magistrada maría del mar lorenzo

SENTENCIA AUDIENCIA PROVINCIAL DE GUADALAJARA. 21.07.10
MARÍA DEL MAR LORENZO. BLOG GENOVESES. 21.07.09

 


ABSUELTOS LOS POLÍTICOS Y TÉCNICOS DEL INCENDIO DE GUADALAJARA

Los excursionistas que originaron el fuego, únicos procesados

Han tenido que pasar cinco años para que la justicia concluya que el incendio de Riba de Salices (Guadalajara), en cuya extinción fallecieron 11 miembros de un réten, fue obra de los tres excursionistas que de manera imprudente hicieron una barbacoa en plena canícula y junto a un enorme pinar, y no del personal que trató, con mayor o menor éxito, de minimizar sus consecuencias. La Audiencia de Guadalajara exculpó el miércoles de los delitos de incendio, contra los trabajadores y homicidio imprudente a los técnicos y políticos -entre ellos, la ex consejera de Medio Ambiente Rosario Arévalo- de Castilla-La Mancha que gestionaron la extinción, y dejó como únicos imputados a los excursionistas.

La resolución analiza punto por punto la actuación de los siete técnicos que coordinaron los trabajos con el fin de comprobar si se corresponde con el delito de incendio por el que fueron procesados en enero. Y los jueces concluyen que su conducta fue "irrelevante penalmente". Explican que para consumar el delito se exige "incendiar", es decir, "prender fuego a una cosa que no esté destinada arder". A los técnicos se les imputó, según el tribunal, "la comisión de un delito cometido por otros procesados", es decir, los tres excursionistas que hicieron fuego para su barbacoa.

Respecto al delito contra la seguridad de los trabajadores que también se imputaba a los técnicos -que consiste en no proporcionar a los fallecidos los medios necesarios para trabajar en condiciones de seguridad-, el auto concluye que el accidente "no se debió a la falta de medios o ausencia de formación del personal que intervino en la extinción", sino al "aumento repentino e imprevisto de la velocidad de propagación del fuego al sur de la zona donde operaban los trabajadores", como concluyeron los informes de la Inspección de Trabajo y de la Consejería de Empleo de la Junta. Los magistrados reprochan además a la juez de instrucción de Sigüenza que no tuviera en cuenta el testimonio del único testigo presencial de los hechos, otro trabajador llamado Jesús Manuel Abad, que atribuyó las muertes "a un fenómeno natural imposible de prever". "Aunque hubiéramos tenido 10 motobombas y un helicóptero no hubiéramos podido apagarlo", afirmó. Ese mismo razonamiento sirve al tribunal para descartar el delito de homicidio imprudente de los miembros del retén.

La Audiencia ridiculiza la imputación por incendio de los cargos políticos -la propia Arévalo; el delegado provincial de Medio Ambiente, Sergio González; el director general, José Antonio Nicolas; y el director del Parque Natural del Alto Tajo, Rafael Ruiz- por no haber cuidado el monte y no haber prohibido las barbacoas. Ese argumento sería a su juicio "como prohibir la circulación de vehículos de motor para evitar los accidentes de circulación".

www.elpais.es 23.07.10

COSPEDAL: "ME ALEGRO" POR LA DECISIÓN DE LA AUDIENCIA DE GUADALAJARA

La presidenta del PP de Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal, ha respondido a preguntas de Efe con un escueto "me alegro" a la decisión de la Audiencia de Guadalajara de dejar sin efecto el procesamiento de técnicos y políticos de la Junta imputados en el incendio de Guadalajara de 2005 en el que murieron once personas.

La también secretaria general del PP a nivel nacional ha sido informada por Efe a la salida de una misa en Escalonilla sobre el sobreseimiento a los imputados en el incendio, salvo los tres excursionistas causantes del incendio, y ha dicho al respecto:

"Me alegro. No voy a hacer declaraciones porque no conozco el contenido (del auto de la Audiencia de Guadalajara). Mañana ya diremos algo".

Pese a ese sentimiento que manifestaba este jueves Cospedal, el Partido Popular estaba personado en la causa del incendio de Guadalajara en Riba de Saelices en el que murieron los once miembros de un retén de bomberos, y ha utilizado este asunto para atacar con dureza a la Junta de Comunidades.

De hecho, el PP había solicitado la apertura de un juicio oral, por la vía penal,  "para evitar discusiones tan dilatorias como estériles" que, según consta en su escrito ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Sigüenza, supondría llevarlo ante la Audiencia Provincial.

El PP solicitaba tres años de prisión, 2.500 euros de multa e inhabilitación de cinco años para altos cargos y técnicos de la Junta que ahora han sido exculpados. Solicitaba también el PP, en concepto de responsabilidad civil, indemnizaciones de 200.000 euros para las familias de las víctimas y también la responsabilidad civil subsidiaria para la empresa Tragsa, responsable del servicio de prevención y extinción de incendios, para la Junta de Comunidades y para el Ayuntamiento de La Riba de Saelices.

http://www.dclm.es/news/164/ARTICLE/70688/2010-07-22.html

PROCESAN A 20 DE LOS IMPUTADOS POR EL INCENDIO DE GUADALAJARA

La juez de Sigüenza ha dictado un auto en el que se dispone el procesamiento para veinte de los imputados por el incendio en el que en 2005 murieron once personas, y son los mismos veinte ya procesados en mayo del año pasado en una resolución que luego fue dejada sin efecto por una cuestión de forma.

En el auto, la juez única de Sigüenza instructora del caso, María del Mar Lorenzo, tipifica los hechos como delito de incendio forestal por imprudencia grave, y ha dictado asimismo un segundo auto, por el cual sobresee la causa respecto a los otros nueve imputados.

Los más altos cargos políticos procesados son la entonces consejera de Medio Ambiente de Castilla-La Mancha -quien dimitió días después del incendio-, Rosario Arévalo, y el entonces director general castellanomanchego del Medio Natural, José Ignacio Nicolás, mientras que también son procesados otros cargos políticos, técnicos de diferentes órganos administrativos y tres de los excursionistas que prendieron la barbacoa originaria del fuego.

Fuentes judiciales han informado de que Nicolás está también procesado, aunque por un error no figure en el listado final del auto de procesamiento, después de que sus hechos los considere la juez como delito en el punto anterior de la resolución judicial.

Hace dos meses, el 13 de noviembre de 2009, la juez dejó sin efecto el auto que ella dictó en mayo debido a que había llevado el caso por un procedimiento abreviado en vez de sumario y a que en octubre la Audiencia Provincial de Guadalajara le instó -a petición de la fiscalía- a que llevara el caso por el procedimiento sumario (con lo que será juzgado en la Audiencia y no en Sigüenza) porque había peticiones de pena superiores a nueve años.

www.efe.es  13 de enero de 2010

EL CGPJ RECHAZA POR UNANIMIDAD CONCEDER EL AMPARO A LA JUEZA DEL INCENDIO DE GUADALAJARA

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado este viernes por unanimidad conceder el amparo solicitado por la juez de Sigüenza María del Mar Lorenzo, instructora de la causa judicial que se sigue por el incendio de Guadalajara de 2005, aunque ha pedido que se respete la independencia judicial.

El órgano de gobierno de los jueces destaca en una resolución aprobada este viernes tras la reunión de la Comisión Permanente que en el caso de la juez Lorenzo "no concurren las circunstancias y presupuestos que, analizados desde un punto de vista objetivo, determinan la concesión de amparo".

Esta medida, contemplada en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) se otorga, a aquel magistrado que "objetivamente" vea perturbada su independencia por medio de ataques que pongan en riesgo su capacidad de decidir sin presiones.

Críticas a la instrucción judicial

La magistrada solicitó el amparo al CGPJ debido a las críticas que recibió por su instrucción judicial y después de que las Cortes de Castilla-La Mancha aprobaran una resolución el pasado 18 de junio en la que se pedía el sobreseimiento de la causa contra los técnicos de la Junta que estaban imputados y se mantuviera contra los excursionistas.

Así lo confirmó en rueda de prensa el pasado 2 de julio la vocal territorial del CGPJ, Gabriela Bravo, quien detalló que la juez de Sigüenza ha pedido respaldo ante las críticas recibidas en torno al caso del incendio y por esta resolución del Parlamento autonómico.

El 17 de julio de 2005 un incendio en los pinares del Ducado, originado por una barbacoa campestre mal apagada, provocó la muerte de once integrantes de un retén de Cogolludo, en las proximidades de La Riba de Saelices, y más de 13.000 hectáreas quemadas.

La titular del juzgado número 1 de Sigüenza, María del Mar Lorenzo, imputó en mayo de 2009 a veinte personas por este incendio, entre ellas la ex consejera de Medio Ambiente de Castilla-La Mancha Rosario Arévalo.

http://www.rtve.es/noticias/20090814/cgpj-rechaza-por-unanimidad-conceder-amparo-jueza-del-incendio-guadalajara/289040.shtml

LA JUEZ DEL INCENDIO DE GUADALAJARA VE DELITO EN 16 CARGOS Y TÉCNICOS DE LA JUNTA DE CASTILLA-LA MANCHA

La magistrada acusa a la ex consejera y a su delegado en Guadalajara por la muerte de 11 miembros de un retén en 2005. -José Ignacio Nicolás, director general de Medio Natural durante el incendio y actual director de Política Forestal, presenta su dimisión

La juez, María del Mar Lorenzo, que investiga el incendio de Guadalajara, ha dado el primer paso para sentar en el banquillo a 16 técnicos y cargos de la Junta de Castilla-La Mancha a los que considera responsables de la muerte, en julio de 2005, de 11 miembros de un retén que fueron devorados por el fuego. La juez ha cambiado el criterio de su predecesora -que iba a archivar el asunto- y ha considerado que desde la ex consejera de Medio Ambiente, Rosario Arévalo, a los técnicos que dirigieron la extinción hubo un delito continuado por "la defectusa ejecución del plan de emergencias, la tardanza en la localización, movilización tardía de medios humanos y materiales y retraso en el pronto ataque" del incendio.

La juez ignora el informe pericial que ella misma encargó y que descartó que hubiera negligencia en la extinción y tampoco aceptó los informes de la defensa. La juez actúa también contra tres excursionistas que iniciaron la barbacoa que acabó arrasando 12.874 hectáreas de pinar en Guadalajara.

El auto judicial considera que todos estos incurrieron en un imprudencia grave, que "no puede circunscribirse a la única acción de prender el fuego". Además, para los responsables de la consejería considera que pudo haber un delito contra los trabajadores por infringir "las normas de prevención de riesgos laborales". Por último achaca un delito de "homicidio por imprudencia profesional" a siete técnicos que dirigieron la extinción, pero considera que este tipo penal no es aplicable a quienes encendieron la barbacoa de la que saltó la chispa que originó el incendio.

José Ignacio Nicolás, que era director general de Medio Natural durante el incendio de Guadalajara y que lo es de Política Forestal ha presentado este jueves su dimisión tras el auto de la juez en el que considera que él incurrió en una imprudencia grave relacionada con "la prevención y la lucha contra incendios forestales y estado del monte, todo ello en relación a las funciones que tenía encomenadas"

www.elpais.es  21/05/2009

DE COSPEDAL VE "MUY GRAVE" LA IMPUTACIÓN DE OTRO CARGO POR EL INCENDIO DE GUADALAJARA

La secretaria general del PP y presidenta del PP de Castilla-La Mancha, Dolores de Cospedal, calificó de 'hecho muy grave' que la juez haya citado a declarar como imputado a otro alto cargo del Gobierno castellano-manchego por su actuación en el incendio de Guadalajara de julio de 2005 y criticó que la Junta de Comunidades de esta región siga 'negándose a abrir' una investigación.

La juez, Maria del Mar Lorenzo Calvo, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Sigüenza (Guadalajara), ha citado como imputado al director de Política Forestal de la Junta de Comunidades, José Ignacio Nicolás Dueñas, en el proceso que se sigue por el incendio de Guadalajara, en el que se quemaron 13.000 hectáreas de pinos y fallecieron once integrantes de un retén de extinción.

'Nos parece un hecho muy grave que la juez competente haya declarado imputado al 'número dos' de la entonces Consejería de Medio Ambiente, que hoy sigue siendo el 'número dos' de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha', recalcó.

De Cospedal destacó que Nicolás Dueñas está imputado por un presunto delito de incendio forestal por imprudencia grave 'al detectarse carencias importantes en la prevención y en la lucha contra los incendios forestales'. 'Nos parece de una gravedad extrema', enfatizó. Además, recordó que también está imputada la antigua consejera de Medio Ambiente de la Junta.

Además, afirmó que su partido 'siempre ha pedido la repetición de la comisión de investigación' sobre este incendio por considerar que 'fue un fraude'. De hecho, indicó que las familias 'han denunciado sistemáticamente que no saben la verdad' y que 'no quieren seguir siendo maltratadas' por el Gobierno de Castilla-La Mancha.

'Nos parece de extrema gravedad la actuación de la Junta de Comunidades, la que tuvo entonces y la que sigue teniendo ahora, negándose a abrir ningún tipo de comisión de investigación y tratando a los familiares de las víctimas de una manera y con un desprecio que nadie se merece', concluyó.

http://www.laregioninternacional.com/noticia.php?id=33834 04.08.08

UN ACUERDO CONTRARIO A LA LEY ELECTORAL APARTÓ A LA JUEZ DEL CASO DE GUADALAJARA

El Poder Judicial dio 10 días a la magistrada para su traslado en lugar de los 100 que establece la norma - Su sustituta ha imputado a varios cargos de la Junta

Pudo ser el Prestige de Zapatero. El incendio de Riba de Saelices (Guadalajara), que acabó con la vida de 11 miembros de un retén de la Junta de Castilla-La Mancha el 17 de julio de 2005 y arrasó 12.000 hectáreas de bosque del Parque Regional del Alto Tajo, es el siniestro de mayor trascendencia de la legislatura que acaba de terminar. Pero la juez en la que recayó el caso, Concepción Azuara, entonces titular del Juzgado de Instrucción de Sigüenza, descartó cualquier responsabilidad de los cargos de la Junta de Castilla-La Mancha o del Estado que gestionaron la extinción del fuego. Dos años después del suceso, Azuara se vio obligada a dejar el caso contra su voluntad por una decisión del Poder Judicial que vulneró la Ley Electoral.

Pero la juez en la que recayó el caso, Concepción Azuara, entonces titular del Juzgado de Instrucción de Sigüenza, descartó cualquier responsabilidad de los cargos de la Junta de Castilla-La Mancha o del Estado que gestionaron la extinción del fuego. Dos años después del suceso, Azuara se vio obligada a dejar el caso contra su voluntad por una decisión del Poder Judicial que vulneró la Ley Electoral.

El 25 de abril de 2007, la juez ascendió a magistrada -una promoción reglada por antigüedad que conllevaba el traslado a San Sebastián-, pero reclamó que se pospusiera su cambio de destino hasta que terminara la investigación del incendio. En su escrito, además de citar casos similares -como el del ex juez de Marbella Miguel Ángel Torres, cuyo destino a Granada se pospuso mientras terminó la instrucción del caso Malaya- recordó que era presidenta de la Junta Electoral de Zona de Sigüenza y que, por tanto, debía permanecer en su puesto hasta que acabara su mandato, 100 días después de las elecciones (las municipales y autonómicas del 27 de mayo de ese año). Ese plazo lo establece el artículo 15.2 de la Ley Electoral, y el Consejo lo venía aplicando cada vez que se daba un caso de este tipo.

Sin embargo, la comisión permanente del órgano de gobierno de los jueces cambió de criterio y, en contra de lo dispuesto en la ley, comenzó a dar a los jueces ascendidos que fueran miembros de Juntas Electorales un plazo de sólo 10 días para que se incorporaran a sus nuevos destinos. Esta resolución contra legis no afectó sin embargo al grupo de jueces ascendidos inmediatamente antes que Azuara, que, a diferencia de ella, permanecieron en sus puestos hasta 100 días después de los comicios, cumpliendo con el plazo legal. En contra del nuevo criterio se pronunciaron dos de los vocales de la comisión por considerar que suponía "una vulneración flagrante por vía de hecho de los artículos 15.2 y 16.1" de la Ley Electoral.

Según lo establecido en esa ley, Concepción Azuara debió permanecer al frente de su juzgado e instruyendo el caso del incendio de Guadalajara hasta el pasado septiembre. Ese plazo, según fuentes del caso del incendio, hubiera sido más que suficiente para que la juez archivara las actuaciones respecto a la supuesta implicación de personal de la Junta. Azuara acababa de encargar un informe pericial que rechazó cualquier imprudencia o negligencia de los técnicos de extinción del Gobierno regional en la muerte de los 11 miembros del retén.

Dos años después de la marcha de Azuara, su sustituta, María del Mar Lorenzo, ha dado un viraje en redondo a la investigación. Hasta el momento ha imputado en la causa al menos a 28 personas. Entre ellas se encuentran políticos como el delegado en Guadalajara de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta, el director del parque regional y dos alcaldes. Siete técnicos de extinción de la Junta también se encuentran entre los señalados por la juez, además de los que hicieron la barbacoa que originó el incendio (los únicos imputados por Azuara). La juez Lorenzo ha imputado también al responsable de la empresa Tragsa (adscrita al Ministerio de Medio Ambiente) y ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que impute a la entonces consejera de Medio Ambiente, Rosario Arévalo -que dimitió tras las muertes-, por considerarla aforada.

Lo que establece la Ley Electoral

- Artículo 151. En el supuesto de que se convoquen simultáneamente varias elecciones, las Juntas provinciales y de zona que se constituyan serán administración competente para todas ellas.2. El mandato de las Juntas Provinciales y de Zona concluyecien días después de las elecciones.3. Si durante su mandato se convocasen otras elecciones,la competencia de las Juntas se entenderá prorrogada hastacien días después de la celebración de aquellas.- Artículo 161. Los miembros de las Juntas Electorales son inamovibles.2. Solo podrán ser suspendidos por delitos o faltas electorales, previo expediente abierto por la Junta Superior medianteel acuerdo de la mayoría absoluta de sus componentes, sin perjuicio del procedimiento judicial correspondiente.3. En las mismas condiciones, la Junta Central es competente para acordar la suspensión de sus propios miembros.

www.elpais.es 20.0. 2008

EL TRASLADO ADELANTADO SÓLO LO PUEDE SOLICITAR LA MAGISTRADA

Acortar el plazo en que los jueces trasladados deben permanecer en las juntas electorales de zona de 100 días a 10 no fue una decisión pacífica en el Consejo. El primer acuerdo de este tipo, adoptado por la comisión permanente del 17 de abril de 2007, contó con los votos en contra de dos vocales. Ante esas discrepancias, en una reunión posterior se acordó consultar a la Junta Electoral Central. Ese órgano de la administración electoral, formado por ocho magistrados del Tribunal Supremo y cinco catedráticos de Derecho, respondió que sólo el propio juez podía solicitar su renuncia como miembro de la junta.

"Conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General los miembros de las juntas electorales son inamovibles, si bien, esta Junta tiene reiteradamente acordado que el traslado con cambio de destino es causa justificada de renuncia por el interesado a la condición de miembro de una junta electoral", estipuló la Junta Electoral Central en su resolución de 9 de mayo de 2007 como contestación al Consejo.

La titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Sigüenza, Concepción Azuara, nunca renunció a su puesto como presidenta de su Junta Electoral de Zona. Al contrario, invocó la Ley Electoral para solicitar su permanencia en el juzgado y así seguir instruyendo el caso del incendio.

Recursos al pleno

Tampoco estuvieron de acuerdo varios compañeros de Azuara que ascendieron a magistrado al mismo tiempo que ella y también tuvieron que abandonar sus juzgados diez días después de las elecciones. Al menos seis jueces que se encontraban en la misma situación que la de Sigüenza

recurrieron la decisión de la comisión permanente ante el pleno del Consejo. En todos esos casos, la mayoría conservadora que domina el órgano de gobierno de los jueces rechazó sus peticiones.

Contra esos acuerdos presentaron voto particular los vocales progresistas Fernando Salinas (vicepresidente del Consejo), María Ángeles García, Juan Carlos Campo, Luis Aguiar y Félix Pantoja (todos ellos propuestos por el PSOE salvo el último propuesto por IU). Tales acuerdos, según sus escritos, "vulneran palmariamente los artículos 15 y 16.1 de la Ley Electoral y desconocen las resoluciones de la Junta Electoral Central que son rotundas y terminantes (...)". "No se alcanza pues a comprender las razones del acuerdo tomado, acuerdo que no tiene asidero legal ni reglamentario y es meramente voluntarioso", añadieron.

www.elpais.es 20.0. 2008

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