María del Coro Cillán y García de Iturrospe
Me lo quedé porque era mío
Jose Yoldi
Una juez tardó un año en resolver para reactivar un caso sobre el 11-M
“A los silenciosos no se les puede quitar la palabra”. Esa irónica frase del poeta polaco Stanislaw Jerzy Lec refleja la única ventaja de los que nunca tienen voz. Porque frente a las florecientes asociaciones de extrema derecha seudopatrióticas, sindicatos sin afiliados más que sospechosos y personal sin escrúpulos que ha decidido hacer carrera a costa de las víctimas y que se lanzan a interponer acciones criminales contra ministros, jueces, policías o políticos, cuyas actuaciones o resoluciones no les gustan, no existe, que se conozca, agrupación de signo ideológico contrario que use los tribunales para obtener similar satisfacción.
El caso viene a cuento a raíz de la decisión de la Audiencia de Madrid de archivar la causa con la que se pretendían reactivar las teorías conspiranoicas sobre los atentados del 11-M y volver con la matraca de que ETA estuvo detrás de la matanza del 11 de marzo de 2004. Para eso era necesario que el explosivo utilizado no hubiera sido la dinamita robada en Mina Conchita por José Emilio Suárez Trashorras y Jamal Ahmidan, sino Titadyn, y para ello era muy conveniente acusar a los artificieros de manipular las pruebas con oscuros propósitos y a los peritos de la policía científica y de la Guardia Civil de mentir con idéntico fin en la pericial de explosivos del juicio del 11-M. Como nada de todo eso resultó del proceso de la Audiencia Nacional, sino todo lo contrario, es decir, que las bombas las pusieron los miembros de la célula yihadista de Leganés y que ETA no tuvo ninguna intervención, el 4 de junio de 2009 el partido Alternativa Española presentó una denuncia contra el comisario Juan Jesús Sánchez Manzano, jefe de los artificieros el día de los atentados; una perito de los Tedax y otros policías a los que, con base en el libro Titadyn, se acusaba de haber ocultado pruebas de las explosiones del 11-M. El caso cayó en el Juzgado 6 de Madrid y fue archivado el 19 de junio, con un auto de sobreseimiento libre, en el que el juez Ramiro García de Dios destacaba que la denuncia era “totalmente infundada” y que los hechos supuestamente delictivos no resistían “el más mínimo análisis crítico en derecho y desde el derecho”. Finalmente, explicaba que “mediante técnica retorcida y taimada” se trataba de utilizar de forma espuria la jurisdicción penal.
El caso se había tratado de resucitar en la Audiencia Nacional, pero el juez Eloy Velasco entendió que era cosa juzgada. El magistrado añadía que “no se puede practicar siempre la misma prueba hasta llegar al resultado apetecido”. Cegadas esas vías, la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M presentó el 9 de julio de 2009 una querella por los mismos hechos, que en lugar de remitirse al Juzgado número 6 como, por antecedentes, debería haberse hecho, se repartió al Juzgado 43. Y la juez Coro Cillán, jaleada por la acorazada mediática conspiranoica, se empecinó en investigar unas conductas que otro juzgado ya había declarado que no eran delictivas. La abogada de los policías, María Ponte, pidió el sobreseimiento libre y explicó a la juez que era cosa juzgada. Dado que si el caso pasaba a la Audiencia se lo iban a quitar —como así ha sido—, la juez Coro Cillán tardó un año y cinco meses —del 21 de diciembre de 2009 hasta el 25 de mayo de 2011— en denegar la pretensión de la defensa. La abogada le tuvo que recordar en tres ocasiones que seguía sin resolver su petición, lo que le impedía apelar a la Audiencia. Cillán solo se dio prisa después de que la letrada la denunciara en el Consejo del Poder Judicial. La actuación de la juez al no resolver para quedarse con el caso encajaba en la falta muy grave de “desatención o retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas”. Pero de la actuación del CGPJ nada se sabe. La denuncia probablemente sería archivada, porque Cillán siguió en sus trece hasta que la Audiencia le ha dicho basta.
Ahora que el Supremo ha puesto de moda la prevaricación cabe preguntarse: ¿es delito no resolver en año y medio para evitar que en la apelación te archiven el caso porque era cosa juzgada y otro juzgado ya lo archivó antes de que admitieras a trámite la querella? Si el caso hubiera sido de otro signo político no tengan duda de que numerosas asociaciones salvapatrias se habrían querellado contra la juez. En este caso, ni los policías perjudicados lo han hecho. Después de casi tres años acusados en un proceso que no se debía haber iniciado, o están agotados o no confían en la justicia. Y ya saben, a los silenciosos no se les puede quitar la palabra.www.elpais.es 27.02.12
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