JUAN JOSÉ GONZÁLEZ RIVAS : Un  ULTRA CONSERVADOR  EN  LA PRESIDENCIA Del Tribunal Constitucional

BIOGRAFÍA NO OFICIAL

Hoy traemos a nuestros lectores una biografía no oficial que a diferencia de otras es breve, concisa, somera, sucinta y liviana. Apenas da para folio y medio. Y no es porque el protagonista no se merezca una más amplia y detallada. Todo lo contrario. Pero para eso ya está la publicada por el susodicho en la web del Tribunal Constitucional, empresa de la que es desde el 2012 empleado con rango de magistrado y desde hoy además su Presidente.

Y es que los 92 folios que ocupan su biografía oficial que se pueden descargar en este enlace no admiten competencia. Por nuestra parte hubiera sido imposible reunir tanta información y con tanto detalle. Si bien, valga como atenuante que desde la página 44 hasta el final está dedicada a relatar de manera prolija todas y cada una de las conferencias que ha pronunciado, los cursos que ha impartido y los congresos que ha asistido.

Como es natural su presencia ha sido compatible con sus funciones como miembro de la judicatura y desde el 2012 del Tribunal Constitucional. Sobre si ha percibido o no retribuciones por su dedicación a esta loable y frenética actividad docente en su biografía no se dice nada de nada. Así que dejémoslo como está.

Por nuestra parte, en esta rápida biografía no oficial vamos a limitarnos a apuntar resumidamente que allí por donde ha pasado ha dejado la huella de sus fuertes convicciones conservadoras y siempre las sus no menos religiosas. Y es que como se puede leer en algunas de sus sentencias y en sus votos particulares, Juan José González Rivas conecta con los sectores más reaccionarios entre los votantes genoveses.

Y es que no está de más recordar que cuando con Rajoy ya en el Gobierno el Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados decidió patrocinar su candidatura en el 2012 para ocupar una de las plazas vacantes por renovación de magistrado del Tribunal Constitucional, los genoveses sabían muy bien a quien estaban proponiendo. El margen de error era +/- 0.

Se trataba de proponer a un veterano y sólido juez del Tribunal Supremo, miembro de la Sala de lo Contencioso Administrativo, afiliado a la Asociación Profesional de la Magistratura y que a lo largo de su vida profesional había acreditado ser coherente en la defensa de sus valores, casualmente muchos de ellos recogidos en los Programas Electorales del PP. Incluso en algunos casos su coherencia era mucho más “coherente”, valga la redundancia, que la de sus propios patrocinadores. Vayamos a algunos ejemplos.

Tribunal Constitucional. Matrimonios entre homosexuales. Voto particular respecto de la Sentencia de 6 de noviembre de 2012, dictada en el recurso de inconstitucionalidad núm. 6864-2005. Aquí en clara sintonía con su colega Andrés Ollero Tassara, su posición no admite dudas. Para González Rivas, el matrimonio es el de “toda la vida”. Al fin y al cabo, es una institución preexistente al texto de nuestra Constitución y ha tenido históricamente reconocimiento en el Derecho Comparado, en la realidad social y en la doctrina jurídica española. A partir de aquí no caben sucedáneos. Se acabó la discusión.

Tribunal Supremo. Educación para la ciudadanía. Esta asignatura puesta en marcha durante los gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero movilizó en su contra a partes iguales a la Conferencia Episcopal y al Partido Popular. Manifestaciones a granel y declaraciones incendiarias. En este asunto un sector de la derecha judicial se sumó con entusiasmo indisimulado a favor de la objeción que contra esta nueva asignatura hicieron ante los tribunales las familias católicas, apostólicas y romanas. Hubo sentencias estimatorias de recursos a favor de esta objeción por parte de varios Tribunales Superiores de Justicia como los de Andalucía, Asturias, Castilla y León. Y tuvo que ser el Tribunal Supremo el que finalmente fijara posición. Y así fue, desestimando esas sentencias y declarando constitucional la asignatura. Y es aquí donde el entonces magistrado González Rivas no gana para firmar votos particulares contrarios a las sentencias de sus compañeros de Sala. Para muestra un botón. Aquí podéis consultar el que hizo contra la sentencia de fecha 11 de febrero de 2009, dictada en el recurso de casación 905/2008.

Tribunal Constitucional. Parejas de hecho y reconocimiento pensión de viudedad. Como es natural no todo iban a ser votos particulares. En este caso su opinión coincide plenamente con la de sus colegas conservadores, a la sazón mayoritarios frente al sector progresista que se vieron obligados a formular en un voto particular. Nos referimos a la sentencia 92/2014, de 10 de junio de 2014 en relación con el articulo 174.1 de la Ley general de la Seguridad Social, en la redacción dada por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social que limita el reconocimiento de la pensión de viudedad al cónyuge supérstite (STC 41/2013). La mayoría conservadora haciendo honor a su ideología niega el derecho y como es natural, González Rivas lo celebra sumándose a la negativa.

Tribunal Supremo. Sin permiso laboral tras registrase como pareja de hecho. También en este caso González Rivas que fue ponente de la sentencia negó a una magistrada de Cantabria el permiso de 15 días por haberse inscrito como unión de hecho con un funcionario de justicia en el registro correspondiente. Dio igual que al funcionario inscrito como pareja de la magistrada le dan los 15 días de permiso, a ella se los denegaron el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. En recurso de alzada al Consejo General del Poder Judicial, con mayoría conservadora, también se desestimó su recurso, con el voto particular de cuatro vocales. Y en estas llega el asunto al Supremo. Y allí estaba González Rivas para poner las cosas en su sitio confirmando ambas resoluciones y rechazando que se pueda aplicar extensivamente al reglamento de la carrera judicial la asimilación de la licencia por matrimonio a la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho. Tal cual.

Junta Electoral Central. Recurso interpuesto por Foro de Ciudadanos (FAC) contra Acuerdo de la Junta Electoral Provincial del Principado de Asturias escrutinio general  elecciones a la Junta General del Principado de Asturias. Dicho de otro modo, el Partido de Álvarez Cascos reclamaba la asignación de un escaño. En este asunto González Rivas que pasaba por allí como uno de los miembros de la JCE recibió un doble revolcón. De entrada de sus colegas de la Junta que desestimaron sus posiciones favorables a Cascos y de otro del Tribunal Constitucional que declaró nula la Sentencia núm. 539/2012, de 27 de abril, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, recaída en el recurso contencioso-electoral núm. 343/2012 contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Asturias, de 10 de abril de 2012, y confirmar la proclamación efectuada por dicha junta electoral de Francisco González Méndez como Diputado del PSOE electo al que se le atribuye el sexto escaño en la circunscripción occidental.

Acabamos ya con un aviso a los navegantes. Que nadie se lleve a engaño. La elección de González Rivas como nuevo Presidente del Tribunal Constitucional, visto sus antecedentes y con la mayoría conservadora que le apoya, vaticinan tiempos de regresión en las sentencias del Alto Tribunal. Gobernar Rajoy es lo que tiene.

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