Pérez de
los
Cobos
queda el
tercero
[y
último]
para el
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
Los
diputados
del
Consejo
de
Europa (APCE)
eligen a
María
Elósegui
Ichaso
como
nueva
jueza
española,
frente a
José
Martín y
Pérez de
Nanclares
y el
candidato
de Rajoy
La
Asamblea
Parlamentaria
del
Consejo
de
Europa (APCE)
ha
elegido
este
martes a
María
Elósegui
Ichaso
como
nueva
jueza
española
en el
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos.
Su
candidatura
ha
estado
avalada
por 114
diputados
frente a
los 76
de José
Martín y
Pérez de
Nanclares
[que
partía
como
favorito]
y los
37
de
Francisco
Pérez de
los
Cobos,
el
candidato
preferido
de
Mariano
Rajoy.
El
expresidente
del
Tribunal
Constitucional
y
antiguo
militante
del
Partido
Popular
hizo un
garrafal
ridículo
en la
prueba
de
inglés,
obligatorio
para
este
puesto.
Según el
informe
de la
APCE,
Pérez de
los
Cobos
recibió
0 votos
de los
10
posibles.
En la
entrevista
del
pasado
12 de
enero
ante la
APCE el
magistrado
pidió
hacer la
entrevista
en
español
porque
controlaba
el
inglés,
pero no
tanto, y
se
comprometió
a
realizar
los
cursos
que
fueran
necesarios.
Era el
único de
los tres
candidatos
que en
su CV no
aporta
diplomas
oficiales
y se
limita a
decir
que el
inglés
se le da
“good”,
mientras
que el
francés,
“very
good”.
María
Elósegui
es la
primera
mujer
que
representa
a España
en el
TEDH. Es
catedrática
Catedrática
de
Filosofía
del
Derecho
en la
Universidad
de
Zaragoza
y
experta
española
de la
Comisión
Europea
contra
el
Racismo
y la
Intolerancia
entre
2013 y
2017. Su
mandato
es de
nueve
años.
https://www.elplural.com/politica/2018/01/23/perez-de-los-cobos-ultimo-tribunal-derechos-humanos
España
tendrá,
por
primera
vez, una
juez en
el
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
El
Consejo
de
Europa
elige a
la
catedrática
María
Elósegui
Itxaso
como
miembro
del
Tribunal
de
Estrasburgo
El
Consejo
de
Europa
ha
elegido
este
martes a
María
Elósegui
Itxaso,
catedrática
de
Filosofía
del
Derecho
en la
Universidad
de
Zaragoza,
como
nueva
juez
española
en el
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
(TEDH)
con sede
en
Estrasburgo.
La
candidatura
de la
primera
mujer
española
que será
magistrada
en
Estrasburgo
ha
logrado
114
votos,
alcanzando
así una
mayoría
absoluta
que ha
hecho
innecesaria
una
segunda
vuelta.
Desde
que
comenzó
su
presencia
en el
TEDH, en
1978,
todos
los
representantes
españoles,
seis
hasta la
fecha,
han sido
hombres.
No es un
caso
único el
de
España.
Actualmente,
de los
47
jueces
del
TEDH,
solo 15
son
mujeres.
Ese es
uno de
los
motivos
de que
el
Consejo
de
Europa
establezca
como
requisito
que,
salvo
contadas
y
justificadas
excepciones,
entre la
terna de
candidatos
a
magistrado
que
deben
proponer
los
gobiernos
figure
al menos
una
mujer.
Los
oponentes
de
Elósegui,
José
Martín y
Pérez de
Nanclares
y el
expresidente
del
Tribunal
Constitucional,
José
Luis
Pérez de
los
Cobos,
han
obtenido
76 y 37
votos,
respectivamente.
La
ciudad
de
Estrasburgo
no le es
ajena a
esta
doctora
en
Derecho
y
Filosofía
con
formación
en
varias
universidades
europeas.
Desde
2013 y
hasta el
pasado
diciembre,
formó
parte
como
experta
independiente
de la
Comisión
contra
el
Racismo
y la
Intolerancia
del
Consejo
de
Europa (ECRI).
Ha
centrado
parte de
sus
investigaciones
en
cuestiones
de
derechos
humanos
relacionados
con el
tribunal
europeo
del que
ahora va
a pasar
a formar
parte,
además
de
trabajar
en temas
de
libertad
de
pensamiento,
conciencia
y
religión,
así como
de
mujeres
y
migrantes
tanto en
España
como a
nivel
europeo.
Revés
para
Rajoy
El
nombramiento
de
Elósegui
supone
un revés
para el
Gobierno
de
Mariano
Rajoy.
El
Ejecutivo
popular
maniobró
durante
meses
para
favorecer
a su
candidato
favorito,
Francisco
Pérez de
los
Cobos.
Llegó a
guardarle
el
puesto
esperando
a que
acabara
su
mandato
para
lanzar
la
convocatoria
—el
mandato
del
actual
juez
español
en
Estrasburgo
expiró
oficialmente
en enero
de
2017—, e
incluso
quiso
amoldar
los
requisitos
de edad
para el
mismo a
su
favor,
si bien
el
Tribunal
Supremo
acabó
anulando
por
discriminatoria
esa
medida.
La
victoria
de
Elósegui
(San
Sebastián,
1957) ha
constituido
sin
embargo
una
sorpresa,
ya que
la
comisión
parlamentaria
que
analizó
los
currículums
de los
tres
aspirantes
españoles
y los
entrevistó
en París
el 12 de
enero
había
propuesto,
por
amplia
mayoría,
a Pérez
de
Nanclares
“como el
candidato
más
cualificado”.
Generalmente,
el
Consejo
de
Europa
suele
hacer
caso de
esta
recomendación
realizada
por
expertos.
Elósegui
sucederá
al juez
Luis
López
Guerra,
que fue
propuesto
durante
el
mandato
del
socialista
José
Luis
Rodríguez
Zapatero.
Los
jueces
del TEDH
son
elegidos
por un
solo
periodo
renovable
de nueve
años.
Esa
condición
fue
precisamente
a la que
se
aferró
el
Gobierno
español
para
intentar
poner el
límite
de 61
años a
las
candidaturas
al TEDH
cuando
abrió el
año
pasado
el
proceso
de
selección.
Una
maniobra
interpretada
como un
intento
de
beneficiar
a Pérez
de los
Cobos
(Murcia,
1962)
frente a
la que
se
consideraba
entonces
su
máxima
rival,
la
también
expresidenta
del
Constitucional
María
Emilia
Casas,
que
superaba
la edad
máxima
impuesta
por el
ejecutivo.
La
medida
fue
recurrida
por la
asociación
Jueces
para la
Democracia
y,
finalmente,
el
Tribunal
Supremo
acabó
por
anularla
en mayo
pasado,
al
considerar
que era
discriminatoria.
De todos
modos,
ninguno
de los
tres
candidatos
que
acabaron
constituyendo
la terna
propuesta
por
España
ha
cumplido
aún los
61 (Elósegui
Itxaso
lo hará
a
finales
de año).
No ha
sido la
única
controversia
que ha
rodeado
a Pérez
de los
Cobos.
En
España
se puso
en duda
su
imparcialidad
como
juez en
2013.
Ese año,
cuando
ya
ejercía
como
presidente
del
Tribunal
Constitucional,
se
conoció
que
figuraba
en el
listado
de
donantes
y
afiliados
del PP
entre
2008 y
2011,
cuyas
aportaciones
sirven
para
sufragar
los
gastos
del
partido.
De los
Cobos
fue
elegido
magistrado
del alto
tribunal
el 29 de
diciembre
de 2010.
Estrasburgo
requiere
que los
aspirantes
a juez
en el
TEDH
indiquen
en su
currículum
si han
ocupado
algún
puesto
“en un
partido
político
o
movimiento”.
Mientras
que
Pérez de
Nanclares
y
Elósegui
especificaron
claramente
que no
pertenecen
a ningún
partido
ni han
ejercido
función
alguna
en uno
en el
pasado,
Pérez de
los
Cobos no
se
pronunció
al
respecto.
https://politica.elpais.com/politica/2018/01/23/actualidad/1516699516_201350.html?rel=str_articulo#1516842107596
Pérez de
los
Cobos
recibió
cero
votos
por no
saber
inglés
ni
francés
hablado
en el
“examen”
para
magistrados
del TEDH
Francisco
Pérez de
los
Cobos,
57 años,
expresidente
del
Tribunal
Constitucional
y
candidato
favorito
del
Gobierno
para el
puesto
de
magistrado
del
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
(TEDH),
recibió
cero
votos
-de los
10 en
juego-
de la
Comisión
de la
Asamblea
Parlamentaria
del
Consejo
de
Europa (APCE)
por no
tener el
nivel de
inglés o
francés
hablado
requerido,
requisito
imprescindible
para
formar
parte
del
máximo
tribunal
de
garantías
del
Viejo
Continente.
Pérez de
los
Cobos
fue
“examinado”
-una
entrevista
oral- en
París,
el
pasado
12 de
enero
por los
10
componentes
de dicha
Comisión
junto a
los
otros
dos
miembros
de la
terna de
candidatos
presentada
por el
Gobierno
de
España,
el
director
de la
Asesoría
Jurídica
Internacional
del
Ministerio
de
Asuntos
Exteriores
y
Cooperación,
José
Martín y
Pérez de
Nanclares,
de 53
años, y
la
catedrática
de
Filosofía
del
Derecho
en la
Universidad
de
Zaragoza,
María
Elósegui,
de 60
años.
Los
miembros
de dicha
Comisión
fueron
Boriss
Cilevics,
Letonia
(presidente),
Donald
Anderson,
Reino
Unido,
Eka
Beselia,
Georgia,
Titus
Corlatean,
Rumanía,
y
Evangelos
Venizelos,
Grecia,
por el
Grupo
Socialista;
Rónán
Mullen y
Attila
Tilki,
Irlanda
y
Hungría,
por el
Grupo
Popular
Europeo;
Jordi
Xuclá,
España
(es
diputado
por el
PdeCAT
en el
Congreso),
por la
Alianza
de
Liberales
y
Demócratas
por
Europa;
David
Blencathra,
Reino
Unido,
por el
Grupo de
Conservadores
de
Europa;
y Olena
Sotnyk,
Ucrania,
presidenta
de la
Comisión
sobre
Asuntos
Legales
y
Derechos
Humanos
del
Consejo
de
Europa.
Según ha
podido
saber
Confilegal,
cuando
comenzaron
a
preguntar
a Pérez
de los
Cobos en
inglés
les
respondió:
“¿pueden
preguntarme
en
español?”.
Fuentes
del
entorno
del
expresidente
del
Constitucional
dicen
que al
candidato
“se vio
sorprendido”
porque
esperaba
que la
entrevista
fuera en
español,
de ahí
que su
candidatura
haya
perdido
todo el
fuelle
con el
que
partió.
Pérez de
los
Cobos
facilitó
el
siguiente
cuadro
-dentro
de su
curriculum-
al
Consejo
de
Europa,
detallando
los
idiomas
que
domina.
En el
mismo
figura
el
inglés,
“Good”
(bien)
en
lectura,
en
escritura
y
hablado,
si bien
el
expresidente
del
Constitucional
reconoce
que
“aunque
mi nivel
de
inglés
cumple
con los
estándares
exigidos,
debería
tomar
clases
intensivas
de ese
idioma
para
llevar a
cabo mis
tareas
como
juez en
el
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos,
por lo
que me
comprometo
a
tomarlas
para
cumplir
con mis
deberes
tal como
se
precisa
para tal
responsabilidad”.
Sobre el
dominio
del
francés
dice
“Very
good”
(muy
bien),
leído,
escrito
y
hablado.
A Pérez
de los
Cobos le
correspondió
el honor
de abrir
el año
judicial
en el
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
el 30 de
enero de
2015,
como
invitado
especial,
con un
discurso
en el
que se
mostró a
favor de
la
adhesión
de la UE
al
Convenio
Europeo
de
Derechos
Humanos,
que leyó
en
francés.
Sea como
fuere,
los diez
parlamentarios
de la
APCE lo
tuvieron
muy
claro
tras
entrevistar
a los
tres
candidatos,
desestimando
al
favorito
del
Gobierno
español.
“La
Comisión
recomienda
a la
Asamblea,
por una
gran
mayoría,
al señor
don José
Martín y
Pérez de
Nanclares
por ser
el
candidato
más
cualificado”,
dicen en
su
informe
los diez
parlamentarios
del
Consejo
de
Europa.
Martín y
Pérez de
Nanclares
recibió
7 votos
y
Elósegui
3.
Fuentes
solventes
niegan
que
Pérez de
los
Cobos no
sepa
hablar
inglés
ni
francés
y que
las
cosas
hayan
sucedido
como se
ha
relatado
aquí, si
bien no
ponen en
tela de
juicio
el
resultado.
EL
GOBIERNO
ESPAÑOL
ANTE UNA
DIFÍCIL
TESITURA
El
elegido
por la
Comisión
de la
APC es
Martín y
Pérez de
Nanclares,
lo que
deja al
Gobierno
español
ante una
difícil
tesitura:
ejercer
su
“musculo
político”
ante los
miembros
del
pleno de
la
Asamblea
Parlamentaria
del
Consejo
de
Europa,
previsto
para el
próximo
martes
en
Estrasburgo,
y forzar
a sus
aliados
políticos
a que
voten a
Pérez de
los
Cobos o
dejar
que sea
elegido
Martín y
Pérez de
Nanclares.
En
cualquiera
de los
casos,
el
bochorno
para el
Gobierno
ya está
asegurado.
https://confilegal.com/20180121-perez-los-cobos-recibio-cero-votos-no-saber-ingles-frances-hablado-examen-magistrados-del-tedh/
EL
EXPRESIDENTE
DEL TC,
EN LA
POLÉMICA
TERNA
DEL
GOBIERNO
PARA
ESTRASBURGO
Pérez de
los
Cobos y
el jefe
jurídico
de
Exteriores
tendrán
conflicto
de
interés
en los
asuntos
sobre
Cataluña
si
consiguen
ser juez
en el
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
La
normativa
indica,
de modo
expreso,
que
tienen
que ser
candidatos
“con
exigencias
de
independencia
e
imparcialidad”.
El
Gobierno
ha
presentado
en la
terna
para la
elección
del juez
titular
del
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
(TEDH)
de
Estrasburgo
a dos
jueces
afines
al
Ejecutivo
de
Mariano
Rajoy,
según
acordó
el
pasado
viernes
la
reunión
del
Consejo
de
Ministros.
Francisco
de Asís
Pérez de
los
Cobos
Orihuel
(que fue
militante
del
Partido
Popular)
y
presidente
del
Tribunal
Constitucional
entre
2013 y
marzo de
este
año, y
José
Martín y
Pérez de
Nanclares,
actual
jefe de
la
Asesoría
Jurídica
Internacional
del
Ministerio
de
Asuntos
Exteriores
y de
Cooperación,
son los
grandes
favoritos
para
conseguir
el
puesto.
La otra
candidata
es María
Elósegui
Ichaso,
catedrática
de
Filosofía
del
Derecho
de la
Universidad
de
Zaragoza.
Fuentes
jurídicas
consultadas
por El
Confidencial
subrayan
que
Martín y
Pérez de
Nanclares
y Pérez
de los
Cobos
“tendrán
conflicto
de
interés”
en los
casos
que
puedan
afectar
a
España,
sobre
todo en
los
asuntos
referidos
a
Cataluña
y al
proceso
independentista
que,
como ya
han
anunciado,
serán
recurridos
por
miembros
del
anterior
Govern
de la
Generalitat
destituido
por el
Gobierno
tras la
aplicación
del
artículo
155 de
la
Constitución.
“Cuando
se trate
algún
tema
relacionado
con los
últimos
acontecimientos
políticos
en
Cataluña,
deberían
estar
con los
brazos
cruzados,
tendrán
que
inhibirse.
Uno
porque
es
asesor
jurídico
de
Exteriores
y otro
porque
ha sido
presidente
del
Constitucional”,
subrayaron
estas
mismas
fuentes.
Cada
juez del
TEDH
cobra
unos
20.000
euros al
mes.
Cambio
de
planes
En el
caso de
Martín y
Pérez de
Nanclares,
el
Gobierno
cambió
los
requisitos
de la
primera
a la
segunda
convocatoria
para que
el jefe
de la
asesoría
jurídica
pudiese
formar
parte
también
de esa
terna.
En la
resolución
del 25
de enero
de 2017
de la
Subsecretaría
del
Ministerio
de la
Presidencia
y para
las
Administraciones
Territoriales,
publicada
en el
Boletín
Oficial
del
Estado
del
pasado
31 de
enero,
se
especifica
que en
el
comité
encargado
de
evaluar
la
idoneidad
de las
candidaturas
se
contaría
con el
apoyo de
la
Asesoría
Jurídica
Internacional
del
Ministerio
de
Asuntos
Exteriores
y
Cooperación.
Cambió
los
requisitos
de la
primera
a la
segunda
convocatoria
para que
el jefe
de la
asesoría
jurídica
pudiese
formar
parte
también
de esa
terna
El BOE
publicó
el
pasado
26 de
julio la
apertura
del
plazo
para
presentar
candidaturas,
y no
incluyó
ya la
necesidad
del
apoyo de
los
asesores
de
Exteriores,
ni
tampoco
del
Consejo
General
del
Poder
Judicial,
Fiscalía
General
del
Estado,
Defensor
del
Pueblo y
la
Oficina
de
Interpretación
de
Lenguas
del
Ministerio
de
Asuntos
Exteriores
y de
Cooperación.
Una
medida
"discriminatoria"
Ninguno
de los
tres
candidatos
es juez
especialista
en
derechos
humanos.
El cargo
es por
un
periodo
de nueve
años no
renovable.
El 31 de
enero
acabó el
mandato
de Luis
López
Guerra,
quien
desde
2007
magistrado
del
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
(TEDH),
elegido
por la
Asamblea
Parlamentaria
del
Consejo
de
Europa.
El
Gobierno
español
solicitó
una
prórroga
de seis
meses
para
sustituir
a López
Guerra.
Para
presentarse,
no podrá
superar
la edad
de 61
años en
la fecha
límite
para
optar a
las
candidaturas.
La
asociacion
Jueces
para la
Democracia
recurrió
ante el
Tribunal
Supremo
que la
edad
máxima
para ser
candidato
al TEDH
fuera de
61 años.
Entendía
la
medida
como
“discriminatoria”.
La Sala
de lo
Contencioso
Administrativo
considera
que el
equisito
de la
edad era
discriminatorio
y anuló
el
acuerdo
del
Consejo
de
Ministros
de 20 de
enero de
2017.
María
Emilia
Casas,
expresidenta
del
Constitucional,
de 66
años,
también
aspiraba
al
puesto
en el
tribunal
europeo.
Su
nombramiento
como
miembro
del
comité
para el
control
de la
financiación
de los
partidos
y
fundaciones
europeas,
dejaba
la
puerta
abierta
a la
candidatura
de Pérez
de los
Cobos,
de 55
años,
tras
acabar
su
mandato
como
magistrado
del TC.
Entre
los
requisitos
también
figuran
la
integración
de
candidatos
“de
ambos
sexos”.
La
decisión
será
comunicada
al
Consejo
Ejecutivo
de
Política
Exterior
“con
carácter
previo a
su
elevación
al
Consejo
de
Ministros
para que
este
decida”.
Una vez
aprobada
la
terna,
“se dará
traslado
al panel
consultivo
de
expertos
del
Consejo
de
Europa”
sobre
los
candidatos
para la
elección
de
jueces
titulares.
La
imagen
de
España
en esta
institución
ha caído
en
picado
en los
últimos
meses:
la
Asamblea
Parlamentaria
del
Consejo
de
Europa
(PACE,
por sus
siglas
en
inglés),
que
reúne a
parlamentarios
de 47
países,
ha
expresado
este año
su
disconformidad
con la
forma de
proceder
de su
presidente,
el
senador
del PP
Pedro
Agramunt,
por el
viaje
que hizo
a Siria
el
pasado
mes de
marzo
para
reunirse
con
Bachar
al Asad.
Unos
días más
tarde de
su
encuentro
con
Agramunt,
Al Asad
efectuó
un
ataque
con
armas
químicas
contra
el
pueblo
sirio.
La
organización
ESI
destapó
en 2013
que
Agramunt,
el
"embajador
del
caviar",
blanqueaba
la
imagen
del
régimen
de
Azerbaiyán
ante el
Consejo
de
Europa.
El
senador
jamás
fue
destituido
por el
Gobierno
de
Rajoy.
Dimitió
el
pasado
mes de
octubre.
https://www.elconfidencial.com/espana/andalucia/2017-11-21/tribunal-europeo-derechos-humanos-candidatos-perez-de-los-cobos_1480893/
ASÍ HA MANIOBRADO RAJOY PARA MANIPULAR LA JUSTICIA DE ESTRASBURGO Y FAVORECER A
PÉREZ DE LOS COBOS
El Gobierno quiso quitarse de en medio a María Emilia Casas con una cláusula
por su edad y le ha dado otro puesto para impedir que se postule al TEDH
Como un trilero a slow motion, Mariano Rajoy mueve los cromos en la Justicia sin
que se vea la bolita hasta que se levanta el vaso. Para entonces, ya es tarde y
el daño está hecho. Lento pero efectivo, el presidente del Gobierno inició un
juego de sillones de varios jueces en España y, con sigilo, nocturnidad y
alevosía, ha conseguido que los magistrados que juzgan la primera etapa del caso
Gürtel (1995-2005) y que sentaron a Rajoy en el banquillo en calidad de testigo,
no juzguen también el caso de su caja B. Un golpe judicial a cámara lenta,
imperceptible hasta que se completa. Pero la osadía de Rajoy traspasa cualquier
frontera, y su estrategia para adulterar la justicia a su antojo ha llegado
hasta el seno de Estrasburgo.
El Gobierno de España lleva meses inmerso en un proceso de casting para nombrar
un juez para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Pero el proceso de
selección está amañado desde el principio. El Consejo de Ministros del pasado 17
de noviembre aprobó la terna provisional de candidatos para el TEDH. Los nombres
eran María Elósegui Ichaso, José Martín Pérez de Nanclares y Francisco Pérez de
los Cobos. Al igual que los vasos del trilero, son tres, pero solo uno tiene la
bolita: Pérez de los Cobos.
El magistrado, expresidente del Tribunal Constitucional (desde 2013 hasta marzo
de 2017), es un viejo conocido del PP. De hecho, es padre espiritual de la
vigente reforma laboral y exmilitante del partido, donde pagaba religiosamente
sus cuotas. Desde que el Ejecutivo retrasó seis meses el nombramiento del
sustituto español para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la plaza llevaba
su nombre y Rajoy, que cuida a sus afines (y más si se trata de temas
relacionados con la justicia), maniobró para asegurarse de ello.
Una magistrada progresista, el principal obstáculo
El proceso de selección consta de varias fases. El Gobierno tiene que aportar un
listado de tres nombres y es el Panel Consultivo del Comité de Ministros del
Consejo de Europa el que tiene la última palabra (eso sí, teniendo en cuenta la
opinión del Gobierno). ¿Cómo conseguir que dicho órgano escoja el vasito de la
bolita? Eliminando a la competencia.
Antes de elaborar la terna, había un nombre que resonaba en cada rincón de
Estrasburgo como la sustituta ideal de Luis López Guerra (actual magistrado
español en TEDH). Se trataba de María Emilia Casas, exmagistrada del Tribunal
Constitucional entre 2004 y 2011. Además de estar preparada, es progresista y es
mujer, lo que la hacía una candidata modélica.
Algo había que hacer. Casas no podía ganar la partida a Pérez de los Cobos. ¿Y
qué se le ocurrió al Ejecutivo? Rubricar una ley que impidiera a los mayores de
61 años presentarse como candidatos. Así, el Consejo de Ministros, en su reunión
del 20 de enero de 2017 acordó imponer este requisito para que María Emilia
Casas no pudiera ser elegible, ya que tiene 67 años.
Sin embargo, esta primera jugada no funcionó. El 31 de mayo de este mismo año,
2017, el Tribunal Supremo dictó una sentencia en la cual tumbaba la cláusula de
edad que se sacó de la manga el Gobierno.
Rajoy tuvo que sacar la artillería pesada. No pudo imponer sus propias reglas,
pero había una solución mucho más eficaz: buscarle otro cargo a Emilia Casas
para quitársela de encima y que no compitiera. De tal manera que la nombró
experta del comité europeo que controla los partidos políticos y las
asociaciones.
Una jugada maestra. Ahora, Pérez de los Cobos lo tiene mucho más fácil. ¿El
problema? Que en El Plural hemos visto la bolita…
https://www.elplural.com/politica/2017/12/07/asi-ha-maniobrado-rajoy-para-manipular-la-justicia-de-estrasburgo-y-favorecer
EL EXPRESIDENTE DEL TC COBRA DEL ESTADO POR NO HACER NADA A LA ESPERA DE UN
PUESTO 'A MEDIDA' EN ESTRASBURGO
Francisco Pérez de los Cobos se apunta a la pensión indemnizatoria pese a tener
plaza como catedrático en la Universidad Complutense de Madrid a la que no ha
pedido volver
El expresidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, ha
decidido apuntarse a la más que generosa pensión que da el alto tribunal a sus
exmiembros, tal y como recoge la propia web del TC.
En concreto, el magistrado tiene derecho a percibir, al cesar en el cargo, una
pensión de importe igual al 80% del sueldo de su cargo durante un máximo de 24
meses, tal y como recoge la disposición adicional quinta de la Ley 21/1986, de
23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.
El sueldo del presidente del Tribunal Constitucional lo marcan los presupuestos
de cada año, pero, teniendo en cuenta los actuales, Pérez de los Cobos
percibiría cerca de 100.000 euros en un año, más que el sueldo del presidente
del Gobierno, por no hacer nada.
Podría elegir trabajar
Este derecho al que tienen acceso, en mayor o menor medida, todos los miembros
del Tribunal Constitucional, resalta en el caso del expresidente nombrado por el
Partido Popular, ya que Pérez de los Cobos tiene plaza como catedrático de
Derecho del Trabajo en la Universidad Complutense de Madrid, puesto en el que
podría volver a ejercer como docente si quisiese.
Esperando puesto en Estrasburgo
Pero parece que Pérez de los Cobos no rentabilizará los 24 meses de esta
suculenta pensión ya que, según publicó en exclusiva ELPLURAL.COM, el Gobierno
de Mariano Rajoy le viene preparando desde hace meses un retiro dorado en el
Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
En el Consejo de Ministros aprobó en febrero las pautas para la elaboración de
la terna de candidatos de las que debe salir el juez español para este tribunal
y, entre ellas, se coló una que no tenía precedentes: los candidatos que
presente España deben tener menos de 61 años, con la excusa de que pudiese
cumplir los nueve años de mandato antes de cumplir los 70, momento en el que es
obligatoria la jubilación.
Esta norma estaba hecha a medida para impedir que saliese elegida María Emilia
de las Casas, primera presidenta mujer del Tribunal Constitucional designada
durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, y que tenía todas las
papeletas para este cargo.
Pero en mayo, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo
anuló esta norma después del recurso de Jueces para la Democracia, considerando
el Supremo que lo único que existe sobre el cargo en Estrasburgo es una
recomendación, ni siquiera obligación, de que estos magistrados estén cinco años
en el cargo.
Esta decisión, pese a ser un revés al Gobierno, no afectó en su objetivo final
para con Pérez de los Cobos ya que María Emilia de las Casas ya ha sido nombrada
miembro del comité para el control de la financiación de los partidos y
fundaciones europeas después de que el Gobierno español, tal y como informó
ELPLURAL.COM, se dirigió a las autoridades europeas para retrasar seis meses el
nombramiento del sustituto español para el TEDH, aunque la magistrada había
manifestado a su entorno su intención de presentar al tribunal de Estrasburgo.
Un juez del PP y con mercantiles
El historial de Francisco Pérez de los Cobos para que el Gobierno del Partido
Popular se tome tantas molestias con su nombramiento no tiene desperdicio. El
magistrado fue el primer miembro del Tribunal Constitucional en, al llegar al
cargo, encontrarse afiliado a un partido político, al Partido Popular.
Además, Pérez de los Cobos era administrador único de una sociedad mercantil
denominada “Labour Prospectives, SL”. Ambos datos también fueron ocultados en el
currículum que el PP distribuyó a los miembros de la Comisión que debía votar su
idoneidad para el TC.
Este último cargo lo ha mantenido pese a su completa incompatibilidad para el
presidente del TC "con el desempeño de actividades profesionales o mercantiles"
que exige el artículo 19.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Así
se demostró cuando se conoció que el 30 de junio de 2016 el, por entonces,
Presidente del Tribunal Constitucional se desdoblaba en su trabajo para ejercer
como administrador único de la citada sociedad y así poder firmar el acta de su
junta universal y ordinaria en la que se aprueban las cuentas del año 2015 para
su posterior depósito en el Registro Mercantil.
http://www.elplural.com/politica/2017/06/29/el-expresidente-del-tc-cobrando-por-no-hacer-nada-la-espera-de-su-puesto-medida
LA ELECCIÓN DEL TC SE RETRASA TRAS IGNORAR OLLERO LA LLAMADA DEL GOBIERNO A
RETIRARSE
La vicepresidenta telefoneó al magistrado para pedirle que se apartara, pero
éste hizo caso omiso y mantiene su candidatura cuando la capacidad de injerencia
política se reduce considerablemente
La presión del Gobierno sobre los magistrados del Tribunal Constitucional ha
llegado a escandalizar a los propios componentes de la institución. La
vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría incluso telefoneó a Andrés Ollero, aún
candidato a la presidencia del alto tribunal, para pedirle "que se quitara de en
medio" y permitir de ese modo que se desbloqueara la negociación con el PSOE
para renovar el organismo, dado que el exvicepresidente Alfredo Pérez Rubalcaba,
erigido en portavoz de los socialistas en este tema, había vetado al catedrático
y exdiputado popular precisamente por su pasado político.
La respuesta de Ollero, sin embargo, fue tajante. Le contestó que no se quitaría
y que sería presidente si así lo decidía el resto de magistrados del
Constitucional, ya que son éstos -alegó- los que tienen la competencia para
tomar la decisión, tal y como establece la ley. La reacción del aspirante, por
supuesto, no paralizó a la vicepresidenta, que siguió llamando a otros miembros
del alto tribunal con el fin de que éstos se decantaran por el magistrado Juan
José González Rivas, que ocupó la plaza de presidente de la Sección Séptima de
la Sala Tercera del Tribunal Supremo antes de incorporarse al Constitucional en
2012 y que sería aceptado por el PSOE.
Las fuentes consultadas aseguran que el arma utilizada por Sáenz de Santamaría
para presionar a los magistrados era que, de no apostar por González Rivas, la
renovación de la institución volvería a bloquearse. Sin embargo, una vez
consumada la entrada de los cuatro nuevos miembros del alto tribunal nombrados a
instancia del Senado -Alfredo Montoya, Ricardo Enríquez, María Luis Balaguer y
Cándido Conde-Pumpido-, que juraron su cargo ante el rey Felipe VI el pasado
martes, la capacidad de la injerencia política es muy limitada.
"No había forma humana de entender el razonamiento de la providencia", ha dicho
el diputado en la primera sesión del juicio celebrado contra él en el Tribunal
Supremo
Son únicamente los magistrados quienes eligen al presidente del Constitucional,
aclaran desde el propio organismo, que en este polémico contexto ha decidido
retrasar la celebración del pleno del que saldrá el presidente, que estaba
prevista para hoy, al próximo miércoles. Desde el alto tribunal aseguran que no
hay ningún motivo más allá de que se ha decidido así. Otras fuentes, sin
embargo, aseguran que hay quien aún no tiene claro su voto. En concreto, los
cuatro nuevos integrantes podrían haber pedido más tiempo para reflexionar.
El miércoles a las 11 horas, por lo tanto, será cuando se reunan los 12
magistrados que conforman el organismo para decidir por quien se decantan
finalmente para presidir la institución durante los próximos tres años. La ley
prevé que haya una primera votación en secreto en la que el ganador tendría que
serlo por mayoría absoluta. En caso de que no haya más de la mitad de los
miembros del tribunal que apuesten por un solo aspirante, habrá una segunda
votación, que se decidiría por mayoría simple. En caso de que se produjera un
empate, habría una tercera ronda que, de no resolverse con ventaja para alguno
de los aspirantes, provocaría que fuera designado el magistrado más antiguo.
El procedimiento, que se repetirá el mismo día para elegir al magistrado o
magistrada que ocupará la vicepresidencia, se llevará a cabo después de que los
miembros del tribunal debatan durante unos minutos con el fin de aclarar quién
se postula y quien no, aunque el voto es secreto y cualquier componente del
pleno puede optar por quien le parezca. Este sistema de elección hace
imprevisible, por lo tanto, la posibilidad de adelantar el resultado, sobre todo
tras los relatados intentos de intromisión política protagonizados por Rubalcaba
y Sáenz de Santamaría.
Estas tentativas de injerencia han generado enorme malestar entre los
magistrados, sobre todo por el veto impuesto por el PSOE contra uno de ellos,
aunque queda por ver si realmente esos conatos de politización han servido para
condicionar la opinión de los miembros del tribunal, algo que ni siquiera tras
el pleno del próximo miércoles quedará claro.
El nuevo presidente del Constitucional tendrá que hacer frente al desafío
soberanista catalán, que ya ha provocado el pronunciamiento del alto tribunal
durante los últimos meses en no pocas ocasiones. La última, el pasado 14 de
febrero, cuando el Constitucional declaró parcialmente nulas las resoluciones
aprobadas por el Parlamento de Cataluña en octubre que pretendían impulsar el
denominado 'proceso constituyente' a través, entre otras iniciativas, de la
celebración de un referéndum a lo largo de este año. Ese mismo día, además, los
magistrados autorizaron a la Fiscalía a abrir una nueva vía penal contra la
presidenta de la cámara autonómica, Carme Forcadell, por permitir que fueran
debatidas las citadas resoluciones.
http://www.elconfidencial.com/espana/2017-03-17/eleccion-presidente-constitucional-ollero-ignora-llamada-gobierno_1349802/
EL PP
NUNCA HA PROPUESTO A UNA MUJER PARA EL CONSTITUCIONAL
Desde su
creación, el TC sólo ha estado presidido por una mujer propuesta por el PSOE, y
cinco han formado parte de él
El machismo, por desgracia, sigue arraigado en todas las capas de nuestra
sociedad. Que el mundo de los altos cargos privados sigue copado por hombres es
una realidad, pero es aún más triste si se habla de que esa misma realidad se da
en las esferas públicas y, sobre todo en la Justicia.
Ahora que empieza la cuenta atrás para arrancar con las negociaciones y los
procesos de renovación de los magistrados del Tribunal Constitucional, es
importante destacar varios datos que hablan por sí solos: como que el PP jamás
ha propuesto a una mujer para desempeñar su labor como magistrada en el
Constitucional. Ni una sola.
En estos momentos los parlamentos autonómicos preparan sus propuestas que,
posteriormente, estudiará la Comisión de Nombramientos de la Cámara Alta y de
donde saldrán los cuatro nombres a renovar en las próximas semanas.
Sólo 5 mujeres en 37 años
En 1980 nacía el Tribunal Constitucional, la más alta instancia de la justicia
dentro de España. Desde entonces, sólo una mujer ha ocupado su presidencia. Fue
María Emilia Casas Baamonde entre los años 2004 y 2011 y fue propuesta por el
PSOE.
Desde entonces, en los 37 años de vida del Constitucional, sólo cinco mujeres
han pasado por él, cinco magistradas que jamás salieron de las propuestas o de
la confianza del Partido Popular, sino de grupos y formaciones progresistas.
Hablamos de, además de María Emilia, Gloria Begué Cantón, Elisa Pérez Vera,
María Encarnación Roca Trías y la actual vicepresidenta Adela Asúa Batarrita,
que siendo progresista se sienta junto a un presidente más que pro-PP, Francisco
Pérez de los Cobos.
Escriben sus propias reglas
Pero el constitucional no es el único tribunal que está en proceso de
renovación. En el Tribual Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ocurre algo
parecido y el Gobierno de Mariano Rajoy ya estaría creando sus propias reglas
para asegurar que el representante español es quien ellos quieren.
Tal y como publicamos en ELPLURAL.COM, hace ya dos semanas, en el Consejo de
Ministros, se aprobaron las pautas a seguir para hacer la terna de candidatos y,
entre ellas, se impuso una norma inédita: los candidatos que presente España
deben tener menos de 61 años.
¿La razón? Satisfacer al todavía presidente del Tribunal Constitucional Pérez de
los Cobos y dejar fuera, de facto, a su máxima competidora y preferida desde
Europa, la única mujer expresidente del Constitucional María Emilia Casas que
tiene 66 años. Al final, todo se cruza.
Eso sí. ¿Recordáis que hemos empezado estas líneas diciendo que pronto hay que
renovar el Tribunal Constitucional? Pues bien, después de limitar la edad para
optar al TEDH, el mismo PP propone para el Constitucional a un hombre de 80
años, a Alfredo Montoya.
http://www.elplural.com/politica/2017/02/06/el-pp-tambien-es-machista-en-la-justicia-nunca-ha-propuesto-una-mujer-parta-el
Rajoy ‘manipula’ las reglas para asegurarse la colocación de ‘sus jueces’ en los
Tribunales clave
Pone límite de edad para favorecer a
Pérez de los Cobos como juez europeo y presenta para el Constitucional a un
octogenario
Los parlamentos autonómicos andan en estas fechas votando propuestas de jueces
para renovar el Tribunal Constitucional. Es el sistema: las cámaras autonómicas
plantean ternas con nombres de candidatos que después deberán afrontar el examen
de la Comisión de Nombramientos de la Cámara Alta para ocupar las cuatro
vacantes de magistrados existentes en el máximo Tribunal en las próximas
semanas. Y al tiempo, el Gobierno anda poniendo en marcha otro proceso que
afecta a los jueces, el de la renovación del representante español en el Tribual
Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
La línea Pérez de los Cobos
Pueden parecer dos procesos paralelos que, como las líneas, no se toquen ni en
el infinito. Pero nada más lejos de la realidad. La ‘manipulación’ del Gobierno
logra que incluso las leyes matemáticas se relativicen.., por supuesto, para su
beneficio.
En el Consejo de Ministros de hace dos viernes se aprobaron las pautas para la
elaboración de la terna de candidatos de las que debe salir el juez español para
el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Y entre ellas se coló una que no tenía
precedentes: los candidatos que presente España deben tener menos de 61 años.
La decisión, poner un límite de edad, como decimos, no tiene precedentes. Ni es
tampoco una exigencia del organismo, el TEDH, ni de la Asamblea Parlamentaria
del Consejo de Europa, que debe al final ratificar la propuesta del Gobierno
español. ¿Por qué entonces se incluye? Porque el Gobierno tiene una deuda que
quiere pagar por encima de todo: la que contrajo con su exmilitante, el aún
presidente del Tribunal Constitucional Francisco Pérez de los Cobos, no solo
afín a su ideología, sino padre de una de las cruciales reformas que el Gobierno
Rajoy puso en marcha tan pronto llegó al poder, la reforma laboral y que salió
adelante con su expreso apoyo jurídico.
La línea Alfredo Montoya
Con esta salida encontraría un puesto de oro para quien desde su puesto durante
todos estos años ha tenido, y ha ejercido, el poder para decidir e influir en
cuándo y cómo se dictaminaba en el Constitucional sobre temas tan cruciales como
la propia reforma laboral o Cataluña, o cómo no salía de la carpeta de asuntos
pendientes la ley de reforma del aborto.
¿Y qué sucede al incluir esa claúsula de edad para optar al puesto que Pérez de
los Cobos busca y Rajoy quiere darle? Que quien era su gran rival, la magistrado
María Emilia Casas, expresidenta también del Constitucional, y preferida en
Europa por su condición de mujer para un tribunal en el que dos de cada tres
miembros son hombres, queda automáticamente excluida, ya que tiene 66 años. La
decisión sobre el límite de edad, por tanto, no parece gratuita.
Y aquí es donde las líneas que debieran ser paralelas sí se tocan. Porque el
mismo Gobierno que pone obstáculos de edad para un puesto en la carrera
judicial, en concreto los 61 años, sin el más mínimo rubor apuesta todo para que
uno de los cuatro juristas con los que se debe renovar el Constitucional sea
Alfredo Montoya, un experto en derecho laboral nacido ¡en 1937! Es decir, que en
estos momentos está a punto de cumplir los 80 años.
Maestro y discípulo son líneas enredadas
El entrecruce de las líneas paralelas, para hacer el caso más espectacular, no
queda sin embargo en esta mera supuesta contradicción. Se da el caso de que
Alfredo Montoya reúne por un lado ser el inspirador y maestro reconocido de
Francisco Pérez de los Cobos, a quien de alguna manera vendría a sustituir en el
Constitucional, sino que además es un jurista camisa vieja del PP (habitual en
los cursos de FAES, cuando esta Fundación aún era el principal motor ideológico
de Génova), que tan pronto como llegó al poder se acordó de él en nombramientos
y premios.
Por ejemplo, en 2001, el ministerio de la Presidencia del Gobierno Aznar lo
incluyó como experto del Consejo Económico y Social en representación del
Gobierno, precisamente junto a su pupilo Pérez de los Cobos, o hace sólo unos
meses, aún estando en funciones, Rajoy, a través de Fátima Báñez, le concedía la
Medalla al Mérito en el Trabajo en su categoría de Oro.
Que la intención de Rajoy es asegurar la presencia del casi octogenario Montoya,
referente ideológico de Pérez de los Cobos, en el Constitucional, lo demuestra
que el PP lo va a ir proponiendo por todos los Parlamentos autonómicos hasta
lograr que alguno apruebe su candidatura y la eleve al Senado. En Valencia,
donde el PP ya le presentó, el acuerdo de las fuerzas de izquierdas impidió su
inclusión, pero aún le queda, por ejemplo, Madrid, donde el PSOE tiene mucho
interés en sacar adelante la candidatura de Conde Pumpido, y Montoya podría
aparecer como contrapeso del PP para formalizar las necesarias mayorías.
http://www.elplural.com/politica/2017/02/02/rajoy-manipula-las-reglas-para-asegurarse-la-colocacion-de-sus-jueces-en-los
El Gobierno allana el camino para que Pérez de los Cobos entre en el Tribunal de
Estrasburgo
Rajoy limita a 61 años la edad de los
aspirantes y deja fuera a María Emilia Casas
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes las pautas para la elaboración
de una terna de candidatos para la elección del juez en representación de España
del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo. El
Gobierno tiene un favorito claro: el presidente del Tribunal Constitucional,
Francisco Pérez de los Cobos, que dejará este órgano en las próximas semanas.
Las condiciones aprobadas por el Gobierno para los aspirantes incluyen una
novedad respecto a convocatorias anteriores: los aspirantes no pueden tener más
de 61 años. Esta condición allana el camino de Pérez de los Cobos porque deja
fuera a la que podría ser su principal rival: la también expresidenta del
Constitucional María Emilia Casas, que ha cumplido 66 años.
El mandato del actual juez titular en representación de España en el tribunal
europeo, Luis López Guerra, designado por el Gobierno de José Luis Rodríguez
Zapatero, ya ha expirado y el Ejecutivo debe abrir un plazo para que se
presenten candidaturas y proponer un sustituto. Fuentes del Gobierno han
confirmado que es la primera vez que se incluye un límite de edad para aspirar
al puesto. Estas fuentes argumentan que se ha tomado esta decisión para
propiciar que el elegido pueda mantenerse en el cargo los nueve años que dura el
mandato, ya que el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos
exige que los jueces del tribunal europeo deben ser menores de 70 años. Al
cumplir esta edad, deben abandonar el cargo.
María Emilia Casas, presidenta del Constitucional entre 2004 y 2011, había
expresado a su entorno su decisión de aspirar al puesto. Tanto Casas como Pérez
de los Cobos cumplen el resto de condiciones, similares a las de años
anteriores: tener nacionalidad española y un elevado conocimiento de uno de los
dos idiomas oficiales del tribunal (inglés y francés) y al menos suficiente
conocimiento pasivo del otro.
El convenio por el que se rige el tribunal exige que los candidatos sean
“personas que gocen de la más alta consideración moral y reúnan las condiciones
requeridas para el ejercicio de altas funciones judiciales o ser jurisconsultos
de reconocida competencia, no pudiendo ejercer durante su mandato ninguna
actividad que sea incompatible con las exigencias de independencia,
imparcialidad o disponibilidad necesarias para una actividad ejercida a tiempo
completo”. Los dos expresidentes del Constitucional estarían en condiciones de
acreditar este requisito, aunque Casas cuenta a su favor con que Europa quiere
corregir el déficit de mujeres en sus tribunales
(ahora solo hay 16 de 47 miembros
en el TEDH).
El PSOE presentará este jueves en el registro de Congreso una pregunta dirigida
al Gobierno en la que muestra su sorpresa por la inclusión de esta condición de
la edad en la convocatoria para el nombramiento, que “no tiene precedentes ni
está justificada”.“Establecer los 61 años como edad máxima deja fuera del
procedimiento a toda una generación de juristas de excepcional y reconocida
competencia, a los que les queda más de una década de ejercicio profesional,
académico o judicial en plenitud de facultades”.
En el texto se recoge la doctrina del propio Tribunal Constitucional de defensa
del artículo 14 de la Constitución Española, que garantiza la igualdad ante la
Ley de todos los españoles, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de
nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social
ABSTENCIÓN EN LOS CASOS DE ESPAÑA
Si es elegido juez del TEDH, Francisco
Pérez de los Cobos estaría obligado a abstenerse en los casos en los que haya
participado como magistrado del Constitucional. En la práctica, tendría que
ausentarse en todas las causas que afectan a España excepto en las relativas al
derecho a la propiedad, que no pasan por el Constitucional. Esta situación no
gusta en el tribunal europeo porque obliga a costear el trabajo de los jueces ad
hoc (sustitutos) con una tarifa que supera los 1.000 euros al día.
http://politica.elpais.com/politica/2017/02/01/actualidad/1485979093_065685.html
EL GOBIERNO PROPONDRÁ A PÉREZ DE LOS COBOS COMO JUEZ ESPAÑOL EN EL TEDH
Desde el Ejecutivo se quiere premiar
la labor que el actual presidente del Constitucional, Francisco Pérez de los
Cobos, ha realizado estando al frente del tribunal de garantías con el desafío
separatista catalán. En enero de 2017, expira el mandato del actual miembro de
España en el Tribunal de Estrasburgo, Luis López Guerra.
El mandato del actual presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de
los Cobos, expirará el próximo 29 de diciembre -junto al de la vicepresidenta
Adela Asúa, el magistrado Ricardo Enríquez y la vacante que dejó el fallecido
Luis Ortega- por lo que éste abandonará la institución tras haber pasado siete
años en la misma; figurando la mitad de este tiempo como cabeza visible del
guardián de la Constitución.
Sin embargo, todo apunta a que Pérez de los Cobos no regresará a su despacho en
la Universidad Complutense de Madrid, donde ejercía como catedrático de Derecho
del Trabajo y de la Seguridad Social. Fuentes del Ejecutivo, consultadas por
Vozpópuli, explican que el Gobierno tiene intención de que sea nombrado juez en
representación de España en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de
Estrasburgo (TEDH) en sustitución de Luis López Guerra, nombrado por el
Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero en 2007.
Se da la circunstancia de que el mandato de López Guerra expira el próximo mes
de enero y, a partir de ahí, se activará el mecanismo legal previsto para
designar a su sustituto. Los jueces del TEDH son elegidos por nueve años sin
posibilidad de renovación cuando expira el mandato.
López Guerra tumbó la Parot
Las fuentes consultadas explican que a favor de Pérez de los Cobos hay dos
factores muy importantes. Por un lado, que el Ejecutivo no quiere más sorpresas
en Estrasburgo después de que el propio Luis López Guerra, juez representante de
España en la Corte, apoyara tumbar la denominada doctrina Parot que obligó a
excarcelar a decenas de etarras pese a que la Abogacía del Estado defendió de
forma férrea en Estrasburgo su aplicación y legalidad.
Por otro lado, el Gobierno de Rajoy se siente en "deuda" con la "magnífica
labor" que ha hecho Francisco Pérez de los Cobos como presidente del
Constitucional dando respuesta al "problema catalán". Desde que el magistrado
asumió la presidencia del Alto Tribunal todas las resoluciones sobre los
intentos independentistas de Cataluña han sido adoptadas por unanimidad de los
magistrados que componen el tribunal y con rapidez, y en gran medida, ese hecho
ha sido posible gracias a la labor desempeñada por Pérez de los Cobos en el seno
del TC.
No obstante, el Ejecutivo no sólo dará el nombre del presidente del Alto
Tribunal para ocupar la plaza de Estrasburgo ya que la última palabra sobre su
elección la tiene el Consejo de Europa. El Consejo de Ministros aprobará
previsiblemente un acuerdo con una terna de candidatos para sustituir a López
Guerra que remitirá a la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, órgano
encargado de designar a los miembros del TEDH tras la votación de los estados
miembros.
http://www.vozpopuli.com/actualidad/nacional/Gobierno-propondra-Perez-Cobos-TEDH_0_981202867.html
RAJOY NEGOCIA LA
RENOVACIÓN DEL TC CON EL PSOE
Nombres como el de los ex fiscales generales del Estado Cándido Conde Pumpido y
Consuelo Madrigal; el vicepresidente del Supremo Ángel Juanes o los catedráticos
Víctor Moreno Catena y Alfredo Montoya suenan para ocupar plaza en el
Constitucional. PP y PSOE buscan un "candidato de consenso".
Hace algunas semanas arrancó la batalla de nombramientos para renovar a cuatro
magistrados del Tribunal Constitucional, entre ellos a su presidente Francisco
Pérez de los Cobos cuyo mandato expiró el pasado 29 de diciembre. Junto al
presidente deberán abandonar el tribunal su vicepresidenta Adela Asúa y el
magistrado Ricardo Enríquez, quien opta a revalidar en el cargo puesto que aún
no ha cumplido tres años como miembros del TC ya que entró a cubrir la vacante
del fallecido Antonio Hernando. Asimismo, debe cubrirse la plaza del difunto
catedrático Luis Ortega, que en estos momentos permanece desierta.
El TC avala la reforma que permite la inhabilitación de altos cargos que le
desobedezcan
Una vez más, en dicha renovación tienen mucho que decir tanto el Partido Popular
(PP) como el Partido Socialista (PSOE). Para muchos catedráticos, fiscales y
magistrados llegar a ocupar una plaza en el Alto Tribunal es un ansiado colofón
para su actividad profesional, ya que la gran parte de ellos entran a formar
parte de este órgano en el último tramo de vida laboral.
Son varios los nombres de la judicatura y la universidad que se están postulando
en los últimos días para ser propuestos -hasta el próximo 10 de febrero- por los
distintos parlamentos autonómicos, ya que esta renovación del guardián de la
Constitución corresponde al Senado.
Rajoy y la gestora
Según han informado distintas fuentes de la judicatura a Vozpópuli, en esta
ocasión las negociaciones con el PSOE -con su gestora encabezada por Javier
Fernández- están siendo llevadas a cabo en primera persona por el propio
presidente del Gobierno Mariano Rajoy, aunque el ministro de Justicia Rafael
Catalá también está manteniendo conversaciones con el socialista Antonio
Hernando en un nivel más informal. De momento, la mayoría de las cámaras
autonómicas no han dado los nombres de sus candidatos y el Gobierno quiere ser
discreto a la hora de dar nombres.
Hasta ahora, la Comunidad de Navarra ha propuesto a Manuel Pulido; Baleares, al
catedrático de Constitucional Oliver Araujo; y Galicia al magistrado del
Tribunal Supremo José Manuel Sieira y a Teresa Conde Pumpido, hermana del ex
fiscal general del Estado Cándido Conde Pumpido, eterno candidato a ocupar un
sillón en el Alto Tribunal.
El Gobierno tiene muy en cuenta las recomendaciones del presidente saliente,
Pérez de los Cobos, quien está haciendo de valedor del catedrático de Derecho
del Trabajo Alfredo Montoya
Precisamente, el nombre del magistrado de la Sala Segunda del TS contaría con el
respaldo de una parte importante del PSOE. En concreto, de su exlíder Alfredo
Pérez Rubalcaba y del portavoz parlamentario del grupo socialista en el Congreso
de los Diputados, Antonio Hernando, aunque de momento Conde Pumpido no ha sido
nombrado por ningún parlamento regional. Entre los nombres que se barajan del
lado del PSOE también está el del actual vicepresidente del Supremo y
expresidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes; el diputado y ex secretario
de Estado Juan Carlos Campos así como el del catedrático de Derecho Procesal,
Víctor Moreno Catena, muy vinculado a los socialistas.
La influencia del todavía presidente
Sin embargo, a la hora de elegir a los candidatos se tendrán en cuenta varios
factores. Por un lado, el PP tratará de renovar a Enríquez quien llegó al
Constitucional con la promesa de que sería renovado tres años más. Si dicha
renovación se lleva a cabo antes del 18 de marzo, dicho magistrado está
legitimado legalmente para revalidar en su puesto ya que aún no se habrían
cumplido sus tres años de permanencia en el TC.
Teniendo en cuenta que apruebe la continuidad de Ricardo Enríquez, el PP
designaría a otro magistrado, el PSOE a un tercero y se buscaría un cuarto
miembro de "consenso", explican las distintas fuentes consultadas. Del bando de
Mariano Rajoy se tiene además muy en cuenta las recomendaciones que el
presidente saliente, Pérez de los Cobos, está haciendo al PP sobre el perfil que
se necesita en el tribunal. Su candidato y amigo es el catedrático de Derecho
del Trabajo Alfredo Montoya, al que está tratando de aupar al Constitucional.
Por otro lado, hay una circunstancia que al Gobierno no se le escapa. Abandona
el Alto Tribunal una de las dos únicas mujeres que lo integran, la magistrada
Adela Asúa, y hay "fuertes presiones" para que uno de esos cuatros sillones sea
ocupado por una mujer. El nombre que más ha sonado hasta ahora ha sido el de la
ex fiscal general del Estado Consuelo Madrigal a quien se le dijo desde el
Ejecutivo que iba a ser renovada como máximo dirigente de la cúpula fiscal y, en
el último momento, fue remplazada por el magistrado del Supremo José Manuel
Maza. Sin embargo, también es cierto que en el Constitucional hay ya un miembro
procedente de Carrera Fiscal, el magistrado Antonio Narváez, por lo que las
mismas fuentes descartan que el tribunal pase a estar compuesto por Narváez y
Madrigal, junto con Conde Pumpido, ex fiscal general del Estado.
Otras fuentes explican que la mujer que en estos momentos tiene más
posibilidades de ocupar plaza en el TC es la catedrática almeriense de Derecho
Constitucional María Luisa Balaguer, quien ha sido propuesta por el PSOE en el
Parlamento andaluz este lunes para cubrir la cuota femenina en el Alto Tribunal.
Con la marcha de Asúa concurre otra circunstancia. El PNV se queda sin
representación en el guardián de la Constitución por lo que tampoco es
descartable que el sector vasco quiera tener voz y voto a la hora de elegir a
ese candidato de consenso. Fuentes parlamentarias añaden que también es posible
que se le dé cuota a Ciudadanos en dicha designación.
http://www.vozpopuli.com/actualidad/nacional/caliente-TC-PP-PSOE-sillones_0_991702128.html
GONZÁLEZ RIVAS GANA FUERZA COMO FUTURO PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL
La catalana Encarnación Roca, le mejor situada para ocupar la vicepresidencia
El veto del PSOE a que el magistrado Andrés Ollero presida el Tribunal
Constitucional obliga a abrir el abanico de candidatos en busca de un nombre de
consenso. Las fuentes consultadas señalan al conservador Juan José González
Rivas como el mejor situado para presidir el órgano y a la catalana Encarnación
Roca para ocupar la vicepresidencia. No obstante, algunas fuentes no descartan
candidatos que no estaban entre los favoritos, pero puedan convencer a la
mayoría.
El acuerdo entre el PP y el PSOE para renovar el Constitucional con la condición
de los socialistas de que el magistrado Andrés Ollero no sea el presidente no ha
sentado bien entre los magistrados del tribunal. Si bien la incorporación de
jueces siempre parte de un acuerdo político, la elección del presidente y del
vicepresidente corresponde a los 12 miembros del pleno en votación secreta y la
mayoría de los magistrados, según las fuentes consultadas, recibieron ayer con
enfado que trascendiera el intento de injerencia política.
En un intento de salvaguardar su independencia, en el entorno del tribunal se
aseguraba ayer que Ollero sigue contando con opciones, aunque las fuentes
consultadas admiten que su currículum político (17 años de diputado del PP) le
complican ser elegido como presidente de un tribunal que lucha desde hace años
por defender su autonomía frente a las acusaciones de politización.
En la renovación de la cúpula del Constitucional siempre se ha seguido una regla
no escrita según la cual el presidente es elegido entre los magistrados que se
encuentran en el último tercio de su mandato. En esta situación hay cuatro:
Ollero, Juan José González Rivas, Encarnación Roca y Fernando Valdés. Este
último, claramente adscrito al sector progresista, minoritario en el tribunal,
cuenta con pocas opciones.
Descartado Ollero, las fuentes consultadas se inclinan por considerar favorito
como presidente a González Rivas, exmagistrado de la sala de lo
Contencioso-Administrativo del Supremo y de perfil muy conservador. Fue uno de
los magistrados que firmaron un voto particular en contra de la sentencia que
avaló el matrimonio homosexual.
Si prospera esta opción, la vicepresidencia recaería con toda probabilidad en la
catalana Encarnación Roca, que en su día fue propuesta como magistrada por el
PSC pero que se ha alineado con el sector mayoritario en casi todos los asuntos
clave del tribunal. Algunas fuentes apuestan por la posibilidad de que los
elegidos sean estos dos nombres pero invirtiendo los cargos (Roca como
presidenta y González Rivas como vicepresidente).
Pero dentro y fuera del tribunal hay también quienes advierten de que la
tradición de elegir como presidente a un magistrado que esté en el último tramo
de su mandato podría romperse esta vez si ninguno de los dos logra aunar los
apoyos suficientes. En la primera votación se requiere mayoría absoluta. Si
nadie la obtiene, se vuelve a votar y resultará elegido quien obtenga más votos.
En caso de empate tras una tercera votación, será propuesto el magistrado de
mayor antigüedad en el cargo y, en el caso de igualdad, el de mayor edad.
Entre los miembros del tribunal que no están en el último tramo de su mandato
fuentes consultadas señalan a Pedro González-Trevijano como el nombre que podría
generar consenso entre conservadores y progresistas. Es considerado un buen
jurista que ha sabido manejarse bien con todos los sectores del tribunal, aunque
sus posiciones son inequívocamente conservadoras. Al Constitucional llegó desde
la Universidad Rey Juan Carlos, de la que era rector, cargo en el que le sucedió
Fernando Suárez, acusado de plagio. Sus últimos años allí estuvieron rodeados de
polémica porque el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictaminó que no
debía haber optado a ese cargo en las elecciones de 2009, puesto que ya había
acumulado los dos mandatos fijados. Recurrió en amparo al Constitucional y el
tribunal admitió su recurso.
Romper la regla
En el entorno del PP sí gusta la opción de González-Trevijano y, ante la
imposibilidad de que se elija a Ollero, algunos le consideran el candidato
favorito de los populares. Los socialistas, sin embargo, no se muestran
dispuestos a aceptar su nombre, según fuentes del partido consultadas. Se le
considera un hombre próximo a la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de
Santamaría, y “más político” y que González Rivas, que tiene un perfil más
jurídico y técnico.González-Trevijano también tiene en su contra que una mayoría
de magistrados podría no entender que se rompiera, sin razón aparente, la regla
de elegir a los magistrados más veteranos. Tanto González Rivas como Roca y
Valdés cumplen con esa regla y no hay una causa que les invalide como candidatos
y justifique que se promueva a un magistrado que lleve menos años en el
tribunal.
Cuando casas rompió los pronósticos
Aunque en la elección de candidatos para presidir el Tribunal Constitucional
suele haber una negociación previa entre los partidos, la elección corresponde
en exclusiva a los 12 magistrados del pleno del tribunal, que votan en urna.
Tras el enfado con el que se recibió ayer la noticia de que el PSOE había
forzado al PP a no promover para la presidencia a Andrés Ollero, en el entorno
del tribunal recordaban que los magistrados no siempre han cumplido con la
previsión de los políticos. Es lo que ocurrió en 2004, cuando María Emilia Casas
se impuso por un voto al candidato al que se daba como favorito, el magistrado
Vicente Conde. La división del tribunal hacía pronosticar un empate y, en ese
caso, al ser magistrado de mayor edad, a Conde sólo le hacían falta cinco votos
para salir elegido. Sin embargo, un voto rompió el pronóstico y la presidencia
fue para la candidata del sector progresista.
http://politica.elpais.com/politica/2017/01/25/actualidad/1485373311_271175.html
UNA GRABACIÓN IMPLICA A UN MAGISTRADO DEL CONSTITUCIONAL EN UN PRESUNTO INTENTO
DE SOBORNO CUANDO ERA RECTOR
El actual candidato a rector de la Rey Juan Carlos Javier Ramos cuenta en un
audio de 2010 cómo el exrector y ahora magistrado Pedro González-Trevijano le
encargó ofrecer dinero o cargos al profesor David Ríos para que retirara una
demanda
"Tú me quitas el contencioso porque me he presentado a la tercera reelección
como rector y yo a cambio, ¿qué quieres?, dinero, profesores, departamentos,
espacios...", resume Ramos en el audio al que ha tenido acceso eldiario.es
Tras su paso por la Universidad Rey Juan Carlos, González-Trevijano fue nombrado
magistrado del Tribunal Constitucional a propuesta del gobierno de Mariano Rajoy
Unas grabaciones a las que ha tenido acceso eldiario.es (abajo, completas)
implican al magistrado del Tribunal Constitucional Pedro González-Trevijano,
nombrado por el gobierno de Rajoy en 2013 para el alto tribunal, en un presunto
intento de soborno cuando era rector de la universidad pública Rey Juan Carlos
(URJC) de Madrid.
En el audio, grabado en noviembre de 2010, se puede escuchar cómo Javier Ramos,
exvicerrector con Trevijano, decano de Telecomunicaciones y ahora candidato a
rector en la Universidad Rey Juan Carlos, dice al profesor de la URJC Antonio
Alonso, que es quien graba la conversación, que recibió un encargo de "Don
Pedro, la máxima autoridad", el entonces rector González-Trevijano.
Ramos relata que recibió el encargo de "cenar" con David Ríos, el candidato
oponente a Trevijano en las elecciones de 2009. Ríos había puesto ese mismo año
una demanda por lo contencioso administrativo porque Trevijano se había
presentado a un tercer mandato, cuando los estatutos de la URJC solo permiten
dos.
"Tú me quitas el contencioso porque me he presentado a la tercera reelección
como rector y yo a cambio, ¿qué quieres?, dinero, profesores, departamentos,
espacios..." resume Ramos a su interlocutor sobre el encargo que dice que le
hizo Trevijano, tal y como se puede escuchar en el audio al que ha tenido acceso
eldiario.es.
David Ríos ha confirmado a eldiario.es que esa reunión tuvo lugar. Fue en una
cafetería de la urbanización El Plantío llamada El Descanso, aunque no fue una
cena. Fue por la tarde y duró media hora. "Javier Ramos me dijo que tenía que
quitar la demanda y que qué quería a cambio. Mencionó dinero, un instituto,
cargos... Le dije que no". Preguntado por si Ramos le especificó de quién era el
encargo, contesta: "Me dijo que era del rector".
En la grabación, el propio Ramos confirma que Ríos no aceptó el trato: "De
aquella David se descojonó de mí, tampoco me ofendió mucho, me llamó un par de
cosas que no me parecieron muy cordiales (...) pero retransmití a los que me
habían hecho el encargo la postura".
"Hundido en el fango"
Según relata en el audio Javier Ramos, esa negativa a quitar la demanda contra
Trevijano es la que propicia una serie de represalias contra el departamento en
el que Ríos era catedrático: "Don Pedro [González-Trevijano] no quiere nada,
quiere al otro hundido en el fango". Se lo está contando al director de
departamento de David Ríos (que está ahora en excedencia de la URJC). Le relata
que les quitarán profesores y los integrarán en otros departamentos. El
desmantelamiento se hizo efectivo durante dos años y actualmente no existe ese
departamento. Hubo una decena de despidos.
Al principio de la conversación –grabada en el despacho de Antonio Alonso–,
Javier Ramos advierte a su interlocutor que "Fernando" [Suárez, el actual rector
de la Rey Juan Carlos, salpicado por el caso de plagios] está en la batalla de
desintegraros como departamento (...) y si es Pedro [González-Trevijano] es una
cuestión de a ver quién mea más alto".
eldiario.es se ha puesto en contacto con Pedro Gónzález-Trevijano para recabar
su versión de estos hechos. El magistrado no ha aceptado una entrevista directa
pero, a través de un portavoz, asegura que "lo que se dice en esas grabaciones
no es cierto". Su postura se resume en que no tiene nada que decir sobre unos
hechos que "le son ajenos y que forman parte de una guerra en la que no tiene
nada que ver".
Sin embargo, el actual candidato a rector, Javier Ramos –a través también de un
portavoz– no niega la veracidad del contenido, sino que se limita a decir que
"no hay ninguna base de soborno, se está instrumentalizando a un medio para un
tema que no existe, sale ahora por interés". También circunscribe sus palabras a
la ironía o la parodia. Este portavoz de Javier Ramos no contesta a las
preguntas de si hubo una reunión con David Ríos o si le ofreció algo a cambio de
retirar la demanda: "Eso lo tiene que contestar Javier Ramos". Sin embargo, no
da la opción de hablar con él.
Tras las primeras llamadas de eldiario.es a los afectados por esta grabación, el
candidato a rector Javier Ramos ha difundido este lunes un comunicado en el que
dice que el audio se está usando para presionarle y está "manipulado".
Preguntado en qué, su portavoz puntualiza que el fragmento no está editado, sino
que la conversación era más larga y se han cogido tres minutos: "No es que esté
manipulada, es que no está completa".
Otra de las personas citadas en el audio, Javier Martínez Moguerza, que fue el
representante de la candidatura a rector de Ríos y es profesor titular de la
URJC, confirma que Javier Ramos le pidió en 2010 que hablara con Ríos para que
retirara la demanda, como se escucha en el audio: "Le dije que eso me parecía un
soborno, y que hablara él con David si quería", dice a eldiario.es.
Esta grabación que publica el diario.es fue grabada por el propio interlocutor
de Ramos, Antonio Alonso, que también la aportó en una querella por amenazas que
interpuso contra Fernando Suárez (entonces vicerrector y ahora rector, salpicado
por una decena de plagios). El juez la admitió a trámite, pero no estimó la
grabación en esa causa porque no aportaba nada al caso de "amenazas" de Suárez.
El juez solo se pronuncia sobre el caso de amenazas que investigó, aunque tanto
Trevijano como Ramos usan ese auto para declarar que la grabación fue rechazada.
El proceso judicial
Pedro González-Trevijano concurrió a las elecciones a rector en 2009 para el que
fue su tercer mandato. Le salió un oponente, David Ríos, que denunció ante la
Universidad que los estatutos solo permitían dos mandatos. Sin embargo, la línea
defendida por la URJC fue que el primer mandato de Trevijano se desarrolló en
parte antes de los estatutos, por lo que no se debía contabilizar.
Ríos interpuso entonces una demanda por lo contencioso administrativo en
noviembre de 2009, tras perder los comicios. Dos años después, el magistrado
Alberto Palomar lo desestimó y cerró el caso al entender que el primer mandato
de Trevijano era anterior a los Estatutos y quedaba fuera del cómputo.
Ríos recurrió la decisión al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, por
sentencia firme en junio de 2011, ordenó anular las elecciones y pedir al
juzgado de primera instancia que ejecutara la sentencia: "Anulamos la
proclamación de la candidatura de Don Pedro José González-Trevijano Sánchez a
las elecciones a Rector convocadas el 23 de octubre de 2009, con retroacción del
proceso electoral al momento inmediato anterior al de la proclamación
provisional".
Se ordenó la ejecución de la sentencia en octubre de 2011 pero no se ejecutó,
por lo que David Ríos puso una querella por prevaricación contra el juez Alberto
Palomar, que fue inadmitida (con el voto en contra de un magistrado del Supremo
que sí pidió investigar).
Un mes después, con la sentencia pendiente de ejecutar, el Constitucional
admitió el recurso de amparo que presentó González Trevijano –entonces aún
rector– porque entendió que ese fallo había vulnerado "su derecho fundamental a
acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos", de modo
que la ejecución se suspendió.
La Fiscalía había rechazado en un informe dar el amparo. Sin embargo, el 7 de
noviembre de 2012, el Tribunal Constitucional falló a favor de Pedro
González-Trevijano, que quedó a todos los efectos legitimado como rector.
Solo una magistrada del TC emitió un voto en contra. Como ha podido comprobar
eldiario.es, Encarnación Roca Trías manifiestó su desacuerdo al entender que
unas elecciones a rector no estaban protegidas por ese derecho constitucional,
que se circunscribe a a cargos electivos de representación política en el Estado
y citó doctrina anterior del TC que así lo valida. En su opinión no se había
producido ninguna desigualdad en el proceso.
Nueve meses después del fallo del Constitucional, el gobierno de Mariano Rajoy
nombró a Pedro González-Trevijano como magistrado de ese mismo alto tribunal,
donde continúa. Así lo anunció Soraya Sáenz de Santamaría tras la reunión del
Consejo de Ministros del 7 de junio de 2013.
http://m.eldiario.es/politica/Grabaciones-implican-magistrado-Tribunal-Constitucional_0_607189711.html
EL PP QUIERE QUE SU EX DIPUTADO Y CATEDRÁTICO OLLERO PRESIDA EL CONSTITUCIONAL
El catedrático de Filosofía del Derecho y ex diputado del PP Andrés Ollero
Tassara se perfila como nuevo presidente del Tribunal Constitucional (TC),
mientras que la vicepresidencia recaerá con toda probabilidad en la magistrada
Encarnación Roca Trías (que en su día fue elegida a propuesta del PSOE).
Se trata de un nombramiento de especial trascendencia, pues el Gobierno de
Mariano Rajoy ha decidido poner en manos del Tribunal Constitucional buena parte
de los resortes jurídicos para frenar la ofensiva independentista de la
Generalitat de Cataluña, que preside Carles Puigdemont.
De acuerdo con los plazos legales, antes de que concluya el año el Senado
debería aprobar la designación de cuatro de los 12 miembros del Constitucional,
en sustitución de los que fueron elegidos en 2010. La renovación afectará por
tanto al actual presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos; la
vicepresidenta, Adela Asua, y Ricardo Enríquez Sancho, que se incorporó al
Tribunal en marzo de 2014 tras el fallecimiento de Francisco José Hernando.
Además, debe cubrirse la vacante del magistrado Luis Ignacio Ortega, fallecido
en abril de 2015.
La vicepresidencia, para el PSOE
De acuerdo con la tradición de los últimos mandatos, todo indica que el Senado
designará a dos magistrados afines al PP y otros dos afines al PSOE. De este
modo, se preservará el actual equilibrio en el alto Tribunal, en el que existe
una mayoría de siete magistrados próximos al PP “conservadores” frente a cinco
afines al PSOE.
El acuerdo que los dos grandes partidos han aplicado hasta ahora indica que, una
vez renovada la tercera parte de los miembros del Tribunal, se designará a un
presidente próximo al PP y una vicepresidenta afín al PSOE, entre los miembros
del tercio más antiguo: es decir, entre los cuatro magistrados elegidos por el
Congreso de los Diputados en 2012.
Hay pocas dudas de que la Vicepresidencia corresponderá a Encarnación Roca Trías
(Barcelona, 1944), que fue la primera catedrática de Derecho Civil en España y
la cuarta mujer que accedió a un puesto en el Tribunal Supremo. Doctora por la
Universidad de Barcelona, ha dictado varias sentencias pioneras en Derecho Civil
y de Familia.
La magistrada del TC Encarnación Roca Trías.
En cuanto a la presidencia del Constitucional, correspondería a uno de los dos
magistrados elegidos en 2012 a propuesta del PP: Andrés Ollero o Juan José
González Rivas. Según las fuentes jurídicas consultadas por OKDIARIO, el primero
de ellos tiene todo a su favor para acceder al cargo.
Aunque también puede pesar en su contra el hecho de que haya sido diputado del
PP durante 17 años, un dato que ya resultó especialmente polémico cuando fue
elegido miembro del TC en 2012. Entonces se impuso el criterio de que las únicas
incompatibilidades que se pueden aplicar a los miembros del Constitucional son
las que figuran en su Ley Orgánica, que no incluyen el hecho de haber militado
en un partido político.
La misma polémica se planteó respecto al actual presidente del TC, Francisco
Pérez de los Cobos, después de que trascendiera que fue militante del PP durante
varios años. De hecho, PP y PSOE sumaron sus votos en julio de 2015 para impedir
que prosperara una enmienda con la que ERC pretendía impedir que los miembros
del Constitucional puedan militar en un partido o sindicato durante el ejercicio
de su cargo.
Como diputado del PP, Andrés Ollero ha sido portavoz en las Comisiones de
Educación y Justicia del Congreso de los Diputados. Tras ser diputado por
Granada durante 17 años, abandonó su escaño en 2003 para reincorporarse a su
puesto de catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad Rey Juan Carlos
de Madrid.
Contra el aborto y el matrimonio gay
Miembro numerario del Opus Dei, se ha pronunciado en distintas ocasiones en
contra del aborto y del matrimonio homosexual impulsado por el Gobierno de
Rodríguez Zapatero. También ha sido presidente de la Fundación Ciudadanía y
Valores (Funciva), un puesto que hoy ocupa el ex ministro de Justicia Alberto
Ruiz-Gallardón.
El otro magistrado afín al PP que podría optar a la presidencia del Tribunal
Constitucional, aunque con menos opciones, es Juan José González Rivas. Ha sido
magistrado de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo y
miembro de la Junta Electoral Central (JEC), por designación del Consejo General
del Poder Judicial (CGPJ).
Fue uno de los magistrados del TC que firmaron un voto particular en contra de
la sentencia que avaló el matrimonio homosexual y en 2009 defendió una ponencia
a favor de permitir la objeción de conciencia a la asignatura de Educación a la
Ciudadanía, también instaurada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.
El magistrado del Constitucional Juan José González Rivas.
Las fuentes jurídicas consultadas por OKDIARIO admiten que en estos momentos
está “muy abierta” la elección entre ambos candidatos para el cargo de
presidente del TC. Ante la duda, la mayoría conservadora podría inclinarse por
un tercer nombre: Pedro González-Trevijano, que fue elegido miembro del
Constitucional en 2013 a propuesta del CGPJ.
Aunque en este último caso, señalan las mismas fuentes, la mayoría conservadora
del Tribunal podría dividirse, propiciando así la elección de la progresista
Encarnación Roca Trías (designada en su día a propuesta del PSOE) como
presidenta.
Pedro González-Trevijano (Madrid, 1958) es catedrático en Derecho
Constitucional. Ha sido rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) de
Madrid y vocal de la Junta Electoral Central (JEC). Como miembro de la comisión
de expertos sobre el futuro del Valle de los Caídos nombrada por el Gobierno de
Rodríguez Zapatero, se opuso al traslado de los restos del Franco por considerar
que esta medida serviría “más para separar, dividir y tensionar”.
Se vuelven a demorar los plazos
De acuerdo con la Ley Orgánica 2/1979 del Tribunal Constitucional, los
magistrados de este órgano son nombrados por un período de nueve años. Por su
parte, el presidente del TC tiene un mandato de tres años, que puede ser
renovado una sola vez.
Cada tres años debe renovarse la tercera parte de los 12 miembros del Tribunal.
Sin embargo, la falta de acuerdo entre el PP y el PSOE retrasó el último
nombramiento de los cuatro miembros designados por el Senado: debía aprobarse en
2007 y se postergó hasta 2010. Se trata de los cuatro magistrados que deben ser
sustituidos ahora. De nuevo, el tiempo apremia y parece improbable que los
nombramientos puedan aprobarse este mes de diciembre
https://okdiario.com/investigacion/2016/12/09/ex-diputado-del-pp-andres-ollero-perfila-como-nuevo-presidente-del-tribunal-constitucional-586163
EL CONSTITUCIONAL DESOYE UNA DEMANDA PARA QUE SU PRESIDENTE FUERA CESADO POR
CONFLICTO DE INTERESES
Se acusaba a Pérez de los Cobos de incompatibilidad por tener una empresa
abierta, pero la vicepresidenta del Tribunal ni siquiera ha convocado al Pleno
El pasado 24 de agosto, ELPLURAL.COM publicaba una noticia firmada por nuestros
colaboradores Los Genoveses en la que informábamos de que seguía sin cerrarse
una empresa, Labour Prospectives, S.L. cuyo administrador y propietario era
Francisco Pérez de los Cobos, actual presidente del Tribunal Constitucional (TC),
y por tanto quinto rango de poder en el Estado, sólo por detrás del Rey, el
Presidente del Gobierno y los Presidentes de Congreso y Senado.
En principio, la Ley de Ordenación del Poder Judicial (LOPJ) dice que es
incompatible para cualquier magistrado ser propietario de una sociedad
mercantil. En concreto, dice en su artículo 389, donde regula estas
incompatibilidades que “el cargo de Juez o Magistrado es incompatible (…) con
todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido; con el ejercicio de
toda actividad mercantil, por sí o por otro”.
En esta misma información de ELPLURAL.COM hacíamos referencia al hecho, que ya
habíamos publicado con anterioridad, de que Pérez de los Cobos ocultó tanto en
la biografía que presentó a la Comisión de Nombramientos del Senado que le
examinó para aprobar su idoneidad, como también durante su intervención, la
existencia de esa empresa (por cierto, también ocultó desvelar el hecho de que
había sido militante cotizante del PP).
Requerimiento por "incumplimiento"
Citando expresamente nuestra información y la LOPJ, pocos días después, el 29 de
agosto, José Luis Mazón Costa, como presidente del Partido Político Contrapoder,
presentó un requerimiento a los miembros del Pleno Gubernativo del Tribunal
Constitucional (que se puede consultar en este enlace) para que “por
incumplimiento del deber de dignidad inherente al cargo e incompatibilidad
sobrevenida se declare por los magistrados integrantes del Pleno Gubernativo, la
vacante del puesto de Magistrado del Tribunal que ocupa el Sr. Pérez de los
Cobos y la devolución de los sueldos o remuneraciones recibidas del Tribunal
Constitucional desde que es administrador de la referida mercantil (Labour
Prospectives S.L.) por ser ambos cargos incompatibles”.
Puestos en contacto con el Tribunal Constitucional, ELPLURAL.COM ha sabido que
la petición ha sido rechazada. O más exactamente, que ni siquiera ha sido
considerada, ya que la vicepresidenta del Constitucional, la magistrada Adela
Asua -presentada en su momento para ocupar este cargo por el PNV- desestimó
incluso la convocatoria del Pleno Gubernativo del Tribunal.
Obligados a declararlas inactivas
La razón para ello, han informado a ELPLURAL.COM en el TC, es que el simple
hecho de la petición del cese de uno de los miembros del Constitucional no es
admisible, ya que “por garantía de la independencia que es inherente” al
Tribunal, estas peticiones “solo pueden ser impulsadas y ejercidas por los
propios Magistrados”. Es decir, sólo un miembro del Constitucional puede pedir
que otro, y desde luego el Presidente, cese. Como decimos, basándose en esta
interpretación, Asua, la vicepresidenta del TC, decidió el archivo del
requerimiento de José Luis Mazón.
Además, también se nos ha informado desde el Tribunal Constitucional de que los
magistrados no están obligados a cerrar las empresas que poseyeran o
administraran antes de ocupar sus cargos, sino tan sólo a declararlas inactivas.
Que sería lo que habría hecho Pérez de los Cobos con Labour Prospectives S.L.
Lo cierto es que de esta manera, Francisco Pérez de los Cobos se ve libre una
vez más de explicar, ni asumir responsabilidades, por un hecho que, al menos
éticamente, parece discutible: el oscurantismo en el que quedan tapadas las
gestiones que hizo al frente de una empresa, Labour Prospectives S.L., cuya
dedicación fundamental era el asesoramiento.
¿A qué empresas asesoró?
Por ejemplo, han quedado sin desvelarse la identidad de las empresas a las que
asesoró. Y en consecuencia, resulta imposible saber si alguna de esas empresas
que acudieron a Pérez de los Cobos asesor ha recurrido después al
Constitucional, y si el Presidente del TC se inhibió, como parece claro que
tendría que hacer.
De hecho, en su petición al Pleno Gubernativo del Constitucional, Mazón ya
advertía que “es evidente que debe investigarse si clientes de Labour
Perspective S.L. han acudido al TC en demanda de amparo o como parte contraria
en un amparo admitido, para lo cual debe de exigírsele al magistrado y
presidente sospechoso de uso del cargo para fines propios la aportación de la
relación de clientes…”.
El hecho de que el propio Pérez de los Cobos, como decimos, no señalara la
existencia de Labour Properties S.L. a la Comisión de Nombramientos del Senado
(igual que olvidó mencionar su pertenencia al Partido Popular) no ayudan a
desvanecer las sospechas que apuntaba el reclamante. La decisión de no admisión
a trámite del requerimiento tapa esta vía, y que no llegue acompañada de
explicaciones voluntaria del propio de los Cobos, mantienen flotando una nube
sobre un cargo clave en la administración del Estado.
http://www.elplural.com/politica/2016/11/12/el-constitucional-desoye-una-demanda-para-que-su-presidente-fuera-cesado-por
EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL FIRMA SENTENCIAS Y CUENTAS MERCANTILES
Pérez de los Cobos de nuevo se desenvuelve entre lo legal y lo ético
Cuando el 6 de octubre del 2010 el catedrático de Derecho del Trabajo, Francisco
Pérez de los Cobos, candidato a magistrado del TC a propuesta del GPP,
compareció en la Comisión de Nombramientos del Senado nadie de los allí
presentes, salvo él mismo y algún que otro parlamentario del PP, conocían dos
aspectos de su trayectoria que tampoco fueron desvelados en aquel momento por el
entonces candidato:
El primero tenía que ver con su militancia activa en el Partido Popular de
Cataluña, mientras que el segundo era su condición de administrador único de una
sociedad mercantil denominada “Labour Prospectives, SL”. Ambos datos también
fueron ocultados en el generoso CV que el GPP distribuyó a los miembros de la
Comisión que debía votar su idoneidad para el TC.
Tras su elección tuvieron que pasar 3 largos años para que en julio del 2013,
por puro accidente periodístico y al rebufo del Caso Gürtel, se conociera que
Pérez de los Cobos, recién elegido Presidente del TC, era además de Catedrático,
un cualificado militante del PP y que como tal pagaba sus cuotas a la
organización política a la que pertenecía. Su militancia generó una fuerte
polémica política y jurídica que acabó con su recusación como magistrado por
parte de la Generalitat de Cataluña. La mayoría absoluta del PP en el Parlamento
y en el propio TC fue determinante para que Pérez de los Cobos continuará en su
cargo y de paso discretamente se diera de baja en el PP.
La segunda cuestión que como decíamos ocultó al Senado fue su condición de
administrador único de "Labour Prospectives,SL", una sociedad constituida en
Barcelona en el año 2003 cuyo objeto social es "la elaboración de estudios en el
ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y
asesoramiento general en el ámbito social".
Cuando en mitad de la polémica sobre su militancia se publicaron las primeras
informaciones sobre sus vinculaciones mercantiles, el aludido se negó a dar
ningún tipo de explicación sobre quiénes habían sido sus clientes alegando que
era “una cuestión privada” y que, en todo caso, la citada sociedad estaba
inactiva.
Las dudas razonables y razonadas que ya existían sobre su imparcialidad se
vieron incrementadas por su calculado silencio sobre si había facturado, por
ejemplo, a asociaciones de empresarios y al propio PP sobre contenidos de
reformas en el mercado laboral como las que casualmente se pusieron en marcha
tras la llegada al gobierno de uno de sus clientes y a la vez Presidente de su
Partido, Mariano Rajoy.
El hecho cierto es que tras estas informaciones el silencio más silencioso se
volvió a imponer y Pérez de los Cobos volvió una vez más a imponer su criterio
con el apoyo expreso de sus padrinos políticos, mediáticos y empresariales.
Y en estas estábamos cuando muy a su pesar se ha conocido el deposito en el
Registro Mercantil de Barcelona de las cuentas de la citada sociedad referidas
al año 2015.
Y es aquí donde una vez más las líneas divisorias entre lo legal y lo ético se
estrechan hasta solaparse y colisionar. Como se verá a continuación dictar
sentencias y a la vez firmar cuentas resulta en el mejor de los casos poco
estético, nada ético y de dudosa legalidad. Vayamos al grano. Nada mejor que
para ello pongamos en relación dos fechas:
30 de junio 2016. Ese jueves el Presidente del Tribunal Constitucional se
desdobla para ejercer como administrador único de “Labour Prospectives, SL” y
así poder firmar el acta de su junta universal y ordinaria en la que se aprueban
las cuentas del año 2015 para su posterior depósito en el Registro Mercantil. No
se dispone de información sobre si la Junta se celebró en la sede que la
sociedad tiene en Barcelona o en otro lugar.
5 de octubre 1979. Este día el BOE publica la Ley Orgánica del Tribunal
Constitucional. En su articulo 19.1 se establecen los supuestos de
incompatibilidad de sus magistrados. A los efectos de esta crónica interesa
detenerse en el siguiente:
1.“El cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional es incompatible:
1.7. Con el desempeño de actividades profesionales o mercantiles”.
Y es aquí donde las dos fechas entra en colisión entre lo legal y lo ético ya
que no hay la más mínima duda, mire por donde se mire, que el citado apartado 7
del artículo 19 establece de forma meridiana que un magistrado del TC es
incompatible con el desempeño de cualquier actividad mercantil.
Esta incompatibilidad, sin embargo, queda en entredicho cuando se constata que
la mano con la que estampa su firma, la original y genuina, es la misma con la
que indistintamente rúbrica sentencias de obligado cumplimiento y las cuentas
anuales de una sociedad mercantil dedicada al asesoramiento legal para
potenciales clientes que han podido o podrían acabar solicitando amparo al
Tribunal que él mismo preside. Dato este que desconocemos por su negativa a
facilitarlo.
Lo dejamos aquí siendo conscientes que como es ya habitual esta noticia como
otras muchas que ha protagonizado este cualificado militante genovés, empresario
y magistrado dejará de serlo y las aguas institucionales seguirán su curso sin
inmutarse. Eso sí, mientras todo esto sucede su Partido continuará negociando
con sus socios de Ciudadanos fórmulas extravagantes para “acabar” con los
múltiples y variados casos de corrupción que les rodea.
http://www.elplural.com/2016/08/24/el-presidente-del-constitucional-firma-sentencias-y-cuentas-mercantiles
EL CONSTITUCIONAL AVALA EL RECORTE SANITARIO A LOS INMIGRANTES ‘SIN PAPELES’
El tribunal considera que el real decreto no vulnerara la Constitución
El pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la constitucionalidad del real
decreto 16/2012 por el que el Gobierno de Mariano Rajoy dejó sin tarjeta
sanitaria a los inmigrantes que no tuviera permiso de residencia en España.
Fuentes del tribunal han confirmado que el real decreto fue apoyado por ocho
votos frente a tres en el pleno celebrado este jueves, pero la sentencia aún no
ha sido notificada porque falta la incorporación de los votos particulares de
los magistrados que se posicionaron en contra de la opinión mayoritaria.
La norma avalada entró en vigor en septiembre de 2012 y había sido recurrida por
el Parlamento de Navarra. El Constitucional ha rechazado el recurso en su mayor
parte por considerar que el real decreto no vulnerara la Constitución porque el
Gobierno justificó su adopción en un contexto económico excepcional. La retirada
de la tarjeta sanitaria a los inmigrantes sin papeles formó parte de una batería
de recortes en materia sanitaria decretados por Rajoy poco después de llegar a
La Moncloa y con Ana Manto al frente del Ministerio de Sanidad.
Desde que entró en vigor en septiembre de 2012, los inmigrantes sin tarjeta de
residencia solo tienen atención gratuita en urgencias, parto y posparto, aunque
muchas comunidades se han saltado la norma y han seguido atendiendo a este
colectivo. Desde su aprobación, Médicos del Mundo afirma que más de 800.000
personas han perdido el derecho a una asistencia sanitaria.
http://politica.elpais.com/politica/2016/07/22/actualidad/1469198956_988423.html
PÉREZ DE LOS COBOS PRORROGA SU MANDATO POR UNA LEY QUE EL PP VEÍA
INCONSTITUCIONAL
El 20 de junio 2013 el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba el
nombramiento de Francisco Pérez de los Cobos como presidente del Tribunal
Constitucional. La ley contemplaba que el mandato presidencial abarcara un
periodo de tres años, transcurrido el cual, el mismo candidato podría ser
reelegido por un periodo idéntico de tiempo si no había agotado aún su
permanencia máxima de nueve años en el TC. Es obvio que el legislador no pensó
en casos excepcionales como, por ejemplo, que no coincidiera el último trienio
presidencial con el de estancia en el Tribunal Constitucional. Esa circunstancia
producía un vacío que nadie cuestionó durante años hasta que el PP, cuando
entendió que iba en contra de sus intereses, decidió impugnar la norma.
El caso de Pérez de los Cobos es un ejemplo de lo mal que se hicieron las cosas.
En una cosa tan aparentemente sencilla de cumplir como es la renovación en plazo
de los órganos constitucionales es donde algunos vieron el modo de emprender una
especie de batalla jurídico-mediática encaminada a desprestigiar la institución
y a quien la presidiera si no comulgaba con sus ideas. Todo tiene relación de un
modo u otro con el recurso que el PP presentó en 2006 contra el Estatuto de
Cataluña. Da para un libro pero, a modo de resumen, señalar que la renovación de
aquel Tribunal se demoró más de tres años y las consecuencias de aquel
desbarajuste se siguen visualizando. Para no perseverar en el error y que las
cuentas volvieran a cuadrar se consideró que los magistrados propuestos por el
Senado en 2010 permanecieran tan sólo seis años en sus puestos. Otro parche más.
Es aquí donde las piezas del puzle empiezan a no encajar. Pérez de los Cobos, al
igual que los otros tres magistrados propuestos por la Cámara Alta, ingresó en
el Tribunal Constitucional en diciembre de 2010, esto es, le queda medio año
para tener que abandonarlo. Lo que ocurre es que, en teoría, no hubiera podido
ocupar su despacho presidencial más allá del pasado 20 de junio, cuando
expiraban sus tres años de mandato, sin una modificación legal emprendida por
los socialistas años atrás y que los populares tildaron entonces de
inconstitucional. Era una norma no escrita. Se trataba de que cuando el periodo
máximo de presidente (3 años) no coincidiera con el de estancia (9 años) para
abandonar simultáneamente ambos cargos se prorrogaba el mandato de presidente de
forma automática sin necesidad de tener que pasar por una reelección hasta que
cesara como magistrado..
Eso fue lo que le sucedió a la expresidenta María Emilia Casas. De la nada salió
un fuerte rumor amplificado por un medio de comunicación progresista de que el
bloque conservador del Tribunal Constitucional quería aprovechar la coyuntura
para forzar una votación prevista en la anterior ley para derrocar a la
presidenta, una vez que su periodo de mandato ya había expirado. El rumor fue
creciendo y el PSOE quiso enterrarlo con una reforma exprés de la Ley Orgánica
del Tribunal Constitucional (LOTC) de tal forma que lo que era una norma no
escrita adquiriera rengo de ley de la noche a la mañana.
El PP sacó toda su artillería para torpedear la reforma y, sarcásticamente, la
bautizó como la ‘enmienda Casas’. El entonces diputado popular Ignacio Astarloa
descalificó la norma y acusó a los socialistas de blindar a Casas en la
presidencia. En realidad, el supuesto blindaje de la expresidenta si los
políticos hubieran renovado el TC en plazo era de seis meses, el mismo tiempo
que de forma automática, ya con la ley aprobada, ha visto prorrogado su mandato
Pérez de los Cobos.
A partir del recurso interpuesto por el PP contra la reforma de la LOTC la
expresión “por primera vez” se convierte en algo habitual en esta historia. Y es
que por primera vez la presidenta y el vicepresidente, por aquel entonces,
Guillermo Jiménez, decidieron abstenerse al entender que la norma les afectaba
directamente puesto que hablaba de una prórroga automática tanto para al
presidente como para el vicepresidente. También por primera vez el Gobierno
recusó a dos magistrados del Tribunal Constitucional, Jorge Rodríguez Zapata y
Roberto García Calvo, para apartarles del debate sobre la constitucionalidad de
la ley. El motivo era una carta que hicieron llegar al pleno del Tribunal en la
que ambos manifestaban su “profunda discrepancia” con el texto legal que había
sido aprobado por el Ejecutivo. Este rechazo fue entendido como un acto que
sirvió para prejuzgar la norma, por lo que quedaban “contaminados” para
resolverla.
La Constitución prevé que el Tribunal Constitucional esté compuesto por doce
miembros. Pues bien, con la presidenta y el vicepresidente abstenidos, con dos
magistrados recusados, el quorum para resolver el incidente de recusación era de
ocho magistrados, el mínimo previsto por la ley para resolver cualquier asunto.
Así que por primera vez dos terceras partes del Tribunal se reunieron para
resolver la cuestión presididos por el magistrado de mayor edad Vicente Conde.
Pero la cosa no quedó ahí. El PP jugó todas sus bazas y recusó a otros tres
magistrados del llamado sector progresista: Manuel Aragón, Pascual Sala y Pablo
Pérez Tremps basándose sólo en informaciones periodistas que iban sin firma y
que aseguraban que también se habían pronunciado sobre la reforma durante una
reunión en el despacho de la presidenta.
La veracidad de la información fue desmentida por todos y cada de uno de los
protagonistas de la noticia, incluidos por los magistrados del sector
conservador, pero no impidió al PP seguir adelante. Las tres recusaciones no
fueron admitidas a trámite y quedaron rechazadas de plano. Si no hubiera sido
así el Tribunal Constitucional se hubiera metido en un laberinto jurídico sin
precedentes y por primera vez se hubiera quedado sin quorum suficiente para
celebrar un pleno. Aquello que en 2007 suponía una quiebra del Estado de
Derecho, un “golpe oportunista” que vulneraba “sin ningún género de dudas” dos
artículos de la Constitución, ha quedado olvidado, sobre todo si la modificación
legal favorece a alguien que durante años pagó religiosamente sus cuotas como
militante del PP. Ya nadie recuerda que el principal partido de la oposición
llegó a recusar durante la tramitación del recurso contra el Estatuto de
Cataluña a cuatro magistrados del sector progresista. Todo un récord o, si se
prefiere, por primera vez un partido político trató de apartar a cuatro
magistrados del TC.
https://www.cuartopoder.es/invitados/2016/06/27/perez-de-los-cobos-prorroga-su-mandato-en-el-tc-gracias-a-una-ley-que-el-pp-veia-inconstitucional/8065
El
Constitucional avala que Camps equiparase embriones y niños
El 'nasciturus' puede tenerse en cuenta al puntuar las peticiones de plazas
escolares
El Tribunal Constitucional ha avalado la decisión adoptada por el Gobierno
valenciano en 2009, cuando lo presidía Francisco Camps, de equiparar a los
embriones con los niños. La posible inconstitucionalidad de la equivalencia a
efectos de solicitar plazas educativas había sido planteada por el Tribunal
Superior de la Comunidad Valenciana tras no encontrar "una interpretación de la
disposición" que permitiera "la acomodación del precepto al ordenamiento
constitucional".
El Constitucional considera que la norma valenciana, aplicada en varias órdenes
de la Generalitat que regularon el acceso escolar, no contraviene la normativa
estatal al haberse introducido como un criterio "adicional" a los fijados para
el conjunto de España.
En 2009, siendo Camps presidente y Juan Cotino responsable de Bienestar
Social y mientras el Ejecutivo presidido por José Luis Rodríguez Zapatero
cambiaba la ley del aborto para introducir el sistema de plazos, la Generalitat
aprobó medidas que suponían conceder ciertos derechos vinculados a la gestación.
Lo hizo en el marco de un plan al que llamó Más Vida.
Una de las medidas, desarrollada en órdenes de la Consejería de Educación,
preveía que en el acceso a centros escolares "los solicitantes cuya madre se
encuentre en estado de gestación se beneficiarán de una puntuación idéntica a la
que obtendrían si ya hubiera nacido su nueva hermana o hermano".
También contemplaban que en caso de empate entre aspirantes a entrar en un
colegio se tuvieran en cuenta entre otros criterios la condición de "familia
numerosa en cualquiera de sus categorías como madre gestante".
La regulación fue criticada por la oposición, anulada en una de sus aplicaciones
concretas por un juez de Instrucción de Valencia y recurrida por la fiscalía y
la Abogacía del Estado. Esta última, pese a la coincidencia al frente del
Gobierno y el Consell del mismo partido, el PP, combatió jurídicamente el
contenido de las órdenes educativas de la Generalitat en el Tribunal Superior
valenciano.
Este órgano judicial planteó una cuestión de inconstitucionalidad al
considerar que "la inclusión del nasciturus como sujeto de derecho a ser
contabilizado como miembro de la unidad familiar" no figuraba en la normativa
española. Y que tampoco encajaba "en la configuración jurídica que nuestro
ordenamiento jurídico hace de la figura del nasciturus".
El Constitucional, según una sentencia fechada a mediados de diciembre a la que
ha tenido acceso Efe, ha establecido que la normativa valenciana no invade
competencias estatales. El tribunal señala que el marco educativo español
establece unos criterios prioritarios a aplicar cuando existen menos plazas que
solicitudes. "Pero no concreta ni la totalidad de criterios manejables ni
especifican el modo preciso de baremar".
Al contemplar al embrión, la regulación valenciana persigue atender la
expectativa de aumento del número de miembros de la familia, considera la
sentencia. Y supone introducir un criterio "adicional" que se aplica de forma
transversal a los fijados por la ley general sin contravenir por ello "las bases
estatales".
El fallo también indica que la normativa autonómica concede a la figura del no
nacido una puntuación "razonable" dentro del conjunto de elementos a valorar
para la concesión de plazas, con lo que "no desfigura ni diluye los criterios
básicos estatales".
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2016/01/08/valencia/1452279134_833063.html
OLLERO DEFIENDE SU IMPARCIALIDAD PARA ENJUICIAR LA LEY DE LA ABORTO
El magistrado del Tribunal Constitucional dice que actuará conforme a
"criterios jurídicos"
El expresidente del Constitucional, Pascual Sala y el magistrado Andrés Ollero.
PABLO HOJAS
"No estoy en el Tribunal Constitucional [TC] para intentar que prevalezcan mis
juicios políticos ni morales, sino para utilizar criterios jurídicos, lo cual no
quiere decir que lo que yo ponga en una sentencia no sea lo que a mí me parece
lo ideal", ha manifestado este martes Andrés Ollero Tassara. El magistrado del
TC ha defendido su imparcialidad para resolver el recurso contra la ley del
aborto —presentado en 2010—, que fue aprobada el mismo año por el Gobierno
socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, aunque la opinión pública
"presuponga" que no es un "entusiasta" de la interrupción voluntaria del
embarazo.
El magistrado Andrés Ollero Tassara, exdiputado del Partido Popular durante 17
años, ha reiterado que sus creencias personales no afectarán a la sentencia del
recurso de inconstitucionalidad planteado por el Partido Popular contra la Ley
de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, y
que continúa sin resolverse cinco años después. Ollero ha defendido su
objetividad en el marco de los cursos de verano de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo (UIMP) de Santander.
Aunque no se ha pronunciado específicamente sobre su rechazo o no hacia la
ley del aborto, Ollero Tassara sí ha querido dejar claro que él no dijo en un
artículo que "España fuera un paraíso abortista" con el Gobierno de Zapatero,
sino que era una cita de un informe del Consejo de Estado defendiendo
precisamente la normativa. El magistrado ha escrito algunos artículos en los que
mostraba posiciones no favorables a la interrupción voluntaria del embarazo.
Andrés Ollero Tassara dirige el ciclo de conferencias Tribunal Constitucional:
logros y dudas, que se desarrolla esta semana en la UIMP. Respecto a la
desconfianza que pueda suscitar en la ciudadanía que los magistrados sean
propuestos por los grandes partidos, ha subrayado que ellos actúan de forma
independiente, sin atender a presiones políticas de ningún tipo, sino conforme a
la normativa constitucional.
Otro de los ponentes del curso es el presidente emérito de TC y del Tribunal
Supremo (TS) Pascual Sala, que se ha referido a la posible declaración
unilateral de independencia catalana. Sala no ha querido hacer juicios
"futuribles" de cómo actuaría el TC en tal caso, pero sí ha manifestado que
espera soluciones políticas "proporcionadas, adecuadas y razonables" al
"problema" que existe en las relaciones entre Cataluña y el resto de España
porque, en su opinión, la actividad política de las dos partes "es necesaria"
para encontrar soluciones.
http://politica.elpais.com/politica/2015/07/28/actualidad/1438086013_596726.html
PP Y PSOE VOTAN EN CONTRA DE IMPEDIR LA MILITANCIA EN EL CONSTITUCIONAL
Los socialistas alegan que han rechazado la enmienda por un problema técnico
y que la recuperarán en el pleno
El PSOE y el PP sumaron ayer sus votos contra una enmienda que pretende impedir
que los magistrados del Tribunal Constitucional puedan militar en algún partido
político cuando están ejerciendo sus tareas jurídicas. La enmienda la propuso el
grupo catalán ERC y contó con el apoyo de UPyD. Pretendía atajar casos como el
de Francisco Pérez de los Cobos, el actual presidente del tribunal, que reveló
su militancia en el PP solo cuando ya estuvo en el cargo.
El PP y el PSOE votaron juntos ayer en la Comisión Constitucional del Congreso
en contra de una enmienda que trataba de prohibir la militancia política y
sindical a los magistrados del Tribunal Constitucional en el ejercicio de su
cargo. La enmienda era del diputado de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC)
Joan Tardà y fue apoyada por UPyD. Los socialistas alegan que no la apoyaron por
un problema técnico. Argumentaron que en la ponencia —paso previo a la comisión
celebrada ayer— solo estuvieron presentes PP y PSOE y por tanto fue imposible
discutirla.
Fuentes socialistas aseguran que tienen intención de recuperarla e intentar
incorporarla en el trámite futuro en el Pleno del Congreso cuando se debata la
próxima semana. No saldrá adelante si el PP mantiene su rechazo a la misma.
En 2013, cuando EL PAÍS desveló que el actual presidente del Tribunal
Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, había sido militante del PP, la
institución hizo pública una nota en la que citaba el auto 226/1988, de 16 de
febrero de 1988, que aseguraba que “la Ley Orgánica de este Tribunal, de
aplicación prioritaria respecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la
Ley de Enjuiciamiento Civil, no impide que los magistrados puedan pertenecer a
partidos y sólo se les impide ocupar dentro de los partidos cargos de carácter
directivo”. Es decir, que lo que está prohibido es compatibilizar el cargo de
magistrado con la dirección de un partido pero no con la militancia.
La enmienda de ERC pretendía, precisamente, establecer esa prohibición y hacerla
equivalente a la de los miembros de la carrera judicial. En ningún caso se
refiere a impedir el acceso al Constitucional a aquellas personas que hayan sido
militantes de un partido o sindicato. Solo mientras sean miembros del tribunal.
En la polémica que se suscitó en el caso de Pérez de los Cobos, lo que se
cuestionó no solo fue la militancia de este —pagó cuotas siendo presidente del
Constitucional—, sino que no la comunicara hasta ocupar el cargo, cuando
compareció en el Senado como aspirante a magistrado.
El Constitucional siempre ha arrastrado las críticas de estar muy politizado
porque los partidos proponen a una parte de sus miembros. Pero cuando se reveló
la militancia de Pérez de los Cobos, varios magistrados que han pasado por este
tribunal enfatizaron que “jamás han conocido un precedente de un magistrado
militante porque no lo permite taxativamente la ley”.
El PP y el PSOE han acordado en el Congreso cambiar la ley del Constitucional
para restablecer el recurso previo de inconstitucionalidad pero solo para
estatutos de autonomía. Es decir, que el tribunal vea los estatutos aprobados en
las Cortes antes de que se sometan a referéndum.
http://politica.elpais.com/politica/2015/07/08/actualidad/1436381518_143552.html
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AMPARA AL FARMACÉUTICO DE SEVILLA QUE SE NEGÓ A TENER
PÍLDORAS DEL DÍA DESPUÉS
El Alto Tribunal considera sin embargo que el derecho a la objeción de
conciencia no le ampara a no dispensar preservativos
Un voto particular de la vicepresidenta del TC advierte de que el fallo supone
un "drástico cambio doctrinal [que] puede traer consecuencias aciagas para
nuestro Estado constitucional de Derecho y, en definitiva, para nuestra
convivencia"
Negarse a tener en la farmacia la píldora del día después es una decisión
protegida por el derecho a la objeción de conciencia. Así lo ha reconocido el
Pleno del Tribunal Constitucional en una sentencia en la que ampara a un
farmacéutico sevillano que fue sancionado por la Junta de Andalucía por no
disponer de estas píldoras. Considera que el Gobierno andaluz vulneró su derecho
a la objeción de conciencia "como manifestación de la libertad ideológica y
religiosa que la Constitución reconoce en su artículo 16.1".
En cambio, ante la negativa de tener preservativos –como también fue el caso de
este farmacéutico– el Tribunal rechaza concederle el amparo porque "ningún
conflicto de conciencia con relevancia constitucional puede darse en este
supuesto". El incumplimiento de la obligación de tener preservativos "queda a
extramuros de la protección que brinda" la Constitución, matiza la sentencia.
La Junta de Andalucía le sancionó con más de 3.000 euros por no tener en la
farmacia preservativos ni píldoras del día después. Sin embargo, no aclaró qué
cantidad pedía por la ausencia de cada producto. Ante esta situación, el
Tribunal da la oportunidad a la Junta de que reformule su denuncia teniendo en
cuenta que solo podrá referirse a la negativa de tener preservativos.
No se puso "en peligro" el derecho de la mujer
Los magistrados del Constitucional han tenido que analizar, por un lado, si el
derecho a la objeción de conciencia que la doctrina constitucional reconoce a
los médicos puede también aplicarse a los farmacéuticos. Y por otro, hasta qué
punto compromete este derecho la salud sexual y reproductiva de la mujer a
través de la interrupción voluntaria del embarazo.
Pese a las diferencias que hay entre médicos y farmacéuticos a la hora de
interrumpir un embarazo, el Pleno considera que hay cierto paralelismo porque el
efecto de esta píldora choca "con la concepción que profesa el demandante sobre
el derecho a la vida".
Respecto a la decisión del farmacéutico de no tener en su negocio el "mínimo"
legal de píldoras y preservativos, el Tribunal concluye que no puso "en peligro"
el derecho de la mujer a disponer de estos productos porque la farmacia está en
el centro de Sevilla y pudo haberlos encontrado en otras cercanas.
Además, la sentencia destaca que el farmacéutico estaba inscrito como objetor de
conciencia en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Sevilla, cuyos estatutos
–aprobados por la Junta en 2006– reconocen la objeción de conociencia como un
"derecho básico de los farmacéuticos colegiados".
"Drástico cambio doctrinal que puede tener consecuencias"
El fallo incluye tres votos particulares. La vicepresidenta del TC, Adela Asua,
dice que se debió denegar el amparo y considera que el derecho a la libertad de
conciencia no puede ser considerado como parte del derecho a la libertad
ideológica, pues ni la Constitución ni ninguna ley del Parlamento contienen tal
reconocimiento.
Adela cree además cree que esta sentencia no se adecúa a la jurisprudencia
constitucional y a la del Tribunal Europeo de Derecho Humanos, y subraya que
este "drástico cambio doctrinal puede traer consecuencias aciagas para nuestro
Estado constitucional de Derecho y, en definitiva, para nuestra convivencia",
pues pueden ser muchos "los supuestos afectados por la negativa a cumplir el
correspondiente deber jurídico apelando al derecho a la objeción de conciencia,
conformado a voluntad de quien esgrime la objeción, sin necesidad de una
previsión legal al respecto".
Por su parte, el magistrado de tendencia conservadora Andrés Ollero, a través de
su voto, reflexionó que "las exigencias del artículo 16 –de la Constitución–
giran en torno a la neutralidad de los poderes públicos y su no injerencia en la
conciencia –jurídica o moral– del ciudadano". Y sentencia que "no parece
compatible con ello que los magistrados del Tribunal puedan considerarse
llamados a erigirse en directores espirituales de los ciudadanos,
aleccionándolos sobre qué exigencias de su conciencia gozan de la protección de
un derecho fundamental y cuáles han de verse descartadas por tratarse de
retorcidos escrúpulos".
http://www.infolibre.es/noticias/politica/2015/07/06/el_constitucional_avala_farmaceutico_sevilla_que_nego_tener_pildoras_del_dia_despues_34892_1012.html
EL PSOE RECTIFICA 24 HORAS DESPUÉS SU APOYO A QUE MILITANTES DE UN PARTIDO ESTÉN
EN EL TC
Los socialistas y el PP rechazaron el miércoles una enmienda de ERC que
pretendía reforzar la incompatibilidad de los magistrados del Alto Tribunal
Ahora llevará al Senado su propia enmienda, en la que defenderá su posición
contraria a que afiliados a un partido entren en el TC
El PSOE cambia de voto. En menos de 24 horas. El miércoles rechazó, con el PP,
una enmienda de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) que prohibía a los
militantes de los partidos ser magistrados del Tribunal Constitucional (TC).
Ahora, está dispuesto a subsanar su error. La próxima semana dejará "claro" en
el pleno del Congreso que no respalda, "ni ha respaldado", que aquellos que
tengan carné puedan entrar en el tribunal de garantías, e introducirá una
enmienda en el Senado en ese sentido. Un gesto que no tendrá efectos prácticos,
ya que previsiblemente el PP, que cuenta con mayoría absolutísima en las dos
Cámaras, la tumbará.
Ese es el plan que van a desplegar los socialistas, según confirmaron fuentes de
la dirección del grupo en el Congreso a infoLibre. No se trata de "rectificar",
sostienen, porque "la posición del partido siempre ha estado clara", sino de
remarcar que no comparten la postura del PP y de dejarlo por escrito.
El lío le ha venido al PSOE por lo que ocurrió el miércoles en la Comisión
Constitucional del Congreso, en la que se debatió una proposición de ley que
había pactado con el PP para recuperar el recurso previo de inconstitucionalidad
en los estatutos de autonomía o reformas de los mismos. ERC introdujo una
enmienda [aquí en PDF] con la que pretendía reforzar la incompatibilidad de los
miembros del TC. Actualmente, estos no pueden compaginar ese puesto con "el
desempeño de funciones directivas" en los partidos o sindicatos, pero los
republicanos piden ir más allá. "Los magistrados del Tribunal Constitucional no
podrán pertenecer a partidos políticos o sindicatos", redactó. Una respuesta,
lógicamente, a la polémica que estalló hace justo dos años, cuando trascendió
que el actual presidente del tribunal de garantías, Francisco Pérez de los
Cobos, había sido militante del PP y a la vez miembro del TC. Escándalo por el
que el propio PSOE pidió explicaciones.
UPyD apoya a ERC
"El caso del actual presidente del TC clama al cielo, porque es una vergüenza
que un militante del PP presida el TC, lo cual ya denota lo corrupto que es este
órgano en sus funciones. Creo que el hecho de que un militante del PP presida
esta alta institución deja por el suelo la imparcialidad que se le debería
suponer", defendió el diputado republicano Joan Tardà en la sesión del
miércoles. En realidad, y según confirmaron fuentes del Alto Tribunal a este
diario, Pérez de los Cobos sí mantuvo su carné después de acceder al TC –en
enero de 2011–, pero se dio de baja antes de convertirse en presidente –en junio
de 2013–, porque entendía que con ese cargo representaba a toda la institución.
Lo que no precisan en su equipo es la fecha exacta en la que perdió su
afiliación al partido del Gobierno.
Ninguno de los portavoces de los demás grupos –PNV, Izquierda Plural,
Convergència y Amaiur– se refirió explícitamente a la enmienda de ERC, salvo
Rosa Díez, para anunciar su voto a favor de la propuesta de Tardà. "Ya sé que la
independencia no se arregla teniendo carné o no, pero es un paso y también es un
mensaje", aseguró la todavía líder de UPyD.
El PP, a través de su diputada Pilar Cortés, protestó por el tenor de las
modificaciones planteadas por otros grupos, porque no se ceñían a la cuestión
central de la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), el
recurso previo. Porque ERC también planteaba, por ejemplo, cuestiones relativas
a la renovación de los magistrados o a la capacidad de nominación de las
comunidades autónomas.
Un solo objeto
El socialista José Enrique Serrano –fontanero de los Gobiernos de Felipe
González y José Luis Rodríguez Zapatero, y hombre de confianza también de Pedro
Sánchez, que lo acaba de incluir en su comisión de expertos para la reforma
constitucional– lamentó que en la reunión previa de la ponencia (el lunes 6 de
julio) no acudieran los portavoces de los grupos minoritarios, por lo que no
pudo negociarse ninguna enmienda.
Resultado: enmienda rechazada por PP y PSOE, apoyada por ERC, UPyD, Izquierda
Plural, PNV y Amaiur y con la abstención de Convergència.
Los socialistas se quejan del comportamiento de ERC, porque "siempre se
aprovechan las reuniones de ponencia" para negociar enmiendas, de modo que si
hubiera ido Tardà a la convocatoria del lunes, "se habría podido discutir". "Hay
ocasiones en las que los grupos pequeños no podemos ir, simplemente porque no
llegamos al coincidir varias ponencias y comisiones, pero cuando hay algo
importante, sí hablamos por teléfono antes si hay interés en negociar", responde
por su parte Tardà.
Pero no esa la única razón por la que el PSOE votó con el PP. "Claro que tenemos
algunas cosas en la cabeza respecto al TC que querríamos cambiar. Pero nosotros
llevamos planteando este asunto del recurso previo formalmente desde hace dos
años, desde la Declaración de Granada, y el PP no había dicho nada hasta ahora.
Cuando nos dijeron que activaban la tramitación, podíamos entrar o no entrar. Y
es verdad que la proposición de ley tiene un solo objeto, y se llama así de
hecho, que es recuperar con el recurso previo. Y la mayor parte de las enmiendas
que planteaban los grupos no tenían que ver con esto", cuenta un diputado
socialista que conoce al detalle la negociación.
"Mimar" al TC
Además, había otra "dificultad técnica": los socialistas suelen recordar al
Gobierno, en línea con lo requerido por el TC, que las enmiendas han de ser
congruentes con el contenido de las leyes, de modo que entendían que la cuestión
de las incompatibilidades de los magistrados no acababa de encajar.
Otra razón: de la lectura de la enmienda de ERC "hay quien interpreta que no se
puede nombrar magistrado del TC a quien haya sido militante", cosa con la que el
PSOE no está de acuerdo. Rechaza que un miembro del Alto Tribunal tenga carné,
pero no ve mal que lo tenga antes de acceder a su plaza. "Afiliarse a un partido
es un derecho fundamental que no estigmatiza a nadie. Hay dudas por tanto del
alcance de la modificación planteada por los republicanos".
Último argumento: el PSOE era consciente, según afirman quienes han estado
sumergidos en el diálogo con el Gobierno, de que el PP se podía echar atrás con
la incorporación del recurso previo si Ferraz planteaba por propia iniciativa
cuestiones ajenas al asunto central de la reforma. En el ánimo del PSOE está,
además, su voluntad de no "introducir más bronca en torno al TC, porque hay que
mimarlo, ya que está muy tocado, y es una institución clave en el Estado". Y no
pretendía sacrificar el pacto sobre el recurso previo, cuando el PP había
"asumido buena parte" de la redacción planteada por los de Pedro Sánchez.
UPyD apuntala esta versión. "A mí me dijeron que no querían reabrir el texto
acordado con el PP –señala Díez–. Creían que iba a pasar desapercibido. Pero al
pedir yo votación separada de las enmiendas de ERC se descubrió el asunto".
Defensa de la posición en la tribuna
Los socialistas consideran que la posición del partido era diáfana desde un
principio. Porque así la expresaron cuando estalló la polémica: pidieron
explicaciones a Pérez de los Cobos por haber "ocultado" su militancia en el PP
cuando las Cortes examinaron su idoneidad y reclamaron su comparecencia, que los
conservadores vetaron. El TC justificó la afiliación de su presidente y, en su
respuesta a las recusaciones presentadas por el Parlament y la Generalitat de
Catalunya, consideró que la obligación de "imparcialidad" que la ley impone a
los magistrados no equivale a neutralidad.
El próximo jueves, 16 de julio, el pleno del Congreso debatirá de nuevo la
enmienda de ERC, porque ha decidido mantenerla viva. Serrano reiterará la
posición del PSOE contraria a que los militantes de un partido puedan estar en
el TC, pero no votará a favor del texto de los republicanos porque cree que hay
que afinar la redacción. El Reglamento de la Cámara baja permite a transaccionar
enmiendas en el mismo pleno, pero sólo pueden votarse si están de acuerdo todos
los grupos. Con que uno se oponga, ya no se puede tramitar el texto alternativo.
Y el PSOE tiene serias dudas de que el PP vaya a consentir la introducción de
una transaccional.
Así las cosas, esperará al Senado. Entonces, según asegura la dirección, sí
presentará su propia enmienda, que los conservadores, según anticipa, rechazará
y, en consecuencia, no saldrá aprobada. Pero al trasladar el debate en la Cámara
alta se garantiza también que la exposición mediática sea menor. Y también la
bronca en torno al TC, que quiere evitar.
http://www.infolibre.es/noticias/politica/2015/07/10/el_psoe_rectificar_apoyo_militantes_partido_entren_tc_35120_1012.html
EL CONSTITUCIONAL AVALA LA LEY QUE INICIÓ LA PRIVATIZACIÓN SANITARIA
La presión social obligó a González a paralizar la 'externalización' de seis
hospitales
Estima parcialmente el recurso del PSOE en el caso de los centros de salud
El Tribunal Constitucional ha desestimado un recurso presentado por el PSOE
contra la ley madrileña que permitía entregar a empresas privadas la gestión de
seis hospitales, el mayor plan de privatización sanitaria puesto en marcha en
España. Los magistrados consideran que la norma no es inconstitucional, aunque
no entran a valorar el fondo del asunto.
La ley, aprobada en 2012, permitía adjudicar contratos para la gestión del
servicio público sanitario. El Constitucional concluye que el texto legal
únicamente abre la puerta a la posibilidad de que sean empresas privadas las que
lo hagan, pero no es “un imperativo”. Y recuerda que la legislación estatal
permite desde 1997 otras formas de gestión en el sistema nacional de salud.
El artículo de la ley madrileña de 2012 que abría la puerta a la entrada de
empresas privadas era efectivamente muy genérico. Autorizaba a “adjudicar
contratos para la gestión del servicio público de asistencia sanitaria
especializada” en seis hospitales construidos con dinero público e inaugurados
en 2008. La decisión afectaba a 5.000 trabajadores y a 1,2 millones de
madrileños.
Una vez aprobada la ley, la Comunidad de Madrid sacó a concurso esos seis
centros, hasta entonces gestionados bajo la forma jurídica de la empresa
pública. Los adjudicó, sin esperar a las sentencias de los tribunales en los que
se acumulaban varios recursos, en agosto de 2013 a tres gigantes de la sanidad
privada.
El presidente madrileño, Ignacio González, acabó renunciando al plan
privatizador en enero de 2014 por la presión de la marea blanca —el mayor
movimiento de protesta del sector sanitario en los últimos años— y por varios
reveses judiciales que dejaron en suspenso el proceso. Sin embargo, la ley
madrileña 8/2012 con la que empezó todo siguió vigente. Y esta es la que ahora
el Constitucional avala.
Fuentes jurídicas reiteraron a EL PAÍS que los jueces no entran a valorar el
tipo de gestión ni su “eficacia” ni los pliegos del concurso ni la adjudicación,
sino únicamente la constitucionalidad de la norma. Señalan que, a diferencia de
lo que argumentaba el PSOE, no crea desigualdades entre los pacientes atendidos
bajo una forma u otra de gestión y que la titularidad pública del servicio se
mantiene.
“Nuestro juicio de constitucionalidad debe quedar ceñido al texto del impugnado
artículo”, señalan los magistrados, “sin que podamos entrar a valorar eventuales
diferencias de trato entre ciudadanos que su desarrollo o práctica aplicativa
pudiera generar y que, en caso de producirse, obviamente quedarían sujetas a los
mecanismos de tutela y control dispuestos por el ordenamiento”.
“La opción por un sistema de gestión indirecta de los hospitales”, añade, “no
representa, por ello mismo, una auténtica novedad sino la utilización de una
posibilidad que, más allá de su mayor o menor novedad, abrió el legislador
básico estatal en la Ley de 25 de abril de 1997”, concluye.
El Constitucional sí estima parcialmente el recurso de 50 senadores socialistas
en lo que concierne a otro de los intentos privatizadores del Gobierno
madrileño: entregar la gestión del 10% de los centros de salud de la región a
empresas constituidas en total o en su mayor parte por profesionales del
Servicio Madrileño de Salud. Este artículo contradice la ley que regula los
contratos del sector público, que contempla la igualdad de trato entre los
candidatos a un concurso.
El plan privatizador llevaba suspendido cautelarmente desde septiembre de 2013,
cuando el Tribunal Superior de Madrid ordenó paralizar el proceso hasta poder
entrar en el fondo del asunto. El auto apuntaba a posibles irregularidades en la
adjudicación, como la modificación de las condiciones del concurso solo cuatro
días antes de cerrarse el plazo, y a que los cambios en la gestión serían
“irreversibles” si acabara fallando contra el Gobierno.
Un año de lucha de la ‘marea blanca’
31 de octubre de 2012.El presidente madrileño, Ignacio González, anuncia, junto
con los presupuestos del año siguiente, su intención de privatizar la gestión de
seis hospitales y el 10% de los centros de salud.
2 de noviembre de 2012. Una asamblea multitudinaria en el hospital de La
Princesa inicia un encierro indefinido contra otro de los anuncios del Gobierno:
el “desmantelamiento” de este centro, que pasa a convertirse en emblema de la
lucha por la sanidad pública.
Mediados de noviembre de 2012. Apenas dos semanas después, prácticamente todos
los hospitales públicos mantienen encierros indefinidos en sus dependencias.
26 de noviembre de 2012. Empiezan las huelgas. La primera jornada de paro total
del sector sanitario, convocada por todos los sindicatos, coincide con el inicio
de los paros indefinidos organizados por los médicos de la Asociación de
Facultativos Especialistas de Madrid (AFEM). Esta entidad se convertirá en la
más activa en su lucha contra la privatización, tanto en los tribunales como en
la calle.Cinco semanas de huelga indefinida. Durante ellas, los médicos
madrileños dejaron 50.000 consultas suspendidas y cerca de 6.500 operaciones
aplazadas.
Febrero de 2013. Una asamblea multitudinaria de médicos de AFEM vota recolectar
dinero para parar la privatización en los tribunales. Partidos de la oposición y
sindicatos también anuncian recursos.
En los meses siguientes se acumulan hasta 14 causas en diferentes tribunales. El
Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) suspende cautelarmente la
privatización en julio tras una denuncia del PSOE, pero la levanta dos semanas
después al considerar que el partido no tenía legitimación. A principios de
septiembre de 2013, otro juzgado ordena la suspensión. Unos días más tarde, la
sección tercera del TSJM toma la misma resolución hasta estudiar el fondo del
asunto.
En enero de 2014, González anuncia que abandona los planes privatizadores. El
TSJM dio por cerrados los recursos.
http://politica.elpais.com/politica/2015/05/05/actualidad/1430827755_958737.htmlEL SUPREMO INVESTIGA POR PREVARICACIÓN AL JUEZ DEL CONSTITUCIONAL
GONZÁLEZ-TREVIJANO
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida por Manuel Marchena, ha
designado al magistrado Cándido Conde-Pumpido, fiscal general del Estado durante
los dos mandatos de José Luis Rodríguez Zapatero (2004-2011), ponente en la
causa abierta contra el magistrado del Tribunal Constitucional Pedro González-Trevijano
por un presunto delito de prevaricación.
González-Trevijano, que fue rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC)
antes de incorporarse en 2013 al Alto Tribunal de la mano del PP, se enfrenta a
una querella que le acusa de haber tejido una "tupida trama clientelar" y
amparado "numerosas contrataciones ilegales de profesores", saltándose los
"procedimientos legalmente establecidos" durante su etapa como rector
(2002-2013).
El hilo argumental de la querella, presentada por el profesor titular de la
Facultad de Ciencias de la Comunicación de la URJC Salvador Perelló, es la
contratación presuntamente ilegal del profesor visitante Marco Landeta Vacas,
cuya esposa, madre y tía también figuran en la nómina de esa universidad
pública. Y a través de ese hilo, Perelló trata de desenrollar el ovillo del
supuesto nepotismo practicado por González-Trevijano durante casi 11 años.
El ahora magistrado del Tribunal Constitucional –que gastó en sólo cuatro años
como rector más de 473.000 euros sin justificar en "atenciones protocolarias y
representativas"– aseguró ayer a El Confidencial, a través de un portavoz, que
no ha recibido "notificación alguna del Tribunal Supremo referida a una querella
en su contra". Y añadió que no puede "decir nada respecto de algo que no
conoce".
El caso de Landeta Vacas "es sólo la punta del iceberg", sostiene la querella
por prevaricación contra González-Trevijano. En el curso académico 2012-2013, el
entonces rector de la URJC promovió la contratación de aquel como profesor
visitante del Departamento de Ciencias Sociales de la Facultad de Ciencias de la
Comunicación, el mismo al que pertenece Perelló, pese a que supuestamente no
reunía los requisitos que fija la Ley Orgánica de Universidades (LOU).
El artículo 54 de la LOU, que regula la figura de los profesores visitantes,
establece sólo dos condiciones para su contratación: que sean "profesores o
investigadores de reconocido prestigio" y que procedan "de otras universidades y
centros de investigación, tanto españoles como extranjeros". Landeta Vacas no
cumplía ninguna de las dos: era un mero licenciado universitario –no acabó el
doctorado hasta 2013– y nunca había practicado la docencia en otra universidad.
El joven profesor, sin embargo, sí reunía un mérito no contemplado en la LOU:
sus relaciones de parentesco. Su madre, Catalina Vacas, era entonces decana de
la Facultad de Turismo de la URJC; su tía, Trinidad Vacas, ocupaba el cargo de
coordinadora del Área de Geografía Humana adscrita al Departamento de Ciencias
Sociales –el mismo en el que trabajaba el querellante y en el que fue colocado
su sobrino–; y su esposa, María José Ferrera, era secretaria administrativa del
decanato de la Facultad de Ciencias del Turismo.
Según el relato de la querella, "con la única finalidad de seguir beneficiando a
la familia Vacas y ocultar la trama clientelar y endogámica perpetrada" por
González-Trevijano, este promovió el traslado de Landeta Vacas a la facultad de
la que su madre era entonces decana. Para ello, propuso al Consejo de Gobierno
de la URJC el cambio de adscripción del Área de Geografía Humana: pasaría del
Departamento de Ciencias Sociales de Ciencias de la Comunicación al Departamento
de Lenguas Modernas de Ciencias del Turismo.
"Nadie sensato desde el punto de vista académico puede defender que es más
coherente que el área de conocimiento Geografía Humana esté con Francés que con
Ciencias Sociales. Algo sencillamente ridículo y únicamente fundamentado en una
suerte de reagrupación familiar en la Facultad de Ciencias del Turismo (...) por
la sola finalidad espuria de que el señor Landeta Vacas realice sus tareas en la
facultad donde su madre es decana", sostiene la querella.
El Consejo de Gobierno de la URJC debatió en diciembre de 2012 la propuesta de
González-Trevijano. Pero "el escándalo fue tal que, finalmente, tuvo que
retirarla", prosigue la querella. Durante aquella reunión, el catedrático
Octavio Uña pidió la palabra y, dirigiéndose, al entonces rector, afirmó: "Te
pido hoy, aquí, en alto, que paralices de inmediato esta infamia y evites a este
Consejo de Gobierno la tesitura de tener que votar esta aberración, ejemplo
máximo de endogamia".
http://www.elconfidencial.com/espana/2014-11-19/el-supremo-investiga-por-prevaricacion-al-juez-del-constitucional-gonzalez-trevijano_470545/
EL CONSTITUCIONAL ESTIMA IMPARCIALES A LOS DOS MAGISTRADOS RECUSADOS POR EL
PARLAMENT
El Tribunal considera por unanimidad que no existen motivos para dudar de la
imparcialidad de Pérez de los Cobos, exmilitante del PP, y de González Trevijano,
también vinculado al partido, para fallar sobre la consulta.
El Constitucional ha rechazado las recusaciones por falta de imparcialidad que
el Parlament de Catalunya presentó contra el presidente de este tribunal,
Francisco Pérez de los Cobos, y el magistrado Pedro González-Trevijano.
El pasado jueves la Mesa del Parlament acordó presentar las recusaciones dentro
del procedimiento abierto por los recursos que el Gobierno central ha presentado
contra la ley de consultas catalana y el decreto que la desarrolla y la convoca
para el 9 de noviembre.
El pleno del Tribunal Constitucional, reunido desde el pasado martes, ha
estudiado este asunto y ha resuelto rechazar que existan motivos para dudar de
la imparcialidad de los magistrados en un acuerdo votado unánimemente por todos
sus miembros.
En el caso del presidente del tribunal, el pleno recuerda que no puede volver a
examinar los mismos motivos sobre los que ya se pronunció en septiembre de 2013,
cuando inadmitió las recusaciones formuladas entonces por el Parlament y por la
Generalitat de Catalunya, las cuales ahora volvía a reiterar la Cámara catalana.
También descarta que las manifestaciones de Pérez de los Cobos en un discurso en
diciembre de 2005, antes de ser magistrado del Tribunal, "puedan menoscabar su
imparcialidad".
TC: "No cabe la recusación de un juez por tener criterio jurídico anticipado"En
este sentido, recuerda que desde 2006 el Tribunal viene sosteniendo que "no
puede pretenderse la recusación de un juez por el mero hecho de tener criterio
jurídico anticipado sobre los asuntos que debe resolver".
"Nadie puede ser descartado como juez en razón de sus ideas", añade el alto
tribunal antes de descartar que tenga sentido recusar por falta de imparcialidad
a un magistrado por supuesta "enemistad ideológica", como hacen las recusaciones
con González-Trevijano, hacia quien el Parlament utilizaba argumentos
coincidentes a los empleados respecto a Pérez de los Cobos.
El Parlament usaba como base varias manifestaciones de ambos magistrados para
demostrar su falta de objetividad pero el TC responde que las declaraciones se
refieren a proyectos o normas "que no son objeto de impugnación en el proceso en
el que se formula la recusación".
El pasado 2 de octubre la Mesa del Parlamento catalán acordó presentar un
escrito de recusación contra Pérez de los Cobos y González-Trevijano para que se
abstuvieran de intervenir en los recursos de la consulta del 9-N.
La recusación estaba apoyada por los grupos parlamentarios de CiU, ERC, ICV-EUiA
y CUP y consideraba comprometida la "imparcialidad" de ambos magistrados por su
militancia o exmilitancia en el PP y también por su afinidad ideológica con este
partido, que fue el precursor de la sentencia que recortó el Estatut, afirmaban.
Similitudes con otra recusación
Se basaba en hechos similares a los que fundamentaron otra recusación que el
Parlamento catalán presentó en septiembre de 2013 para que Cobos se abstuviera
de participar en las deliberaciones de siete procedimientos abiertos que
afectaban a la Cámara. Aquella petición ya fue desestimada por el tribunal.
Pérez de los Cobos militó en el PP entre los años 2008 a 2011, algo que el
Parlament considera incompatible con dictar sentencias que afecten al Estatut o
a las leyes básicas que lo "despliegan", lo que incluye la ley de consultas.
La respuesta del pleno del TC que ha sido votada hoy sigue igualmente los mismos
fundamentos en los que se basó el auto que rechazaba aquella anterior
recusación.
En aquel momento el Tribunal Constitucional consideró que la obligación de
"imparcialidad" que la Ley impone a sus magistrados no equivale a neutralidad.
Ahora ha rechazado admitir las dos recusaciones tomando aquella resolución como
base.
http://www.publico.es/politica/549130/el-constitucional-estima-imparciales-a-los-dos-magistrados-recusados-por-el-parlament
SÁNCHEZ RECUERDA LA MILITANCIA DE COBOS EN EL PP ANTE EL RECURSO DEL ABORTO
El líder del PSOE pide que el nuevo ministro de Justicia retire la impugnación
del Constitucional
Después de la dimisión del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón por “no
tener capacidad” para sacar adelante la contrarreforma de la ley actual del
aborto ahora toca la retirada del recurso de inconstitucionalidad que contra
ella interpuso el PP. Esta es la petición de buena parte de la oposición y
singularmente del secretario general del PSOE, Pedro Sánchez.
Su argumento se centra en el fondo de la ley pero, además, añade que el Tribunal
Constitucional no está en condiciones de dictaminar con imparcialidad la ley por
la militancia al menos hasta 2011 de su presidente, Francisco Pérez de los
Cobos. Es más, el político socialista ha hablado en presente de esa afiliación.
“El presidente del Tribunal Constitucional no puede ver esa ley porque es
militante del PP”. La militancia en el PP del presidente del Tribunal
Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos —ocultada en la comisión de
nombramientos del Senado, previa a su designación—, desencadenó no solo
protestas sino también peticiones de nulidad de resoluciones en las que había
participado como magistrado. Todo quedó en nada porque por una mayoría el propio
tribunal le amparó y consideró que no había motivos para que se abstuviera de
participar en las votaciones. Ahora el nuevo líder del PSOE reaviva el asunto al
invocar la militancia, aunque sin cargos, en el partido que ahora gobierna.
Esa es una razón suficiente, según el PSOE, para que Pérez de los Cobos no tenga
parte en ninguna deliberación sobre esa ley pero lo que persigue Pedro Sánchez
es que no haya lugar a deliberación. “Le pido al nuevo ministro de Justicia como
primera tarea que retire el recurso de inconstitucionalidad contra la
legislación del aborto que está en la línea de las leyes de las sociedades más
avanzadas”, ha dicho. Y la segunda tarea es otra retirada: la ley de tasas
judiciales que “está impidiendo el acceso a la justicia de muchos ciudadanos por
razones económicas”.
La pelea ahora de la oposición va a estar en la retirada de ese recurso y, por
supuesto, que no se toque la actual ley. Mientras Pedro Sánchez hacía estas
consideraciones, el diputado de Izquierda Plural, Gaspar Llamazares, interpelaba
al gobierno sobre el mismo asunto. Los aspectos que el presidente del Gobierno,
Mariano Rajoy, quiere cambiar, según ha expresó en el momento que anunció la
retirada del proyecto propio, también va a ser cuestionado por la oposición. Se
trata de las condiciones para abortar de las jóvenes de 16 y 17 años. Toda vez
que se ha instalado la incorrecta tesis de que pueden interrumpir el embarazo
sin la opinión de un mayor de edad, el secretario general del PSOE, Pedro
Sánchez, ha leído ante los medios de comunicación la literalidad de la ley. Las
jóvenes de esa edad deben contar con la opinión favorable del padre o de la
madre y en su defecto de un tutor. La exclusión de toda autorización de un
adulto para abortar se restringe a que la menor pueda sostener
“fundamentadamente” que está en riesgo su integridad física al vivir en un
entorno familiar de violencia, incluida las agresiones sexuales.
“Queremos que el presidente del Gobierno nos diga qué parte de esta legislación
sobre las menores de 16 y 17 años quiere quitar”, ha requerido Pedro Sánchez.
Los socialistas tras la dimisión de Alberto Ruiz Gallardón presionarán para que
la ley que aprobó el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y su ministra de
Igualdad, Bibiana Aído, se mantenga vigente.
http://politica.elpais.com/politica/2014/09/24/actualidad/1411558102_302299.html
RADIOGRAFÍA DEL TRIBUNAL QUE DECIDIRÁ SOBRE EL RECURSO DEL PP CONTRA LA LEY DE
PLAZOS DE ZAPATERO
Fuentes del Alto Tribunal mantienen que el fallo no se va a acelerar por la
retirada el texto. "A efectos del TC no ha cambiado nada todavía"
La proporción es de siete jueces conservadores frente a cinco progresistas
El ponente, Andrés Ollero, manifestó en el pasado que dejar a una madre abortar
"es autorizar un acto de guerra contra su hijo"
Con el anteproyecto de reforma de la ley del aborto en un cajón, todas las
miradas dentro y fuera del Partido Popular se dirigen hacia el Tribunal
Constitucional (TC), que lleva más de cuatro años para decidir el recurso
planteado por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el año
2010. La oposición teme que un TC de mayoría conservadora (siete frente a cinco
progresistas) acabe poniendo en bandeja a Mariano Rajoy acabar con una ley que
prometió modificar en el programa electoral de 2011 y que ahora descarta hacerlo
tal y como lo habían planteado en el anteproyecto de diciembre de 2013 por miedo
a seguir perdiendo votos en las municipales y autonómicas. Sería la forma de los
conservadores de contentar a su electorado molesto con la retirada de la ley
Gallardón y, por otro lado, de vacunarse contra las críticas apelando a que es
el Alto Tribunal el que ha declarado la inconstitucionalidad del texto.
Fuentes del Alto Tribunal consultadas por infoLibre aseguran que la retirada del
anteproyecto elaborado por el Ministerio de Justicia no acelera de ninguna
manera los planes para abordar el tema. "A efectos del TC no ha cambiado nada",
subrayan.
La Ley del Aborto en vigor nunca ha llegado al pleno del TC desde que los
conservadores plantearon su recurso en 2010. Ni se conoce en qué punto exacto de
elaboración se encuentra la ponencia. La última información oficial se conoció
el pasado febrero. El tribunal de garantías contestó al diputado de IU Gaspar
Llamazares que el “procedimiento se encuentra concluso” y únicamente “pendiente
de señalamiento para votación y fallo”. Es decir, que los recursos del PP y de
Navarra –el Gobierno foral presentó su impugnación en 2010– están admitidos a
trámite y a la espera de sentencia.
Llegado el momento de la votación, los magistrados conservadores son mayoría
frente a los progresistas. Y en el primer grupo hay algunos de ellos muy
vinculados al Partido Popular. Es el caso del ponente, Andrés Ollero, conocido
por sus posiciones antiabortistas y su vinculación al Opus Dei. O de Francisco
Pérez de los Cobos, presidente del Alto Tribunal, que fue militante del partido
de Rajoy hasta que llegó a la presidencia del TC, y cuyo voto es el que decide
en caso de empate. Rajoy es el presidente del Gobierno que más pronto se ha
garantizado el control del Constitucional. No en vano, el Gobierno actual ha
logrado las riendas del Alto Tribunal en menos de 18 meses, mientras que Felipe
González y José María Aznar tardaron cinco y seis años en disponer de una
mayoría favorable. Zapatero lo logró en siete años.
A continuación se ofrece la radiografía de los magistrados que tienen entre
manos la respuesta al recurso planteado por 71 diputados el Grupo Parlamentario
Popular en 2010. Unos trabajos que fueron coordinados por Federico Trillo.
1. FRANCISCO PÉREZ DE LOS COBOS. PRESIDENTE. CONSERVADOR
Elegido presidente del Alto Tribunal el 19 de junio de 2013. Ingresó en el
Tribunal Constitucional propuesto por el PP en el cupo del Senado en 2010.
Catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid, su
perfil fue aceptado por el PSOE. Pero Pérez de los Cobos no era un desconocido
para el partido de Mariano Rajoy. Fue esta formación la que le eligió también
como miembro del Consejo Económico y Social, organismo en el que pasó más de una
década.
En círculos judiciales le atribuyen la etiqueta de conservador, pero moderado. O
lo que es lo mismo, conservador moderado. Así, en 2012 votó a favor del
reconocimiento del matrimonio homosexual y en contra del recurso presentado por
el partido que le propuso para el cargo. También ha mantenido relación con FAES,
la formación presidida por José María Aznar, redactando algunos documentos.
Un mes después de ser nombrado presidente del TC estalló el escándalo después de
que el diario El País informara de que llegó a pagar cuotas de militante del PP
al menos hasta 2011.
El propio De los Cobos, admitió después ante el Pleno del Alto Tribunal que pagó
cuotas como militante al PP entre los años 2008 y 2011 aunque precisó que a
partir de ese año dejó de hacerlo. No obstante, fuentes de la institución
sostienen que dejó su carné de partido en cuanto fue designado presidente en
junio de 2013, al entender que "asumía un cargo representativo que así lo
aconsejaba". Esto supone que continuaba siendo militante mientras que era
miembro raso del TC.
En su condición de presidente, su voto decide el sentido de un fallo si se
presenta un empate en las votaciones.
2. ADELA ASUA. VICEPRESIDENTA. PROGRESISTA
Fue elegida magistrada por el Senado en 2010 a propuesta del Parlamento vasco
con el apoyo del PSOE. Su elección como vicepresidenta tuvo lugar el 19 de junio
de 2013.
En pleno debate sobre el modelo de Estado tras la abdicación de Juan Carlos I,
Asua sostuvo que la posibilidad de reformar la Constitución para decidir si se
modifica o no el sistema de monarquía parlamentaria: es "una cuestión del
legislador".
Licenciada en Derecho y especializada en Criminología, destaca por sus
publicaciones sobre terrorismo y violencia de género.
3. LUIS IGNACIO ORTEGA ÁLVAREZ. PROGRESISTA
Llegó al TC en 2010 a propuesta del Parlamento de Castilla-La Mancha con el
apoyo de los socialistas. Licenciado en Derecho (Premio extraordinario de
Licenciatura) y doctor en Derecho, dirigió el equipo de profesores
universitarios que redactó el borrador del proyecto de reforma del Estatuto de
Castilla-La Mancha, un texto que no vio la luz por la falta de apoyo del PP.
Asimismo, ha sido miembro del grupo de estudio de Asuntos Europeos de la
Fundación Elcano desde 2006 a 2010.
Entre sus publicaciones destacan las relacionadas con el derecho laboral y sobre
las reformas constitucionales y estatutarias.
4. ENCARNACIÓN ROCA TRÍAS. PROGRESISTA
Integra la cuota del Congreso de los Diputados a propuesta de los socialistas.
Fue nombrada del 20 de julio de 2012. Procedente del Supremo.
Según figura en su currículum, ha sido la primera mujer catedrática de Derecho
Civil, magistrada en la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo, en la Real
Academia de Jurisprudencia y Legislación de España y en la Acadèmia de
Jurisprudència i Legislació de Catalunya.
Considerada una experta en derecho de Familia y Civil, sentó jurisprudencia al
admitir el derecho de una mujer que nunca trabajó fuera de casa a cobrar una
pensión compensatoria por divorcio por haber contribuido con sus tareas
domésticas a las cargas familiares mientras duró su matrimonio en régimen de
separación de bienes.
5. ANDRÉS OLLERO TASSARA. PONENTE. CONSERVADOR
Fue designado magistrado del Alto Tribunal en julio de 2012. Lo hizo por el
Congreso de los Diputados a propuesta del PP. Y es el magistrado ponente de la
sentencia que dará respuesta al recurso del PP. Gran parte de las miradas de la
oposición en estos días se dirigen a él, vinculado al Opus Dei, exparlamentario
del PP y antiabortista confeso.
Catedrático de Filosofía del Derecho, diputado del PP durante 17 años
(1986-2003) en el pasado manifestó que dejar a una madre abortar "es autorizar
un acto de guerra contra su hijo" (1987) y criticó que España se hubiera
convertido en el el "paraíso del turismo abortista" (2012). "Los no nacidos no
han ganado para sustos", subrayó.
El pasado enero, en una entrevista concedida a Alfa y Omega, advirtió al
Gobierno que la ley de 1985 tampoco protegía al nasciturus. Si lo que se
pretende, dijo, es volver a la legislación anterior, "para empezar habría que
tener en cuenta la experiencia de 1985. Si con la nueva ley se intenta defender
al no nacido, la experiencia dice que hay que aquilatar mucho la cuestión. Al
haberse recurrido a fórmulas genéricas [para señalar los supuestos de
despenalización del aborto], se ha podido frustrar ese intento". Eran los días
posteriores a la aprobación del anteproyecto por el Consejo de Ministros y
cuando Rajoy intentaba apagar el incendio que la ley había causado en el PP
asegurando que más que la ley más restrictiva de la democracia lo que el PP
pretendía era regresar al "consenso" de 1985. Un consenso que, en la práctica,
no existió.
Ollero emitió uno de los votos particulares contra la sentencia del TC que avaló
el matrimonio homosexual. “Comparto íntegramente la legítima aspiración a
erradicar la injusta discriminación de las personas que suscriben una
orientación homosexual” pero eso no debe llevar a sustraer de sentido al
matrimonio, señaló para defender su postura.
Sobre la mesa no hay ningún tipo de recusación.
6. FERNANDO VALDÉS DAL-RÉ. PROGRESISTA
Elegido por la Cámara baja a propuesta del PSOE en 2012. Es catedrático de
Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social e inspector de trabajo por
oposición. Es considerado un gran experto en materia laboral. Según su
currículum ha publicado alrededor de cuatrocientos cincuenta artículos de su
especialidad y ha sido presidente de la Asociación Española de Derecho del
Trabajo y de la Seguridad Social (2008-2012), y vicepresidente para Europa
Occidental de la Asociación Internacional de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social, con sede en Ginebra (2009-2012).
Valdés Dal-Ré ha sido crítico con la reforma laboral del Gobierno de Mariano
Rajoy y respaldó la huelga general de marzo de 2012.
7. JUAN JOSÉ GONZÁLEZ RIVAS. CONSERVADOR
Llegó al TC en julio de 2012 por el Congreso de los Diputados a propuesta del
partido presidido por Mariano Rajoy. Doctor en Derecho y académico
correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.
González Rivas se unió al Alto Tribunal procedente de Tribunal Supremo y en las
hemerotecas queda su rechazo a la asignatura de Educación para la Ciudadanía,
uno de los proyectos de José Luis Rodríguez Zapatero. Defendió la objeción de
conciencia a esta materia. También fue uno de los tres magistrados que emitió un
voto particular contra la sentencia que avaló el matrimonio homosexual.
8. SANTIAGO MARTÍNEZ-VARES GARCÍA. CONSERVADOR
Elegido magistrado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en 2013.
Antes de aterrizar en el TC, fue magistrado de la Sala Tercera, de lo
Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo (TS). Como magistrado de esa
Sala Tercera, fue uno de los jueces que firmó una de las sentencias del alto
tribunal que dictaminó que el castellano, al igual que el catalán, debía
considerarse lengua vehicular en los colegios catalanes.
Entre 1997 y 2001 presidió la conservadora la Asociación Profesional de la
Magistratura, de la que es miembro desde 1985. Esta asociación de jueces es la
mayoritaria.
9. JUAN ANTONIO XIOL RÍOS. PROGRESISTA
Elegido en junio de 2013 por el CGPJ, anteriormente fue magistrado y presidente
de la Sala Primera del Tribunal Supremo (2005-2013). En el año 2011 fue ponente
del voto particular que defendía la procedencia de legalizar el partido Bildu,
en contra de la opinión de la mayoría.
Director general de Relaciones con la Justicia con el ministro socialista
Fernando Ledesma (1985-1990), es experto en Derecho contencioso-administrativo.
Entre los años 1987 y 2005 ocupó el puesto de magistrado de la Sala de lo
Contencioso en el Supremo, para pasar después a la Sala de lo Civil.
10. PEDRO JOSÉ GONZÁLEZ-TREVIJANO SÁNCHEZ. CONSERVADOR
Elegido por el Gobierno de Rajoy en 2013, es catedrático en Derecho
Constitucional y fue rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) de Madrid y
vocal de la Junta Electoral Central.
Formó parte de la comisión de expertos sobre el futuro del Valle de los Caídos
nombrada por el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero. Y se opuso
al traslado de los restos de Francisco Franco en contra de la opinión
mayoritaria de la comisión. A su juicio, el traslado de los restos del dictador
podría servir más para "separar, dividir y tensionar”.
11. RICARDO ENRÍQUEZ SANCHO. CONSERVADOR
Designado en marzo por el Senado en sustitución de Francisco José Hernando,
fallecido en noviembre de de 2013. Además de Enríquez, que compareció como
candidato propuesto por un total de seis parlamentos autonómicos, optaban al
cargo el catedrático de Derecho Constitucional Antoni Rovira, propuesto por el
Parlament de Catalunya y José Luis Costa, candidato de la Cámara autonómica
gallega, magistrado de lo contencioso en el Tribunal Superior de Justicia
gallego y en la actualidad en el Consello Consultivo.
Licenciado en Derecho, procede del Supremo.
12. ANTONIO NARVÁEZ RODRÍGUEZ. CONSERVADOR
Fue propuesto por el Consejo de Ministros del 4 de julio en sustitución de
Enrique López tras su episodio al ser descubierto conduciendo ebrio su moto por
Madrid.
Según sostuvo ese día la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de
Santamaría, Narváez Rodríguez "tiene una abultada carrera fiscal y muy amplia":
"durante 10 años estuvo como fiscal de la Fiscalía ante el TC y actualmente es
teniente fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo", mantuvo por entonces.
Según su currículum, ha pronunciado decenas de conferencias y ha publicado
artículos, entre otros temas, sobre el Tribunal del Jurado, la prueba de ADN en
la investigación penal, intervenciones telefónicas, protección de los derechos
fundamentales, derechos de las víctimas, delitos urbanísticos, jurisprudencia
constitucional en los procesos contencioso-electorales o la cuestión de
inconstitucionalidad.
http://www.infolibre.es/noticias/politica/2014/09/25/asi_son_los_magistrados_del_que_decidiran_sobre_recurso_del_ley_del_aborto_zapatero_21850_1012.html
LAS
RAZONES
POR LAS
QUE ES
IMPOSIBLE
RECUSAR
AL
MAGISTRADO
ANTIABORTISTA
Entre
los
sectores
que
defienden
la
actual
ley de
plazos
se
cuestiona
si el
magistrado
ponente,
Andrés
Ollero,
está
contaminado
para
decidir
sobre su
constitucionalidad
En base
a la
legislación
actual
su
recusación
es
prácticamente
imposible,
así que
sólo
podría
evitarse
su
pronunciamiento
si él
mismo
renunciara
La
retirada
de la
ley del
aborto
impulsada
por el
Gobierno
de
Mariano
Rajoy ha
devuelto
protagonismo
a los
recursos
que el
Partido
Popular
y el
Gobierno
de
Navarra
interpusieron
en el
Tribunal
Constitucional
en 2010
contra
la
actual
ley de
plazos
que
garantiza
el
aborto
libre
hasta la
semana
14 de
gestación.
Tal y
como
detalló
infoLibre
este
miércoles,
documentos
internos
del PP
dejan
entrever
que los
conservadores
no
contemplan
la
posibilidad
de
retirar
este
recurso.
Asimismo,
fuentes
del alto
tribunal
señalaron
que el
Grupo
Parlamentario
Popular
–que fue
quien
impulsó
uno de
los
recursos–
no
podría
desistir
de él
porque
su
composición,
al
cambiar
la
legislatura,
es
distinta.
No están
hoy en
día
todos
los
diputados
que lo
firmaron.
Aunque
será una
decisión
colegiada,
el
ponente
de la
sentencia
por la
que se
dilucidará
si la
actual
ley de
plazos
es
conforme
a la
Constitución
(aunque
hay dos
recursos
es muy
posible
que la
decisión
se
agrupe
en un
mismo
texto)
es el
magistrado
Andrés
Ollero
Tassara.
A él se
dirigen
ahora
las
miradas
de los
partidos
que
apoyan
el
mantenimiento
de la
ley
actual y
las
plataformas
que
defienden
que no
haya más
restricciones
a la
interrupción
del
embarazo.
Ollero
está
vinculado
al Opus
Dei, es
exparlamentario
del PP y
antiabortista
confeso.
En el
pasado
manifestó
que
dejar a
una
madre
abortar
"es
autorizar
un acto
de
guerra
contra
su hijo"
(1987) y
criticó
que
España
se
hubiera
convertido
en el
"paraíso
del
turismo
abortista"
(2012).
Ollero
emitió
uno de
los
votos
particulares
contra
la
sentencia
del TC
que
avaló el
matrimonio
homosexual.
Y es el
único
magistrado
que
acaba de
mostrarse
contrario
a la ley
que
regula
la
creación
de un
registro
de
médicos
objetores
al
aborto
en
Navarra
impulsada
por el
PSN con
el apoyo
de NaBai
e IU.
Entre
los
sectores
que
defienden
la norma
actual
se
examina
estos
días
hasta
qué
punto el
magistrado
Ollero,
que es
también
catedrático
de
Filosofía
del
Derecho,
podría
estar
'contaminado'
a la
hora de
decidir
acerca
de un
tema que
despierta
tantas
sensibilidades.
Sobre la
mesa no
hay
ningún
tipo de
recusación.
Y la
realidad
es que,
en base
a la
legislación,
no puede
llegar a
haberla.
infoLibre
explica
por qué
en los
siguientes
párrafos:
01. LA
COMPETENCIA
De
acuerdo
con la
legislación
vigente
sólo
están
legitimadas
para
interponer
una
recusación
las
partes
que
están
personadas
en el
recurso.
En este
caso se
trata
del
Grupo
Parlamentario
Popular
que,
como se
ha
explicado,
tiene
ahora
una
composición
diferente
a la que
tenía
cuando
se
interpuso;
el
Gobierno
de
Navarra,
que
sigue en
manos de
Unión
del
Pueblo
Navarro
(UPN); y
el
Gobierno
de
España,
que
estaría
representado
por la
Abogacía
del
Estado.
El
recurso
fue
presentado
en 2010
contra
una ley
promovida
por un
Ejecutivo
que
entonces
estaba
sostenido
por el
PSOE.
Sin
embargo,
los
socialistas
no
tienen
ahora
capacidad
de
recusación
porque
esta
competencia
se
limita a
la
institución,
que en
la
actualidad
está
liderada
por el
PP. No
parece
probable,
por
tanto,
que
ninguna
de las
partes
pudiera
plantearse
la
posibilidad
de pedir
al
tribunal
que
aparte a
Ollero.
En 2012,
la
Plataforma
Decidir
Nos hace
Libres,
formada
por más
de 200
organizaciones,
la
mayoría
de
mujeres,
pero
también
otras
como
Médicos
del
Mundo o
sindicatos
como
CCOO y
UGT,
pidieron
a la
Abogacía
del
Estado
que
interviniera
para
impedir
que este
magistrado
fuera
ponente
del
recurso
contra
la ley a
través
de la
recusación
o
instando
a que se
abstuviera
en la
deliberación.
Los
servicios
jurídicos
de esta
plataforma
–surgida
para
liderar
la
oposición
a la
nueva
ley
impulsada
por
Gallardón–
estimaban
que sus
pasadas
declaraciones
y
publicaciones
contra
el
aborto
iban en
contra
de la
doctrina
de
imparcialidad
que ha
sentado
el
propio
TC. La
Abogacía
del
Estado
hizo
caso
omiso de
esta
petición.
02. LOS
PLAZOS
Otro
punto
clave
que
impide
que
Ollero
pueda
ser
recusado
son los
plazos.
La
legislación
es muy
clara en
este
sentido.
Determina
que se
inadmitirán
las
recusaciones
cuando
no se
propongan
al
inicio
del
proceso
si se ha
tenido
conocimiento
de las
causas
que
podrían
apartarle
del
mismo
antes de
que este
comenzara.
Una vez
que el
proceso
ya se ha
iniciado
tampoco
se
admitiría
si el
motivo
de
recusación
se
conociese
antes de
que la
recusación
se
proponga.
Fuentes
jurídicas
señalan
que, en
este
caso,
una
hipotética
recusación
se
declararía
como no
procedente
porque
el
recurso
fue
presentado
hace
cuatro
años y
algunas
de las
manifestaciones
de este
magistrado
que se
aportarían
como
prueba
datan
también
de años
atrás.
Los
grupos
parlamentarios
no
citaron
el credo
antiabortista
de
Ollero
cuando
fue
examinado
en la
Comisión
de
Nombramientos
del
Congreso
en julio
de 2012.
03. LAS
CAUSAS
Un
aspecto
determinante
es
también
el de
las
causas.
El
magistrado
Andrés
Ollero
ha
manifestado
en más
de una
ocasión
sus
posiciones
contrarias
al
aborto
como
derecho
de las
mujeres,
que es
lo que
contempla
la ley
actual.
Sin
embargo,
lo ha
hecho en
artículos
científicos,
entrevistas
o
declaraciones
a medios
de
comunicación.
La más
reciente
es una
entrevista
a Alfa y
Omega
–el
suplemento
católico
de ABC–
en la
que dejó
caer que
la ley
de 1985
tampoco
protegía
al
nasciturus.
Si lo
que se
pretende,
dijo, es
volver a
la
legislación
anterior,
"para
empezar
habría
que
tener en
cuenta
la
experiencia
de 1985.
Si con
la nueva
ley se
intenta
defender
al no
nacido,
la
experiencia
dice que
hay que
aquilatar
mucho la
cuestión.
Al
haberse
recurrido
a
fórmulas
genéricas
[para
señalar
los
supuestos
de
despenalización
del
aborto],
se ha
podido
frustrar
ese
intento".
En otras
ocasiones
ha
manifestado
que
dejar a
una
madre
abortar
"es
autorizar
un acto
de
guerra
contra
su hijo"
(1987) y
criticó
que
España
se
hubiera
convertido
en el
"paraíso
del
turismo
abortista"
(2012).
"Los no
nacidos
no han
ganado
para
sustos",
subrayó.
Estas
manifestaciones,
declaran
fuentes
jurídicas,
están
amparadas
por la
libertad
de
expresión
porque
no
forman
parte de
dictámenes
de
carácter
técnico.
Por eso,
las
fuentes
consultadas
consideran
que una
hipotética
recusación
tendría
escasas
posibilidades
de
éxito.
No
obstante,
hay que
tener en
cuenta
que en
2007 el
exmagistrado
Pablo
Pérez
Tremps
fue
apartado
de la
deliberación
del
recurso
presentado
por el
PP
contra
el
Estatut
de
Cataluña
por
haber
escrito
en una
obra
académica
colectiva
sobre el
asunto.
04.
ABSTENCIÓN
Tras
todo lo
anterior
parece
claro
que la
única
posibilidad
de que
Ollero
no
participe
en la
deliberación
sobre si
la
actual
ley de
plazos
es
conforme
a la
Constitución
sería
que él
mismo se
abstuviera
en la
votación,
algo
para lo
que
también
tendría
que
autorizarle
el pleno
del TC.
En este
punto
existen
varios
ejemplos
de
situaciones
en las
que se
ha
planteado
la
idoneidad
de que
un
magistrado
participara
en una
votación
del alto
tribunal.
Uno de
ellos es
el del
actual
presidente
del
Constitucional
Francisco
Pérez de
los
Cobos.
El fallo
por el
que este
tribunal
avala
las
partes
centrales
de la
reforma
laboral
tras el
recurso
presentado
por el
Parlamento
de
Navarra
reabrió
el
debate
sobre su
imparcialidad
a la
hora de
sentenciar
sobre
este
asunto.
La
polémica
tiene su
razón de
ser en
el hecho
de que
uno de
los dos
artículos
de la
ley
recurridos
sin
éxito
por la
Cámara
navarra,
el
relativo
a la
negociación
colectiva,
está
inspirado
en un
texto
que
Pérez de
los
Cobos
publicó
en 2010
en la
revista
Relaciones
Laborales
en
colaboración
con su
discípulo
Xavier
Thibault,
que fue
nombrado
director
general
de
Empleo
con la
llegada
del PP
al
poder,
según
desveló
la
Cadena
Ser. El
pasado
septiembre,
la
mayoría
del
pleno
del TC
rechazó
admitir
las
recusaciones
que la
Generalitat
y el
Parlamento
de
Cataluña
habían
promovido
contra
Pérez de
los
Cobos,
al que
no
consideraban
idóneo
para
participar
en la
resolución
de los
litigios
presentados
por
Cataluña
por
haber
ocultado
al
Senado
su
militancia
en el
partido
de
Mariano
Rajoy.
Tres
asociaciones
creen
que
debió
abstenerse
de la
votación
sobre la
reforma
laboral.
En un
sentido
diferente
actuó el
magistrado
Francisco
José
Hernando,
que en
julio de
2012
pidió
abstenerse
de la
deliberación
del
recurso
del PP
contra
el
matrimonio
homosexual.
Hernando
reclamó
apartarse
de este
caso por
haber
firmado
un
informe
en enero
de 2005,
cuando
presidía
el
Consejo
del
Poder
Judicial,
contrario
a esta
regulación,
que
concluía
que "el
matrimonio,
o es
heterosexual,
o no
es".
No
obstante,
no
parece
que esta
vaya a
ser la
voluntad
de
Ollero.
En un
artículo
publicado
en el
diario
ABC este
mismo
verano
sostuvo
que "no
tiene
sentido"
imaginar
que los
magistrados
llegan
al TC
"con
recetas
precocinadas".
Y
defendió
que "no
es lo
mismo
expresar
con
libertad
lo que a
uno le
parece
moralmente
más
valioso
o
políticamente
más
deseable,
que
dictaminar
con
objetiva
imparcialidad
si se
han
respetado
las
mínimas
exigencias
constitucionales
en una
determinada
resolución,
sea cual
sea el
grado en
que se
la pueda
subjetivamente
considerar
valiosa
o
deseable".
http://www.infolibre.es/noticias/politica/2014/09/26/las_tres_razones_por_las_que_imposible_recusar_magistrado_antiabortista_21882_1012.html
TRES
ASOCIACIONES
DE
JUECES
CREEN
QUE EL
PRESIDENTE
DEL TC
DEBIÓ
ABSTENERSE
EN LA
VOTACIÓN
DE LA
REFORMA
LABORAL
Uno de
los dos
artículos
sobre
los que
decidió
el Alto
Tribunal
está
inspirado
en un
texto
que
Pérez de
los
Cobos
escribió
en 2010
Sólo la
conservadora
Asociación
Profesional
de la
Magistratura
defiende
su
actuación
El fallo
del
Tribunal
Constitucional
en el
que
avala
las
partes
centrales
de la
reforma
laboral
tras el
recurso
presentado
por el
Parlamento
de
Navarra
ha
reabierto
el
debate
sobre la
imparcialidad
de su
presidente,
Francisco
Pérez de
los
Cobos, a
la hora
de
sentenciar
sobre
este
asunto.
La
polémica
tiene su
razón de
ser en
el hecho
de que
uno de
los dos
artículos
de la
ley
recurridos
sin
éxito
por la
Cámara
navarra,
el
relativo
a la
negociación
colectiva,
está
inspirado
en un
texto
que el
ahora
presidente
del Alto
Tribunal
publicó
en 2010
en la
revista
Relaciones
Laborales
en
colaboración
con su
discípulo
Xavier
Thibault,
que fue
nombrado
director
general
de
Empleo
con la
llegada
del PP
al
poder,
según
desveló
la
Cadena
Ser el
pasado
septiembre.
Aunque
su voto
no fue
determinante,
pues
nueve de
los doce
magistrados
se
mostraron
en
contra
el
citado
recurso
de
inconstitucionalidad,
las
asociaciones
de
jueces
Francisco
de
Vitoria,
Jueces
para la
Democracia
y Foro
Judicial
Independiente
consideran
que
Pérez de
los
Cobos
debería
haberse
abstenido
de la
votación
ya que
estos
antecedentes
ponen en
cuestión
su
imparcialidad
y
podrían
haber
condicionado
su
decisión.
Sólo la
conservadora
Asociación
Profesional
de la
Magistratura
defiende
su
actuación.
La ley
del
Poder
Judicial
prevé
que un
juez
puede
renunciar
a
pronunciarse
sobre
una
causa si
ha
ocupado
un cargo
público
o
administrativo
en el
que ha
podido
formarse
un
criterio
sobre el
objeto
de
litigio
"en
detrimento
de la
debida
imparcialidad".
Fuentes
jurídicas
del
Tribunal
Constitucional
consultadas
por
infoLibre
recuerdan
que ni
el
Parlamento
de
Navarra
ni el
PSOE e
IU –que
también
han
llevado
la norma
al TC al
considerar
que
vulnera
cinco
artículos
de la
Carta
Magna
aunque
todavía
no hay
sentencia
al
respecto–
han
planteado
la
recusación
de Pérez
de los
Cobos en
relación
a este
asunto.
Además,
las
mismas
fuentes
indican
que "no
hay
ninguna
razón
jurídica
de peso"
por la
que el
presidente
tuviera
que
apartarse.
Y
señalan
que
entra
dentro
de la
dinámica
habitual
que los
magistrados
del TC a
lo largo
de sus
trayectorias
profesionales
hayan
elaborado
artículos
sobre
temas
relacionados
con el
área del
que son
expertos.
Una de
las
áreas en
las que
más ha
trabajado
Pérez de
los
Cobos es
el
Derecho
del
Trabajo.
El
pasado
septiembre,
la
mayoría
del
pleno
del TC
rechazó
admitir
las
recusaciones
que la
Generalitat
y el
Parlamento
de
Cataluña
habían
promovido
contra
Pérez de
los
Cobos al
que no
consideraban
idóneo
para
participar
en la
resolución
de los
litigios
presentados
por
Cataluña
por
haber
ocultado
al
Senado
su
militancia
en el
partido
de
Mariano
Rajoy.
Ese
rechazo,
explican
fuentes
del
Grupo
Parlamentario
Socialista,
provocó
que el
PSOE no
se
lanzara
a pedir
la
recusación
del
presidente
por "una
cuestión
de
eficacia".
En IU
dicen
estar
estudiando
la
posibilidad
de
promoverla
aunque
todavía
no hay
ninguna
decisión
tomada
al
respecto.
LA
IMPARCIALIDAD
DE PÉREZ
DE LOS
COBOS
El hecho
de que
Pérez de
los
Cobos
participara
en la
votación
no
resulta
apropiado
para las
asociación
Jueces
para la
Democracia
(JpD).
Así lo
expresa
su
portavoz
Joaquim
Bosch,
que
considera
que "lo
más
adecuado"
habría
sido que
el
presidente
del TC
se
abstuviera
de la
votación.
"Hay una
serie de
datos
que
dejan
entrever
que sus
decisiones
sobre la
cuestión
analizada
podrían
estar
contaminadas
y eso
afecta
de
manera
innegable
al
principio
de
imparcialidad.
Debería
haberse
abstenido
para
evitar
cualquier
sombra
de duda
sobre la
decisión",
asevera.
Una
opinión
similar
expresa
Marcelino
Sexmero,
portavoz
de la
Asociación
de
Jueces
Francisco
de
Vitoria,
que cree
que la
postura
"más
prudente"
de Pérez
de los
Cobos,
"dados
sus
antecedentes
y su
trayectoria
por
todos
conocida",
habría
sido su
abstención
en este
asunto.
Desde el
Foro
Judicial
Independiente,
su
portavoz
Ángel
Dolado
recuerda
que la
ley
orgánica
del
Tribunal
Constitucional
en este
caso no
obligaría
a Pérez
de los
Cobos a
renunciar
a
pronunciarse
sobre
esta
causa,
si bien
considera
que
desde el
punto de
vista
"ético,
moral y
de
regeneración
democrática
que
demandan
los
ciudadanos"
sí ha
perdido
el
principio
de
imparcialidad
objetiva
que se
presupone
a los
magistrados
en el
ejercicio
de sus
funciones.
Y que,
por
tanto,
lo mejor
habría
sido que
no
hubiese
participado
en la
deliberación.
En la
conservadora
Asociación
Profesional
de la
Magistratura
(APM) su
portavoz,
Pablo
Llarena,
no ve
problema
alguno
en que
Pérez de
los
Cobos
participara
en la
votación.
"La
Constitución
Española
establece
que los
magistrados
del TC
tienen
que ser
juristas
de
prestigio.
Y
precisamente
ese
prestigio
es
consecuencia
de
largas
trayectorias
en
investigación,
por lo
que es
absolutamente
normal
que a lo
largo de
sus
vidas
estos
profesionales
hayan
realizado
reflexiones
sobre
cuestiones
del
ordenamiento
jurídico,
como
ocurre
en esta
ocasión",
asevera.
Desde
Izquierda
Unida,
su
secretario
de
Economía
y
Empleo,
José
Antonio
García
Rubio,
considera
que
Pérez de
los
Cobos
debería
haberse
inhibido
de esta
votación,
si bien
incluso
pone en
cuestión
su
presencia
en el
Alto
Tribunal
por su
militancia
en el PP
al menos
entre
2008 y
2011,
período
en el
cual ya
era
magistrado,
tal y
como se
recogía
en un
listado
de
militantes
del
partido
de
Mariano
Rajoy
que
forma
parte
del
sumario
del caso
Bárcenas.
EL CASO
DEL
RECIÉN
INCORPORADO
NARVÁEZ
Entre
los
nueve
votos a
favor se
encontró
también
el del
recién
incorporado
Antonio
Narváez,
que tomó
posesión
el
pasado
jueves
10 de
julio y
que aun
así
participó
en la
votación
de la
ponencia
redactada
por
Andrés
Ollero,
que se
produjo
sólo
cinco
días más
tarde y
con un
fin de
semana
por
medio.
Este
hecho
también
generó
cierta
polémica
en el
ámbito
de la
judicatura.
Marcelino
Sexmero,
de la
Asociación
de
Jueces
Francisco
de
Vitoria,
cree que
el
periodo
de
tiempo
que tuvo
el
magistrado
Narváez
para
estudiar
la causa
fue
escaso y
que el
hecho de
que no
pidiera
que se
retrasara
el fallo
puede
evidenciar
que ya
tenía
decidido
qué
hacer en
la
votación
antes de
incorporarse
al Alto
Tribunal.
El resto
de
portavoces
de
asociaciones
de
jueces
consultadas
no ven
problema
en que
Narváez
contara
con sólo
cinco
días
para
conocer
a fondo
la
cuestión
y emitir
una
votación.
A juicio
de Bosch,
el
recién
incorporado
es un
"jurista
de
amplia
trayectoria"
que
contó
con el
"tiempo
suficiente"
para
emitir
su voto
con
todas
las
garantías.
Dolado,
por su
parte,
considera
que al
no ser
él el
ponente
de la
sentencia
sí contó
con el
tiempo
suficiente
para
deliberar.
Llarena,
por su
parte,
recuerda
que cada
magistrado
del TC
cuenta
con la
colaboración
de
letrados
que le
ayudan a
preparar
las
causas
sobre
las que
tiene
que
decidir.
"Si
Narváez
accedió
a
pronunciarse
es que
estaba
lo
suficientemente
ilustrado
y
preparado
sobre la
decisión
que iba
a
tomar",
sentencia
el
portavoz
de la
APM.
http://www.infolibre.es/noticias/politica/2014/07/17/asociaciones_jueces_creen_que_presidente_del_debio_abstenerse_votacion_reforma_laboral_19642_1012.html
EL JUEZ
ENRIQUE LÓPEZ CIERRA SU EPISODIO DE ALCOHOLEMIA POR LA
PUERTA DE ATRÁS
Enrique López ha solucionado su episodio de alcoholemia
de manera discreta y por la puerta de atrás, después de
que el pasado 1 de junio la Policía Municipal le
denunciara por cuadruplicar la tasa de alcoholemia,
saltarse un semáforo en rojo y conducir una moto sin
casco. En ese momento era magistrado del Tribunal
Constitucional y precisamente se cumple ahora un año
desde que fue nombrado con el apoyo del Partido Popular.
Después de asumir lo sucedido, atajó el asunto de la
manera más rápida posible para evitar tanto el desgaste
del TC como de su propio nombre.
Al día siguiente de los hechos, presentó su dimisión al
presidente del órgano, Francisco Pérez de los Cobos.
Desde ese mismo momento ya no era magistrado del
tribunal que defiende la Carta Magna y, por tanto,
perdía el pleno aforamiento ante el Tribunal Supremo.
Además, López tuvo un golpe de suerte cuando al día
siguiente de la denuncia, y con toda la opinión pública
conocedora del asunto, el rey Juan Carlos anunció su
abdicación, pasando su asunto judicial a un plano
secundario, lo que evitó ser blanco de todas las
críticas.
Cuando un juez es nombrado magistrado del TC, se marcha
en servicios especiales y abandona ‘de facto’ la carrera
judicial. Es cuando pide su reingreso cuando comienza a
tener efectos económicos y administrativos.
López cumplió los diez días que le concede la Ley
Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 355, para
pedir su reingreso como magistrado de la Sala de lo
Penal de la Audiencia Nacional. Una vez que ya lo había
pedido al Consejo General del Poder Judicial, se celebró
el juicio rápido por un delito contra la seguridad vial.
Si no hubiera dimitido del TC, habría tenido que
sentarse en el banquillo de los acusados del Supremo, en
un proceso judicial más lento y con luz y taquígrafos.
Sin embargo, su salida del tribunal le ha permitido que
en trece días un juzgado madrileño de Plaza de Castilla
celebre juicio rápido y dicte sentencia verbal en el
momento. Incluso obtuvo una conformidad con el fiscal y
el titular del Juzgado de Instrucción número 31, Antonio
Serrano-Arnal, fijó ocho meses de retirada del carné de
conducir y una multa de cuatro meses a doce euros
diarios, lo que supone 1.440 euros.
Fue un juicio rápido, celebrado el sábado 14 de junio, y
sin ninguna publicidad. En la sentencia, se fija que
López arrojó un resultado de 1,20 y 0,99 en la primera y
segunda comprobación con el etilómetro, negándose a
realizar la prueba de extracción de sangre. “Con
síntomas, el acusado presentaba fuerte olor a alcohol en
el aliento, ojos rojos y vidriosos, habla repetitiva,
rostro congestionado, deambular titubeante y dificultad
para mantener la verticalidad”, recoge la resolución.
Los jueces son aforados parciales
Mientras tanto, el CGPJ ha aceptado su reingreso en la
carrera judicial de forma automática. Así está
contemplado en la ley ya que el delito por el que se le
ha condenado no es doloso y, por tanto, no es causa de
cese.
Desde el momento en el que se pide el reingreso, el juez
ya es miembro aforado de la carrera judicial. Sin
embargo, a diferencia de los magistrados del
Constitucional o de los diputados, los jueces son
únicamente aforados por hechos cometidos en el ejercicio
de su cargo, es decir, por delitos como prevaricación o
revelación de secretos. Así que López, una vez que
abandonó el TC, perdía la opción de ser juzgado por el
Alto Tribunal, según explican a El Confidencial fuentes
jurídicas.
Y quién mejor para asesorarle y defenderle que Enrique
Arnaldo Alcubilla, vocal del CGPJ hasta 2001 y persona
que aupó a López como letrado del órgano que regula a
los jueces. Actualmente es catedrático de Derecho
Constitucional y letrado de la Cortes Generales, aunque
también tuvo algún problema con la Justicia. En 2010, el
juez de Palma José Castro le imputó por su vínculo con
el expresidente del Gobierno balear Jaume Matas, quien
mantenía relaciones con la consultoría madrileña
Estudios Jurídicos y Procesales (EJP), un bufete
vinculado a Arnaldo.
El magistrado archivó el asunto por falta de indicios de
fraude a la Administración en relación con dos de los
responsables de EJP por un contrato supuestamente
amañado y firmado en febrero del 2004, pero sí mantuvo
la inculpación a Matas.
Ahora, a Enrique López le queda algo más de una semana
para incorporarse a la Audiencia Nacional, aunque
algunos compañeros suyos tienen dudas de que llegue a
entrar o de que se quede mucho tiempo. A este juez le
costó mucho llegar hasta el Tribunal Constitucional.
Primero fue vocal del CGPJ durante siete años y, como
tal, fue el bastión del PP en el órgano. Al término de
su mandato pasó una travesía del desierto en la
Audiencia Nacional esperando a que le adaptaran un
destino más suculento, que pasaba desde el Ministerio de
Justicia hasta el TC. Ahora tiene que volver a la
Audiencia, y algunos creen que intentará buscar otro
destino, que incluso podría ser un despacho de abogados.
http://www.elconfidencial.com/espana/2014-06-24/el-juez-enrique-lopez-cierra-su-episodio-de-alcoholemia-por-la-puerta-de-atras_151340/
El juez Enrique
López dimite tras ser pillado en moto sin casco y ebrio
El magistrado se había saltado un semáforo en rojo y
cuadruplicó la tasa de alcoholemia
La doctrina del magistrado López
La carrera del magistrado del Tribunal Constitucional
Enrique López se truncó este domingo a las 7.30 en un
semáforo rojo del centro de Madrid. El juez, de 51 años,
anunció a última hora de la tarde su dimisión en el
tribunal de garantías tras ser sorprendido por la
policía a lomos de su motocicleta sin casco y con una
tasa de alcoholemia cuatro veces superior al máximo
legal.
López, muy próximo al PP, a cuya sombra ha prosperado en
la judicatura, se saltó un semáforo en rojo en la
confluencia de la calle de Vitruvio con el paseo de la
Castellana. En esa esquina estaba apostado el coche
patrulla Z-53 de la comisaría del Cuerpo Nacional de
Policía de Chamartín, cuyos agentes, tras advertir la
doble infracción vial, salieron detrás del magistrado y
le dieron el alto. Nada más apearse de la moto, López
dio muestras evidentes de encontrarse bajo los efectos
del alcohol.
Los policías nacionales, que no tienen competencias en
materia de tráfico, reclamaron inmediatamente la
presencia de una patrulla de la Policía Municipal. Un
equipo de atestados de este cuerpo de seguridad realizó
siete pruebas de alcoholemia al magistrado debido a que
este “cortaba el soplido sin motivo aparente”. Los
agentes le advirtieron de que su actitud podría ser
considerada como una negativa a someterse al test,
informa Efe. El primer examen arrojó un resultado de
1,12 miligramos de alcohol por litro de aire espirado,
cuando la tasa máxima para los particulares para manejar
vehículos de motor es de 0,25 miligramos por litro. Una
segunda prueba de contraste, 18 minutos más tarde,
ofreció un resultado inferior, pero también ilegal: 0,98
miligramos de alcohol por litro de aire.
Los hechos van más allá de una mera infracción
administrativa. El artículo 372 del Código Penal
contempla penas de tres a seis meses de prisión
—sustituible por multa o trabajos comunitarios— y
retirada del permiso de conducir de uno a cuatro años a
aquel que “que condujere con una tasa de alcohol en aire
espirado superior a 0,60 miligramos por litro”.
"Reconozco los hechos y asumo las consecuencias que
tienen", afirmó tras conocerse la noticia
López no fue detenido por este supuesto delito contra la
seguridad vial, que será instruido y juzgado por el
Tribunal Supremo debido a la condición de aforado del
magistrado. López pudo marcharse a su casa tras
someterse a las pruebas de alcoholemia aunque su
motocicleta quedó precintada ante la imposibilidad de
que el miembro del Constitucional la condujera.
La noticia, adelantada por el diario Abc, se conoció a
última hora de la mañana. En declaraciones a la agencia
Efe, apenas seis horas después de ser interceptado por
la policía, el magistrado López manifestó: “Reconozco
los hechos y asumo las consecuencias que tienen”. Y
añadió: “Hay circunstancias personales que podrían
justificarlos pero que no vienen al caso”. A última hora
de la tarde, López confirmó su intención de presentar
hoy la dimisión ante el presidente del tribunal,
Francisco Pérez de los Cobos.
Tras el incidente, López, uno de los miembros más
marcadamente políticos de la judicatura española, se
quedó solo. El PP, que en los últimos años ha visto a
varios de sus líderes, como Esperanza Aguirre, Miguel
Ángel Rodríguez o Ignacio Uriarte, implicados en sucesos
de seguridad vial, guardó silencio sobre el caso de
López, a quien el Gobierno colocó en el Tribunal
Constitucional en junio de 2013 después de seis años de
vetos del PSOE en el Congreso y el Senado. El propio
Tribunal Constitucional evitó ayer pronunciarse sobre la
conducta del magistrado, que consideró un “asunto
privado”.
La salida de López no variará las relaciones de fuerzas
entre el sector conservador y el progresista del
Constitucional. En el pleno seguirá habiendo seis
magistrados conservadores —además del voto de calidad de
Pérez de los Cobos— y cinco progresistas. Además, el
recambio del magistrado le corresponde directamente al
Ejecutivo de Mariano Rajoy.
http://politica.elpais.com/politica/2014/06/01/actualidad/1401625400_720528.html
PÉREZ DE
LOS
COBOS,
‘PADRE’
DE LA
REFORMA
LABORAL,
CONSAGRA
‘SU
OBRA’
SIN
PESTAÑEAR
El
pasado
mes de
julio
del año
2012,
cuando
la
Reforma
Laboral
comenzaba
a ‘dar
frutos’
en
formas
de ERE y
pérdida
de
derechos
laborales,
ELPLURAL.COM
dio la
primera
información
sobre
quién
era el
catedrático
Pérez de
los
Cobos. Y
quiénes
eran su
puentes
de
comunicación
con el
Gobierno.
Hablamos
de julio
de 2012.
Un
triángulo
‘santificado’
por
Fátima
Báñez
Acababa
de
producirse
entonces
la
filtración
del ERE
del PSOE
desde el
ordenador
de la
ministra
Fátima
Báñez a
la
periodista
Esther
Palomeras,
entonces
en La
Razón. Y
muy
pronto
se dio
por
hecho en
los
medios
periodísticos
que el
informe
filtrado
lo había
llevado
a cabo
materialmente
una
asesora
de la
ministra
de
Empleo,
de
nombre
Nuria
Paulina
García
Piñeiro
¿Quién
era esta
asesora?
Era
parte de
un grupo
diminuto,
un grupo
de tres,
que
formaban
ella
misma;
el
también
recién
nombrado
Director
General
de
Empleo,
Xavier
Jean
Braulio
Thibault
Aranda,
compañero
suyo del
alma en
la
cátedra
de
Derecho
del
Trabajo
de la
Complutense
y quien
era la
base de
este
triángulo,
el
catedrático
y
magistrado
del
Constitucional,
Francisco
Pérez de
los
Cobos,
tutor, y
mucho
más, de
ambos,
en
especial
de
Thibault.
Ya
entonces,
en este
periódico
apuntamos
cómo
Francisco
Pérez de
los
Cobos
era el
‘alma
mater’ y
principal
inspirador
del
contenido
de la
reforma
laboral
que
implantó
el PP,
que se
había
estado
preparando
en los
meses
previos
a las
elecciones
del 20N,
ante la
previsión
de la
llegada
de Rajoy
a
Moncloa.
Igualmente
recordábamos
como
García
Piñeiro,
que
había
trabajado
en la
CEOE,
participaba
junto a
figuras
de
primer
nivel
del
equipo
económico
‘popular’,
incluido
por
ejemplo
el
ministro
de
Hacienda,
Cristóbal
Montoro
en
jornadas
incluso
de FAES,
en las
que
también
jugaba
un papel
nada
secundario
el
propio
Pérez de
los
Cobos.
En los
meses
siguientes
comenzó
a
urdirse
y
desarrollarse,
y en
ELPLURAL.COM
lo
fuimos
contando,
lo que
parecía
una
clara
estrategia
del PP
para
‘blindar’
la
Reforma
Laboral
ante las
demandas
de
inconstitucionalidad
que
fueron
presentándose
contra
la Ley
de la
Reforma
Laboral.
Una
estrategia
que como
piedra
angular
tenía la
intención
de aupar
a Pérez
de los
Cobos a
la
presidencia
del
Constitucional.
Es
decir,
llegado
el caso,
quien al
menos
era
‘inspirador’
de la
ley
tendría
la
última
palabra
sobre su
constitucionalidad.
Pero
antes,
se hizo
otro
movimiento.
En el
verano
de 2013,
en
ELPLURAL.COM,
en un
artículo
de Los
Genoveses,
apuntábamos
a un
hecho
trascendente:
Pérez de
los
Cobos,
en una
situación
de
compatibilidad
sin
precedentes,
además
de ser
uno de
los
magistrados
del
Constitucional
se había
convertido
en
miembro
del
Consejo
de
Administración
de la
Organización
Internacional
del
Trabajo
(OIT),
como uno
de los
20
hombres
y
mujeres
de la
Comisión
de
Expertos
en
Aplicaciones
de
Convenios
y
Recomendaciones.
Como
apuntábamos
entonces,
esta
compaginación
de
cargos
provocó
quejas
por
posibles
incompatibilidades
legales
y
éticas,
a las
que se
sumaban
las
sospechas
que
levantaba
la
celeridad
de su
nombramiento,
que
llevaba
a
especulaciones
sobre la
movilización
de
ingentes
recursos
de todo
tipo
para
agilizar
la
candidatura
¿Por qué
esta
prisa?
La
respuesta
se puede
hallar
en este
hecho:
el grupo
de
expertos
de la
OIT
entre
los que
pasaba a
formar
parte
Pérez de
los
Cobos
son
quienes
preparan
los
informes
que
sirven
para
realizar
una
evaluación
técnica
imparcial
de las
normas
internacionales
del
trabajo
en los
diferentes
Estados
miembro,
entre
ellos,
claro,
España.
O lo que
es lo
mismo,
Pérez de
los
Cobos
estaría
entre
quienes
‘revisaran’
la
legalidad
de la
Reforma
Laboral..,
también
para la
OIT, el
organismo
de
Naciones
Unidas.
Un
‘pepero’
al
frente
del
Constitucional
Esta
acumulación
de poder
en manos
de ‘su
hombre’
no
bastaba
al PP,
sin
embargo.
Faltaba
un hecho
que lo
podía
convertir
en
‘imbatible’..,
faltaba
encumbrarlo
a la
presidencia
del
Constitucional
para que
su
influencia
fuera
máxima.
Y, ‘sin
complejos’,
como
recomendaba
Aznar,
el
Gobierno
se movió
para que
se
produjera
el
nombramiento
el 19 de
junio de
2013.
Faltaba
aún por
desvelarse
la ‘gran
bomba’,
que
publicaba
el
diario
El País
justo un
mes
después
de su
nombramiento:
Pérez de
los
Cobos no
sólo era
un
‘inspirador’
del
equipo
económico
del PP;
durante
años
había
sido
directamente
militante
del PP.
Militante
“de
base”
diría él
a sus
compañeros
magistrados,
pero lo
cierto
es que
aún
siendo
miembro
del
máximo
tribunal
ya en
2011,
siguió
pagando
religiosamente
su cuota
de
afiliado
como les
contamos
en este
periódico.
Sin
embargo,
el TC,
con
mayoría
de
miembros
conservadores,
no tuvo
problemas
en
emitir
rápidamente
un
comunicado
en el
que se
defendía
que “ni
la Carta
Magna,
ni la
LOPJ
establecen
para los
magistrados
del
Constitucional
incompatibilidad
alguna
con el
hecho de
militar
en un
partido
político”.
Cuatro
razones
para una
abstención
Pocos
días
después,
en
ELPLURAL.COM,
revelando
otra vez
la
estrategia
del PP
de
blindaje
de ‘su’
Reforma
Laboral’,
con la
firma de
Los
Genoveses,
resumíamos
las
cuatro
razones
por las
que
pensábamos
que
Pérez
Cobos
tenía
una
biografía
profesional
que le
hacía
incompatible
con sus
obligaciones
de
Presidente
del
Constitucional,
muy
especialmente
en
cuando a
dirimir
sobre la
Reforma
Laboral.
Entonces
recordábamos
que el
‘partidismo’
de Pérez
de los
Cobos
quedaba
demostrado
por: 1.
Su
militancia
declarada
ante el
PP, a la
que se
añadía
no sólo
su
militancia
y su
pago de
cuota,
sino
también
que
aparecía
entre
los
donantes
a la
financiación
del
partido;
2. Su
pertenencia
simultánea
al TC,
como
magistrado,
y a la
OIT como
experto
que
tiene
que
dirimir
sobre
leyes
que
afectan
a
España;
3. Su
relación
con el
equipo
económico
del PP,
en
especial
con el
equipo
de
Fátima
Báñez,
Thibault
Aranda y
García
Piñeiro,
con
quienes
había
inspirado
la
propia
Reforma
Laboral;
4. (y
este era
un dato
nuevo),
su
situación
de
Administrador
Único de
la
empresa
Labour
Prospectives,
S.L.
desde
2003,
compañía
que se
dedica a
la
elaboración
de
estudios
en el
ámbito
de las
relaciones
laborales
y el
análisis
de la
negociación
colectiva.
Y
empresa
que, no
tan
curiosamente,
tuvo
entre
sus
clientes
al
propio
Grupo
Popular
en el
Congreso,
que
encabezaba
Soraya
Sáenz de
Santamaría,
y en el
que
había
jugado
un papel
fundamental
en
materia
económica
la
diputada
Fátima
Báñez.
Pero a
pesar de
todos
estos
antecedentes
que
fuimos
desvelando
y
narrando
en
ELPLURAL.COM
en los
últimos
dos
años,
Francisco
Pérez de
los
Cobos no
se
ausentó
este
martes
cuando
el
Constitucional
avaló la
legalidad
de
algunos
artículos
de la
Reforma
Laboral
que
significan
recortes
sociales
básicos:
que se
pueda
despedir
sin
indemnización
a un
trabajador
durante
el
primer
año de
su
contrato
y que se
favorezcan
los
convenios
de
empresa
sobre
los de
sector.
Aún
quedan
más
recursos
contra
la
Reforma
Laboral.
Aún
queda
mucho
por
dirimir…,
pero
nada
parece
que
pueda
batir la
estrategia
de poner
al
frente
de quien
debe
decidir
sobre
una ley
al
inspirador
de esa
ley que,
según
han
declarado
los
sindicatos,
“retrotrae
la
situación
laboral
en
España
al
franquismo”.
http://www.elplural.com/2014/07/16/perez-de-los-cobos-padre-de-la-reforma-laboral-consagra-su-obra-sin-pestanear/
EL
TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
AVALA
PARTES
CENTRALES
DE LA
REFORMA
LABORAL
El fallo
contrario
al
recurso
del
parlamento
navarro
cuenta
nueve
votos
favorables
y tres
en
contra
La
sentencia
vacía de
contenido
el
recurso
de los
grupos
de
oposición
de la
izquierda
Dos
magistrados
progresistas
apoyan
la
resolución
El pleno
del
Tribunal
Constitucional
ha
avalado
dos
partes
muy
sustanciales
de la
reforma
laboral
aprobada
por el
PP en
2012: el
contrato
de
emprendedores,
el que
permite
el
despido
gratis
durante
su
primer
año de
vigencia,
y buena
parte de
los
cambios
que hubo
en la
negociación
colectiva.
Lo ha
hecho
por un
amplio
margen.
Nueve
magistrados
votaron
contra
el
recurso
de
inconstitucionalidad
presentado
por el
Parlamento
de
Navarra,
entre
ellos el
presidente,
Francisco
Pérez de
los
Cobos, y
dos de
los
magistrados
pertenecientes
al
llamado
sector
progresista,
Juan
Antonio
Xiol y
Encarnación
Roca. La
vicepresidenta
Adela
Asúa,
Fernando
Valdés y
Luis
Ortega
votaron
en
contra y
presentarán
un voto
particular
exponiendo
los
argumentos
por los
que
consideran
que
debería
haberse
admitido
el
recurso.
Entre
los
nueve
votos a
favor se
encontró
el del
recién
incorporado
Antonio
Narváez
que tomó
posesión
el
pasado
jueves y
que ya
ha
participado
en la
votación
de la
ponencia
redactada
por
Andrés
Ollero.
El
fallo,
junto
con otra
resolución
del
pasado
mes de
febrero,
vacían
de
contenido
el
recurso
presentado
por el
conjunto
de la
oposición
de
izquierdas
(PSOE e
Izquierda
Plural),
sobre el
que el
Constitucional
todavía
no se ha
pronunciado.
El PSOE,
y
también
su nuevo
líder,
Pedro
Sánchez,
han
reiterado
que
derogarán
la
reforma
cuando
lleguen
al
poder.
Con el
resuelto
por el
pleno se
acumulan
dos
fallos
favorables
a la
norma
estrella
del
Ejecutivo
durante
la
primera
parte de
la
legislatura.
Todavía
queda
por
aclarar
si se
ajusta a
la
Constitución
las
nuevas
facilidades
que dio
el
Gobierno
a la
hora de
despedir
o la vía
que
dejaba
el
camino
libre
para la
aplicación
de
expedientes
de
regulación
de
empleo
en el
sector
público,
una vía
que ha
sido
utilizada
en casos
como los
de
Telemadrid
o Canal
9.
No
obstante,
ha
quedado
avalado
por el
tribunal
de
garantías
constitucionales
el
contrato
de
emprendedores,
que fue
una de
las
grandes
apuestas
del
Gobierno
para
estimular
la
contratación
indefinida.
Aunque,
a la
vista de
los
datos,
no lo ha
conseguido.
En su
empeño,
el
Ejecutivo
estableció
en el
nuevo
contrato,
para
empresas
menores
de 50
trabajadores,
un
periodo
de
prueba
de un
año de
duración
en el
que está
permitido
el
despido
sin
indemnización
ni
alegación
de
causa.
Este
último
punto ha
sido muy
criticado,
puesto
que el
ordenamiento
jurídico
español
y los
convenios
internacionales
de la
OIT
establecen
que los
despidos
deben
estar
justificados.
Para
muchos
juristas,
esta
ampliación
hasta un
año del
periodo
de
prueba
supone
una
vulneración
del
derecho
al
trabajo,
algo que
no ha
considerado
la
mayoría
del
pleno
del
Constitucional.
Los
otros
dos
puntos
sobre
los que
ha
fallado
el
tribunal
atañen a
los
cambios
en la
negociación
colectiva,
es
decir,
los
convenios.
El
primero
de ellos
es el
que
otorga a
la
Comisión
Consultiva
Nacional
de
Convenios
Colectivos
(CCNCC)
el papel
de
árbitro
cuando
no había
acuerdo
entre
sindicatos
y
empresarios
a la
hora de
incumplir
un
convenio.
El
segundo
es el
que da
preferencia
en la
aplicación
a los
convenios
de
empresa
sobre
los de
sector.
El fallo
prioriza
los
convenios
de
empresa
sobre
los
pactados
en el
sector
Pocas
dudas
cabían
sobre la
posición
que iba
a
adoptar
el
presidente
del
tribunal,
Francisco
Pérez de
los
Cobos,
sobre
los
cambios
en la
negociación
colectiva.
Cobos,
que
militó
en el PP
hasta,
al
menos,
2011 y
lo
ocultó
cuando
accedió
al
tribunal,
es
considerado
el padre
intelectual
de la
idea de
situar a
la
Comisión
Nacional
de
Convenios
como
árbitro
último
en caso
de
desacuerdo
entre
sindicatos
y
empresarios
a la
hora de
dejar de
aplicar
un
convenio.
Y así lo
plasmó,
en 2010,
en un
artículo
publicado
en el
número
14 de la
revista
Relaciones
Laborales
escrito
junto
con su
alumno
Xavier
Thibault,
actual
director
general
de
Empleo
y, por
tanto,
alto
cargo
del
Ministerio
de
Empleo,
desde
enero de
2012.
En el
artículo,
Pérez de
los
Cobos y
Thibault
sostenían
que la
designación
de la
CCNCC
como
árbitro
no
conculca
el
derecho
constitucional
a la
autonomía
de la
negociación
colectiva
porque
tanto
empresarios
como
sindicatos
están
integrados
en el
organismo.
No
obstante,
en él
hay un
tercer
actor,
el
Gobierno,
que es
quien
decide
en caso
de
desacuerdo.
De ahí
que los
detractores
de este
punto
defiendan
que sí
que se
vulnera
ese
derecho
y que,
además,
al ser
un
asunto
sobre el
que no
concurre
el
interés
general
no tiene
sentido
el papel
que, en
última
estancia,
le
reserva
la
reforma
laboral
al
Gobierno
para los
casos en
los que
existe
desacuerdo.
El
presidente
ya
defendió
en 2010
los
cambios
en la
negociación
colectiva
El fallo
también
despeja
el
horizonte
sobre
uno de
los
cambios
más
reclamados
por los
organismos
internacionales:
la
descentralización
de los
convenios
dando
prioridad
a los
pactos
logrados
en las
empresas
sobre
los
habidos
en
sectores.
Esta
decisión
del
Constitucional
se suma
a la
adoptada
en
febrero
de este
mismo
año, de
la que
fue
ponente
el
magistrado
dimitido
recientemente,
Enrique
López.
En aquel
fallo,
el
tribunal
se
pronunció
sobre un
aspecto
formal,
en
contra
de la
doctrina
precedente
del
mismo
tribunal,
avalando
la
tramitación
de la
reforma
por la
vía
urgente
del
decreto
ley. Así
dio su
visto
bueno al
procedimiento
utilizado
por el
Gobierno,
el real
decreto
ley.
Todo
pese a
que en
2007, el
mismo
tribunal
no
consideró
justificada
la vía
del
decreto
y anuló
la
reforma
laboral
de 2002,
el
llamado
decretazo.
Aquella
decisión
fue
intrascendente,
porque
la
tramitación
parlamentaria
se
realizó
como un
proyecto
de ley,
igual
que
sucedió
con la
reforma
de 2012.
En el
mismo
fallo,
el
Constitucional
se ha
pronunció
sobre
dos
cuestiones
de
contenido:
una es
la que
por la
vía de
los
hechos
ha
convertido
los
salarios
de
tramitación
(el
dinero
que deja
de
cobrar
un
despedido
desde
que
pierde
su
empleo
hasta
que hay
un fallo
judicial
firme)
en algo
prácticamente
residual;
la
segunda,
la que
avalaba
la
legalidad
de la
reducción
de la
indemnización
por
despido
no
ajustado
a
derecho
(el
conocido
antes
como
improcedente)
de 45
días por
año
trabajado
con un
límite
de 42
mensualidades
a 33 con
un tope
de 24
meses.
http://economia.elpais.com/economia/2014/07/15/empleo/1405434548_184069.html
PÉREZ DE
LOS
COBOS:
'He sido
un mero
afiliado
de base
del PP
¿Cree
que la
polémica
que se
desató
por
haber
sido
afiliado
al PP
dañó al
tribunal?
He sido
un mero
afiliado
de base
del PP
sin
participación
activa
en la
vida del
partido,
hasta el
punto de
que creo
que
quienes
me
propusieron
para ser
magistrado
del TC
desconocían
que era
afiliado.
Cuando
soy
elegido
magistrado
constato
que, de
acuerdo
con la
Constitución
y la ley
orgánica
del
Tribunal,
la mera
afiliación
no es
incompatible
con el
ejercicio
de la
función
jurisdiccional
y por
eso
decido
no hacer
nada. Si
hubiera
sabido
que eso
iba a
ser
usado no
sólo
contra
mí sino
contra
la
institución
me
hubiera
dado de
baja sin
más.
¿Y
cuándo
lo hizo?
Cuando
accedí a
la
Presidencia,
por
entender
que la
función
de
representación
que este
cargo
exigía
aconsejaba
la baja.
¿Y no
sería
mejor
que la
ley
prohibiera
la
afiliación
política
de los
magistrados?
Hay un
obstáculo
constitucional.
El
artículo
159 de
la
Constitución
dice que
la
condición
de
miembro
del TC
es
incompatible
con el
desempeño
de
funciones
directivas
en un
partido
político.
Ésta es
la
limitación
que
rige. Y
estaría
por
verse la
posible
constitucionalidad
de una
norma
que
restringiese
un
derecho
que la
Constitución
reconoce.
¿Por qué
no
informó
a la
Comisión
de
Nombramientos
del
Senado
de esa
circunstancia
personal?
Contesté
a
cuantas
preguntas
quisieron
formularme.
Han sido
magistrados
del TC
ex
diputados,
ex
senadores,
juristas
que han
estado
en el
comité
ejecutivo
de los
partidos,
directores
generales,
fontaneros
de La
Moncloa...En
ese
contexto,
la mera
militancia
me
parecía
irrelevante.
La
independencia
de un
juez
tiene
que ver
sobre
todo con
la
dignidad
personal
y
profesional
y, como
obras
son
amores y
no
buenas
razones,
para
enjuiciar
la mía
remito
al
análisis
de las
resoluciones
de las
que he
sido
ponente
y del
sentido
de mi
voto.
El TC ha
sido
desautorizado
por el
Tribunal
Europeo
de
Derechos
Humanos
por
avalar
la
doctrina
Parot.
Nosotros
entendíamos
que esa
doctrina
no
vulneraba
el
principio
de
irretroactividad
de la
norma
penal
porque
se
trataba
de un
cambio
jurisprudencial
que
afectaba
a la
interpretación
de las
reglas
en
materia
de
ejecución
de
penas.
El TEDH
no lo ha
considerado
así y,
efectivamente,
ha
habido
una
desautorización.
¿Sigue
pensando
que la
doctrina
Parot
era más
justa?
Existían
razones
constitucionales
que
avalaban
la
lectura
que el
TC hizo.
Esa
interpretación,
además,
se
correspondía
con el
sentimiento
de
justicia
de la
sociedad,
y lo
sigo
pensando.
Ahora
bien,
estamos
vinculados
a los
pronunciamientos
del TEDH.
¿Va a
haber
pronunciamiento
sobre el
recurso
del PP
contra
la ley
socialista
del
aborto?
Ni mi
antecesor,
Pascual
Sala, ni
yo hemos
introducido
en el
orden
del día
ese
asunto
por una
razón de
prudencia.
Quienes
plantearon
el
recurso
contra
la ley
vigente
fueron
los
diputados
del PP,
que
tiene
mayoría
parlamentaria,
que ha
dicho
con
reiteración
que va a
cambiar
la ley y
que, por
consiguiente,
tiene en
su mano
conjurar
los
problemas
de
constitucionalidad
que la
norma le
planteaba.
Esos
anuncios
de
reforma
legal se
vienen
dilatando
en el
tiempo,
y
parecería
que lo
que es
una
actitud
prudente
del TC
es una
situación
de
desidia.
No hay
tal. Hay
voluntad
de no
interferir
en el
proceso
legislativo,
máxime
cuando
ya hay
jurisprudencia
del TC
en
materia
de
aborto.
¿Y van a
seguir
esperando?
El TC
está
para
solucionar
problemas,
no para
incrementarlos.
Es
prudente
esperar.
¿Qué
opinión
le
merece
la
extensión
del
aforamiento
a
determinados
miembros
de la
Familia
Real?
Es
necesario
abrir
una
reflexión
sobre
situaciones
de
aforamiento
para
racionalizarlas.
Desde el
presupuesto
de que
la
Justicia
debe ser
igual
para
todos,
el fuero
debiera
reservarse
para
situaciones
cualificadas
y, desde
luego,
cualificadas
son las
de la
Familia
Real
stricto
sensu,
es
decir,
la de la
Reina y
los
Príncipes
de
Asturias.
Quizás,
en
paralelo,
debieran
eliminarse
otras no
suficientemente
aquilatadas.
http://www.elmundo.es/espana/2014/04/07/5341e241268e3ee31c8b4578.html
EL
CONSTITUCIONAL
APLAZA
SIN
FECHA LA
SENTENCIA
SOBRE LA
ACTUAL
LEY DEL
ABORTO
El
tribunal
no tiene
previsto
resolver
sobre la
norma
aprobada
en 2010
El Poder
Judicial
retrasa
el
dictamen
ante la
reforma
planteada
por el
Gobierno
La
sentencia
del
Tribunal
Constitucional
sobre la
vigente
Ley de
salud
sexual y
reproductiva
y de la
interrupción
voluntaria
del
embarazo,
la ley
del
aborto
aprobada
en 2010
por el
Gobierno
de José
Luis
Rodríguez
Zapatero,
está
pendiente
de
“señalamiento
para
votación
y
fallo”,
según
informó
el
tribunal
a IU.
Sin
embargo,
el
Constitucional
no tiene
previsto
ni
siquiera
someter
a debate
el
recurso
presentado
por el
PP en
2010
ante la
futura
aprobación
de la
reforma
tramitada
por el
Gobierno
de
Mariano
Rajoy,
que,
principalmente,
sustituye
los
plazos
por
supuestos
para la
interrupción
del
embarazo.
La
decisión
está
aplazada
sine die.
Con un
debate
político
en
marcha,
son
varios
los
magistrados
del
Constitucional
que
consideran
que
sentenciar
ahora
sería un
“injerencia”.
El
tribunal
considera
además
que no
tiene
sentido
someter
la
normativa
a
controversia
ante el
hecho de
que la
reglamentación
cambiará
en breve
y el
Constitucional
solo se
pronuncia
sobre
leyes
vigentes.
Pero,
además,
políticamente,
tampoco
existe
ninguna
prisa
porque
llegue
la
resolución
del
tribunal,
sino más
bien al
contrario.
El
Gobierno
no
acelera
la
tramitación
de la
reforma,
cuyo
anteproyecto
aprobó
el
Consejo
de
Ministros
en
diciembre
de 2013
y sigue
su curso
a la
espera
de
diversos
informes.
Varios
son los
ámbitos
y
escenarios
a los
que está
sometida
tanto la
ley
vigente
y
recurrida,
la de
2010
aprobada
por
Zapatero,
como la
reforma
del
actual
Gobierno,
aún no
aprobada.
El
Gobierno
y el PP
estudiaron
la
posibilidad
de
retirar
el
recurso
presentado
ante el
Constitucional
y evitar
el
pronunciamiento.
Sin
embargo,
el hecho
de que
fuera
firmado
por 50
diputados
populares,
que no
en todos
los
casos
siguen
siéndolo,
complicó
la
situación.
De haber
ocurrido
así, el
tribunal
hubiera
podido
enterrar
definitivamente
el
asunto
con la
fórmula
del
desestimiento.
En el
caso de
que se
apruebe
la
reforma
del
Gobierno
del PP,
que
acabará
con la
ley
vigente
sin que
exista
un
pronunciamiento,
el caso
quedará
igualmente
enterrado
al
desaparecer
el
objeto
del
litigio.
Aunque
el
recurso
se
mantenga
vivo,
los
populares
creen
más
adecuado
y
conveniente
que el
tema no
se
introduzca
en el
orden
del día
de los
asuntos
que
trata el
pleno
del
tribunal
para no
interferir
en el
proceso
legislativo.
La
competencia
de
incorporar
el
asunto
al
debate
jurídico
del
plenario
es
exclusiva
de su
presidente,
Francisco
Pérez de
los
Cobos,
que tomó
posesión
en junio
de 2013.
Ni él,
en este
tiempo,
ni su
antecesor,
Pascual
Sala,
han
llevado
el tema
a
discusión.
Las
consecuencias
En el
caso de
que el
Constitucional
(que
tiene
una
mayoría
conservadora)
decidiera
sentenciar
a favor
del
recurso
del PP y
declarando
la
inconstitucionalidad
de la
fórmula
de
plazos
para la
interrupción
del
embarazo,
el PSOE
plantearía
una
reforma
de la
Constitución
cuando
accediera
al
Gobierno
para
cumplir
con su
compromiso
de
volver a
este
modelo.
Una
norma
sin
informar
Ni el
Consejo
General
del
Poder
Judicial
ni el
Consejo
Fiscal
han
emitido
sus
respectivos
informes
sobre la
futura
ley.
El
Consejo
General
del
Poder
Judicial
volvió a
solicitar
el
pasado 1
de abril
una
prórroga
de un
mes para
la
elaboración
de su
informe,
preceptivo
pero no
vinculante.
Dos
vocales
de
sensibilidades
distintas,
Carmen
Llombart
(conservadora)
y Pilar
Sepúlveda
(progresista)
son las
encargadas
de
redactarlos
aunque
no se
ponen de
acuerdo.
Mientras
Sepúlveda
ya ha
comunicado
que
tiene
listo su
texto
(muy
crítico
con el
anteproyecto
del
Gobierno),
Llombart
todavía
no ha
comunicado
nada
respecto
al suyo.
Las
prórrogas
del
Consejo
General
del
Poder
Judicial,
autorizadas
por el
Ministerio
de
Justicia,
dilatan
aún más
la
aprobación
del
definitivo
proyecto
de Ley
para su
envío al
Congreso
de los
Diputados.
El
Consejo
Fiscal
tenía
que
haber
tratado
su
informe
sobre la
ley el
pasado
20 de
marzo
pero
también
se
solicitó
una
prórroga.
Aunque
existe
una
nueva
convocatoria
para el
24 de
abril
aún no
está
decidido
si los
fiscales
dictaminarán
sobre el
texto
normativo.
Con lo
que sí
cuenta
Justicia
es con
varias
decenas
de
informes
de
distintas
asociaciones
que, en
su
mayoría,
son muy
críticos
con la
norma y
coinciden
en
señalar
la
necesidad
de
incluir
en el
texto el
supuesto
de
malformación
fetal
que el
Gobierno
de Rajoy
eliminó
de su
texto
definitivo.
Tramitación
apurada
La Ley
del
aborto
vigente
se
tramitó
en solo
seis
meses en
el
Congreso
y el
Senado.
El
Gobierno
de José
Luis
Rodríguez
Zapatero
registró
su
iniciativa
legislativa
el 26 de
septiembre
de 2009
en el
Congreso
y se
publicó
en el
Boletín
Oficial
del
Estado
el 3 de
marzo de
2010. La
actual
legislatura
cuenta
aún con
dos
períodos
de
sesiones
en los
que se
podría
resolver
y
aprobar
la
reforma.
Sin
embargo,
en el
caso de
que se
retrasara
hasta el
último,
entre
febrero
y mayo
de 2015,
el
debate
parlamentario
se
acercaría
mucho a
las
próximas
elecciones
municipales
y
autonómicas,
con tema
controvertido
y
difícil
de
defender
para el
PP.
http://politica.elpais.com/politica/2014/04/13/actualidad/1397412327_686463.html