio del Grupo Parlamentario Popular (GPP).

 

Alfredo Montoya Melgar. Catedrático de Universidad (2017). Nombrado en marzo del 2017 a propuesta del Senado (GPP) bajo el patrocinio del Grupo Parlamentario Popular (GPP). Colaborador Fundación FAES.

Progresistas

 

Fernando Valdés Dal-Ré. Catedrático de Universidad. Nombrado en julio del 2012 a propuesta del Congreso y con el respaldo del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

 

Encarnación Roca Trías. Magistrada del Tribunal Supremo (2012). Nombrada en julio del 2012 a propuesta del Congreso con el respaldo de Convergencia i Unió(CiU)

 

Juan Antonio Xiol Ríos. (2013). Magistrado del Tribunal Supremo. Nombrado en junio del 2013 a propuesta del CGPJ

 

Cándido Conde-Pumpido Tourón. Magistrado del Tribunal Supremo. Ex Fiscal General del Estado durante los gobiernos de ZP. Nombrado en marzo 2017 a propuesta del Senado y con el respaldo del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

 

María Luisa Balaguer Callejón. Catedrática de Universidad. Nombrada en marzo del 2017 a propuesta del Senado y con el respaldo del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)

De entrada, entre los magistrados conservadores, como no lo fueron sus propias nominaciones, tampoco es casual que salvo 1 de los 7, todos hayan colaborando entusiastamente en los cursos y seminarios organizados por la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), ligada estrechamente desde su creación al Partido Popular.  En la actualidad está presidida por José María Aznar.

 

Menos casual es aún otra de las características comunes que comparten estos 7 magistrados : sus profundas “convicciones religiosas” que traducido al lenguaje del común de los mortales quiere decir que son reconocidos y reconocibles católicos, apostólicos y romanos. Entre ellos los hay como Andrés Ollero que además es miembro numerario del Opus Dei o Juan José González Rivas muy próximo al Cardenal Rouco Varela, ex  Presidente de la Conferencia Episcopal y ex arzobispo de Madrid.

 

Por lo que se refiere a sus valores conservadores, salvo alguna excepción muy excepcional, son numerosos los ejemplos que acreditan que funcionan como un bloque compacto y homogéneo. Las contadas diferencias que se han producido tienen que ver más con el hecho de que algunos magistrados son aún más conservadores que sus colegas de ”bancada”. Brillan con luz propia, Ollero Tassara, González Rivas y Enríquez Sancho. Los dos primeros firmes candidatos a ser uno de ellos Presidente del Tribunal. Algunos de sus votos particulares en temas como los matrimonios gays o el aborto, nunca defraudan las expectativas que sobre ellos tienen depositadas los sectores más ultras de la sociedad.

 

Por lo que se refiere al “sector progresista”, dada su abultada condición de minoría minoritaria, sus posibilidades de influir en cuestiones de calado en las decisiones de la mayoría son nulas. Sus votos particulares serán la mejor prueba que la mayoría conservadora en “los temas de comer” no dejan margen alguno para el consenso. Esto es lo que hay. Lo dicho, que nadie se lleve a engaño.

 

https://www.elplural.com/politica/los-genoveses/el-tribunal-constitucional-gira-mas-a-la-derecha_100888102

 

UNA GRABACIÓN IMPLICA A UN MAGISTRADO DEL CONSTITUCIONAL EN UN PRESUNTO INTENTO DE SOBORNO CUANDO ERA RECTOR

 

El actual candidato a rector de la Rey Juan Carlos Javier Ramos cuenta en un audio de 2010 cómo el exrector y ahora magistrado Pedro González-Trevijano le encargó ofrecer dinero o cargos al profesor David Ríos para que retirara una demanda

 

"Tú me quitas el contencioso porque me he presentado a la tercera reelección como rector y yo a cambio, ¿qué quieres?, dinero, profesores, departamentos, espacios...", resume Ramos en el audio al que ha tenido acceso eldiario.es

 

Tras su paso por la Universidad Rey Juan Carlos, González-Trevijano fue nombrado magistrado del Tribunal Constitucional a propuesta del gobierno de Mariano Rajoy

 

Unas grabaciones a las que ha tenido acceso eldiario.es (abajo, completas) implican al magistrado del Tribunal Constitucional Pedro González-Trevijano, nombrado por el gobierno de Rajoy en 2013 para el alto tribunal, en un presunto intento de soborno cuando era rector de la universidad pública Rey Juan Carlos (URJC) de Madrid.

 

En el audio, grabado en noviembre de 2010, se puede escuchar cómo Javier Ramos, exvicerrector con Trevijano, decano de Telecomunicaciones y ahora candidato a rector en la Universidad Rey Juan Carlos, dice al profesor de la URJC Antonio Alonso, que es quien graba la conversación, que recibió un encargo de "Don Pedro, la máxima autoridad", el entonces rector González-Trevijano.

 

Ramos relata que recibió el encargo de "cenar" con David Ríos, el candidato oponente a Trevijano en las elecciones de 2009. Ríos había puesto ese mismo año una demanda por lo contencioso administrativo porque Trevijano se había presentado a un tercer mandato, cuando los estatutos de la URJC solo permiten dos.

 

"Tú me quitas el contencioso porque me he presentado a la tercera reelección como rector y yo a cambio, ¿qué quieres?, dinero, profesores, departamentos, espacios..." resume Ramos a su interlocutor sobre el encargo que dice que le hizo Trevijano, tal y como se puede escuchar en el audio al que ha tenido acceso eldiario.es.

 

David Ríos ha confirmado a eldiario.es que esa reunión tuvo lugar. Fue en una cafetería de la urbanización El Plantío llamada El Descanso, aunque no fue una cena. Fue por la tarde y duró media hora. "Javier Ramos me dijo que tenía que quitar la demanda y que qué quería a cambio. Mencionó dinero, un instituto, cargos... Le dije que no". Preguntado por si Ramos le especificó de quién era el encargo, contesta: "Me dijo que era del rector".

 

 En la grabación, el propio Ramos confirma que Ríos no aceptó el trato: "De aquella David se descojonó de mí, tampoco me ofendió mucho, me llamó un par de cosas que no me parecieron muy cordiales (...) pero retransmití a los que me habían hecho el encargo la postura".

 

"Hundido en el fango"

Según relata en el audio Javier Ramos, esa negativa a quitar la demanda contra Trevijano es la que propicia una serie de represalias contra el departamento en el que Ríos era catedrático: "Don Pedro [González-Trevijano] no quiere nada, quiere al otro hundido en el fango". Se lo está contando al director de departamento de David Ríos (que está ahora en excedencia de la URJC). Le relata que les quitarán profesores y los integrarán en otros departamentos. El desmantelamiento se hizo efectivo durante dos años y actualmente no existe ese departamento. Hubo una decena de despidos.

 

Al principio de la conversación –grabada en el despacho de Antonio Alonso–, Javier Ramos advierte a su interlocutor que "Fernando" [Suárez, el actual rector de la Rey Juan Carlos, salpicado por el caso de plagios] está en la batalla de desintegraros como departamento (...) y si es Pedro [González-Trevijano] es una cuestión de a ver quién mea más alto".

 

eldiario.es se ha puesto en contacto con Pedro Gónzález-Trevijano para recabar su versión de estos hechos. El magistrado no ha aceptado una entrevista directa pero, a través de un portavoz, asegura que "lo que se dice en esas grabaciones no es cierto". Su postura se resume en que no tiene nada que decir sobre unos hechos que "le son ajenos y que forman parte de una guerra en la que no tiene nada que ver".

 

Sin embargo, el actual candidato a rector, Javier Ramos –a través también de un portavoz– no niega la veracidad del contenido, sino que se limita a decir que "no hay ninguna base de soborno, se está instrumentalizando a un medio para un tema que no existe, sale ahora por interés". También circunscribe sus palabras a la ironía o la parodia. Este portavoz de Javier Ramos no contesta a las preguntas de si hubo una reunión con David Ríos o si le ofreció algo a cambio de retirar la demanda: "Eso lo tiene que contestar Javier Ramos". Sin embargo, no da la opción de hablar con él.

 

Tras las primeras llamadas de eldiario.es a los afectados por esta grabación, el candidato a rector Javier Ramos ha difundido este lunes un comunicado en el que dice que el audio se está usando para presionarle y está "manipulado". Preguntado en qué, su portavoz puntualiza que el fragmento no está editado, sino que la conversación era más larga y se han cogido tres minutos: "No es que esté manipulada, es que no está completa".

 

Otra de las personas citadas en el audio, Javier Martínez Moguerza, que fue el representante de la candidatura a rector de Ríos y es profesor titular de la URJC, confirma que Javier Ramos le pidió en 2010 que hablara con Ríos para que retirara la demanda, como se escucha en el audio: "Le dije que eso me parecía un soborno, y que hablara él con David si quería", dice a eldiario.es.

 

Esta grabación que publica el diario.es fue grabada por el propio interlocutor de Ramos, Antonio Alonso, que también la aportó en una querella por amenazas que interpuso contra Fernando Suárez (entonces vicerrector y ahora rector, salpicado por una decena de plagios). El juez la admitió a trámite, pero no estimó la grabación en esa causa porque no aportaba nada al caso de "amenazas" de Suárez. El juez solo se pronuncia sobre el caso de amenazas que investigó, aunque tanto Trevijano como Ramos usan ese auto para declarar que la grabación fue rechazada.

 

El proceso judicial

Pedro González-Trevijano concurrió a las elecciones a rector en 2009 para el que fue su tercer mandato. Le salió un oponente, David Ríos, que denunció ante la Universidad que los estatutos solo permitían dos mandatos. Sin embargo, la línea defendida por la URJC fue que el primer mandato de Trevijano se desarrolló en parte antes de los estatutos, por lo que no se debía contabilizar.

 

Ríos interpuso entonces una demanda por lo contencioso administrativo en noviembre de 2009, tras perder los comicios. Dos años después, el magistrado Alberto Palomar lo desestimó y cerró el caso al entender que el primer mandato de Trevijano era anterior a los Estatutos y quedaba fuera del cómputo.

 

Ríos recurrió la decisión al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, por sentencia firme en junio de 2011, ordenó anular las elecciones y pedir al juzgado de primera instancia que ejecutara la sentencia: "Anulamos la proclamación de la candidatura de Don Pedro José González-Trevijano Sánchez a las elecciones a Rector convocadas el 23 de octubre de 2009, con retroacción del proceso electoral al momento inmediato anterior al de la proclamación provisional".

 

Se ordenó la ejecución de la sentencia en octubre de 2011 pero no se ejecutó, por lo que David Ríos puso una querella por prevaricación contra el juez Alberto Palomar, que fue inadmitida (con el voto en contra de un magistrado del Supremo que sí pidió investigar).

 

Un mes después, con la sentencia pendiente de ejecutar, el Constitucional admitió el recurso de amparo que presentó González Trevijano –entonces aún rector– porque entendió que ese fallo había vulnerado "su derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos", de modo que la ejecución se suspendió.

 

La Fiscalía había rechazado en un informe dar el amparo. Sin embargo, el 7 de noviembre de 2012, el Tribunal Constitucional falló a favor de Pedro González-Trevijano, que quedó a todos los efectos legitimado como rector.

 

Solo una magistrada del TC emitió un voto en contra. Como ha podido comprobar eldiario.es, Encarnación Roca Trías manifiestó su desacuerdo al entender que unas elecciones a rector no estaban protegidas por ese derecho constitucional, que se circunscribe a a cargos electivos de representación política en el Estado y citó doctrina anterior del TC que así lo valida. En su opinión no se había producido ninguna desigualdad en el proceso.

 

Nueve meses después del fallo del Constitucional, el gobierno de Mariano Rajoy nombró a Pedro González-Trevijano como magistrado de ese mismo alto tribunal, donde continúa. Así lo anunció Soraya Sáenz de Santamaría tras la reunión del Consejo de Ministros del 7 de junio de 2013.

 

https://www.eldiario.es/politica/grabaciones-implican-magistrado-tribunal-constitucional_1_3609923.html

 

EL SUPREMO INVESTIGA POR PREVARICACIÓN AL JUEZ DEL CONSTITUCIONAL GONZÁLEZ-TREVIJANO

 

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida por Manuel Marchena, ha designado al magistrado Cándido Conde-Pumpido, fiscal general del Estado durante los dos mandatos de José Luis Rodríguez Zapatero (2004-2011), ponente en la causa abierta contra el magistrado del Tribunal Constitucional Pedro González-Trevijano por un presunto delito de prevaricación.

 

González-Trevijano, que fue rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) antes de incorporarse en 2013 al Alto Tribunal de la mano del PP, se enfrenta a una querella que le acusa de haber tejido una "tupida trama clientelar" y amparado "numerosas contrataciones ilegales de profesores", saltándose los "procedimientos legalmente establecidos" durante su etapa como rector (2002-2013).

 

El hilo argumental de la querella, presentada por el profesor titular de la Facultad de Ciencias de la Comunicación de la URJC Salvador Perelló, es la contratación presuntamente ilegal del profesor visitante Marco Landeta Vacas, cuya esposa, madre y tía también figuran en la nómina de esa universidad pública. Y a través de ese hilo, Perelló trata de desenrollar el ovillo del supuesto nepotismo practicado por González-Trevijano durante casi 11 años.

 

El ahora magistrado del Tribunal Constitucional –que gastó en sólo cuatro años como rector más de 473.000 euros sin justificar en "atenciones protocolarias y representativas"– aseguró ayer a El Confidencial, a través de un portavoz, que no ha recibido "notificación alguna del Tribunal Supremo referida a una querella en su contra". Y añadió que no puede "decir nada respecto de algo que no conoce".

 

El caso de Landeta Vacas "es sólo la punta del iceberg", sostiene la querella por prevaricación contra González-Trevijano. En el curso académico 2012-2013, el entonces rector de la URJC promovió la contratación de aquel como profesor visitante del Departamento de Ciencias Sociales de la Facultad de Ciencias de la Comunicación, el mismo al que pertenece Perelló, pese a que supuestamente no reunía los requisitos que fija la Ley Orgánica de Universidades (LOU).

 

El artículo 54 de la LOU, que regula la figura de los profesores visitantes, establece sólo dos condiciones para su contratación: que sean "profesores o investigadores de reconocido prestigio" y que procedan "de otras universidades y centros de investigación, tanto españoles como extranjeros". Landeta Vacas no cumplía ninguna de las dos: era un mero licenciado universitario –no acabó el doctorado hasta 2013– y nunca había practicado la docencia en otra universidad.

 

El joven profesor, sin embargo, sí reunía un mérito no contemplado en la LOU: sus relaciones de parentesco. Su madre, Catalina Vacas, era entonces decana de la Facultad de Turismo de la URJC; su tía, Trinidad Vacas, ocupaba el cargo de coordinadora del Área de Geografía Humana adscrita al Departamento de Ciencias Sociales –el mismo en el que trabajaba el querellante y en el que fue colocado su sobrino–; y su esposa, María José Ferrera, era secretaria administrativa del decanato de la Facultad de Ciencias del Turismo.

 

Según el relato de la querella, "con la única finalidad de seguir beneficiando a la familia Vacas y ocultar la trama clientelar y endogámica perpetrada" por González-Trevijano, este promovió el traslado de Landeta Vacas a la facultad de la que su madre era entonces decana. Para ello, propuso al Consejo de Gobierno de la URJC el cambio de adscripción del Área de Geografía Humana: pasaría del Departamento de Ciencias Sociales de Ciencias de la Comunicación al Departamento de Lenguas Modernas de Ciencias del Turismo.

 

"Nadie sensato desde el punto de vista académico puede defender que es más coherente que el área de conocimiento Geografía Humana esté con Francés que con Ciencias Sociales. Algo sencillamente ridículo y únicamente fundamentado en una suerte de reagrupación familiar en la Facultad de Ciencias del Turismo (...) por la sola finalidad espuria de que el señor Landeta Vacas realice sus tareas en la facultad donde su madre es decana", sostiene la querella.

 

El Consejo de Gobierno de la URJC debatió en diciembre de 2012 la propuesta de González-Trevijano. Pero "el escándalo fue tal que, finalmente, tuvo que retirarla", prosigue la querella. Durante aquella reunión, el catedrático Octavio Uña pidió la palabra y, dirigiéndose, al entonces rector, afirmó: "Te pido hoy, aquí, en alto, que paralices de inmediato esta infamia y evites a este Consejo de Gobierno la tesitura de tener que votar esta aberración, ejemplo máximo de endogamia".

 

http://www.elconfidencial.com/espana/2014-11-19/el-supremo-investiga-por-prevaricacion-al-juez-del-constitucional-gonzalez-trevijano_470545/

 

UN MAGISTRADO DEL CONSTITUCIONAL AUPADO POR EL PP, INVESTIGADO POR PREVARICACIÓN

 

González- Trevijano tendrá que responder por presuntas “contrataciones ilegales” durante su etapa como rector de la Universidad Rey Juan Carlos   

 

El Tribunal Supremo ha abierto una causa contra el magistrado del Constitucional Pedro González-Trevijano por un presunto delito de prevaricación cometido durante su anterior etapa como rector de la Universidad Rey Juan Carlos. González-Trevijano, aupado al Alto Tribunal gracias al PP, será investigado por “numerosas contrataciones ilegales de profesores”, según la querella contra él.

 

El magistrado Cándido Conde-Pumpido, que fue fiscal general del Estado durante los gobiernos de Zapatero, será el ponente de la causa contra González-Trevijano, según adelanta El Confidencial.

 

¿Nepotismo en 11 años como rector?

La querella contra el magistrado, presentada por el profesor titular de la Facultad de Ciencias de la Comunicación URJC Salvador Perelló, le acusa de haber tejido durante su etapa como rector, entre 2002 y 2013, una "tupida trama clientelar" y amparado "numerosas contrataciones ilegales de profesores", y esto, saltándose los "procedimientos legalmente establecidos".

 

Uno de los posibles favorecidos

Uno de los beneficiados, según la denuncia, es el profesor visitante Marco Landeta Vacas, cuya esposa, madre y tía también figuran en la nómina de esa universidad pública. Un caso que es “sólo la punta del iceberg” y que ese profesor no reunía los requisitos que fija la Ley Orgánica de Universidades (LOU).

 

Una prima de Gallardón, la hermana de Cifuentes, Marhuenda

En la universidad que dirigía el ahora magistrado varios profesores tienen vínculos familiares con destacadas figuras del PP, como Isabel Ruiz Gallardón, prima del exministro de Justicia; Margarita Cifuentes, hermana de la delegada del Gobierno, y Francisco Marhuenda, director de La Razón.

 

Más de 400.000 euros en cuestión

No es la única denuncia contra González-Trevijano, que gastó en solo cuatro años más de 473.000 euros sin justificar, en “atenciones protocolarias y representativas", según uno de los excicerrectores de la universidad, David Ríos Insua. Este profesor, que fue su contrincante en las elecciones a rector, aseguró que González-Trevijano se quedaban con comisiones de contratas de la universidad. El entonces rector puso una querella y el juez pidió un "listado desglosado de datos y sus correspondientes justificaciones", que el centro no entregó alegando que los gastos estaban comprendidos en los presupuestos de la universidad.

 

En la línea del PP

La gestión de González-Trevijano al frente de la universidad Rey Juan Carlos fue también polémica por su marcado carácter partidista a favor del PP y contra el anterior Gobierno socialista. Como ya publicó ELPLURAL.COM, el entonces rector se dedicó a organizar actos junto a José María Aznar o el cardenal Antonio Cañizares, que eran habituales de sus cursos de verano y a los que la universidad sirvió de púlpito para expresar sus críticas a leyes de Zapatero.

 

En un curso en 2008, dirgido por Cañizares, Aznar criticó la crisis moral de Europa que cuestiona “la familia y el matrimonio, entendido como unión entre un hombre y una mujer”. El cardenal fue más lejos y, aunque sin nombrarlo, equiparó a Zapatero, entonces presidente del Gobierno, con Hitler y Stalin por su apuesta por el laicismo.

 

https://www.elplural.com/politica/espana/un-magistrado-del-constitucional-aupado-por-el-pp-investigado-por-prevaricacion_34085102

 

GONZÁLEZ-TREVIJANO, UN RECTOR EN EL TRIBUNAL

 

Este año acaba su tercer mandato al frente de la Universidad Rey Juan Carlos Colabora en periódicos como 'La Voz de Galicia', 'El Imparcial' o 'Abc'

 

Pedro González-Trevijano (Madrid, 1958) es catedrático de Derecho Constitucional y rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), uno de los siete campus públicos de Madrid, desde mayo de 2002.

 

Se licenció en Derecho en la Universidad Complutense en 1980, cuando obtuvo el premio extraordinario fin de Carrera. Siete años después, obtuvo un doctorado en la misma universidad. Ha publicado una veintena de libros relacionados con su especialidad, como Constitución española. 20 años de bibliografía, Normas de Derecho Constitucional, El Tribunal Constitucional o tres tomos de Curso de Derecho Constitucional Español, en colaboración con el profesor Jorge de Esteban.

 

En su currículo destacan ocupaciones diversas, como su puesto de vocal de la Junta Electoral Central o ser miembro de Honor y Patrono de la Fundación del Real Madrid Club de Fútbol. Colabora en periódicos como La Voz de Galicia, El Imparcial o Abc, de cuyo consejo de administración es miembro. Fue vicepresidente de la Comisión de Expertos del Ministerio de Presidencia sobre “El futuro del Valle de los Caídos”, en mayo de 2011.

 

Este año acaba su tercer mandato al frente de la Rey Juan Carlos. Su última candidatura a este puesto, presentada en 2009, fue impugnada por otro aspirante ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que le dio la razón con una sentencia firme de 2011 en la que destacaba que González-Trevijano había agotado dos mandatos, el máximo legal permitido.

 

Los rectores madrileños llevan casi un lustro en pie de guerra con la Comunidad de Madrid, que ha recortado sus presupuestos un 20% desde 2010. Entre ellos, el más beligerante fue Carlos Berzosa, de la Complutense, sustituido ahora por José Carrillo. Y en el lado opuesto se sitúa González-Trevijano, que presidió la Conferencia de Rectores de Madrid (CRUMA) entre 2006 y 2009 y desde hace un mes es vicepresidente de la CRUE, la conferencia nacional.

 

https://elpais.com/politica/2013/06/07/actualidad/1370609465_487560.html?rel=buscador_noticias

 

ASALTO GENOVÉS AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN TRES TIEMPOS

 

Hoy en una operación sincronizada por la vicepresidenta del Gobierno han perpetrado lo que habían programado hace años, incluso antes de su llegada a la Moncloa

   

Desde su más tierna infancia, Rajoy ni ha sido ni es un tipo sorprendente ni, además, le gusta ser sorprendido. Y como tal, aplica hasta sus últimas consecuencias esta lógica conservadora. Y hoy una vez más ha vuelto a ponerla en práctica con motivo de la renovación parcial del Tribunal Constitucional.

 

Vayamos al grano. Como muchos de nuestros lectores recordarán, llevamos tiempo advirtiendo que el último bastión progresista tras llegar los genoveses a la Moncloa estaba en el punto de mira del nuevo gobierno. Solo tenían que esperar pacientemente a que se cumplieran los tiempos para su renovación y entonces, sin contemplaciones ni consensos, sustituir a los magistrados salientes por otros de su más absoluta confianza. Y así ha sido. Mientras tanto, durante los 15 meses de espera, nada mejor que convencer al predispuesto presidente saliente que se tomara esos meses con la tranquilidad del prejubilado, como un tiempo de silencio retribuido, del deber cumplido y que no se metiera en líos innecesarios. Dicho y hecho.

 

Hoy en una operación sincronizada por la vicepresidenta del Gobierno han perpetrado lo que habían programado hace años, incluso antes de su llegada a la Moncloa: un Tribunal Constitucional hecho a la medida de sus intereses y de sus patrocinadores. A Mariano Rajoy  no le va suceder lo que le ha sucedido a su colega portugués.

 

Y para que esta situación de mayoría genovesa aplastante haya sido posible han seguido a pie de la letra una hoja de ruta escrita con todo lujo de detalles y ejecutada en tres tiempos.

 

El primero durante la última etapa del gobierno de ZP. En una renovación parcial, introdujeron como magistrado en el TC al que la hoy vicepresidenta y entonces portavoz del GPP y la CEOE, tenían como asesor en relaciones laborales: Francisco Pérez de los Cobos.  Una vez elegido por el Senado, con el apoyo del PP y del PSOE, pasó a sumar puntos en su particular carnet de antigüedad, requisito imprescindible para llegado el momento hacerlo valer. Simultáneamente ya como magistrado, sin complejos ni ética y con la complicidad expresa del presidente Pascual Sala, progresista a tiempo parcial, solicitó y logró que saltándose a la torera las incompatibilidades , fuera elegido con el apoyo expreso del Gobierno de Rajoy miembro de la Comisión de Expertos internacionales de la OIT. Desde su elección Pérez de los Cobos ha esperado con discreción en el Tribunal a la espera de que, cuando toque, sea el nuevo presidente del TC. Eso sí, nadie le discute ser el padre espiritual e inspirador clave en la elaboración y ejecución de la actual reforma laboral que, entre otras cosas, está provocando despidos masivos y la imposición de un modelo de relaciones laborales basado en las reglas de la CEOE.

 

En una segunda oleada, ya con Rajoy en el Gobierno, con la impunidad que da saber que se dispone de la mayoría absoluta para hacer de tu capa un sayo, en otra renovación llevada a cabo hace apenas un año, logran que sea elegido magistrado, ni más ni menos, que un numerario del Opus Dei y ex diputado genovés durante varias legislaturas: Andrés Ollero.

 

Y por fin, ha llegado el día, hoy exactamente, en el que los sueños de Rajoy y su ayudante de Cámara con rango, sueldo y sobresueldo de vicepresidenta se han visto cumplidos con la elección de cuatro nuevos magistrados de los que tres están hechos a su imagen y semejanza, según la hoja de ruta prevista.

 

El primero, Pedro González-Trevijano, catedrático de Derecho Constitucional y rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), ha sido el portavoz de hecho y muñidor de los genoveses madrileños para todo tipo de actuaciones relacionadas con sus intereses en las Universidades. Colaborador de ABC y anfitrión entusiasta de los clanes más conservadores a la hora de que estos organizaran todo tipo de seminarios para poner en orden sus manuales ideológicos. Dicho en términos coloquiales, esta Universidad de nuevo cuño ha sido durante su mandato como Rector, una especie de sucursal de la FAES pero financiada con presupuestos públicos.

 

El segundo- Enrique López López-  es un viejo conocido nuestro que tiene espacio propio en nuestra web de cabecera. Aquí podéis consultar su vida, su trayectoria genovesa y su mermada actividad como magistrado, la mayor parte de ella en servicios especiales.Probablemente sea el genovés que más méritos reúne a los ojos de Rajoy y de su patrocinador oficial, Federico Trillo. Años han intentado ambos que López vistiera la toga del TC. Hasta hoy no había sido posible. Su elección no es casual y es toda una premonición de los tiempos que corren.

 

Y el tercero y último- Santiago Martínez-Vares-  tampoco se sale un ápice de lo previsto. Es un juez conservador de la vieja escuela tanto que así lo certificaron sus colegas cuando fue elegido presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura entre 1997 y 2001. Cuentan las crónicas que en el 2009 rechazó un recurso de ERC por la injerencia de la religión en educación infantil, avalando la enseñanza de religión católica en el segundo ciclo de Educación Infantil. Martínez-Vares mantiene la tesis del mismísimo Rouco según la cual la religión católica debe ser "de oferta obligatoria para los centros, y de carácter voluntario para los alumnos" y de que la Constitución garantiza "en positivo" las libertades ideológica y religiosa.

 

Y respecto al resto de los magistrados poco que añadir que no se haya escrito ya. Si acaso recordar que como ya es habitual desde que Sáenz de Santamaría “coordina” el asalto al Estado, la presencia de la mujer en cargos de responsabilidad continúa en caída libre. Valga como dato que de los 12 componentes de este Tribunal, dos son mujeres. Igualdad en estado puro.

 

En definitiva y como resumen resumido, la minoría progresista  está condenada a serlo durante los próximos años mientras que la mayoría genovesa, reforzada con estas tres nuevas incorporaciones, se juramentaran para que el inquilino de La Moncloa, amo y señor de sus destinos, pueda conciliar el sueño sin sorpresas ni sobresaltos. Es decir, lo previsto.

 

https://www.elplural.com/politica/espana/asalto-genoves-al-tribunal-constitucional-en-tres-tiempos_60220102

 

GONZÁLEZ-TREVIJANO: UN FIRME DEFENSOR DE LA MONARQUÍA Y LA CONSTITUCIÓN

 

El rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), Pedro José González-Trevijano, desde hoy nuevo magistrado del Tribunal Constitucional (TC), es un firme defensor de la monarquía y de las instituciones democráticas, así como de la vigencia de la Constitución de 1978.

 

Vocal de la Junta Electoral Central, en la que afronta su cuarta legislatura, Gonzalez-Trevijano ha sido nombrado por el Gobierno que ha reconocido la labor investigadora y docente de este catedrático de Derecho Constitucional.

 

Firme convencido de los valores y principios que encarnan la Carta Magna, defiende que algunos de los retos que se fijaron en la Constitución se han cumplido de una forma razonablemente satisfactoria.

 

Pese a que en este momento no ve oportuno hacer reformas constitucionales, reconoce que son "de todo punto necesarias"y cita como "asignatura pendiente"redefinir el modelo del Estado, tanto por razones políticas como económicas.

 

Candidato a juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), considera "extremadamente peligroso"que se ponga en cuestión o se dude de la solvencia de la Monarquía u otras instituciones que han permitido, en su opinión, avanzar y fortalecer el sistema democrático español.

 

Sus mayores polémicas llegaron cuando formó parte de la comisión de expertos para el futuro del Valle de los Caídos y en su última reelección como rector de la URJC.

 

Copresidente de la comisión impulsada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en virtud de la Ley de Memoria Histórica, el nuevo magistrado del TC, se opuso al traslado de los restos de Franco, al considerar que debían permanecer en la Basílica en contra de la opinión mayoritaria de la comisión.

 

González-Trevijano restó importancia a esa diferencia de criterio, pero argumentó que el traslado, 36 años después de la muerte del dictador, podría "servir más para separar, dividir y tensionar", algo que debe evitarse.

 

Su segundo episodio más polémico aconteció en la última elección como rector de la Universidad madrileña Rey Juan Carlos (URJC), cuando una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de junio de 2001 estableció que González-Trevijano no podía haber optado a ese cargo en las elecciones de noviembre de 2009, ya que había acumulado los dos mandatos legalmente fijados.

 

En respuesta, González-Trevijano argumentó que los estatutos de la universidad limitan a dos el número de mandatos del rector, pero que los de la URJC fueron aprobados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por un decreto de febrero de 2003, es decir, ya iniciado el primer mandato.

 

Nacido en Madrid el 13 de marzo de 1958, se doctoró en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid con premio extraordinario en 1987 y es catedrático de Derecho Constitucional.

 

Gran parte de su carrera docente la desarrolló en esa universidad, en la que consiguió la plaza de profesor titular en 1990, hasta que en 1998 aprueba la oposición de Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Extremadura.

 

Un año después, hace lo mismo en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, en la que el 12 de junio de 2002 fue elegido rector por sufragio ponderado, cargo en el que fue reelegido en 2005 y en 2009.

 

Entre 1998 y 2002 fue subdirector del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.


González-Trevijano es autor de varios artículos y publicaciones, entre las que destacan "La costumbre en Derecho Constitucional"(1989); "Libertad de circulación, residencia entrada y salida en España"(1991); "La inviolabilidad del domicilio"(1992); "El Estado autonómico. Principios, organización y competencias"(1998); "El Tribunal Constitucional"(2000), o "El código de las Comunidades Autónomas"y "Magnicidios de la Historia"(2012).

 

Fruto de dos años de investigación, este último desentraña diez de los más importantes magnicidios registrados, de Julio César a Aldo Moro, pasando por John F. Kennedy o Gandhi.

 

Durante su trayectoria profesional ha sido reconocido con la Encomienda de Alfonso X el Sabio (2000), Cruz Constantina de San Jorge (2000), y la Cruz de Honor de San Raimundo de Peñafort, también concedida en 2000.

 

En 2004 recibió el Premio FIES de Periodismo, en su XV edición, y es académico de la Real de Córdoba de Ciencias, Bellas Artes y Nobles Artes y miembro Correspondiente de la Real Academia de Buenas Letras de Sevilla

 

https://www.larazon.es/espana/gonzalez-trevijano-un-firme-defensor-de-la-mo-FK2581430/

 

MEDIO MILLÓN DE EUROS PARA LAS «ATENCIONES» DEL EXRECTOR DE LA REY JUAN CARLOS

 

El nuevo magistrado del Constitucional Pedro González-Trevijano dispuso de 473.156 euros para gastos de representación cuando era rector de esta universidad pública madrileña.

 

¿Por qué la Universidad Rey Juan Carlos no ha entregado las facturas de los gastos de su rectorado al juzgado de Madrid que se las reclama? Quizás porque esa información podría ahondar el abismo que se insinúa entre las palabras y las obras del jurista que durante once años ha sido su rector: Pedro González-Trevijano, el catedrático de Derecho que el 7 de junio entró como magistrado en el Tribunal Constitucional de la mano del Gobierno del PP. Todo un culmen para una carrera marcada por la adhesión acérrima a posiciones ultraconservadoras.

 

El 3 de febrero, el ahora magistrado abogaba por impulsar “el rearme moral” en un artículo publicado en ABC, un texto en el que criticaba a los políticos corruptos y tildaba a la sociedad de “autocomplaciente y hedonista”. Todo mientras él mismo tuvo a su disposición –entre 2009 y 2012–473.156 euros para gastos de representación, según los presupuestos de la universidad.

 

La cantidad citada a disposición del rector está calculada a la baja, pues sólo incluye la partida más abultada de los “Gastos diversos” del rectorado, las “Atenciones protocolarias y representativas”; un cajón de sastre en el que se puede incluir desde un ramo de flores para agasajar a una política a cualquier gasto relacionado con las funciones de rector, un cargo que de por sí lleva aparejadas prebendas, como el coche oficial con conductor, que no han sufrido recorte alguno. Todo lo contrario que el profesorado del centro pues, por poner un ejemplo, en 2012, la Rey Juan Carlos (URJC) no renovó su contrato a 200 profesores alegando la sempiterna excusa de la crisis.

 

¿Para qué y cómo se usó este dinero destinado a financiar detalles? La URJC no ha respondido a las preguntas de este medio inquiriendo acerca del destino que se ha dado a estos fondos, ni tampoco ha aclarado si piensa entregar las facturas al juzgado de instrucción nº 23 de Madrid, que ya le ha dirigido tres providencias –la última le fue notificada el 11 de junio– en ese sentido, a instancia de los abogados del catedrático de Estadística de la URJC David Ríos.

 

Poco tiempo después de que la gerencia de la universidad recibiera la primera de estas providencias, el 11 de enero, su Consejo de Gobierno aprobó los presupuestos de 2013; el epígrafe de atenciones protocolarias pasó de los 97.473 euros de 2012 a sólo 2.000 euros este año.

 

Las contradicciones entre lo que predicaba el ahora magistrado y su proceder no se limitan a las cuestiones económicas. En su artículo, González-Trevijano denostaba “la lacra de la corrupción” y citaba la “utilización indebida de fondos públicos, el indigno tráfico de influencias y los cohechos propios o impropios”. Y eso pese a que entre los empleados de la Rey Juan Carlos se encuentra un imputado por esos mismos delitos: Jesús Calvo, acusado de blanqueo de capitales, fraude fiscal, tráfico de influencias y cohecho dentro de la trama Gürtel, según publicó el diario 20 minutos. Calvo fue secretario técnico de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid en la etapa de Alberto Ruiz-Gallardón.

 

Parientes de políticos

 

Al ahora ministro de Justicia se le atribuye precisamente la idea de fundar esta universidad que trataba de romper el dominio ideológico de la izquierda en el cinturón obrero del sur de Madrid. La vinculación de la Rey Juan Carlos con el PP encuentra un reflejo en el hecho de que en sus aulas y despachos trabajan no pocos familiares de políticos de ese y otros partidos, una circunstancia que ha dado pie a acusaciones de nepotismo.

 

Entre los empleados de la Rey Juan Carlos figuran, por ejemplo, Isabel Ruiz-Gallardón, prima del titular de Justicia; Isabel Mayor, hija de Jaime Mayor Oreja; Edurne Uriarte, exmujer del ministro de Educación José Ignacio Wert; Margarita Cifuentes, hermana de la delegada del Gobierno en Madrid; Gonzalo Ramírez de Haro, cuñado de Esperanza Aguirre, y José María Bethencourt, exvicesecretario de Estado de Aznar, así como su hija Soledad. También David Ortega, portavoz de UPyD en el Ayuntamiento de Madrid, y el socialista Rafael Simancas, así como el director de La Razón, Francisco Marhuenda. Algunas de estas personas son funcionarios de carrera, como Uriarte, que es catedrática. Con respecto al resto, la URJC no contestó a las preguntas de La Marea sobre cómo habían sido contratados por la universidad.

 

La nómina del centro también incluye a un abogado al que se relacionó con el caso Palma Arena: Enrique Arnaldo Alcubilla, nombrado por González-Trevijano delegado de Relaciones Institucionales, cuyo bufete se vio implicado, aunque luego el juez archivó la causa, en la pieza 5 de este caso de corrupción. Este letrado forma parte del Consejo de Gobierno de la universidad, el órgano que aprueba los presupuestos y en cuyo aval se escudan sus responsables como garantía de legalidad.

 

Los presupuestos pueden ser legales pero, en opinión de David Ríos, distan mucho de ser transparentes. La disputa de este matemático con la universidad empezó tras las elecciones a rector del 26 de noviembre de 2009, que ganó González-Trevijano. Ríos, que también se había presentado al cargo, impugnó la candidatura de su rival con el argumento de que los estatutos de la universidad impedían presentarse más de una vez a la reelección, como era el caso.

 

Ese fue el comienzo de una batalla judicial en la que este profesor, que dice aspirar a una “universidad transparente y basada en el mérito”, ha denunciado numerosas irregularidades. Para empezar que, a pesar de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) invalidó en 2011 la sentencia en primera instancia que había confirmado la legalidad de la candidatura de González-Trevijano, el rector siguió tranquilamente en su cargo.

 

“La universidad y el rector presentaron recursos de amparo ante el Constitucional, pero, desde la sentencia del TSJM a la presentación del recurso, transcurrieron varios meses en los que no se ejecutó la sentencia”, explica Ríos. Al final, el Constitucional dio la razón a González-Trevijano, que no tuvo que abandonar su puesto.

 

Pero, ¿por qué no se ejecutó la sentencia? Ríos atribuye la demora al hecho de que el juez que tenía que ejecutar la orden del TSJM, Alberto Palomar, había sido contratado por la Rey Juan Carlos para dar un curso de verano en 2010. Un descubrimiento que motivó una querella por prevaricación que fue archivada pese al informe del fiscal, favorable a la imputación, y a un voto particular en contra del archivo de la causa. Los cursos de verano dependen de la Fundación de la URJC, una institución cuya administradora no es otra que María Teresa Martín del Peso, la esposa de González-Trevijano.

 

Como respuesta a las demandas de Ríos, el rector presentó una querella contra él por injurias, a causa de un anónimo que apareció en su blog en el que se llamaba a González-Trevijano “Rector 135.000” en alusión a sus gastos. Para defenderse de ese cargo, la defensa de Ríos pidió al juzgado que reclamara las facturas: si se demostrara un uso indebido del dinero, la supuesta injuria no sería tal al confirmarse su veracidad.

 

El rector en funciones, imputado

Entre los imputados de la URJC figura su rector en funciones, Fernando Suárez, acusado de amenazar a Antonio Alonso, director del departamento en el que trabaja Ríos, Estadística. Suárez amenazó supuestamente a Alonso en una conversación que quedó reflejada en una grabación a la que ha tenido acceso La Marea.

 

En ella, la voz que se atribuye al ahora rector tilda a Ríos de “hijo de la gran puta” y a sus colaboradores de “sinvergüenzas” y “leprosos”. La misma persona exige a Alonso “actos de fidelidad” a González-Trevijano y que ponga por escrito que Ríos es “un hijo de puta”. Y, para terminar, anuncia a su interlocutor que, como no haga lo que él quiere, “pasarán cosas”. Y, deplora Alonso, “esas cosas pasaron”. El profesor explica que, el verano pasado, todos los contratados doctores de su departamento, siete, fueron despedidos como “represalia”. Dos de ellos han tenido ya que ser readmitidos.

 

Si los parientes de políticos proliferan en la Rey Juan Carlos, otro tanto sucede con los familiares de empleados. Los docentes entrevistados coinciden en señalar que el “despilfarro” y otras irregularidades se asientan sobre una “red clientelar” tejida a base de repartir trabajo y prebendas. En los presupuestos de la universidad hay una partida para gratificaciones que, este año, al igual que los dos anteriores, se eleva a 169. 101 euros. Un profesor de la URJC que prefiere no dar su nombre precisa que ese dinero deja en manos del rectorado la posibilidad de ofrecer “sobresueldos legales, con su IRPF” a empleados de los que se quiere obtener la aquiescencia.

 

Alonso, por su parte, subraya: “En la URJC uno de cada cinco profesores es interino, mientras que la media de las universidades en España es de uno de cada 100”. El profesor que declaró bajo anonimato explica: “Los gastos de representación han sido la herramienta de promoción exterior del rector y las gratificaciones, la vía para construir una estructura clientelar. Luego están los contratos: a la persona más honesta, se la corrompe con un empleo para un hijo. Hay dos mecanismos, uno, los contratos de interinos que, si se hacen mediante procedimiento de urgencia, no precisan ni de ser anunciados y, dos, los contratos de profesores visitantes, para los que, en la URJC, se ha eliminado el requisito que obliga a que procedan de otro centro o universidad”.

 

No sólo el exrector y el rector en funciones tienen a sus esposas en la URJC. Por citar alguno de los ejemplos, se puede mencionar a los tres hijos de Camilo Prado, decano ya fallecido de la facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, que trabajan en la Rey Juan Carlos, o al hijo y la hija de otro exdecano de esta facultad, Carlos Fernández de Casadevante, también empleados por la institución (el hijo entró como profesor visitante pese a carecer de experiencia docente). La nómina de la URJC también incluye a tres miembros de la prole de un exrector que, en 2000, duró 15 días en el cargo: Rogelio Pérez-Bustamante. Otro caso es el de la decana de Turismo, Catalina Vacas: su hijo, profesor visitante, es coordinador de los estudios de Turismo online y su nuera, secretaria administrativa de la facultad. ¿Y quién es la vicedecana? La hermana de la decana. Catalina Vacas, miembro del Consejo de Gobierno, firmó una carta de adhesión a González-Trevijano cuando éste se presentó a rector.

 

Luego está el secretario general, Andrés Gambra, afín a un grupo de ultraderecha carlista, otro responsable que entró como interino en la URJC, una universidad que, por cierto, ahora emplea a uno de sus hijos.

 

“La clave de esta red clientelar es la precariedad. A los interinos se les puede echar a coste cero y, por ello, quien tiene un hijo contratado así sabe que, si se rebela, se acaban los privilegios”, explica el profesor, que termina ofreciendo otra de las claves de la “impunidad” en la URJC: su nombre. “Ésta es la universidad del rey y al amparo de ese nombre todo le ha sido permitido».

 

La conexión con la Casa Real y otras instituciones del Estado

 

Además de los familiares de políticos y los parientes de decanos y catedráticos, la Rey Juan Carlos cuenta entre sus empleados con personas del entorno de la Casa Real o que han ocupado cargos relevantes en altas instituciones del Estado. Por ejemplo, Martí Fluxá, exsecretario de Estado de Seguridad y jefe de protocolo del rey entre 1992 y 1996, que ahora preside el Consejo Social de la Fundación de la universidad. También encontramos en la URJC a Alfonso de Esteban, quien, al igual que González-Trevijano, forma parte de la Junta Electoral Central. De Esteban tiene a uno de sus hijos trabajando en la Rey Juan Carlos.

  

https://www.lamarea.com/2013/06/28/medio-millon-de-euros-para-las-atenciones-del-rector/

 

LO QUE GONZÁLEZ-TREVIJANO DEJA EN EL PASADO

 

El recién nombrado magistrado del Constitucional se defiende de la petición del juez de que entregue justificantes de unos gastos de la universidad que dirigía: "La contabilidad de la Universidad está auditada por el Tribunal de Cuentas y su presupuesto aprobado por el Consejo Social"

 

Trevijano se querelló por injurias contra uno de sus exvicerrectores David Ríos Insua, que también fue su contrincante en las últimas elecciones a rector, a raíz de unos comentarios anónimos vertidos en su página web, en los que se aseguraba que el recién elegido magistrado y miembros de su equipo directivo se quedaban con comisiones de contratas de la universidad. A raíz de esa querella, el juez abrió diligencias previas en las que solicitó a la institución educativa un "listado desglosado de datos y sus correspondientes justificaciones" de una serie de partidas de "gastos diversos" que en los últimos años ascienden a 400.000 euros para poder determinar si el comentario había incurrido efectivamente en un delito de injurias.

 

"La querella es a instancias de los órganos de gobierno de la universidad", se defiende el ya exrector Pedro González Trevijano, que asegura que la Universidad Rey Juan Carlos no tiene ningún problema de índole económico y que su contabilidad está "auditada por el Tribunal de Cuentas y su presupuesto aprobado por el Consejo Social".

 

La universidad no entregó los documentos y recurrió la segunda providencia del juez, emitida dos meses después, alegando que "el objeto del procedimiento no es establecer si el rectorado tiene unos gastos de representación, en el ejercicio al que se refieren los autos, de 135.000 euros, sino la falsa e injuriosa manifestación del anónimo" que aparecía en la web del querellado. "Nadie se ha negado a nada", afirma Trevijano, que asegura que la institución presentó un escrito en el que figuraba que los gastos estaban a su disposición en los presupuestos de la universidad.

 

En cuanto al recurso interpuesto ante la decisión del juez, Trevijano señala que la universidad "defiende sus derechos como le parece pertinente". Ahora el juzgado ha desestimado el recurso y vuelve a solicitar que justifique en qué se invirtió la partida dedicada a "gastos diversos", en la que se que incluyen "atenciones protocolarias y representativas, promoción de económica, educativa y cultural, y otros gastos". "Si el juez pide los documentos, se entregarán", sentencia.

 

Próximo a la derecha

Trevijano fue uno de los tres expertos de la comisión creada por el Gobierno de Zapatero sobre el futuro del Valle de los Caídos que se opusieron a la recomendación de sacar de la basílica los restos del dictador Francisco Franco. "La exhumación y correspondiente traslado es, al menos hoy, inoportuna y contribuiría a dividir y radicalizar la opinión pública, más allá del consenso parlamentario difícil en sí mismo", rezaba el voto particular.

 

La cercanía del nuevo magistrado con la derecha no es ningún secreto. En la universidad que dirigía varios profesores tienen vínculos familiares con destacados miembros del Gobierno y del Partido Popular. En la nómina del centro figuran Isabel Ruiz Gallardón, prima del ministro de Justicia, Margarita Cifuentes, hermana de la delegada del Gobierno, y Francisco Marhuenda, director de La Razón, y que ha ostentado altos cargos en gobiernos del PP. En cuanto a la primera, fuentes de la Universidad aseguran que ya formaba parte del centro cuando Trevijano llegó al poder y, en cuanto a la hermana de Cristina Cifuentes, explican que procede de la Comunidad de Madrid y que "probablemente solicitó el traslado".

 

Su sucesor, imputado

 

Otro de los asuntos que deja atrás Trevijano es la imputación por un delito de amenazas cometido presuntamente por su sucesor en funciones. Los hechos se remontan a 2010, cuando el entonces vicerrector de profesorado, Fernando Suárez Bilbao, presuntamente amenazó con "hacer la vida imposible" a los miembros del Departamento de Estadística e Investigación operativa si no retiraban su apoyo en las elecciones al claustro a Ríos Insua, según figura en la querella presentada por el director del área ante el juzgado de instrucción de Móstoles.

 

El subordinado de Trevijano supuestamente chantajeó al querellante con reducir las asignaturas del departamento y despedir a "todos los profesores a su cargo" si no manifestaban públicamente su rechazo al candidato. El querellante asegura en el texto presentado en el juzgado que el vicerrector le amenazó con represalias si no cumplían su condición: "Eso tendrá sus consecuencias, pasarán cosas muy desagradables que ni tú ni yo queremos que pasen, lo que quiero es que David pare de una puta vez". También argumenta que se han cumplido las amenazas con el despido de varios profesores y con el traspaso de asignaturas a otros departamentos.

 

Fuentes oficiales de la universidad aseguran que se trata de una denuncia basada en unas "supuestas grabaciones que no se han presentado como prueba física, sino que solo figura la transcripción". "Los hechos supuestamente ocurrieron en 2010, sorprende que no lo denunciaran en su momento", añaden.

 

La pelea entre los dos catedráticos viene de largo. En 2009, Ríos denunció que Pedro González-Trevijano concurriera a un tercer mandato como rector. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dio la razón, pero el rector presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que anuló la sentencia anterior y declaró la plena legitimidad de Trevijano para ser reelegido. En octubre de 2010, fecha en la que se produjeron presuntamente las amenazas, Ríos pidió la suspensión de las elecciones al claustro.

 

https://www.eldiario.es/politica/trevijano_1_5708338.html

 

EL GOBIERNO PROPONE PARA EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL A PEDRO GONZÁLEZ-TREVIJANO Y A ENRIQUE LÓPEZ

 

Al Gobierno le correspondía proponer a dos magistrados para la renovación del Tribunal Constitucional y así lo ha hecho: Pedro González-Trevijano, rector de la Universidad Rey Juan Carlos, y Enrique López, magistrado de la Audiencia Nacional. En Consejo de Ministros, el Ejecutivo ha aprobado también el proyecto de Ley de Cajas, la “pieza de cierre” de la reforma bancaria, según Luis de Guindos.

   

El Gobierno ha decidido, en Consejo de Ministros, el nombramiento de Enrique López y Pedro González Trevijano Sánchez como magistrados del Tribunal Constitucional. Enrique López es actualmente magistrado de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional y fue vocal y portavoz del Consejo General del Poder Judicial, mientras que Pedro González Trevijano Sánchez es catedrático de Derecho y rector de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.

 

Los nuevos magistrados del tribunal de garantías constitucionales sustituyen a Pablo Pérez-Tremps y Manuel Aragón Reyes, cuyo mandato comenzó el 8 de junio de 2004 y ha expirado.

 

Estos nombramientos se han producido después de que este viernes el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobará también el nombramiento de Juan Antonio Xiol y Santiago Martínez Vares como nuevos magistrados del Tribunal Constitucional.

 

Los cuatro nombramientos completan la renovación por tercios del tribunal, ya que este año correspondía cubrir las plazas designadas por el CGPJ y el Gobierno.

 

Biografía de González-Trevijano

 

El rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) es un firme defensor de la monarquía y de las instituciones democráticas, así como de la vigencia de la Constitución de 1978. Vocal de la Junta Electoral Central, en la que afronta su cuarta legislatura, Gonzalez-Trevijano ha sido nombrado por el Gobierno que ha reconocido la labor investigadora y docente de este catedrático de Derecho Constitucional.

 

Firme convencido de los valores y principios que encarnan la Carta Magna, defiende que algunos de los retos que se fijaron en la Constitución se han cumplido de una forma razonablemente satisfactoria. Pese a que en este momento no ve oportuno hacer reformas constitucionales, reconoce que son "de todo punto necesarias" y cita como "asignatura pendiente" redefinir el modelo del Estado, tanto por razones políticas como económicas.

 

Sus mayores polémicas llegaron cuando formó parte de la comisión de expertos para el futuro del Valle de los Caídos y en su última reelección como rector de la URJC. Copresidente de la comisión impulsada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en virtud de la Ley de Memoria Histórica, el nuevo magistrado del TC, se opuso al traslado de los restos de Franco, al considerar que debían permanecer en la Basílica en contra de la opinión mayoritaria de la comisión.

 

Su segundo episodio más polémico aconteció en la última elección como rector de la Universidad madrileña Rey Juan Carlos (URJC), cuando una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de junio de 2001 estableció que González-Trevijano no podía haber optado a ese cargo en las elecciones de noviembre de 2009, ya que había acumulado los dos mandatos legalmente fijados.

 

Nacido en Madrid el 13 de marzo de 1958, se doctoró en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid con premio extraordinario en 1987 y es catedrático de Derecho Constitucional. Gran parte de su carrera docente la desarrolló en esa universidad, en la que consiguió la plaza de profesor titular en 1990, hasta que en 1998 aprueba la oposición de Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Extremadura. Entre 1998 y 2002 fue subdirector del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

 

González-Trevijano es autor de varios artículos y publicaciones, entre las que destacan "La costumbre en Derecho Constitucional" (1989); "Libertad de circulación, residencia entrada y salida en España" (1991); "La inviolabilidad del domicilio" (1992); "El Estado autonómico. Principios, organización y competencias" (1998); "El Tribunal Constitucional" (2000), o "El código de las Comunidades Autónomas" y "Magnicidios de la Historia" (2012).

 

Biografía de Enrique López

La designación de Enrique López lleva al alto tribunal a un juez por quien ha apostado firmemente el PP y cuyo perfil político marcó su etapa en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). López (Cacabelos, León; 1963) es licenciado en Derecho por la Universidad de Oviedo y juez desde 1989, pero ha sido su papel como portavoz del órgano de gobierno de los jueces entre 2001 y 2008 lo que le ha valido las mayores críticas por su supuesta cercanía al PP y la falta de neutralidad necesaria para estar en el TC.

 

En esta etapa el CGPJ se pronunció sobre asuntos como ley del matrimonio homosexual, sobre la que elaboró un informe contrario a la norma, del que al final se eliminó la polémica frase que advertía de que la reforma sería tan radical como legalizar la unión entre un animal y una persona.

 

López consideró también positivo que el Constitucional se pronunciara sobre la ley contra la violencia de género ante las dudas de constitucionalidad que manifestó el CGPJ, presidido entonces por Francisco José Hernando -hoy también magistrado del TC-, por la discriminación positiva en favor de las mujeres. Ese tipo de pronunciamientos le han supuesto la crítica de los sectores progresistas, incluido el PSOE, que hasta ahora ha intentado vetarle como candidato al alto tribunal.

 

No obstante, el PP ha mantenido su apuesta por López, incluso después de que en septiembre de 2010 tuviera que retirarle de la lista de candidatos del Senado, donde su nombre mantuvo tres años bloqueadas las negociaciones para renovar el TC, en el que a su vez se prolongó el mandato de los magistrados cuyo cargo ya había expirado.

 

Desde que en el 89 ingresara en la carrera judicial, López ha pasado por los juzgados de primera instancia e instrucción de Arzúa (A Coruña), Valladolid y León y ha desarrollado una amplia labor docente como profesor de Derecho Procesal en la Universidad de Valladolid y de Derecho Penal en la Universidad de León y la Europea de Madrid.

 

Un tarea que ahora compatibilizaba con la de magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, tribunal al que se incorporó en septiembre de 2008 cuando fue sustituido como portavoz del CGPJ por Gabriela Bravo.

 

https://www.elimparcial.es/noticia/124071/nacional/el-gobierno-propone-para-el-tribunal-constitucional-a-pedro-gonzalez-trevijano-y-a-enrique-lopez.html

 

EL TC ADMITE EL RECURSO DE AMPARO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS SOBRE LA CANDIDATURA A RECTOR DE GONZÁLEZ TREVIJANO

 

La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite el recurso de amparo promovido por la Universidad Rey Juan Carlos contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que establecía que Pedro González Trevijano no podía haber optado al cargo de rector en las elecciones de 2009 al haber acumulado dos mandatos anteriores.

 

En una resolución, dada a conocer este viernes, el alto tribunal se dirige al TSJM y al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 23 de Madrid para pedirles que le remitan, en el plazo de diez días, certificación o copia de las actuaciones correspondientes a este asunto.

 

El Constitucional recuerda que la Sala Segunda de este tribunal ya acordó la suspensión de la sentencia y el auto impugnados en este recurso el 3 de junio y el 7 de octubre, por lo que considera "innecesario proveer acerca de la suspensión" interesada por el centro educativo.

 

La Universidad Rey Juan Carlos (URJC) pidió amparo al Constitucional después de que la Sección octava de lo Contencioso del TSJM desestimara su incidente de nulidad planteado a la sentencia de este mismo tribunal que resolvió este año que González Trevijano no podía presentarse a un tercer mandato.

 

La Universidad recurrió esta decisión con el incidente de nulidad entendiendo que la anterior sentencia vulneraba el "derecho a obtener una resolución judicial fundada en derecho, congruente y favorable, incurriendo dicha resolución en una incongruencia omisiva" al no pronunciarse sobre la alegación del defecto formal.

 

Por otro lado, alegaba también la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por vulneración de las garantías constitucionales de "irretroactividad de disposiciones restrictivas de derechos individuales y seguridad jurídica" y por la "no aplicación del derecho de acceso en condiciones de igualdad a cargos y funciones públicas".

 

Asimismo, indicaba que la sentencia de apelación "vulneraba el derecho fundamental a la autonomía universitaria, en relación a la libertad de cátedra y el derecho fundamental de los profesores, padres, y en su caso, los alumnos a intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos".

 

Ante estas alegaciones, el TSJM desestimó el incidente al entender que no se vulneraron ninguno de estos derechos. "Resulta evidente que no se ha infringido el derecho a la tutela judicial efectiva por la falta de respuesta a esta cuestión, ya que implícitamente se deduce el rechazo de la alegación de la lectura de la sentencia", remarcó.

 

BATALLA JUDICIAL

 

Esta batalla judicial se inicia cuando uno de los candidatos en las últimas elecciones, David Ríos, llevó el asunto a los tribunales alegando que el actual rector, Pedro González-Trevijano, no podía volverse a presentar porque los estatutos sólo permitían dos mandatos como máximo.

 

Desde la defensa de Trevijano se explicaba que sólo se debe computar de cara a las elecciones su último mandato (cuando fue elegido en 2005) porque los estatutos de la universidad fueron aprobados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por un decreto de febrero de 2003, es decir, ya iniciado el primer mandato (en 2002).

 

Tras la decisión del TSJM, Ríos subrayó que el Consejo de Gobierno y la Junta Electoral Central de la Universidad Rey Juan Carlos debían "cumplir inmediatamente la sentencia" y nombrar un rector en funciones que gestione la reanudación del proceso electoral.

 

"Hay que pasar página e intentar normalizar cuanto antes la vida universitaria", dijo en un comunicado, en el que lamentó que se hayan "perdido dos años en la modernización de la gestión" de la universidad. "En la situación actual es necesario tomar decisiones para revitalizar a profesores y alumnos dentro de una coyuntura que exige reivindicar el valor académico y estudiantil de nuestra universidad", señaló en su momento.

 

https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1055253

 

TSJM RATIFICA QUE GONZÁLEZ TREVIJANO NO PODÍA SER CANDIDATO A RECTOR DE LA URJC EN 2009 POR LLEVAR DOS MANDATOS

 

Desestima el incidente de nulidad planteado por las representaciones procesales de la Universidad

 

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el incidente de nulidad planteado por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid a la sentencia de este mismo tribunal que resolvió este año que Pedro González Trevijano no podía ser candidato a rector en las pasadas elecciones de octubre de 2009 porque ya había estado dos mandatos anteriormente.

 

La Universidad recurrió esta decisión con el incidente de nulidad entendiendo que la anterior sentencia vulneraba el "derecho a obtener una resolución judicial fundada en derecho, congruente y favorable, incurriendo dicha resolución en una incongruencia omisiva" al no pronunciarse sobre la alegación del defecto formal.

 

Por otro lado, se alegaba también la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por vulneración de las garantías constitucionales de "irretroactividad de disposiciones restrictivas de derechos individuales y seguridad jurídica" y por la "no aplicación del derecho de acceso en condiciones de igualdad a cargos y funciones públicas".

 

En cuarto lugar, se alega también que la sentencia de apelación "vulnera el derecho fundamental a la autonomía universitaria, en relación a la libertad de cátedra y el derecho fundamental de los profesores, padres, y en su caso, los alumnos a intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos".

 

Ante estas alegaciones, la sección octava de esta sala ha procedido a desestimar este incidente, porque considera que no se vulneran ninguno de estos derechos. En concreto, dice que "resulta evidente que no se ha infringido el derecho a la tutela judicial efectiva por la falta de respuesta a esta cuestión, ya que implícitamente se deduce el rechazo de la alegación de la lectura de la sentencia".

 

En este sentido, recuerda que el Tribunal Constitucional en multitud de sentencias ha declarado que "no toda ausencia de pronunciamiento expreso a las cuestiones planteadas por las partes produce una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva", y que se puede admitir, "excepcionalmente, su desestimación tácita".

 

En cuanto a la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por vulneración de las garantías constitucionales, el TSJM reitera que es una cuestión ya debatida y que el tribunal expresó su opinión "en el sentido de que se trata de una retroactividad impropia, que procede mantener ahora".

 

BATALLA JUDICIAL

 

Esta batalla judicial se inicia cuando uno de los candidatos en las últimas elecciones, David Ríos, llevó el asunto a los tribunales alegando que el actual rector, Pedro González-Trevijano, no podía volverse a presentar porque los estatutos sólo permitían dos mandatos como máximo.

 

Desde la defensa de Trevijano se explicaba que sólo se debe computar de cara a las elecciones su último mandato (cuando fue elegido en 2005) porque los estatutos de la universidad fueron aprobados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por un decreto de febrero de 2003, es decir, ya iniciado el primer mandato (en 2002).

 

Después de que se haya rechazado este incidente y el TSJM aclarar que es una sentencia firme, Ríos considera que "el Consejo de Gobierno y la Junta Electoral Central de la Universidad Rey Juan Carlos deben cumplir inmediatamente la sentencia" y nombrar un rector en funciones que gestione la reanudación del proceso electoral.

 

"Hay que pasar página e intentar normalizar cuanto antes la vida universitaria", ha señalado en un comunicado, en el que señalan que "se han perdido dos años en la modernización de la gestión" de la universidad y "en la situación actual es necesario tomar decisiones para revitalizar a profesores y alumnos dentro de una coyuntura que exige reivindicar el valor académico y estudiantil de nuestra universidad".

 

https://www.lavanguardia.com/local/madrid/20111017/54232037116/tsjm-ratifica-que-gonzalez-trevijano-no-podia-ser-candidato-a-rector-de-la-urjc-en-2009-por-llevar.html

 

EL RECTOR QUE NO DEBERÍA HABER SIDO

 

El TSJM sentencia que Pedro José González-Trevijano, reelegido en 2009 al frente de la URJC, no podía presentarse a un tercer mandato

 

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid establece que el actual rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), Pedro José González-Trevijano, no podía haber optado a ese cargo en las elecciones de noviembre de 2009, puesto que ya había acumulado los dos mandatos legalmente fijados. La sala de lo contencioso-administrativo del TSJM ha estimado el recurso presentado por uno de sus dos rivales en esas elecciones, David Ríos Insua.

 

González-Trevijano accedió al rectorado de la URJC en mayo de 2002 y renovó su cargo en diciembre de 2005. Cuatro años más tarde volvió a imponerse, pero su rival Ríos Insua emprendió acciones judiciales para impugnar esa candidatura, por entender que era el tercer mandato.

 

González-Trevijano argumentaba que los estatutos de la universidad limitan a dos el número de mandatos del rector, pero que los de la URJC fueron aprobados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por un decreto de febrero de 2003, es decir, ya iniciado el primer mandato. Así, alegaba que no se puede aplicar lo dispuesto en esos estatutos con efecto retroactivo, por lo que la limitación de mandatos debía referirse a los iniciados tras los comicios a rector de 2005 y 2009.

 

De hecho, cuando a principios de 2010 empezó el actual mandato dijo públicamente en la toma de posesión que sería el último. La sentencia del TSJM, que lleva fecha del 3 de junio pasado, rechaza el argumento de González-Trevijano y afirma que en las elecciones convocadas en 2005 "se consumó la limitación estatutaria" de dos mandatos. "Los actos de proclamación impugnados (por Ríos Insua) relativos a las elecciones convocadas en 2009 son contrarios a derecho, ya que (González-Trevijano) no podía concurrir a ellas", añade el fallo.

 

En una resolución firme, el tribunal estima el planteamiento del recurrente, anula la candidatura del actual rector en los comicios de 2009 y apunta que el proceso electoral debe llevarse con efecto retroactivo "al momento inmediato anterior al de la proclamación provisional".

 

La Universidad Rey Juan Carlos ha anunciado a través de un comunicado que recurrirá la sentencia que "contraviene lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad" y que "atenta directamente contra la garantía institucional de la autonomía universitaria".

 

La institución universitaria ha recordado que la Consejería de Educación emitió un "dictamen vinculante previo favorable a la presentación a las elecciones de González Trevijano" que obtuvo el 70% de los votos del conjunto de los sectores de la Comunidad Universitaria.

 

https://elpais.com/elpais/2011/06/10/actualidad/1307693828_850215.html

 

 

RODRIGO RATO ES INVESTIDO HOY DOCTOR HONORIS CAUSA POR LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

 

Rodrigo Rato, ex director general del Fondo Monetario Internacional (FMI) y ex ministro de Economía durante los gobiernos del PP de José María Aznar, será investido hoy doctor honoris causa por la Universidad Rey Juan Carlos. El acto lo presidirá el rector de la institución, Pedro González Trevijano, y la «laudatio» la pronunciará Fernando Becker Zuazua, catedrático de Economía Aplicada I de esta Universidad. Fue precisamente este departamento el que propuso la concesión a Rodrigo Rato, que el consejo de gobierno de la institución aprobó en septiembre de 2008. El acto comenzará al mediodía en el salón de actos del Rectorado.

 

https://www.lne.es/economia/2009/01/28/rodrigo-rato-investido-hoy-doctor-21582990.html

 

 

ELEGIDO NUEVO RECTOR DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

 

El catedrático de Derecho Constitucional Pedro González-Trevijano se convirtió ayer en el quinto rector de la Universidad Rey Juan Carlos desde su puesta en marcha en 1996. González-Trevijano fue elegido en unas elecciones sin rival. Lograr la autonomía de esta universidad con 11.500 alumnos que depende aún de la Consejería de Educación, integrar los cuatro campus (Móstoles, Vicálvaro, Alcorcón y Fuenlabrada) y apostar por un modelo de calidad son los proyectos del nuevo rector, quien reconoció que la vida de esta universidad 'ha sido convulsa'.

 

https://elpais.com/diario/2002/06/13/madrid/1023967456_850215.html

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