Francisco Pérez de los Cobos: Un magistrado del Tribunal Constitucional POLIVALENTE

No tenga dudas de que seguiré en mi puesto”
( UIMP. Santander.06.09.13 )

LAS NOTICIAS

Pérez de los Cobos queda el tercero [y último] para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

España tendrá, por primera vez, una juez en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Pérez de los Cobos recibió cero votos por no saber inglés ni francés hablado en el “examen” para magistrados del TEDH

EL EXPRESIDENTE DEL TC, EN LA POLÉMICA TERNA DEL GOBIERNO PARA ESTRASBURGO

ASÍ HA MANIOBRADO RAJOY PARA MANIPULAR LA JUSTICIA DE ESTRASBURGO Y FAVORECER A PÉREZ DE LOS COBOS

EL EXPRESIDENTE DEL TC COBRA DEL ESTADO POR NO HACER NADA A LA ESPERA DE UN PUESTO 'A MEDIDA' EN ESTRASBURGO

LA ELECCIÓN DEL TC SE RETRASA TRAS IGNORAR OLLERO LA LLAMADA DEL GOBIERNO A RETIRARSE

EL PP NUNCA HA PROPUESTO A UNA MUJER PARA EL CONSTITUCIONAL

Rajoy ‘manipula’ las reglas para asegurarse la colocación de ‘sus jueces’ en los Tribunales clave

El Gobierno allana el camino para que Pérez de los Cobos entre en el Tribunal de Estrasburgo

EL GOBIERNO PROPONDRÁ A PÉREZ DE LOS COBOS COMO JUEZ ESPAÑOL EN EL TEDH

RAJOY NEGOCIA LA RENOVACIÓN DEL TC CON EL PSOE

GONZÁLEZ RIVAS GANA FUERZA COMO FUTURO PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL

UNA GRABACIÓN IMPLICA A UN MAGISTRADO DEL CONSTITUCIONAL EN UN PRESUNTO INTENTO DE SOBORNO CUANDO ERA RECTOR

EL PP QUIERE QUE SU EX DIPUTADO Y CATEDRÁTICO OLLERO PRESIDA EL CONSTITUCIONAL

EL CONSTITUCIONAL DESOYE UNA DEMANDA PARA QUE SU PRESIDENTE FUERA CESADO POR CONFLICTO DE INTERESES

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL FIRMA SENTENCIAS Y CUENTAS MERCANTILES

EL CONSTITUCIONAL AVALA EL RECORTE SANITARIO A LOS INMIGRANTES ‘SIN PAPELES’

PÉREZ DE LOS COBOS PRORROGA SU MANDATO POR UNA LEY QUE EL PP VEÍA INCONSTITUCIONAL

EL CONSTITUCIONAL AVALA QUE CAMPS EQUIPARASE EMBRIONES Y NIÑOS

OLLERO DEFIENDE SU IMPARCIALIDAD PARA ENJUICIAR LA LEY DE LA ABORTO

PP Y PSOE VOTAN EN CONTRA DE IMPEDIR LA MILITANCIA EN EL CONSTITUCIONAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AMPARA AL FARMACÉUTICO DE SEVILLA QUE SE NEGÓ A TENER PÍLDORAS DEL DÍA DESPUÉS

EL PSOE RECTIFICA 24 HORAS DESPUÉS SU APOYO A QUE MILITANTES DE UN PARTIDO ESTÉN EN EL TC

EL CONSTITUCIONAL AVALA LA LEY QUE INICIÓ LA PRIVATIZACIÓN SANITARIA

EL SUPREMO INVESTIGA POR PREVARICACIÓN AL JUEZ DEL CONSTITUCIONAL GONZÁLEZ-TREVIJANO

EL CONSTITUCIONAL ESTIMA IMPARCIALES A LOS DOS MAGISTRADOS RECUSADOS POR EL PARLAMENT

SÁNCHEZ RECUERDA LA MILITANCIA DE COBOS EN EL PP ANTE EL RECURSO DEL ABORTO

RADIOGRAFÍA DEL TRIBUNAL QUE DECIDIRÁ SOBRE EL RECURSO DEL PP CONTRA LA LEY DE PLAZOS DE ZAPATERO

LAS RAZONES POR LAS QUE ES IMPOSIBLE RECUSAR AL MAGISTRADO ANTIABORTISTA

TRES ASOCIACIONES DE JUECES CREEN QUE EL PRESIDENTE DEL TC DEBIÓ ABSTENERSE EN LA VOTACIÓN DE LA REFORMA LABORAL

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PÉREZ DE LOS COBOS, ‘PADRE’ DE LA REFORMA LABORAL, CONSAGRA ‘SU OBRA’ SIN PESTAÑEAR

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AVALA PARTES CENTRALES DE LA REFORMA LABORAL

PÉREZ DE LOS COBOS: 'He sido un mero afiliado de base del PP

EL CONSTITUCIONAL APLAZA SIN FECHA LA SENTENCIA SOBRE LA ACTUAL LEY DEL ABORTO

El Parlament pide la recusación del presidente del Constitucional

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL DEFIENDE A ULTRANZA LA ESPAÑA DE LAS AUTONOMÍAS

LUIS ORTEGA : “LA TENDENCIA EN EL CONSTITUCIONAL ES MAYOR A LA UNIDAD QUE A LA AUTONOMÍA”

EL CONSTITUCIONAL SE ALEJA DE UNA DECISIÓN UNÁNIME SOBRE LA DECLARACIÓN SOBERANISTA

CATALUÑA QUIERE RECUSAR A TRES MAGISTRADOS DEL CONSTITUCIONAL

LA DECLARACIÓN DE SOBERANÍA, EN LA AGENDA

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AVALA TRES ASPECTOS DE LA REFORMA LABORAL

LLAMAZARES PREGUNTA AL TC CUÁNDO RESOLVERÁ EL RECURSO SOBRE LA LEY DEL ABORTO

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL: “ES FALSO QUE SEA ANTICATALANISTA”

El presidente del Constitucional figura como administrador de una consultora

EL CONSTITUCIONAL SE REAFIRMA EN LA COMPATIBILIDAD DE LA MILITANCIA DE COBOS

EL TRIBUNAL DE ESTRASBURGO ANALIZARÁ LA IMPARCIALIDAD DE COBOS

EL CONSTITUCIONAL IMPIDE QUE SE REVISE LA CAUSA DE GARZÓN QUE FIRMÓ SU PRESIDENTE

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Dos magistrados critican el modelo de independencia y la falta de transparencia

EL CONSTITUCIONAL DEFIENDE A COBOS: “EL AISLAMIENTO POLÍTICO ES CASI IMPOSIBLE”

LA INDEPENDENCIA DE COBOS DIVIDE AL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Chaves pide su dimisión

UNA “DUDA” SOBRE SU IMPARCIALIDAD BASTÓ PARA RECUSAR A PÉREZ TREMPS 

LA GENERALITAT INSISTE EN APARTAR AL JUEZ Y EXIGE DISCULPAS POR SUS TESIS

EL PLENO DEL CONSTITUCIONAL APLAZA AL MARTES RESOLVER LA RECUSACIÓN A COBOS

LA RECUSACIÓN A DE LOS COBOS DESATA UN DEBATE A FONDO EN EL CONSTITUCIONAL

LA GENERALITAT EXIGE A DE LOS COBOS UNA RECTIFICACIÓN “EN TODA REGLA”

DE LOS COBOS CRITICÓ EL “DESPRECIO” DE LOS CATALANES HACIA LA CULTURA ESPAÑOLA

El presidente del Constitucional: “No tenga dudas, seguiré en mi puesto”

EL PSOE LLEVA AL SENADO EL CASO DE LA INCOMPATIBILIDAD DE PÉREZ DE LOS COBOS

LA REFORMA LABORAL RECOGE IDEAS PLASMADAS EN UN TEXTO FIRMADO POR PÉREZ DE LOS COBOS EN 2010

COBOS DEJA EL PUESTO EN LA OIT QUE COMPATIBILIZABA CON EL CONSTITUCIONAL

UN PLENO DEL CONSTITUCIONAL DECIDIRÁ SI APARTA A SU PRESIDENTE RECUSADO EN MÁS DE 50 CAUSAS

El semanario El Temps revela que Pérez de los Cobos rompió una Constitución cuando era joven

La Generalitat pide la recusación de Pérez de los Cobos en 24 causas

La comisión que debía decidir si Pérez de los Cobos era idóneo no le preguntó nada

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL ASESORÓ AL PP DESDE 1992

EL MAGISTRADO ESCRIBIÓ UN LIBRO DE AFORISMOS QUE ARREMETE CONTRA CATALUÑA Y LOS CATALANES

LA MAYORÍA PIDE LA DIMISIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL

EL PSOE ATRIBUYE A VILLALOBOS UNA ACTITUD “INDECENTE” POR NO DEJAR HABLAR DE COBOS

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL NO IRÁ AL CONGRESO A EXPLICAR SU MILITANCIA EN EL PP

CALPARSORO: “NO ES LO MÁS IMPARCIAL QUE UN MAGISTRADO MILITE EN UN PARTIDO”

EL PP BLOQUEARÁ LA COMPARECENCIA DE PÉREZ DE LOS COBOS EN EL CONGRESO

LA GENERALITAT DA EL PASO PARA RECUSAR AL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL

ANDALUCÍA DECIDIRÁ CASO A CASO SI RECUSA AL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL

PÉREZ DE LOS COBOS TAMPOCO ACLARA SI FACTURÓ AL PP DESDE SU EMPRESA PRIVADA

AFILIADOS Y EXDIRIGENTES DEL PP COPAN LOS MÁXIMOS ÓRGANOS REGULADORES

EL CONSTITUCIONAL ADMITIÓ LA APARIENCIA DE PARCIALIDAD PARA RECUSAR A SUS MIEMBROS

EL EX MINISTRO CAAMAÑO CENSURA LA PERMANENCIA DE PÉREZ DE LOS COBOS

LA MILITANCIA DE PÉREZ DE LOS COBOS EN EL PP DESATA UNA OLA DE IMPUGNACIONES

GALLARDÓN: “HABER MILITADO NO INHABILITA PARA UN PUESTO DE RESPONSABILIDAD”

EL GOBIERNO APOYA LA MILITANCIA DE COBOS EN EL PP Y CREE QUE NO LE INHABILITA

LA INCOMPATIBILIDAD SE APROBÓ YA SIN ENMIENDAS EN LA CONSTITUCIÓN

CONTRA EL SENTIDO COMÚN
..JAVIER PÉREZ ROYO

Garzón pide anular una decisión del TC sobre su inhabilitación por la militancia de De los Cobos en el PP

“PÉREZ DE LOS COBOS DIMITIRÍA SI PENSARA EN EL PRESTIGIO DEL CONSTITUCIONAL”

LOS ESTATUTOS FIJAN LOS DEBERES DEL AFILIADO: “CUMPLIR LAS DIRECTRICES DEL PP”

EL PRESIDENTE RESOLVERÁ 11 RECURSOS DEL PSOE CONTRA LEYES DE RAJOY

RUBALCABA PIDE LA COMPARECENCIA URGENTE DE PÉREZ DE LOS COBOS EN EL CONGRESO

UNA RECUSACIÓN DEL PP ELEVÓ EN 2007 EL LISTÓN DE LA IMPARCIALIDAD DEL ALTO TRIBUNAL

EL PP OCUPA CON SUS MILITANTES LA DIRECCIÓN DE INSTITUCIONES DEL ESTADO

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL ADMITE QUE MILITÓ EN EL PP CUANDO ERA MAGISTRADO

EL PSOE PIDE LA COMPARECENCIA URGENTE DE PÉREZ DE LOS COBOS

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“MI TRAYECTORIA PROFESIONAL ES LA DE UN MODESTO PROFESOR UNIVERSITARIO”

LA LEY IMPIDE A LOS JUECES PERTENECER A PARTIDOS

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COBOS, PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL POR UNANIMIDAD

PÉREZ DE LOS COBOS: UN LABORALISTA AFÍN A LA PATRONAL

LA AUDIENCIA DE MADRID CITA COMO IMPUTADO AL DIRECTOR GENERAL DE EMPLEO POR EL ERE DE AIR EUROPA

EL CONSTITUCIONAL LEGALIZA SORTU POR UN SOLO VOTO

EL SENADO ESTUDIA HOY LA CANDIDATURA DE PÉREZ DE LOS COBOS AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EL TRIPARTITO CARGA CONTRA EL CANDIDATO DEL PP AL CONSTITUCIONAL

UN CANDIDATO DEL PP AL CONSTITUCIONAL TILDA LA POLÍTICA CATALANA DE "ONANISMO"

FRANCISCO PÉREZ DE LOS COBOS, NUEVO CANDIDATO DEL PP AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

PRINCIPIO DE ACUERDO PARA RENOVAR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EL CONSTITUCIONAL ACEPTA LA RECUSACIÓN DE PÉREZ TREMPS PLANTEADA POR EL PP


Pérez de los Cobos queda el tercero [y último] para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Los diputados del Consejo de Europa (APCE) eligen a María Elósegui Ichaso como nueva jueza española, frente a José Martín y Pérez de Nanclares y el candidato de Rajoy

La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (APCE) ha elegido este martes a María Elósegui Ichaso como nueva jueza española en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Su candidatura ha estado avalada por 114 diputados frente a los 76 de José Martín y Pérez de Nanclares [que partía como favorito] y los 37 de Francisco Pérez de los Cobos, el candidato preferido de Mariano Rajoy.

El expresidente del Tribunal Constitucional y antiguo militante del Partido Popular hizo un garrafal ridículo en la prueba de inglés, obligatorio para este puesto. Según el informe de la APCE, Pérez de los Cobos recibió 0 votos de los 10 posibles. En la entrevista del pasado 12 de enero ante la APCE el magistrado pidió hacer la entrevista en español porque controlaba el inglés, pero no tanto, y se comprometió a realizar los cursos que fueran necesarios. Era el único de los tres candidatos que en su CV no aporta diplomas oficiales y se limita a decir que el inglés se le da “good”, mientras que el francés, “very good”.

María Elósegui es la primera mujer que representa a España en el TEDH. Es catedrática Catedrática de Filosofía del Derecho en la Universidad de Zaragoza y experta española de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia entre 2013 y 2017. Su mandato es de nueve años.

https://www.elplural.com/politica/2018/01/23/perez-de-los-cobos-ultimo-tribunal-derechos-humanos

España tendrá, por primera vez, una juez en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El Consejo de Europa elige a la catedrática María Elósegui Itxaso como miembro del Tribunal de Estrasburgo

El Consejo de Europa ha elegido este martes a María Elósegui Itxaso, catedrática de Filosofía del Derecho en la Universidad de Zaragoza, como nueva juez española en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con sede en Estrasburgo. La candidatura de la primera mujer española que será magistrada en Estrasburgo ha logrado 114 votos, alcanzando así una mayoría absoluta que ha hecho innecesaria una segunda vuelta.

Desde que comenzó su presencia en el TEDH, en 1978, todos los representantes españoles, seis hasta la fecha, han sido hombres. No es un caso único el de España. Actualmente, de los 47 jueces del TEDH, solo 15 son mujeres. Ese es uno de los motivos de que el Consejo de Europa establezca como requisito que, salvo contadas y justificadas excepciones, entre la terna de candidatos a magistrado que deben proponer los gobiernos figure al menos una mujer. Los oponentes de Elósegui, José Martín y Pérez de Nanclares y el expresidente del Tribunal Constitucional, José Luis Pérez de los Cobos, han obtenido 76 y 37 votos, respectivamente.

La ciudad de Estrasburgo no le es ajena a esta doctora en Derecho y Filosofía con formación en varias universidades europeas. Desde 2013 y hasta el pasado diciembre, formó parte como experta independiente de la Comisión contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa (ECRI). Ha centrado parte de sus investigaciones en cuestiones de derechos humanos relacionados con el tribunal europeo del que ahora va a pasar a formar parte, además de trabajar en temas de libertad de pensamiento, conciencia y religión, así como de mujeres y migrantes tanto en España como a nivel europeo.

Revés para Rajoy

El nombramiento de Elósegui supone un revés para el Gobierno de Mariano Rajoy. El Ejecutivo popular maniobró durante meses para favorecer a su candidato favorito, Francisco Pérez de los Cobos. Llegó a guardarle el puesto esperando a que acabara su mandato para lanzar la convocatoria —el mandato del actual juez español en Estrasburgo expiró oficialmente en enero de 2017—, e incluso quiso amoldar los requisitos de edad para el mismo a su favor, si bien el Tribunal Supremo acabó anulando por discriminatoria esa medida.

La victoria de Elósegui (San Sebastián, 1957) ha constituido sin embargo una sorpresa, ya que la comisión parlamentaria que analizó los currículums de los tres aspirantes españoles y los entrevistó en París el 12 de enero había propuesto, por amplia mayoría, a Pérez de Nanclares “como el candidato más cualificado”. Generalmente, el Consejo de Europa suele hacer caso de esta recomendación realizada por expertos.

Elósegui sucederá al juez Luis López Guerra, que fue propuesto durante el mandato del socialista José Luis Rodríguez Zapatero. Los jueces del TEDH son elegidos por un solo periodo renovable de nueve años.

Esa condición fue precisamente a la que se aferró el Gobierno español para intentar poner el límite de 61 años a las candidaturas al TEDH cuando abrió el año pasado el proceso de selección. Una maniobra interpretada como un intento de beneficiar a Pérez de los Cobos (Murcia, 1962) frente a la que se consideraba entonces su máxima rival, la también expresidenta del Constitucional María Emilia Casas, que superaba la edad máxima impuesta por el ejecutivo. La medida fue recurrida por la asociación Jueces para la Democracia y, finalmente, el Tribunal Supremo acabó por anularla en mayo pasado, al considerar que era discriminatoria. De todos modos, ninguno de los tres candidatos que acabaron constituyendo la terna propuesta por España ha cumplido aún los 61 (Elósegui Itxaso lo hará a finales de año).

No ha sido la única controversia que ha rodeado a Pérez de los Cobos. En España se puso en duda su imparcialidad como juez en 2013. Ese año, cuando ya ejercía como presidente del Tribunal Constitucional, se conoció que figuraba en el listado de donantes y afiliados del PP entre 2008 y 2011, cuyas aportaciones sirven para sufragar los gastos del partido. De los Cobos fue elegido magistrado del alto tribunal el 29 de diciembre de 2010. Estrasburgo requiere que los aspirantes a juez en el TEDH indiquen en su currículum si han ocupado algún puesto “en un partido político o movimiento”. Mientras que Pérez de Nanclares y Elósegui especificaron claramente que no pertenecen a ningún partido ni han ejercido función alguna en uno en el pasado, Pérez de los Cobos no se pronunció al respecto.

https://politica.elpais.com/politica/2018/01/23/actualidad/1516699516_201350.html?rel=str_articulo#1516842107596

Pérez de los Cobos recibió cero votos por no saber inglés ni francés hablado en el “examen” para magistrados del TEDH

Francisco Pérez de los Cobos, 57 años, expresidente del Tribunal Constitucional y candidato favorito del Gobierno para el puesto de magistrado del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), recibió cero votos -de los 10 en juego- de la Comisión de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (APCE) por no tener el nivel de inglés o francés hablado requerido, requisito imprescindible para formar parte del máximo tribunal de garantías del Viejo Continente.

Pérez de los Cobos fue “examinado” -una entrevista oral- en París, el pasado 12 de enero por los 10 componentes de dicha Comisión junto a los otros dos miembros de la terna de candidatos presentada por el Gobierno de España, el director de la Asesoría Jurídica Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, José Martín y Pérez de Nanclares, de 53 años, y la catedrática de Filosofía del Derecho en la Universidad de Zaragoza, María Elósegui, de 60 años.

Los miembros de dicha Comisión fueron Boriss Cilevics, Letonia (presidente), Donald Anderson, Reino Unido, Eka Beselia, Georgia, Titus Corlatean, Rumanía, y Evangelos Venizelos, Grecia, por el Grupo Socialista; Rónán Mullen y Attila Tilki, Irlanda y Hungría, por el Grupo Popular Europeo; Jordi Xuclá, España (es diputado por el PdeCAT en el Congreso), por la Alianza de Liberales y Demócratas por Europa; David Blencathra, Reino Unido, por el Grupo de Conservadores de Europa; y Olena Sotnyk, Ucrania, presidenta de la Comisión sobre Asuntos Legales y Derechos Humanos del Consejo de Europa.

Según ha podido saber Confilegal, cuando comenzaron a preguntar a Pérez de los Cobos en inglés les respondió: “¿pueden preguntarme en español?”.

Fuentes del entorno del expresidente del Constitucional dicen que al candidato “se vio sorprendido” porque esperaba que la entrevista fuera en español, de ahí que su candidatura haya perdido todo el fuelle con el que partió.

Pérez de los Cobos facilitó el siguiente cuadro -dentro de su curriculum- al Consejo de Europa, detallando los idiomas que domina.

En el mismo figura el inglés, “Good” (bien) en lectura, en escritura y hablado, si bien el expresidente del Constitucional reconoce que “aunque mi nivel de inglés cumple con los estándares exigidos, debería tomar clases intensivas de ese idioma para llevar a cabo mis tareas como juez en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por lo que me comprometo a tomarlas para cumplir con mis deberes tal como se precisa para tal responsabilidad”.

Sobre el dominio del francés dice “Very good” (muy bien), leído, escrito y hablado.

A Pérez de los Cobos le correspondió el honor de abrir el año judicial en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el 30 de enero de 2015, como invitado especial, con un discurso en el que se mostró a favor de la adhesión de la UE al Convenio Europeo de Derechos Humanos, que leyó en francés.

Sea como fuere, los diez parlamentarios de la APCE lo tuvieron muy claro tras entrevistar a los tres candidatos, desestimando al favorito del Gobierno español.

“La Comisión recomienda a la Asamblea, por una gran mayoría, al señor don José Martín y Pérez de Nanclares por ser el candidato más cualificado”, dicen en su informe los diez parlamentarios del Consejo de Europa.

Martín y Pérez de Nanclares recibió 7 votos y Elósegui 3.

Fuentes solventes niegan que Pérez de los Cobos no sepa hablar inglés ni francés y que las cosas hayan sucedido como se ha relatado aquí, si bien no ponen en tela de juicio el resultado.

EL GOBIERNO ESPAÑOL ANTE UNA DIFÍCIL TESITURA

El elegido por la Comisión de la APC es Martín y Pérez de Nanclares, lo que deja al Gobierno español ante una difícil tesitura: ejercer su “musculo político” ante los miembros del pleno de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, previsto para el próximo martes en Estrasburgo, y forzar a sus aliados políticos a que voten a Pérez de los Cobos o dejar que sea elegido Martín y Pérez de Nanclares.

En cualquiera de los casos, el bochorno para el Gobierno ya está asegurado.

https://confilegal.com/20180121-perez-los-cobos-recibio-cero-votos-no-saber-ingles-frances-hablado-examen-magistrados-del-tedh/

EL EXPRESIDENTE DEL TC, EN LA POLÉMICA TERNA DEL GOBIERNO PARA ESTRASBURGO

Pérez de los Cobos y el jefe jurídico de Exteriores tendrán conflicto de interés en los asuntos sobre Cataluña si consiguen ser juez en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

La normativa indica, de modo expreso, que tienen que ser candidatos “con exigencias de independencia e imparcialidad”. El Gobierno ha presentado en la terna para la elección del juez titular del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo a dos jueces afines al Ejecutivo de Mariano Rajoy, según acordó el pasado viernes la reunión del Consejo de Ministros.

Francisco de Asís Pérez de los Cobos Orihuel (que fue militante del Partido Popular) y presidente del Tribunal Constitucional entre 2013 y marzo de este año, y José Martín y Pérez de Nanclares, actual jefe de la Asesoría Jurídica Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, son los grandes favoritos para conseguir el puesto. La otra candidata es María Elósegui Ichaso, catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Zaragoza.

Fuentes jurídicas consultadas por El Confidencial subrayan que Martín y Pérez de Nanclares y Pérez de los Cobos “tendrán conflicto de interés” en los casos que puedan afectar a España, sobre todo en los asuntos referidos a Cataluña y al proceso independentista que, como ya han anunciado, serán recurridos por miembros del anterior Govern de la Generalitat destituido por el Gobierno tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución.

“Cuando se trate algún tema relacionado con los últimos acontecimientos políticos en Cataluña, deberían estar con los brazos cruzados, tendrán que inhibirse. Uno porque es asesor jurídico de Exteriores y otro porque ha sido presidente del Constitucional”, subrayaron estas mismas fuentes. Cada juez del TEDH cobra unos 20.000 euros al mes.
Cambio de planes

En el caso de Martín y Pérez de Nanclares, el Gobierno cambió los requisitos de la primera a la segunda convocatoria para que el jefe de la asesoría jurídica pudiese formar parte también de esa terna. En la resolución del 25 de enero de 2017 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado 31 de enero, se especifica que en el comité encargado de evaluar la idoneidad de las candidaturas se contaría con el apoyo de la Asesoría Jurídica Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

Cambió los requisitos de la primera a la segunda convocatoria para que el jefe de la asesoría jurídica pudiese formar parte también de esa terna

El BOE publicó el pasado 26 de julio la apertura del plazo para presentar candidaturas, y no incluyó ya la necesidad del apoyo de los asesores de Exteriores, ni tampoco del Consejo General del Poder Judicial, Fiscalía General del Estado, Defensor del Pueblo y la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Una medida "discriminatoria"

Ninguno de los tres candidatos es juez especialista en derechos humanos. El cargo es por un periodo de nueve años no renovable. El 31 de enero acabó el mandato de Luis López Guerra, quien desde 2007 magistrado del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), elegido por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. El Gobierno español solicitó una prórroga de seis meses para sustituir a López Guerra.

Para presentarse, no podrá superar la edad de 61 años en la fecha límite para optar a las candidaturas. La asociacion Jueces para la Democracia recurrió ante el Tribunal Supremo que la edad máxima para ser candidato al TEDH fuera de 61 años. Entendía la medida como “discriminatoria”. La Sala de lo Contencioso Administrativo considera que el equisito de la edad era discriminatorio y anuló el acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de enero de 2017.

María Emilia Casas, expresidenta del Constitucional, de 66 años, también aspiraba al puesto en el tribunal europeo. Su nombramiento como miembro del comité para el control de la financiación de los partidos y fundaciones europeas, dejaba la puerta abierta a la candidatura de Pérez de los Cobos, de 55 años, tras acabar su mandato como magistrado del TC.

Entre los requisitos también figuran la integración de candidatos “de ambos sexos”. La decisión será comunicada al Consejo Ejecutivo de Política Exterior “con carácter previo a su elevación al Consejo de Ministros para que este decida”. Una vez aprobada la terna, “se dará traslado al panel consultivo de expertos del Consejo de Europa” sobre los candidatos para la elección de jueces titulares.

La imagen de España en esta institución ha caído en picado en los últimos meses: la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE, por sus siglas en inglés), que reúne a parlamentarios de 47 países, ha expresado este año su disconformidad con la forma de proceder de su presidente, el senador del PP Pedro Agramunt, por el viaje que hizo a Siria el pasado mes de marzo para reunirse con Bachar al Asad. Unos días más tarde de su encuentro con Agramunt, Al Asad efectuó un ataque con armas químicas contra el pueblo sirio.

La organización ESI destapó en 2013 que Agramunt, el "embajador del caviar", blanqueaba la imagen del régimen de Azerbaiyán ante el Consejo de Europa. El senador jamás fue destituido por el Gobierno de Rajoy. Dimitió el pasado mes de octubre.

https://www.elconfidencial.com/espana/andalucia/2017-11-21/tribunal-europeo-derechos-humanos-candidatos-perez-de-los-cobos_1480893/

ASÍ HA MANIOBRADO RAJOY PARA MANIPULAR LA JUSTICIA DE ESTRASBURGO Y FAVORECER A PÉREZ DE LOS COBOS

El Gobierno quiso quitarse de en medio a María Emilia Casas con una cláusula por su edad y le ha dado otro puesto para impedir que se postule al TEDH

Como un trilero a slow motion, Mariano Rajoy mueve los cromos en la Justicia sin que se vea la bolita hasta que se levanta el vaso. Para entonces, ya es tarde y el daño está hecho. Lento pero efectivo, el presidente del Gobierno inició un juego de sillones de varios jueces en España y, con sigilo, nocturnidad y alevosía, ha conseguido que los magistrados que juzgan la primera etapa del caso Gürtel (1995-2005) y que sentaron a Rajoy en el banquillo en calidad de testigo, no juzguen también el caso de su caja B. Un golpe judicial a cámara lenta, imperceptible hasta que se completa. Pero la osadía de Rajoy traspasa cualquier frontera, y su estrategia para adulterar la justicia a su antojo ha llegado hasta el seno de Estrasburgo.

El Gobierno de España lleva meses inmerso en un proceso de casting para nombrar un juez para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Pero el proceso de selección está amañado desde el principio. El Consejo de Ministros del pasado 17 de noviembre aprobó la terna provisional de candidatos para el TEDH. Los nombres eran María Elósegui Ichaso, José Martín Pérez de Nanclares y Francisco Pérez de los Cobos. Al igual que los vasos del trilero, son tres, pero solo uno tiene la bolita: Pérez de los Cobos.

El magistrado, expresidente del Tribunal Constitucional (desde 2013 hasta marzo de 2017), es un viejo conocido del PP. De hecho, es padre espiritual de la vigente reforma laboral y exmilitante del partido, donde pagaba religiosamente sus cuotas. Desde que el Ejecutivo retrasó seis meses el nombramiento del sustituto español para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la plaza llevaba su nombre y Rajoy, que cuida a sus afines (y más si se trata de temas relacionados con la justicia), maniobró para asegurarse de ello.

Una magistrada progresista, el principal obstáculo

El proceso de selección consta de varias fases. El Gobierno tiene que aportar un listado de tres nombres y es el Panel Consultivo del Comité de Ministros del Consejo de Europa el que tiene la última palabra (eso sí, teniendo en cuenta la opinión del Gobierno). ¿Cómo conseguir que dicho órgano escoja el vasito de la bolita? Eliminando a la competencia.

Antes de elaborar la terna, había un nombre que resonaba en cada rincón de Estrasburgo como la sustituta ideal de Luis López Guerra (actual magistrado español en TEDH). Se trataba de María Emilia Casas, exmagistrada del Tribunal Constitucional entre 2004 y 2011. Además de estar preparada, es progresista y es mujer, lo que la hacía una candidata modélica.

Algo había que hacer. Casas no podía ganar la partida a Pérez de los Cobos. ¿Y qué se le ocurrió al Ejecutivo? Rubricar una ley que impidiera a los mayores de 61 años presentarse como candidatos. Así, el Consejo de Ministros, en su reunión del 20 de enero de 2017 acordó imponer este requisito para que María Emilia Casas no pudiera ser elegible, ya que tiene 67 años.

Sin embargo, esta primera jugada no funcionó. El 31 de mayo de este mismo año, 2017, el Tribunal Supremo dictó una sentencia en la cual tumbaba la cláusula de edad que se sacó de la manga el Gobierno.

Rajoy tuvo que sacar la artillería pesada. No pudo imponer sus propias reglas, pero había una solución mucho más eficaz: buscarle otro cargo a Emilia Casas para quitársela de encima y que no compitiera. De tal manera que la nombró experta del comité europeo que controla los partidos políticos y las asociaciones.

Una jugada maestra. Ahora, Pérez de los Cobos lo tiene mucho más fácil. ¿El problema? Que en El Plural hemos visto la bolita…

https://www.elplural.com/politica/2017/12/07/asi-ha-maniobrado-rajoy-para-manipular-la-justicia-de-estrasburgo-y-favorecer

EL EXPRESIDENTE DEL TC COBRA DEL ESTADO POR NO HACER NADA A LA ESPERA DE UN PUESTO 'A MEDIDA' EN ESTRASBURGO

Francisco Pérez de los Cobos se apunta a la pensión indemnizatoria pese a tener plaza como catedrático en la Universidad Complutense de Madrid a la que no ha pedido volver

El expresidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, ha decidido apuntarse a la más que generosa pensión que da el alto tribunal a sus exmiembros, tal y como recoge la propia web del TC.

En concreto, el magistrado tiene derecho a percibir, al cesar en el cargo, una pensión de importe igual al 80% del sueldo de su cargo durante un máximo de 24 meses, tal y como recoge la disposición adicional quinta de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.

El sueldo del presidente del Tribunal Constitucional lo marcan los presupuestos de cada año, pero, teniendo en cuenta los actuales, Pérez de los Cobos percibiría cerca de 100.000 euros en un año, más que el sueldo del presidente del Gobierno, por no hacer nada.

Podría elegir trabajar

Este derecho al que tienen acceso, en mayor o menor medida, todos los miembros del Tribunal Constitucional, resalta en el caso del expresidente nombrado por el Partido Popular, ya que Pérez de los Cobos tiene plaza como catedrático de Derecho del Trabajo en la Universidad Complutense de Madrid, puesto en el que podría volver a ejercer como docente si quisiese.

Esperando puesto en Estrasburgo

Pero parece que Pérez de los Cobos no rentabilizará los 24 meses de esta suculenta pensión ya que, según publicó en exclusiva ELPLURAL.COM, el Gobierno de Mariano Rajoy le viene preparando desde hace meses un retiro dorado en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

En el Consejo de Ministros aprobó en febrero las pautas para la elaboración de la terna de candidatos de las que debe salir el juez español para este tribunal y, entre ellas, se coló una que no tenía precedentes: los candidatos que presente España deben tener menos de 61 años, con la excusa de que pudiese cumplir los nueve años de mandato antes de cumplir los 70, momento en el que es obligatoria la jubilación.

Esta norma estaba hecha a medida para impedir que saliese elegida María Emilia de las Casas, primera presidenta mujer del Tribunal Constitucional designada durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, y que tenía todas las papeletas para este cargo.

Pero en mayo, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo anuló esta norma después del recurso de Jueces para la Democracia, considerando el Supremo que lo único que existe sobre el cargo en Estrasburgo es una recomendación, ni siquiera obligación, de que estos magistrados estén cinco años en el cargo.

Esta decisión, pese a ser un revés al Gobierno, no afectó en su objetivo final para con Pérez de los Cobos ya que María Emilia de las Casas ya ha sido nombrada miembro del comité para el control de la financiación de los partidos y fundaciones europeas después de que el Gobierno español, tal y como informó ELPLURAL.COM, se dirigió a las autoridades europeas para retrasar seis meses el nombramiento del sustituto español para el TEDH, aunque la magistrada había manifestado a su entorno su intención de presentar al tribunal de Estrasburgo.

Un juez del PP y con mercantiles

El historial de Francisco Pérez de los Cobos para que el Gobierno del Partido Popular se tome tantas molestias con su nombramiento no tiene desperdicio. El magistrado fue el primer miembro del Tribunal Constitucional en, al llegar al cargo, encontrarse afiliado a un partido político, al Partido Popular.

Además, Pérez de los Cobos era administrador único de una sociedad mercantil denominada “Labour Prospectives, SL”. Ambos datos también fueron ocultados en el currículum que el PP distribuyó a los miembros de la Comisión que debía votar su idoneidad para el TC.

Este último cargo lo ha mantenido pese a su completa incompatibilidad para el presidente del TC "con el desempeño de actividades profesionales o mercantiles" que exige el artículo 19.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Así se demostró cuando se conoció que el 30 de junio de 2016 el, por entonces, Presidente del Tribunal Constitucional se desdoblaba en su trabajo para ejercer como administrador único de la citada sociedad y así poder firmar el acta de su junta universal y ordinaria en la que se aprueban las cuentas del año 2015 para su posterior depósito en el Registro Mercantil.

http://www.elplural.com/politica/2017/06/29/el-expresidente-del-tc-cobrando-por-no-hacer-nada-la-espera-de-su-puesto-medida

LA ELECCIÓN DEL TC SE RETRASA TRAS IGNORAR OLLERO LA LLAMADA DEL GOBIERNO A RETIRARSE

La vicepresidenta telefoneó al magistrado para pedirle que se apartara, pero éste hizo caso omiso y mantiene su candidatura cuando la capacidad de injerencia política se reduce considerablemente

La presión del Gobierno sobre los magistrados del Tribunal Constitucional ha llegado a escandalizar a los propios componentes de la institución. La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría incluso telefoneó a Andrés Ollero, aún candidato a la presidencia del alto tribunal, para pedirle "que se quitara de en medio" y permitir de ese modo que se desbloqueara la negociación con el PSOE para renovar el organismo, dado que el exvicepresidente Alfredo Pérez Rubalcaba, erigido en portavoz de los socialistas en este tema, había vetado al catedrático y exdiputado popular precisamente por su pasado político.

La respuesta de Ollero, sin embargo, fue tajante. Le contestó que no se quitaría y que sería presidente si así lo decidía el resto de magistrados del Constitucional, ya que son éstos -alegó- los que tienen la competencia para tomar la decisión, tal y como establece la ley. La reacción del aspirante, por supuesto, no paralizó a la vicepresidenta, que siguió llamando a otros miembros del alto tribunal con el fin de que éstos se decantaran por el magistrado Juan José González Rivas, que ocupó la plaza de presidente de la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo antes de incorporarse al Constitucional en 2012 y que sería aceptado por el PSOE.

Las fuentes consultadas aseguran que el arma utilizada por Sáenz de Santamaría para presionar a los magistrados era que, de no apostar por González Rivas, la renovación de la institución volvería a bloquearse. Sin embargo, una vez consumada la entrada de los cuatro nuevos miembros del alto tribunal nombrados a instancia del Senado -Alfredo Montoya, Ricardo Enríquez, María Luis Balaguer y Cándido Conde-Pumpido-, que juraron su cargo ante el rey Felipe VI el pasado martes, la capacidad de la injerencia política es muy limitada.

"No había forma humana de entender el razonamiento de la providencia", ha dicho el diputado en la primera sesión del juicio celebrado contra él en el Tribunal Supremo

Son únicamente los magistrados quienes eligen al presidente del Constitucional, aclaran desde el propio organismo, que en este polémico contexto ha decidido retrasar la celebración del pleno del que saldrá el presidente, que estaba prevista para hoy, al próximo miércoles. Desde el alto tribunal aseguran que no hay ningún motivo más allá de que se ha decidido así. Otras fuentes, sin embargo, aseguran que hay quien aún no tiene claro su voto. En concreto, los cuatro nuevos integrantes podrían haber pedido más tiempo para reflexionar.

El miércoles a las 11 horas, por lo tanto, será cuando se reunan los 12 magistrados que conforman el organismo para decidir por quien se decantan finalmente para presidir la institución durante los próximos tres años. La ley prevé que haya una primera votación en secreto en la que el ganador tendría que serlo por mayoría absoluta. En caso de que no haya más de la mitad de los miembros del tribunal que apuesten por un solo aspirante, habrá una segunda votación, que se decidiría por mayoría simple. En caso de que se produjera un empate, habría una tercera ronda que, de no resolverse con ventaja para alguno de los aspirantes, provocaría que fuera designado el magistrado más antiguo.

El procedimiento, que se repetirá el mismo día para elegir al magistrado o magistrada que ocupará la vicepresidencia, se llevará a cabo después de que los miembros del tribunal debatan durante unos minutos con el fin de aclarar quién se postula y quien no, aunque el voto es secreto y cualquier componente del pleno puede optar por quien le parezca. Este sistema de elección hace imprevisible, por lo tanto, la posibilidad de adelantar el resultado, sobre todo tras los relatados intentos de intromisión política protagonizados por Rubalcaba y Sáenz de Santamaría.

Estas tentativas de injerencia han generado enorme malestar entre los magistrados, sobre todo por el veto impuesto por el PSOE contra uno de ellos, aunque queda por ver si realmente esos conatos de politización han servido para condicionar la opinión de los miembros del tribunal, algo que ni siquiera tras el pleno del próximo miércoles quedará claro.

El nuevo presidente del Constitucional tendrá que hacer frente al desafío soberanista catalán, que ya ha provocado el pronunciamiento del alto tribunal durante los últimos meses en no pocas ocasiones. La última, el pasado 14 de febrero, cuando el Constitucional declaró parcialmente nulas las resoluciones aprobadas por el Parlamento de Cataluña en octubre que pretendían impulsar el denominado 'proceso constituyente' a través, entre otras iniciativas, de la celebración de un referéndum a lo largo de este año. Ese mismo día, además, los magistrados autorizaron a la Fiscalía a abrir una nueva vía penal contra la presidenta de la cámara autonómica, Carme Forcadell, por permitir que fueran debatidas las citadas resoluciones.

http://www.elconfidencial.com/espana/2017-03-17/eleccion-presidente-constitucional-ollero-ignora-llamada-gobierno_1349802/

EL PP NUNCA HA PROPUESTO A UNA MUJER PARA EL CONSTITUCIONAL

Desde su creación, el TC sólo ha estado presidido por una mujer propuesta por el PSOE, y cinco han formado parte de él

El machismo, por desgracia, sigue arraigado en todas las capas de nuestra sociedad. Que el mundo de los altos cargos privados sigue copado por hombres es una realidad, pero es aún más triste si se habla de que esa misma realidad se da en las esferas públicas y, sobre todo en la Justicia.

Ahora que empieza la cuenta atrás para arrancar con las negociaciones y los procesos de renovación de los magistrados del Tribunal Constitucional, es importante destacar varios datos que hablan por sí solos: como que el PP jamás ha propuesto a una mujer para desempeñar su labor como magistrada en el Constitucional. Ni una sola.

En estos momentos los parlamentos autonómicos preparan sus propuestas que, posteriormente, estudiará la Comisión de Nombramientos de la Cámara Alta y de donde saldrán los cuatro nombres a renovar en las próximas semanas.

Sólo 5 mujeres en 37 años

En 1980 nacía el Tribunal Constitucional, la más alta instancia de la justicia dentro de España. Desde entonces, sólo una mujer ha ocupado su presidencia. Fue María Emilia Casas Baamonde entre los años 2004 y 2011 y fue propuesta por el PSOE.

Desde entonces, en los 37 años de vida del Constitucional, sólo cinco mujeres han pasado por él, cinco magistradas que jamás salieron de las propuestas o de la confianza del Partido Popular, sino de grupos y formaciones progresistas.

Hablamos de, además de María Emilia, Gloria Begué Cantón, Elisa Pérez Vera, María Encarnación Roca Trías y la actual vicepresidenta Adela Asúa Batarrita, que siendo progresista se sienta junto a un presidente más que pro-PP, Francisco Pérez de los Cobos.
Escriben sus propias reglas

Pero el constitucional no es el único tribunal que está en proceso de renovación. En el Tribual Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ocurre algo parecido y el Gobierno de Mariano Rajoy ya estaría creando sus propias reglas para asegurar que el representante español es quien ellos quieren.

Tal y como publicamos en ELPLURAL.COM, hace ya dos semanas, en el Consejo de Ministros, se aprobaron las pautas a seguir para hacer la terna de candidatos y, entre ellas, se impuso una norma inédita: los candidatos que presente España deben tener menos de 61 años.

¿La razón? Satisfacer al todavía presidente del Tribunal Constitucional Pérez de los Cobos y dejar fuera, de facto, a su máxima competidora y preferida desde Europa, la única mujer expresidente del Constitucional María Emilia Casas que tiene 66 años. Al final, todo se cruza.

Eso sí. ¿Recordáis que hemos empezado estas líneas diciendo que pronto hay que renovar el Tribunal Constitucional? Pues bien, después de limitar la edad para optar al TEDH, el mismo PP propone para el Constitucional a un hombre de 80 años, a Alfredo Montoya.

http://www.elplural.com/politica/2017/02/06/el-pp-tambien-es-machista-en-la-justicia-nunca-ha-propuesto-una-mujer-parta-el

Rajoy ‘manipula’ las reglas para asegurarse la colocación de ‘sus jueces’ en los Tribunales clave

Pone límite de edad para favorecer a Pérez de los Cobos como juez europeo y presenta para el Constitucional a un octogenario

Los parlamentos autonómicos andan en estas fechas votando propuestas de jueces para renovar el Tribunal Constitucional. Es el sistema: las cámaras autonómicas plantean ternas con nombres de candidatos que después deberán afrontar el examen de la Comisión de Nombramientos de la Cámara Alta para ocupar las cuatro vacantes de magistrados existentes en el máximo Tribunal en las próximas semanas. Y al tiempo, el Gobierno anda poniendo en marcha otro proceso que afecta a los jueces, el de la renovación del representante español en el Tribual Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

La línea Pérez de los Cobos

Pueden parecer dos procesos paralelos que, como las líneas, no se toquen ni en el infinito. Pero nada más lejos de la realidad. La ‘manipulación’ del Gobierno logra que incluso las leyes matemáticas se relativicen.., por supuesto, para su beneficio.

En el Consejo de Ministros de hace dos viernes se aprobaron las pautas para la elaboración de la terna de candidatos de las que debe salir el juez español para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Y entre ellas se coló una que no tenía precedentes: los candidatos que presente España deben tener menos de 61 años.

La decisión, poner un límite de edad, como decimos, no tiene precedentes. Ni es tampoco una exigencia del organismo, el TEDH, ni de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, que debe al final ratificar la propuesta del Gobierno español. ¿Por qué entonces se incluye? Porque el Gobierno tiene una deuda que quiere pagar por encima de todo: la que contrajo con su exmilitante, el aún presidente del Tribunal Constitucional Francisco Pérez de los Cobos, no solo afín a su ideología, sino padre de una de las cruciales reformas que el Gobierno Rajoy puso en marcha tan pronto llegó al poder, la reforma laboral y que salió adelante con su expreso apoyo jurídico.

La línea Alfredo Montoya

Con esta salida encontraría un puesto de oro para quien desde su puesto durante todos estos años ha tenido, y ha ejercido, el poder para decidir e influir en cuándo y cómo se dictaminaba en el Constitucional sobre temas tan cruciales como la propia reforma laboral o Cataluña, o cómo no salía de la carpeta de asuntos pendientes la ley de reforma del aborto.

¿Y qué sucede al incluir esa claúsula de edad para optar al puesto que Pérez de los Cobos busca y Rajoy quiere darle? Que quien era su gran rival, la magistrado María Emilia Casas, expresidenta también del Constitucional, y preferida en Europa por su condición de mujer para un tribunal en el que dos de cada tres miembros son hombres, queda automáticamente excluida, ya que tiene 66 años. La decisión sobre el límite de edad, por tanto, no parece gratuita.

Y aquí es donde las líneas que debieran ser paralelas sí se tocan. Porque el mismo Gobierno que pone obstáculos de edad para un puesto en la carrera judicial, en concreto los 61 años, sin el más mínimo rubor apuesta todo para que uno de los cuatro juristas con los que se debe renovar el Constitucional sea Alfredo Montoya, un experto en derecho laboral nacido ¡en 1937! Es decir, que en estos momentos está a punto de cumplir los 80 años.

Maestro y discípulo son líneas enredadas

El entrecruce de las líneas paralelas, para hacer el caso más espectacular, no queda sin embargo en esta mera supuesta contradicción. Se da el caso de que Alfredo Montoya reúne por un lado ser el inspirador y maestro reconocido de Francisco Pérez de los Cobos, a quien de alguna manera vendría a sustituir en el Constitucional, sino que además es un jurista camisa vieja del PP (habitual en los cursos de FAES, cuando esta Fundación aún era el principal motor ideológico de Génova), que tan pronto como llegó al poder se acordó de él en nombramientos y premios.

Por ejemplo, en 2001, el ministerio de la Presidencia del Gobierno Aznar lo incluyó como experto del Consejo Económico y Social en representación del Gobierno, precisamente junto a su pupilo Pérez de los Cobos, o hace sólo unos meses, aún estando en funciones, Rajoy, a través de Fátima Báñez, le concedía la Medalla al Mérito en el Trabajo en su categoría de Oro.

Que la intención de Rajoy es asegurar la presencia del casi octogenario Montoya, referente ideológico de Pérez de los Cobos, en el Constitucional, lo demuestra que el PP lo va a ir proponiendo por todos los Parlamentos autonómicos hasta lograr que alguno apruebe su candidatura y la eleve al Senado. En Valencia, donde el PP ya le presentó, el acuerdo de las fuerzas de izquierdas impidió su inclusión, pero aún le queda, por ejemplo, Madrid, donde el PSOE tiene mucho interés en sacar adelante la candidatura de Conde Pumpido, y Montoya podría aparecer como contrapeso del PP para formalizar las necesarias mayorías.

http://www.elplural.com/politica/2017/02/02/rajoy-manipula-las-reglas-para-asegurarse-la-colocacion-de-sus-jueces-en-los

El Gobierno allana el camino para que Pérez de los Cobos entre en el Tribunal de Estrasburgo

Rajoy limita a 61 años la edad de los aspirantes y deja fuera a María Emilia Casas

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes las pautas para la elaboración de una terna de candidatos para la elección del juez en representación de España del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo. El Gobierno tiene un favorito claro: el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, que dejará este órgano en las próximas semanas.

Las condiciones aprobadas por el Gobierno para los aspirantes incluyen una novedad respecto a convocatorias anteriores: los aspirantes no pueden tener más de 61 años. Esta condición allana el camino de Pérez de los Cobos porque deja fuera a la que podría ser su principal rival: la también expresidenta del Constitucional María Emilia Casas, que ha cumplido 66 años.

El mandato del actual juez titular en representación de España en el tribunal europeo, Luis López Guerra, designado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, ya ha expirado y el Ejecutivo debe abrir un plazo para que se presenten candidaturas y proponer un sustituto. Fuentes del Gobierno han confirmado que es la primera vez que se incluye un límite de edad para aspirar al puesto. Estas fuentes argumentan que se ha tomado esta decisión para propiciar que el elegido pueda mantenerse en el cargo los nueve años que dura el mandato, ya que el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos exige que los jueces del tribunal europeo deben ser menores de 70 años. Al cumplir esta edad, deben abandonar el cargo.

María Emilia Casas, presidenta del Constitucional entre 2004 y 2011, había expresado a su entorno su decisión de aspirar al puesto. Tanto Casas como Pérez de los Cobos cumplen el resto de condiciones, similares a las de años anteriores: tener nacionalidad española y un elevado conocimiento de uno de los dos idiomas oficiales del tribunal (inglés y francés) y al menos suficiente conocimiento pasivo del otro.

El convenio por el que se rige el tribunal exige que los candidatos sean “personas que gocen de la más alta consideración moral y reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de altas funciones judiciales o ser jurisconsultos de reconocida competencia, no pudiendo ejercer durante su mandato ninguna actividad que sea incompatible con las exigencias de independencia, imparcialidad o disponibilidad necesarias para una actividad ejercida a tiempo completo”. Los dos expresidentes del Constitucional estarían en condiciones de acreditar este requisito, aunque Casas cuenta a su favor con que Europa quiere corregir el déficit de mujeres en sus tribunales
(ahora solo hay 16 de 47 miembros en el TEDH).

El PSOE presentará este jueves en el registro de Congreso una pregunta dirigida al Gobierno en la que muestra su sorpresa por la inclusión de esta condición de la edad en la convocatoria para el nombramiento, que “no tiene precedentes ni está justificada”.“Establecer los 61 años como edad máxima deja fuera del procedimiento a toda una generación de juristas de excepcional y reconocida competencia, a los que les queda más de una década de ejercicio profesional, académico o judicial en plenitud de facultades”.

En el texto se recoge la doctrina del propio Tribunal Constitucional de defensa del artículo 14 de la Constitución Española, que garantiza la igualdad ante la Ley de todos los españoles, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social

ABSTENCIÓN EN LOS CASOS DE ESPAÑA

Si es elegido juez del TEDH, Francisco Pérez de los Cobos estaría obligado a abstenerse en los casos en los que haya participado como magistrado del Constitucional. En la práctica, tendría que ausentarse en todas las causas que afectan a España excepto en las relativas al derecho a la propiedad, que no pasan por el Constitucional. Esta situación no gusta en el tribunal europeo porque obliga a costear el trabajo de los jueces ad hoc (sustitutos) con una tarifa que supera los 1.000 euros al día.

http://politica.elpais.com/politica/2017/02/01/actualidad/1485979093_065685.html

EL GOBIERNO PROPONDRÁ A PÉREZ DE LOS COBOS COMO JUEZ ESPAÑOL EN EL TEDH

Desde el Ejecutivo se quiere premiar la labor que el actual presidente del Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, ha realizado estando al frente del tribunal de garantías con el desafío separatista catalán. En enero de 2017, expira el mandato del actual miembro de España en el Tribunal de Estrasburgo, Luis López Guerra.

El mandato del actual presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, expirará el próximo 29 de diciembre -junto al de la vicepresidenta Adela Asúa, el magistrado Ricardo Enríquez y la vacante que dejó el fallecido Luis Ortega- por lo que éste abandonará la institución tras haber pasado siete años en la misma; figurando la mitad de este tiempo como cabeza visible del guardián de la Constitución.

Sin embargo, todo apunta a que Pérez de los Cobos no regresará a su despacho en la Universidad Complutense de Madrid, donde ejercía como catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Fuentes del Ejecutivo, consultadas por Vozpópuli, explican que el Gobierno tiene intención de que sea nombrado juez en representación de España en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) en sustitución de Luis López Guerra, nombrado por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero en 2007.

Se da la circunstancia de que el mandato de López Guerra expira el próximo mes de enero y, a partir de ahí, se activará el mecanismo legal previsto para designar a su sustituto. Los jueces del TEDH son elegidos por nueve años sin posibilidad de renovación cuando expira el mandato.

López Guerra tumbó la Parot
Las fuentes consultadas explican que a favor de Pérez de los Cobos hay dos factores muy importantes. Por un lado, que el Ejecutivo no quiere más sorpresas en Estrasburgo después de que el propio Luis López Guerra, juez representante de España en la Corte, apoyara tumbar la denominada doctrina Parot que obligó a excarcelar a decenas de etarras pese a que la Abogacía del Estado defendió de forma férrea en Estrasburgo su aplicación y legalidad.

Por otro lado, el Gobierno de Rajoy se siente en "deuda" con la "magnífica labor" que ha hecho Francisco Pérez de los Cobos como presidente del Constitucional dando respuesta al "problema catalán". Desde que el magistrado asumió la presidencia del Alto Tribunal todas las resoluciones sobre los intentos independentistas de Cataluña han sido adoptadas por unanimidad de los magistrados que componen el tribunal y con rapidez, y en gran medida, ese hecho ha sido posible gracias a la labor desempeñada por Pérez de los Cobos en el seno del TC.

No obstante, el Ejecutivo no sólo dará el nombre del presidente del Alto Tribunal para ocupar la plaza de Estrasburgo ya que la última palabra sobre su elección la tiene el Consejo de Europa. El Consejo de Ministros aprobará previsiblemente un acuerdo con una terna de candidatos para sustituir a López Guerra que remitirá a la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, órgano encargado de designar a los miembros del TEDH tras la votación de los estados miembros.

http://www.vozpopuli.com/actualidad/nacional/Gobierno-propondra-Perez-Cobos-TEDH_0_981202867.html

RAJOY NEGOCIA LA RENOVACIÓN DEL TC CON EL PSOE

Nombres como el de los ex fiscales generales del Estado Cándido Conde Pumpido y Consuelo Madrigal; el vicepresidente del Supremo Ángel Juanes o los catedráticos Víctor Moreno Catena y Alfredo Montoya suenan para ocupar plaza en el Constitucional. PP y PSOE buscan un "candidato de consenso".

Hace algunas semanas arrancó la batalla de nombramientos para renovar a cuatro magistrados del Tribunal Constitucional, entre ellos a su presidente Francisco Pérez de los Cobos cuyo mandato expiró el pasado 29 de diciembre. Junto al presidente deberán abandonar el tribunal su vicepresidenta Adela Asúa y el magistrado Ricardo Enríquez, quien opta a revalidar en el cargo puesto que aún no ha cumplido tres años como miembros del TC ya que entró a cubrir la vacante del fallecido Antonio Hernando. Asimismo, debe cubrirse la plaza del difunto catedrático Luis Ortega, que en estos momentos permanece desierta.

El TC avala la reforma que permite la inhabilitación de altos cargos que le desobedezcan
Una vez más, en dicha renovación tienen mucho que decir tanto el Partido Popular (PP) como el Partido Socialista (PSOE). Para muchos catedráticos, fiscales y magistrados llegar a ocupar una plaza en el Alto Tribunal es un ansiado colofón para su actividad profesional, ya que la gran parte de ellos entran a formar parte de este órgano en el último tramo de vida laboral.

Son varios los nombres de la judicatura y la universidad que se están postulando en los últimos días para ser propuestos -hasta el próximo 10 de febrero- por los distintos parlamentos autonómicos, ya que esta renovación del guardián de la Constitución corresponde al Senado.

Rajoy y la gestora

Según han informado distintas fuentes de la judicatura a Vozpópuli, en esta ocasión las negociaciones con el PSOE -con su gestora encabezada por Javier Fernández- están siendo llevadas a cabo en primera persona por el propio presidente del Gobierno Mariano Rajoy, aunque el ministro de Justicia Rafael Catalá también está manteniendo conversaciones con el socialista Antonio Hernando en un nivel más informal. De momento, la mayoría de las cámaras autonómicas no han dado los nombres de sus candidatos y el Gobierno quiere ser discreto a la hora de dar nombres.

Hasta ahora, la Comunidad de Navarra ha propuesto a Manuel Pulido; Baleares, al catedrático de Constitucional Oliver Araujo; y Galicia al magistrado del Tribunal Supremo José Manuel Sieira y a Teresa Conde Pumpido, hermana del ex fiscal general del Estado Cándido Conde Pumpido, eterno candidato a ocupar un sillón en el Alto Tribunal.

El Gobierno tiene muy en cuenta las recomendaciones del presidente saliente, Pérez de los Cobos, quien está haciendo de valedor del catedrático de Derecho del Trabajo Alfredo Montoya

Precisamente, el nombre del magistrado de la Sala Segunda del TS contaría con el respaldo de una parte importante del PSOE. En concreto, de su exlíder Alfredo Pérez Rubalcaba y del portavoz parlamentario del grupo socialista en el Congreso de los Diputados, Antonio Hernando, aunque de momento Conde Pumpido no ha sido nombrado por ningún parlamento regional. Entre los nombres que se barajan del lado del PSOE también está el del actual vicepresidente del Supremo y expresidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes; el diputado y ex secretario de Estado Juan Carlos Campos así como el del catedrático de Derecho Procesal, Víctor Moreno Catena, muy vinculado a los socialistas.

La influencia del todavía presidente

Sin embargo, a la hora de elegir a los candidatos se tendrán en cuenta varios factores. Por un lado, el PP tratará de renovar a Enríquez quien llegó al Constitucional con la promesa de que sería renovado tres años más. Si dicha renovación se lleva a cabo antes del 18 de marzo, dicho magistrado está legitimado legalmente para revalidar en su puesto ya que aún no se habrían cumplido sus tres años de permanencia en el TC.

Teniendo en cuenta que apruebe la continuidad de Ricardo Enríquez, el PP designaría a otro magistrado, el PSOE a un tercero y se buscaría un cuarto miembro de "consenso", explican las distintas fuentes consultadas. Del bando de Mariano Rajoy se tiene además muy en cuenta las recomendaciones que el presidente saliente, Pérez de los Cobos, está haciendo al PP sobre el perfil que se necesita en el tribunal. Su candidato y amigo es el catedrático de Derecho del Trabajo Alfredo Montoya, al que está tratando de aupar al Constitucional.

Por otro lado, hay una circunstancia que al Gobierno no se le escapa. Abandona el Alto Tribunal una de las dos únicas mujeres que lo integran, la magistrada Adela Asúa, y hay "fuertes presiones" para que uno de esos cuatros sillones sea ocupado por una mujer. El nombre que más ha sonado hasta ahora ha sido el de la ex fiscal general del Estado Consuelo Madrigal a quien se le dijo desde el Ejecutivo que iba a ser renovada como máximo dirigente de la cúpula fiscal y, en el último momento, fue remplazada por el magistrado del Supremo José Manuel Maza. Sin embargo, también es cierto que en el Constitucional hay ya un miembro procedente de Carrera Fiscal, el magistrado Antonio Narváez, por lo que las mismas fuentes descartan que el tribunal pase a estar compuesto por Narváez y Madrigal, junto con Conde Pumpido, ex fiscal general del Estado.

Otras fuentes explican que la mujer que en estos momentos tiene más posibilidades de ocupar plaza en el TC es la catedrática almeriense de Derecho Constitucional María Luisa Balaguer, quien ha sido propuesta por el PSOE en el Parlamento andaluz este lunes para cubrir la cuota femenina en el Alto Tribunal.

Con la marcha de Asúa concurre otra circunstancia. El PNV se queda sin representación en el guardián de la Constitución por lo que tampoco es descartable que el sector vasco quiera tener voz y voto a la hora de elegir a ese candidato de consenso. Fuentes parlamentarias añaden que también es posible que se le dé cuota a Ciudadanos en dicha designación.

http://www.vozpopuli.com/actualidad/nacional/caliente-TC-PP-PSOE-sillones_0_991702128.html

GONZÁLEZ RIVAS GANA FUERZA COMO FUTURO PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL

La catalana Encarnación Roca, le mejor situada para ocupar la vicepresidencia

El veto del PSOE a que el magistrado Andrés Ollero presida el Tribunal Constitucional obliga a abrir el abanico de candidatos en busca de un nombre de consenso. Las fuentes consultadas señalan al conservador Juan José González Rivas como el mejor situado para presidir el órgano y a la catalana Encarnación Roca para ocupar la vicepresidencia. No obstante, algunas fuentes no descartan candidatos que no estaban entre los favoritos, pero puedan convencer a la mayoría.

El acuerdo entre el PP y el PSOE para renovar el Constitucional con la condición de los socialistas de que el magistrado Andrés Ollero no sea el presidente no ha sentado bien entre los magistrados del tribunal. Si bien la incorporación de jueces siempre parte de un acuerdo político, la elección del presidente y del vicepresidente corresponde a los 12 miembros del pleno en votación secreta y la mayoría de los magistrados, según las fuentes consultadas, recibieron ayer con enfado que trascendiera el intento de injerencia política.

En un intento de salvaguardar su independencia, en el entorno del tribunal se aseguraba ayer que Ollero sigue contando con opciones, aunque las fuentes consultadas admiten que su currículum político (17 años de diputado del PP) le complican ser elegido como presidente de un tribunal que lucha desde hace años por defender su autonomía frente a las acusaciones de politización.

En la renovación de la cúpula del Constitucional siempre se ha seguido una regla no escrita según la cual el presidente es elegido entre los magistrados que se encuentran en el último tercio de su mandato. En esta situación hay cuatro: Ollero, Juan José González Rivas, Encarnación Roca y Fernando Valdés. Este último, claramente adscrito al sector progresista, minoritario en el tribunal, cuenta con pocas opciones.

Descartado Ollero, las fuentes consultadas se inclinan por considerar favorito como presidente a González Rivas, exmagistrado de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo y de perfil muy conservador. Fue uno de los magistrados que firmaron un voto particular en contra de la sentencia que avaló el matrimonio homosexual.

Si prospera esta opción, la vicepresidencia recaería con toda probabilidad en la catalana Encarnación Roca, que en su día fue propuesta como magistrada por el PSC pero que se ha alineado con el sector mayoritario en casi todos los asuntos clave del tribunal. Algunas fuentes apuestan por la posibilidad de que los elegidos sean estos dos nombres pero invirtiendo los cargos (Roca como presidenta y González Rivas como vicepresidente).

Pero dentro y fuera del tribunal hay también quienes advierten de que la tradición de elegir como presidente a un magistrado que esté en el último tramo de su mandato podría romperse esta vez si ninguno de los dos logra aunar los apoyos suficientes. En la primera votación se requiere mayoría absoluta. Si nadie la obtiene, se vuelve a votar y resultará elegido quien obtenga más votos. En caso de empate tras una tercera votación, será propuesto el magistrado de mayor antigüedad en el cargo y, en el caso de igualdad, el de mayor edad.

Entre los miembros del tribunal que no están en el último tramo de su mandato fuentes consultadas señalan a Pedro González-Trevijano como el nombre que podría generar consenso entre conservadores y progresistas. Es considerado un buen jurista que ha sabido manejarse bien con todos los sectores del tribunal, aunque sus posiciones son inequívocamente conservadoras. Al Constitucional llegó desde la Universidad Rey Juan Carlos, de la que era rector, cargo en el que le sucedió Fernando Suárez, acusado de plagio. Sus últimos años allí estuvieron rodeados de polémica porque el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictaminó que no debía haber optado a ese cargo en las elecciones de 2009, puesto que ya había acumulado los dos mandatos fijados. Recurrió en amparo al Constitucional y el tribunal admitió su recurso.

Romper la regla

En el entorno del PP sí gusta la opción de González-Trevijano y, ante la imposibilidad de que se elija a Ollero, algunos le consideran el candidato favorito de los populares. Los socialistas, sin embargo, no se muestran dispuestos a aceptar su nombre, según fuentes del partido consultadas. Se le considera un hombre próximo a la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y “más político” y que González Rivas, que tiene un perfil más jurídico y técnico.González-Trevijano también tiene en su contra que una mayoría de magistrados podría no entender que se rompiera, sin razón aparente, la regla de elegir a los magistrados más veteranos. Tanto González Rivas como Roca y Valdés cumplen con esa regla y no hay una causa que les invalide como candidatos y justifique que se promueva a un magistrado que lleve menos años en el tribunal.

Cuando casas rompió los pronósticos

Aunque en la elección de candidatos para presidir el Tribunal Constitucional suele haber una negociación previa entre los partidos, la elección corresponde en exclusiva a los 12 magistrados del pleno del tribunal, que votan en urna.

Tras el enfado con el que se recibió ayer la noticia de que el PSOE había forzado al PP a no promover para la presidencia a Andrés Ollero, en el entorno del tribunal recordaban que los magistrados no siempre han cumplido con la previsión de los políticos. Es lo que ocurrió en 2004, cuando María Emilia Casas se impuso por un voto al candidato al que se daba como favorito, el magistrado Vicente Conde. La división del tribunal hacía pronosticar un empate y, en ese caso, al ser magistrado de mayor edad, a Conde sólo le hacían falta cinco votos para salir elegido. Sin embargo, un voto rompió el pronóstico y la presidencia fue para la candidata del sector progresista.

http://politica.elpais.com/politica/2017/01/25/actualidad/1485373311_271175.html

UNA GRABACIÓN IMPLICA A UN MAGISTRADO DEL CONSTITUCIONAL EN UN PRESUNTO INTENTO DE SOBORNO CUANDO ERA RECTOR

El actual candidato a rector de la Rey Juan Carlos Javier Ramos cuenta en un audio de 2010 cómo el exrector y ahora magistrado Pedro González-Trevijano le encargó ofrecer dinero o cargos al profesor David Ríos para que retirara una demanda

"Tú me quitas el contencioso porque me he presentado a la tercera reelección como rector y yo a cambio, ¿qué quieres?, dinero, profesores, departamentos, espacios...", resume Ramos en el audio al que ha tenido acceso eldiario.es

Tras su paso por la Universidad Rey Juan Carlos, González-Trevijano fue nombrado magistrado del Tribunal Constitucional a propuesta del gobierno de Mariano Rajoy

Unas grabaciones a las que ha tenido acceso eldiario.es (abajo, completas) implican al magistrado del Tribunal Constitucional Pedro González-Trevijano, nombrado por el gobierno de Rajoy en 2013 para el alto tribunal, en un presunto intento de soborno cuando era rector de la universidad pública Rey Juan Carlos (URJC) de Madrid.

En el audio, grabado en noviembre de 2010, se puede escuchar cómo Javier Ramos, exvicerrector con Trevijano, decano de Telecomunicaciones y ahora candidato a rector en la Universidad Rey Juan Carlos, dice al profesor de la URJC Antonio Alonso, que es quien graba la conversación, que recibió un encargo de "Don Pedro, la máxima autoridad", el entonces rector González-Trevijano.

Ramos relata que recibió el encargo de "cenar" con David Ríos, el candidato oponente a Trevijano en las elecciones de 2009. Ríos había puesto ese mismo año una demanda por lo contencioso administrativo porque Trevijano se había presentado a un tercer mandato, cuando los estatutos de la URJC solo permiten dos.

"Tú me quitas el contencioso porque me he presentado a la tercera reelección como rector y yo a cambio, ¿qué quieres?, dinero, profesores, departamentos, espacios..." resume Ramos a su interlocutor sobre el encargo que dice que le hizo Trevijano, tal y como se puede escuchar en el audio al que ha tenido acceso eldiario.es.

David Ríos ha confirmado a eldiario.es que esa reunión tuvo lugar. Fue en una cafetería de la urbanización El Plantío llamada El Descanso, aunque no fue una cena. Fue por la tarde y duró media hora. "Javier Ramos me dijo que tenía que quitar la demanda y que qué quería a cambio. Mencionó dinero, un instituto, cargos... Le dije que no". Preguntado por si Ramos le especificó de quién era el encargo, contesta: "Me dijo que era del rector".

En la grabación, el propio Ramos confirma que Ríos no aceptó el trato: "De aquella David se descojonó de mí, tampoco me ofendió mucho, me llamó un par de cosas que no me parecieron muy cordiales (...) pero retransmití a los que me habían hecho el encargo la postura".

"Hundido en el fango"

Según relata en el audio Javier Ramos, esa negativa a quitar la demanda contra Trevijano es la que propicia una serie de represalias contra el departamento en el que Ríos era catedrático: "Don Pedro [González-Trevijano] no quiere nada, quiere al otro hundido en el fango". Se lo está contando al director de departamento de David Ríos (que está ahora en excedencia de la URJC). Le relata que les quitarán profesores y los integrarán en otros departamentos. El desmantelamiento se hizo efectivo durante dos años y actualmente no existe ese departamento. Hubo una decena de despidos.

Al principio de la conversación –grabada en el despacho de Antonio Alonso–, Javier Ramos advierte a su interlocutor que "Fernando" [Suárez, el actual rector de la Rey Juan Carlos, salpicado por el caso de plagios] está en la batalla de desintegraros como departamento (...) y si es Pedro [González-Trevijano] es una cuestión de a ver quién mea más alto".

eldiario.es se ha puesto en contacto con Pedro Gónzález-Trevijano para recabar su versión de estos hechos. El magistrado no ha aceptado una entrevista directa pero, a través de un portavoz, asegura que "lo que se dice en esas grabaciones no es cierto". Su postura se resume en que no tiene nada que decir sobre unos hechos que "le son ajenos y que forman parte de una guerra en la que no tiene nada que ver".

Sin embargo, el actual candidato a rector, Javier Ramos –a través también de un portavoz– no niega la veracidad del contenido, sino que se limita a decir que "no hay ninguna base de soborno, se está instrumentalizando a un medio para un tema que no existe, sale ahora por interés". También circunscribe sus palabras a la ironía o la parodia. Este portavoz de Javier Ramos no contesta a las preguntas de si hubo una reunión con David Ríos o si le ofreció algo a cambio de retirar la demanda: "Eso lo tiene que contestar Javier Ramos". Sin embargo, no da la opción de hablar con él.

Tras las primeras llamadas de eldiario.es a los afectados por esta grabación, el candidato a rector Javier Ramos ha difundido este lunes un comunicado en el que dice que el audio se está usando para presionarle y está "manipulado". Preguntado en qué, su portavoz puntualiza que el fragmento no está editado, sino que la conversación era más larga y se han cogido tres minutos: "No es que esté manipulada, es que no está completa".

Otra de las personas citadas en el audio, Javier Martínez Moguerza, que fue el representante de la candidatura a rector de Ríos y es profesor titular de la URJC, confirma que Javier Ramos le pidió en 2010 que hablara con Ríos para que retirara la demanda, como se escucha en el audio: "Le dije que eso me parecía un soborno, y que hablara él con David si quería", dice a eldiario.es.

Esta grabación que publica el diario.es fue grabada por el propio interlocutor de Ramos, Antonio Alonso, que también la aportó en una querella por amenazas que interpuso contra Fernando Suárez (entonces vicerrector y ahora rector, salpicado por una decena de plagios). El juez la admitió a trámite, pero no estimó la grabación en esa causa porque no aportaba nada al caso de "amenazas" de Suárez. El juez solo se pronuncia sobre el caso de amenazas que investigó, aunque tanto Trevijano como Ramos usan ese auto para declarar que la grabación fue rechazada.

El proceso judicial

Pedro González-Trevijano concurrió a las elecciones a rector en 2009 para el que fue su tercer mandato. Le salió un oponente, David Ríos, que denunció ante la Universidad que los estatutos solo permitían dos mandatos. Sin embargo, la línea defendida por la URJC fue que el primer mandato de Trevijano se desarrolló en parte antes de los estatutos, por lo que no se debía contabilizar.

Ríos interpuso entonces una demanda por lo contencioso administrativo en noviembre de 2009, tras perder los comicios. Dos años después, el magistrado Alberto Palomar lo desestimó y cerró el caso al entender que el primer mandato de Trevijano era anterior a los Estatutos y quedaba fuera del cómputo.

Ríos recurrió la decisión al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, por sentencia firme en junio de 2011, ordenó anular las elecciones y pedir al juzgado de primera instancia que ejecutara la sentencia: "Anulamos la proclamación de la candidatura de Don Pedro José González-Trevijano Sánchez a las elecciones a Rector convocadas el 23 de octubre de 2009, con retroacción del proceso electoral al momento inmediato anterior al de la proclamación provisional".

Se ordenó la ejecución de la sentencia en octubre de 2011 pero no se ejecutó, por lo que David Ríos puso una querella por prevaricación contra el juez Alberto Palomar, que fue inadmitida (con el voto en contra de un magistrado del Supremo que sí pidió investigar).

Un mes después, con la sentencia pendiente de ejecutar, el Constitucional admitió el recurso de amparo que presentó González Trevijano –entonces aún rector– porque entendió que ese fallo había vulnerado "su derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos", de modo que la ejecución se suspendió.

La Fiscalía había rechazado en un informe dar el amparo. Sin embargo, el 7 de noviembre de 2012, el Tribunal Constitucional falló a favor de Pedro González-Trevijano, que quedó a todos los efectos legitimado como rector.

Solo una magistrada del TC emitió un voto en contra. Como ha podido comprobar eldiario.es, Encarnación Roca Trías manifiestó su desacuerdo al entender que unas elecciones a rector no estaban protegidas por ese derecho constitucional, que se circunscribe a a cargos electivos de representación política en el Estado y citó doctrina anterior del TC que así lo valida. En su opinión no se había producido ninguna desigualdad en el proceso.

Nueve meses después del fallo del Constitucional, el gobierno de Mariano Rajoy nombró a Pedro González-Trevijano como magistrado de ese mismo alto tribunal, donde continúa. Así lo anunció Soraya Sáenz de Santamaría tras la reunión del Consejo de Ministros del 7 de junio de 2013.

http://m.eldiario.es/politica/Grabaciones-implican-magistrado-Tribunal-Constitucional_0_607189711.html

EL PP QUIERE QUE SU EX DIPUTADO Y CATEDRÁTICO OLLERO PRESIDA EL CONSTITUCIONAL

El catedrático de Filosofía del Derecho y ex diputado del PP Andrés Ollero Tassara se perfila como nuevo presidente del Tribunal Constitucional (TC), mientras que la vicepresidencia recaerá con toda probabilidad en la magistrada Encarnación Roca Trías (que en su día fue elegida a propuesta del PSOE).

Se trata de un nombramiento de especial trascendencia, pues el Gobierno de Mariano Rajoy ha decidido poner en manos del Tribunal Constitucional buena parte de los resortes jurídicos para frenar la ofensiva independentista de la Generalitat de Cataluña, que preside Carles Puigdemont.

De acuerdo con los plazos legales, antes de que concluya el año el Senado debería aprobar la designación de cuatro de los 12 miembros del Constitucional, en sustitución de los que fueron elegidos en 2010. La renovación afectará por tanto al actual presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos; la vicepresidenta, Adela Asua, y Ricardo Enríquez Sancho, que se incorporó al Tribunal en marzo de 2014 tras el fallecimiento de Francisco José Hernando. Además, debe cubrirse la vacante del magistrado Luis Ignacio Ortega, fallecido en abril de 2015.

La vicepresidencia, para el PSOE

De acuerdo con la tradición de los últimos mandatos, todo indica que el Senado designará a dos magistrados afines al PP y otros dos afines al PSOE. De este modo, se preservará el actual equilibrio en el alto Tribunal, en el que existe una mayoría de siete magistrados próximos al PP “conservadores” frente a cinco afines al PSOE.

El acuerdo que los dos grandes partidos han aplicado hasta ahora indica que, una vez renovada la tercera parte de los miembros del Tribunal, se designará a un presidente próximo al PP y una vicepresidenta afín al PSOE, entre los miembros del tercio más antiguo: es decir, entre los cuatro magistrados elegidos por el Congreso de los Diputados en 2012.

Hay pocas dudas de que la Vicepresidencia corresponderá a Encarnación Roca Trías (Barcelona, 1944), que fue la primera catedrática de Derecho Civil en España y la cuarta mujer que accedió a un puesto en el Tribunal Supremo. Doctora por la Universidad de Barcelona, ha dictado varias sentencias pioneras en Derecho Civil y de Familia.

La magistrada del TC Encarnación Roca Trías.

En cuanto a la presidencia del Constitucional, correspondería a uno de los dos magistrados elegidos en 2012 a propuesta del PP: Andrés Ollero o Juan José González Rivas. Según las fuentes jurídicas consultadas por OKDIARIO, el primero de ellos tiene todo a su favor para acceder al cargo.

Aunque también puede pesar en su contra el hecho de que haya sido diputado del PP durante 17 años, un dato que ya resultó especialmente polémico cuando fue elegido miembro del TC en 2012. Entonces se impuso el criterio de que las únicas incompatibilidades que se pueden aplicar a los miembros del Constitucional son las que figuran en su Ley Orgánica, que no incluyen el hecho de haber militado en un partido político.

La misma polémica se planteó respecto al actual presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos, después de que trascendiera que fue militante del PP durante varios años. De hecho, PP y PSOE sumaron sus votos en julio de 2015 para impedir que prosperara una enmienda con la que ERC pretendía impedir que los miembros del Constitucional puedan militar en un partido o sindicato durante el ejercicio de su cargo.

Como diputado del PP, Andrés Ollero ha sido portavoz en las Comisiones de Educación y Justicia del Congreso de los Diputados. Tras ser diputado por Granada durante 17 años, abandonó su escaño en 2003 para reincorporarse a su puesto de catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.
Contra el aborto y el matrimonio gay

Miembro numerario del Opus Dei, se ha pronunciado en distintas ocasiones en contra del aborto y del matrimonio homosexual impulsado por el Gobierno de Rodríguez Zapatero. También ha sido presidente de la Fundación Ciudadanía y Valores (Funciva), un puesto que hoy ocupa el ex ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón.

El otro magistrado afín al PP que podría optar a la presidencia del Tribunal Constitucional, aunque con menos opciones, es Juan José González Rivas. Ha sido magistrado de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo y miembro de la Junta Electoral Central (JEC), por designación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Fue uno de los magistrados del TC que firmaron un voto particular en contra de la sentencia que avaló el matrimonio homosexual y en 2009 defendió una ponencia a favor de permitir la objeción de conciencia a la asignatura de Educación a la Ciudadanía, también instaurada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

El magistrado del Constitucional Juan José González Rivas.

Las fuentes jurídicas consultadas por OKDIARIO admiten que en estos momentos está “muy abierta” la elección entre ambos candidatos para el cargo de presidente del TC. Ante la duda, la mayoría conservadora podría inclinarse por un tercer nombre: Pedro González-Trevijano, que fue elegido miembro del Constitucional en 2013 a propuesta del CGPJ.

Aunque en este último caso, señalan las mismas fuentes, la mayoría conservadora del Tribunal podría dividirse, propiciando así la elección de la progresista Encarnación Roca Trías (designada en su día a propuesta del PSOE) como presidenta.

Pedro González-Trevijano (Madrid, 1958) es catedrático en Derecho Constitucional. Ha sido rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) de Madrid y vocal de la Junta Electoral Central (JEC). Como miembro de la comisión de expertos sobre el futuro del Valle de los Caídos nombrada por el Gobierno de Rodríguez Zapatero, se opuso al traslado de los restos del Franco por considerar que esta medida serviría “más para separar, dividir y tensionar”.

Se vuelven a demorar los plazos

De acuerdo con la Ley Orgánica 2/1979 del Tribunal Constitucional, los magistrados de este órgano son nombrados por un período de nueve años. Por su parte, el presidente del TC tiene un mandato de tres años, que puede ser renovado una sola vez.

Cada tres años debe renovarse la tercera parte de los 12 miembros del Tribunal. Sin embargo, la falta de acuerdo entre el PP y el PSOE retrasó el último nombramiento de los cuatro miembros designados por el Senado: debía aprobarse en 2007 y se postergó hasta 2010. Se trata de los cuatro magistrados que deben ser sustituidos ahora. De nuevo, el tiempo apremia y parece improbable que los nombramientos puedan aprobarse este mes de diciembre

https://okdiario.com/investigacion/2016/12/09/ex-diputado-del-pp-andres-ollero-perfila-como-nuevo-presidente-del-tribunal-constitucional-586163

EL CONSTITUCIONAL DESOYE UNA DEMANDA PARA QUE SU PRESIDENTE FUERA CESADO POR CONFLICTO DE INTERESES

Se acusaba a Pérez de los Cobos de incompatibilidad por tener una empresa abierta, pero la vicepresidenta del Tribunal ni siquiera ha convocado al Pleno

El pasado 24 de agosto, ELPLURAL.COM publicaba una noticia firmada por nuestros colaboradores Los Genoveses en la que informábamos de que seguía sin cerrarse una empresa, Labour Prospectives, S.L. cuyo administrador y propietario era Francisco Pérez de los Cobos, actual presidente del Tribunal Constitucional (TC), y por tanto quinto rango de poder en el Estado, sólo por detrás del Rey, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de Congreso y Senado.

En principio, la Ley de Ordenación del Poder Judicial (LOPJ) dice que es incompatible para cualquier magistrado ser propietario de una sociedad mercantil. En concreto, dice en su artículo 389, donde regula estas incompatibilidades que “el cargo de Juez o Magistrado es incompatible (…) con todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido; con el ejercicio de toda actividad mercantil, por sí o por otro”.

En esta misma información de ELPLURAL.COM hacíamos referencia al hecho, que ya habíamos publicado con anterioridad, de que Pérez de los Cobos ocultó tanto en la biografía que presentó a la Comisión de Nombramientos del Senado que le examinó para aprobar su idoneidad, como también durante su intervención, la existencia de esa empresa (por cierto, también ocultó desvelar el hecho de que había sido militante cotizante del PP).

Requerimiento por "incumplimiento"

Citando expresamente nuestra información y la LOPJ, pocos días después, el 29 de agosto, José Luis Mazón Costa, como presidente del Partido Político Contrapoder, presentó un requerimiento a los miembros del Pleno Gubernativo del Tribunal Constitucional (que se puede consultar en este enlace) para que “por incumplimiento del deber de dignidad inherente al cargo e incompatibilidad sobrevenida se declare por los magistrados integrantes del Pleno Gubernativo, la vacante del puesto de Magistrado del Tribunal que ocupa el Sr. Pérez de los Cobos y la devolución de los sueldos o remuneraciones recibidas del Tribunal Constitucional desde que es administrador de la referida mercantil (Labour Prospectives S.L.) por ser ambos cargos incompatibles”.

Puestos en contacto con el Tribunal Constitucional, ELPLURAL.COM ha sabido que la petición ha sido rechazada. O más exactamente, que ni siquiera ha sido considerada, ya que la vicepresidenta del Constitucional, la magistrada Adela Asua -presentada en su momento para ocupar este cargo por el PNV- desestimó incluso la convocatoria del Pleno Gubernativo del Tribunal.

Obligados a declararlas inactivas

La razón para ello, han informado a ELPLURAL.COM en el TC, es que el simple hecho de la petición del cese de uno de los miembros del Constitucional no es admisible, ya que “por garantía de la independencia que es inherente” al Tribunal, estas peticiones “solo pueden ser impulsadas y ejercidas por los propios Magistrados”. Es decir, sólo un miembro del Constitucional puede pedir que otro, y desde luego el Presidente, cese. Como decimos, basándose en esta interpretación, Asua, la vicepresidenta del TC, decidió el archivo del requerimiento de José Luis Mazón.

Además, también se nos ha informado desde el Tribunal Constitucional de que los magistrados no están obligados a cerrar las empresas que poseyeran o administraran antes de ocupar sus cargos, sino tan sólo a declararlas inactivas. Que sería lo que habría hecho Pérez de los Cobos con Labour Prospectives S.L.

Lo cierto es que de esta manera, Francisco Pérez de los Cobos se ve libre una vez más de explicar, ni asumir responsabilidades, por un hecho que, al menos éticamente, parece discutible: el oscurantismo en el que quedan tapadas las gestiones que hizo al frente de una empresa, Labour Prospectives S.L., cuya dedicación fundamental era el asesoramiento.

¿A qué empresas asesoró?

Por ejemplo, han quedado sin desvelarse la identidad de las empresas a las que asesoró. Y en consecuencia, resulta imposible saber si alguna de esas empresas que acudieron a Pérez de los Cobos asesor ha recurrido después al Constitucional, y si el Presidente del TC se inhibió, como parece claro que tendría que hacer.

De hecho, en su petición al Pleno Gubernativo del Constitucional, Mazón ya advertía que “es evidente que debe investigarse si clientes de Labour Perspective S.L. han acudido al TC en demanda de amparo o como parte contraria en un amparo admitido, para lo cual debe de exigírsele al magistrado y presidente sospechoso de uso del cargo para fines propios la aportación de la relación de clientes…”.

El hecho de que el propio Pérez de los Cobos, como decimos, no señalara la existencia de Labour Properties S.L. a la Comisión de Nombramientos del Senado (igual que olvidó mencionar su pertenencia al Partido Popular) no ayudan a desvanecer las sospechas que apuntaba el reclamante. La decisión de no admisión a trámite del requerimiento tapa esta vía, y que no llegue acompañada de explicaciones voluntaria del propio de los Cobos, mantienen flotando una nube sobre un cargo clave en la administración del Estado.

http://www.elplural.com/politica/2016/11/12/el-constitucional-desoye-una-demanda-para-que-su-presidente-fuera-cesado-por

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL FIRMA SENTENCIAS Y CUENTAS MERCANTILES

Pérez de los Cobos de nuevo se desenvuelve entre lo legal y lo ético

Cuando el 6 de octubre del 2010 el catedrático de Derecho del Trabajo, Francisco Pérez de los Cobos, candidato a magistrado del TC a propuesta del GPP, compareció en la Comisión de Nombramientos del Senado nadie de los allí presentes, salvo él mismo y algún que otro parlamentario del PP, conocían dos aspectos de su trayectoria que tampoco fueron desvelados en aquel momento por el entonces candidato:

El primero tenía que ver con su militancia activa en el Partido Popular de Cataluña, mientras que el segundo era su condición de administrador único de una sociedad mercantil denominada “Labour Prospectives, SL”. Ambos datos también fueron ocultados en el generoso CV que el GPP distribuyó a los miembros de la Comisión que debía votar su idoneidad para el TC.

Tras su elección tuvieron que pasar 3 largos años para que en julio del 2013, por puro accidente periodístico y al rebufo del Caso Gürtel, se conociera que Pérez de los Cobos, recién elegido Presidente del TC, era además de Catedrático, un cualificado militante del PP y que como tal pagaba sus cuotas a la organización política a la que pertenecía. Su militancia generó una fuerte polémica política y jurídica que acabó con su recusación como magistrado por parte de la Generalitat de Cataluña. La mayoría absoluta del PP en el Parlamento y en el propio TC fue determinante para que Pérez de los Cobos continuará en su cargo y de paso discretamente se diera de baja en el PP.

La segunda cuestión que como decíamos ocultó al Senado fue su condición de administrador único de "Labour Prospectives,SL", una sociedad constituida en Barcelona en el año 2003 cuyo objeto social es "la elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social".

Cuando en mitad de la polémica sobre su militancia se publicaron las primeras informaciones sobre sus vinculaciones mercantiles, el aludido se negó a dar ningún tipo de explicación sobre quiénes habían sido sus clientes alegando que era “una cuestión privada” y que, en todo caso, la citada sociedad estaba inactiva.

Las dudas razonables y razonadas que ya existían sobre su imparcialidad se vieron incrementadas por su calculado silencio sobre si había facturado, por ejemplo, a asociaciones de empresarios y al propio PP sobre contenidos de reformas en el mercado laboral como las que casualmente se pusieron en marcha tras la llegada al gobierno de uno de sus clientes y a la vez Presidente de su Partido, Mariano Rajoy.

El hecho cierto es que tras estas informaciones el silencio más silencioso se volvió a imponer y Pérez de los Cobos volvió una vez más a imponer su criterio con el apoyo expreso de sus padrinos políticos, mediáticos y empresariales.

Y en estas estábamos cuando muy a su pesar se ha conocido el deposito en el Registro Mercantil de Barcelona de las cuentas de la citada sociedad referidas al año 2015.

Y es aquí donde una vez más las líneas divisorias entre lo legal y lo ético se estrechan hasta solaparse y colisionar. Como se verá a continuación dictar sentencias y a la vez firmar cuentas resulta en el mejor de los casos poco estético, nada ético y de dudosa legalidad. Vayamos al grano. Nada mejor que para ello pongamos en relación dos fechas:

30 de junio 2016. Ese jueves el Presidente del Tribunal Constitucional se desdobla para ejercer como administrador único de “Labour Prospectives, SL” y así poder firmar el acta de su junta universal y ordinaria en la que se aprueban las cuentas del año 2015 para su posterior depósito en el Registro Mercantil. No se dispone de información sobre si la Junta se celebró en la sede que la sociedad tiene en Barcelona o en otro lugar.

5 de octubre 1979. Este día el BOE publica la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. En su articulo 19.1 se establecen los supuestos de incompatibilidad de sus magistrados. A los efectos de esta crónica interesa detenerse en el siguiente:

1.“El cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional es incompatible:

1.7. Con el desempeño de actividades profesionales o mercantiles”.

Y es aquí donde las dos fechas entra en colisión entre lo legal y lo ético ya que no hay la más mínima duda, mire por donde se mire, que el citado apartado 7 del artículo 19 establece de forma meridiana que un magistrado del TC es incompatible con el desempeño de cualquier actividad mercantil.

Esta incompatibilidad, sin embargo, queda en entredicho cuando se constata que la mano con la que estampa su firma, la original y genuina, es la misma con la que indistintamente rúbrica sentencias de obligado cumplimiento y las cuentas anuales de una sociedad mercantil dedicada al asesoramiento legal para potenciales clientes que han podido o podrían acabar solicitando amparo al Tribunal que él mismo preside. Dato este que desconocemos por su negativa a facilitarlo.

Lo dejamos aquí siendo conscientes que como es ya habitual esta noticia como otras muchas que ha protagonizado este cualificado militante genovés, empresario y magistrado dejará de serlo y las aguas institucionales seguirán su curso sin inmutarse. Eso sí, mientras todo esto sucede su Partido continuará negociando con sus socios de Ciudadanos fórmulas extravagantes para “acabar” con los múltiples y variados casos de corrupción que les rodea.

http://www.elplural.com/2016/08/24/el-presidente-del-constitucional-firma-sentencias-y-cuentas-mercantiles

EL CONSTITUCIONAL AVALA EL RECORTE SANITARIO A LOS INMIGRANTES ‘SIN PAPELES’

El tribunal considera que el real decreto no vulnerara la Constitución

El pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la constitucionalidad del real decreto 16/2012 por el que el Gobierno de Mariano Rajoy dejó sin tarjeta sanitaria a los inmigrantes que no tuviera permiso de residencia en España. Fuentes del tribunal han confirmado que el real decreto fue apoyado por ocho votos frente a tres en el pleno celebrado este jueves, pero la sentencia aún no ha sido notificada porque falta la incorporación de los votos particulares de los magistrados que se posicionaron en contra de la opinión mayoritaria.

La norma avalada entró en vigor en septiembre de 2012 y había sido recurrida por el Parlamento de Navarra. El Constitucional ha rechazado el recurso en su mayor parte por considerar que el real decreto no vulnerara la Constitución porque el Gobierno justificó su adopción en un contexto económico excepcional. La retirada de la tarjeta sanitaria a los inmigrantes sin papeles formó parte de una batería de recortes en materia sanitaria decretados por Rajoy poco después de llegar a La Moncloa y con Ana Manto al frente del Ministerio de Sanidad.

Desde que entró en vigor en septiembre de 2012, los inmigrantes sin tarjeta de residencia solo tienen atención gratuita en urgencias, parto y posparto, aunque muchas comunidades se han saltado la norma y han seguido atendiendo a este colectivo. Desde su aprobación, Médicos del Mundo afirma que más de 800.000 personas han perdido el derecho a una asistencia sanitaria.

http://politica.elpais.com/politica/2016/07/22/actualidad/1469198956_988423.html

PÉREZ DE LOS COBOS PRORROGA SU MANDATO POR UNA LEY QUE EL PP VEÍA INCONSTITUCIONAL

El 20 de junio 2013 el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba el nombramiento de Francisco Pérez de los Cobos como presidente del Tribunal Constitucional. La ley contemplaba que el mandato presidencial abarcara un periodo de tres años, transcurrido el cual, el mismo candidato podría ser reelegido por un periodo idéntico de tiempo si no había agotado aún su permanencia máxima de nueve años en el TC. Es obvio que el legislador no pensó en casos excepcionales como, por ejemplo, que no coincidiera el último trienio presidencial con el de estancia en el Tribunal Constitucional. Esa circunstancia producía un vacío que nadie cuestionó durante años hasta que el PP, cuando entendió que iba en contra de sus intereses, decidió impugnar la norma.

El caso de Pérez de los Cobos es un ejemplo de lo mal que se hicieron las cosas. En una cosa tan aparentemente sencilla de cumplir como es la renovación en plazo de los órganos constitucionales es donde algunos vieron el modo de emprender una especie de batalla jurídico-mediática encaminada a desprestigiar la institución y a quien la presidiera si no comulgaba con sus ideas. Todo tiene relación de un modo u otro con el recurso que el PP presentó en 2006 contra el Estatuto de Cataluña. Da para un libro pero, a modo de resumen, señalar que la renovación de aquel Tribunal se demoró más de tres años y las consecuencias de aquel desbarajuste se siguen visualizando. Para no perseverar en el error y que las cuentas volvieran a cuadrar se consideró que los magistrados propuestos por el Senado en 2010 permanecieran tan sólo seis años en sus puestos. Otro parche más.

Es aquí donde las piezas del puzle empiezan a no encajar. Pérez de los Cobos, al igual que los otros tres magistrados propuestos por la Cámara Alta, ingresó en el Tribunal Constitucional en diciembre de 2010, esto es, le queda medio año para tener que abandonarlo. Lo que ocurre es que, en teoría, no hubiera podido ocupar su despacho presidencial más allá del pasado 20 de junio, cuando expiraban sus tres años de mandato, sin una modificación legal emprendida por los socialistas años atrás y que los populares tildaron entonces de inconstitucional. Era una norma no escrita. Se trataba de que cuando el periodo máximo de presidente (3 años) no coincidiera con el de estancia (9 años) para abandonar simultáneamente ambos cargos se prorrogaba el mandato de presidente de forma automática sin necesidad de tener que pasar por una reelección hasta que cesara como magistrado..

Eso fue lo que le sucedió a la expresidenta María Emilia Casas. De la nada salió un fuerte rumor amplificado por un medio de comunicación progresista de que el bloque conservador del Tribunal Constitucional quería aprovechar la coyuntura para forzar una votación prevista en la anterior ley para derrocar a la presidenta, una vez que su periodo de mandato ya había expirado. El rumor fue creciendo y el PSOE quiso enterrarlo con una reforma exprés de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) de tal forma que lo que era una norma no escrita adquiriera rengo de ley de la noche a la mañana.

El PP sacó toda su artillería para torpedear la reforma y, sarcásticamente, la bautizó como la ‘enmienda Casas’. El entonces diputado popular Ignacio Astarloa descalificó la norma y acusó a los socialistas de blindar a Casas en la presidencia. En realidad, el supuesto blindaje de la expresidenta si los políticos hubieran renovado el TC en plazo era de seis meses, el mismo tiempo que de forma automática, ya con la ley aprobada, ha visto prorrogado su mandato Pérez de los Cobos.

A partir del recurso interpuesto por el PP contra la reforma de la LOTC la expresión “por primera vez” se convierte en algo habitual en esta historia. Y es que por primera vez la presidenta y el vicepresidente, por aquel entonces, Guillermo Jiménez, decidieron abstenerse al entender que la norma les afectaba directamente puesto que hablaba de una prórroga automática tanto para al presidente como para el vicepresidente. También por primera vez el Gobierno recusó a dos magistrados del Tribunal Constitucional, Jorge Rodríguez Zapata y Roberto García Calvo, para apartarles del debate sobre la constitucionalidad de la ley. El motivo era una carta que hicieron llegar al pleno del Tribunal en la que ambos manifestaban su “profunda discrepancia” con el texto legal que había sido aprobado por el Ejecutivo. Este rechazo fue entendido como un acto que sirvió para prejuzgar la norma, por lo que quedaban “contaminados” para resolverla.

La Constitución prevé que el Tribunal Constitucional esté compuesto por doce miembros. Pues bien, con la presidenta y el vicepresidente abstenidos, con dos magistrados recusados, el quorum para resolver el incidente de recusación era de ocho magistrados, el mínimo previsto por la ley para resolver cualquier asunto. Así que por primera vez dos terceras partes del Tribunal se reunieron para resolver la cuestión presididos por el magistrado de mayor edad Vicente Conde. Pero la cosa no quedó ahí. El PP jugó todas sus bazas y recusó a otros tres magistrados del llamado sector progresista: Manuel Aragón, Pascual Sala y Pablo Pérez Tremps basándose sólo en informaciones periodistas que iban sin firma y que aseguraban que también se habían pronunciado sobre la reforma durante una reunión en el despacho de la presidenta.

La veracidad de la información fue desmentida por todos y cada de uno de los protagonistas de la noticia, incluidos por los magistrados del sector conservador, pero no impidió al PP seguir adelante. Las tres recusaciones no fueron admitidas a trámite y quedaron rechazadas de plano. Si no hubiera sido así el Tribunal Constitucional se hubiera metido en un laberinto jurídico sin precedentes y por primera vez se hubiera quedado sin quorum suficiente para celebrar un pleno. Aquello que en 2007 suponía una quiebra del Estado de Derecho, un “golpe oportunista” que vulneraba “sin ningún género de dudas” dos artículos de la Constitución, ha quedado olvidado, sobre todo si la modificación legal favorece a alguien que durante años pagó religiosamente sus cuotas como militante del PP. Ya nadie recuerda que el principal partido de la oposición llegó a recusar durante la tramitación del recurso contra el Estatuto de Cataluña a cuatro magistrados del sector progresista. Todo un récord o, si se prefiere, por primera vez un partido político trató de apartar a cuatro magistrados del TC.

https://www.cuartopoder.es/invitados/2016/06/27/perez-de-los-cobos-prorroga-su-mandato-en-el-tc-gracias-a-una-ley-que-el-pp-veia-inconstitucional/8065

El Constitucional avala que Camps equiparase embriones y niños

El 'nasciturus' puede tenerse en cuenta al puntuar las peticiones de plazas escolares

El Tribunal Constitucional ha avalado la decisión adoptada por el Gobierno valenciano en 2009, cuando lo presidía Francisco Camps, de equiparar a los embriones con los niños. La posible inconstitucionalidad de la equivalencia a efectos de solicitar plazas educativas había sido planteada por el Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana tras no encontrar "una interpretación de la disposición" que permitiera "la acomodación del precepto al ordenamiento constitucional".

El Constitucional considera que la norma valenciana, aplicada en varias órdenes de la Generalitat que regularon el acceso escolar, no contraviene la normativa estatal al haberse introducido como un criterio "adicional" a los fijados para el conjunto de España.

En 2009, siendo Camps presidente y Juan Cotino responsable de Bienestar Social y mientras el Ejecutivo presidido por José Luis Rodríguez Zapatero cambiaba la ley del aborto para introducir el sistema de plazos, la Generalitat aprobó medidas que suponían conceder ciertos derechos vinculados a la gestación. Lo hizo en el marco de un plan al que llamó Más Vida.

Una de las medidas, desarrollada en órdenes de la Consejería de Educación, preveía que en el acceso a centros escolares "los solicitantes cuya madre se encuentre en estado de gestación se beneficiarán de una puntuación idéntica a la que obtendrían si ya hubiera nacido su nueva hermana o hermano".

También contemplaban que en caso de empate entre aspirantes a entrar en un colegio se tuvieran en cuenta entre otros criterios la condición de "familia numerosa en cualquiera de sus categorías como madre gestante".

La regulación fue criticada por la oposición, anulada en una de sus aplicaciones concretas por un juez de Instrucción de Valencia y recurrida por la fiscalía y la Abogacía del Estado. Esta última, pese a la coincidencia al frente del Gobierno y el Consell del mismo partido, el PP, combatió jurídicamente el contenido de las órdenes educativas de la Generalitat en el Tribunal Superior valenciano.

Este órgano judicial planteó una cuestión de inconstitucionalidad al considerar que "la inclusión del nasciturus como sujeto de derecho a ser contabilizado como miembro de la unidad familiar" no figuraba en la normativa española. Y que tampoco encajaba "en la configuración jurídica que nuestro ordenamiento jurídico hace de la figura del nasciturus".

El Constitucional, según una sentencia fechada a mediados de diciembre a la que ha tenido acceso Efe, ha establecido que la normativa valenciana no invade competencias estatales. El tribunal señala que el marco educativo español establece unos criterios prioritarios a aplicar cuando existen menos plazas que solicitudes. "Pero no concreta ni la totalidad de criterios manejables ni especifican el modo preciso de baremar".

Al contemplar al embrión, la regulación valenciana persigue atender la expectativa de aumento del número de miembros de la familia, considera la sentencia. Y supone introducir un criterio "adicional" que se aplica de forma transversal a los fijados por la ley general sin contravenir por ello "las bases estatales".

El fallo también indica que la normativa autonómica concede a la figura del no nacido una puntuación "razonable" dentro del conjunto de elementos a valorar para la concesión de plazas, con lo que "no desfigura ni diluye los criterios básicos estatales".

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2016/01/08/valencia/1452279134_833063.html


OLLERO DEFIENDE SU IMPARCIALIDAD PARA ENJUICIAR LA LEY DE LA ABORTO

El magistrado del Tribunal Constitucional dice que actuará conforme a "criterios jurídicos"

El expresidente del Constitucional, Pascual Sala y el magistrado Andrés Ollero. PABLO HOJAS
"No estoy en el Tribunal Constitucional [TC] para intentar que prevalezcan mis juicios políticos ni morales, sino para utilizar criterios jurídicos, lo cual no quiere decir que lo que yo ponga en una sentencia no sea lo que a mí me parece lo ideal", ha manifestado este martes Andrés Ollero Tassara. El magistrado del TC ha defendido su imparcialidad para resolver el recurso contra la ley del aborto —presentado en 2010—, que fue aprobada el mismo año por el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, aunque la opinión pública "presuponga" que no es un "entusiasta" de la interrupción voluntaria del embarazo.

El magistrado Andrés Ollero Tassara, exdiputado del Partido Popular durante 17 años, ha reiterado que sus creencias personales no afectarán a la sentencia del recurso de inconstitucionalidad planteado por el Partido Popular contra la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, y que continúa sin resolverse cinco años después. Ollero ha defendido su objetividad en el marco de los cursos de verano de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) de Santander.

Aunque no se ha pronunciado específicamente sobre su rechazo o no hacia la ley del aborto, Ollero Tassara sí ha querido dejar claro que él no dijo en un artículo que "España fuera un paraíso abortista" con el Gobierno de Zapatero, sino que era una cita de un informe del Consejo de Estado defendiendo precisamente la normativa. El magistrado ha escrito algunos artículos en los que mostraba posiciones no favorables a la interrupción voluntaria del embarazo.

Andrés Ollero Tassara dirige el ciclo de conferencias Tribunal Constitucional: logros y dudas, que se desarrolla esta semana en la UIMP. Respecto a la desconfianza que pueda suscitar en la ciudadanía que los magistrados sean propuestos por los grandes partidos, ha subrayado que ellos actúan de forma independiente, sin atender a presiones políticas de ningún tipo, sino conforme a la normativa constitucional.

Otro de los ponentes del curso es el presidente emérito de TC y del Tribunal Supremo (TS) Pascual Sala, que se ha referido a la posible declaración unilateral de independencia catalana. Sala no ha querido hacer juicios "futuribles" de cómo actuaría el TC en tal caso, pero sí ha manifestado que espera soluciones políticas "proporcionadas, adecuadas y razonables" al "problema" que existe en las relaciones entre Cataluña y el resto de España porque, en su opinión, la actividad política de las dos partes "es necesaria" para encontrar soluciones.

http://politica.elpais.com/politica/2015/07/28/actualidad/1438086013_596726.html

PP Y PSOE VOTAN EN CONTRA DE IMPEDIR LA MILITANCIA EN EL CONSTITUCIONAL

Los socialistas alegan que han rechazado la enmienda por un problema técnico y que la recuperarán en el pleno

El PSOE y el PP sumaron ayer sus votos contra una enmienda que pretende impedir que los magistrados del Tribunal Constitucional puedan militar en algún partido político cuando están ejerciendo sus tareas jurídicas. La enmienda la propuso el grupo catalán ERC y contó con el apoyo de UPyD. Pretendía atajar casos como el de Francisco Pérez de los Cobos, el actual presidente del tribunal, que reveló su militancia en el PP solo cuando ya estuvo en el cargo.

El PP y el PSOE votaron juntos ayer en la Comisión Constitucional del Congreso en contra de una enmienda que trataba de prohibir la militancia política y sindical a los magistrados del Tribunal Constitucional en el ejercicio de su cargo. La enmienda era del diputado de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) Joan Tardà y fue apoyada por UPyD. Los socialistas alegan que no la apoyaron por un problema técnico. Argumentaron que en la ponencia —paso previo a la comisión celebrada ayer— solo estuvieron presentes PP y PSOE y por tanto fue imposible discutirla.

Fuentes socialistas aseguran que tienen intención de recuperarla e intentar incorporarla en el trámite futuro en el Pleno del Congreso cuando se debata la próxima semana. No saldrá adelante si el PP mantiene su rechazo a la misma.

En 2013, cuando EL PAÍS desveló que el actual presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, había sido militante del PP, la institución hizo pública una nota en la que citaba el auto 226/1988, de 16 de febrero de 1988, que aseguraba que “la Ley Orgánica de este Tribunal, de aplicación prioritaria respecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no impide que los magistrados puedan pertenecer a partidos y sólo se les impide ocupar dentro de los partidos cargos de carácter directivo”. Es decir, que lo que está prohibido es compatibilizar el cargo de magistrado con la dirección de un partido pero no con la militancia.

La enmienda de ERC pretendía, precisamente, establecer esa prohibición y hacerla equivalente a la de los miembros de la carrera judicial. En ningún caso se refiere a impedir el acceso al Constitucional a aquellas personas que hayan sido militantes de un partido o sindicato. Solo mientras sean miembros del tribunal.

En la polémica que se suscitó en el caso de Pérez de los Cobos, lo que se cuestionó no solo fue la militancia de este —pagó cuotas siendo presidente del Constitucional—, sino que no la comunicara hasta ocupar el cargo, cuando compareció en el Senado como aspirante a magistrado.

El Constitucional siempre ha arrastrado las críticas de estar muy politizado porque los partidos proponen a una parte de sus miembros. Pero cuando se reveló la militancia de Pérez de los Cobos, varios magistrados que han pasado por este tribunal enfatizaron que “jamás han conocido un precedente de un magistrado militante porque no lo permite taxativamente la ley”.

El PP y el PSOE han acordado en el Congreso cambiar la ley del Constitucional para restablecer el recurso previo de inconstitucionalidad pero solo para estatutos de autonomía. Es decir, que el tribunal vea los estatutos aprobados en las Cortes antes de que se sometan a referéndum.

http://politica.elpais.com/politica/2015/07/08/actualidad/1436381518_143552.html

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AMPARA AL FARMACÉUTICO DE SEVILLA QUE SE NEGÓ A TENER PÍLDORAS DEL DÍA DESPUÉS

El Alto Tribunal considera sin embargo que el derecho a la objeción de conciencia no le ampara a no dispensar preservativos

Un voto particular de la vicepresidenta del TC advierte de que el fallo supone un "drástico cambio doctrinal [que] puede traer consecuencias aciagas para nuestro Estado constitucional de Derecho y, en definitiva, para nuestra convivencia"

Negarse a tener en la farmacia la píldora del día después es una decisión protegida por el derecho a la objeción de conciencia. Así lo ha reconocido el Pleno del Tribunal Constitucional en una sentencia en la que ampara a un farmacéutico sevillano que fue sancionado por la Junta de Andalucía por no disponer de estas píldoras. Considera que el Gobierno andaluz vulneró su derecho a la objeción de conciencia "como manifestación de la libertad ideológica y religiosa que la Constitución reconoce en su artículo 16.1".

En cambio, ante la negativa de tener preservativos –como también fue el caso de este farmacéutico– el Tribunal rechaza concederle el amparo porque "ningún conflicto de conciencia con relevancia constitucional puede darse en este supuesto". El incumplimiento de la obligación de tener preservativos "queda a extramuros de la protección que brinda" la Constitución, matiza la sentencia.

La Junta de Andalucía le sancionó con más de 3.000 euros por no tener en la farmacia preservativos ni píldoras del día después. Sin embargo, no aclaró qué cantidad pedía por la ausencia de cada producto. Ante esta situación, el Tribunal da la oportunidad a la Junta de que reformule su denuncia teniendo en cuenta que solo podrá referirse a la negativa de tener preservativos.

No se puso "en peligro" el derecho de la mujer

Los magistrados del Constitucional han tenido que analizar, por un lado, si el derecho a la objeción de conciencia que la doctrina constitucional reconoce a los médicos puede también aplicarse a los farmacéuticos. Y por otro, hasta qué punto compromete este derecho la salud sexual y reproductiva de la mujer a través de la interrupción voluntaria del embarazo.

Pese a las diferencias que hay entre médicos y farmacéuticos a la hora de interrumpir un embarazo, el Pleno considera que hay cierto paralelismo porque el efecto de esta píldora choca "con la concepción que profesa el demandante sobre el derecho a la vida".

Respecto a la decisión del farmacéutico de no tener en su negocio el "mínimo" legal de píldoras y preservativos, el Tribunal concluye que no puso "en peligro" el derecho de la mujer a disponer de estos productos porque la farmacia está en el centro de Sevilla y pudo haberlos encontrado en otras cercanas.

Además, la sentencia destaca que el farmacéutico estaba inscrito como objetor de conciencia en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Sevilla, cuyos estatutos –aprobados por la Junta en 2006– reconocen la objeción de conociencia como un "derecho básico de los farmacéuticos colegiados".

"Drástico cambio doctrinal que puede tener consecuencias"

El fallo incluye tres votos particulares. La vicepresidenta del TC, Adela Asua, dice que se debió denegar el amparo y considera que el derecho a la libertad de conciencia no puede ser considerado como parte del derecho a la libertad ideológica, pues ni la Constitución ni ninguna ley del Parlamento contienen tal reconocimiento.

Adela cree además cree que esta sentencia no se adecúa a la jurisprudencia constitucional y a la del Tribunal Europeo de Derecho Humanos, y subraya que este "drástico cambio doctrinal puede traer consecuencias aciagas para nuestro Estado constitucional de Derecho y, en definitiva, para nuestra convivencia", pues pueden ser muchos "los supuestos afectados por la negativa a cumplir el correspondiente deber jurídico apelando al derecho a la objeción de conciencia, conformado a voluntad de quien esgrime la objeción, sin necesidad de una previsión legal al respecto".

Por su parte, el magistrado de tendencia conservadora Andrés Ollero, a través de su voto, reflexionó que "las exigencias del artículo 16 –de la Constitución– giran en torno a la neutralidad de los poderes públicos y su no injerencia en la conciencia –jurídica o moral– del ciudadano". Y sentencia que "no parece compatible con ello que los magistrados del Tribunal puedan considerarse llamados a erigirse en directores espirituales de los ciudadanos, aleccionándolos sobre qué exigencias de su conciencia gozan de la protección de un derecho fundamental y cuáles han de verse descartadas por tratarse de retorcidos escrúpulos".

http://www.infolibre.es/noticias/politica/2015/07/06/el_constitucional_avala_farmaceutico_sevilla_que_nego_tener_pildoras_del_dia_despues_34892_1012.html

EL PSOE RECTIFICA 24 HORAS DESPUÉS SU APOYO A QUE MILITANTES DE UN PARTIDO ESTÉN EN EL TC

Los socialistas y el PP rechazaron el miércoles una enmienda de ERC que pretendía reforzar la incompatibilidad de los magistrados del Alto Tribunal

Ahora llevará al Senado su propia enmienda, en la que defenderá su posición contraria a que afiliados a un partido entren en el TC

El PSOE cambia de voto. En menos de 24 horas. El miércoles rechazó, con el PP, una enmienda de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) que prohibía a los militantes de los partidos ser magistrados del Tribunal Constitucional (TC). Ahora, está dispuesto a subsanar su error. La próxima semana dejará "claro" en el pleno del Congreso que no respalda, "ni ha respaldado", que aquellos que tengan carné puedan entrar en el tribunal de garantías, e introducirá una enmienda en el Senado en ese sentido. Un gesto que no tendrá efectos prácticos, ya que previsiblemente el PP, que cuenta con mayoría absolutísima en las dos Cámaras, la tumbará.

Ese es el plan que van a desplegar los socialistas, según confirmaron fuentes de la dirección del grupo en el Congreso a infoLibre. No se trata de "rectificar", sostienen, porque "la posición del partido siempre ha estado clara", sino de remarcar que no comparten la postura del PP y de dejarlo por escrito.

El lío le ha venido al PSOE por lo que ocurrió el miércoles en la Comisión Constitucional del Congreso, en la que se debatió una proposición de ley que había pactado con el PP para recuperar el recurso previo de inconstitucionalidad en los estatutos de autonomía o reformas de los mismos. ERC introdujo una enmienda [aquí en PDF] con la que pretendía reforzar la incompatibilidad de los miembros del TC. Actualmente, estos no pueden compaginar ese puesto con "el desempeño de funciones directivas" en los partidos o sindicatos, pero los republicanos piden ir más allá. "Los magistrados del Tribunal Constitucional no podrán pertenecer a partidos políticos o sindicatos", redactó. Una respuesta, lógicamente, a la polémica que estalló hace justo dos años, cuando trascendió que el actual presidente del tribunal de garantías, Francisco Pérez de los Cobos, había sido militante del PP y a la vez miembro del TC. Escándalo por el que el propio PSOE pidió explicaciones.

UPyD apoya a ERC

"El caso del actual presidente del TC clama al cielo, porque es una vergüenza que un militante del PP presida el TC, lo cual ya denota lo corrupto que es este órgano en sus funciones. Creo que el hecho de que un militante del PP presida esta alta institución deja por el suelo la imparcialidad que se le debería suponer", defendió el diputado republicano Joan Tardà en la sesión del miércoles. En realidad, y según confirmaron fuentes del Alto Tribunal a este diario, Pérez de los Cobos sí mantuvo su carné después de acceder al TC –en enero de 2011–, pero se dio de baja antes de convertirse en presidente –en junio de 2013–, porque entendía que con ese cargo representaba a toda la institución. Lo que no precisan en su equipo es la fecha exacta en la que perdió su afiliación al partido del Gobierno.

Ninguno de los portavoces de los demás grupos –PNV, Izquierda Plural, Convergència y Amaiur– se refirió explícitamente a la enmienda de ERC, salvo Rosa Díez, para anunciar su voto a favor de la propuesta de Tardà. "Ya sé que la independencia no se arregla teniendo carné o no, pero es un paso y también es un mensaje", aseguró la todavía líder de UPyD.

El PP, a través de su diputada Pilar Cortés, protestó por el tenor de las modificaciones planteadas por otros grupos, porque no se ceñían a la cuestión central de la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), el recurso previo. Porque ERC también planteaba, por ejemplo, cuestiones relativas a la renovación de los magistrados o a la capacidad de nominación de las comunidades autónomas.

Un solo objeto

El socialista José Enrique Serrano –fontanero de los Gobiernos de Felipe González y José Luis Rodríguez Zapatero, y hombre de confianza también de Pedro Sánchez, que lo acaba de incluir en su comisión de expertos para la reforma constitucional– lamentó que en la reunión previa de la ponencia (el lunes 6 de julio) no acudieran los portavoces de los grupos minoritarios, por lo que no pudo negociarse ninguna enmienda.

Resultado: enmienda rechazada por PP y PSOE, apoyada por ERC, UPyD, Izquierda Plural, PNV y Amaiur y con la abstención de Convergència.

Los socialistas se quejan del comportamiento de ERC, porque "siempre se aprovechan las reuniones de ponencia" para negociar enmiendas, de modo que si hubiera ido Tardà a la convocatoria del lunes, "se habría podido discutir". "Hay ocasiones en las que los grupos pequeños no podemos ir, simplemente porque no llegamos al coincidir varias ponencias y comisiones, pero cuando hay algo importante, sí hablamos por teléfono antes si hay interés en negociar", responde por su parte Tardà.

Pero no esa la única razón por la que el PSOE votó con el PP. "Claro que tenemos algunas cosas en la cabeza respecto al TC que querríamos cambiar. Pero nosotros llevamos planteando este asunto del recurso previo formalmente desde hace dos años, desde la Declaración de Granada, y el PP no había dicho nada hasta ahora. Cuando nos dijeron que activaban la tramitación, podíamos entrar o no entrar. Y es verdad que la proposición de ley tiene un solo objeto, y se llama así de hecho, que es recuperar con el recurso previo. Y la mayor parte de las enmiendas que planteaban los grupos no tenían que ver con esto", cuenta un diputado socialista que conoce al detalle la negociación.

"Mimar" al TC

Además, había otra "dificultad técnica": los socialistas suelen recordar al Gobierno, en línea con lo requerido por el TC, que las enmiendas han de ser congruentes con el contenido de las leyes, de modo que entendían que la cuestión de las incompatibilidades de los magistrados no acababa de encajar.

Otra razón: de la lectura de la enmienda de ERC "hay quien interpreta que no se puede nombrar magistrado del TC a quien haya sido militante", cosa con la que el PSOE no está de acuerdo. Rechaza que un miembro del Alto Tribunal tenga carné, pero no ve mal que lo tenga antes de acceder a su plaza. "Afiliarse a un partido es un derecho fundamental que no estigmatiza a nadie. Hay dudas por tanto del alcance de la modificación planteada por los republicanos".

Último argumento: el PSOE era consciente, según afirman quienes han estado sumergidos en el diálogo con el Gobierno, de que el PP se podía echar atrás con la incorporación del recurso previo si Ferraz planteaba por propia iniciativa cuestiones ajenas al asunto central de la reforma. En el ánimo del PSOE está, además, su voluntad de no "introducir más bronca en torno al TC, porque hay que mimarlo, ya que está muy tocado, y es una institución clave en el Estado". Y no pretendía sacrificar el pacto sobre el recurso previo, cuando el PP había "asumido buena parte" de la redacción planteada por los de Pedro Sánchez.

UPyD apuntala esta versión. "A mí me dijeron que no querían reabrir el texto acordado con el PP –señala Díez–. Creían que iba a pasar desapercibido. Pero al pedir yo votación separada de las enmiendas de ERC se descubrió el asunto".

Defensa de la posición en la tribuna

Los socialistas consideran que la posición del partido era diáfana desde un principio. Porque así la expresaron cuando estalló la polémica: pidieron explicaciones a Pérez de los Cobos por haber "ocultado" su militancia en el PP cuando las Cortes examinaron su idoneidad y reclamaron su comparecencia, que los conservadores vetaron. El TC justificó la afiliación de su presidente y, en su respuesta a las recusaciones presentadas por el Parlament y la Generalitat de Catalunya, consideró que la obligación de "imparcialidad" que la ley impone a los magistrados no equivale a neutralidad.

El próximo jueves, 16 de julio, el pleno del Congreso debatirá de nuevo la enmienda de ERC, porque ha decidido mantenerla viva. Serrano reiterará la posición del PSOE contraria a que los militantes de un partido puedan estar en el TC, pero no votará a favor del texto de los republicanos porque cree que hay que afinar la redacción. El Reglamento de la Cámara baja permite a transaccionar enmiendas en el mismo pleno, pero sólo pueden votarse si están de acuerdo todos los grupos. Con que uno se oponga, ya no se puede tramitar el texto alternativo. Y el PSOE tiene serias dudas de que el PP vaya a consentir la introducción de una transaccional.

Así las cosas, esperará al Senado. Entonces, según asegura la dirección, sí presentará su propia enmienda, que los conservadores, según anticipa, rechazará y, en consecuencia, no saldrá aprobada. Pero al trasladar el debate en la Cámara alta se garantiza también que la exposición mediática sea menor. Y también la bronca en torno al TC, que quiere evitar.

http://www.infolibre.es/noticias/politica/2015/07/10/el_psoe_rectificar_apoyo_militantes_partido_entren_tc_35120_1012.html

EL CONSTITUCIONAL AVALA LA LEY QUE INICIÓ LA PRIVATIZACIÓN SANITARIA

La presión social obligó a González a paralizar la 'externalización' de seis hospitales

Estima parcialmente el recurso del PSOE en el caso de los centros de salud

El Tribunal Constitucional ha desestimado un recurso presentado por el PSOE contra la ley madrileña que permitía entregar a empresas privadas la gestión de seis hospitales, el mayor plan de privatización sanitaria puesto en marcha en España. Los magistrados consideran que la norma no es inconstitucional, aunque no entran a valorar el fondo del asunto.

La ley, aprobada en 2012, permitía adjudicar contratos para la gestión del servicio público sanitario. El Constitucional concluye que el texto legal únicamente abre la puerta a la posibilidad de que sean empresas privadas las que lo hagan, pero no es “un imperativo”. Y recuerda que la legislación estatal permite desde 1997 otras formas de gestión en el sistema nacional de salud.

El artículo de la ley madrileña de 2012 que abría la puerta a la entrada de empresas privadas era efectivamente muy genérico. Autorizaba a “adjudicar contratos para la gestión del servicio público de asistencia sanitaria especializada” en seis hospitales construidos con dinero público e inaugurados en 2008. La decisión afectaba a 5.000 trabajadores y a 1,2 millones de madrileños.

Una vez aprobada la ley, la Comunidad de Madrid sacó a concurso esos seis centros, hasta entonces gestionados bajo la forma jurídica de la empresa pública. Los adjudicó, sin esperar a las sentencias de los tribunales en los que se acumulaban varios recursos, en agosto de 2013 a tres gigantes de la sanidad privada.

El presidente madrileño, Ignacio González, acabó renunciando al plan privatizador en enero de 2014 por la presión de la marea blanca —el mayor movimiento de protesta del sector sanitario en los últimos años— y por varios reveses judiciales que dejaron en suspenso el proceso. Sin embargo, la ley madrileña 8/2012 con la que empezó todo siguió vigente. Y esta es la que ahora el Constitucional avala.

Fuentes jurídicas reiteraron a EL PAÍS que los jueces no entran a valorar el tipo de gestión ni su “eficacia” ni los pliegos del concurso ni la adjudicación, sino únicamente la constitucionalidad de la norma. Señalan que, a diferencia de lo que argumentaba el PSOE, no crea desigualdades entre los pacientes atendidos bajo una forma u otra de gestión y que la titularidad pública del servicio se mantiene.

“Nuestro juicio de constitucionalidad debe quedar ceñido al texto del impugnado artículo”, señalan los magistrados, “sin que podamos entrar a valorar eventuales diferencias de trato entre ciudadanos que su desarrollo o práctica aplicativa pudiera generar y que, en caso de producirse, obviamente quedarían sujetas a los mecanismos de tutela y control dispuestos por el ordenamiento”.

“La opción por un sistema de gestión indirecta de los hospitales”, añade, “no representa, por ello mismo, una auténtica novedad sino la utilización de una posibilidad que, más allá de su mayor o menor novedad, abrió el legislador básico estatal en la Ley de 25 de abril de 1997”, concluye.

El Constitucional sí estima parcialmente el recurso de 50 senadores socialistas en lo que concierne a otro de los intentos privatizadores del Gobierno madrileño: entregar la gestión del 10% de los centros de salud de la región a empresas constituidas en total o en su mayor parte por profesionales del Servicio Madrileño de Salud. Este artículo contradice la ley que regula los contratos del sector público, que contempla la igualdad de trato entre los candidatos a un concurso.

El plan privatizador llevaba suspendido cautelarmente desde septiembre de 2013, cuando el Tribunal Superior de Madrid ordenó paralizar el proceso hasta poder entrar en el fondo del asunto. El auto apuntaba a posibles irregularidades en la adjudicación, como la modificación de las condiciones del concurso solo cuatro días antes de cerrarse el plazo, y a que los cambios en la gestión serían “irreversibles” si acabara fallando contra el Gobierno.

Un año de lucha de la ‘marea blanca’

31 de octubre de 2012.El presidente madrileño, Ignacio González, anuncia, junto con los presupuestos del año siguiente, su intención de privatizar la gestión de seis hospitales y el 10% de los centros de salud.

2 de noviembre de 2012. Una asamblea multitudinaria en el hospital de La Princesa inicia un encierro indefinido contra otro de los anuncios del Gobierno: el “desmantelamiento” de este centro, que pasa a convertirse en emblema de la lucha por la sanidad pública.

Mediados de noviembre de 2012. Apenas dos semanas después, prácticamente todos los hospitales públicos mantienen encierros indefinidos en sus dependencias.

26 de noviembre de 2012. Empiezan las huelgas. La primera jornada de paro total del sector sanitario, convocada por todos los sindicatos, coincide con el inicio de los paros indefinidos organizados por los médicos de la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (AFEM). Esta entidad se convertirá en la más activa en su lucha contra la privatización, tanto en los tribunales como en la calle.Cinco semanas de huelga indefinida. Durante ellas, los médicos madrileños dejaron 50.000 consultas suspendidas y cerca de 6.500 operaciones aplazadas.

Febrero de 2013. Una asamblea multitudinaria de médicos de AFEM vota recolectar dinero para parar la privatización en los tribunales. Partidos de la oposición y sindicatos también anuncian recursos.

En los meses siguientes se acumulan hasta 14 causas en diferentes tribunales. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) suspende cautelarmente la privatización en julio tras una denuncia del PSOE, pero la levanta dos semanas después al considerar que el partido no tenía legitimación. A principios de septiembre de 2013, otro juzgado ordena la suspensión. Unos días más tarde, la sección tercera del TSJM toma la misma resolución hasta estudiar el fondo del asunto.

En enero de 2014, González anuncia que abandona los planes privatizadores. El TSJM dio por cerrados los recursos.

http://politica.elpais.com/politica/2015/05/05/actualidad/1430827755_958737.htmlEL SUPREMO INVESTIGA POR PREVARICACIÓN AL JUEZ DEL CONSTITUCIONAL GONZÁLEZ-TREVIJANO

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida por Manuel Marchena, ha designado al magistrado Cándido Conde-Pumpido, fiscal general del Estado durante los dos mandatos de José Luis Rodríguez Zapatero (2004-2011), ponente en la causa abierta contra el magistrado del Tribunal Constitucional Pedro González-Trevijano por un presunto delito de prevaricación.

González-Trevijano, que fue rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) antes de incorporarse en 2013 al Alto Tribunal de la mano del PP, se enfrenta a una querella que le acusa de haber tejido una "tupida trama clientelar" y amparado "numerosas contrataciones ilegales de profesores", saltándose los "procedimientos legalmente establecidos" durante su etapa como rector (2002-2013).

El hilo argumental de la querella, presentada por el profesor titular de la Facultad de Ciencias de la Comunicación de la URJC Salvador Perelló, es la contratación presuntamente ilegal del profesor visitante Marco Landeta Vacas, cuya esposa, madre y tía también figuran en la nómina de esa universidad pública. Y a través de ese hilo, Perelló trata de desenrollar el ovillo del supuesto nepotismo practicado por González-Trevijano durante casi 11 años.

El ahora magistrado del Tribunal Constitucional –que gastó en sólo cuatro años como rector más de 473.000 euros sin justificar en "atenciones protocolarias y representativas"– aseguró ayer a El Confidencial, a través de un portavoz, que no ha recibido "notificación alguna del Tribunal Supremo referida a una querella en su contra". Y añadió que no puede "decir nada respecto de algo que no conoce".

El caso de Landeta Vacas "es sólo la punta del iceberg", sostiene la querella por prevaricación contra González-Trevijano. En el curso académico 2012-2013, el entonces rector de la URJC promovió la contratación de aquel como profesor visitante del Departamento de Ciencias Sociales de la Facultad de Ciencias de la Comunicación, el mismo al que pertenece Perelló, pese a que supuestamente no reunía los requisitos que fija la Ley Orgánica de Universidades (LOU).

El artículo 54 de la LOU, que regula la figura de los profesores visitantes, establece sólo dos condiciones para su contratación: que sean "profesores o investigadores de reconocido prestigio" y que procedan "de otras universidades y centros de investigación, tanto españoles como extranjeros". Landeta Vacas no cumplía ninguna de las dos: era un mero licenciado universitario –no acabó el doctorado hasta 2013– y nunca había practicado la docencia en otra universidad.

El joven profesor, sin embargo, sí reunía un mérito no contemplado en la LOU: sus relaciones de parentesco. Su madre, Catalina Vacas, era entonces decana de la Facultad de Turismo de la URJC; su tía, Trinidad Vacas, ocupaba el cargo de coordinadora del Área de Geografía Humana adscrita al Departamento de Ciencias Sociales –el mismo en el que trabajaba el querellante y en el que fue colocado su sobrino–; y su esposa, María José Ferrera, era secretaria administrativa del decanato de la Facultad de Ciencias del Turismo.

Según el relato de la querella, "con la única finalidad de seguir beneficiando a la familia Vacas y ocultar la trama clientelar y endogámica perpetrada" por González-Trevijano, este promovió el traslado de Landeta Vacas a la facultad de la que su madre era entonces decana. Para ello, propuso al Consejo de Gobierno de la URJC el cambio de adscripción del Área de Geografía Humana: pasaría del Departamento de Ciencias Sociales de Ciencias de la Comunicación al Departamento de Lenguas Modernas de Ciencias del Turismo.

"Nadie sensato desde el punto de vista académico puede defender que es más coherente que el área de conocimiento Geografía Humana esté con Francés que con Ciencias Sociales. Algo sencillamente ridículo y únicamente fundamentado en una suerte de reagrupación familiar en la Facultad de Ciencias del Turismo (...) por la sola finalidad espuria de que el señor Landeta Vacas realice sus tareas en la facultad donde su madre es decana", sostiene la querella.

El Consejo de Gobierno de la URJC debatió en diciembre de 2012 la propuesta de González-Trevijano. Pero "el escándalo fue tal que, finalmente, tuvo que retirarla", prosigue la querella. Durante aquella reunión, el catedrático Octavio Uña pidió la palabra y, dirigiéndose, al entonces rector, afirmó: "Te pido hoy, aquí, en alto, que paralices de inmediato esta infamia y evites a este Consejo de Gobierno la tesitura de tener que votar esta aberración, ejemplo máximo de endogamia".

http://www.elconfidencial.com/espana/2014-11-19/el-supremo-investiga-por-prevaricacion-al-juez-del-constitucional-gonzalez-trevijano_470545/

EL CONSTITUCIONAL ESTIMA IMPARCIALES A LOS DOS MAGISTRADOS RECUSADOS POR EL PARLAMENT

El Tribunal considera por unanimidad que no existen motivos para dudar de la imparcialidad de Pérez de los Cobos, exmilitante del PP, y de González Trevijano, también vinculado al partido, para fallar sobre la consulta.

El Constitucional ha rechazado las recusaciones por falta de imparcialidad que el Parlament de Catalunya presentó contra el presidente de este tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, y el magistrado Pedro González-Trevijano.

El pasado jueves la Mesa del Parlament acordó presentar las recusaciones dentro del procedimiento abierto por los recursos que el Gobierno central ha presentado contra la ley de consultas catalana y el decreto que la desarrolla y la convoca para el 9 de noviembre.

El pleno del Tribunal Constitucional, reunido desde el pasado martes, ha estudiado este asunto y ha resuelto rechazar que existan motivos para dudar de la imparcialidad de los magistrados en un acuerdo votado unánimemente por todos sus miembros.

En el caso del presidente del tribunal, el pleno recuerda que no puede volver a examinar los mismos motivos sobre los que ya se pronunció en septiembre de 2013, cuando inadmitió las recusaciones formuladas entonces por el Parlament y por la Generalitat de Catalunya, las cuales ahora volvía a reiterar la Cámara catalana.

También descarta que las manifestaciones de Pérez de los Cobos en un discurso en diciembre de 2005, antes de ser magistrado del Tribunal, "puedan menoscabar su imparcialidad".

TC: "No cabe la recusación de un juez por tener criterio jurídico anticipado"En este sentido, recuerda que desde 2006 el Tribunal viene sosteniendo que "no puede pretenderse la recusación de un juez por el mero hecho de tener criterio jurídico anticipado sobre los asuntos que debe resolver".

"Nadie puede ser descartado como juez en razón de sus ideas", añade el alto tribunal antes de descartar que tenga sentido recusar por falta de imparcialidad a un magistrado por supuesta "enemistad ideológica", como hacen las recusaciones con González-Trevijano, hacia quien el Parlament utilizaba argumentos coincidentes a los empleados respecto a Pérez de los Cobos.

El Parlament usaba como base varias manifestaciones de ambos magistrados para demostrar su falta de objetividad pero el TC responde que las declaraciones se refieren a proyectos o normas "que no son objeto de impugnación en el proceso en el que se formula la recusación".

El pasado 2 de octubre la Mesa del Parlamento catalán acordó presentar un escrito de recusación contra Pérez de los Cobos y González-Trevijano para que se abstuvieran de intervenir en los recursos de la consulta del 9-N.

La recusación estaba apoyada por los grupos parlamentarios de CiU, ERC, ICV-EUiA y CUP y consideraba comprometida la "imparcialidad" de ambos magistrados por su militancia o exmilitancia en el PP y también por su afinidad ideológica con este partido, que fue el precursor de la sentencia que recortó el Estatut, afirmaban.

Similitudes con otra recusación

Se basaba en hechos similares a los que fundamentaron otra recusación que el Parlamento catalán presentó en septiembre de 2013 para que Cobos se abstuviera de participar en las deliberaciones de siete procedimientos abiertos que afectaban a la Cámara. Aquella petición ya fue desestimada por el tribunal.

Pérez de los Cobos militó en el PP entre los años 2008 a 2011, algo que el Parlament considera incompatible con dictar sentencias que afecten al Estatut o a las leyes básicas que lo "despliegan", lo que incluye la ley de consultas.

La respuesta del pleno del TC que ha sido votada hoy sigue igualmente los mismos fundamentos en los que se basó el auto que rechazaba aquella anterior recusación.

En aquel momento el Tribunal Constitucional consideró que la obligación de "imparcialidad" que la Ley impone a sus magistrados no equivale a neutralidad. Ahora ha rechazado admitir las dos recusaciones tomando aquella resolución como base.

http://www.publico.es/politica/549130/el-constitucional-estima-imparciales-a-los-dos-magistrados-recusados-por-el-parlament

SÁNCHEZ RECUERDA LA MILITANCIA DE COBOS EN EL PP ANTE EL RECURSO DEL ABORTO

El líder del PSOE pide que el nuevo ministro de Justicia retire la impugnación del Constitucional

Después de la dimisión del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón por “no tener capacidad” para sacar adelante la contrarreforma de la ley actual del aborto ahora toca la retirada del recurso de inconstitucionalidad que contra ella interpuso el PP. Esta es la petición de buena parte de la oposición y singularmente del secretario general del PSOE, Pedro Sánchez.

Su argumento se centra en el fondo de la ley pero, además, añade que el Tribunal Constitucional no está en condiciones de dictaminar con imparcialidad la ley por la militancia al menos hasta 2011 de su presidente, Francisco Pérez de los Cobos. Es más, el político socialista ha hablado en presente de esa afiliación. “El presidente del Tribunal Constitucional no puede ver esa ley porque es militante del PP”. La militancia en el PP del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos —ocultada en la comisión de nombramientos del Senado, previa a su designación—, desencadenó no solo protestas sino también peticiones de nulidad de resoluciones en las que había participado como magistrado. Todo quedó en nada porque por una mayoría el propio tribunal le amparó y consideró que no había motivos para que se abstuviera de participar en las votaciones. Ahora el nuevo líder del PSOE reaviva el asunto al invocar la militancia, aunque sin cargos, en el partido que ahora gobierna.

Esa es una razón suficiente, según el PSOE, para que Pérez de los Cobos no tenga parte en ninguna deliberación sobre esa ley pero lo que persigue Pedro Sánchez es que no haya lugar a deliberación. “Le pido al nuevo ministro de Justicia como primera tarea que retire el recurso de inconstitucionalidad contra la legislación del aborto que está en la línea de las leyes de las sociedades más avanzadas”, ha dicho. Y la segunda tarea es otra retirada: la ley de tasas judiciales que “está impidiendo el acceso a la justicia de muchos ciudadanos por razones económicas”.

La pelea ahora de la oposición va a estar en la retirada de ese recurso y, por supuesto, que no se toque la actual ley. Mientras Pedro Sánchez hacía estas consideraciones, el diputado de Izquierda Plural, Gaspar Llamazares, interpelaba al gobierno sobre el mismo asunto. Los aspectos que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, quiere cambiar, según ha expresó en el momento que anunció la retirada del proyecto propio, también va a ser cuestionado por la oposición. Se trata de las condiciones para abortar de las jóvenes de 16 y 17 años. Toda vez que se ha instalado la incorrecta tesis de que pueden interrumpir el embarazo sin la opinión de un mayor de edad, el secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, ha leído ante los medios de comunicación la literalidad de la ley. Las jóvenes de esa edad deben contar con la opinión favorable del padre o de la madre y en su defecto de un tutor. La exclusión de toda autorización de un adulto para abortar se restringe a que la menor pueda sostener “fundamentadamente” que está en riesgo su integridad física al vivir en un entorno familiar de violencia, incluida las agresiones sexuales.

“Queremos que el presidente del Gobierno nos diga qué parte de esta legislación sobre las menores de 16 y 17 años quiere quitar”, ha requerido Pedro Sánchez. Los socialistas tras la dimisión de Alberto Ruiz Gallardón presionarán para que la ley que aprobó el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero y su ministra de Igualdad, Bibiana Aído, se mantenga vigente.

http://politica.elpais.com/politica/2014/09/24/actualidad/1411558102_302299.html

RADIOGRAFÍA DEL TRIBUNAL QUE DECIDIRÁ SOBRE EL RECURSO DEL PP CONTRA LA LEY DE PLAZOS DE ZAPATERO

Fuentes del Alto Tribunal mantienen que el fallo no se va a acelerar por la retirada el texto. "A efectos del TC no ha cambiado nada todavía"

La proporción es de siete jueces conservadores frente a cinco progresistas
El ponente, Andrés Ollero, manifestó en el pasado que dejar a una madre abortar "es autorizar un acto de guerra contra su hijo"

Con el anteproyecto de reforma de la ley del aborto en un cajón, todas las miradas dentro y fuera del Partido Popular se dirigen hacia el Tribunal Constitucional (TC), que lleva más de cuatro años para decidir el recurso planteado por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el año 2010. La oposición teme que un TC de mayoría conservadora (siete frente a cinco progresistas) acabe poniendo en bandeja a Mariano Rajoy acabar con una ley que prometió modificar en el programa electoral de 2011 y que ahora descarta hacerlo tal y como lo habían planteado en el anteproyecto de diciembre de 2013 por miedo a seguir perdiendo votos en las municipales y autonómicas. Sería la forma de los conservadores de contentar a su electorado molesto con la retirada de la ley Gallardón y, por otro lado, de vacunarse contra las críticas apelando a que es el Alto Tribunal el que ha declarado la inconstitucionalidad del texto.

Fuentes del Alto Tribunal consultadas por infoLibre aseguran que la retirada del anteproyecto elaborado por el Ministerio de Justicia no acelera de ninguna manera los planes para abordar el tema. "A efectos del TC no ha cambiado nada", subrayan.

La Ley del Aborto en vigor nunca ha llegado al pleno del TC desde que los conservadores plantearon su recurso en 2010. Ni se conoce en qué punto exacto de elaboración se encuentra la ponencia. La última información oficial se conoció el pasado febrero. El tribunal de garantías contestó al diputado de IU Gaspar Llamazares que el “procedimiento se encuentra concluso” y únicamente “pendiente de señalamiento para votación y fallo”. Es decir, que los recursos del PP y de Navarra –el Gobierno foral presentó su impugnación en 2010– están admitidos a trámite y a la espera de sentencia.

Llegado el momento de la votación, los magistrados conservadores son mayoría frente a los progresistas. Y en el primer grupo hay algunos de ellos muy vinculados al Partido Popular. Es el caso del ponente, Andrés Ollero, conocido por sus posiciones antiabortistas y su vinculación al Opus Dei. O de Francisco Pérez de los Cobos, presidente del Alto Tribunal, que fue militante del partido de Rajoy hasta que llegó a la presidencia del TC, y cuyo voto es el que decide en caso de empate. Rajoy es el presidente del Gobierno que más pronto se ha garantizado el control del Constitucional. No en vano, el Gobierno actual ha logrado las riendas del Alto Tribunal en menos de 18 meses, mientras que Felipe González y José María Aznar tardaron cinco y seis años en disponer de una mayoría favorable. Zapatero lo logró en siete años.

A continuación se ofrece la radiografía de los magistrados que tienen entre manos la respuesta al recurso planteado por 71 diputados el Grupo Parlamentario Popular en 2010. Unos trabajos que fueron coordinados por Federico Trillo.

1. FRANCISCO PÉREZ DE LOS COBOS. PRESIDENTE. CONSERVADOR

Elegido presidente del Alto Tribunal el 19 de junio de 2013. Ingresó en el Tribunal Constitucional propuesto por el PP en el cupo del Senado en 2010. Catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid, su perfil fue aceptado por el PSOE. Pero Pérez de los Cobos no era un desconocido para el partido de Mariano Rajoy. Fue esta formación la que le eligió también como miembro del Consejo Económico y Social, organismo en el que pasó más de una década.

En círculos judiciales le atribuyen la etiqueta de conservador, pero moderado. O lo que es lo mismo, conservador moderado. Así, en 2012 votó a favor del reconocimiento del matrimonio homosexual y en contra del recurso presentado por el partido que le propuso para el cargo. También ha mantenido relación con FAES, la formación presidida por José María Aznar, redactando algunos documentos.

Un mes después de ser nombrado presidente del TC estalló el escándalo después de que el diario El País informara de que llegó a pagar cuotas de militante del PP al menos hasta 2011.

El propio De los Cobos, admitió después ante el Pleno del Alto Tribunal que pagó cuotas como militante al PP entre los años 2008 y 2011 aunque precisó que a partir de ese año dejó de hacerlo. No obstante, fuentes de la institución sostienen que dejó su carné de partido en cuanto fue designado presidente en junio de 2013, al entender que "asumía un cargo representativo que así lo aconsejaba". Esto supone que continuaba siendo militante mientras que era miembro raso del TC.

En su condición de presidente, su voto decide el sentido de un fallo si se presenta un empate en las votaciones.

2. ADELA ASUA. VICEPRESIDENTA. PROGRESISTA

Fue elegida magistrada por el Senado en 2010 a propuesta del Parlamento vasco con el apoyo del PSOE. Su elección como vicepresidenta tuvo lugar el 19 de junio de 2013.

En pleno debate sobre el modelo de Estado tras la abdicación de Juan Carlos I, Asua sostuvo que la posibilidad de reformar la Constitución para decidir si se modifica o no el sistema de monarquía parlamentaria: es "una cuestión del legislador".

Licenciada en Derecho y especializada en Criminología, destaca por sus publicaciones sobre terrorismo y violencia de género.

3. LUIS IGNACIO ORTEGA ÁLVAREZ. PROGRESISTA

Llegó al TC en 2010 a propuesta del Parlamento de Castilla-La Mancha con el apoyo de los socialistas. Licenciado en Derecho (Premio extraordinario de Licenciatura) y doctor en Derecho, dirigió el equipo de profesores universitarios que redactó el borrador del proyecto de reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha, un texto que no vio la luz por la falta de apoyo del PP. Asimismo, ha sido miembro del grupo de estudio de Asuntos Europeos de la Fundación Elcano desde 2006 a 2010.

Entre sus publicaciones destacan las relacionadas con el derecho laboral y sobre las reformas constitucionales y estatutarias.

4. ENCARNACIÓN ROCA TRÍAS. PROGRESISTA

Integra la cuota del Congreso de los Diputados a propuesta de los socialistas. Fue nombrada del 20 de julio de 2012. Procedente del Supremo.

Según figura en su currículum, ha sido la primera mujer catedrática de Derecho Civil, magistrada en la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo, en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España y en la Acadèmia de Jurisprudència i Legislació de Catalunya.

Considerada una experta en derecho de Familia y Civil, sentó jurisprudencia al admitir el derecho de una mujer que nunca trabajó fuera de casa a cobrar una pensión compensatoria por divorcio por haber contribuido con sus tareas domésticas a las cargas familiares mientras duró su matrimonio en régimen de separación de bienes.

5. ANDRÉS OLLERO TASSARA. PONENTE. CONSERVADOR

Fue designado magistrado del Alto Tribunal en julio de 2012. Lo hizo por el Congreso de los Diputados a propuesta del PP. Y es el magistrado ponente de la sentencia que dará respuesta al recurso del PP. Gran parte de las miradas de la oposición en estos días se dirigen a él, vinculado al Opus Dei, exparlamentario del PP y antiabortista confeso.

Catedrático de Filosofía del Derecho, diputado del PP durante 17 años (1986-2003) en el pasado manifestó que dejar a una madre abortar "es autorizar un acto de guerra contra su hijo" (1987) y criticó que España se hubiera convertido en el el "paraíso del turismo abortista" (2012). "Los no nacidos no han ganado para sustos", subrayó.

El pasado enero, en una entrevista concedida a Alfa y Omega, advirtió al Gobierno que la ley de 1985 tampoco protegía al nasciturus. Si lo que se pretende, dijo, es volver a la legislación anterior, "para empezar habría que tener en cuenta la experiencia de 1985. Si con la nueva ley se intenta defender al no nacido, la experiencia dice que hay que aquilatar mucho la cuestión. Al haberse recurrido a fórmulas genéricas [para señalar los supuestos de despenalización del aborto], se ha podido frustrar ese intento". Eran los días posteriores a la aprobación del anteproyecto por el Consejo de Ministros y cuando Rajoy intentaba apagar el incendio que la ley había causado en el PP asegurando que más que la ley más restrictiva de la democracia lo que el PP pretendía era regresar al "consenso" de 1985. Un consenso que, en la práctica, no existió.

Ollero emitió uno de los votos particulares contra la sentencia del TC que avaló el matrimonio homosexual. “Comparto íntegramente la legítima aspiración a erradicar la injusta discriminación de las personas que suscriben una orientación homosexual” pero eso no debe llevar a sustraer de sentido al matrimonio, señaló para defender su postura.

Sobre la mesa no hay ningún tipo de recusación.

6. FERNANDO VALDÉS DAL-RÉ. PROGRESISTA

Elegido por la Cámara baja a propuesta del PSOE en 2012. Es catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social e inspector de trabajo por oposición. Es considerado un gran experto en materia laboral. Según su currículum ha publicado alrededor de cuatrocientos cincuenta artículos de su especialidad y ha sido presidente de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (2008-2012), y vicepresidente para Europa Occidental de la Asociación Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, con sede en Ginebra (2009-2012).

Valdés Dal-Ré ha sido crítico con la reforma laboral del Gobierno de Mariano Rajoy y respaldó la huelga general de marzo de 2012.

7. JUAN JOSÉ GONZÁLEZ RIVAS. CONSERVADOR

Llegó al TC en julio de 2012 por el Congreso de los Diputados a propuesta del partido presidido por Mariano Rajoy. Doctor en Derecho y académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.

González Rivas se unió al Alto Tribunal procedente de Tribunal Supremo y en las hemerotecas queda su rechazo a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, uno de los proyectos de José Luis Rodríguez Zapatero. Defendió la objeción de conciencia a esta materia. También fue uno de los tres magistrados que emitió un voto particular contra la sentencia que avaló el matrimonio homosexual.

8. SANTIAGO MARTÍNEZ-VARES GARCÍA. CONSERVADOR

Elegido magistrado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en 2013. Antes de aterrizar en el TC, fue magistrado de la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo (TS). Como magistrado de esa Sala Tercera, fue uno de los jueces que firmó una de las sentencias del alto tribunal que dictaminó que el castellano, al igual que el catalán, debía considerarse lengua vehicular en los colegios catalanes.

Entre 1997 y 2001 presidió la conservadora la Asociación Profesional de la Magistratura, de la que es miembro desde 1985. Esta asociación de jueces es la mayoritaria.

9. JUAN ANTONIO XIOL RÍOS. PROGRESISTA

Elegido en junio de 2013 por el CGPJ, anteriormente fue magistrado y presidente de la Sala Primera del Tribunal Supremo (2005-2013). En el año 2011 fue ponente del voto particular que defendía la procedencia de legalizar el partido Bildu, en contra de la opinión de la mayoría.

Director general de Relaciones con la Justicia con el ministro socialista Fernando Ledesma (1985-1990), es experto en Derecho contencioso-administrativo. Entre los años 1987 y 2005 ocupó el puesto de magistrado de la Sala de lo Contencioso en el Supremo, para pasar después a la Sala de lo Civil.

10. PEDRO JOSÉ GONZÁLEZ-TREVIJANO SÁNCHEZ. CONSERVADOR

Elegido por el Gobierno de Rajoy en 2013, es catedrático en Derecho Constitucional y fue rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) de Madrid y vocal de la Junta Electoral Central.

Formó parte de la comisión de expertos sobre el futuro del Valle de los Caídos nombrada por el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero. Y se opuso al traslado de los restos de Francisco Franco en contra de la opinión mayoritaria de la comisión. A su juicio, el traslado de los restos del dictador podría servir más para "separar, dividir y tensionar”.

11. RICARDO ENRÍQUEZ SANCHO. CONSERVADOR

Designado en marzo por el Senado en sustitución de Francisco José Hernando, fallecido en noviembre de de 2013. Además de Enríquez, que compareció como candidato propuesto por un total de seis parlamentos autonómicos, optaban al cargo el catedrático de Derecho Constitucional Antoni Rovira, propuesto por el Parlament de Catalunya y José Luis Costa, candidato de la Cámara autonómica gallega, magistrado de lo contencioso en el Tribunal Superior de Justicia gallego y en la actualidad en el Consello Consultivo.

Licenciado en Derecho, procede del Supremo.

12. ANTONIO NARVÁEZ RODRÍGUEZ. CONSERVADOR

Fue propuesto por el Consejo de Ministros del 4 de julio en sustitución de Enrique López tras su episodio al ser descubierto conduciendo ebrio su moto por Madrid.

Según sostuvo ese día la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, Narváez Rodríguez "tiene una abultada carrera fiscal y muy amplia": "durante 10 años estuvo como fiscal de la Fiscalía ante el TC y actualmente es teniente fiscal de la Fiscalía del Tribunal Supremo", mantuvo por entonces.

Según su currículum, ha pronunciado decenas de conferencias y ha publicado artículos, entre otros temas, sobre el Tribunal del Jurado, la prueba de ADN en la investigación penal, intervenciones telefónicas, protección de los derechos fundamentales, derechos de las víctimas, delitos urbanísticos, jurisprudencia constitucional en los procesos contencioso-electorales o la cuestión de inconstitucionalidad.

http://www.infolibre.es/noticias/politica/2014/09/25/asi_son_los_magistrados_del_que_decidiran_sobre_recurso_del_ley_del_aborto_zapatero_21850_1012.html

LAS RAZONES POR LAS QUE ES IMPOSIBLE RECUSAR AL MAGISTRADO ANTIABORTISTA

Entre los sectores que defienden la actual ley de plazos se cuestiona si el magistrado ponente, Andrés Ollero, está contaminado para decidir sobre su constitucionalidad

En base a la legislación actual su recusación es prácticamente imposible, así que sólo podría evitarse su pronunciamiento si él mismo renunciara

La retirada de la ley del aborto impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy ha devuelto protagonismo a los recursos que el Partido Popular y el Gobierno de Navarra interpusieron en el Tribunal Constitucional en 2010 contra la actual ley de plazos que garantiza el aborto libre hasta la semana 14 de gestación. Tal y como detalló infoLibre este miércoles, documentos internos del PP dejan entrever que los conservadores no contemplan la posibilidad de retirar este recurso. Asimismo, fuentes del alto tribunal señalaron que el Grupo Parlamentario Popular –que fue quien impulsó uno de los recursos– no podría desistir de él porque su composición, al cambiar la legislatura, es distinta. No están hoy en día todos los diputados que lo firmaron.

Aunque será una decisión colegiada, el ponente de la sentencia por la que se dilucidará si la actual ley de plazos es conforme a la Constitución (aunque hay dos recursos es muy posible que la decisión se agrupe en un mismo texto) es el magistrado Andrés Ollero Tassara. A él se dirigen ahora las miradas de los partidos que apoyan el mantenimiento de la ley actual y las plataformas que defienden que no haya más restricciones a la interrupción del embarazo. Ollero está vinculado al Opus Dei, es exparlamentario del PP y antiabortista confeso. En el pasado manifestó que dejar a una madre abortar "es autorizar un acto de guerra contra su hijo" (1987) y criticó que España se hubiera convertido en el "paraíso del turismo abortista" (2012). Ollero emitió uno de los votos particulares contra la sentencia del TC que avaló el matrimonio homosexual. Y es el único magistrado que acaba de mostrarse contrario a la ley que regula la creación de un registro de médicos objetores al aborto en Navarra impulsada por el PSN con el apoyo de NaBai e IU.

Entre los sectores que defienden la norma actual se examina estos días hasta qué punto el magistrado Ollero, que es también catedrático de Filosofía del Derecho, podría estar 'contaminado' a la hora de decidir acerca de un tema que despierta tantas sensibilidades. Sobre la mesa no hay ningún tipo de recusación. Y la realidad es que, en base a la legislación, no puede llegar a haberla. infoLibre explica por qué en los siguientes párrafos:

01. LA COMPETENCIA

De acuerdo con la legislación vigente sólo están legitimadas para interponer una recusación las partes que están personadas en el recurso. En este caso se trata del Grupo Parlamentario Popular que, como se ha explicado, tiene ahora una composición diferente a la que tenía cuando se interpuso; el Gobierno de Navarra, que sigue en manos de Unión del Pueblo Navarro (UPN); y el Gobierno de España, que estaría representado por la Abogacía del Estado. El recurso fue presentado en 2010 contra una ley promovida por un Ejecutivo que entonces estaba sostenido por el PSOE. Sin embargo, los socialistas no tienen ahora capacidad de recusación porque esta competencia se limita a la institución, que en la actualidad está liderada por el PP. No parece probable, por tanto, que ninguna de las partes pudiera plantearse la posibilidad de pedir al tribunal que aparte a Ollero.

En 2012, la Plataforma Decidir Nos hace Libres, formada por más de 200 organizaciones, la mayoría de mujeres, pero también otras como Médicos del Mundo o sindicatos como CCOO y UGT, pidieron a la Abogacía del Estado que interviniera para impedir que este magistrado fuera ponente del recurso contra la ley a través de la recusación o instando a que se abstuviera en la deliberación. Los servicios jurídicos de esta plataforma –surgida para liderar la oposición a la nueva ley impulsada por Gallardón– estimaban que sus pasadas declaraciones y publicaciones contra el aborto iban en contra de la doctrina de imparcialidad que ha sentado el propio TC. La Abogacía del Estado hizo caso omiso de esta petición.

02. LOS PLAZOS

Otro punto clave que impide que Ollero pueda ser recusado son los plazos. La legislación es muy clara en este sentido. Determina que se inadmitirán las recusaciones cuando no se propongan al inicio del proceso si se ha tenido conocimiento de las causas que podrían apartarle del mismo antes de que este comenzara. Una vez que el proceso ya se ha iniciado tampoco se admitiría si el motivo de recusación se conociese antes de que la recusación se proponga. Fuentes jurídicas señalan que, en este caso, una hipotética recusación se declararía como no procedente porque el recurso fue presentado hace cuatro años y algunas de las manifestaciones de este magistrado que se aportarían como prueba datan también de años atrás. Los grupos parlamentarios no citaron el credo antiabortista de Ollero cuando fue examinado en la Comisión de Nombramientos del Congreso en julio de 2012.

03. LAS CAUSAS
Un aspecto determinante es también el de las causas. El magistrado Andrés Ollero ha manifestado en más de una ocasión sus posiciones contrarias al aborto como derecho de las mujeres, que es lo que contempla la ley actual. Sin embargo, lo ha hecho en artículos científicos, entrevistas o declaraciones a medios de comunicación.

La más reciente es una entrevista a Alfa y Omega –el suplemento católico de ABC– en la que dejó caer que la ley de 1985 tampoco protegía al nasciturus. Si lo que se pretende, dijo, es volver a la legislación anterior, "para empezar habría que tener en cuenta la experiencia de 1985. Si con la nueva ley se intenta defender al no nacido, la experiencia dice que hay que aquilatar mucho la cuestión. Al haberse recurrido a fórmulas genéricas [para señalar los supuestos de despenalización del aborto], se ha podido frustrar ese intento". En otras ocasiones ha manifestado que dejar a una madre abortar "es autorizar un acto de guerra contra su hijo" (1987) y criticó que España se hubiera convertido en el "paraíso del turismo abortista" (2012). "Los no nacidos no han ganado para sustos", subrayó.

Estas manifestaciones, declaran fuentes jurídicas, están amparadas por la libertad de expresión porque no forman parte de dictámenes de carácter técnico. Por eso, las fuentes consultadas consideran que una hipotética recusación tendría escasas posibilidades de éxito. No obstante, hay que tener en cuenta que en 2007 el exmagistrado Pablo Pérez Tremps fue apartado de la deliberación del recurso presentado por el PP contra el Estatut de Cataluña por haber escrito en una obra académica colectiva sobre el asunto.

04. ABSTENCIÓN

Tras todo lo anterior parece claro que la única posibilidad de que Ollero no participe en la deliberación sobre si la actual ley de plazos es conforme a la Constitución sería que él mismo se abstuviera en la votación, algo para lo que también tendría que autorizarle el pleno del TC. En este punto existen varios ejemplos de situaciones en las que se ha planteado la idoneidad de que un magistrado participara en una votación del alto tribunal.

Uno de ellos es el del actual presidente del Constitucional Francisco Pérez de los Cobos. El fallo por el que este tribunal avala las partes centrales de la reforma laboral tras el recurso presentado por el Parlamento de Navarra reabrió el debate sobre su imparcialidad a la hora de sentenciar sobre este asunto. La polémica tiene su razón de ser en el hecho de que uno de los dos artículos de la ley recurridos sin éxito por la Cámara navarra, el relativo a la negociación colectiva, está inspirado en un texto que Pérez de los Cobos publicó en 2010 en la revista Relaciones Laborales en colaboración con su discípulo Xavier Thibault, que fue nombrado director general de Empleo con la llegada del PP al poder, según desveló la Cadena Ser. El pasado septiembre, la mayoría del pleno del TC rechazó admitir las recusaciones que la Generalitat y el Parlamento de Cataluña habían promovido contra Pérez de los Cobos, al que no consideraban idóneo para participar en la resolución de los litigios presentados por Cataluña por haber ocultado al Senado su militancia en el partido de Mariano Rajoy. Tres asociaciones creen que debió abstenerse de la votación sobre la reforma laboral.

En un sentido diferente actuó el magistrado Francisco José Hernando, que en julio de 2012 pidió abstenerse de la deliberación del recurso del PP contra el matrimonio homosexual. Hernando reclamó apartarse de este caso por haber firmado un informe en enero de 2005, cuando presidía el Consejo del Poder Judicial, contrario a esta regulación, que concluía que "el matrimonio, o es heterosexual, o no es".

No obstante, no parece que esta vaya a ser la voluntad de Ollero. En un artículo publicado en el diario ABC este mismo verano sostuvo que "no tiene sentido" imaginar que los magistrados llegan al TC "con recetas precocinadas". Y defendió que "no es lo mismo expresar con libertad lo que a uno le parece moralmente más valioso o políticamente más deseable, que dictaminar con objetiva imparcialidad si se han respetado las mínimas exigencias constitucionales en una determinada resolución, sea cual sea el grado en que se la pueda subjetivamente considerar valiosa o deseable".

http://www.infolibre.es/noticias/politica/2014/09/26/las_tres_razones_por_las_que_imposible_recusar_magistrado_antiabortista_21882_1012.html

TRES ASOCIACIONES DE JUECES CREEN QUE EL PRESIDENTE DEL TC DEBIÓ ABSTENERSE EN LA VOTACIÓN DE LA REFORMA LABORAL

Uno de los dos artículos sobre los que decidió el Alto Tribunal está inspirado en un texto que Pérez de los Cobos escribió en 2010

Sólo la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura defiende su actuación

El fallo del Tribunal Constitucional en el que avala las partes centrales de la reforma laboral tras el recurso presentado por el Parlamento de Navarra ha reabierto el debate sobre la imparcialidad de su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, a la hora de sentenciar sobre este asunto. La polémica tiene su razón de ser en el hecho de que uno de los dos artículos de la ley recurridos sin éxito por la Cámara navarra, el relativo a la negociación colectiva, está inspirado en un texto que el ahora presidente del Alto Tribunal publicó en 2010 en la revista Relaciones Laborales en colaboración con su discípulo Xavier Thibault, que fue nombrado director general de Empleo con la llegada del PP al poder, según desveló la Cadena Ser el pasado septiembre.

Aunque su voto no fue determinante, pues nueve de los doce magistrados se mostraron en contra el citado recurso de inconstitucionalidad, las asociaciones de jueces Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente consideran que Pérez de los Cobos debería haberse abstenido de la votación ya que estos antecedentes ponen en cuestión su imparcialidad y podrían haber condicionado su decisión. Sólo la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura defiende su actuación. La ley del Poder Judicial prevé que un juez puede renunciar a pronunciarse sobre una causa si ha ocupado un cargo público o administrativo en el que ha podido formarse un criterio sobre el objeto de litigio "en detrimento de la debida imparcialidad".

Fuentes jurídicas del Tribunal Constitucional consultadas por infoLibre recuerdan que ni el Parlamento de Navarra ni el PSOE e IU –que también han llevado la norma al TC al considerar que vulnera cinco artículos de la Carta Magna aunque todavía no hay sentencia al respecto– han planteado la recusación de Pérez de los Cobos en relación a este asunto. Además, las mismas fuentes indican que "no hay ninguna razón jurídica de peso" por la que el presidente tuviera que apartarse. Y señalan que entra dentro de la dinámica habitual que los magistrados del TC a lo largo de sus trayectorias profesionales hayan elaborado artículos sobre temas relacionados con el área del que son expertos. Una de las áreas en las que más ha trabajado Pérez de los Cobos es el Derecho del Trabajo.

El pasado septiembre, la mayoría del pleno del TC rechazó admitir las recusaciones que la Generalitat y el Parlamento de Cataluña habían promovido contra Pérez de los Cobos al que no consideraban idóneo para participar en la resolución de los litigios presentados por Cataluña por haber ocultado al Senado su militancia en el partido de Mariano Rajoy. Ese rechazo, explican fuentes del Grupo Parlamentario Socialista, provocó que el PSOE no se lanzara a pedir la recusación del presidente por "una cuestión de eficacia". En IU dicen estar estudiando la posibilidad de promoverla aunque todavía no hay ninguna decisión tomada al respecto.

LA IMPARCIALIDAD DE PÉREZ DE LOS COBOS

El hecho de que Pérez de los Cobos participara en la votación no resulta apropiado para las asociación Jueces para la Democracia (JpD). Así lo expresa su portavoz Joaquim Bosch, que considera que "lo más adecuado" habría sido que el presidente del TC se abstuviera de la votación. "Hay una serie de datos que dejan entrever que sus decisiones sobre la cuestión analizada podrían estar contaminadas y eso afecta de manera innegable al principio de imparcialidad. Debería haberse abstenido para evitar cualquier sombra de duda sobre la decisión", asevera.

Una opinión similar expresa Marcelino Sexmero, portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, que cree que la postura "más prudente" de Pérez de los Cobos, "dados sus antecedentes y su trayectoria por todos conocida", habría sido su abstención en este asunto. Desde el Foro Judicial Independiente, su portavoz Ángel Dolado recuerda que la ley orgánica del Tribunal Constitucional en este caso no obligaría a Pérez de los Cobos a renunciar a pronunciarse sobre esta causa, si bien considera que desde el punto de vista "ético, moral y de regeneración democrática que demandan los ciudadanos" sí ha perdido el principio de imparcialidad objetiva que se presupone a los magistrados en el ejercicio de sus funciones. Y que, por tanto, lo mejor habría sido que no hubiese participado en la deliberación.

En la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM) su portavoz, Pablo Llarena, no ve problema alguno en que Pérez de los Cobos participara en la votación. "La Constitución Española establece que los magistrados del TC tienen que ser juristas de prestigio. Y precisamente ese prestigio es consecuencia de largas trayectorias en investigación, por lo que es absolutamente normal que a lo largo de sus vidas estos profesionales hayan realizado reflexiones sobre cuestiones del ordenamiento jurídico, como ocurre en esta ocasión", asevera.

Desde Izquierda Unida, su secretario de Economía y Empleo, José Antonio García Rubio, considera que Pérez de los Cobos debería haberse inhibido de esta votación, si bien incluso pone en cuestión su presencia en el Alto Tribunal por su militancia en el PP al menos entre 2008 y 2011, período en el cual ya era magistrado, tal y como se recogía en un listado de militantes del partido de Mariano Rajoy que forma parte del sumario del caso Bárcenas.

EL CASO DEL RECIÉN INCORPORADO NARVÁEZ

Entre los nueve votos a favor se encontró también el del recién incorporado Antonio Narváez, que tomó posesión el pasado jueves 10 de julio y que aun así participó en la votación de la ponencia redactada por Andrés Ollero, que se produjo sólo cinco días más tarde y con un fin de semana por medio. Este hecho también generó cierta polémica en el ámbito de la judicatura. Marcelino Sexmero, de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, cree que el periodo de tiempo que tuvo el magistrado Narváez para estudiar la causa fue escaso y que el hecho de que no pidiera que se retrasara el fallo puede evidenciar que ya tenía decidido qué hacer en la votación antes de incorporarse al Alto Tribunal.

El resto de portavoces de asociaciones de jueces consultadas no ven problema en que Narváez contara con sólo cinco días para conocer a fondo la cuestión y emitir una votación. A juicio de Bosch, el recién incorporado es un "jurista de amplia trayectoria" que contó con el "tiempo suficiente" para emitir su voto con todas las garantías. Dolado, por su parte, considera que al no ser él el ponente de la sentencia sí contó con el tiempo suficiente para deliberar. Llarena, por su parte, recuerda que cada magistrado del TC cuenta con la colaboración de letrados que le ayudan a preparar las causas sobre las que tiene que decidir. "Si Narváez accedió a pronunciarse es que estaba lo suficientemente ilustrado y preparado sobre la decisión que iba a tomar", sentencia el portavoz de la APM.

http://www.infolibre.es/noticias/politica/2014/07/17/asociaciones_jueces_creen_que_presidente_del_debio_abstenerse_votacion_reforma_laboral_19642_1012.html

EL JUEZ ENRIQUE LÓPEZ CIERRA SU EPISODIO DE ALCOHOLEMIA POR LA PUERTA DE ATRÁS

Enrique López ha solucionado su episodio de alcoholemia de manera discreta y por la puerta de atrás, después de que el pasado 1 de junio la Policía Municipal le denunciara por cuadruplicar la tasa de alcoholemia, saltarse un semáforo en rojo y conducir una moto sin casco. En ese momento era magistrado del Tribunal Constitucional y precisamente se cumple ahora un año desde que fue nombrado con el apoyo del Partido Popular. Después de asumir lo sucedido, atajó el asunto de la manera más rápida posible para evitar tanto el desgaste del TC como de su propio nombre.

Al día siguiente de los hechos, presentó su dimisión al presidente del órgano, Francisco Pérez de los Cobos. Desde ese mismo momento ya no era magistrado del tribunal que defiende la Carta Magna y, por tanto, perdía el pleno aforamiento ante el Tribunal Supremo. Además, López tuvo un golpe de suerte cuando al día siguiente de la denuncia, y con toda la opinión pública conocedora del asunto, el rey Juan Carlos anunció su abdicación, pasando su asunto judicial a un plano secundario, lo que evitó ser blanco de todas las críticas.

Cuando un juez es nombrado magistrado del TC, se marcha en servicios especiales y abandona ‘de facto’ la carrera judicial. Es cuando pide su reingreso cuando comienza a tener efectos económicos y administrativos.

López cumplió los diez días que le concede la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 355, para pedir su reingreso como magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Una vez que ya lo había pedido al Consejo General del Poder Judicial, se celebró el juicio rápido por un delito contra la seguridad vial. Si no hubiera dimitido del TC, habría tenido que sentarse en el banquillo de los acusados del Supremo, en un proceso judicial más lento y con luz y taquígrafos.

Sin embargo, su salida del tribunal le ha permitido que en trece días un juzgado madrileño de Plaza de Castilla celebre juicio rápido y dicte sentencia verbal en el momento. Incluso obtuvo una conformidad con el fiscal y el titular del Juzgado de Instrucción número 31, Antonio Serrano-Arnal, fijó ocho meses de retirada del carné de conducir y una multa de cuatro meses a doce euros diarios, lo que supone 1.440 euros.


Fue un juicio rápido, celebrado el sábado 14 de junio, y sin ninguna publicidad. En la sentencia, se fija que López arrojó un resultado de 1,20 y 0,99 en la primera y segunda comprobación con el etilómetro, negándose a realizar la prueba de extracción de sangre. “Con síntomas, el acusado presentaba fuerte olor a alcohol en el aliento, ojos rojos y vidriosos, habla repetitiva, rostro congestionado, deambular titubeante y dificultad para mantener la verticalidad”, recoge la resolución.

Los jueces son aforados parciales

Mientras tanto, el CGPJ ha aceptado su reingreso en la carrera judicial de forma automática. Así está contemplado en la ley ya que el delito por el que se le ha condenado no es doloso y, por tanto, no es causa de cese.

Desde el momento en el que se pide el reingreso, el juez ya es miembro aforado de la carrera judicial. Sin embargo, a diferencia de los magistrados del Constitucional o de los diputados, los jueces son únicamente aforados por hechos cometidos en el ejercicio de su cargo, es decir, por delitos como prevaricación o revelación de secretos. Así que López, una vez que abandonó el TC, perdía la opción de ser juzgado por el Alto Tribunal, según explican a El Confidencial fuentes jurídicas.

Y quién mejor para asesorarle y defenderle que Enrique Arnaldo Alcubilla, vocal del CGPJ hasta 2001 y persona que aupó a López como letrado del órgano que regula a los jueces. Actualmente es catedrático de Derecho Constitucional y letrado de la Cortes Generales, aunque también tuvo algún problema con la Justicia. En 2010, el juez de Palma José Castro le imputó por su vínculo con el expresidente del Gobierno balear Jaume Matas, quien mantenía relaciones con la consultoría madrileña Estudios Jurídicos y Procesales (EJP), un bufete vinculado a Arnaldo.

El magistrado archivó el asunto por falta de indicios de fraude a la Administración en relación con dos de los responsables de EJP por un contrato supuestamente amañado y firmado en febrero del 2004, pero sí mantuvo la inculpación a Matas.

Ahora, a Enrique López le queda algo más de una semana para incorporarse a la Audiencia Nacional, aunque algunos compañeros suyos tienen dudas de que llegue a entrar o de que se quede mucho tiempo. A este juez le costó mucho llegar hasta el Tribunal Constitucional. Primero fue vocal del CGPJ durante siete años y, como tal, fue el bastión del PP en el órgano. Al término de su mandato pasó una travesía del desierto en la Audiencia Nacional esperando a que le adaptaran un destino más suculento, que pasaba desde el Ministerio de Justicia hasta el TC. Ahora tiene que volver a la Audiencia, y algunos creen que intentará buscar otro destino, que incluso podría ser un despacho de abogados.

http://www.elconfidencial.com/espana/2014-06-24/el-juez-enrique-lopez-cierra-su-episodio-de-alcoholemia-por-la-puerta-de-atras_151340/

El juez Enrique López dimite tras ser pillado en moto sin casco y ebrio

El magistrado se había saltado un semáforo en rojo y cuadruplicó la tasa de alcoholemia

La doctrina del magistrado López

La carrera del magistrado del Tribunal Constitucional Enrique López se truncó este domingo a las 7.30 en un semáforo rojo del centro de Madrid. El juez, de 51 años, anunció a última hora de la tarde su dimisión en el tribunal de garantías tras ser sorprendido por la policía a lomos de su motocicleta sin casco y con una tasa de alcoholemia cuatro veces superior al máximo legal.

López, muy próximo al PP, a cuya sombra ha prosperado en la judicatura, se saltó un semáforo en rojo en la confluencia de la calle de Vitruvio con el paseo de la Castellana. En esa esquina estaba apostado el coche patrulla Z-53 de la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Chamartín, cuyos agentes, tras advertir la doble infracción vial, salieron detrás del magistrado y le dieron el alto. Nada más apearse de la moto, López dio muestras evidentes de encontrarse bajo los efectos del alcohol.

Los policías nacionales, que no tienen competencias en materia de tráfico, reclamaron inmediatamente la presencia de una patrulla de la Policía Municipal. Un equipo de atestados de este cuerpo de seguridad realizó siete pruebas de alcoholemia al magistrado debido a que este “cortaba el soplido sin motivo aparente”. Los agentes le advirtieron de que su actitud podría ser considerada como una negativa a someterse al test, informa Efe. El primer examen arrojó un resultado de 1,12 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, cuando la tasa máxima para los particulares para manejar vehículos de motor es de 0,25 miligramos por litro. Una segunda prueba de contraste, 18 minutos más tarde, ofreció un resultado inferior, pero también ilegal: 0,98 miligramos de alcohol por litro de aire.

Los hechos van más allá de una mera infracción administrativa. El artículo 372 del Código Penal contempla penas de tres a seis meses de prisión —sustituible por multa o trabajos comunitarios— y retirada del permiso de conducir de uno a cuatro años a aquel que “que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro”.

"Reconozco los hechos y asumo las consecuencias que tienen", afirmó tras conocerse la noticia

López no fue detenido por este supuesto delito contra la seguridad vial, que será instruido y juzgado por el Tribunal Supremo debido a la condición de aforado del magistrado. López pudo marcharse a su casa tras someterse a las pruebas de alcoholemia aunque su motocicleta quedó precintada ante la imposibilidad de que el miembro del Constitucional la condujera.

La noticia, adelantada por el diario Abc, se conoció a última hora de la mañana. En declaraciones a la agencia Efe, apenas seis horas después de ser interceptado por la policía, el magistrado López manifestó: “Reconozco los hechos y asumo las consecuencias que tienen”. Y añadió: “Hay circunstancias personales que podrían justificarlos pero que no vienen al caso”. A última hora de la tarde, López confirmó su intención de presentar hoy la dimisión ante el presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos.

Tras el incidente, López, uno de los miembros más marcadamente políticos de la judicatura española, se quedó solo. El PP, que en los últimos años ha visto a varios de sus líderes, como Esperanza Aguirre, Miguel Ángel Rodríguez o Ignacio Uriarte, implicados en sucesos de seguridad vial, guardó silencio sobre el caso de López, a quien el Gobierno colocó en el Tribunal Constitucional en junio de 2013 después de seis años de vetos del PSOE en el Congreso y el Senado. El propio Tribunal Constitucional evitó ayer pronunciarse sobre la conducta del magistrado, que consideró un “asunto privado”.

La salida de López no variará las relaciones de fuerzas entre el sector conservador y el progresista del Constitucional. En el pleno seguirá habiendo seis magistrados conservadores —además del voto de calidad de Pérez de los Cobos— y cinco progresistas. Además, el recambio del magistrado le corresponde directamente al Ejecutivo de Mariano Rajoy.

http://politica.elpais.com/politica/2014/06/01/actualidad/1401625400_720528.html

 

PÉREZ DE LOS COBOS, ‘PADRE’ DE LA REFORMA LABORAL, CONSAGRA ‘SU OBRA’ SIN PESTAÑEAR

El pasado mes de julio del año 2012, cuando la Reforma Laboral comenzaba a ‘dar frutos’ en formas de ERE y pérdida de derechos laborales, ELPLURAL.COM dio la primera información sobre quién era el catedrático Pérez de los Cobos. Y quiénes eran su puentes de comunicación con el Gobierno. Hablamos de julio de 2012.

Un triángulo ‘santificado’ por Fátima Báñez

Acababa de producirse entonces la filtración del ERE del PSOE desde el ordenador de la ministra Fátima Báñez a la periodista Esther Palomeras, entonces en La Razón. Y muy pronto se dio por hecho en los medios periodísticos que el informe filtrado lo había llevado a cabo materialmente una asesora de la ministra de Empleo, de nombre Nuria Paulina García Piñeiro ¿Quién era esta asesora? Era parte de un grupo diminuto, un grupo de tres, que formaban ella misma; el también recién nombrado Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda, compañero suyo del alma en la cátedra de Derecho del Trabajo de la Complutense y quien era la base de este triángulo, el catedrático y magistrado del Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, tutor, y mucho más, de ambos, en especial de Thibault.

Ya entonces, en este periódico apuntamos cómo Francisco Pérez de los Cobos era el ‘alma mater’ y principal inspirador del contenido de la reforma laboral que implantó el PP, que se había estado preparando en los meses previos a las elecciones del 20N, ante la previsión de la llegada de Rajoy a Moncloa. Igualmente recordábamos como García Piñeiro, que había trabajado en la CEOE, participaba junto a figuras de primer nivel del equipo económico ‘popular’, incluido por ejemplo el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro en jornadas incluso de FAES, en las que también jugaba un papel nada secundario el propio Pérez de los Cobos.

En los meses siguientes comenzó a urdirse y desarrollarse, y en ELPLURAL.COM lo fuimos contando, lo que parecía una clara estrategia del PP para ‘blindar’ la Reforma Laboral ante las demandas de inconstitucionalidad que fueron presentándose contra la Ley de la Reforma Laboral. Una estrategia que como piedra angular tenía la intención de aupar a Pérez de los Cobos a la presidencia del Constitucional. Es decir, llegado el caso, quien al menos era ‘inspirador’ de la ley tendría la última palabra sobre su constitucionalidad.

Pero antes, se hizo otro movimiento. En el verano de 2013, en ELPLURAL.COM, en un artículo de Los Genoveses, apuntábamos a un hecho trascendente: Pérez de los Cobos, en una situación de compatibilidad sin precedentes, además de ser uno de los magistrados del Constitucional se había convertido en miembro del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como uno de los 20 hombres y mujeres de la Comisión de Expertos en Aplicaciones de Convenios y Recomendaciones.

Como apuntábamos entonces, esta compaginación de cargos provocó quejas por posibles incompatibilidades legales y éticas, a las que se sumaban las sospechas que levantaba la celeridad de su nombramiento, que llevaba a especulaciones sobre la movilización de ingentes recursos de todo tipo para agilizar la candidatura ¿Por qué esta prisa? La respuesta se puede hallar en este hecho: el grupo de expertos de la OIT entre los que pasaba a formar parte Pérez de los Cobos son quienes preparan los informes que sirven para realizar una evaluación técnica imparcial de las normas internacionales del trabajo en los diferentes Estados miembro, entre ellos, claro, España. O lo que es lo mismo, Pérez de los Cobos estaría entre quienes ‘revisaran’ la legalidad de la Reforma Laboral.., también para la OIT, el organismo de Naciones Unidas.

Un ‘pepero’ al frente del Constitucional

Esta acumulación de poder en manos de ‘su hombre’ no bastaba al PP, sin embargo. Faltaba un hecho que lo podía convertir en ‘imbatible’.., faltaba encumbrarlo a la presidencia del Constitucional para que su influencia fuera máxima. Y, ‘sin complejos’, como recomendaba Aznar, el Gobierno se movió para que se produjera el nombramiento el 19 de junio de 2013.

Faltaba aún por desvelarse la ‘gran bomba’, que publicaba el diario El País justo un mes después de su nombramiento: Pérez de los Cobos no sólo era un ‘inspirador’ del equipo económico del PP; durante años había sido directamente militante del PP. Militante “de base” diría él a sus compañeros magistrados, pero lo cierto es que aún siendo miembro del máximo tribunal ya en 2011, siguió pagando religiosamente su cuota de afiliado como les contamos en este periódico. Sin embargo, el TC, con mayoría de miembros conservadores, no tuvo problemas en emitir rápidamente un comunicado en el que se defendía que “ni la Carta Magna, ni la LOPJ establecen para los magistrados del Constitucional incompatibilidad alguna con el hecho de militar en un partido político”.

Cuatro razones para una abstención

Pocos días después, en ELPLURAL.COM, revelando otra vez la estrategia del PP de blindaje de ‘su’ Reforma Laboral’, con la firma de Los Genoveses, resumíamos las cuatro razones por las que pensábamos que Pérez Cobos tenía una biografía profesional que le hacía incompatible con sus obligaciones de Presidente del Constitucional, muy especialmente en cuando a dirimir sobre la Reforma Laboral.

Entonces recordábamos que el ‘partidismo’ de Pérez de los Cobos quedaba demostrado por: 1. Su militancia declarada ante el PP, a la que se añadía no sólo su militancia y su pago de cuota, sino también que aparecía entre los donantes a la financiación del partido; 2. Su pertenencia simultánea al TC, como magistrado, y a la OIT como experto que tiene que dirimir sobre leyes que afectan a España; 3. Su relación con el equipo económico del PP, en especial con el equipo de Fátima Báñez, Thibault Aranda y García Piñeiro, con quienes había inspirado la propia Reforma Laboral; 4. (y este era un dato nuevo), su situación de Administrador Único de la empresa Labour Prospectives, S.L. desde 2003, compañía que se dedica a la elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales y el análisis de la negociación colectiva. Y empresa que, no tan curiosamente, tuvo entre sus clientes al propio Grupo Popular en el Congreso, que encabezaba Soraya Sáenz de Santamaría, y en el que había jugado un papel fundamental en materia económica la diputada Fátima Báñez.

Pero a pesar de todos estos antecedentes que fuimos desvelando y narrando en ELPLURAL.COM en los últimos dos años, Francisco Pérez de los Cobos no se ausentó este martes cuando el Constitucional avaló la legalidad de algunos artículos de la Reforma Laboral que significan recortes sociales básicos: que se pueda despedir sin indemnización a un trabajador durante el primer año de su contrato y que se favorezcan los convenios de empresa sobre los de sector. Aún quedan más recursos contra la Reforma Laboral. Aún queda mucho por dirimir…, pero nada parece que pueda batir la estrategia de poner al frente de quien debe decidir sobre una ley al inspirador de esa ley que, según han declarado los sindicatos, “retrotrae la situación laboral en España al franquismo”.

http://www.elplural.com/2014/07/16/perez-de-los-cobos-padre-de-la-reforma-laboral-consagra-su-obra-sin-pestanear/

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AVALA PARTES CENTRALES DE LA REFORMA LABORAL

El fallo contrario al recurso del parlamento navarro cuenta nueve votos favorables y tres en contra

La sentencia vacía de contenido el recurso de los grupos de oposición de la izquierda

Dos magistrados progresistas apoyan la resolución

El pleno del Tribunal Constitucional ha avalado dos partes muy sustanciales de la reforma laboral aprobada por el PP en 2012: el contrato de emprendedores, el que permite el despido gratis durante su primer año de vigencia, y buena parte de los cambios que hubo en la negociación colectiva. Lo ha hecho por un amplio margen. Nueve magistrados votaron contra el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Parlamento de Navarra, entre ellos el presidente, Francisco Pérez de los Cobos, y dos de los magistrados pertenecientes al llamado sector progresista, Juan Antonio Xiol y Encarnación Roca. La vicepresidenta Adela Asúa, Fernando Valdés y Luis Ortega votaron en contra y presentarán un voto particular exponiendo los argumentos por los que consideran que debería haberse admitido el recurso.

Entre los nueve votos a favor se encontró el del recién incorporado Antonio Narváez que tomó posesión el pasado jueves y que ya ha participado en la votación de la ponencia redactada por Andrés Ollero.

El fallo, junto con otra resolución del pasado mes de febrero, vacían de contenido el recurso presentado por el conjunto de la oposición de izquierdas (PSOE e Izquierda Plural), sobre el que el Constitucional todavía no se ha pronunciado. El PSOE, y también su nuevo líder, Pedro Sánchez, han reiterado que derogarán la reforma cuando lleguen al poder.

Con el resuelto por el pleno se acumulan dos fallos favorables a la norma estrella del Ejecutivo durante la primera parte de la legislatura. Todavía queda por aclarar si se ajusta a la Constitución las nuevas facilidades que dio el Gobierno a la hora de despedir o la vía que dejaba el camino libre para la aplicación de expedientes de regulación de empleo en el sector público, una vía que ha sido utilizada en casos como los de Telemadrid o Canal 9.

No obstante, ha quedado avalado por el tribunal de garantías constitucionales el contrato de emprendedores, que fue una de las grandes apuestas del Gobierno para estimular la contratación indefinida. Aunque, a la vista de los datos, no lo ha conseguido. En su empeño, el Ejecutivo estableció en el nuevo contrato, para empresas menores de 50 trabajadores, un periodo de prueba de un año de duración en el que está permitido el despido sin indemnización ni alegación de causa. Este último punto ha sido muy criticado, puesto que el ordenamiento jurídico español y los convenios internacionales de la OIT establecen que los despidos deben estar justificados. Para muchos juristas, esta ampliación hasta un año del periodo de prueba supone una vulneración del derecho al trabajo, algo que no ha considerado la mayoría del pleno del Constitucional.

Los otros dos puntos sobre los que ha fallado el tribunal atañen a los cambios en la negociación colectiva, es decir, los convenios. El primero de ellos es el que otorga a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (CCNCC) el papel de árbitro cuando no había acuerdo entre sindicatos y empresarios a la hora de incumplir un convenio. El segundo es el que da preferencia en la aplicación a los convenios de empresa sobre los de sector.

El fallo prioriza los convenios de empresa sobre los pactados en el sector

Pocas dudas cabían sobre la posición que iba a adoptar el presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, sobre los cambios en la negociación colectiva. Cobos, que militó en el PP hasta, al menos, 2011 y lo ocultó cuando accedió al tribunal, es considerado el padre intelectual de la idea de situar a la Comisión Nacional de Convenios como árbitro último en caso de desacuerdo entre sindicatos y empresarios a la hora de dejar de aplicar un convenio. Y así lo plasmó, en 2010, en un artículo publicado en el número 14 de la revista Relaciones Laborales escrito junto con su alumno Xavier Thibault, actual director general de Empleo y, por tanto, alto cargo del Ministerio de Empleo, desde enero de 2012.

En el artículo, Pérez de los Cobos y Thibault sostenían que la designación de la CCNCC como árbitro no conculca el derecho constitucional a la autonomía de la negociación colectiva porque tanto empresarios como sindicatos están integrados en el organismo. No obstante, en él hay un tercer actor, el Gobierno, que es quien decide en caso de desacuerdo. De ahí que los detractores de este punto defiendan que sí que se vulnera ese derecho y que, además, al ser un asunto sobre el que no concurre el interés general no tiene sentido el papel que, en última estancia, le reserva la reforma laboral al Gobierno para los casos en los que existe desacuerdo.

El presidente ya defendió en 2010 los cambios en la negociación colectiva

El fallo también despeja el horizonte sobre uno de los cambios más reclamados por los organismos internacionales: la descentralización de los convenios dando prioridad a los pactos logrados en las empresas sobre los habidos en sectores.

Esta decisión del Constitucional se suma a la adoptada en febrero de este mismo año, de la que fue ponente el magistrado dimitido recientemente, Enrique López. En aquel fallo, el tribunal se pronunció sobre un aspecto formal, en contra de la doctrina precedente del mismo tribunal, avalando la tramitación de la reforma por la vía urgente del decreto ley. Así dio su visto bueno al procedimiento utilizado por el Gobierno, el real decreto ley. Todo pese a que en 2007, el mismo tribunal no consideró justificada la vía del decreto y anuló la reforma laboral de 2002, el llamado decretazo. Aquella decisión fue intrascendente, porque la tramitación parlamentaria se realizó como un proyecto de ley, igual que sucedió con la reforma de 2012.

En el mismo fallo, el Constitucional se ha pronunció sobre dos cuestiones de contenido: una es la que por la vía de los hechos ha convertido los salarios de tramitación (el dinero que deja de cobrar un despedido desde que pierde su empleo hasta que hay un fallo judicial firme) en algo prácticamente residual; la segunda, la que avalaba la legalidad de la reducción de la indemnización por despido no ajustado a derecho (el conocido antes como improcedente) de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades a 33 con un tope de 24 meses.

http://economia.elpais.com/economia/2014/07/15/empleo/1405434548_184069.html

PÉREZ DE LOS COBOS: 'He sido un mero afiliado de base del PP

¿Cree que la polémica que se desató por haber sido afiliado al PP dañó al tribunal?

He sido un mero afiliado de base del PP sin participación activa en la vida del partido, hasta el punto de que creo que quienes me propusieron para ser magistrado del TC desconocían que era afiliado. Cuando soy elegido magistrado constato que, de acuerdo con la Constitución y la ley orgánica del Tribunal, la mera afiliación no es incompatible con el ejercicio de la función jurisdiccional y por eso decido no hacer nada. Si hubiera sabido que eso iba a ser usado no sólo contra mí sino contra la institución me hubiera dado de baja sin más.

¿Y cuándo lo hizo?

Cuando accedí a la Presidencia, por entender que la función de representación que este cargo exigía aconsejaba la baja.

¿Y no sería mejor que la ley prohibiera la afiliación política de los magistrados?

Hay un obstáculo constitucional. El artículo 159 de la Constitución dice que la condición de miembro del TC es incompatible con el desempeño de funciones directivas en un partido político. Ésta es la limitación que rige. Y estaría por verse la posible constitucionalidad de una norma que restringiese un derecho que la Constitución reconoce.

¿Por qué no informó a la Comisión de Nombramientos del Senado de esa circunstancia personal?

Contesté a cuantas preguntas quisieron formularme. Han sido magistrados del TC ex diputados, ex senadores, juristas que han estado en el comité ejecutivo de los partidos, directores generales, fontaneros de La Moncloa...En ese contexto, la mera militancia me parecía irrelevante. La independencia de un juez tiene que ver sobre todo con la dignidad personal y profesional y, como obras son amores y no buenas razones, para enjuiciar la mía remito al análisis de las resoluciones de las que he sido ponente y del sentido de mi voto.

El TC ha sido desautorizado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por avalar la doctrina Parot.

Nosotros entendíamos que esa doctrina no vulneraba el principio de irretroactividad de la norma penal porque se trataba de un cambio jurisprudencial que afectaba a la interpretación de las reglas en materia de ejecución de penas. El TEDH no lo ha considerado así y, efectivamente, ha habido una desautorización.

¿Sigue pensando que la doctrina Parot era más justa?

Existían razones constitucionales que avalaban la lectura que el TC hizo. Esa interpretación, además, se correspondía con el sentimiento de justicia de la sociedad, y lo sigo pensando. Ahora bien, estamos vinculados a los pronunciamientos del TEDH.

¿Va a haber pronunciamiento sobre el recurso del PP contra la ley socialista del aborto?

Ni mi antecesor, Pascual Sala, ni yo hemos introducido en el orden del día ese asunto por una razón de prudencia. Quienes plantearon el recurso contra la ley vigente fueron los diputados del PP, que tiene mayoría parlamentaria, que ha dicho con reiteración que va a cambiar la ley y que, por consiguiente, tiene en su mano conjurar los problemas de constitucionalidad que la norma le planteaba. Esos anuncios de reforma legal se vienen dilatando en el tiempo, y parecería que lo que es una actitud prudente del TC es una situación de desidia. No hay tal. Hay voluntad de no interferir en el proceso legislativo, máxime cuando ya hay jurisprudencia del TC en materia de aborto.

¿Y van a seguir esperando?

El TC está para solucionar problemas, no para incrementarlos. Es prudente esperar.

¿Qué opinión le merece la extensión del aforamiento a determinados miembros de la Familia Real?

Es necesario abrir una reflexión sobre situaciones de aforamiento para racionalizarlas. Desde el presupuesto de que la Justicia debe ser igual para todos, el fuero debiera reservarse para situaciones cualificadas y, desde luego, cualificadas son las de la Familia Real stricto sensu, es decir, la de la Reina y los Príncipes de Asturias. Quizás, en paralelo, debieran eliminarse otras no suficientemente aquilatadas.

http://www.elmundo.es/espana/2014/04/07/5341e241268e3ee31c8b4578.html

 EL CONSTITUCIONAL APLAZA SIN FECHA LA SENTENCIA SOBRE LA ACTUAL LEY DEL ABORTO

El tribunal no tiene previsto resolver sobre la norma aprobada en 2010

El Poder Judicial retrasa el dictamen ante la reforma planteada por el Gobierno

La sentencia del Tribunal Constitucional sobre la vigente Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, la ley del aborto aprobada en 2010 por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, está pendiente de “señalamiento para votación y fallo”, según informó el tribunal a IU. Sin embargo, el Constitucional no tiene previsto ni siquiera someter a debate el recurso presentado por el PP en 2010 ante la futura aprobación de la reforma tramitada por el Gobierno de Mariano Rajoy, que, principalmente, sustituye los plazos por supuestos para la interrupción del embarazo. La decisión está aplazada sine die.

Con un debate político en marcha, son varios los magistrados del Constitucional que consideran que sentenciar ahora sería un “injerencia”. El tribunal considera además que no tiene sentido someter la normativa a controversia ante el hecho de que la reglamentación cambiará en breve y el Constitucional solo se pronuncia sobre leyes vigentes. Pero, además, políticamente, tampoco existe ninguna prisa porque llegue la resolución del tribunal, sino más bien al contrario. El Gobierno no acelera la tramitación de la reforma, cuyo anteproyecto aprobó el Consejo de Ministros en diciembre de 2013 y sigue su curso a la espera de diversos informes.

Varios son los ámbitos y escenarios a los que está sometida tanto la ley vigente y recurrida, la de 2010 aprobada por Zapatero, como la reforma del actual Gobierno, aún no aprobada.

El Gobierno y el PP estudiaron la posibilidad de retirar el recurso presentado ante el Constitucional y evitar el pronunciamiento. Sin embargo, el hecho de que fuera firmado por 50 diputados populares, que no en todos los casos siguen siéndolo, complicó la situación. De haber ocurrido así, el tribunal hubiera podido enterrar definitivamente el asunto con la fórmula del desestimiento. En el caso de que se apruebe la reforma del Gobierno del PP, que acabará con la ley vigente sin que exista un pronunciamiento, el caso quedará igualmente enterrado al desaparecer el objeto del litigio.

Aunque el recurso se mantenga vivo, los populares creen más adecuado y conveniente que el tema no se introduzca en el orden del día de los asuntos que trata el pleno del tribunal para no interferir en el proceso legislativo.

La competencia de incorporar el asunto al debate jurídico del plenario es exclusiva de su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, que tomó posesión en junio de 2013. Ni él, en este tiempo, ni su antecesor, Pascual Sala, han llevado el tema a discusión.

Las consecuencias

En el caso de que el Constitucional (que tiene una mayoría conservadora) decidiera sentenciar a favor del recurso del PP y declarando la inconstitucionalidad de la fórmula de plazos para la interrupción del embarazo, el PSOE plantearía una reforma de la Constitución cuando accediera al Gobierno para cumplir con su compromiso de volver a este modelo.

Una norma sin informar

Ni el Consejo General del Poder Judicial ni el Consejo Fiscal han emitido sus respectivos informes sobre la futura ley.

El Consejo General del Poder Judicial volvió a solicitar el pasado 1 de abril una prórroga de un mes para la elaboración de su informe, preceptivo pero no vinculante. Dos vocales de sensibilidades distintas, Carmen Llombart (conservadora) y Pilar Sepúlveda (progresista) son las encargadas de redactarlos aunque no se ponen de acuerdo. Mientras Sepúlveda ya ha comunicado que tiene listo su texto (muy crítico con el anteproyecto del Gobierno), Llombart todavía no ha comunicado nada respecto al suyo. Las prórrogas del Consejo General del Poder Judicial, autorizadas por el Ministerio de Justicia, dilatan aún más la aprobación del definitivo proyecto de Ley para su envío al Congreso de los Diputados.

El Consejo Fiscal tenía que haber tratado su informe sobre la ley el pasado 20 de marzo pero también se solicitó una prórroga. Aunque existe una nueva convocatoria para el 24 de abril aún no está decidido si los fiscales dictaminarán sobre el texto normativo. Con lo que sí cuenta Justicia es con varias decenas de informes de distintas asociaciones que, en su mayoría, son muy críticos con la norma y coinciden en señalar la necesidad de incluir en el texto el supuesto de malformación fetal que el Gobierno de Rajoy eliminó de su texto definitivo.

Tramitación apurada

La Ley del aborto vigente se tramitó en solo seis meses en el Congreso y el Senado. El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero registró su iniciativa legislativa el 26 de septiembre de 2009 en el Congreso y se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 3 de marzo de 2010. La actual legislatura cuenta aún con dos períodos de sesiones en los que se podría resolver y aprobar la reforma. Sin embargo, en el caso de que se retrasara hasta el último, entre febrero y mayo de 2015, el debate parlamentario se acercaría mucho a las próximas elecciones municipales y autonómicas, con tema controvertido y difícil de defender para el PP.

http://politica.elpais.com/politica/2014/04/13/actualidad/1397412327_686463.html

El Parlament pide la recusación del presidente del Constitucional

La cámara catalana considera que Pérez de los Cobos y otros dos magistrados demuestran "animadversión" hacia Cataluña y no son imparciales para juzgar la declaración de soberanía

Ofensiva catalana ante el probable fallo del Tribunal Constitucional en contra de la declaración de soberanía del Parlament. La Mesa de la Cámara ha decidido esta mañana pedir la recusación del presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos, y otros dos magistrados -Pedro González-Trevijano y Enrique López-, al considerar que no son imparciales para deliberar sobre ese texto, que describe a la comunidad como "sujeto político y jurídico soberano". Todos los miembros de la Mesa (en la que están representados CiU, ERC; PSC, ICV y PP), salvo Pere Calbó, del PP, han coincidido en reclamar la recusación, avalada por los servicios jurídicos del Parlament.

La vicepresidenta primera de la Cámara, Anna Simó, ha explicado el acuerdo y ha subrayado el consenso en la Mesa. Según Simó, los tres magistrados a los que se pide la recusación han manifestado públicamente una "animadversión fehaciente" hacia cuestiones catalanas, lo que según el Parlament "les puede inhabilitar" para abordar la declaración de soberanía del Parlament, sobre la que el TC podría pronunciarse en las próximas semanas. El informe de los servicios jurídicos no cuestiona la libertad de ideas de cada juez, aunque cuestiona que los planteamientos choquen abiertamente con los principios de "imparcialidad e independencia" que deben tener los magistrados del TC.

La presidenta de la cámara, Núria de Gispert, ya avisó el pasado día 12 que plantearía la recusación al ver demostrada "una afinidad ideológica" de estos jueces con las tesis del PP. Los miembros del TC, concluyó, "deben ser independientes y que la independencia se tiene que considerar desde la impoarcialidad y la neutralidad".

Uno de los ejemplos de los que se vale el Parlament para reclamar la recusación del presidente del TC es la conferencia que pronunció Pérez de los Cobos en Yecla (Murcia) en 2005, destapada por EL PAÍS el pasado septiembre. En ella, el magistrado criticó el "desprecio" de los catalanes hacia la cultura española. En el argumentario de la cámara catalana también se cuentan pronunciamientos reiterados sobre el nacionalismo y el derecho a decidir de González-Trevijano y Enrique López en publicaciones, conferencias y seminarios de la fundación FAES, vinculada al PP.

El Parlament ya solicitó en verano de 2013 la recusación de Pérez de los Cobos al acusarlo de falta de imparcialidad por su pasado en el PP. El TC la rechazó por amplia mayoría, aunque hubo división en sus magistrados sobre la imparcialidad e independencia del presidente del Alto Tribunal.

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/03/25/catalunya/1395750209_599886.html

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL DEFIENDE A ULTRANZA LA ESPAÑA DE LAS AUTONOMÍAS

Pérez de los Cobos dice que la descentralización es comparable a un Estado federal

El pleno del Tribunal Constitucional aún no se ha pronunciado sobre la declaración soberanista de Cataluña, pero su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, ya ha abordado el asunto en dos ocasiones, y en la misma dirección: ensalzando el modelo de Estado autonómico que recoge la Constitución, reclamando abstinencia sobre “decisiones o actos que perjudiquen el interés general” y advirtiendo de que el tribunal ya ha aplacado tanto “intentos de minimización como de desbordamiento del proyecto de descentralización política”.

El presidente pidió este miércoles, aprovechando la toma de posesión de un nuevo magistrado, lealtad, como “soporte esencial del funcionamiento del Estado autonómico” y, reprochando los intentos de profundizar en él, expuso cómo la Constitución ha “consentido” a diferentes partidos desarrollar sus programas de gobierno hasta llegar a un grado de descentralización “perfectamente comparable al de los Estados federales”. Abundó en la defensa de la norma con un tono rotundo: “Es preciso repetir la verdad”, dijo. Y expuso cómo la Constitución ampara “incluso a quienes no participan de sus valores y querrían sustituirlos por otros”. Además, alegó que “garantiza a las nacionalidades y regiones un nivel de autogobierno del que nunca antes habían gozado”.

Pérez de los Cobos, no obstante, no descartó la posibilidad de un cambio en el modelo, pero “siempre y cuando la reforma se plantee desde el respeto a las reglas que la propia Constitución establece”. Así, exigió a “todos los poderes públicos” que se abstengan de “adoptar decisiones o realizar actos que perjudiquen el interés general y tengan en cuenta, por el contrario, la comunidad de intereses que les vincula entre sí, que no puede resultar disgregada o menoscabada como consecuencia de una gestión insolidaria de los propios intereses”.

El pleno del Constitucional ha tratado en, al menos, dos ocasiones la impugnación del Gobierno a la declaración de soberanía aprobada por el Parlamento catalán en enero de 2013. Pese a que la resolución del recurso aún no se ha incluido en el orden del día de ningún pleno, en ambos posicionamientos informales se ha plasmado una clara división.

La mayoría conservadora aboga por declararla inconstitucional, mientras que la progresista sostiene que no tiene valor jurídico y que, por tanto, no debería admitirse la impugnación. El debate podría retomarse la próxima semana.

http://politica.elpais.com/politica/2014/03/19/actualidad/1395229024_844133.html

“LA TENDENCIA EN EL CONSTITUCIONAL ES MAYOR A LA UNIDAD QUE A LA AUTONOMÍA”

El magistrado defiende una reforma al entender la Constitución solo marcó el modelo de construcción del Estado de las autonomías

Luis Ortega Álvarez (Madrid, 1953) tomó posesión como magistrado del Tribunal Constitucional en enero de 2011, designado por el Senado a propuesta del PSOE. Ha vivido un cambio de presidente y de mayoría, que ahora es conservadora. Este catedrático de Derecho Administrativo considera que el tribunal podría mejorar su imagen abriéndose y, quizá por ello, accede a ser entrevistado, algo completamente inusual entre los componentes del Constitucional.

Pregunta. Usted fue uno de los magistrados que discrepó sobre la compatibilidad de la militancia política del presidente, Francisco Pérez de los Cobos, y su puesto como magistrado del Constitucional. ¿En qué se basaron sus argumentos?

Respuesta. La lectura literal de la ley del Tribunal Constitucional dice que la única prohibición es la de ocupar cargos de dirección política, que se hace extensiva a fundaciones y entes de carácter menor pero entiendo, y así lo expuse, que un Constitucional en el que sus miembros sean militantes en activo sería un tribunal con una credibilidad muy atenuada respecto de que sus decisiones estuvieran basadas en razonamientos jurídicos. Al margen de temas legales sobre si está obligado a recibir instrucciones, que son temas menores, es un tema de imagen. Es un tribunal que ya está bastante en el ojo del huracán como para echar más leña al fuego. El principio de independencia del tribunal me llevó a entender que la prohibición se extiende a la militancia activa.

P. ¿Cree que en el futuro habría que legislar la prohibición de esta compatibilidad?

La ley debería incompatibilizar la afiliación política con ser magistrado

R. Me parecería correcto que en la futura ley del Constitucional la condición de magistrado fuese incompatible con la de ser miembro en activo de un partido.

P. ¿Se está convirtiendo el Constitucional en un tribunal de última instancia política?

R. No es que se esté convirtiendo sino que esa es una de sus funciones. Si repasamos las distintas composiciones del tribunal, en todas ellas se ha planteado esto. Algunos compañeros se enfrentaron a la LOAPA, otros a la ley del aborto, otros a Rumasa, otros al Estatut. Elementos de importancia y calado ha tenido el tribunal en todas sus etapas. Una preocupación permanente es que se tiene que resolver desde una forma de razonar que no es la política sino con argumentos en derecho. Una ley es al mismo tiempo norma jurídica y decisión política. No son verdades inmutables y desde el Constitucional debemos tener la labor de trasladar el porqué de las decisiones y las razones que hay desde el punto de vista del razonamiento jurídico. Por ejemplo, el artículo 2 de la Constitución que reconoce la unidad y la autonomía. El principio de unidad en absoluto impediría el principio de autonomía. En derecho se conocen como conceptos jurídicos indeterminados y su grado de precisión tiene que determinarse en casos concretos. Es un ejemplo clarísimo desde el punto de vista constitucional. A medida que uno va avanzando se hace más complicado. La dificultad de los juristas está en los grises porque a veces la realidad y el derecho te obligan a decir que este gris es blanco o negro, aunque sea gris.

P. ¿Las últimas resoluciones del tribunal, en esa zona de grises, se encaminan a cimentar el centralismo y en contra de la España de las autonomías que dibujó la Constitución?

R. En el Constitucional todos somos personas con carrera profesional dilatada y conocida. Somos, por lo menos en lo que a mí respecta, absolutamente independientes, pero mi concepción del derecho y de las instituciones jurídicas y cómo interpretar la Constitución son conocidas porque llevo casi 40 años en la profesión. Cuando eligen a una persona, eligen también la manera que tiene de interpretar la Constitución. El 70% de las sentencias del pleno salen por unanimidad. La diferencia se manifiesta cuando los asuntos pueden concitar diferentes enfoques y diferentes formas de interpretar la Constitución pero eso es bueno y legítimo. Hay legítimamente distintas formas de entender la Constitución, tanto desde opciones distintas de interpretación e incluso desde opciones ideológicas similares. Anda que no se ha escrito del 150.2 que ahora está de moda… incluso hay autores que se han corregido a sí mismos y me parece correcto.

P. Pero, por lo que está diciendo, aunque sean legítimas v aunque fueran previsibles por esa trayectoria de cada uno, ¿tienden hacia el centralismo?

R. En mis votos particulares sí me he opuesto a determinadas interpretaciones de la Constitución y no solo con este tribunal sino también con el anterior, con una mayoría distinta. Siempre he visto que hay mayor tendencia, quizá psicológica, a la unidad que a la autonomía. Podemos pensar que es un elemento también psicológico, cultural, de que la unidad refuerza y la autonomía rompe. El papel de muchos políticos y profesores que se han dedicado a estudiar la Constitución ha sido explicar cómo a partir de la segunda guerra mundial cambia el modelo. Frente al modelo francés de la unidad, el modelo político que sale triunfante es el federalismo norteamericano, que no es fácil de exportar. No se puede decir que un país que está estructurado en un modelo federal no sea un país fuerte que incluso puede ganar dos guerras mundiales, como EEUU. España ha dado un gran avance en este sentido, en la asunción de los ciudadanos de que su autonomía ha sido muy importante como factor de desarrollo económico y social. Lo que pasa es que, a veces, cuando los debates se exacerban es más difícil encontrar puntos medio de equilibrio. Nuestro modelo es de descentralización política y el problema es el reparto de cuanto poder político ha de estar en manos del Estado y cuánto en manos de las comunidades. La Constitución alemana y la italiana han sido modificadas para acomodarse a su realidad.

P. ¿Es necesaria entonces una reforma de la Constitución?

R. Formo parte de un grupo de personas, amplio, que tiene una manera de interpretar la Constitución y no creo que haya ninguno que no diga que fue un modelo de construcción del Estado de las autonomías y, además, hipotético. Ya sabemos cómo hemos desarrollado el título octavo. Sabemos muchas cosas del modelo descentralizado que tenemos y lo que habría que hacer es modificarla para introducir las reglas de funcionamiento que sí ha tenido que ir arbitrando el Tribunal Constitucional. No pasaría nada porque fuesen repensadas por los legítimos detentadores de la soberanía nacional, que son los representantes del pueblo. A veces el tribunal tiene que tomar decisiones que no son todo lo buenas posibles porque no cuenta con elementos dentro de la Constitución que permitan esas soluciones. El Constitucional no puede sustituir ni inventarse la Constitución, puede interpretarla.

P. Hay quien cree que se está dictando una constitución paralela a la escrita.

R. No estoy de acuerdo. Hay constituciones cortas y constituciones largas. No estoy diciendo que hagamos un título octavo de 400 artículos. Hay parte de ese título que es pura historia y lo que hay que hacer es cambiar principios o conceptos que ya no son aplicables al modelo territorial, pero siempre habrá un elemento interpretativo de la Constitución. Todo el constitucionalismo americano lo ha hecho el Supremo, de una constitución micro. Hay otros modelos, como el suizo que a mí no me gusta, que tienden a poner prácticamente todo en la Constitución, pero decir que el tribunal ha creado una Constitución paralela, lo rechazo. El Constitucional interpreta la Constitución que hay. Ha tenido que interpretar sus contradicciones como llamar exclusivas unas competencias que en otra parte no aparecen como exclusivas… Ha tenido que ir interpretando pero no haciendo una Constitución paralela.

P. ¿Cuál es su postura sobre la declaración soberanista?

R. Estando pendiente el recurso en el tribunal no pudo adelantar mi posición. Lo que es evidente es que es una situación discutida que imagino tendrá su reflejo en el tribunal por la diversidad de interpretaciones posibles.

P. Si el Constitucional falla contra la ley del aborto, ¿España nunca podrá tener una ley de plazos?

R. España podrá tener todas las leyes que su parlamento quiera aprobar. Y si el Constitucional falla contra la ley del aborto, no necesariamente tendría que fallar en contra de los plazos. Está sometida a un recurso y, tal como dijo el presidente en una nota explicativa, ni siquiera los magistrados conocemos la ponencia. Cuando se entre a discutir se vería. Ni necesariamente el constitucional se tiene que pronunciar contra la ley de plazos ni necesariamente impediría otra versión acomodada a lo que dijese el Constitucional con otras alternativas que no fuesen ni plazos ni supuestos. Siempre ante la libertad del legislador.

P. ¿Considera que se podría haber hecho algo distinto a la excarcelación con los presos etarras liberados tras el fallo Parot?

R. Lo que hizo el Supremo fue aplicar la ley que es lo que tenía que hacer. Nunca entendí el debate jurídico sobre la sentencia Parot. Otra cosa es la legitimidad de los afectados desde el punto de vista emocional, que hay que respetar.

P. Pascual Sala se despidió con un alegato a la independencia del Constitucional y asegurando que este no era un tribunal politizado. ¿Compartía su opinión? ¿Cree que es así ahora?

R. No creo que haya elementos de politización del tribunal tal como se entiende en los medios de comunicación o en el sentido coloquial. Si hablamos de jueces que están a las órdenes de partidos políticos y que llaman para decirnos lo que tenemos que hacer, deberían querellarse contra nosotros y mandarnos a la cárcel por prevaricadores, es un planeamiento injusto, es ciencia ficción. Otra cosa es que los magistrados tengan sus opiniones políticas personales pero no las trasladan a las sentencias porque se enfrentarían a otros magistrados que no se lo consentirían.

P. ¿Tiene el llamado sector conservador un criterio más unificado que el progresista?

R. No siempre es así. Sería una cuestión de apreciación estadística.

P. Pérez de los Cobos fue elegido presidente por unanimidad para mejorar la imagen institucional del tribunal. ¿Se arrepiente de haberlo apoyado?

R. No le voy a contestar a eso porque no voy a dar opiniones personales, ni a favor ni en contra, sobre compañeros.

P. El presidente del Supremo convocó al pleno del Constitucional a una reunión completamente inusual. ¿Qué le parece?

R. El tipo de reuniones institucionales, de intercambio, me parecen buenas. Igual me parecería bien que nos reuniésemos con el presidente del Gobierno o con el Rey. La independencia no significa desconocimiento, igual que si un presidente autonómico quisiese manifestar verbalmente al tribunal ideas u opiniones, me parecería normal dentro de lo que es el funcionamiento de las instituciones. No significa que porque nos hablen nos vayamos a sentir adoctrinados y amenazados. Es limpieza. Se debería hacer.

http://politica.elpais.com/politica/2014/03/16/actualidad/1394994388_927346.html

EL CONSTITUCIONAL SE ALEJA DE UNA DECISIÓN UNÁNIME SOBRE LA DECLARACIÓN SOBERANISTA

El debate del plenario, que duró cuatro horas, no logró nuevos puntos de consenso

El debate sobre la declaración de soberanía de Cataluña que el pleno del Tribunal Constitucional mantuvo ayer, durante cuatro horas, no sirvió para acercar posturas sino para evidenciar el distanciamiento que existe entre los 11 magistrados y, por tanto, la cada vez más lejana posibilidad de alcanzar una resolución unánime.

Pese a que fue un posicionamiento informal, ya que el tema no estaba incluido en el orden del día, sí se considera el punto de partida para comenzar a fijar criterios sobre una resolución que todos los magistrados sopesan como de gran importancia tanto para España como para el propio Constitucional, que busca restaurar la confianza de la ciudadanía en el tribunal.

Pese a que el presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, no se mostró beligerante en su defensa del recurso presentado por el Gobierno de Rajoy contra la declaración soberanista catalana, la búsqueda de consenso que pretende no ha logrado, de momento, su objetivo. Los planteamientos siguen siendo muy distantes y, aunque los 11 magistrados que componen actualmente el pleno sí están de acuerdo en que Cataluña no es soberana, la discrepancia es evidente entre los que piensan que el Constitucional debe resolver la impugnación y quienes opinan que no es el órgano competente para ello.

Los magistrados que sostienen que el tribunal ha de resolver sobre el fondo se ciñen al valor jurídico que, a su juicio, tiene la propia declaración, después de que el Consejo de Estado considerara que existían “fundamentos jurídicos suficientes” para impugnarla, tal como hizo el Gobierno.

En la postura contraria se sitúan quienes apuntan a que se trata de una situación similar a la planteada por el Gobierno de José María Aznar ante la aprobación del plan Ibarretxe por parte del Gobierno vasco, sobre el que Constitucional se pronunció (en la conocida como primera sentencia Ibarretxe) desestimando el recurso y alentando al debate político. Pese a que en el caso de Cataluña es una declaración del Parlamento y en el caso vasco era la propuesta del estatuto político del Gobierno autónomo, son varios los magistrados que consideran que hay muchos elementos en común y, por tanto, sí sirve de precedente para el Constitucional.

No obstante, son una mayoría los magistrados del tribunal que abogan por el consenso, pese a las discrepancias en sus criterios y califican de “cuestiones menores” incluir en su resolución una exposición didáctica sobre la capacidad de convocar referendos o cómo debería reformarse la Constitución para incluir la posibilidad de que las autonomías puedan convocar consultas como la anunciada por el Gobierno catalán para el 9 de noviembre.

La mayoría conservadora, compuesta por seis magistrados, está a favor de dictar la inconstitucionalidad del recurso, mientras que la minoría progresista, integrada por cinco magistrados, apuesta por que sean los órganos políticos los que resuelvan el debate ante la falta de valor jurídico de la declaración.

La ponencia, redactada por la vicepresidenta Adela Asúa, se decanta por esta última opción por lo que, de mantenerse la división que ayer se evidenció en el pleno, tendría dos opciones: retirar su ponencia y dejarla en manos de la mayoría o, ante las enmiendas, reelaborarla con las tesis de la mayoría y, para mostrar su discrepancia, presentar un voto particular. A partir de hoy comenzarán las reuniones entre los magistrados que lideran sendas posiciones y, probablemente, la decisión se vote en el último pleno del mes.

http://politica.elpais.com/politica/2014/02/13/actualidad/1392324899_883975.html

CATALUÑA QUIERE RECUSAR A TRES MAGISTRADOS DEL CONSTITUCIONAL

El Parlament cree que los jueces tienen “afinidad” al PP

La carpeta de casos sobre Cataluña pendientes de resolución en el Tribunal Constitucionales cada semana más abultada. Ayer mismo la Generalitat anunció un nuevo recurso de inconstitucionalidad contra la ley del sector eléctrico que promueve el Gobierno. El Ejecutivo de Artur Mas hizo lo mismo con otras cuatro leyes la semana pasada, y todo ello mientras los magistrados del Alto Tribunal deliberan, absolutamente divididos, sobre la llamada Declaración de Soberanía del Parlamento catalán.

En este complicado escenario, la Generalitat está dispuesta a intentarlo todo para evitar que los magistrados que se han alineado con tesis cercanas al PP o han participado en actos de la fundación del partido acaben dirimiendo sobre la carpeta catalana. Por esta razón el Parlamento catalán quiere recusar a hasta cuatro jueces.

El objetivo inmediato del Parlamento catalán y del Gobierno de la Generalitat es evitar que estos magistrados se pronuncien sobre la Declaración de Soberanía aprobada el año pasado y que define a Cataluña como “sujeto político” con derecho a elegir su propio futuro.  la presidenta del Parlament, Núria de Gispert entiende que los magistrados que se quieren apartar de las deliberaciones sienten “animadversión contra los nacionalismos territoriales”.

Tras reunirse la Mesa del Parlamento, Gispert precisó que se plantea la recusación porque cree demostrada una “afinidad ideológica” de los jueces que les impide pronunciarse de forma imparcial sobre la Declaración, que el Gobierno central llevó al Tribunal Constitucional. Núria de Gispert insistió en que la Declaración es política y no jurídica, por lo que el TC no debería considerarla anticonstitucional.

La iniciativa de la presidenta fue avalada con los votos de CiU, ERC, PSC e ICV-EUiA, y el único voto en contra del PP. Ciutadans y la CUP no se pronunciaron porque no tienen representación en este órgano de la Cámara.

De Gispert precisó que dos de los magistrados del Alto Tribunal cuya actuación será analizada con especial detenimiento por los servicios jurídicos son Pedro González-Trevijano y Enrique López por sus pronunciamiento reiterados sobre el nacionalismo y el derecho a decidir en publicaciones, conferencias y seminarios de la FAES -presidida por el expresidente José María Aznar

El Parlament ya solicitó antes del verano de 2013 la recusación del presidente del Alto Tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, al acusarlo de falta de imparcialidad por su reconocido pasado en el PP, una recusación que no fue aceptada.

En la memoria de los partidos que impulsan las recusaciones está el caso del magistrado Pablo Pérez Tremps, que fue apartado de las deliberaciones sobre el Estatuto catalán por haber redactado un informe para la Generalitat.

El PP y Ciutadans criticaron duramente la decisión del Parlamento. La portavoz parlamentaria de C's, Carina Mejías, advirtió de que, si la recusación prosperase, el Parlament haría “listas de profesionales que, en función de su ideología política”, deben ser depurados, con independencia de su trayectoria y experiencia. El portavoz adjunto del PP, Santi Rodríguez, acusó a la cámara de hacer “seguidismo” del Gobierno de Artur Mas para “desacreditar las instituciones del Estado”.

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/03/11/catalunya/1394538880_965507.html

LA DECLARACIÓN DE SOBERANÍA, EN LA AGENDA

El tribunal debatirá sobre la ponencia redactada por la vicepresidenta, Adela Asúa

El Constitucional recuerda que ya evitó otras propuestas independentistas

El pleno del mes de febrero será el que, previsiblemente, comience a debatir sobre la constitucionalidad de la declaración de soberanía que el parlamento catalán aprobó en enero de 2013 y que el Gobierno de Rajoy impugnó en marzo de ese año. La consideración de Cataluña como un “sujeto político y jurídico soberano” fue el principal argumento de una declaración que ya fue suspendida, por unanimidad del pleno.

La vicepresidenta del Constitucional y presidenta de la sala segunda, Adela Asúa, es la encargada de redactar la ponencia en la que se tratará el fondo de la declaración soberanista. El debate se prevé arduo ya que, según fuentes del tribunal, el acuerdo es solo unánime en una cuestión: Cataluña no es soberana. Sin embargo, de ahí a que la declaración de soberanía sea declarada inconstitucional, hay todo una discusión, según las mismas fuentes.

Para empezar, entre los magistrados del Constitucional hay quienes piensan que este sí es el órgano competente para analizar la declaración, mientras que otros cuestionan que sea el tribunal el que haya de resolver sobre una cuestión que, a su juicio, debería quedar bajo el control de otros órganos políticos.

Tampoco hay acuerdo, de momento, sobre si la declaración de soberanía se ha de analizar en solitario o si se ha de tener en cuenta que forma parte de un proceso que ha continuado con el acuerdo sobre las preguntas, las cartas cruzadas entre el presidente de la Generalitat, Artur Mas, y el del Gobierno, Mariano Rajoy, y la petición de competencias para celebrar la consulta.

El debate también dilucidará si, finalmente, los magistrados del Constitucional optan por, a modo didáctico, ofrecer nociones sobre el camino para reformar la Constitución, en lo que se refiere al referéndum.

La inclusión como precedente de la sentencia de Quebec —que negó la independencia unilateral, sin negociaciones con el resto de Canadá— o el primer fallo sobre el plan Ibarretxe —que rechazó la tramitación de la impugnación gubernamental del plan— son otras de las cuestiones pendientes de debatir.

http://politica.elpais.com/politica/2014/01/23/actualidad/1390508252_794067.html

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AVALA TRES ASPECTOS DE LA REFORMA LABORAL

Acepta el uso del formato de decreto ley para su aprobación. También respalda aspectos sobre las indemnizaciones por despido improcedente y la limitación al cobro de salarios de tramitación

Justo este jueves, cuando se cumplen dos años exactamente desde que la reforma laboral entró en vigor, el Tribunal Constitucional ha dado a conocer su aval a tres de los aspectos sobre los que se había planteado dudas. Lo hizo con un auto, no con una sentencia, que contó con siete votos a favor, entre ellos el del presidente, Francisco Pérez de los Cobos, y cuatro en contra.

En concreto, el Constitucional ha dado su visto bueno al procedimiento que el Gobierno empleó para implantar la reforma, el real decreto ley. Se pronuncia así en sentido contrario a como lo hizo en 2007 respecto de la reforma laboral de 2002, el llamado decretazo, cuando no consideró justificada la vía del decreto y la anuló. Aquella decisión fue intrascendente, porque la tramitación parlamentaria fue como proyecto de ley.

Los otros dos pronunciamientos del tribunal entran en el contenido de la reforma: la supresión de facto de los salarios de tramitación (el dinero que cobra el despedido desde que se le rescinde el contrato hasta que un juez falla en su favor, en caso de que lo haga así), y la existencia de dos tramos de indemnización por despido improcedente (45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades o 33 días por año con un tope de 24) según el tiempo trabajado antes o después de la reforma.

Con este auto, el Alto Tribunal se pronuncia por primera vez sobre algún punto concreto del contenido de la reforma laboral. Hasta ahora las cuestiones de constitucionalidad presentadas por jueces habían sido rechazadas por aspectos formales. El texto, que contará con dos votos particulares, no se pronuncia sobre el recurso que presentó la oposición, sino sobre una cuestión de constitucionalidad que elevó el juzgado de lo social número 34 de Madrid. Precisamente esta será la materia de uno de los votos discrepantes, el del magistrado Juan Antonio Xiol, que argumentará su desacuerdo por no acumular las cuestiones de constitucionalidad con el recurso, lo que ha agilizado el procedimiento.

A pesar de que el ponente del auto es el magistrado Enrique López, la voz cantante de la mayoría la llevó De los Cobos, explican fuentes conocedoras del debate. El presidente del Constitucional es catedrático de Derecho Laboral y el autor intelectual de muchas de las modificaciones de la reforma laboral, sobre todo en lo referente a los cambios que hubo en negociación colectiva. De hecho, De los Cobos tiene escrito un artículo en el número 14 de la revista Relaciones Laborales junto con su discípulo Xavier Thibault, director general de Empleo desde que el PP llegó al poder, donde hay propuestas concretas que luego se plasmaron en la reforma con fidelidad. De ahí que no sorprenda la posición a favor de la reforma de Pérez de los Cobos.

Otros puntos más polémicos

Los dos puntos referentes al contenido de la norma sobre los que ha opinado el Constitucional no son los que más rechazo han levantado entre los detractores de la reforma. Más polvareda ha levantado el periodo de prueba de un año del contrato de emprendedores creado por la reforma, en el que puede despedirse sin indemnización, o los cambios en negociación colectiva, como la posibilidad de que la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos pueda designar árbitros en los casos de desacuerdos entre sindicatos y empresarios cuando se aborda el incumplimiento de los convenios.

Sobre el uso del real decreto ley, explica el auto de 46 páginas que "las dudas de constitucionalidad expuestas resultan notoriamente infundadas" y que "responde a una opción política legislativa que, desde la estricta perspectiva constitucional (...) no genera quiebra o lesión en los derechos constitucionales invocados".

También le parece ajustado a derecho a siete magistrados del Constitucional la vigencia de dos regímenes de indemnización en el caso de los despidos improcedentes. La reforma rebajó de 45 días por año trabajado con un tope de 42 mensualidades a 33 días por año con un límite de 24 meses la compensación.

El tercer punto sobre el que se pronuncia en el segundo aniversario de la reforma atañe al cambio en los salarios de tramitación. Hasta febrero de 2012, el trabajador despedido los cobraba junto a la indemnización correspondiente cuando el juez se pronunciaba a su favor y declaraba la rescisión de contrato improcedente o nula. Desde entonces, el trabajador solo los cobra si el empresario, cuando el juez dicta que un despido es improcedente, decide reincorporar al despedido. La realidad de esta norma es que de facto los salarios de tramitación han desaparecido puesto que el empresario no tiene incentivo alguno para readmitir al trabajador.

http://economia.elpais.com/economia/2014/02/13/empleo/1392311929_435406.html

LLAMAZARES PREGUNTA AL TC CUÁNDO RESOLVERÁ EL RECURSO SOBRE LA LEY DEL ABORTO

Llamazares envía una carta al presidente del alto tribunal, Francisco Pérez de los Cobos

En la misiva, advierte de que el retraso puede interpretarse como un instrumento político

En pleno debate político y ciudadano sobre la reforma de la ley del aborto que Alberto Ruiz-Gallardón, ministro de Justicia, pretende llevar a cabo, el portavoz de Justicia de Izquierda Unida en el Congreso, Gaspar Llamazares, ha enviado este miércoles una carta al presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, en la que pide información sobre el estado de los recursos presentados en su día contra la actual Ley del Aborto y cuándo se resolverán.

Los recursos fueron presentados por el Partido Popular, que denunció la vulnerabilidad de los derechos del no nacido frente a los de la madre, y el gobierno de Navarra, que intentó prohibir el aborto en su región. Ambos fueron admitidos el 30 de junio de 2010, cinco días antes de que entrara en vigor la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo del gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero que aseguraba el aborto libre durante las primeras 14 semanas de gestación.

En su misiva, Llamazares pregunta a Pérez de los Cobos "si se puede adelantar alguna fecha previsible para el establecimiento de las correspondientes sentencias" y pide "encarecidamente" que "se agilice la sentencia", con independencia de los ritmos que el Gobierno imprima a la tramitación del nuevo anteproyecto de ley de reforma.

"No se puede ignorar que en este caso concreto, este retraso puede ser utilizado como un instrumento de carácter claramente político", señala Llamazares en la carta. Si el Tribunal Constitucional se pronunciara en contra de los recursos presentados, se tambalearía el argumentario utilizado por el Partido Popular tanto para los recursos como para la reforma de la ley.

En cambio, para el diputado de IU, si el alto tribunal presenta una decisión después de la aprobación de la nueva ley, la sentencia "sería papel mojado, fuera de contexto, vacía de contenido y con una efectividad meramente retórica", argumenta.

http://politica.elpais.com/politica/2014/01/29/actualidad/1391022469_704043.html

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL: “ES FALSO QUE SEA ANTICATALANISTA”

"La lentitud de la justicia tiene sus virtudes", dice Francisco Pérez de los Cobos

El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, ha asegurado que es "absolutamente falso que sea anticatalanista. Tengo por Cataluña, catalán y la cultura catalana, no solo respeto sino consideración y afecto. Las considero como propias".

Pérez de los Cobos, que desde su elección en junio no se ha sometido a ninguna comparecencia pública, ha concedido una entrevista a Televisión Española, en la que, no obstante, no se le ha preguntado por su polémica militancia en el PP, afiliación que compaginó con su cargo como magistrado. Sí ha habido una alusión al respecto, aunque sin mencionar el partido al que ha pertenecido, para hablar de una "adscripción política temporal", pese a que se desconoce el tiempo durante el que el presidente del Constitucional estuvo afiliado al PP.

"¿Se ha sentido acosado?", ha sido la pregunta que ha precedido a esta alusión. "No", ha contestado Pérez de los Cobos.

El magistrado sí ha hecho referencia al debate sobre su anticatalismo tras la publicación de un libro en el que califica la política catalana de "onanismo" y en el que dice: “No hay en Cataluña acto político que se precie sin una o varias manifestaciones de onanismo”, o el dinero es “el bálsamo racionalizador de Cataluña”. El presidente del Constitucional, que tendrá que dilucidar sobre la declaración soberanista y, previsiblemente, sobre la consulta independentista de Cataluña, sí quiso hacer referencia a esta polémica y sostuvo que "es una de las cosas que me ha dolido más".

Al ser preguntado por los largos plazos en los que resuelve la justicia, Pérez de los Cobos ha contestado que "la lentitud de la justicia tiene sus virtudes" ya que da "prudencia y sosiego" para elaborar las resoluciones.

Pérez de los Cobos se ha mostrado a favor de cambiar el sistema de elección de los miembros del Constitucional y ha señalado que "precisa ajustes en cuanto al modus operandi de los partidos políticos que, cuando tiene que proponer, pactan los nombres de los magistrados". Sin embargo, ha criticado la reforma del propio Constitucional, aprobada en 2010, que limita el mandato de sus magistrados a nueve años, sin que los retrasos en los pactos permitan ampliar este periodo, algo que le ocurrió al propio De los Cobos y motivo por el cual no cumplirá ese tiempo en el tribunal.

"Mi vida se ha complicado", ha señalado al ser preguntado cómo ha cambiado su vida desde que preside el Constitucional.

http://politica.elpais.com/politica/2013/12/21/actualidad/1387661577_803704.html

 El presidente del Constitucional figura como administrador de una consultora

Francisco Pérez de los Cobos mantiene este cargo Labour Prospectives SL pese a la incompatibilidad constitucional de su cargo con "cualquier actividad profesional y mercantil".

La empresa tiene como objeto la "elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social.

Un portavoz del Alto Tribunal dice que el magistrado no incurre en incompatibilidad legal porque "la empresa no está activa".

El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, figura en la actualidad como administrador único de la empresa Labour Prospectives SL, según los datos del registro mercantil de Barcelona consultados por Público. Esa situación la mantiene pese a la declaración expresa de incompatibilidad para los miembros de este alto tribunal "con cualquier actividad profesional y mercantil" que establece la Constitución, en su artículo 159, apartado 4, y la ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en su artículo 19, apartado primero.

La empresa Labour Prespectives SL fue constituida el 2 de febrero de 2003 e inscrita al mes siguiente en el registro mercantil de Barcelona. Desde el primer momento Francisco Pérez de los Cobos consta con el cargo de administrador único de la mercantil, situación que no ha variado hasta este momento. La empresa tiene como objeto social "la elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social".

En el momento de la constitución de esa sociedad Pérez de los Cobos era catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Autónoma de Barcelona. Posteriormente, en el año 2007, se trasladó a la misma cátedra en la Universidad Complutense de Madrid, puesto que abandonó al tomar posesión como miembro del Tribunal Constitucional. Los otros dos socios de Pérez de los Cobos en la empresa son Javier Thibault, actual director general de Empleo del departamento que dirige Fátima Báñez, y Núria García Piñeiro, asesora en el gabinete de esta ministra.

El actual presidente del TC fue designado como magistrado del alto tribunal, garante de los principios que establece la Constitución y última instancia para los recurso judiciales, por el Senado a propuesta del Partido Popular. Su nombramiento se publicó en el BOE el 29 de diciembre de 2010. Con posterioridad, el pasado 19 de junio de 2013 fue elegido presidente de la institución por unanimidad de los magistrados que integran la institución una vez completada la renovación de sus miembros que se tradujo en una mayoría conservadora en la composición del alto tribunal.

Una portavoz oficial del gabinete del presidente del TC confirmó a Público que, efectivamente, Pérez de los Cobos sigue figurando como administrador de esta empresa, pero matizó que "no incurre en ninguna incompatibilidad legal porque la actividad de la empresa está suspendida". "La empresa no está activa", insistió a Público como síntesis de la versión oficial ofrecida en nombre del máximo responsable del alto tribunal.

Según esta portavoz "pese a esa suspensión de actividad la ley obliga a la empresa a seguir presentando cuentas al registro mercantil correspondiente, pero la realidad es que carece de actividad desde el 31 de diciembre de 2010, justo unos días antes de su toma de posesión como magistrado del Tribunal Constitucional que se materializó el día 12 de enero siguiente". Pérez de los Cobos no ha considerado la opción de disolver esta empresa "porque el día de mañana puede retomar esa actividad profesional", se limitó a decir la fuente oficial como justificación de la existencia de la mercantil en la actualidad y del cargo que el magistrado mantiene en ella.

Poco después de su elección como presidente del TC se supo que Pérez de los Cobos era militante del Partido Popular, según queda reflejado entre la documentación del sumario del caso Bárcenas donde aparecía, además, como donante de la formación política conservadora. Este hecho creó un gran escándalo político el pasado verano que se saldó con una resolución del propio Tribunal Constitucional en la que interpretaba que la incompatibilidad partidista que tanto la Constitución como la ley Orgánica el Tribunal Constitucional establecen solo es de aplicación para quienes ostentes cargos directivos, no para simples militantes.

La figura del nuevo presidente del TC ha seguido rodeada de polémica. En el mes de septiembre pasado el pleno del Tribunal Constitucional, por 9 votos contra dos, decidió rechazar los recursos presentados por la Generalitat y el Parlament de Catalunya que pretendían su recusación en 26 asuntos diferentes relacionados con la política catalana. Esa votación puso de manifiesto la pérdida de credibilidad en la necesaria independencia que se atribuye a la figura de presidente del TC. Unos días después el mismo pleno tuvo que pronunciarse - lo hizo en el mismo sentido - sobre la recusación planteada por el ex magistrado Baltasar Garzón debido a su pasada militancia en el PP para que no participase en la decisión sobre su recurso contra la sentencia del Tribunal Supremo que le apartaba de la carrera judicial.

Otra sonada polémica sobre su falta de imparcialidad se suscitó tras darse publicidad al contenido de su discurso pronunciado en Yercla (Murcia), su localidad natal, el 6 de diciembre de 2005 entre los actos organizados por el Ayuntamiento para conmemorar el Día de la Constitución. En aquella ocasión hizo una soflama anticatalanista en pleno debate político sobre la reforma del Estatut catalán.

"... el Estatut y su excesos no es, a mi juicio, el principal problema sino una manifestación del mismo. El verdadero problema, y creo saber de lo que hablo, es que (...) varias generaciones de catalanes han sido ya educadas en el desprecio, expreso o tácito, hacia la cultura española, y el Estatut es la primera manifestación política de ese desprecio". (...) creo que, con honrosas excepciones, nuestra clase política no está a la altura de la madurez de nuestro pueblo", dijo entre otras lindezas.

La condición de militante del PP como la de socio y administrador único de una empresa dedicada a la consultoría laboral fue ocultada por Pérez de los Cobos a los senadores de la comisión de Nombramientos de la Cámara alta durante la comparecencia previa a su designación como magistrado del TC, el 6 de octubre de 2010. En aquella ocasión se presentó a los parlamentarios como "un modesto profesor universitario", según el diario de sesiones que, sin embargo, no recoge que estuvo acompañado por Celia Villalobos, vicepresidenta primera del Congreso de los Diputados, una circunstancia que no pasó desapercibida en la sala Clara Campoamor.

Sin embargo, en la página web oficial del TC su currículo sí recoge su amplia capacidad asesora a diversas entidades, con expresa mención al ministerio de Trabajo, al de Sanidad, al departamento de Treball del Govern de la Generalitat o a la consejería homóloga de la Comunidad de Madrid.

Es un secreto a voces que Pérez de los Cobos está considerado como el autor intelectual de la reforma laboral que promulgó el Gobierno de Rajoy nada más llegar al poder. De hecho, su estrecho colaborador Javier Thibault, en la consultora Labour Prospectives SL, en su recorrido académico y también como letrado adscrito a su persona en el TC, acabó como director general de Empleo nada más estrenarse el Ejecutivo del PP. Solo con estas observaciones, entre otras razones, se puede entender la resistencia de Pérez de los Cobos a liquidar la empresa definitivamente y preferir tenerla, simplemente, dormida

http://www.publico.es/politica/500510/el-presidente-del-constitucional-figura-como-administrador-de-una-consultora

EL CONSTITUCIONAL SE REAFIRMA EN LA COMPATIBILIDAD DE LA MILITANCIA DE COBOS

El pleno del Tribunal Constitucional se negó este miércoles a revisar la recusación a su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, que compaginó su militancia en el PP con el puesto de magistrado del alto tribunal. Y lo hizo por dos veces, que se unen a la decisión adoptada a finales de septiembre de avalar a Cobos pese a su afiliación y a sus ataques a Cataluña.

El Constitucional decidió, por diez votos a nueve, no admitir a trámite el recurso de súplica presentado por la Generalitat y el Parlamento catalán contra la primera resolución que avaló la “posición ideológica” de Cobos. El tribunal considera que en el Constitucional no cabe recurso de súplica, por lo que ha decidido no admitirlos. La decisión ha contado con el voto en contra del magistrado del sector progresista Fernando Valdés.

Además, el Constitucional ha decidido rechazar otra petición de recusación, la número 27, presentada por la Generalitat de Cataluña. En ese caso, la votación registró los mismos dos votos particulares, tanto de Valdés como del también progresista Luis Ortega, que ya se opusieron a que el alto tribunal avalara y respaldara la compatibilidad de Cobos y su imparcialidad.

En su auto, el Constitucional recoge los argumentos de la Generalitat, que esgrimió la pérdida de imparcialidad por la afiliación política de Cobos, reforzada por la “animadversión y desagrado” hacia Cataluña, exhibidos por el presidente del alto tribunal en su libro Parva Memoria, en el que afirma, por ejemplo, que “el dinero es el bálsamo racionalizador de Cataluña”. El pleno considera que la argumentación de Cataluña es la misma que ya expuso en las anteriores recusaciones y, por lo tanto, se remite al pronunciamiento de finales de septiembre. Así, insiste en que la Constitución solo impide que los magistrados tengan cargos directivos y no que sean militantes de un partido.

El auto reitera que la amistad y la enemistad “pertenecen a la esfera subjetiva de los sentimientos y solo pueden predicarse de las personas físicas” y rechaza su existencia, dado que la Generalitat no es una persona física. “Quedan excluidos como indicador verosímil de amistad o enemistad los meros sentimientos de inclinación o de rechazo deducidos del hecho de la pertenencia a partidos políticos”, añade la resolución.

De esta manera, el pleno del Constitucional ha decidido que a la existencia de amistad o enemistad (que son una de las causas por las que se admite la recusación de magistrados), en el caso de que sea “ideológica”, no se le puede otorgar relevancia a los efectos de recusación puesto que la ideología, según apuntan, “se halla sustraída al control de los poderes públicos, prohibiéndose toda suerte de discriminación sobre la base de la misma”. “Nadie puede ser descalificado por sus ideas”, concluyen.

http://politica.elpais.com/politica/2013/10/02/actualidad/1380717905_793817.html

EL TRIBUNAL DE ESTRASBURGO ANALIZARÁ LA IMPARCIALIDAD DE COBOS

Baltasar Garzón llevará a Europa la militancia en el PP del presidente del Constitucional

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo será el que finalmente decida sobre la imparcialidad del presidente del Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, que militó en el PP, al menos, entre 2008 y 2011, cuando ya era magistrado de este tribunal.

La sala segunda de Constitucional ha rechazado la petición presentada por el exjuez Baltasar Garzón para que se anulara la providencia en la que el alto tribunal desestimó concederle amparo, después de que el Supremo le condenara por prevaricación al autorizar escuchas en las conversaciones de abogados con los cabecillas de la trama corrupta Gürtel.

La sala, por unanimidad, rechazó la petición de nulidad porque “resulta inviable, con carácter general, cualquier petición de revisión o nulidad”. “Ni siquiera este tribunal puede dejarla sin efecto”, añade el auto.

La Generalitat insiste en recusar a Pérez de los Cobos con nuevos argumentos
Garzón alegó que, de haber conocido la militancia de Cobos (el magistrado la ocultó al Senado cuando fue examinada su idoneidad), le hubiera recusado antes de que participara en la deliberación y fallo sobre su petición de amparo. Por ello, el auto hace referencia a esa posible recusación e indica que el criterio sobre la imparcialidad del presidente ya fue fijado en el auto del pleno (aprobado por nueve votos a favor y dos en contra) que rechazó las recusaciones formuladas por Cataluña.

Tras conocer la decisión del Tribunal Constitucional, los abogados de Baltasar Garzón anunciaron ayer que acudirán al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para que sea este el que decida sobre la imparcialidad de Francisco Pérez de los Cobos. Garzón ya presentó en ese mismo tribunal de Estrasburgo un recurso por su condena, al entender que, con ella, se vulneraron determinados preceptos de la Convención Europea de Derechos Humanos.

“Las apariencias pueden ser de cierta importancia”, dice un fallo europeo

Tanto en el auto sobre la petición de nulidad de Garzón como en el de rechazo de las recusaciones formuladas por Cataluña contra Cobos, el Constitucional ha apelado a una sentencia del Tribunal de Derechos Humanos. El alto tribunal español solo se ha referido al hecho de que el fallo alude a que la afiliación política de los miembros de los tribunales no afecta por sí misma a su imparcialidad. También ha admitido que el tribunal europeo señala que la imparcialidad no está afectada “si no existe conexión o vínculo con las partes en el procedimiento”, pero ha obviado otros argumentos que recoge la misma sentencia. El fallo indica que existe una imparcialidad objetiva y otra subjetiva y, respecto a la primera, indica que ha de analizarse si “además de la conducta personal de los jueces existen hechos ciertos que puedan hacer surgir dudas sobre su imparcialidad”. Además, añade: “Incluso las apariencias pueden ser de cierta importancia”. Es decir, sigue la teoría que sirvió para aprobar la recusación del ahora exmagistrado Pablo Pérez Tremps, que fue apartado del debate sobre el Estatuto de Cataluña por haber participado en un estudio previo.

Aquel caso que llegó a Estrasburgo tuvo su origen en un litigio civil ante el desacuerdo entre propietario e inquilino y unas obras en un establecimiento. El juzgador, además, era parlamentario y militante socialdemócrata en un país en el que la separación de poderes difiere del de España. El juez era un experto en asuntos de alquileres y, tal como indica la sentencia, podía aportar “contribuciones valiosas” al caso.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/25/actualidad/1380135600_741502.html

EL CONSTITUCIONAL IMPIDE QUE SE REVISE LA CAUSA DE GARZÓN QUE FIRMÓ SU PRESIDENTE

El tribunal alega que no cabe recurso contra sus decisiones

El exjuez cuestionaba la imparcialidad del presidente de la institución

El Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad el recurso que planteó el exjuez Baltasar Garzón contra la decisión que le inhabilitaba, al poner en duda la imparcialidad del presidente del Alto tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, por su militancia en el PP.

El Tribunal Constitucional alega que no admite recurso a sus decisiones, por lo que no cabe la petición de nulidad. Y lo dice así: la ley "no contempla el incidente de nulidad de actuaciones entre los medios impugnatorios que puedan promoverse contra las resoluciones de este tribunal". Con lo que argumenta más una cuestión de forma que de fondo. Considera que "resulta inviable, con carácter general, cualquier petición de revisión o nulidad, puesto que una vez que ha devenido firme la resolución que puso fin al correspondiente proceso ni siquiera este Tribunal puede dejarla sin efecto sino, a lo más, proceder a su aclaración o a corregir errores materiales".

Garzón había pedido al Constitucional que anulase la resolución por la que este tribunal inadmitió, el pasado octubre, la petición de amparo contra la condena por prevaricación que pesa sobre él. En aquel recurso, el juez pedía al tribunal que revisara la inhabilitación de 12 años que se le impuso en una condena relacionada con las escuchas telefónicas del caso Gurtel que, en su opinión, era injusta.

En octubre, el Constitucional consideró que no debía admitir a trámite aquel recurso, pero Garzón cree que, como esa decisión fue adoptada por una Sala en la que figuraba el presidente del Constitucional, que en aquel momento era militante del PP, el rechazo de su recurso debía ser anulado.

A juicio de Garzón, la militancia en el PP privaba a Cobos de imparcialidad para decidir sobre su asunto, por lo que debió abstenerse. Como no lo hizo, ahora el exjuez solicitaba al tribunal que anulara el rechazo de su petición de amparo y volviera a estudiarlo.

Pero el alto tribunal ha rechazado de nuevo la solicitud de Garzón y ha adoptado por unanimidad una decisión contraria a sus pretensiones.

En julio, el exjuez de la Audiencia Nacional ya avisó de que acudiría al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo si el Tribunal Constitucional no anulaba la inadmisión de su recurso contra su condena en el caso Gürtel por la militancia política de su presidente, Francisco Pérez de los Cobos. Garzón consideró que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo debe tener "conocimiento formal de lo que aquí esta sucediendo y que altera y socava el Estado de derecho".

El tribunal aún habrá de resolver la recusación presentada por el líder abertzale Arnaldo Otegi para que De los Cobos no participe en los litigios que tiene pendientes. Asturias y Andalucía anunciaron recusaciones pero aún no las han presentado.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/25/actualidad/1380099595_640039.html?rel=rosEP

El Constitucional avala la “posición ideológica” de Cobos sobre Cataluña

El alto tribunal sostiene que la Constitución permite la afiliación política de sus magistrados

El Tribunal Constitucional cree que no hay ninguna duda objetivamente justificada para que su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, se abstenga de participar en el debate y resolución de los litigios presentados por Cataluña ante el alto tribunal. Ni la militancia en el PP, ni su participación en seminarios y conferencias de la fundación FAES (vinculada al PP), ni el libro de aforismos en el que ataca al nacionalismo y critica a Cataluña, ni el hecho de que ocultara su afiliación al Parlamento son hechos suficientes para aprobar la recusación del presidente, según el auto del alto tribunal, que fue aprobado por nueve votos a favor y dos en contra.

"La única ideología capaz de seguir produciendo pesadillas es el nacionalismo”, escribió Cobos. “No hay en Cataluña acto político que se precie sin una o varias manifestaciones de onanismo”, afirmó también. Para el Constitucional, estas expresiones se circunscriben en la libertad de expresión de su presidente y carecen de “la relevancia necesaria para reflejar algo más que un posicionamiento ideológico”. El auto (redactado sobre la ponencia de la vicepresidenta del Constitucional, la progresista Adela Asúa) señala que los recusantes —el Gobierno y el Parlamento de Cataluña— han “deducido” que los aforismos suponen una “animadversión contra los catalanes, un menosprecio a Cataluña o una aversión hacia el nacionalismo catalán”, pero el tribunal considera que estos “no han comprometido la opinión del magistrado”.

Las instituciones catalanas alegaron las causas de recusación y abstención previstas en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que alude a la amistad íntima con una de las partes (por su afiliación política) o a la enemistad manifiesta. El auto del alto tribunal rechaza la existencia de ambas con el argumento de que tanto la amistad como la enemistad “pertenecen a la esfera subjetiva de los sentimientos y solo pueden predicarse de las personas físicas”.

Pese a la rotundidad con la que, desde un principio, el Constitucional sostuvo que la militancia de Pérez de los Cobos en el PP era compatible con su cargo de magistrado, el auto dedica la mayor parte de su argumentación en avalar la idoneidad de compaginar ambas condiciones. “La afiliación es una concreción del derecho de asociación reconocido en la Constitucional”, señala y alude a que la Constitución no exige un aislamiento político. “Las diversas circunstancias que definen la personalidad de cada uno de los magistrados y conforman su trayectoria personal no pueden considerarse sin más condicionamientos negativos que afecten a su imparcialidad, pues la imparcialidad que exige la Constitución no equivale a un mandato de neutralidad general o a una exigencia de aislamiento social y político casi imposible de cumplir en cualquier profesión, también en los juristas de reconocida competencia”, recoge el auto. Y para descartar que Cobos se someta a los mandatos de los estatutos del PP, afirma que sus magistrados solo están sometidos a la Constitución.

El pleno del Tribunal Constitucional sostiene que existe una nota diferencial entre los magistrados del Constitucional y el resto de jueces y magistrados por la que los primeros sí pueden militar en partidos políticos y los segundos no. El auto indica que en países como Alemania, Italia, Francia o Portugal también existe esta diferencia, aunque en el mismo escrito se perciben particularidades. En el caso de Alemania se habla de “antigua pertenencia” y no de la posibilidad de compatibilizar. Italia tampoco permite compaginar la militancia con el mandato en el tribunal, aunque sí permite la realización de actividades relacionadas con asociaciones y partidos políticos. En Portugal, la afiliación política queda suspendida en el momento en el que los magistrados toman posesión de su cargo. Y solo en Francia se establece la única prohibición de compatibilizar el cargo con puestos de dirección en partidos políticos, al igual que ocurre en España con la interpretación estricta de la ley orgánica del Tribunal Constitucional.

Entre sus argumentaciones, el tribunal pretende además adelantarse al anuncio que ya han hecho algunos recusantes, como el exmagistrado Baltasar Garzón, de acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y expone que “en diversas resoluciones, este tribunal declara que la afinidad ideológica no constituye por sí sola causa de recusación”.

Sobre la participación en seminarios de FAES, que también alegaban las instituciones catalanas, el auto afirma que “las meras colaboraciones resultan en principio inocuas” y recuerda que el tribunal ya sostuvo que “no puede pretenderse la recusación de un juez por el mero hecho de tener criterio”. “El Constitucional y los tribunales jurisdiccionales deben ser integrados por jueces que no tengan la mente vacía”, sino “una mente abierta a los términos del debate y a sus siempre variadas y diversas soluciones jurídicas”.

Tampoco el tribunal reprueba el hecho de que Pérez de los Cobos ocultara su militancia ante el Senado, la Cámara que examinó su idoneidad como magistrado, porque “no hay obligación alguna de hacer pública su afiliación pública”.

La secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, ha minimizado este lunes, en relación con el auto del Tribunal Constitucional, la militancia de Francisco Pérez de los Cobos en el PP, informa Francesco Manetto. “Puede haber ejercido la militancia antes, pero cuando no se incumple la ley, no se incumple la ley”, ha tratado de zanjar

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/23/actualidad/1379929577_690347.html

Dos magistrados critican el modelo de independencia y la falta de transparencia

Luis Ortega y Fernando Valdés presentaron votos particulares al aval que otorga el pleno a Cobos

Los votos particulares que presentaron los magistrados Luis Ortega y Fernando Valdés, ambos pertenecientes al sector progresista, esgrimen argumentos diferentes. El de Ortega hace especial incidencia en el “nuevo modelo de independencia” que se determina para el Tribunal Constitucional tras el aval que la mayoría otorgó a su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, por compaginar su militancia en el PP con su cargo como magistrado. El de Valdés, expone cómo el procedimiento elegido por la mayoría ha hurtado la posibilidad de un debate en profundidad y sostiene que el trámite no favorece la percepción pública sobre la imparcialidad e independencia del tribunal. “La pérdida de prestigio de una institución viene de la mano de su pérdida de confianza”, afirma.

Ortega califica el enjuiciamiento de “superficial”, ya que este se ha producido sobre recortes de prensa, sin que el tribunal haya certificado ni la militancia de Cobos en el PP ni su baja. “En el ámbito de la independencia judicial las apariencias son muy importantes”, afirma. Y profundiza en su consideración de que la afiliación política y la pertenencia al Constitucional no deberían ser compatibles: “La regla de independencia es la regla sustantiva de la legitimación de la función jurisdiccional, mientras que las reglas de incompatibilidad son reglas auxiliares”, alega. Además, el magistrado sostiene que “legitimar comportamientos individuales supone una irrecuperable deslegitimación de las funciones constitucionalmente encomendadas a este tribunal”. “Suficiente sombra de sospecha sobre la independencia del tribunal se produce en virtud de los procedimientos de nombramiento de sus magistrados”, afirma el magistrado.

Ortega apunta que el auto en el que se rechaza la recusación de Pérez de los Cobos provoca un nuevo modelo de independencia para el tribunal con un “excesivo cambio de criterio”. Así, se refiere al caso del ahora exmagistrado Pablo Pérez Tremps, apartado de la deliberación del Estatut de Cataluña por haber realizado un trabajo previo. Entonces, según Ortega, “una postura científica constituyó un elemento objetivo” y, en cambio, ahora, “la afinidad política de un magistrado con una de las partes procesales no es motivo para entender que los recusantes tengan una duda objetivamente justificada”.

La única vía de garantizar los valores de independencia, transparencia, imparcialidad, confianza y credibilidad era, según Fernando Valdés, haber admitido a trámite las recusaciones para debatirlas en profundidad. El magistrado expone, además, que la inadmisión de los recursos presentados por las instituciones catalanas “no favorece la percepción pública sobre la imparcialidad e independencia”, Valdés añade.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/23/actualidad/1379966015_316354.html

EL CONSTITUCIONAL DEFIENDE A COBOS: “EL AISLAMIENTO POLÍTICO ES CASI IMPOSIBLE”

El alto tribunal sostiene que la Constitución permite la afiliación política de sus magistrados

"Las diversas circunstancias que definen la personalidad de cada uno de los magistrados y conforman su trayectoria personal no pueden considerarse sin más condicionamientos negativos que afecten a su imparcialidad, pues la imparcialidad que exige el artículo 22 de la Constitución no equivale a un mandato de neutralidad general o a una exigencia de aislamiento social y político casi imposible de cumplir en cualquier profesión, también en los juristas de reconocida competencia". Ese es uno de los argumentos del auto en el que el pleno del Tribunal Constitucional justificó el rechazo a las recusaciones presentadas por Cataluña contra su presidente, Francisco Pérez de los Cobos.

"Los tribunales jurisdiccionales deben ser integrados por jueces que no tengan la mente vacía", justifican los magistrados en el auto.

El alto tribunal negó, la semana pasada, que la militancia de Cobos en el PP, al menos, entre 2008 y 2011; su participación en seminarios de la fundación vinculada al PP, FAES; el libro de aforismos en el que ataca a Cataluña; y el hecho de que ocultara su afiliación al Parlamento justifiquen la recusación por "amistad íntima e interés directo o indirectos en el pleito". El rechazo a las recusaciones contó con el apoyo de nueve de los magistrados, mientras que otros dos presentaron sendos votos particulares.

"La afiliación a los partidos políticos es una concreción del ejercicio del derecho de asociación reconocido en el artículo 22 de la Constitución". "La mera afiliación a los partidos políticos es un derecho del que no están privados los magistrados constitucionales" y por ello "no cabe asociar a su ejercicio consecuencias automáticas que afecten a su idoneidad para el desempeño de su función", señala el auto.

"En el ejercicio de sus funciones, los miembros de este Tribunal Constitucional actúan sometidos a estrictos parámetros jurídicos y con el solo medio de la argumentación jurídica para resolver las controversias que llegan a su conocimiento, incluso las que presentan un perfil o unas consecuencias más netamente políticos, sin más subordinación que la Constitución", argumenta también.

Respecto a los votos particulares, el magistrado Fernando Valdés mostró su discrepancia sobre el tratamiento procesal de las recusaciones, ya que él apostaba por la apertura de una instrucción del incidente de recusación que hubiera facilitado al pleno mayor información y un proceso "más transparente" y más adecuado para fortalece la "confianza del público" en la institución.

El otro voto particular, el del magistrado de Luis Ortega, argumenta su posición a favor de la recusación ya que, a su entender, el principio de independencia tiene prioridad sobre el régimen de incompatibilidades" y que la independencia y la imparcialidad objetiva son incompatibles con la militancia en un partido, dadas las obligaciones que los estatutos imponen a sus afiliados.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/23/actualidad/1379929577_690347.html

LA INDEPENDENCIA DE COBOS DIVIDE AL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Nueve magistrados rechazan las recusaciones catalanas contra el presidente

La mayoría del pleno del Tribunal Constitucional rechazó este martes admitir las recusaciones promovidas por la Generalitat y el Parlamento de Cataluña contra el presidente del alto tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, que compaginó su militancia en el PP con su puesto como magistrado. Con el visto bueno a la compatibilidad, a partir de ahora, todos los magistrados del Constitucional que no provengan de carrera judicial (la Constitución sí prohíbe a jueces y magistrados de otros tribunales la afiliación política) podrían militar en un partido, siempre que no ocuparan un puesto directivo, sabiendo ya que cuentan con el aval de la mayoría del pleno.

Pese a que las recusaciones se rechazaron con una holgada mayoría (nueve a dos), la independencia y la imparcialidad de Pérez de los Cobos ha dividido al pleno, del que salieron dos votos particulares. Sus miembros han tratado, en dos sesiones y durante un total de más de siete horas, la idoneidad de su presidente para participar en la resolución de los litigios presentados por Cataluña, después de que Pérez de los Cobos ocultara al Senado (la Cámara que lo propuso como magistrado), su militancia en el PP, al menos, entre 2008 y 2011.

Sin embargo, los magistrados del sector conservador (siete) y tres de los cinco progresistas se mantuvieron en su empeño de que los recursos ni siquiera se admitieran y apoyaron su rechazo al inicio del proceso, lo que supone privar de un posterior debate a fondo sobre la compatibilidad, o no, de la afiliación política con un puesto como magistrado del alto tribunal.

En cualquier caso, el progresista Luis Ortega sí entró en la cuestión de fondo y, desde el primer momento, planteó su opinión sobre la imposibilidad de que un magistrado del Constitucional compatibilice su cargo con la militancia política. Así lo suscribió en la primera sesión que debatió las recusaciones, el pasado jueves, y con el mismo argumento se mantuvo este martes, cuando anunció, de forma definitiva, la presentación de un voto particular contrario a la decisión de la mayoría.

Uno de los votos particulares cuestiona el procedimiento

Ortega no comparte la consideración de la mayoría que apela a la ley orgánica del Tribunal Constitucional para señalar que esta no prohíbe militar sino, únicamente, ocupar un cargo directivo en un partido político. Sostiene que la Constitución habla de la independencia de los jueces y que las incompatibilidades han de ser las mismas para todos los magistrados del alto tribunal, es decir, que no pueden depender de si proceden del mundo académico o de la carrera judicial

No en vano, es un tema que preocupa en el seno del Constitucional, tal como han indicado diversas fuentes, y no solo por el cuestionamiento de su presidente, sino por el descrédito y el desgaste que supone para una institución que pretendía perder el atributo de politizada que ha marcado sus últimas decisiones, y ensalzar la independencia de sus miembros.

Según han apuntado diversas fuentes del propio tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, que después de que se conociera su militancia en el PP solo ha dicho públicamente que no iba a dejar su cargo, quería el apoyo unánime de sus compañeros. Pero no lo ha logrado.

El debate fue tanto de fondo como de formas. El segundo voto particular anunciado fue el del también progresista Fernando Valdés, pero por una cuestión de procedimiento ya que, en el anterior pleno, se mostró partidario de rechazar las recusaciones. El magistrado pidió que se admitieran los recursos y que se tramitaran, uno a uno, como piezas separadas, con un instructor para cada uno de los 26 litigios en los que las instituciones catalanas recusaron a Pérez de los Cobos, en temas que van desde la declaración de soberanía del parlamento catalán hasta el pleito por la ley de tasas judiciales del Gobierno de Rajoy que recurrió la Generalitat. Entre los litigios sobre los que Cataluña reclamaba la abstención de Pérez de los Cobos hay tanto leyes estatales del actual Gobierno como de legislaturas anteriores.

Y aunque la formulación jurídica de la recusación se basaba en la incompatibilidad de la militancia del presidente del Constitucional en el PP, tanto el Gobierno catalán como el parlamento tuvieron en cuenta las opiniones vertidas por este, no solo en libros sino también en intervenciones públicas. El entonces catedrático de Derecho del Trabajo en la Universidad Complutense de Madrid criticó los “excesos” del Estatuto catalán: “El verdadero problema, y creo saber de lo que hablo, es que, como consecuencia de errores del pasado, varias generaciones de catalanes han sido ya educadas en el desprecio, expreso o tácito, hacia la cultura española, y el Estatuto es la primera manifestación política de ese desprecio”.

La mayoría de los magistrados progresistas solo aportaron matices

Pero el extenso debate fue, fundamentalmente, para proponer o introducir matices a la redacción de la ponencia que presentó la vicepresidenta del Constitucional, Adela Asúa, que forma parte del sector progresista. Esta accedió al cargo después de que el pleno (conservadores y progresistas) decidieran apoyar a Pérez de los Cobos en su candidatura a la presidencia, una votación en la que se logró la unanimidad, un resultado inusual en el tribunal.

La tibieza de la ponencia en la que Asúa rechazaba admitir las recusaciones provocó, durante el primer día de debate, la semana pasada, una ronda de intervenciones en la que todos los miembros del tribunal (excepto el presidente que no ha participado ni en el debate ni en la votación) sí quisieron opinar. Uno de los más activos, pero en cuestiones de redacción, fue el recién incorporado Juan Antonio Xiol, miembro del Constitucional e integrante del sector progresista, desde el pasado mes de junio.

El pleno del Constitucional aún tiene pendiente de resolver la petición de nulidad por el rechazo al amparo que reclamó el exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón. Y habrá de resolver la recusación presentada por el líder abertzale Arnaldo Otegi para que De los Cobos no participe en los litigios que tiene pendientes. Asturias y Andalucía anunciaron recusaciones pero aún no las han presentado.

Chaves pide su dimisión

Pese a que la idoneidad de Pérez de los Cobos como presidente del Constitucional ha sido cuestionada de forma mayoritaria, una de las voces más críticas dentro del PSOE ha sido, esta misma mañana, la del expresidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves, quien ha acusado al presidente del Tribunal Constitucional de "mentir" por lo que, haseñalado que cree que "hay razones suficientes para que dimita".

En el transcurso de un coloquio organizado por El Confidencial, Chaves ha dicho que "no es de recibo y es rechazable que el actual presidente del Constitucional cuando compareció en el Parlamento español mintiera por omisión". "Eso es muy grave", ha dicho.

Por ello, Chaves ha considerado que existen "razones suficientes" para que Pérez de los Cobos dimita como presidente del Tribunal Constitucional.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/17/actualidad/1379407001_939768.html

UNA “DUDA” SOBRE SU IMPARCIALIDAD BASTÓ PARA RECUSAR A PÉREZ TREMPS

Ortega basará su voto particular en las diferentes varas de medir que ha tenido el Constitucional

La vara de medir la imparcialidad en el Tribunal Constitucional parece haber cambiado. Cuando EL PAÍS desveló la afiliación política de su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, ocultada además al Senado, fuentes del tribunal apelaron a la existencia de un auto de 1988 que consideraba que ni la Constitución ni la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional impedían la afiliación política de un magistrado, sino únicamente su participación en cargos directivos. El auto señalaba que la simple militancia no permitía cuestionar la imparcialidad. “La ley orgánica de este tribunal, de aplicación prioritaria respecto de la ley orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no impide que los magistrados de este tribunal puedan pertenecer a partidos políticos”, aseguraba el auto del Constitucional.

Sin embargo, la vara varió en 2007, cuando el PP reclamó la recusación del magistrado progresista Pablo Pérez Tremps para debatir y resolver sobre el Estatuto de Cataluña. Los populares alegaron que el magistrado había elaborado un estudio teórico que fue utilizado luego por el Instituto de Estudios Autonómicos de la Generalitat para justificar la constitucionalidad del Estatuto.

En aquella ocasión, el pleno del Tribunal Constitucional aprobó la recusación, pero la basó en la existencia de la mera duda sobre la imparcialidad de Pérez Tremps. “Ha de quedar fuera de toda consideración que (...) no se trata de juzgar si el magistrado recusado es efectivamente parcial o si él mismo se tiene por tal. Lo determinante es, exclusivamente, si una parte del proceso tiene motivo, sopesando racionalmente todas las circunstancias, para dudar de la falta de prevención y de la posición objetiva del magistrado”, afirmó el Constitucional entonces.

A partir de ahora, con el aval a Pérez de los Cobos y la posibilidad de compatibilizar el cargo de magistrado con la afiliación en un partido, la vara vuelve a variar. Este es el argumento sobre el que se basará el voto particular que presentará el magistrado Luis Ortega antes del lunes.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/17/actualidad/1379448441_449854.html

LA GENERALITAT INSISTE EN APARTAR AL JUEZ Y EXIGE DISCULPAS POR SUS TESIS

La recusación del presidente del Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, afecta a 25 recursos sobre Cataluña

La resolución del Tribunal Constitucional contraria a la recusación de su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, cogió al Gobierno catalán en plena reunión semanal, por lo que tuvo que improvisar una reacción a falta de estudiar los argumentos de los magistrados del alto tribunal para rechazar su demanda. El consejero de Presidencia, Francesc Homs, dejó claro que el Gobierno catalán no se da por vencido: “Persistiremos en nuestros argumentos, creemos que son sólidos”, dijo Homs. Aunque fuentes de la Generalitat subrayaron que el Ejecutivo no alberga esperanzas de lograr la recusación de Pérez de los Cobos. Homs espera, como mínimo, una disculpa por las polémicas declaraciones sobre Cataluña que el actual presidente del Constitucional hizo en 2005 y reveló EL PAÍS: “Los catalanes han sido educados en el desprecio a la cultura española”.

La Generalitat alegó que la militancia de De los Cobos en el PP era una causa objetiva de “pérdida de imparcialidad”. La petición de recusación afecta a 26 recursos relativos a Cataluña, del total de 47 casos de conflicto entre la Generalitat y el Estado: el Ejecutivo de CiU excluyó de la recusación las leyes impugnadas por la Generalitat o el Gobierno cuando gobernaba al PSOE.

De los recursos en tiempos del PP, el que más preocupa al Parlament y al Ejecutivo de CiU es el que debe dilucidar la constitucionalidad de la declaración sobre la soberanía del pueblo de Cataluña que la cámara catalana aprobó en enero. Un texto en el que se recoge que Cataluña es un “sujeto político y jurídico” y que supone los cimientos sobre los que el Gobierno de Artur Mas edifica el proceso soberanista.

De los litigios restantes, seis fueron abiertos por una reclamación del presidente del Gobierno. Son leyes económicas, como la tasa turística que aprobó la Generalitat en 2012 o el impuesto sobre depósitos bancarios, un gravámen básico para que el Gobierno catalán pueda cumplir con su promesa de poner fin a los recortes en los Presupuestos de 2014. Mariano Rajoy también pidió vetar preceptos de la ley audiovisual, de la ley de urbanismo, y de la ley de horarios comerciales catalana.

El PP tiene interpuestos otros seis recursos contra decisiones del Gobierno catalán, la mayoría de ellas relativos al uso del catalán en la comunidad, como la ley de Educación, la ley del Cine, la ley de la Comunicación Audiovisual de Cataluña, y el código de consumo. Entre las normas recurridas por los populares destaca la que sirvió para prohibir los toros en Cataluña.

Las doce causas restantes son recursos planteados por la Generalitat por inconstitucionalidad o conflicto de competencias. En este apartado sobresalen los Presupuestos Generales del Estado de 2012 —que según el Gobierno de CiU perjudican a Cataluña— y los reales decretos de recortes sanitarios y educativos aprobados el año pasado.

El aval a Pérez de los Cobos fue criticado por todos los partidos catalanes, a excepción del PP. “Esto es una muestra más de la decadencia del Tribunal Constitucional”, lamentó el portavoz de Convergència i Unió, Jordi Turull, que definió el alto tribunal como “un órgano político”. En la misma línea se pronunció la secretaria general de Esquerra Republicana, Marta Rovira: “Es un órgano cuyos miembros están decididos por PP y PSOE. Que el Tribunal Constitucional esté presidido por un militante del PP explica también por qué, cuando debe pronunciarse con respecto a algo que afecte a Cataluña, no es un debate, es un monólogo”.

Las críticas también se extendieron fuera del partido del Ejecutivo y su socio. El PartitdelsSocialistes consideró “una mala noticia para el propio tribunal” la presidencia de Pérez de los Cobos. Para Iniciativa per Catalunya, la negativa a recusar al presidente “evidencia que hay un trato desigual” en los recursos que afectan a Cataluña, en palabras de la portavoz DolorsCamats. Su homólogo en Ciutadans, Jordi Cañas, pidió despejar “cualquier sombra de falta de independencia”. En las antípodas de Cañas,QuimArrufat, portavoz de la Candidatura d’Unitat Popular, sentenció que en España no existe la separación de poderes porque “el Constitucional siempre ha sido una instancia altamente politizada”.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/17/actualidad/1379452095_777887.html

EL PLENO DEL CONSTITUCIONAL APLAZA AL MARTES RESOLVER LA RECUSACIÓN A COBOS

El tribunal no ha llegado a un acuerdo sobre la imparcialidad objetiva esgrimida por Cataluña

El pleno del Tribunal Constitucional ha acabado su sesión de hoy sin adoptar una resolución ante las recusaciones planteadas contra su presidente, Francisco Pérez de los Cobos. El pleno retomará el próximo martes el debate sobre la imparcialidad objetiva esgrimida por la Generalitat y el Parlament de Cataluña, después de que se supiera que Cobos simultaneó su militancia en el PP con su cargo como magistrado, un hecho que, además, ocultó al Senado cuando pasó el "examen" de idoneidad.

A este hecho se unió las consideraciones que sobre Cataluña ha hecho a lo largo de su carrera: “El verdadero problema, y creo saber de lo que hablo, es que, como consecuencia de errores del pasado, varias generaciones de catalanes han sido ya educadas en el desprecio, expreso o tácito, hacia la cultura española, y el Estatuto es la primera manifestación política de ese desprecio”, dijo en un discurso pronunciado en Yecla (Murcia) en 2005.

Los magistrados han abordado en su reunión plenaria el asunto, pero no han llegado a una decisión final, por lo que el debate se retomará el martes. Fuentes del alto tribunal han explicado a Efe que los magistrados quieren perfilar bien la fundamentación jurídica de su resolución.

Entre los asuntos afectados por los recursos figuran los presentados por el Gobierno central en contra de decretos de la Generalitat, como los de horarios comerciales, de impuestos de depósitos bancarios o sobre establecimientos turísticos; y también los planteados por diputados o senadores del PP contra preceptos de la ley catalana de Educación, la del Cine o el Código de Consumo de Cataluña.

Las instituciones catalanas recusaron a Cobos para tratar de impedir su participación en la deliberación de 25 recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competencias interpuestos.

La petición de recusación afecta, además de a la declaración soberanista, a recursos planteados por la Generalitat contra preceptos de leyes estatales, como los Presupuestos del 2012 o las medidas de racionalización en ámbito sanitario y educativo.

En su escrito, el Parlament recusaba a Pérez de los Cobos en procedimientos distintos que han sido instados por el PP o por el Gobierno del PP, como por ejemplo los recursos contra la Ley de Educación de Cataluña (LEC) o la Ley de Colegios Profesionales.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/12/actualidad/1378989884_169760.html?rel=rosEP

LA RECUSACIÓN A DE LOS COBOS DESATA UN DEBATE A FONDO EN EL CONSTITUCIONAL

Solo un magistrado del sector progresista plantea reprobar al presidente

Los miembros del pleno del Tribunal Constitucional no fueron capaces ayer de lograr un texto consensuado para rechazar la recusación a su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, planteada por la Generalitat y el Parlamento de Cataluña. Tras cerca de tres horas de debate, el pleno decidió postergar la resolución hasta el martes de la próxima semana, cuando el pleno se reunirá de nuevo.

El Constitucional rechazará entonces las recusaciones, pero el cuestionamiento de la imparcialidad objetiva esgrimida por las instituciones catalanas ha provocado una discusión a fondo en el seno del alto tribunal.

Francisco Pérez de los Cobos militó en el PP, al menos, entre 2008 y 2011, cuando ya formaba parte del Constitucional. El ahora presidente ocultó al Senado (la Cámara que examinó su idoneidad) su militancia, así como varias tareas de asesoramiento al PP como catedrático del Derecho del Trabajo. Además, De los Cobos, antes de ser nombrado magistrado, se destacó por su rechazo al nacionalismo en varios libros y en un discurso pronunciado en 2005. “El verdadero problema, y creo saber de lo que hablo, es que, como consecuencia de errores del pasado, varias generaciones de catalanes han sido ya educadas en el desprecio, expreso o tácito, hacia la cultura española, y el Estatuto es la primera manifestación política de ese desprecio”, dijo en su ciudad natal, Yecla (Murcia).

La encargada de redactar la ponencia para debatir los recursos solicitando la recusación, con el objeto de que De los Cobos no participe en la deliberación de las cuestiones planteadas por Cataluña, fue la vicepresidenta del Constitucional Adela Asúa, que pertenece al llamado sector progresista, que aglutina a cinco de los 12 magistrados que componen el pleno.

Sin embargo, su planteamiento de rechazo a la recusación y la defensa absoluta del presidente y de su independencia provocaron una primera ronda de intervenciones en la que varios de ellos, principalmente progresistas, plantearon objeciones y la necesidad de introducir matices al texto al considerarlo excesivamente condescendiente. Ante la multitud de reparos al texto de Asúa, el pleno decidió aparcar el debate y retomarlo en la próxima reunión, convocada para el próximo martes.

La mayoría de las disquisiciones se centraron en las alusiones a la libertad de expresión a la que se refiere la ponencia y con la que la vicepresidenta exonera a Cobos de cualquier duda de imparcialidad.

En cualquier caso, la postura mayoritaria es la de rechazar la recusación, tal como indicaron varias fuentes. Y no solo de forma mayoritaria, sino prácticamente unánime, ya que que, del debate expuesto ayer, el apoyo al presidente del Constitucional se extenderá no solo entre sus seis compañeros del sector conservador, sino también entre los progresistas. Únicamente un magistrado de entre los progresistas, Luis Ortega, planteó su intención de presentar un voto particular, lo que supone el apoyo a la recusación del presidente del tribunal.

Francisco Pérez de los Cobos abandonó el plenario en el momento en el que se inició el debate sobre su recusación en los 25 recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competencias interpuestos por las dos instituciones catalanas. Tampoco participará en la votación que presumiblemente tendrá lugar el martes. Sobre el texto que finalmente se consensúe, si así ocurre, solo se podrá votar a favor o en contra, ya que el tribunal no considera la posibilidad de abstenerse sobre los asuntos que dirime. Tras estas recusaciones, el tribunal habrá de resolver también sobre el recurso presentado por Otegi y la petición de nulidad del rechazo de amparo que también presentó Baltasar Garzón sobre la sentencia que le inhabilitó.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/12/actualidad/1379012720_209953.html
 

LA GENERALITAT EXIGE A DE LOS COBOS UNA RECTIFICACIÓN “EN TODA REGLA”

El Gobierno de Mas quiere incorporar su discurso de Yecla a la recusación

La Generalitat de Cataluña exigió ayer una rectificación “en toda regla” al presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, por haber criticado el “desprecio” de los catalanes a la cultura española durante una conferencia pronunciada en Yecla (Murcia) en 2005. El portavoz del Gobierno catalán y consejero de la Presidencia, Francesc Homs, calificó de “indignantes” las afirmaciones de Pérez de los Cobos, entonces catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid. “Queremos una rectificación pública en toda regla”, dijo.

La intención del Gobierno catalán es incorporar el discurso de Pérez de los Cobos en Yecla el 6 de diciembre de 2005, revelado ayer por EL PAÍS, a la recusación presentada contra el magistrado por el Parlament y la propia Generalitat tras conocerse su afiliación al PP durante años y que ocultó ese dato durante su examen en el Senado. De los Cobos formará parte del tribunal que ha de resolver 25 recursos, impugnaciones o conflictos de competencias con el Gobierno central. Las instituciones catalanas cuestionan su imparcialidad y pretenden apartarlo de las deliberaciones.

La recusación empezó a ser debatida ayer en el Tribunal Constitucional en un clima de división entre los magistrados progresistas. Fuentes del tribunal creen que será rechazada, lo que supondría la continuidad de De los Cobos en la resolución de los recursos pendientes, pues este ya ha anunciado que no dimitirá.

Gallardón vuelve a salir en defensa del magistrado y carga contra el PSOE

Durante la conferencia de Yecla, pronunciada con motivo del Día de la Constitución, Pérez de los Cobos calificó de “verdadero órdago para la estabilidad constitucional” del Estado el nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña que acababa de aprobar el Parlament. En su opinión, “ningún jurista digno” afirmaría lo contrario a lo que él estaba diciendo y concluyó que el texto estatutario era “la primera manifestación política” de lo que calificó como “desprecio” de los catalanes hacia la cultura española”.

De manera muy distinta a la Generalitat se posicionó ayer el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, quien salió en el Senado en defensa de De los Cobos con el argumento de que es legal ser militante de un partido y magistrado del Constitucional. Según su explicación, el propio Tribunal lo estableció así en un auto de 1998.

Gallardón, incluso, fue más allá e intentó darle la vuelta a la argumentación del senador del PSOE que le preguntaba. Fue cuando achacó a este partido la culpa de que una de sus senadoras presentes en la comparecencia no preguntara a Pérez de los Cobos por su desconocida militancia cuando acudió al Senado a pasar la audiencia previa al nombramiento.

Homs califica de “indignantes” las palabras y pide una disculpa pública

Según el ministro, Pérez de los Cobos “cumplió” con la ley “informando de lo que tenía que informar” a los senadores que debían valorar su idoneidad. Pero añadió que percibió “falta de interés” en el PSOE cuando “permaneció en silencio” y no le preguntó entonces sobre lo que ahora les preocupa.

El senador socialista Arcadio Díaz Tejera preguntó al ministro sobre la militancia de Pérez de los Cobos, centrado en el hecho de que el actual presidente del Constitucional ocultó este dato en su comparecencia, así como su actividad como asesor del PP en materia laboral. Para Gallardón, el Grupo Socialista se equivocó de destinatario al formular su pregunta, porque debería haberla dirigido a su senadora allí presente, Carmela Silva.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/10/actualidad/1378845838_477270.html

DE LOS COBOS CRITICÓ EL “DESPRECIO” DE LOS CATALANES HACIA LA CULTURA ESPAÑOLA

El Tribunal Constitucional debate desde hoy la recusación de la Generalitat a su presidente

El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, aseguró el 6 de diciembre de 2005 que el texto de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña que acababa de aprobar el Parlament (ese 30 de septiembre) suponía un “verdadero órdago para la estabilidad constitucional” del Estado, arguyó que “ningún jurista digno” afirmaría lo contrario y concluyó que era “la primera manifestación política” de lo que calificó como “desprecio” de los catalanes “hacia la cultura española”. En una conferencia pronunciada en su localidad natal, Yecla (Murcia), Pérez de los Cobos —entonces catedrático de Derecho del Trabajo en la Universidad Complutense de Madrid— lanzó duras críticas contra los “excesos” del Estatuto y la “clase política”, a la que acusó de ser “el problema” y de no estar “a la altura de la madurez” del pueblo.

A partir de hoy, y durante tres días, el pleno del Tribunal Constitucional debatirá la recusación planteada por la Generalitat y el Parlament de Cataluña contra Pérez de los Cobos tras publicar EL PAÍS en julio que este siguió pagando su cuota de militante en el PP tras ser nombrado magistrado en diciembre de 2010. Esta militancia política, interrumpida en 2012 y autorizada —aunque hay discusión sobre ello— para los magistrados del Constitucional que no provienen de la judicatura, ha arrojado grandes sombras sobre su imparcialidad al frente del órgano que interpreta la Constitución. Las instituciones catalanas pretenden apartar a De los Cobos de cualquier decisión sobre un total de 25 recursos, impugnaciones y conflictos de competencia que les afectan directamente.

En la conferencia de Yecla el 6 de diciembre de 2005, día de la Constitución, el jurista conservador aseguró sobre el Estatuto: “El verdadero problema, y creo saber de lo que hablo, es que, como consecuencia de errores del pasado, varias generaciones de catalanes han sido ya educadas en el desprecio, expreso o tácito, hacia la cultura española, y el Estatuto es la primera manifestación política de ese desprecio”. También

Previamente, Pérez de los Cobos había advertido al auditorio que “el yeclano no está hecho para lo políticamente correcto”. En otro pasaje de su discurso, el catedrático laboralista defendió “un gran pacto de Estado en torno al modelo de Estado y la educación que se imparte en el conjunto del mismo” con el fin de “evitar males mayores”. “Lo que entre todos hemos conseguido en estos 27 años es mucho, pero, no nos engañemos, también es vulnerable y frágil, y hay que exigirle a nuestra clase política que sepa estar a la altura de las circunstancias, lo que no siempre hace”. Aunque en su intervención hablaba de los políticos en genérico, Pérez de los Cobos hizo una referencia que apuntaba al Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, enfrentado con la jerarquía católica tras la aprobación de la ley del matrimonio homosexual, el divorcio exprés y la Educación para la Ciudadanía: “Si nos faltaba algo ahora han redescubierto el fantasma del anticlericalismo”, dijo.

La noticia de que Pérez de los Cobos fue militante del PP al menos hasta 2011 ha generado una catarata de recusaciones. El Parlament y la Generalitat pretenden apartar al presidente del Tribunal Constitucional de causas como la impugnación de la declaración soberanista aprobada en enero por la cámara autonómica; los recursos contra la prohibición de las corridas de toros; o las leyes catalanas de educación y del cine. En su condición de presidente, Pérez de los Cobos dispone del voto de calidad que permitiría deshacer un empate en el pleno del Constitucional, que consta de 12 magistrados, siete conservadores y cinco progresistas.

En el momento en que el pleno del Constitucional empiece a debatir sobre las recusaciones, Pérez de los Cobos abandonará la sala y dejará la decisión en manos de sus 11 compañeros. Fuentes del tribunal afirman que en las últimas semanas el presidente se ha movido para lograr la unanimidad o una amplísima mayoría para rechazar sus recusaciones. Está previsto, salvo sorpresa mayúscula, que los seis magistrados conservadores voten en bloque contra las recusaciones. Entre los progresistas, sostienen fuentes del tribunal, cunde la división y hay al menos tres magistrados partidarios de rechazar las protestas del Parlament y la Generalitat.

En 2007, el tribunal aceptó —por seis votos contra cinco— la recusación presentada por el PP contra el magistrado Pablo Pérez Tremps para que no participara en el estudio del recurso de la formación conservadora contra el Estatuto de Cataluña. Pérez Tremps había redactado un dictamen sobre la legalidad del Estatuto a petición de la Generalitat, que le había pagado por ello 6.000 euros.

Además de las presentadas por las instituciones catalanas, también los letrados del secretario general de Sortu, Arnaldo Otegi, y del ex líder del sindicato abertzale LAB, Rafael Díez Usabiaga, registraron la semana pasada una petición para que se anule la decisión del Constitucional de mantenerles en prisión mientras se falle el fondo del recurso contra la condena del caso Bateragune sobre el intento de reconstruir las estructuras de la ilegalizada Batasuna. Según los letrados de ambos dirigentes independentistas vascos, Pérez de los Cobos “tenía una posición prefijada, sobre ETA y sobre el caso Batasuna, como militante del PP”. Estas recusaciones abertzales no llegaron a tiempo para discutirse esta semana, según fuentes del tribunal.

"No le aplaudí por integrista"

Francisco Pérez de los Cobos nació en la localidad murciana de Yecla hace 51 años. Allí pasó sus primeros años, lo que le marcó. “Si la infancia es la edad de la conformación del carácter y el carácter es, como decía Heráclito, el destino del hombre, seguramente mi carácter y también mi destino están inexorablemente ligados a Yecla”. Fueron sus palabras de introducción, el 6 de diciembre de 2005, en el discurso al que fue invitado por el Ayuntamiento, gobernado por el PP, para celebrar el aniversario de la Constitución. Entonces era profesor y catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid.

El entonces alcalde de Yecla, Juan Miguel Bendito, del PP, llamó al líder del PSOE en la oposición y le informó del invitado ese año: un profesor muy serio. Ya habían acudido otros años catedráticos y figuras relevantes con el mismo objetivo: ensalzar la Constitución de 1978. Pérez de los Cobos aceptó el envite, llegó ese día, comió con todos, pronunció la conferencia, con un tono que alguno de los presentes recuerda muy vehemente, y cosechó una gran salva final de aplausos. Se levantó casi todo el auditorio. Casi. El portavoz entonces del PSOE en el Ayuntamiento, el médico Domingo Carpena, se quedó sentado y no aplaudió. No le gustó ni el tono ni el fondo del discurso. “Me pareció muy integrista, un poco incendiario, y, sobre todo, muy antinacionalista y anticatalán”, recuerda ahora, ya retirado de la política. “Yo creía que tenía que hacer todo lo contrario”, explica. Aunque Carpena recuerda esa invitación como un error con la perspectiva del tiempo casi la considera un mal menor: “Es que tres o cuatro años más tarde el alcalde invitó para hablar de la Constitución a Alejo Vidal-Quadras”.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/09/actualidad/1378755315_989427.html

EL PSOE LLEVA AL SENADO EL CASO DE LA INCOMPATIBILIDAD DE PÉREZ DE LOS COBOS

Gallardón tendrá que responder si los candidatos al tribunal deben informar sobre su militancia

El PSOE hará el martes en el Senado una pregunta al ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, en apariencia sencilla. ¿Cree que los candidatos a magistrados del Tribunal Constitucional deben informar acerca de su afiliación partidaria? El hoy presidente del alto tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, ocultó su militancia en el PP durante su examen de idoneidad en el Senado, algo que, además del reproche político, ha conllevado el que sea recusado o esté a punto de serlo por los Gobiernos autónomos que han presentado recurso contra leyes del Ejecutivo de Mariano Rajoy.

La pregunta sobre Pérez de los Cobos la formulará el portavoz del PSOE en Justicia y senador por Gran Canaria, Arcadio Díaz Tejera. El PP ha impedido de momento la comparecencia en el Congreso del presidente del Constitucional para que explique cómo pudo compatibilizar su militancia con el cargo de magistrado.

El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, está incluido en el listado de donantes y afiliados del PP entre 2008 y 2011, cuyas aportaciones sirven para sufragar los gastos del partido. De los Cobos fue elegido magistrado del alto tribunal el 29 de diciembre de 2010.

Los jueces y magistrados tienen prohibido, por ley, pertenecer a partidos políticos o sindicatos. Así, lo refleja el artículo 395 de la ley Orgánica del Poder Judicial: “No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos”.

Además, la Constitución, en su artículo 127, señala que “los jueces y magistrados así como los fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos”. Y, en el punto 2 del mismo artículo, añade que “la ley establecerá el régimen de incompatibilidades de los miembros del poder judicial” y señala que este régimen “deberá asegurar la total independencia de los mismos”.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/06/actualidad/1378461962_279275.html?rel=rosEP

El presidente del Constitucional: “No tenga dudas, seguiré en mi puesto”

La militancia de Pérez de los Cobos en el PP desató una ola de impugnaciones

El descubrimiento de que el Partido Popular colocó a uno de sus militantes, Francisco Pérez de los Cobos, como magistrado del Constitucional (TC) en diciembre de 2010 —es presidente de ese tribunal desde el 19 de junio pasado— sigue arrastrando polémica, aunque él se muestra impermeable a las críticas. “No tenga dudas de que seguiré en mi puesto”, aseguró ayer durante la inauguración de un curso de la Universidad Menéndez Pelayo en Santander. Los periodistas le preguntaban por la posibilidad de que abandone la institución si es recusado por el organismo que preside para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la reforma laboral. De los Cobos fue el coautor, en 2010, de un artículo periodístico que incluía propuestas que fueron recogidas en 2012 en la norma aprobada por el Gobierno. Con su respuesta negó cualquier posibilidad de dimisión como le reclaman desde el PSOE, CIU, IU, UPyD, BNG y Esquerra. Desde el 2002 realizó labores de asesoramiento en el PP.

Además de la reforma laboral, una ola de impugnaciones en diversos asuntos originada por su afiliación al PP, constatada entre los años 2008 y 2011, aguarda la respuesta del pleno del alto tribunal. Por ahora las defensas del secretario general de Sortu, Arnaldo Otegi, y del secretario de LAB, Rafa Díez Usabiaga (por el caso Bateragune) han solicitado formalmente apartar a Cobo de los recursos sobre los que debe decidir. Lo mismo ha hecho el Parlamento catalán por la suspensión de la declaración soberanista y la Generalitat por 24 causas, muchas de ellas contra el Gobierno central. El exjuez Baltasar Garzón, por su parte, ha reclamado la anulación de las decisiones que el Tribunal Constitucional adoptó sobre su caso.

Andalucía y Asturias, así como el PSOE, también han dado pasos para intentar recusar a Cobos, que deberá decidir sobre cuestiones como el decreto antidesahucios o sobre la constitucionalidad de más de una docena de leyes impulsadas por el Partido Popular.

El aludido no quiere hablar, dice, por respeto a sus compañeros y al Tribunal: “No voy a hacer declaraciones que puedan incidir en su decisión”. El pleno del TC (formado en total por 12 personas) tendrá que evaluar si excluye a su presidente (él no podrá votar) de participar en cada uno de los recursos presentados. Si la respuesta es afirmativa, Cobos no podría intervenir en la tramitación de esos casos.

http://politica.elpais.com/politica/2013/09/06/actualidad/1378488105_158964.html

LA REFORMA LABORAL RECOGE IDEAS PLASMADAS EN UN TEXTO FIRMADO POR PÉREZ DE LOS COBOS EN 2010

El presidente del TC tendrá que pronunciarse sobre la constitucionalidad de una ley que contiene sus propias propuestas sobre negociación colectiva

La reforma laboral del PP fue más lejos que las anteriores por los cambios que introdujo en la negociación colectiva (singularmente, en el mecanismo de 'descuelgue', o inaplicación de un convenio cuando la empresa está en mala situación), y en el desequilibrio de las relaciones empresarios-trabajadores en favor de los primeros. Muchos de esos cambios que introdujo la reforma de 2012 reflejan directamente los contenidos de un artículo de 2010 del que es coautor Pérez de los Cobos, que tendrá que pronunciarse sobre la reforma como presidente del Tribunal Constitucional.

El artículo 'La reforma de la negociación colectiva', en el número 14 de la revista Relaciones Laborales, está firmado por Pérez de los Cobos y su discípulo Xavier Thibault, que fue nombrado Director General de Empleo con la llegada del PP al poder y al que se considera el jurista del ministerio con influencia directa sobre la reforma laboral de 2012. Las coincidencias entre el texto y la reforma que se hizo dos años después son más que sorprendentes: las ideas que tenían los autores del artículo se plasman de forma muy fidedigna y precisa en el texto legal que coordinó Thibault desde su responsabilidad política y administrativa. Aquí están las cuatro coincidencias más notables, destacadas en negrita:

La Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos

El artículo recomienda darle un papel fundamental en la inaplicación de los convenios a una institución que, hasta entonces, no jugaba ningún papel de peso en la configuración de las relaciones laborales: la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos. Pérez de los Cobos y Thibault aconsejan que, en caso de desacuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores "la ley atribuya a un órgano de composición tripartita el conocimiento y la resolución de la solicitud de descuelgue, por ejemplo, dependiendo del ámbito del conflicto, la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos o los Consejos Autonómicos de Relaciones Laborales".

La reforma de 2012 lo recoge tal cual (art. 14.3): "Cuando el periodo de consultas finalice sin acuerdo (...) cualquiera de las partes podrá someter la solución de la misma a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (...), o a los órganos correspondientes de las comunidades autónomas en los demás casos".

Esta regulación ha sido explícitamente impugnada por el recurso de inconstitucionalidad que presentó el Grupo socialista contra la reforma laboral, y por tanto sobre el tendrá que pronunciarse Pérez de los Cobos como magistrado y Presidente del TC.

La modificación de las condiciones de trabajo

Pérez de los Cobos y Thibault piden además que, a la hora de modificar sustancialmente las condiciones de trabajo de los empleados, se incorporen materias que hasta entonces se consideraban intocables. Dice el texto: "el catálogo de materias susceptibles de modificación (...) debe mantenerse, pero, eso sí, ampliándolo y clarificándolo. ¿En qué sentido? A nuestro juicio, incorporando en el elenco de materias la jornada, hoy excluida, (...) los complementos por pensiones y sustituyendo la mención al «sistema de remuneración» por otra más amplia que aluda al «régimen salarial o retributivo», en todos sus elementos".

Así lo hace el artículo 14 de la reforma: "...se podrá proceder (...) a inaplicar en la empresa las condiciones de trabajo previstas en el convenio colectivo aplicable, sea este de sector o de empresa, que afecten a las siguientes materias:

a) Jornada de trabajo.

b) Horario y la distribución del tiempo de trabajo.

c) Régimen de trabajo a turnos.

d) Sistema de remuneración y cuantía salarial.

e) Sistema de trabajo y rendimiento.

f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de esta Ley.

g) Mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social.

Limitación de la ultraactividad

Pérez de los Cobos y Thibault proponen limitar la ultraactividad, que es la vigencia indefinida de buena parte de los convenios que hayan quedado caducados al no ser reemplazados por otros. "En concreto, se trataría de sustituir la actual redacción del precepto por otra que prevea que una vez denunciado el convenio colectivo se mantendrá la vigencia del contenido normativo del mismo durante un año, prorrogable por seis meses más por acuerdo de las partes negociadoras", dicen en su artículo de 2010.

Ambos acertaron tanto en la limitación de la ultraactividad, como en el plazo que proponían, porque la reforma laboral contempla (art. 14.6) que "transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación".

Revisiones de los convenios

La reforma también adopta el mecanismo de "revisión" del convenio, para el que no es necesaria denuncia, que Pérez de los Cobos y Thibault idearon dos años antes: para la revisión que proponen "los únicos requisitos legales deberían ser que los sujetos negociadores que revisen el convenio colectivo ostenten la legitimación, el quórum y las mayorías de los arts. 87, 88 y 89 ET, además de que el eventual acuerdo de revisión tendría que sujetarse también a las exigencias de registro, depósito y publicidad del art. 90 ET".

El artículo 14.5 de la reforma les hace caso "Durante la vigencia del convenio colectivo, los sujetos que reúnan los requisitos de legitimación previstos en los artículos 87 y 88 de esta Ley podrán negociar su revisión".

http://www.cadenaser.com/espana/articulo/reforma-laboral-recoge-ideas-plasmadas-texto-firmado-perez-cobos-2010/csrcsrpor/20130905csrcsrnac_3/Tes

COBOS DEJA EL PUESTO EN LA OIT QUE COMPATIBILIZABA CON EL CONSTITUCIONAL

El presidente del alto tribunal cobró dietas por la asistencia a reuniones que coincidieron con la celebración de plenos. La ley impide simultanear cargos

El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, ha presentado su dimisión como miembro de la comisión de expertos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de la que formaba parte desde marzo de 2012. Cobos —que, además, compatibilizó su militancia oculta en el PP hasta 2012 con su cargo de magistrado en el Constitucional— recibió, según diversas fuentes, una autorización verbal, no escrita, del entonces presidente, Pascual Sala, para mantener su puesto en el alto tribunal y el de asesor en la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo.

El artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que el cargo de magistrado es incompatible con “el desempeño de actividades profesionales o mercantiles” y no marca ninguna diferencia de incompatibilidad entre los magistrados y el presidente del Constitucional. Sin embargo, Pérez de los Cobos no presentó su dimisión en la OIT hasta días después de ser nombrado presidente, tras compatibilizar ambas actividades durante 15 meses. Fuentes de la organización han señalado que, según su regulación, “la OIT no exige la dimisión”.

Este periódico ha intentado, sin éxito, que el presidente del Constitucional explicara por qué ha decidido abandonar la organización internacional tras 15 meses.

Por su participación en las reuniones de dicha comisión, Francisco Pérez de los Cobos percibió las mismas dietas que el resto de miembros. “Recibió el mismo trato”, han asegurado fuentes de la OIT que, sin embargo, no han querido detallar a cuánto ascendieron las citadas dietas.

Las recusaciones

La Generalitat de Cataluña ha anunciado que pedirá la recusación de Pérez de los Cobos en 24 litigios.

El Parlamento catalán, por su parte, acordó presentar el recurso contra la participación de Cobos en siete causas.

Asturias pretende apartar a Pérez de los Cobos de los cuatro litigios que deberá resolver el alto tribunal sobre el Principado.

La Junta de Andalucía planteó su intención de recusar al presidente en los más de 15 litigios abiertos en el Constitucional.

El exmagistrado Baltasar Garzón y Rafael Vera presentarán la petición de nulidad de la negativa de amparo del Constitucional, una resolución en la que participó Cobos.

La presencia en las reuniones —Francisco Pérez de los Cobos asistió, al menos, a dos convocatorias que se prolongan a lo largo de, aproximadamente, 15 días— le impidió, antes de ser elegido presidente y tal como recogen algunas resoluciones del Constitucional, estar presente y participar en dichas resoluciones. Así ocurrió en noviembre de 2012.

La comisión de la que formaba parte Pérez de los Cobos se encarga de la evaluación técnica de la aplicación de las normas internacionales en los Estados miembros de la OIT, entre los que se incluye España. Los expertos analizan y elaboran recomendaciones a los Gobiernos. De hecho, por ejemplo, los sindicatos CC OO y UGT presentaron dos quejas a la OIT sobre la reforma laboral, con lo que Pérez de los Cobos se convertía, por una parte, en juez de la norma de Rajoy ante el Constitucional (por el recurso presentado por el PSOE) y, por otra, en el experto asesor en la sede de la OIT en Ginebra que debía evaluar si la reforma laboral se ajusta a los criterios internacionales.

Todo ello después de que el ahora presidente del Tribunal Constitucional hubiera asesorado al PP, desde 1992, en materia laboral, dada su condición del catedrático de Derecho del Trabajo.

Las dudas sobre la idoneidad de Pérez de los Cobos para ocupar el puesto de presidente (para el que fue designado en junio pasado por unanimidad), incluso dentro del Constitucional, provocaron que él mismo ofreciera la convocatoria de un pleno para tratar el asunto. Para ello, tres magistrados han de firmar la solicitud de convocatoria de pleno, cuyo ejercicio empieza la próxima semana. Será cuando el tribunal se enfrente a la ola de impugnaciones y recusaciones anunciadas después de que EL PAÍS publicara que había ocultado su militancia en el PP.

http://politica.elpais.com/politica/2013/08/28/actualidad/1377713399_675220.html

UN PLENO DEL CONSTITUCIONAL DECIDIRÁ SI APARTA A SU PRESIDENTE RECUSADO EN MÁS DE 50 CAUSAS

La vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Adela AsuaBatarrita, tendrá que convocar un pleno extraordinario de los magistrados del alto tribunal para decidir sobre las recusaciones presentadas contra el presidente Pérez de los Cobos

El recelo de imparcialidad ha promovido que sean varias comunidades autónomas y particulares quienes hayan presentado o anunciado la presentación de recusaciones por considerar que Pérez de los Cobos no puede ser imparcial por dos motivos fundamentalmente: por haber seguido siendo militante del Partido Popular durante cuatro años (2008-2011) y pagando religiosamente sus cuotas de afiliado cuando ya era magistrado del tribunal Constitucional y por haber asesorado al PP en materia laboral desde 1992 dada su condición del catedrático de Derecho del Trabajo.
Votar8comentar

El calendario de trabajo para los magistrados contempla la celebración del primer pleno el próximo día 9 de septiembre, según fuentes del tribunal, aunque se trataran solo asuntos de trámite y casos pendientes que quedaron aparcados tras la renovación de cuatro magistrados el pasado mes de junio.

Antes de esa fecha, la vicepresidenta podría convocar un pleno monográfico en el que se estudiaran las recusaciones presentadas hasta ahora contra Pérez de los Cobos. Las únicas peticiones formales registradas en el tribunal para que el presidente se abstenga han sido presentadas por el Parlament (7 litigios) y la Generalitat de Cataluña (24 causas). Hay también otras comunidades que han anunciado la presentación de recusaciones como Andalucía (15 asuntos) o Asturias (4 casos) e incluso particulares como el ex juez Garzón, pero todavía no las han formalizado en el registro del tribunal. Según las fuentes consultadas algunas de estas recusaciones podrían ser rechazadas de plano puesto que existen unos plazos concretos para presentarlas y su invocación ahora estaría fuera de ese límite temporal.

Precedente de Jiménez de Parga

El Tribunal Constitucional decidió por unanimidad el 17 de Junio de 2003 no admitir a trámite las recusaciones que habían presentado la Generalitat y el Parlamento de Cataluña contra el presidente de ese tribunal, Manuel Jiménez de Parga, a raíz de sus declaraciones sobre las comunidades históricas. El presidente declaró que se deberían eliminar la diferenciación entre nacionalidades y regiones como establece la Constitución, es decir, entre las comunidades consideradas como nacionalidades históricas -Cataluña, el País Vasco y Galicia- y las que no lo son.

El Gobierno Vasco también recusó en octubre de 2002 a Jiménez de Parga por una supuesta parcialidad para determinar la constitucionalidad o no de la Ley de Partidos, impugnada por el Ejecutivo de Vitoria, recusación que fue desestimada un mes más tarde. En aquellas declaraciones, Jiménez de Parga se refirió al proceso de ilegalización de Batasuna, que se trata en el Tribunal Supremo, y se mostró confiado en que "lo hagamos lo mejor que sepamos y consigamos una sentencia favorable".

Renuncia OIT

El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, presentó su renuncia el pasado mes de junio como miembro de la comisión de expertos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de la que formaba parte desde marzo de 2012.

Según han confirmado fuentes de esta institución, la renuncia fue comunicada al organismo internacional poco después de que Pérez de los Cobos asumiera la presidencia del Constitucional (en junio) y resuelta , es decir, aceptada por el tramite habitual, no de urgencia.

Pérez de los Cobos fue asesor de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT durante 15 meses y en ese periodo desempeñaba además el puesto de magistrado en el alto tribunal elegido a propuesta del PP en diciembre de 2010, dentro del cupo correspondiente al Senado.

Según las fuentes consultadas, Pérez de los Cobos comunicó al entonces presidente Pascual Sala su propósito de asesorar a la OIT y el presidente no vio ningún inconveniente o incompatibilidad puesto que se trataba de una institución que no implicaba una dependencia económica ni profesional, y además suponía un mérito añadido el hecho de que una institución internacional de reconocido prestigio, eligiera a un miembro del Tribunal Constitucional como asesor.

Expertos independientes

Fuentes de la OIT ha explicado que los asesores de la comisión de expertos no tienen asignada una dieta económica sino que la organización les paga exclusivamente los desplazamientos, manutención y estancia en las reuniones. La comisión está formada por 20 miembros, juristas, académicos o expertos en derecho del trabajo que realizan informes sobre los proyectos de más de 130 países (evaluación técnica de la aplicación de las normas internacionales en los Estados miembros de la OIT)

Para mantener la imparcialidad, el comité tiene la costumbre de que los consejeros de un país no intervienen en las deliberaciones que haya podido plantear su propia nación. Además cuando se producen reclamaciones o quejas el organismo encargado de resolverlas no es la comisión de asesores sino el consejo de Administración o el comité de libertad sindical.

El artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que el cargo de magistrado es incompatible con "el desempeño de actividades profesionales o mercantiles" y no marca ninguna diferencia de incompatibilidad entre los magistrados y el presidente del Constitucional.

http://www.cadenaser.com/espana/articulo/pleno-constitucional-decidira-aparta-presidente-recusado-causas/csrcsrpor/20130830csrcsrnac_1/Tes?id_rss=14092012-Ser-rs-1-Tw

El semanario El Temps revela que Pérez de los Cobos rompió una Constitución cuando era joven

El actual presidente del Tribunal Constitucional se mostró en varias ocasiones contrario al proceso democrático que se iniciaba en 1978

La polémica vuelve a salpicar al presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos. Después de salir a la luz su militancia en el PP, o la existencia de un libro con aforismos anticatalanistas publicado años antes de jurar el cargo, ahora el diario catalán El Periódico muestra otro episodio del pasado del jurista.

La anécdota, que ha sido descubierta por el semanario El Temps, sucedió cuando Pérez de los Cobos era un adolescente. Según un antiguo compañero de clase, corría el año 1978 cuando el actual presidente del Tribunal Constitucional rompió un ejemplar de la Constitución que una profesora les había dado tras ser esta aprobada.

"Finalizó la clase y, a la salida del instituto, en un punto bien visible para todos, desgarró y lanzó al suelo su ejemplar de la Constitución" relata el antiguo compañero de escuela.

La historia no trascendería más allá de la simple travesura si no fuera porque, tal y como explican en el reportaje de El Temps, tanto su familia como Pérez de los Cobos dieron muestra en más de una ocasión de su afinidad al régimen franquista (su padre intentó hacer carrera política a través del partido ultraderechista Fuerza Nueva), por lo que la ruptura de la Constitución, de la que ahora se supone el mayor garante, sería un ejemplo más de su oposición al proceso democrático que empezaba a nacer en la España de 1978.

http://www.publico.es/461681/el-semanario-el-temps-revela-que-perez-de-los-cobos-rompio-una-constitucion-cuando-era-joven

La Generalitat pide la recusación de Pérez de los Cobos en 24 causas

El Gobierno catalán entiende que la militancia del presidente del Constitucional en el PP es una "causa objetiva de pérdida de imparcialidad"

El Gobierno catalán ha acordado este martes pedir la recusación del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, en los procedimientos de recurso de inconstitucionalidad y de conflicto de competencias en los que sea parte el gobierno de la Generalitat y que se encuentran en proceso de tramitación ante este órgano. En total la Generalitat quiere apartar a Pérez de los Cobos de hasta 24 recursos y conflictos de competencias que están pendientes de sentencia por parte del Alto Tribunal.

La decisión del Gobierno de CiU llega después de que el Gabinete Jurídico de la Generalitat haya considerado que la militancia del presidente del TC en el Partido Popular permite apreciar una "causa objetiva de pérdida de imparcialidad y de interés" en las causas cuando tiene que intervenir en los procedimientos que afectan al Gobierno de la Generalitat. El Gobierno catalán considera que esta inhabilitación de Pérez de los Cobos es especialmente notable en todos los procesos de recursos de inconstitucionalidad presentados por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, mientras ha sido también presidente del Partido Popular. También considera motivo de recusación de Pérez de los Cobos cuando éste deba intervenir en el resto de recursos de inconstitucionalidad que plantee el PP, así como todos los que pueda plantear ahora la Generalitat.

Destacan la impugnación de diferentes leyes en materia de promoción económica, del ámbito audiovisual,urbanismo y la ley de horarios comerciales

En total, la Generalitat quiere apartar a Pérez de los Cobos de 24 causas. De ellas, cinco han sido planteadas por el presidente del Gobierno. Destacan la impugnación de diferentes leyes en materia de promoción económica, del ámbito audiovisual,urbanismo y la ley de horarios comerciales, así como el recurso interpuesto contra el nuevo impuesto catalán sobre los depósitos bancarios.

La Generalitat también pedirá la recusación de Pérez de los Cobos en seis recursos interpuestos por diputados y senadores del PP. Destacan la ley de Educación de Cataluña, la ley del Cine y el Código de Consumo de Cataluña.

En lo referente a recursos planteados por el Gobierno catalán la Generalitat quiere expulsar de las deliberaciones al presidente del Tribunal Constitucional en ocho causas. Entre ellas están los Presupuestos Generales del Estado para 2012 y contra los reales decretos de recortes sanitarios y educativos. Habrá otras tres recusaciones en conflictos de competencias planteados por el Gobierno de Cataluña.

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/07/30/catalunya/1375187024_944931.html

La comisión que debía decidir si Pérez de los Cobos era idóneo no le preguntó nada

El Senado aprobó al candidato en diez minutos entre felicitaciones y halagos de los portavoces al catedrático afiliado en ese momento al PP

Al Senado sólo le faltó hacer la ola a Francisco Pérez de los Cobos cuando examinó sus méritos para ser magistrado del Tribunal Constitucional en octubre de 2010. Ninguno de los seis portavoces de grupos políticos que intervinieron en la Comisión de Nombramientos le hizo ninguna pregunta al compareciente, ni siquiera si mantenía o había mantenido relación de algún tipo con el partido que le proponía para el puesto, que era el PP. En ese momento, Pérez de los Cobos militaba en el partido de Rajoy y pagaba su cuota de afiliado.

Los seis portavoces, más el presidente del Senado, Javier Rojo, que estaba al frente además de la Comisión, dieron por bueno sin más el currículum facilitado por Përez de los Cobos, donde ocultó su afiliación al PP. Rojo explicó al inicio de la sesión, celebrada el 6 de octubre de 2010, que "previamente se ha constatado el cumplimiento por él (el candidato) de los requisitos exigidos por la Constitución y las leyes", y dió la palabra al candidato "propuesto por el Grupo Parlamentario Popular".

En una breve intervención, Pérez de los Cobos definió su trayectoria profesional como la de "un modesto profesor universitario", y destacó que la incorporación al Tribunal Constitucional sólo iba a pesarle por una cosa: "La obligación, inherente al cargo, de abandonar la docencia universitaria".

Manifestó que la Constitución era "un marco de coincidencias suficientemente amplio como para que dentro de él quepan opciones políticas de muy diverso signo".

Hizo hincapié en que, dentro de su currículum, destacaba su "intensa actividad investigadora" así como la elaboración, como experto, "de numerosos dictámenes e informes para instituciones públicas, autonómicas, nacionales e internacionales, para instituciones y entidades privadas, sindicatos, asociaciones empresariales, empresas y bufetes de abogados". También habló de su tarea de árbitro en el Tribunal Laboral de Cataluña y en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje, de sus once años como miembro del Consejo Económico y Social (donde fue nombrado a instancias del PP).

Nada dijo Pérez de los Cobos --catedrático de Derecho del Trabajo-- de su afiliación en el PP (ni lo incluyó en su currículum), ni de sus aforismos anticatalanes ("El dinero es el bálsamo racionalizador de Cataluña"), incluidos en un libro publicado cuatro años antes, ni de una supuesta labor de asesoramiento jurídico del Grupo Popular en el Congreso en materia de políticas de empleo (desvelado por el diario "El País").

De acuerdo al Reglamento del Senado, la Comisión de Nombramientos puede solicitar al candidato "aclaraciones sobre cualquier extremo relacionado con su trayectoria profesional o sus méritos personales", aunque se apresura a añadir que el presidente inadmitirá las preguntas "que pudieran menoscabar o poner en cuestión indebidamente el honor o el derecho a la intimidad del candidato".

No hubo lugar a que el presidente interviniera para frenar alguna cuestión impertinente de un portavoz, porque ninguno preguntó nada. Abrió el turno de palabra el portavoz del Grupo Mixto, Pedro Torres (independiente en una coalición con el PSOE por Ibiza y Formentera), que fue el más parco y se limitó a agradecer al candidato la comparecencia.

A continuación, Joseba Zubía, un veterano senador del PNV, destacó: "Por nuestra parte no hay nada que aclarar en relación con su trayectoria profesional y sus méritos personales y profesionales, en tanto que ya constan de manera sobrada en el currículum que se nos ha facilitado en los últimos días".

Por CiU, Jordi Vilajoana, el siguiente en intervenir, elogió el discurso de Pérez de los Cobos:"Usted dfice que interpreta la Constitución como un marco amplio de coincidencias. Es un concepto que yo comparto".

Carles Josep Bonet (ERC), portavoz de la Entesa Catalana de Progrés, fue el único que introdujo una cierta distancia, pero después de felicitar al compareciente por su "brillante currículum y por su exposición clara y directa". Bonet pidió al catedrático que dejara claro que había sido elegido por una Cámara de representación territorial como es el Senado, y añadió: "Usted ha sido propuesto por un grupo parlamentario, con las connotaciones políticas que eso conlleva". Por ello, le reclamó que trabajara por la despolitización del Tribunal Constitucional, y se quejó de que no se hubieran aceptadolos candidatos propuestos por los parlamentos autonómicos.

"Estas son mis reflexiones. No sé si tendrá algo que aclararo comentar", dijo Bonet, en lo más parecido a un requerimiento que se registró en la sesión.

Después fue el turno de la portavoz del PSOE, Carmela Silva, para quien el currículum de Pérez de los Cobos era "muy respetable y valioso", y coincidió también en que la Constitución es un "gran marco de coincidencias".

Finalmente, Pío García-Escudero, entonces portavoz del Grupo Popular, señaló: "Al ser el grupo proponente ya conocíamos con anterioridad todo lo que usted nos ha expuesto, y sabemos que va a ser de muchísima utilidad para las labores que ha de desarrollar en el futuro el Tribunal Constitucional".

Përez de los Cobos, a quien Rojo dió la palabra por si quería "añadir alguna cuestión más", ya que para contestar a alguna pregunta era imposible, dijo: "Sólo quiero agradecer las generosísimas palabras que he oído. También quiero decir que si el Senado me elige, obviamente, sé que me elige la Cámara de representación territorial del Estado", en lo que parecía una aclaración al senador Bonet.

Como colofón, se votó proponer al candidato al Pleno, lo que se produjo por 240 votos a favor; 7 en contra y 16 abstenciones (la Comisión tiene voto ponderado, es decir, que cada portavoz representa a todos los dipuitados de su grupo). El portavoz de CiU, Jordi Vilajoana, argumentó su voto negativo, pese a que el candidato era "magnífico", en que no se había tenido en cuenta en las designaciones las propuestas de los parlamentos autonómicos y en concreto el catalán.

http://www.publico.es/460232/la-comision-que-debia-decidir-si-perez-de-los-cobos-era-idoneo-no-le-pregunto-nada

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL ASESORÓ AL PP DESDE 1992

El magistrado 'escondió' al Senado varios trabajos de asesoramiento al partido

Cuando Francisco Pérez de los Cobos llegó, en octubre de 2010, a pasar su examen en el Senado, la Cámara que debía validar su candidatura como magistrado del Tribunal Constitucional, lo hizo acompañado de la diputada del PP Celia Villalobos. A los miembros de la comisión de nombramientos les llamó la atención porque “no era lo habitual”, aunque el candidato lo fuera a propuesta del PP, tal como recuerda uno de los presentes. No le dieron importancia hasta que, hace poco más de 10 días, se supo que entonces Cobos era militante del PP, un hecho que silenció ante la comisión. De la misma manera se reservó en su exposición que la relación con los populares y su asesoría se remonta, al menos, a 1992.

Villalobos siguió la intervención del “modesto profesor universitario”, tal como se presentó Cobos ante el Senado, en la misma sala Clara Campoamor, sentada dos bancos más atrás del ocupado por él. El pasado miércoles, fue Villalobos la que, con más ahínco, imposibilitó que en el Congreso se hablara del actual presidente del Constitucional. Le retiró la palabra a la portavoz socialista, Soraya Rodríguez (que abandonó la sala), a Carmela Silva, la diputada socialista miembro de la mesa, y a María Luisa Carcedo, vocal de la Diputación Permanente. Villalobos tampoco atendió a Eduardo Madina que, en la misma sesión, le solicitó que permitiera al Grupo Socialista acabar con su exposición.

Pero es que la relación de la ahora vicepresidenta primera del Congreso con Pérez de los Cobos se remonta a hace 20 años, algo que la comisión de nombramientos del Senado tampoco sabía cuando firmó su idoneidad para ser magistrado del Constitucional.

Entre 1989 y 1993, Villalobos fue miembro de la Comisión de Empleo. Según explicó a varios miembros de la mesa, formó un grupo de asesores en materia laboral entre los que se encontraba el entonces catedrático de Trabajo Pérez de los Cobos. Ayer, Villalobos negó tajantemente haber contado con la asesoría de Cobos. Durante 1992, Villalobos fue además ponente de la Ley de Huelga. Según el también catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Castilla-La Mancha, Antonio Baylos, el PP le indicó que “el asesor con el que contaban era Pérez de los Cobos, y que a él me debía dirigir porque no tenían un diputado idóneo para un debate técnico y político”. “Lo recuerdo porque me sorprendió”, añade, ya que el ahora presidente del Constitucional ejercía dicha asesoría sin la “visibilidad que tenían otros profesores”. Celia Villalobos negó igualmente que se acudiera a sus conocimientos y aseguró que “nunca ha asesorado ni cobrado del Partido Popular”.

Tras su paso por las universidades de Valencia, Baleares y ya estando en Barcelona, Pérez de los Cobos pasó, en 1996, a formar parte del Consejo Económico y Social como consejero experto y de la mano del propio José María Aznar, lo que le supuso su primer cargo de designación política, algo que sí incluyó en su currículum presentado al Senado, al igual que la referencia a una conferencia pronunciada en 1993 en la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), vinculada al PP, sobre los “aspectos básicos de la reforma del mercado de trabajo”. Sobre la misma fundación reseñó su participación en otra conferencia sobre “la reforma de la intermediación en España”, en 2009 pero omitió su intervención en otras actividades, hasta ocho, reseñadas en las memorias de la propia fundación y correspondientes a los años 2006 y 2007, en las que aparece el nombre de Pérez de los Cobos, por ejemplo, junto al de la actual ministra de Fomento, Ana Pastor, como asistentes a un seminario sobre “La reforma laboral que España necesita”.

Precisamente la constitucionalidad de la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy será uno de los temas sobre los que el actual presidente del Constitucional deberá dilucidar, tras el recurso presentado por el grupo socialista en el Congreso.

Francisco Pérez de los Cobos es considerado, por muchos, como autor intelectual de dicha reforma. Sin embargo, hay algo que, en cualquier caso, es una realidad: su relación con uno de los autores conocidos de la ley, el actual director general de Empleo, Javier Thibault. El vínculo se remonta a la estancia de ambos en la Universidad de Barcelona, donde compartieron departamento. Ambos coincidieron también en la Universidad Complutense de Madrid cuando el ahora presidente del Constitucional era director del departamento en el que Thibault fue profesor titular en servicios especiales.

En 2000, Pérez de los Cobos dirigió la tesis de Thibault, en la que obtuvo un sobresaliente cum laude. Hasta 2010, ambos firmaron juntos hasta media docena de publicaciones. Y cuando Pérez de los Cobos llegó al Constitucional, en diciembre de 2010, entre los letrados con los que cada nuevo magistrado puede contar se incluyó a Thibault, puesto que ocupó hasta enero de 2012, cuando fue nombrado director general de Empleo. Un mes después, se aprobó la reforma laboral.

El presidente del Constitucional obvió ocho colaboraciones con FAES
La relación con Javier Thibault, que entonces era un profesor de universidad, no fue ocultada al Senado donde, sin embargo, el candidato a magistrado sí obvió que figura como administrador único de Labour Prospectives, una sociedad creada en 2003 que tiene como objeto “la elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social”. Antes del nombramiento, Cobos suspendió las actividades de la sociedad, dada la incompatibilidad de los miembros del Tribunal Constitucional con “el desempeño de actividades profesionales o mercantiles”, tal como señala la Ley Orgánica del propio tribunal. Aún así, sigue figurando como máximo responsable de la sociedad limitada.

Con la publicación de su militancia en el PP, al menos, hasta 2011, ha salido a la palestra otra posible incompatibilidad. Desde marzo de 2012, cuando ya ocupaba un puesto como magistrado del Constitucional, forma parte de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En 2012, logró la autorización verbal de Pascual Sala para ser experto de la OIT
Varias fuentes han asegurado que la autorización sobre la posibilidad de compatibilizar ambos cargos nunca pasó por un pleno y que fue el anterior presidente del alto tribunal, Pascual Sala, quien le dio, únicamente, una “autorización verbal” para que pudiera compaginar ambos cargos. El hecho es que Francisco Pérez de los Cobos fue nombrado miembro de dicha comisión, que se reunió, en Ginebra, los mismos días en los que el Tribunal Constitucional registró su ausencia en uno de los plenos celebrados en el mes de noviembre de 2012. Según las actas de las votaciones del alto tribunal celebrado durante los días 27, 28 y 29, el magistrado estuvo ausente. Precisamente esos días se reunió la comisión de la que forma parte.

Desde que EL PAÍS desveló que el actual presidente del Constitucional pagó sus cuotas de militante, al menos, hasta 2011, Cobos no ha dado ninguna explicación pública. De la reunión que mantuvo con parte de los magistrados que forman el pleno no logró sacar la declaración institucional de apoyo que pretendía pero sí una nota de prensa en la que defendía la legalidad de compatibilizar la militancia política con su puesto como magistrado. Pérez de los Cobos no ha dicho públicamente si ha abandonado su afiliación política. El PP ha impedido, además, que dé explicaciones en el Congreso y solo si tres de los otros once magistrados del Constitucional lo piden, al menos, tratará la polémica en un pleno extraordinario del mismo tribunal sobre el que existe una cascada de anuncios de impugnaciones y recusaciones.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/28/actualidad/1375035151_870364.html

EL MAGISTRADO ESCRIBIÓ UN LIBRO DE AFORISMOS QUE ARREMETE CONTRA CATALUÑA Y LOS CATALANES

Más allá de los motivos jurídicos que exponga la Generalitat en la anunciada recusación del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos escribió en 2006 varias reflexiones en las que arremete contra los catalanes y el nacionalismo, al que define como una “pesadilla”.

“Cuando un catalán está satisfecho lo expresa diciendo: “a mí, ya me va bien”, escribió en Parva memoria, una breve obra de 42 páginas que contiene 368 aforismos sobre temas diversos y que constituye su único libro ajeno al Derecho. La frase se antoja un abono del tópico sobre la insolidaridad catalana, pero no es la única. “El dinero es el bálsamo racionalizador de Cataluña”, dice en otra página.

El libro contiene frases despectivas con ciudadanos de otros países, aunque ninguna tan contundente como la que afirma que “los ingleses han aprendido de sus gatos a lavarse”. La cita evoca la que pronunció en 2003 otro presidente del Tribunal Constitucional, Manuel Jiménez de Parga. “Cuando en Andalucía teníamos fuentes de distintos colores y olores algunas de esas nacionalidades históricas no sabían lo que era el baño semanal”, dijo. Parva memoria fue publicado en 2006 por la editorial valenciana Tirant lo Blanch, cuando el magistrado hacía ya casi una década que vivía en Barcelona.

En 2005, Pérez de los Cobos pronunció el discurso oficial con motivo de la celebración del día de la Constitución, en Yecla, su localidad natal. El exdiputado murciano del PSOE Domingo Carpena recuerda que fue “durísimo” el tono empleado contra Cataluña y el nacionalismo. “No había oído nada igual hasta que escuché a Alejo Vidal Quadras”, recuerda Carpena.

De los Cobos recaló en Barcelona en 1997 al acceder a la cátedra de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Autónoma (UAB), en una época que compaginó la docencia con el asesoramiento a organismos públicos, asociaciones empresariales y sociedades diversas. En aquellos años nació una estrecha amistad que perdura con el profesor de la misma especialidad Javier Thibault, actual director general de Empleo y considerado su discípulo más fiel. No en vano se cree que fue él quien lo propuso a la ministra Fátima Báñez.

De la etapa en Barcelona queda también la enemistad manifiesta del actual presidente del Tribunal Constitucional con el abogado Salvador del Rey, que tiene su origen en el concurso por la cátedra, y que luego se amplificó por otros motivos. Del Rey es ahora socio de Cuatrecasas Gonçalves Pereira, uno de los bufetes con más proyección internacional y preside desde 2010 el Instituto Mundial del Trabajo.

A finales de la década de 1990 Del Rey era ya un reconocido jurista que competía con Pérez de los Cobos por la misma cartera de clientes a los que asesorar, aunque tenían diferencias ideológicas. Del Rey se implicó a fondo en el diseño estratégico del empresariado catalán y mantuvo una estrecha relación con CiU y el presidente de la Generalitat Jordi Pujol, mientras que Pérez de los Cobos ya era reconocido en el PP como un laboralista de referencia.

EL PAÍS ha intentado que Del Rey evocara aquel desencuentro con el magistrado pero lo ha rechazado. Los profesores que en aquellos años compartieron despachos con él también son reticentes a emitir valoraciones. “Yo lo traté muy poco pero entonces ya se sabía en la facultad que era un señor muy de derechas”, explica una catedrática.

“La única ideología capaz de seguir produciendo pesadillas es el nacionalismo”, sentencia en otro aforismo. Con otro tono, rayando lo soez, Pérez de los Cobos afirma en Parva memoria: “No hay en Cataluña acto político que se precie sin una o varias manifestaciones de onanismo”.

La obra también contiene referencias a los españoles. Una de las más desafortunadas dice: “No es que los españoles seamos antibelicistas, es que las guerras que realmente nos gustan son las civiles”. En otro momento, Cobos asegura que “los españoles hablamos el castellano en América con actitud imperial” y arremete contra las banderas, sin concretas a cuáles se refiere. “¡Cuánta mediocridad tapan las banderas! Quizás se inventaran para eso”. El magistrado asegura de sí mismo: “Soy el único liberal que conozco” y define la corrupción como “el término de una sucesión de compromisos”.

De 1994 a 1997 pasó por la Universidad de las Islas Baleares. El recuerdo que guarda tampoco parece muy grato. "El mallorquín ve en su propio interés una fatalidad, algo inevitable de lo que no se puede escapar. “I jo què hauria de fer?" (¿Y yo qué debería hacer?), escribe.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/28/actualidad/1375035633_153761.html

LA MAYORÍA PIDE LA DIMISIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL

La mayoría de los españoles cree que Francisco Pérez de los Cobos debe dimitir como presidente del Tribunal Constitucional por haber ocultado al Parlamento que era militante del PP cuando asumió el cargo de magistrado de la esta institución, como reveló EL PAÍS.

Un 68% de los ciudadanos entiende que esa condición de militante de un partido político concreto afecta negativamente a la institución y a él para desempeñar sus funciones de magistrado. El Gobierno y el PP se han volcado estos días en la defensa de su excompañero de su partido y han evitado que tenga que comparecer en el Congreso para explicar por qué ocultó su militancia. Sin embargo, la mayoría de los votantes del PP son críticos con el presidente del Constucional, porque el 68% asegura que afectará negativamente a la institución.

No obstante, la mayoría de los que apoyaron al PP en las últimas elecciones considera que no debe dimitir como presidente de esta institución. El 25% afirma que debe seguir en el cargo.

La valoración es distinta entre los votantes del PSOE que, en su mayoría, afirma que Pérez de los Cobos debe dimitir. Hasta un 79% de los simpatizantes socialistas considera que está incapacitado para mantenerse en el cargo. Hasta el momento, la dirección del PSOE no ha pedido su dimisión, aunque haya criticado el ocultamiento y le haya pedido explicaciones, pero sin cuestionar su continuidad. Ni siquiera han aclarado los socialistas si pedirán la recusación de Pérez de los Cobos en la resolución de los recursos que han presentado contra una docena de leyes aprobadas por el Gobierno de Mariano Rajoy.

Para un 83% le afectará negativamente haber sido militante del PP al tiempo que magistrado del Tribunal Constitucional.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/27/actualidad/1374938428_095297.html

EL PSOE ATRIBUYE A VILLALOBOS UNA ACTITUD “INDECENTE” POR NO DEJAR HABLAR DE COBOS

Soraya Rodríguez pide amparo a Posada y solicita que no deje a la vicepresidenta presidir “hasta que no esté en condiciones de mantener el decoro y la imparcialidad”

El debate en la Diputación Permanente transcurría con bastante normalidad incluso en el apartado del caso Bárcenas. Una vez llegado el debate sobre la petición del Grupo Socialista de comparecencia de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, para explicar “cómo entiende el Gobierno las relaciones con el Poder Judicial y el respeto a las actuaciones”, sobrevino la bronca. La portavoz socialista, como otros portavoces, quería aprovechar este apartado para solicitar la comparecencia de la vicepresidenta del Gobierno pero también del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, por haber ocultado al Parlamento su militancia en el PP como reveló EL PAÍS. “O habla usted del Poder Judicial o le retiro la palabra”, y se la retiró, además de quitarle la megafonía después de un rifirrafe de varios minutos. Es decir, desde la perspectiva formal la portavoz socialista debía atenerse al enunciado de su propuesta, es decir, el Poder Judicial, y no el Tribunal Constitucional. En los pasillos la portavoz socialista consideró que Villalobos había tenido con ella "una actitud indecente".

La tensión fue en aumento porque una vez vez que le fue retirada la palabra y tras varios intentos vanos de hablar, la dirigente socialista abandonó muy enfadada el salón donde se celebra la Diputación Permanente. De inmediato tomó la medida que estaba en su mano: una carta al presidente del Congreso: un escrito de protesta.

La portavoz socialista ha escrito una carta al presidente del Congreso, Jesús Posada, para solicitarle amparo al sentir que sus derechos han sido vulnerados. Además, le ha pedido que “no permita" dirigir los debates a Celia Villalobos " hasta que la vicepresidenta no esté en condiciones de mantener el decoro y la imparcialidad”. Mientras Rodríguez estaba ya fuera del salón, algunos de sus compañeros trataron de mantener la reivindicación de la portavoz. Primero, Carmela Silva, secretaria del Congreso del Grupo Socialista y, después, el secretario general del Grupo Socialista, Eduardo Madina. Villalobos no estaba dispuesta a que el asunto se alargara más y paso al siguiente punto del orden del día con lo que también impidió que tomara la palabra el secretario general del Grupo Popular, José Antonio Bermúdez de Castro, que pretendía salir en apoyo de Villalobos y justificar la no pertinencia de sacar el asunto de la comparecencia de Pérez de los Cobos. “La vicepresidenta del Congreso ha tenido una actitud indecente” ha proclamado Soraya Rodríguez

La decisión de impedir el debate fue evidente pero también la intención de Villalobos de echar agua al fuego pero el incendio estaba ya en pleno esplendor. Todo había empezado por la mañana cuando ella misma y otros miembros del Grupo Popular de la Mesa, se habían opuesto a la petición de comparecencia del presidente del Tribunal Constitucional con argumentos legales. Ya en la Diputación Permanente el grupo socialista quiso aprovechar un punto sobre el Consejo General del Poder Judicial para hablar por analogía, en cuanto a la incompatibilidad de jueces y magistrados de militar en un partido, de Pérez de los Cobos. Villalobos se dio cuenta pasados unos minutos y cortó a Soraya Rodríguez.

De inmediato Rodríguez sacó a colación lo que había pasado apenas veinte minutos antes cuando un diputado del PP, Ricardo Tarno, tenía que responder a la petición de comparecencia de Ana Mato para que explicara la supresión del Consejo Nacional de la Juventud que defendió la diputada socialista, Carmen Montón. Apenas unas palabras dijo Tarno sobre el Consejo de la Juventud ya que toda su intervención fue para hablar de José Antonio Griñán, presidente de la Junta de Andalucía, y los porqués de su anuncio de dimisión fuera del Parlamento de Andalucía. “Nadie le ha llamado la atención a este diputado del PP cuando en vez de hablar del Consejo de la Juventud ha hablado del señor Griñán y se le ha permitido seguir con ese tema”, ha recordado Soraya Rodríguez para preguntar por qué ese distinto baremo. Cuando eso ocurrió no presidía Villalobos sino el titular, Jesús Posada.

El debate ha seguido en los pasillos donde Soraya Rodríguez ha señalado que “Celia Villalobos está especialmente nerviosa, más nerviosa que otros miembros de su partido, por las informaciones que salen sobre la financiación del PP”, ha dicho. Se refiere a las informaciones que citan a su marido, Pedro Arriola, asesor externo del PP, de haber cobrado presuntamente en negro algunos de sus trabajos.

Si hubiera podido Soraya Rodríguez habría justificado la petición de comparecencia de Pérez de los Cobos desde la perspectiva de haber dejado “incompleta” la información que ofreció en el Senado sobre su biografía ya que no dio cuenta de su militancia en el PP. El resto de los portavoces, dentro de la Diputación Permanente, sin citarle por su nombre, han considerado del todo inadecuado que Pérez de los Cobos sea militante del PP y, por tanto, debe dar explicaciones. Lo han dicho muy rápido, apenas un par de frases, para que no le diera tiempo a Celia Villalobos a quitarles la palabra con el mismo argumento: no hay ningún punto en el orden del día sobre el presidente del Tribunal Constitucional al encargarse el PP, a través de los miembros de la Mesa del Congreso, de rechazar la propuesta.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/24/actualidad/1374689465_329222.html

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL NO IRÁ AL CONGRESO A EXPLICAR SU MILITANCIA EN EL PP

El PP usa su mayoría en la mesa de la Cámara baja para evitar que Cobos se explique

CiU apoya al PSOE al votar a favor de la comparecencia del presidente del alto tribunal

La Mesa del Congreso ha rechazado este miércoles (por cinco votos a cuatro) la comparecencia del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, exigida por el PSOE para dar cuenta de su condición de militante del PP mientras era magistrado en esa institución. La mayoría absoluta del PP ha bloqueado la petición en el órgano de gobierno de la Cámara baja, en el que tienen también representación el PSOE y CiU, que han votado a favor. La Mesa también ha evitado que la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, dé explicaciones sobre este asunto en la Cámara baja.

Los miembros del PP en la Mesa consideran que no hay ningún precepto en la Constitución ni en el Reglamento del Congreso que permita esa comparecencia. Se han remitido, entre otros, al artículo 159.5 de la Constitución, que establece que “los miembros del Tribunal Constitucional serán independientes e inamovibles en el ejercicio de su mandato”. Es decir, que no están sometidos al control del Parlamento. La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, según explican, solo establece tres motivos de relación de la institución con el Parlamento: en la tramitación de recursos de inconstitucionalidad, en la comunicación de vacantes y en la elección de sus miembros.

Dudas en el Constitucional sobre la idoneidad de Cobos como presidente
Sí se contempla el control en el Constitucional de los actos de la Mesa y, de hecho, en la historia ha anulado varios de ellos. Curiosamente, la decisión de bloquear hoy en la Mesa la comparecencia del presidente del Tribunal podría ser recurrida por el PSOE ante el propio Constitucional. La interpretación de la mayoría del PP es similar a la que se hizo hace justo un año, cuando el PSOE pidió la comparecencia en el Congreso del entonces presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, por las irregularidades en sus gastos de viajes privados desveladas por EL PAÍS.

Entonces el PP entendió también que el presidente del Poder Judicial no estaba sometido al control de otro poder del Estado, el legislativo. En este caso, la ley sí establece motivos tasados de las comparecencias en la Comisión de Justicia del Congreso, pero tienen que ver con la explicación de las memorias anuales del Consejo, no con su actividad interna. El PSOE vaticina ahora que ocurrirá con Pérez de los Cobos lo que pasó con Dívar: que el PP bloqueó la comparecencia y cuando él quiso ir, ya era tarde porque tuvo que dimitir al quedarse sin apoyo en el Consejo.

Jesús Posada, presidente del Congreso, ha derivado el asunto a la Mesa en lugar de llevarlo directamente a la Diputación Permanente del miércoles. El PSOE intentará introducir el asunto en la Diputación cuando se discuta una petición de comparecencia de la vicepresidenta Soraya Saénz de Santamaría ante la Comisión Constitucional para explicar “cómo entiende el Gobierno las relaciones con el Poder Judicial y el respeto a sus actuaciones”.

Por el momento, Pérez de los Cobos mantiene el apoyo del partido en el que militó al menos hasta 2011, y no hay crítica pública en el seno del Tribunal hacia él. Sí hay crítica política, porque todos los demás grupos parlamentarios del Congreso han criticado que Pérez de los Cobos compatibilizara la condición de magistrado con la militancia en el PP.

El lunes, el portavoz de CiU, Josep Antoni Duran, afirmó que “su problema no es de incompatibilidad, sino de parcialidad”. Añadió que Pérez de los Cobos “no está teóricamente en condiciones de opinar sobre la mayoría de los recursos que puedan plantear el PP o el Gobierno del PP, y en consecuencia se debe cambiar la ley”. En los últimos días se han pronunciado en sentido similar los portavoces del PNV, UPyD e Izquierda Plural, frente a la defensa cerrada del Gobierno y del PP. El PSOE, a través de su portavoz parlamentaria, Soraya Rodríguez, considera “insostenible” la situación de Pérez de los Cobos. Opina que ha perdido la apariencia de imparcialidad que el propio tribunal exigió en el auto de febrero de 2007 en el que aceptó la recusación por el PP del magistrado Pablo Pérez Tremps.

Por eso ha pedido su comparecencia en el Congreso para dar cuenta de su actuación y detalles sobre el momento en que dejó su militancia siendo ya miembro del Tribunal. Considera un agravante el hecho de que pasara la audiencia ante la comisión de nombramientos del Senado sin incluir entre su trayectoria política y profesional su militancia en el PP, que entonces mantenía viva.

Ese silencio es, según el PSOE, motivo suficiente para que Pérez de los Cobos explique en las Cortes las razones por las que no hizo referencia a su militancia ante la Cámara que le eligió sin tener en cuenta todos los elementos.

Si, como parece seguro, la Mesa del Congreso bloquea este miércoles la comparecencia, los socialistas estudiarán más medidas. Hace un año, el PSOE terminó pidiendo la dimisión de Dívar, después de algunas dudas del líder del partido, Alfredo Pérez Rubalcaba, que mantenía objeciones a poner en cuestión instituciones fundamentales como el Poder Judicial y ahora el Constitucional.

En todo caso, el PSOE sí prevé una “catarata de recusaciones” contra el presidente del Constitucional. Los socialistas se plantean la posibilidad de recusarle en la resolución de la docena de recursos que han presentado contra leyes del Gobierno del PP, pero explican que, en todo caso, hay que esperar a sus explicaciones. El gabinete jurídico de Ferraz y el del Grupo Socialista revisarán caso por caso los recursos por si hubiera materia para la recusación en cada uno de ellos del presidente del tribunal.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/24/actualidad/1374665997_715541.html

CALPARSORO: “NO ES LO MÁS IMPARCIAL QUE UN MAGISTRADO MILITE EN UN PARTIDO”

El fiscal superior del País Vasco defiende la búsqueda de fórmulas para garantizar su independencia

El fiscal superior del País Vasco, Juan Calparsoro, cree que "no es lo más imparcial que un magistrado milite en un partido" ni "lo que más legitimidad social" puede dar al Tribunal Constitucional (TC), en referencia a la polémica surgida después de que se conociera que el presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos, militó durante un tiempo en el PP tras su nombramiento al frente del alto tribunal.

Para Calparsoro, aunque "es difícil", se pueden buscar "fórmulas para dar más garantías de total independencia" al Constitucional. El máximo representante de la Fiscalía en Euskadi ha destacado que "está claro que los jueces y fiscales" que forman parte del ministerio público y del poder judicial "no pueden formar parte de partidos políticos ni de sindicatos". "Los fiscales y jueces no militan en ningún partido porque está prohibido. Si alguno que está ejerciendo milita en algún partido o sindicato, está incurriendo en una infracción disciplinaria clara y grave. Otra cosa es que hayan podido militar en el período en que no eran magistrados o que, mientras no ejerzan, pueden militar, pero mientras estén ejerciendo, es incompatible", ha manifestado.

No obstante, ha dicho que, "en el caso del Tribunal Constitucional", desconoce "exactamente la interpretación que tendrá que dar el propio TC sobre si se puede o no militar en un partido político, pero, desde luego, no parece que es lo más imparcial que un magistrado lo haga", ha añadido, para recordar que Pérez de los Cobos ya se ha dado de baja como afiliado de la formación popular.

Calparsoro cree que el presidente del TC "no debería militar" en ninguna formación política, pero ha puntualizado que "otra cosa es que legalmente esté prohibido". "Está claro que un juez o un fiscal lo tenemos prohibido, no podemos militar porque es motivo de expulsión o de sanción", ha añadido. Tras señalar que no ha estudiado en profundidad si puede hacerlo un magistrado del TC, ha afirmado que su idea, en principio, es que "es incompatible". "La prueba es que esta persona ya no forma parte de este partido político", ha añadido. Además, ha señalado que "hay otros magistrados que en su tiempo formaron parte de un partido político y, luego, fueron nombrados por su condición de juristas". "Ahora, mientras forman parte del Tribunal que, al mismo tiempo estén militando, me parece incompatible. Será el propio tribunal el que tenga que valorarlo", ha indicado.

Es normal que la Generalitat catalana pueda pensar en pedir la recusación de Pérez de los Cobos"

Calparsoro ha considerado que es "normal" que la Generalitat catalana pueda pensar en pedir la recusación de Pérez de los Cobos si considera que el hecho de pertenecer a un determinado partido político, "que tiene una postura determinada, pueda condicionar una decisión". En su opinión, "la posibilidad de recusarle está dentro del ordenamiento jurídico y es tan legítima como no recusarle" porque "forma parte del proceso y de sus garantías, y más en un caso como el del Tribunal Constitucional.

El fiscal Calparsoro ha subrayado, asimismo, que "es difícil" modificar el sistema de elección de los miembros del TC, aunque sí cree que pueden "introducirse mejoras, como darle un carácter más duradero al cargo y preservar más su imparcialidad". "Sin duda alguna, se podrían encontrar fórmulas para darle una mayor sensación o impresión de independencia", ha indicado. Tras señalar que los magistrados propuestos por los grupos pueden tener, "de alguna manera, un cierto condicionamiento hacia los grupos que le han propuesto", ha considerado que "también hay que confiar un poco en la honradez, honestidad y probidad o en el rigor de los magistrados" para que actúen "al margen de presiones y de posibles influencias". "Estoy convencido de que, en la mayoría de los casos, es así", ha indicado. No obstante, ha apuntado que, pese a que "su estatus de magistrados les preserve de cualquier tipo de presión o influencia", se pueden buscar fórmulas dirigidas "a mejorar la imparcialidad, la autonomía de cualquier tribunal, sin dejar de reconocer la legitimidad que tienen los órganos parlamentarios, incluso el Gobierno o el CGPJ para proponer a los magistrados".

Por último, ha considerado que "nadie discute que un cargo de la relevancia del presidente de un TC tiene que cuidar con máximo cuidado su propia imagen de imparcialidad y, en este sentido, es una obligación que conlleva el cargo, es un deber ético, otra cosa es que sea un deber legal".

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/07/25/paisvasco/1374742166_821593.html

EL PP BLOQUEARÁ LA COMPARECENCIA DE PÉREZ DE LOS COBOS EN EL CONGRESO

La Mesa de la Cámara estudiará y rechazará hoy la petición de los socialista

La Mesa del Congreso rechazará este miércoles la comparecencia del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, exigida por el PSOE para dar cuenta de su condición de militante del PP mientras era magistrado en esa institución. La mayoría absoluta del PP bloqueará la petición en el órgano de gobierno de la Cámara baja, en el que tienen también representación el PSOE y CiU.

Los miembros del PP en la Mesa consideran que no hay ningún precepto en la Constitución ni en el Reglamento del Congreso que permita esa comparecencia. Se remitirán, entre otros, al artículo 159.5 de la Constitución, que establece que “los miembros del Tribunal Constitucional serán independientes e inamovibles en el ejercicio de su mandato”. Es decir, que no están sometidos al control del Parlamento. La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, según explican, solo establece tres motivos de relación de la institución con el Parlamento: en la tramitación de recursos de inconstitucionalidad, en la comunicación de vacantes y en la elección de sus miembros.

Sí se contempla el control en el Constitucional de los actos de la Mesa y, de hecho, en la historia ha anulado varios de ellos. Curiosamente, la decisión de bloquear hoy en la Mesa la comparecencia del presidente del Tribunal podría ser recurrida por el PSOE ante el propio Constitucional. La interpretación de la mayoría del PP es similar a la que se hizo hace justo un año, cuando el PSOE pidió la comparecencia en el Congreso del entonces presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, por las irregularidades en sus gastos de viajes privados desveladas por EL PAÍS.

El PSOE estudiará recusar a Pérez de los Cobos en sus recursos
Entonces el PP entendió también que el presidente del Poder Judicial no estaba sometido al control de otro poder del Estado, el legislativo. En este caso, la ley sí establece motivos tasados de las comparecencias en la Comisión de Justicia del Congreso, pero tienen que ver con la explicación de las memorias anuales del Consejo, no con su actividad interna. El PSOE vaticina ahora que ocurrirá con Pérez de los Cobos lo que pasó con Dívar: que el PP bloqueó la comparecencia y cuando él quiso ir, ya era tarde porque tuvo que dimitir al quedarse sin apoyo en el Consejo.

Jesús Posada, presidente del Congreso, ha derivado el asunto a la Mesa en lugar de llevarlo directamente a la Diputación Permanente del miércoles. El PSOE intentará introducir el asunto en la Diputación cuando se discuta una petición de comparecencia de la vicepresidenta Soraya Saénz de Santamaría ante la Comisión Constitucional para explicar “cómo entiende el Gobierno las relaciones con el Poder Judicial y el respeto a sus actuaciones”.

Por el momento, Pérez de los Cobos mantiene el apoyo del partido en el que militó al menos hasta 2011, y no hay crítica pública en el seno del Tribunal hacia él. Sí hay crítica política, porque todos los demás grupos parlamentarios del Congreso han criticado que Pérez de los Cobos compatibilizara la condición de magistrado con la militancia en el PP.

El lunes, el portavoz de CiU, Josep Antoni Duran, afirmó que “su problema no es de incompatibilidad, sino de parcialidad”. Añadió que Pérez de los Cobos “no está teóricamente en condiciones de opinar sobre la mayoría de los recursos que puedan plantear el PP o el Gobierno del PP, y en consecuencia se debe cambiar la ley”. En los últimos días se han pronunciado en sentido similar los portavoces del PNV, UPyD e Izquierda Plural, frente a la defensa cerrada del Gobierno y del PP. El PSOE, a través de su portavoz parlamentaria, Soraya Rodríguez, considera “insostenible” la situación de Pérez de los Cobos. Opina que ha perdido la apariencia de imparcialidad que el propio tribunal exigió en el auto de febrero de 2007 en el que aceptó la recusación por el PP del magistrado Pablo Pérez Tremps.

Por eso ha pedido su comparecencia en el Congreso para dar cuenta de su actuación y detalles sobre el momento en que dejó su militancia siendo ya miembro del Tribunal. Considera un agravante el hecho de que pasara la audiencia ante la comisión de nombramientos del Senado sin incluir entre su trayectoria política y profesional su militancia en el PP, que entonces mantenía viva.

Ese silencio es, según el PSOE, motivo suficiente para que Pérez de los Cobos explique en las Cortes las razones por las que no hizo referencia a su militancia ante la Cámara que le eligió sin tener en cuenta todos los elementos.

Si, como parece seguro, la Mesa del Congreso bloquea este miércoles la comparecencia, los socialistas estudiarán más medidas. Hace un año, el PSOE terminó pidiendo la dimisión de Dívar, después de algunas dudas del líder del partido, Alfredo Pérez Rubalcaba, que mantenía objeciones a poner en cuestión instituciones fundamentales como el Poder Judicial y ahora el Constitucional.

En todo caso, el PSOE sí prevé una “catarata de recusaciones” contra el presidente del Constitucional. Los socialistas se plantean la posibilidad de recusarle en la resolución de la docena de recursos que han presentado contra leyes del Gobierno del PP, pero explican que, en todo caso, hay que esperar a sus explicaciones. El gabinete jurídico de Ferraz y el del Grupo Socialista revisarán caso por caso los recursos por si hubiera materia para la recusación en cada uno de ellos del presidente del tribunal.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/23/actualidad/1374606537_737548.html

LA GENERALITAT DA EL PASO PARA RECUSAR AL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL

Mas rechaza que De los Cobos dirima las reclamaciones planteadas por el PP

Dudas en el Constitucional sobre la idoneidad de Cobos como presidente

La carrera para recusar al presidente del Tribunal Constitucional por su militancia en el Partido Popular ha comenzado. El pistoletazo de salida lo dio ayer la Generalitat de Cataluña, que entiende que la presencia de Francisco Pérez de los Cobos en las deliberaciones sobre los numerosos conflictos que mantiene con el PP y el Gobierno puede contaminar las sentencias. De entrada, el Gobierno catalán rechaza que el magistrado pueda dirimir sobre asuntos como la Ley de Educación de Cataluña, recurrida por el Partido Popular. Sin embargo, amenaza con extender la recusación a todos los conflictos competenciales en los que el PP o el Gobierno sean parte. En total el Gobierno central y la Generalitat tienen 47 litigios pendientes en el Alto tribunal. Otras comunidades como Andalucía y País Vasco se plantean también recusar al magistrado.

Nadie quiere dar pasos en falso. El Gobierno catalán se ha limitado de momento a encargar un informe a sus servicios jurídicos para determinar las posibilidades de éxito de las recusaciones. Sin embargo, el consejero de Presidencia, Francesc Homs, dejó claro que es solo cuestión de tiempo que la Generalitat intente apartar a Pérez de los Cobos: “La recusación la tenemos que acabar de detallar, pero la presentaremos seguro”.

El argumento que utiliza el Gobierno catalán contra el presidente del Constitucional es que su militancia política “confirma la sensación” de que puede haber “contradicción de intereses” cuando Pérez de los Cobos deba decidir acerca de los recursos que su partido presente ante la institución. La fuerzas políticas catalanas mantienen muy vivo en la memoria el largo episodio de las recusaciones de magistrados durante la larga deliberación del recurso contra el Estatuto de Autonomía de Cataluña, que culminó en 2010 con un recorte del texto sustancial. El PP consiguió recusar al magistrado Pablo Pérez Tremps en 2007 porque cuatro años antes, y sin ser aún miembro del Tribunal Constitucional, elaboró un informe para la Generalitat sobre una eventual reforma del Estatuto catalán. La mayor parte de los partidos catalanes entienden que si aquello fue suficiente para recusar a un magistrado, la militancia del PP de Pérez de los Cobos también lo permitiría.

De momento la Generalitat considera factible recusarlo en las reclamaciones impulsadas por el PP. De esta forma, el presidente del Alto Tribunal podría ser apartado de la deliberación del recurso que el PP presentó contra la Ley de Educación de Cataluña. Los populares la recurrieron para acabar con el sistema de inmersión lingüística en catalán que se viene empleando en las escuelas de esa comunidad desde hace 30 años.

Sin embargo, la Generalitat entiende que la afiliación política del magistrado afecta también a su imparcialidad en otros procesos no necesariamente planteados por el PP. Lo que estudia ahora la Generalitat es si hay base para la recusación en los recursos planteados por el Gobierno o incluso los planteados por el Ejecutivo catalán.

En estos momentos el Gobierno central tiene planteados siete recursos de calado político contra la Generalitat. El más sustancioso es el referente a la Declaración Soberanista que el Parlamento catalán aprobó el pasado enero y que el Constitucional mantiene suspendido.

Este recurso ha hecho que, también ayer, el Parlamento de Cataluña decidiera comenzar los trámites para sumarse a las peticiones de recusación de Pérez de los Cobos. La Mesa de la cámara aprobó por mayoría pedir un dictamen al gabinete jurídico en el mismo sentido que el Gobierno de CiU.

Además del recurso contra la declaración soberanista, la Generalitat no quiere que Pérez de los Cobos dictamine sobre otros rcursos como el que el Gobierno presentó contra el decreto de horarios comerciales de Cataluña, más restrictivo con las aperturas en festivo que el del Gobierno central. También se encuentran pendientes de resolución los recursos del Gobierno contra la instauración de una tasa de un euro por cada receta médica, contra las nuevas tasas judiciales catalanas y para vetar el impuesto sobre depósitos bancarios que quiere aplicar el Gobierno catalán. Otra polémica ley catalana pendiente de dictamen es la de Consultas por vía de referéndum.

Pero lo que de veras preocupa a la Generalitat es el nivel de hostilidad que pueda mantener el presidente del Tribunal Constitucional en todo lo referente al proceso soberanista catalán. Después del verano el Parlamento catalán probará la nueva ley de consultas autonómica, que el Ejecutivo de CiU quiere utilizar para preguntar a los catalanes por la autodeterminación de Cataluña. Los nacionalistas dan por hecho que el Gobierno cumplirá sus advertencias y recurrirá el texto nada más ser aprobado. De ahí que la Generalitat rechace de plano que Pérez de los Cobos se mantenga en el puesto a la hora de dictaminar sobre este texto.

En Cataluña solo el Partido Popular levantó ayer la voz contra la recusación que programa la Generalitat. El portavoz del PP en la cámara autónoma, Enric Millo, lamentó que Gobierno y Parlamento quieran “generar dudas” a la opinión pública acerca del Constitucional y señaló que lo único que pretende Convergència i Unió es generar “cortinas de humo” contra cualquier cosa asociada al Estado, informa Neus Vidal. Fue precisamente en el Partido Popular de Barcelona donde Pérez de los Cobos pagó su cuota de militante como mínimo entre los años 2008 y 2011: 37,14 euros al año.

El resto de grupos coincidió en destacar que el presidente del Tribunal Constitucional no debería tener una conexión política tan directa. Así, la portavoz de Esquerra Republicana, Marta Rovira, quiso remarcar que, aunque Pérez de los Cobos no es magistrado, la Constitución “establece que tiene las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial”.

Desde Iniciativa y la CUP también señalaron que la situación afectaba gravemente a la “credibilidad de la institución”. La portavoz ecosocialistaDolorsCamats alegó que el problema no era militar en el partido sino “saber que la militancia influye en las decisiones que uno toma”.

El PP defiende que la militancia es una “cuestión privada”

La mayoría de los partidos catalanes han coincidido en remarcar la necesidad de estudiar la recusación ya que creen que la incompatibilidad es manifiesta. Aun así, el portavoz del PP, Enric Millo, ha querido destacar una vez más que estar afiliado no inhabilita para el cargo de presidente del Tribunal Constitucional y, además, “es una cuestión privada y estos datos no se hacen públicos”.

Esta teoría ha sido rechazada por la republicana Marta Rovira, quien ha señalado que aunque Pérez de los Cobos no sea magistrado, la Constitución establece que su puesto tiene las “incompatibilidades propias de un miembro del poder judicial”.

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/07/23/catalunya/1374582324_720012.html

ANDALUCÍA DECIDIRÁ CASO A CASO SI RECUSA AL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL

Los servicios jurídicos de las consejerías estudiarán si se debe apartar a Pérez de los Cobos

El Gobierno andaluz y el Ejecutivo central mantienen abiertos más de una quincena de litigios en el Tribunal Constitucional. La intención política de la Junta es plantear la recusación del presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, por su militancia en el PP, pero no quiere precipitarse presentando una censura en bloque. La decisión la deja en manos de los servicios jurídicos, que estudiarán con las consejerías qué hacer en cada caso.

“Desde el punto de vista político este gobierno ya ha manifestado serias dudas sobre la toma de decisiones por parte del presidente del Tribunal Constitucional tras conocerse que ha sido militante del PP”, ha afirmado este martes el portavoz del Ejecutivo andaluz, Miguel Ángel Vázquez, tras la reunión del Consejo de Gobierno. Izquierda Unida, socio de gobierno del PSOE en Andalucía, llevó a la reunión semanal del Ejecutivo la recusación de Pérez de los Cobos para todos los litigios entre ambas Administraciones pendientes de resolución del Constitucional, pero los socialistas prefieren esperar a la opinión de los juristas.

El asunto que planteaba IU no iba en el orden del día del Consejo de Gobierno y, según el portavoz del Ejecutivo, solo se abordó “tangencialmente”. “No se ha tomado ninguna decisión. Es un tema que no se ha contemplado aún y que se verá de manera particular entre cada consejería y el gabinete jurídico”, sostuvo Vázquez, que insistió en que, desde el punto de vista político, el Gobierno andaluz no tiene dudas: “Todos estamos de acuerdo en que es una barbaridad que ocultara que era militante del PP, no se entiende, no cuadra dentro del funcionamiento normal de las democracias de nuestro entorno”. Pero la Junta cree que para pedir formalmente que se aparte al presidente del tribunal la argumentación tiene que estar “muy bien armada”. “Las decisiones en el ámbito judicial no las toma el gobierno reunido de manera colegiada, sino que se tiene que atender un procedimiento en función de la normativa”, afirmó.

El Gobierno y la Junta mantienen abiertos una docena de conflictos en el Constitucional. En siete de ellos es la Junta la que ha recurrido normativas estatales. Hoy mismo, la ley de costas, que, según el Ejecutivo de José Antonio Griñán, invade competencias autonómicas y supone una “regresión” sobre la protección del litoral. La Junta ha recurrido también varias normativas aprobadas por el Gobierno para atajar el déficit de tarifa del sector eléctrico, las nuevas tasas judiciales, los recortes sanitarios y educativos y la liberalización de horarios comerciales.

El Gobierno central, por su parte, ha llevado en los últimos meses al Constitucional varias normas aprobadas por la Junta, entre ellas, la subasta de medicamentos y el decreto antidesahucios, que prevé expropiaciones temporales a los bancos cuando planeen a desahuciar a familias en riesgo de exclusión. El Ejecutivo de Rajoy tiene recurrida también la ley andaluza que establece la incompatibilidad entre los cargos de diputado autonómico y alcalde o presidente de diputación, además de la convocatoria de oposiciones para profesores de secundaria que quería ofertar la Junta. A estos recursos entre las Administraciones se suma el que registró el PP, en nombre de más de un centenar de ayuntamientos andaluces, sobre el canon del agua puesto en marcha por la Junta.

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/07/23/andalucia/1374594612_509859.html

PÉREZ DE LOS COBOS TAMPOCO ACLARA SI FACTURÓ AL PP DESDE SU EMPRESA PRIVADA

El presidente del Tribunal Constitucional, figura a día de hoy como administrador único de Labour Prospectives SL, aunque la sociedad no tiene actividad desde 2011

Considera que no tiene obligación de informar sobre los clientes de su empresa porque es un "asunto privado"

La crisis trajo buenos resultados para Labour Prospectives SL: en 2009 facturó casi 150.000 euros y en 2010 superó los 100.000

Hacienda inició dos procesos de ejecución contra la sociedad por reclamaciones "de menor cuantía"

Francisco Pérez de los Cobos, presidente del Tribunal Constitucional, figura a día de hoy como administrador único de la empresa Labour Prospectives SL. En esa condición firmó, en marzo de 2012, las cuentas de la sociedad correspondientes al ejercicio 2011. La empresa dejó de tener actividad dicho año, coincidiendo con la llegada de Pérez de los Cobos al Constitucional. Una portavoz del presidente del TC se negó a aclarar, a preguntas de infoLibre, si Labour Prospectives SL llegó a facturar trabajos al PP, partido en el que ha militado hasta una fecha reciente.

El pasado 17 de julio, El País informó de que Pérez de los Cobos había sido militante del PP como mínimo hasta el año 2011. El presidente del TC ocultó este dato cuando compareció, en 2010, ante la Comisión del Senado que aprobó su nombramiento. Aún hoy, sigue sin aclarar en qué fecha se dio de baja.

La militancia secreta de Pérez de los Cobos en el PP, además de una tormenta política, ha desatado el anuncio de múltiples recusaciones. Este martes, la Generalitat de Cataluña y la Junta de Andalucía han pedido a sus gabinetes jurídicos un informe para decidir si recusan al presidente del TC en aquellos recursos promovidos por el Gobierno central al entender que puede existir causa de incompatibilidad. Baltasar Garzón, por su parte, pedirá anular la decisión del Constitucional de no admitir a trámite el recurso de amparo que interpuso contra la decisión del Supremo de inhabilitarlo como juez por las escuchas del caso Gürtel. Los abogados de Garzón llegan a poner en duda que Pérez de los Cobos se haya dado de baja como militante del PP.

Labour Prospectives SL

Francisco Pérez de los Cobos fundó la empresa Labour Prospectives SL en febrero de 2003. Su objeto social, según consta en el Registro Mercantil de Barcelona, es "la elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social". La firma se contituyó con un capital de 3.010 euros, el mínimo necesario para fundar una sociedad limitada. Desde el primer momento, Pérez de los Cobos ha sido el administrador único.

En las cuentas correspondientes al ejercicio 2011, Pérez de los Cobos aclara que ese año la empresa ha permanecido "inactiva a todos los efectos". Las cuentas, eso sí, aparecen firmadas por el presidente del Constitucional en su calidad de administrador único, con fecha 31 de marzo de 2012. Pérez de los Cobos es magistrado del TC desde enero de 2011.

Los ingresos de Labour Prospectives SL mejoraron de forma significativa con la crisis económica. En 2007 su cifra de negocios se quedó en 33.000 euros, cantidad que prácticamente se duplicó al año siguiente hasta alcanzar los 60.000. En 2009, ya en pleno ascenso del paro y desplome económico, la sociedad de Pérez de los Cobos facturó 149.000 euros, convirtiéndose en el mejor ejercicio de la compañía. En 2010 la cifra de negocios superó los 104.000 euros.

De los últimos ejercicios, 2011 es el único en el que la sociedad ha tenido pérdidas: 8.470 euros. Ello se explica por la falta de ingresos al suspender su actividad. En los tres años anteriores (2008, 2009 y 2010), la sociedad de Pérez de los Cobos acumuló en total unos beneficios después de impuestos superiores a los 117.000 euros. La sociedad nunca ha tenido trabajadores en plantilla.

Los clientes de Pérez de los Cobos

La portavoz del presidente del TC se negó a responder a todas las preguntas planteadas por infoLibre en relación con Labour Prospectives SL, con el argumento de que era un "asunto privado" de Pérez de los Cobos.

Los jueces y magistrados están sometidos a un régimen de incompatibilidades y a diversas causas de abstención o recusación. En cuanto a las incompatibilidades, la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) establece que el cargo de magistrado es incompatible "con el desempeño de actividades profesionales y mercantiles" (artículo 19.1). No parece que este precepto afecte a Pérez de los Cobos, ya que su sociedad dejó de tener actividad cuando se convirtió en magistrado del Constitucional.

La LOTC no regula específicamente las causas de abstención o recusación de los magistrados. Sí lo hace en cambio la Ley Orgánica del Poder Judicial, que en su artículo 219 fija entre otros supuestos los dos siguientes: "tener amistad íntima o amistad manifiesta con cualquiera de las partes" y "haber desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo".

Fuentes jurídicas consultadas por este diario resaltaron que el conocimiento de los clientes que ha tenido Pérez de los Cobos podía influir en la presentación de recusaciones en su contra. Una duda evidente es si puede participar en la decisión sobre el recurso de inconstitucionalidad contra la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Rajoy, teniendo en cuenta que se trata de una persona que ha tenido una empresa dedicada a realizar estudios de las relaciones laborales, que ha militado en el PP y que no desvela si ese partido le ha contratado trabajos.

Ejecuciones de Hacienda

Labour Prospectives SL también ha dejado rastro en la Agencia Tributaria. En el tablón de anuncios de Hacienda y en el BOE aparecen dos expedientes abiertos contra la empresa de Pérez de los Cobos, uno del año 2010 y otro de 2012. En ambos casos, el procedimiento estaba en fase de liquidación ejecutiva.

Aunque en los documentos publicados no aparece el importe reclamado, a la vista del órgano de la Agencia Tributaria responsable de la tramitación del expediente se puede deducir que se trata de reclamaciones "de menor cuantía". El presidente del TC tampoco ha querido explicar en qué consistieron los problemas de Labour Prospectives con Hacienda.

infoLibre trasladó ayer a la portavoz del presidente del Tribunal Constitucional las preguntas que figuran a continuación. Ninguna de ellas obtuvo respuesta. Pérez de los Cobos entiende que todo lo relacionado con su empresa afecta a su "vida privada".

1) En caso de que llegue al TC algún caso que afecte a alguno de los clientes que ha tenido en Labour Prospectives SL, ¿piensa apartarse del caso el señor Pérez de los Cobos?

2) ¿Se ha producido ya esa situación en estos dos años y medio que lleva en el Constitucional o nunca ha tenido que decidir sobre un asunto de alguno de los clientes que tenía en Labour Prospectives SL?

3) ¿Ha facturado en algún momento Labour Prospectives SL al Partido Popular? En caso afirmativo, ¿por qué importe?

4) El art. 19.1 LOTC declara incompatible la actividad de magistrado del TC “con el desempeño de actividades mercantiles”. Aunque la empresa no tenga actividad, ¿no cree que sería mejor que el presidente del TC no siguiese figurando como administrador único de una sociedad mercantil y presentando documentos oficiales como las cuentas de dicha empresa?

5) Dado que la empresa no está declarada unipersonal, tiene que tener varios socios. ¿Qué porcentaje de acciones tiene el señor Pérez de los Cobos a día de hoy? ¿Quiénes son actualmente los socios de la empresa?

6) En el BOE aparecen dos notificaciones de ejecución de Hacienda contra Labour Prospectives SL, en los años 2010 y 2012. En ambos casos, a la vista de la oficina de Hacienda que ha iniciado el expediente, se trata de sanciones “de menor cuantía”. ¿Puede indicar a qué respondieron esos dos procedimientos de Hacienda contra Labour Prospectives SL?

http://www.infolibre.es/noticias/politica/2013/07/24/la_empresa_perez_los_cobos_6205_1012.html

AFILIADOS Y EXDIRIGENTES DEL PP COPAN LOS MÁXIMOS ÓRGANOS REGULADORES

La Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Tribunal de Cuentas, el Defensor del Pueblo, el Consejo de Seguridad Nuclear o el Banco de España son los principales casos de militancia conservadora que se suman al destapado con Pérez de los Cobos

La militancia en el Partido Popular del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, no es un caso excepcional entre los altos cargos del Estado. Desde su ascenso al Gobierno en noviembre de 2011, el PP ha colocado en el cargo de máxima responsabilidad de los principales organismos reguladores a personas afines al partido. El carácter oficialmente independiente de estas entidades provoca que las suspicacias en torno a dicha afiliación política sean mayores.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Tribunal de Cuentas, el Defensor del Pueblo, el Consejo de Seguridad Nuclear o el Banco de España son los principales casos de militancia conservadora que se suman al destapado el pasado jueves con Pérez de los Cobos.

Al frente de la presidencia de la CNMV se encuentra Elvira Rodríguez, quien en el momento de ser nombrada en su actual cargo todavía era diputada del PP en el Parlamento. Su ascenso estuvo rodeado de polémica, llegando a ser calificado de "escandaloso" por las fuerzas políticas, debido a que Rodríguez previamente había sido presidenta de la Asamblea de Madrid entre 2007 y 2011 y ministra de Medio Ambiente durante el Gobierno de José María Aznar. Que sucediera a un presidente como Julio Segura, considerado independiente, provocó que su nombramiento fuera considerado "demasiado político".

El nombramiento de Elvira Rodríguez al frente de la CNMV fue calificado de "escandaloso"
Ramón María Álvarez de Miranda preside actualmente el Tribunal de Cuentas, órgano fiscalizador de los presupuestos de las administraciones públicas. Álvarez de Miranda, tras ser diputado por la Unión de Centro Democrática (UCD) entre 1979 y 1982, entró en el Tribunal en 1984 hasta convertirse en su presidente, a petición del Partido Popular, en julio de 2012.

Presidiendo el Consejo de Seguridad Nuclear se encuentra Fernando Martí Scharfhausen, ex Secretario de Estado de Energía, Industria y Turismo entre diciembre de 2011 y finales de 2012, cargo que ocupa a instancias del Partido Popular desde principios de este año.

La veterana Soledad Becerril, ministra de Cultura con la UCD a principios de los años 80 y alcaldesa de Sevilla entre 1995 y 1999, es la actual Defensora del Pueblo desde junio de 2012. Después de ocupar un escaño como diputada con el extinto partido de centro, pasaría a ocuparlo durante tres legislaturas consecutivas integrando las filas del PP.

El Banco de España tiene al frente a Luis María Linde, un gobernador amigo personal de Luis de Guindos, actual ministro de Economía y Competitividad, y es un hombre de confianza de su homólogo de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro. Su nombramiento, en junio de 2012, por parte del Gobierno de Mariano Rajoy, vino acompañado del de Soledad Núñez como subgobernadora, una mujer del gusto de la oposición, con el que se buscó mantener el equilibrio de fuerzas.

Un proyecto de fusión congelado

El Gobierno del Partido Popular planeaba unificar siete organismos en un único órgano regulador independiente: la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC). Entre las entidades susceptibles de ser reagrupadas se encontraban la Comisión Nacional de la Competencia, la Comisión Nacional de la Energía o la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, cuyas presidencias no habían sido renovadas en la reciente legislatura y, por tanto, sus máximos dirigentes cumplen con un perfil progresista que contrasta con el color del actual Ejecutivo: Joaquín García Bernaldo de Quirós, Alberto Lafuente y Bernardo Lorenzo, respectivamente.

Sin embargo, el proyecto del Partido Popular no solamente se encuentra congelado sino que a principios de año recibió críticas de la Comisión Europea que, por voz de su vicepresidenta NeelieKroes, amenazó con abrir un expediente a España si el Gobierno sacaba adelante su plan de reunificación. Kroes mostraba su preocupación ante el temor de que la CNMC no llevara a cabo "una regulación efectiva e imparcial".

http://www.publico.es/459361/afiliados-y-exdirigentes-del-pp-copan-los-maximos-organos-reguladores

EL CONSTITUCIONAL ADMITIÓ LA APARIENCIA DE PARCIALIDAD PARA RECUSAR A SUS MIEMBROS

El tribunal fijó en 2007, a instancias del PP, que debe apartarse a un magistrado si hay motivos “para dudar de la falta de prevención y de su posición objetiva”

El Gobierno justifica ahora que el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, haya tenido carné de militante del PP siendo magistrado, pero en 2007 intentó imponer un criterio muy estricto sobre las afinidades y procedencia de los miembros de esta institución. Y en parte lo logró. Esa victoria se le puede volver ahora en contra.

La militancia en el Partido Popular del presidente del alto tribunal —un hecho ocultado en la comisión de nombramientos del Senado—, ha desencadenado ya el anuncio de varias peticiones de nulidad de resoluciones en las que ha participado como magistrado. Las defensas del exjuez Baltasar Garzón y de Arnaldo Otegi han anunciado que reclamarán la anulación de las decisiones que el Constitucional adoptó sobre sus causas; y la Junta de Andalucía va a estudiar y revisar todos los temas que ha tratado De los Cobos. Las recusaciones que se presenten podrán utilizar como argumento lo sucedido en 2007: la doctrina Pérez Tremps propiciada por el propio PP.

Ese año, el entonces responsable de Justicia de los populares, Federico Trillo, logró apartar de la deliberación sobre el Estatuto de Cataluña al catedrático y magistrado del Constitucional Pablo Pérez Tremps por haber elaborado un estudio teórico que fue utilizado luego por el Instituto de Estudios Autonómicos de la Generalitat para justificar la constitucionalidad del texto que elaboró el Parlament.

El celo por extremar la imparcialidad de los magistrados del Constitucional llegó a tal punto que el PP recusó a otros tres de ellos. Entre los recusados por el PP estaba la entonces presidenta del Constitucional, María Emilia Casas, y el motivo era estar casada con el catedrático Jesús Leguina, autor de un texto a favor del Estatuto. Todas estas recusaciones, salvo la de Pérez Tremps, fueron rechazadas por el tribunal, pero el incidente sirvió para que revisara su jurisprudencia para establecer un criterio mucho más estricto en la eliminación de cualquier atisbo de parcialidad entre sus miembros.

Antes, en un auto de 1988 al que se remitió el Constitucional el pasado miércoles, se había considerado que ni la Constitución ni la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional impedían la afiliación política de un magistrado, y que su imparcialidad no quedaba afectada por su posible militancia en un partido.

“La ley orgánica de este tribunal, de aplicación prioritaria respecto de la ley orgánica del Poder Judicial y de la Ley de Enjuiciamiento Civil no impide que los magistrados de este tribunal puedan pertenecer a partidos políticos”, aseguraba el auto del Constitucional de 1988.

Sin embargo, en 2007, en el auto en el que se aceptó la recusación de Pérez Tremps, el alto tribunal revisó su doctrina a favor de la imparcialidad subjetiva, es decir, la apariencia de tal para todas las partes personadas en un proceso.

Este auto del 5 de febrero de 2007 lo firma el pleno del Constitucional formado por los otros 11 magistrados. Cinco de ellos firmaron votos particulares en contra de la admisión de la recusación presentada por el PP alegando que este buscaba “volcar” la mayoría en el alto tribunal en favor de su recurso contra el Estatuto.

El auto concluía que “ha de quedar fuera de toda consideración que (...) no se trata de juzgar si el magistrado recusado es efectivamente parcial o si él mismo se tiene por tal. Lo determinante es, exclusivamente, si una parte del proceso tiene motivo, sopesando racionalmente todas las circunstancias, para dudar de la falta de prevención y de la posición objetiva del magistrado”.

Es decir, se aceptó una recusación apoyada en un hecho objetivo que provoca una apariencia de parcialidad. En el caso de Pérez de los Cobos, la cuestión a dirimir en el futuro será si su carné del PP provoca para algún recurrente esa parcialidad subjetiva.

El auto hacía un análisis pormenorizado de las causas de recusación de los magistrados del Tribunal Constitucional, ya que no hay un procedimiento ni unas causas tasadas en esta institución, para concluir que debían aplicarse los mismos criterios que en el poder judicial, es decir, en todas las instancias judiciales.

“La garantía de un tribunal independiente y alejado de los intereses de las partes en litigio constituye una garantía procesal que condiciona la existencia misma de la función jurisdiccional”, sostenía el pleno del Constitucional. En el caso del alto tribunal, que dirime, entre otros, los recursos contra leyes aprobadas por el parlamento, el “interés de las partes en litigio” es el de los partidos políticos que impugnan las normas.

El propio tribunal aclaraba su concepto de “interés” al asegurar que “nuestra jurisprudencia ha partido del Diccionario de la Academia de la Lengua Española y de la palabra “interés” en la acepción de “inclinación del ánimo hacia un objeto, una persona o una narración”. Se ha afirmado, desde tal premisa, que las manifestaciones o expresiones de opiniones e ideas relacionadas con el objeto del proceso constitucional pueden ser exponente en algunos casos del “interés” a que se refiere el art. 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y determinar por tanto la recusación del magistrado de que se trate. Resulta así que el legislador opta por un modelo de juez rodeado de la apariencia de imparcialidad, no solo en la realidad de su desconexión con las partes y con el objeto del proceso, sino también en su imagen, eliminando cualquier sombra al respecto cuando existan elementos objetivos que puedan justificar una apariencia de parcialidad”.

“Cuando esto sucede, la causa de recusación decimotercera se anticipa a la valoración que sobre la imparcialidad subjetiva merezcan los hechos en los que la recusación se funde”, añade el auto. “El juez imparcial no es solo un derecho fundamental de las partes de un litigio, es también una garantía institucional de un Estado de derecho establecida en beneficio de todos los ciudadanos y de la imagen de la Justicia, como pilar de la democracia”.

En el caso de Pérez de los Cobos, deberá dirimir sobre recursos de partidos contra leyes elaboradas por el Gobierno que tiene apoyo en la formación en la que militó. La aplicación estricta de la jurisprudencia de 2007 abriría la vía para recusaciones que puede presentar por ejemplo el PSOE, que ha recurrido una docena de normas aprobadas por el Gobierno de Mariano Rajoy.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/21/actualidad/1374435168_012050.html

EL EXMINISTRO CAAMAÑO CENSURA LA PERMANENCIA DE PÉREZ DE LOS COBOS

Quiroga defiende la militancia en el PP del presidente del Constitucional

Valderas considera que “Andalucía está vendida en el alto tribunal”
“Que el árbitro del juego sea militante de un partido, no se sostiene democráticamente”. El exministro socialista de Justicia, Francisco Caamaño, se mostró ayer tajante al valorar la militancia del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, en el PP cuando ya era magistrado del alto tribunal. Caamaño hizo especial hincapié en el hecho de que parte de la tarea de este tribunal se basa en resolver los recursos presentados por senadores y diputados “de un grupo político” contra leyes que aprueba otra formación. Además, el exministro aludió a que Constitucional es el tribunal que juzga las leyes del Gobierno, por lo que, según manifestó en Santiago de Compostela, la permanencia de Pérez de los Cobos en el PP cuando ya había sido elegido magistrado es una situación que “no se sostiene democráticamente”.

EL PAÍS publicó el miércoles que el ahora presidente del Constitucional pagó cuotas de afiliación al PP, al menos, entre 2008 y 2011. Él mismo admitió y defendió su militancia el jueves, ante sus compañeros del Constitucional, a los que aseguró haberse dado de baja en 2011.

En defensa del presidente del Constitucional salió ayer la máxima dirigente del PP de Euskadi, Arantza Quiroga, que siguió los argumentos esgrimidos por otros cargos del partido en el que militó Pérez de los Cobos.

Quiroga aludió ayer la legalidad a la que el presidente del alto tribunal aludió ante sus compañeros. “Es perfectamente legal”, señaló respecto a la compatibilidad, pese a que hay constitucionalistas que consideran que no lo es.

La presidenta del PP vasco se refirió, además, a las impugnaciones y recusaciones que el viernes empezaron a anunciar algunos de los afectados por casos en los que participó Pérez de los Cobos. “No vale utilizar cualquier medio para poner en solfa el Estado de derecho”, señaló Quiroga. Entre ellos, están el exmagistrado Baltasar Garzón, a quien el Constitucional rechazó un recurso de amparo tras la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó a 11 de inhabilitación por autorizar las escuchas entre abogados y los cabecillas de la trama Gürtel que se encontraban en prisión. La providencia en la que se inadmitió el recurso estaba firmada por Francisco Pérez de los Cobos.

En el caso del dirigente abertzale Arnaldo Otegi, su defensa precisó ayer que no recurrirá la decisión de mantenerlo en prisión, adoptada por la sala primera del Constitucional, ya que Pérez de los Cobos no formaba parte de la misma. Sin embargo, sí tiene prevista su recusación, ya que será esta misma sala —que ahora preside el propio Pérez de los Cobos— la que decida sobre el fondo del asunto que Otegi llevó al Constitucional, condenado por pertenencia a organización terrorista cuando trataba de relanzar la marca Batasuna, a través de Bateragune.

También la Junta de Andalucía ratificó, en boca de su vicepresidente, Diego Valderas (IU), la propuesta de estudiar vías jurídicas para “apartar de las decisiones sobre Andalucía” al presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, por haber sido militante del PP. Según señaló Valderas, a través de su cuenta de Twitter, el Constitucional “ha de ser imparcial” y su presidente “no da garantías al militar en el PP”, por lo que “Andalucía está vendida en el alto tribunal”.

“No es ético ni estético que un magistrado que estuvo afiliado al PP marque el futuro de los andaluces”, ya que “no se puede ser juez y parte”, consideró Valderas. Tras conocer que Pérez de los Cobos pagó las cuotas de militante del PP hasta el 2011, Valderas dice que “si el presidente del Constitucional interviene en recursos que afectan a Andalucía siempre quedará la sospecha de la parcialidad”. A su juicio, “militar en un partido lo hace incompatible políticamente” y eso “se comprende con sólo leerse el artículo 7 de los estatutos del PP”, que obliga a sus militantes a “cumplir las instrucciones y directrices y ajustar su actividad política a los principios, fines y programas del PP”.

Ponente del recurso de Vera

Francisco Pérez de los Cobos ha sido ponente, desde que tomó posesión como magistrado del Tribunal Constitucional, de 40 sentencias. En 2011, cuando aún mantenía la militancia y pagaba las cuotas de afiliación, en el PP participó, también como ponente, en cinco cuestiones y recursos de inconstitucionalidad y siete recursos de amparo.

Entre los recursos de amparo que trató el ahora presidente del alto tribunal estaba el presentado por el exsecretario de Estado para la Seguridad del Gobierno socialista, Rafael Vera, condenado en 1998 por delito de secuestro y malversación de caudales públicos por el pago de diversas cantidades de fondos del Ministerio del Interior a los ex policías José Amedo y Michel Domínguez para evitar que hablaran e implicaran a otras personas en el caso GAL. Vera presentó un recurso de amparo ante el Constitucional y en 2005 el alto tribunal acordó la admisión a trámite de la demanda de amparo, momento en el que emplazó a presentar alegaciones. No fue hasta julio de 2011 cuando la sala segunda vio el recurso y Pérez de los Cobos fue el encargado de la ponencia de la sentencia que acabó rechazando el recurso de amparo presentado por el dirigente socialista.

Entre los recursos de amparo resueltos por el ahora presidente del Constitucional también se encuentran dos presentados por el exconcejal del PP de Majadahonda, José Luis Peñas. El edil fue quien grabó reuniones con, entre otros, el cabecilla de la trama Gürtel, Francisco Correa, con las que argumentó su denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción, en noviembre de 2007.

Peñas recurrió al Constitución por un conflicto con el grupo popular municipal, del que fue expulsado. El Gobierno local lo consideró concejal no adscrito y le impidió su participación, con derecho a voto, en las comisiones informativas municipales. El Constitucional admitió el recurso de amparo, tal como defendía la fiscalía y en cumplimiento de la doctrina que el mismo Constitucional había marcado en 2009, en una sentencia semejante.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/20/actualidad/1374350656_031233.html

LA MILITANCIA DE PÉREZ DE LOS COBOS EN EL PP DESATA UNA OLA DE IMPUGNACIONES

La Junta de Andalucía, Otegi y Garzón creen que su militancia contaminó las resoluciones

La familia de Miguel Hernández, de saberlo, lo habría recusado

La militancia en el PP del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos —ocultada en la comisión de nombramientos del Senado, previa a su designación—, ha desencadenado ya el anuncio de varias peticiones de nulidad de resoluciones en las que participó como magistrado.

De momento, las defensas del exmagistrado Baltasar Garzón y del secretario general de Sortu, Arnaldo Otegi, ya han anunciado que reclamarán la anulación de las decisiones que el alto tribunal adoptó sobre sus causas. La Junta de Andalucía va a estudiar y revisar todos los temas que ha tratado De los Cobos y la Generalitat de Cataluña, de momento, se reserva la posibilidad de pedir la reprobación del presidente del Constitucional porque espera que “el PP dé un paso”, según afirmó ayer la vicepresidenta Joana Ortega, informa Maiol Roger. Además, la Comisión Cívica de Alicante para la Recuperación de la Memoria Histórica se propone comunicar al Comité de Derechos Humanos, Civiles y Políticos de la ONU (Organización de las Naciones Unidas) el hecho de que fue precisamente Francisco Pérez de los Cobos uno de los tres magistrados que decidieron no admitir a trámite el recurso para la nulidad de la condena franquista a muerte del poeta Miguel Hernández en 1940.

EL PAÍS publicó el miércoles que Francisco Pérez de los Cobos pagó cuotas de afiliación al PP, al menos, entre 2008 y 2011. Él mismo admitió y defendió su militancia el jueves, ante sus compañeros del Constitucional. Según manifestó el también magistrado del Constitucional Enrique López en la SER, “su última cuota fue abonada en el año 2011”, aunque no ha aportado ningún documento al respecto. Ni el PP ni el propio Pérez de los Cobos quisieron facilitar a este periódico la fecha de baja.

Además, el PSOE ha pedido su comparecencia para que explique por qué ocultó su afiliación política en la comisión de nombramientos del Senado, que fue la Cámara que lo propuso como magistrado, a petición del PP.

Fuentes oficiales de la Junta de Andalucía aseguraron ayer que van a estudiar y revisar todos los asuntos relativos al Gobierno y Parlamento andaluces en los que haya participado Pérez de los Cobos, con el fin de “determinar si se procede a alguna acción judicial”. La suspensión de la subasta de medicamentos y la del decreto antidesahucios, paralizada cuando Cobos ya era presidente del alto tribunal, son algunos de los temas resueltos en el Constitucional sobre Andalucía.

El juez Baltasar Garzón durante una de las jornadas del juicio que se siguió contra él por las investigaciones del franquismo. / CLAUDIO ÁLVAREZ
En el caso de Cataluña, la ratificación este pasado 11 de julio de la suspensión de la declaración soberanista, aprobada por el Parlamento catalán en enero, será uno de los motivos a estudiar porque se aprobó con Pérez de los Cobos ya como presidente.

Por su parte, la defensa de Arnaldo Otegi y del ex secretario general de LAB, Rafael Díez Usabiaga, ha anunciado también que recurrirá la decisión del Tribunal Constitucional de mantener en la cárcel al secretario general de Sortu, una resolución adoptada en junio, al entender que Pérez de los Cobos “tenía una posición prefijada, sobre ETA y sobre el caso Batasuna, como militante del PP”.

En el caso de la no admisión a trámite del recurso de amparo de la familia de Miguel Hernández, Francisco Pérez de los Cobos fue uno de los tres magistrados (junto a Francisco Hernando y Pablo Pérez Tremps) que firmaron la providencia, en septiembre de 2012. “No conocíamos su militancia”, señaló ayer uno de los miembros de la Comisión de Memoria Histórica que impulsó la presentación del recurso. “Probablemente hubiéramos estudiado su recusación en el caso de haber sabido entonces que uno de los magistrados era del PP”, añadió.

El primero en anunciar públicamente que pedirá la nulidad de una de las resoluciones en las que participó Francisco Pérez de los Cobos fue Baltasar Garzón. Los letrados del exmagistrado informaron de la presentación, ayer mismo, de la petición de “nulidad absoluta de actuaciones” de la providencia por la que se inadmitió el recurso de amparo contra la condena a Garzón. El ahora exmagistrado fue condenado por el Tribunal Supremo por prevaricación a 11 años de inhabilitación y expulsado de la carrera judicial por las escuchas realizadas en la cárcel de las conversaciones entre los abogados y los cabecillas de la trama corrupta Gürtel.

“La apariencia de ausencia de la obligada imparcialidad subjetiva de Pérez de los Cobos, en cuanto militante del PP, es clamorosa, ya que en su recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional se cuestionaba la condena de Baltasar Garzón por unas escuchas acordadas por él en una investigación criminal dirigida contra dirigentes y miembros del PP”, indicaron los letrados del exmagistrado en un comunicado. El texto señala que, de haber conocido su militancia, “se habría producido la inmediata recusación del magistrado”.

Francisco Pérez de los Cobos ha sido ponente, desde que fue elegido magistrado, de 40 sentencias.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/19/actualidad/1374266992_870628.html?rel=rosEP

GALLARDÓN: “HABER MILITADO NO INHABILITA PARA UN PUESTO DE RESPONSABILIDAD”

El ministro de Justicia defiende que el presidente del Constitucional tuviera carné del PP

Minimiza que haya varios exmiembros del partido al frente de instituciones del Estado

El vicepresidente del Poder Judicial afirma que la militancia de Cobos es "de su vida privada"

"Haber militado en un partido no inhabilita para un puesto de responsabilidad". Con estas palabras, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha justificado en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros que el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, fuera militante del PP, su mismo partido, cuando ya era magistrado. También ha asegurado que impedir que los militantes de un partido asumieran un puesto de responsabilidad sería "una limitación a derechos fundamentales".

El ministro ha puesto de ejemplo su propio caso, ya que, cuando militaba en AP, la formación que precedió al PP, tuvo que darse de baja en la militancia para para ejercer de fiscal. Gallardón ha insistido en la tesis de que ya existen vocales del Consejo de Estado o del Consejo General del Poder Judicial -aunque no ha dicho quiénes, sino que ha dejado caer que la prensa lo ha publicado- que son militantes de formaciones políticas. "Esa es la realidad sobre la que ha operado nuestro sistema democrático y en ningún momento el hecho de haber militado en un partido político se ha entendido que pudiera ser objeto o causa de recusación", ha zanjado.

El PP recogía en su programa electoral la intención del partido de despolitizar las instituciones. Preguntado al respecto, Gallardón ha asegurado que el PP "siempre" cumple su programa y ha afirmado: "La despolitización consiste en el respeto que por parte de un poder se tiene que tener a los otros poderes: que las decisiones del Poder Judicial nacen y se ejecutan en el Poder Judicial sin interferencias".

Por otra parte, el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa, ha afirmado que la militancia política del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, es una cuestión "de su vida privada".

En declaraciones en Murcia, donde ha asistido a la firma de un convenio universitario, De Rosa ha añadido, no obstante, que cargos como el que ocupa Pérez de los Cobos es aconsejable que estén alejados del ámbito político.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/19/actualidad/1374236492_443296.html

EL GOBIERNO APOYA LA MILITANCIA DE COBOS EN EL PP Y CREE QUE NO LE INHABILITA

“Despolitizar las instituciones consiste en respetar la división de poderes”

Fernando de Rosa recomienda que esos cargos se alejen de la política

Cuando Carlos Dívar, entonces presidente del Tribunal Supremo, se colocó hace un año en una situación políticamente insostenible por el escándalo de sus viajes de fin de semana pagados con cargo al erario público, Alberto Ruiz Gallardón, ya entonces ministro de Justicia, fue quien más claramente salió en su defensa. Era por respeto y defensa de la estabilidad institucional, argumentó entonces. Aunque en privado pudiera maniobrar, en público el Gobierno siempre le apoyó, hasta que dimitió. El ministro de Justicia salió ayer a defender sin matices al presidente de otro órgano clave, el Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos. Y esta vez con más motivos políticos porque fue este Gobierno quien propició que se hiciera con la presidencia, algo que no sucedió con Dívar.

Ruiz Gallardón fue el encargado defender el asunto en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, a pesar de que tenía a su lado a la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, responsable directa de la negociación con el PSOE y de la composición y presidencia del Constitucional, incluida la presencia en este órgano del polémico Enrique López, también muy cercano al PP aunque no militante.

Gallardón trató primero de esquivar el tiro alegando que la decisión no compete al Gobierno: “Este tribunal es un órgano constitucional y por tanto su regulación corresponde directamente a la Constitución, nada tiene que manifestar el Gobierno”.

La prensa insistió. “¿Además de legal, es ético que un militante del PP presida el Tribunal Constitucional?”. Gallardón defendió entonces de forma cerrada la compatibilidad de la militancia. “Haber militado en un partido político no inhabilita para ejercer puestos de responsabilidad”, aseguró el ministro, obviando que a Pérez de los Cobos lo que se le reprocha es que seguía siendo militante después de llegar al Tribunal Constitucional y que ocultó ese aspecto en su audiencia ante el Senado. Fue nombrado magistrado en 2010 y al menos hasta finales de 2011 siguió en el PP y además sin comunicar esa condición a los senadores que evaluaron su idoneidad. Gallardón apeló a su pasado: “Yo militaba en un partido y me tuve que dar de baja cuando entré en la carrera fiscal. Y después volví a militar en el mismo partido”.

Al ministro también le preguntaron si esto no puede dar origen a recusaciones de todo tipo, y se le recordó que el PP recusó al exmagistrado Pablo Pérez Tremps solo porque había hecho trabajos académicos para la Generalitat de Cataluña. Durante la rueda de prensa no se sabía aún que Baltasar Garzón iba a pedir la “nulidad absoluta” de la decisión del Constitucional sobre su condena. Gallardón se mostró aparentemente tranquilo aunque en privado el Gobierno y el PP admiten el daño de imagen a la institución que está provocando la revelación de EL PAÍS de que De los Cobos pagó sus cuotas de afiliado al menos hasta 2011.

Gallardón apeló a que en el pasado ha habido casos similares del PSOE para descartar una oleada de recusaciones. “Este es un supuesto que se viene dando desde hace muchísimo tiempo, con diferentes formaciones, en el Constitucional, en el Consejo de Estado, con vocales del Poder judicial, esa es la realidad. En ningún momento pertenecer a una formación política se ha entendido como causa de recusación”.

El PP prometió en su programa electoral “despolitizar las instituciones”. Cuando se le preguntó a Gallardón si es “despolitizar” que la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo y el Constitucional estén dirigidos por conocidos militantes o exmilitantes del PP, contestó: “Nosotros naturalmente que cumplimos y ejercemos nuestro programa electoral. La despolitización no consiste en analizar los curricula para excluir a las personas, sino en el respeto que un poder el Estado debe tener a los otros poderes. Despolitizar significa que las decisiones del Poder Judicial o del Constitucional nacen y se ejecutan allí sin ninguna interferencia del Ejecutivo. Y eso, por indicación del presidente, este Gobierno lo ha ejercido desde el primer día”.

A pesar de esta defensa cerrada del Gobierno, a Pérez de los Cobos le llegaron críticas incluso del entorno del PP. El vicepresidente del Poder Judicial, Fernando de Rosa, que fue consejero de Justicia en Valencia con Francisco Camps, señaló que la militancia de De los Cobos es una cuestión de “su vida privada” aunque añadió que en cargos como el que ocupa es aconsejable que estén alejados del ámbito político.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/19/actualidad/1374261371_349441.html?rel=rosEP

LA INCOMPATIBILIDAD SE APROBÓ YA SIN ENMIENDAS EN LA CONSTITUCIÓN

La votación del apartado de la ley fundamental fue unánime

El actual artículo 159 de la Constitución es el primero del Título IX, Del Tribunal Constitucional. En su apartado 4 es donde prohíbe que los magistrados del alto tribunal ejerzan funciones directivas en partidos políticos, pero no indica nada sobre la posible militancia. En el anteproyecto del texto constitucional de 5 de enero de 1978 aparecía ya una formulación muy similar: “La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible con todo mandato representativo, cargo político o administrativo, función judicial y fiscal, ejercicio de la carrera forense, desempeño de cargo directivo de un partido político o empleo al servicio del mismo, y, en general, tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial. Serán asimismo independientes e inamovibles durante el ejercicio de su mandato”. Era, en ese momento, el apartado cuarto del artículo 150.

Este apartado no sufrió variaciones en su núcleo esencial sobre la relación de los magistrados con los partidos políticos. Tampoco se presentaron enmiendas al mismo en el Congreso, según consta en el dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas sobre el anteproyecto de Constitución de fecha 16 de junio de 1978.

Tras la aprobación definitiva del texto, la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional de 1979 recogió en su artículo 19 la misma prohibición de ejercer funciones directivas en partidos en un esquema muy parecido. Las modificaciones de esta norma no han incluido ningún debate sobre la posible militancia política de los magistrados del alto tribunal.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/19/actualidad/1374263204_888862.html

CONTRA EL SENTIDO COMÚN. JAVIER PÉREZ ROYO

Estamos en 2013 y no en 1978. Literalmente, la Constitución es la misma salvo en sus artículos 13 y 135, que han sido objeto de reforma. Pero materialmente no es la misma. Los casi 35 años transcurridos desde su entrada en vigor no han pasado en vano. Cosas que eran admisibles constitucionalmente en el momento de la inicial puesta en marcha de la Constitución, no pueden serlo consideradas hoy. Piénsese que la primera investidura constitucional como presidente de Gobierno de Adolfo Suárez se hizo sin debate de investidura. Se procedió a la votación de Adolfo Suárez como presidente y a continuación intervinieron los distintos grupos parlamentarios en un turno de explicación de voto. El escándalo fue memorable. ¿Hay alguien que considere que sería constitucional hoy la investidura del presidente sin debate previo? Los ejemplos pueden multiplicarse.

La Constitución escrita es una. La Constitución vivida es otra, que no puede estar en contradicción con la Constitución literal, pero que va más allá del texto escrito. La Constitución de 2013 es más exigente en términos democráticos de lo que fue la Constitución de 1978. La diferencia está en la práctica constitucional democrática, de la que España había carecido antes del proceso constituyente de 1978 y de la que, afortunadamente, hoy disponemos.

Viene a cuento esta introducción del debate que se ha abierto al haberse tenido noticia de que el presidente del Tribunal Constitucional accedió a la condición de magistrado siendo militante del PP. La reacción inicial en la opinión pública ha sido una mezcla de sorpresa e indignación, ya que nadie podía imaginarse esa coincidencia de militancia partidaria y ejercicio de la jurisdicción constitucional.

Al ocultar información al Senado, Cobos vició el proceso de formación de la voluntad del órgano que lo designó

La presidencia del Constitucional ha convocado inmediatamente a los magistrados, que han dado publicidad a una nota institucional en la que, con base en una interpretación literal de la Constitución, han informado a la ciudadanía de que no existe incompatibilidad, ya que la Constitución únicamente hace incompatible la condición de magistrado constitucional con la de una “función directiva” de un partido.

Que la Constitución dice eso no es discutible. Más aún: la redacción del inciso en que se establece esa incompatibilidad figura en el primer anteproyecto de Constitución (5 de enero de 1978) y se mantuvo incólume a lo largo de todo el iter constituyente. Hay pocas dudas de que es lo que el constituyente dijo.

Pero esa interpretación literal no es la única posible. Con una interpretación sistemática y con una interpretación teleológica de la Constitución se llega al resultado opuesto. No tiene sentido que la Constitución sea menos exigente en la incompatibilidad de magistrados del Tribunal Constitucional que en la de los miembros del Poder Judicial, cuando a los segundos se les somete al imperio de la ley, mientras que a los primeros se les hace jueces de la misma. Los magistrados constitucionales pueden anular la voluntad del legislador exteriorizada en la ley. Los jueces ordinarios, no. La independencia de los partidos es mucho más necesaria en los magistrados constitucionales que en los jueces ordinarios, pues los primeros controlan la interpretación de la Constitución que hacen los distintos partidos al aprobar la ley, mientras que a los segundos les está prohibida.

Entre la voluntad del partido en la aprobación de la ley y el juez ordinario en el ejercicio de la función jurisdiccional no hay ninguna conexión. Entre la voluntad del partido en la aprobación de la ley y el juez constitucional la conexión es inmediata. Piénsese en el aborto o en los decretos leyes de recortes sociales o en el decreto ley de la Junta de Andalucía sobre desahucios. La más mínima conexión del juez constitucional con un partido afecta de manera esencial a su imparcialidad, que es la razón de ser de su independencia. Pues la independencia no es más que la garantía orgánica del ejercicio imparcial de la función jurisdiccional. Mucho más exigible, por razones obvias, en la jurisdicción constitucional que en la ordinaria.

Tras 35 años de vigencia de la Constitución, esto no lo discute nadie. No hay manera de defender con base en la Constitución de 1978, interpretada en su integridad, la compatibilidad de la militancia partidaria con el ejercicio de la jurisdicción constitucional. Un inciso de un artículo no puede vaciar de contenido la Constitución.

No se puede justificar de ninguna manera la conducta del presidente del Constitucional. Y menos tras haber ocultado información al Senado y haber viciado con ello el proceso de formación de la voluntad del órgano que lo designó. En 1978-80 tal vez hubiera podido darse por bueno el resultado de esta interpretación literal. En 2013, de ninguna de las maneras.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/19/actualidad/1374250470_900894.html

Garzón pide anular una decisión del TC sobre su inhabilitación por la militancia de De los Cobos en el PP

Una sección del Constitucional de la que formaba parte el hoy presidente denegó el amparo al exjuez en 2012, que impugnó su condena por 'Gürtel'

"La apariencia de ausencia de la imparcialidad de De los Cobos es clamorosa" pues se cuestionaba la actuación de Garzón contra el PP, dice su defensa

Baltasar Garzón pide la nulidad "absoluta" de la inadmisión a trámite del recurso de amparo que presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) contra su condena por las escuchas del caso Gürtel. Los letrados del exmagistrado registrarán este mismo viernes esta solicitud porque fue dictada por una sección del TC de la que formaba parte Francisco Pérez de los Cobos, magistrado desde enero 2011 y hoy presidente de la institución, del que ayer se supo que militaba en el PP. Desde entonces, Pérez de los Cobos se ha encontrado con la petición de explicaciones de toda la oposición en bloque, con las amenazas de recusación más que evidentes y con las críticas de tres de las cuatro asociaciones judiciales.

La defensa de Garzón entiende que es aplicable también a los miembros del TC la prohibición de tener un carné de un partido político. En el caso del exjuez, sus abogados consideran que "la apariencia de ausencia de la obligada imparcialidad subjetiva de Pérez en los Cobos, en cuanto militante del PP, es clamorosa, ya que en su recurso de amparo ante el TC se cuestionaba la condena de Baltasar Garzón por unas escuchas acordadas por él en una investigación criminal dirigida contra dirigentes y miembros del PP". Condena dictada por el Tribunal Supremo y que le valió la expulsión de la carrera judicial y su inhabilitación por 11 años.

Alegan que no cabe "explicación ni excusa para su silencio en aquel momento sobre este crucial extremo, y de haberse sabido, habría producido la inmediata recusación del magistrado". Pérez de los Cobos, al no haberse abstenido ni revelado su filiación política, la defensa cree que la inadmisión a trámite, acordada en noviembre de 2012, es "nula de pleno derecho".

El "juez de pueblo" y el presidente del TC

Los letrados, que firmaron también la demanda de Garzón contra su condena del TS en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, disparan una carga de profundidad contra Pérez de los Cobos, en sintonía con las críticas que ha recibido este en las últimas horas. Dicen que su situación es "insostenible e insubsanable", y que aunque se hubiera dado de baja en el PP, "nada podría sanar el vicio de origen de nulidad de su nombramiento, que quebrantó una norma imperativa de prohibición". Ello lleva a que una situación igualmente "insostenible" para toda la institución, razonan, pues su presidente tendría que abstenerse "en todos los plenos o deliberaciones en que se cuestionaran leyes, normas o actuaciones del PP". En definitiva, supondría que el órgano no tiene un "presidente efectivo", y eso es un "desfallecimiento intolerable" del TC.

Por ese motivo, Garzón y sus letrados anuncian que están estudiando incluso pedir al rey, amparándose en el artículo 16 de la Ley Orgánica del TC, la "nulidad radical" del nombramiento de Pérez de los Cobos, que se produjo a finales de 2010 y a propuesta del PP, después de que se desbloquease la renovación del Alto Tribunal.

En la base de toda la argumentación se sitúa la convicción de que los magistrados del TC, por mucho que no pertenezcan al Poder Judicial, no pueden pertenecer tampoco a ninguna formación. Fuertes Suárez y Yagüe García lo expresan gráficamente: carece "de sentido que el más humilde juez de pueblo no pueda ser militante de un partido y que sí lo pueda ser el presidente del Constitucional". Sin embargo, la institución salió ayer en defensa de Pérez de los Cobos y, echando mano de la Constitución, la ley y la jurisprudencia del TC, afirmó que era compatible la militancia en una fuerza política y la pertenencia al órgano

http://www.infolibre.es/noticias/politica/2013/07/19/garzon_pide_anular_una_decision_del_sobre_inhabilitacion_por_militancia_los_cobos_pp_6096_1012.html

“PÉREZ DE LOS COBOS DIMITIRÍA SI PENSARA EN EL PRESTIGIO DEL CONSTITUCIONAL”

Constitucionalistas y jueces distinguen entre lo legal, lo ilegal, lo admisible y el sentido común

¿Puede militar en un partido político el presidente del Tribunal Constitucional? ¿Debe hacerlo? Para responder a estas cuestiones, ¿debemos ceñirnos a la letra de la Constitución y las leyes o hay que aplicar también principios constitucionales como la separación de poderes y la necesaria independencia de los magistrados del alto tribunal? La noticia que desveló EL PAÍS sobre la afiliación política del presidente de este órgano, Francisco Pérez de los Cobos, suscitó ayer un intenso debate jurídico, ético y político.

En una discusión estrictamente jurídica, muchos constitucionalistas —con excepciones— defienden que la Constitución no prohíbe expresamente la militancia. Coincide con este planteamiento la Asociación Profesional de la Magistratura, organización mayoritaria y de perfil conservador. Otras tres asociaciones judiciales, —las moderadas Francisco de Vitoria y Foro Judicial Independiente y la progresista Jueces para la Democracia—, sin embargo, la consideran ilegal.

En todo caso, cuando el foco se amplía más allá de la letra de la ley, las discrepancias son mucho menores y los juristas empiezan a coincidir ante las preguntas que se les plantean. Suponiendo que la afiliación política sea legal, ¿debería entonces poder continuar militando en el PP el presidente del Constitucional? ¿Podrían ser militantes de algún partido los 12 magistrados del órgano? En este punto, las respuestas confluyen en un rotundo no. Y, sin embargo, si se sostiene que es legal, no debería haber ningún problema. Pero lo hay, porque todos opinan que aceptar la militancia de los magistrados supone comprometer la imagen de imparcialidad del órgano y la separación de poderes. Es decir, incluso los que defienden la legalidad de la afiliación política la consideran inadmisible y contraria al sentido común.

Coinciden también las respuestas en otras dos cuestiones: el presidente no debió ocultar su militancia, como hizo ante la Comisión de Nombramientos del Senado en octubre de 2010; y, aunque pueda ser legal, no se entiende que los magistrados del Constitucional reciban un trato más permisivo que el resto de los jueces. Se preguntan por qué un juez de instrucción de Navalcarnero no puede estar afiliado al PP y sí puede estarlo sin embargo el presidente de un tribunal que resuelve recursos presentados por partidos políticos y por el Gobierno.

Artículo 159.4 de la Constitución. Las discrepancias jurídicas se basan en la interpretación de esta norma, que prohíbe a los magistrados del Constitucional ejercer “funciones directivas en un partido político”, pero no militar en el mismo. Por otro lado, el artículo se remite al resto de “incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial”. Pero, mientras algunos interpretan que dentro de estas incompatibilidades está la militancia, la mayor parte de los constitucionalistas señala que no; que esto es una “prohibición” para los jueces, no una “incompatibilidad”, y que si el constituyente hubiera querido prohibir la afiliación de los magistrados del Constitucional lo habría hecho expresamente.

“La Constitución es clara y no puede aplicarse extensivamente la prohibición de militar en partidos a los magistrados del Constitucional”, opina Alberto López Basaguren, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco. Lo mismo señalan Gerardo Ruiz-Rico, catedrático de la Universidad de Jaén, y Eduardo Vírgala, también de la UPV. Pero, acto seguido, comienzan las críticas. “Otra cosa es la valoración ético-política de la militancia de Pérez de los Cobos y de que lo haya ocultado”, señala Vírgala.

Imparcialidad y neutralidad. “La Constitución es poco exigente y flexibilizó en extremo las incompatibilidades y prohibiciones para los miembros del Constitucional”, opina Ruiz-Rico. “No se entiende que estos magistrados tengan un trato más permisivo cuando también desempeñan una función jurisdiccional. Con la afiliación política, además, se rompen los principios de imparcialidad y neutralidad. Quizá el constituyente no entendió en su momento lo importante que es la imagen de imparcialidad para la justicia constitucional cuando, por otro lado, sí exigía independencia. Se trata de una regulación contradictoria”.

Ocultar la afiliación y ampararse en la legalidad. “En un país menos laxo que el nuestro, el hecho de que el presidente del tribunal hubiera ocultado su afiliación política sería una falta de honorabilidad tal que le haría dimitir”, añade López Basaguren. “Si pensara en el prestigio del Constitucional, lo haría. Aunque no sea ilegal, la militancia siembra dudas importantes sobre su neutralidad. Pero en este país falta una cultura política de honorabilidad en el nombramiento de magistrados del Constitucional. Es como el caso de Andrés Ollero. Su nombramiento cumple la ley. Pero, ¿realmente es creíble que alguien que ha tenido una actividad parlamentaria importante durante 25 años dentro de un partido, el PP, vaya a ser independiente?”.

López Basaguren plantea también la necesidad de interpretar la Constitución a la luz de la realidad actual. “Abraham Lincoln, por ejemplo, nombró presidente del Tribunal Supremo a quien había sido secretario del Tesoro de su Gobierno, Salmon P. Chase. Pero algo así no podría ocurrir ahora mismo en EE UU porque un candidato de este tipo nunca superaría los estrictos escrutinios del Senado. La evolución del sistema constitucional ha ido fijando normas más allá de la letra de la Constitución. En España, esto está fallando estrepitosamente. Ningún sistema constitucional saludable se limita a utilizar argumentos de estricta legalidad, sino que deberían aplicarse convenciones que impidan problemas detectados en la práctica. Pero, amparándose en la legalidad, los partidos llevan al extremo la politización”.

Interpretación integradora. Joaquim Bosch, de Jueces para la Democracia, y José Luis González Armengol, cuestionan la mayor: la afiliación no es legal, sostienen. “¿Qué independencia e imparcialidad puede haber si el presidente milita en un partido?”, se pregunta Bosch. “Una interpretación integradora del conjunto de la Constitución y las leyes nos debe llevar, de acuerdo a los principios constitucionales, a entender que no se permite la afiliación política. Si no, se evaporan las garantías de neutralidad”. “La militancia y la condición de magistrado del Constitucional son incompatibles”, coincide Armengol. “Lo contrario afectaría a la tutela judicial efectiva a la que tienen derecho los ciudadanos. Un magistrado del Constitucional no puede tener un régimen menos severo que un juez de pueblo”.

Necesaria independencia. Antonio Piña, de la APM, que defiende no solo la legalidad de la militancia sino también su convicción de que Pérez de los Cobos ha sido imparcial en sus resoluciones, admite sin embargo que “lo normal” es que los magistrados se den de baja en los partidos si militan en alguno. “Cierta incompatibilidad sí que hay”, concede. “La ley no lo prohíbe, pero sí exige independencia, que nosotros consideramos que ha existido en este caso. Pero quizá debería estar prohibido por la apariencia que puede dar de falta de imparcialidad”.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/18/actualidad/1374175637_127919.html

LOS ESTATUTOS FIJAN LOS DEBERES DEL AFILIADO: “CUMPLIR LAS DIRECTRICES DEL PP”

Participar como militante en l Partido Popular implica asumir una serie de obligaciones

Participar como militante en un partido político, como en cualquier organización, implica no solo pagar una cuota (en el caso del PP ni fija ni obligatoria) sino asumir una serie de obligaciones que en el caso de los populares vienen muy claras en sus estatutos y limitan la actuación de todos los miembros de la formación. Todos los militantes están obligados a cumplirlas. Las fija el artículo 7 y entre ellas están las siguientes:

“a) Respetar pública y privadamente el honor y la imagen del Partido, de sus Órganos y de todos sus afiliados”.

“b) Cumplir los Estatutos, Reglamentos y demás normas que constituyen el ordenamiento interno del Partido, las instrucciones y directrices emanadas de sus Órganos de Gobierno y Grupos Institucionales, y ajustar su actividad política a los principios, fines y programas del Partido Popular”.

“c) Asistir a las convocatorias que con carácter personal o general efectúe el Partido Popular, y asumir y cumplir con diligencia y responsabilidad las funciones y trabajos que se les encomienden”.

“d) Guardar secreto de las deliberaciones y, en su caso, de los acuerdos de los Órganos de Gobierno y Grupos Institucionales a los que pertenezcan y observar las pautas de comportamiento que exige el respeto al principio de la democracia interna”.

“e) Devolver al Partido la representación institucional que ostenten en nombre de este cuando se den de baja voluntariamente, cuando abandonen sus Grupos Institucionales, cuando así sean requeridos como consecuencia de sanción disciplinaria firme dictada por los órganos competentes y, además, en cualesquiera de los supuestos contemplados en los Estatutos”.

“f) Realizar una declaración notarial de bienes y actividades cuando accedan a cualquier cargo de Representación Institucional o sean designados para ello, de acuerdo con el formato que al efecto establezca la Junta Directiva Nacional, y depositarla en la Subcomisión del Comité Nacional de Derechos y Garantías prevista en el artículo 50 de estos Estatutos, siendo el Secretario de dicho Comité el responsable de la guarda y custodia de las mencionadas declaraciones notariales de bienes y actividades”.

“g) Participar en los procesos electorales como interventores o apoderados del Partido cuando sean requeridos para ello”.

“h) Colaborar activamente en las campañas electorales”.

“i) Difundir los principios ideológicos y el proyecto político del PP”.

Los estatutos también fijan algunos derechos de los militantes, entre ellos:

“a) Participar activamente en la elaboración y adopción de las resoluciones y programas del Partido”.

“e) Controlar la acción política del Partido”.

“g) Ser seleccionado para formar parte de las candidaturas que el Partido presente en los diferentes procesos electorales”.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/18/actualidad/1374180482_503210.html

EL PRESIDENTE RESOLVERÁ 11 RECURSOS DEL PSOE CONTRA LEYES DE RAJOY

El voto de calidad de Pérez de los Cobos valdrá para deshacer posibles empates. Tiene poder para ordenar la agenda del Tribunal

En los próximos años, Francisco Pérez de los Cobos tendrá que resolver al menos sobre 11 recursos del PSOE contra leyes del Gobierno del PP que ya se han presentados o que han sido anunciados. Su voto de calidad, además, valdrá para deshacer posibles empates. Tiene además poder para ordenar la agenda del Tribunal.

El PSOE ha recurrido o ha anunciado recursos contra la reforma laboral, en dos ocasiones las tasas judiciales, la eliminación de la revalorización de las pensiones, la limitación de las pensiones de jubilación, la amnistía fiscal, el cambio de modelo de RTVE y del Consejo General del Poder Judicial, la ley de Costas, el decreto sobre las preferentes y la eliminación de sueldo de los parlamentarios de Castilla-La Mancha.

En esos recursos, el PSOE podría plantearse la recusación del presidente del Tribunal Constitucional.

Pérez de los Cobos ha votado siempre como magistrado con el bloque conservador del tribunal en todas las sentencias, salvo en la sentencia sobre el matrimonio homosexual, que defendió la constitucionalidad de la ley.

El ahora presidente votó con los magistrados conservadores en las de legalización de Sortu y de Bildu. En 2011, año que abandonó la militancia del PP, hizo un voto particular coincidente con la posición del partido contra la presentación de Bildu a las municipales.

Ahora está pendiente también el recurso del PP contra la ley de plazos del aborto aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Cuando se presentó ese recurso él era militante del PP.

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RUBALCABA PIDE LA COMPARECENCIA URGENTE DE PÉREZ DE LOS COBOS EN EL CONGRESO

Los socialistas quieren saber por qué ocultó en el Senado su militancia

Alfred Bosch ha anunciado que ERC está preparando la recusación del presidente del TC

El Grupo Parlamentario Socialista ha registrado en la tarde de este jueves la petición de comparecencia "urgente" del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, para que explique ¿por qué ocultó su militancia en un partido político cuando fue examinado en el Senado para constatar su idoneidad como miembro del Constitucional? Esta es la principal razón que figura en el escrito elaborado por la portavoz del Grupo Socialista, Soraya Rodríguez.

Los socialistas dan por seguro que el afectado argumentará razones jurídicas y sostendrá que su militancia es legal. “Nosotros no creemos que será legal pero en cualquier caso si él considera que moral y éticamente no hay lugar a las objeciones, ¿por qué lo ocultó en la exposición en el Senado; Por qué no contó con naturalidad que era militante del PP si cree que es normal, legal y ético?", ha señalado la dirigente socialista a EL PAÍS.

Al estar en período parlamentario extraordinario, la petición de comparecencia se va a formular como parte del orden del día de la Diputación Permanente del Congreso que se celebrará el próximo miércoles; esa diputación en la que también se dilucidará si el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, acude al Congreso para explicar los asuntos de Bárcenas en relación con la financiación del PP y a los sobresueldos de la dirección, incluido el propio presidente.

Precisamente la afiliación y el pago de cuotas de Pérez de los Cobos que ha desvelado EL PAÍS figuran en la documentación examinada por el Juez Ruz sobre donaciones, donantes e ingresos del PP. En esos documentos figura el pago de las cuotas hasta 2011 de Pérez de los Cobos, cuando ya era magistrado del Tribunal Constitucional. Los socialistas piden que la Diputación Permanente vote a favor de la convocatoria de la Comisión Constitucional de forma urgente para que comparezca Pérez de los Cobos. “No nos hemos enterado por él cuando fue examinado en el Senado de su condición de militante sino a través de unos documentos que están en sede judicial”, ha recalcado Soraya Rodríguez para apuntalar la tesis de que la situación no es normal.

Por otra parte, también el Grupo Parlamentario de la Izquierda Plural ha registrado una petición en el Congreso, en este caso para que comparezca la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en una sesión extraordinaria de la Comisión constitucional para que valore la “situación del Tribunal Constitucional tras conocerse que su presidente ha pagado cuotas de afiliado al Partido Popular”. Esta petición deberá ser debatida en la reunión de la próxima semana de la Diputación Permanente del Congreso.

El diputado de Izquierda Unida y portavoz en la Comisión de Justicia, Gaspar Llamazares,ha tildado la situación de "muy grave" y ha calificado de "inadmisible" que el presidente del Constitucional ocultara su condición de militante.

Además, el portavoz de ERC en el Congreso, Alfred Bosch, ha anunciado este jueves que su partido está preparando la recusación del presidente del Tribunal Constitucional (TC), Francisco Pérez de los Cobos, en el proceso que los republicanos tienen abierto en el alto tribunal por su "veto" en la comisión de secretos del Congreso.

En declaraciones a los periodistas en el Parlamento catalán ha reaccionado así a la información que publica EL PAÍS que señala que Pérez de los Cobos pagó cuotas como militante del PP entre 2008 y 2011, lo que, según Bosch, supone incurrir en "una grave falta".

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/18/actualidad/1374147372_243349.html

UNA RECUSACIÓN DEL PP ELEVÓ EN 2007 EL LISTÓN DE LA IMPARCIALIDAD DEL ALTO TRIBUNAL

Los populares apartaron del debate de su recurso contra el Estatuto catalán a Pérez Tremp

El PP forzó en 2007 al Tribunal Constitucional a modificar su criterio sobre causas de recusación de magistrados de la institución. Una recusación presentada por diputados del PP, encabezados por Federico Trillo, elevó el listón de exigencia de imparcialidad.

En concreto, los populares lograron apartar de la discusión de su recurso contra el Estatuto de Cataluña al magistrado Pablo Pérez Tremps para facilitar la anulación de artículos claves. El motivo de la recusación es que “el magistrado redactó un dictamen, por encargo del Instituto de Estudios Autonómicos de la Generalidad de Cataluña, que, junto a los elaborados por otros nueve juristas, sirvió al referido Instituto para remitir al Parlamento de Cataluña unas propuestas normativas —consistentes en unas memorias explicativas y un texto articulado—, entre las cuales estaba la referida a las “relaciones de la Generalidad con la Unión Europea y acción exterior de la Generalidad”. Según el PP, eso se sustentaba en el dictamen de Pérez Tremps, en aquel momento catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III.

El tribunal aceptó la recusación y estableció en un auto del 5 de febrero de 2007 que bastaba la parcialidad subjetiva, es decir, la apariencia de falta de imparcialidad, para aceptar una recusación. “Lo determinante es, exclusivamente, si una parte del proceso tiene motivo, sopesando racionalmente todas las circunstancias, para dudar de la falta de prevención y de la posición objetiva del magistrado”, aseguraba el auto de 2007 para determinar que basta la apariencia de parcialidad para aceptar la recusación.

De nada le sirvió a Pérez Tremps alegar que ese trabajo que sirvió de base para el informe fue elaborado incluso antes de que se formara el Gobierno de la Generalitat que lo encargó y que impulsó el nuevo Estatuto catalán. Alegó que “el trabajo académico no fue un encargo del llamado Gobierno tripartito, pues fue elaborado antes de las elecciones de las que nacería el citado Gobierno autonómico”.

Explicó también que como catedrático de Derecho Constitucional elaboraba informes y que ese era su trabajo. “Que es intrínseco a la labor de investigación jurídica que la misma pueda ser utilizada por quienes tienen responsabilidades políticas”, decía.

El hoy presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, como catedrático experto en Derecho Laboral, ha escrito multitud de textos sobre la reforma laboral que ahora tendrá que revisar como presidente del Constitucional. Parte de esos estudios los elaboró y los firmó con Xavier Jean Braulio Thibault, actual director general de Empleo, y autor de la reforma laboral que está recurrida por el PSOE al Constitucional.

Luego el PP recusó a otros tres magistrados por distintos motivos, pero en esos casos el tribunal las rechazó por considerarlas infundadas.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/18/actualidad/1374181496_389901.html

EL PP OCUPA CON SUS MILITANTES LA DIRECCIÓN DE INSTITUCIONES DEL ESTADO

El Defensor del Pueblo, el Consejo de Estado y la CNMV están dirigidos por afiliados

Nunca antes en democracia un Gobierno había acumulado tantos militantes del partido que le sustenta al frente de instituciones del Estado. Y la mayoría de esas instituciones tiene, precisamente, como objeto fundamental el control de los actos del Ejecutivo.

En algunos casos esos responsables de instituciones clave han suspendido su militancia justo antes de tomar posesión, pero por estricta exigencia legal de las normas que regulan sus cargos.

De esta forma, Soledad Becerril es la Defensora del Pueblo desde 2012, y para tomar posesión de su cargo suspendió su militancia en el PP, partido por el que fue diputada y senadora durante varias legislaturas. A diferencia de la ley que regula el Tribunal Constitucional, que no lo menciona expresamente, la del Defensor del Pueblo sí considera incompatible la militancia en partidos con el cargo. Así, el artículo 7 asegura que "la condición de Defensor del Pueblo es incompatible con todo mandato representativo; con todo cargo político o actividad de propaganda política; con la permanencia en el servicio activo de cualquier Administración pública; con la afiliación a un partido político".

Romay pasó de tesorero del partido a presidente del Consejo de Estado

El adjunto al Defensor y exdiputado socialista, Francisco Fernández Marugán, suspendió su militancia antes de tomar posesión por esa misma razón. Y mucho antes lo hizo Enrique Múgica cuando fue nombrado Defensor del Pueblo.

Hay un matiz importante: Múgica, militante del PSOE, fue nombrado por el Gobierno del PP de José María Aznar, como muestra de respeto a la independencia de la institución y a la necesidad de no convertirla en continuidad del Ejecutivo. Es decir, nunca antes de ahora en la historia democrática este cargo había sido ocupado por un exmilitante del partido que gobierna y que le propone. Esta institución tiene como función defender a los ciudadanos frente a la Administración, en este caso gobernada por el partido al que pertenecía su titular.

Antes que ellos, fueron Defensores del Pueblo Joaquín Ruiz-Giménez, Álvaro Gil-Robles y Fernando Álvarez de Miranda. Ninguno de ellos era militante del partido que le proponía.

Un caso similar es el de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que tiene una función de árbitro y de contrapeso y control. La presidenta actual es Elvira Rodríguez, que fue ministra y diputada y dirigente del PP, partido que la propuso. Tampoco en este caso hay precedentes en democracia. El nombre de Elvira Rodríguez ha sido apuntado estos días como supuesta perceptora de dinero b del PP, según las anotaciones del extesorero Luis Bárcenas.

Becerril suspendió su militancia para ocupar el puesto y cumplir la ley

Otro ejemplo más es el del Consejo de Estado, al frente del cual está José Manuel Romay Beccaría, mentor político de Mariano Rajoy y militante del PP. De hecho, fue el tesorero del PP en sustitución de Luis Bárcenas y su nombre fue mencionado por este ante al juez como testigo de la supuesta financiación ilegal de ese partido. Tampoco antes había estado al frente de esta institución un militante del partido que le propone, aunque no hay incompatibilidad legal en este caso.

Se une a estos casos el de Francisco Pérez de los Cobos, que preside el Tribunal Constitucional y que ha admitido que era militante del PP y magistrado. Junto a él ocupa plaza también Andrés Ollero, otro caso insólito, porque es el único que ha pasado de ser diputado y dirigente de un partido a magistrado del Tribunal Constitucional. Él fue parlamentario del PP, aunque se dio de baja al llegar al Constitucional. Ahora ha resuelto sobre la constitucionalidad de leyes que votó como diputado, un caso único. Junto a ellos está también Enrique López, magistrado propuesto por el Gobierno de Mariano Rajoy y que colaboró activa y reiteradamente con FAES, la fundación del PP, y en su currículum oficial incluyó su participación en un acto del PP. Al Constitucional acaba de llegar hace un mes el magistrado José Antonio Xiol Ríos, propuesto por el Consejo General del Poder Judicial, y que fue citado ayer por el PP como ejemplo contrario al de Pérez de los Cobos porque fue director general de la Administración de Justicia en tiempos de Felipe González como presidente del Gobierno. El Tribunal de Cuentas está plagado de vocales militantes del PP y el PSOE, aunque deben fiscalizar la cuenta de esos partidos.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/18/actualidad/1374173424_584289.html

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL ADMITE QUE MILITÓ EN EL PP CUANDO ERA MAGISTRADO

Pérez de los Cobos convoca de forma extraordinaria a los magistrados para explicarse

El presidente del alto tribunal descarta dimitir

El presidente del Constitucional figura en la lista de afiliados del PP

El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, ha admitido ante los miembros del pleno, que mantuvo su militancia en el PP cuando ya era magistrado del tribunal. Sin embargo, ha añadido que a día de hoy ya no paga las cuotas de afiliado. Pérez de los Cobos había convocado, con carácter extraordinario, a los miembros del plenario con el fin de explicar su adscripción política entre, al menos, 2008 y 2011, tal como ha publicado hoy EL PAÍS.

El presidente, que en ningún momento ha planteado la posibilidad de dimitir, ha defendido la legalidad de su afiliación apelando a la ley orgánica del Tribunal Constitucional, que limita la incompatibilidad de la condición de magistrado con el desempeño de funciones directivas en partidos políticos. Se ha acogido a esta interpretación literal sin entrar en la exigencia de la propia Constitución de que los sistemas de incompatibilidades deben garantizar la independencia.

Pérez de los Cobos tiene previsto acogerse a la literalidad del artículo 159 de la Constitución que dice que la condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible “con el desempeño de funciones directivas en un partido político” y alegar que ha sido únicamente militante de base. Ese mismo artículo señala que “los miembros del Tribunal Constitucional serán independientes”.

El Constitucional ha remitido una nota de presnsa en la que concluye que "la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por consiguiente, no establecen para los Magistrados del Tribunal Constitucional incompatibilidad alguna con el hecho de pertenecer o haber pertenecido a partidos políticos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales".

El presidente del Tribunal Constitucional figura en la lista de donantes y afiliados al PP que se desgravaron sus cuotas y aportaciones entre los años 2008 y 2011. Cobos pagó 37,14 euros anuales que corresponden a la cuota mínima de militancia en la ciudad de Barcelona.

La Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíben a jueces y magistrados pertenecer a partidos políticos. Los magistrados del Constitucional no se consideran miembros de la carrera judicial y se rigen por una ley específica que, en cualquier caso, exige independencia a sus magistrados.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/18/actualidad/1374139876_746357.html

EL PSOE PIDE LA COMPARECENCIA URGENTE DE PÉREZ DE LOS COBOS

Los socialistas quieren saber por qué ocultó en el Senado su militancia

Alfred Bosch ha anunciado que ERC está preparando la recusación del presidente del TC

El Grupo Parlamentario Socialista ha registrado la petición de comparecencia del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos para que explique ¿por qué ocultó su militancia en un partido político cuando fue examinado en el Senado para constatar su idoneidad como miembro del Constitucional? Esta es la principal razón que figura en el escrito elaborado por la portavoz del Grupo Socialista, Soraya Rodríguez.

Los socialistas dan por seguro que el afectado argumentará razones jurídicas y sostendrá que su militancia es legal. “Nosotros no creemos que será legal pero en cualquier caso si él considera que moral y éticamente no hay lugar a las objeciones, ¿por qué lo ocultó en la exposición en el Senado; Por qué no contó con naturalidad que era militante del PP si cree que es normal, legal y ético?", ha señalado la dirigente socialista a EL PAÍS.

Al estar en período parlamentario extraordinario, la petición de comparecencia se va a formular como parte del orden del día de la Diputación Permanente del Congreso que se celebrará el próximo miércoles; esa diputación en la que también se dilucidará si el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, acude al Congreso para explicar los asuntos de Bárcenas en relación con la financiación del PP y a los sobresueldos de la dirección, incluido el propio presidente.

Precisamente la afiliación y el pago de cuotas de Pérez de los Cobos que ha desvelado EL PAÍS figuran en la documentación examinada por el Juez Ruz sobre donaciones, donantes e ingresos del PP. En esos documentos figura el pago de las cuotas hasta 2011 de Pérez de los Cobos, cuando ya era magistrado del Tribunal Constitucional. Los socialistas piden que la Diputación Permanente vote a favor de la convocatoria de la Comisión Constitucional de forma urgente para que comparezca Pérez de los Cobos. “No nos hemos enterado por él cuando fue examinado en el Senado de su condición de militante sino a través de unos documentos que están en sede judicial”, ha recalcado Soraya Rodríguez para apuntalar la tesis de que la situación no es normal.

Por otra parte, también el Grupo Parlamentario de la Izquierda Plural ha registrado una petición en el Congreso, en este caso para que comparezca la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en una sesión extraordinaria de la Comisión constitucional para que valore la “situación del Tribunal Constitucional tras conocerse que su presidente ha pagado cuotas de afiliado al Partido Popular”. Esta petición deberá ser debatida en la reunión de la próxima semana de la Diputación Permanente del Congreso.

El diputado de Izquierda Unida y portavoz en la Comisión de Justicia, Gaspar Llamazares,ha tildado la situación de "muy grave" y ha calificado de "inadmisible" que el presidente del Constitucional ocultara su condición de militante.

Además, el portavoz de ERC en el Congreso, Alfred Bosch, ha anunciado este jueves que su partido está preparando la recusación del presidente del Tribunal Constitucional (TC), Francisco Pérez de los Cobos, en el proceso que los republicanos tienen abierto en el alto tribunal por su "veto" en la comisión de secretos del Congreso.

En declaraciones a los periodistas en el Parlamento catalán ha reaccionado así a la información que publica EL PAÍS que señala que Pérez de los Cobos pagó cuotas como militante del PP entre 2008 y 2011, lo que, según Bosch, supone incurrir en "una grave falta".

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/18/actualidad/1374147372_243349.html

GONZÁLEZ PONS: “A ESTE PASO VA A SER PUNIBLE HABER VOTADO AL PP”

El dirigente del PP defiende la legalidad de la militancia de Pérez de los Cobos

Los populares dicen que en el Constitucional hay tres ex altos cargos de Gobiernos socialistas

PNV y UPyD consideran el hecho muy grave pero aguardan a tener más datos

La ironía y el sarcasmo han envuelto la reacción del Partido Popular a la información de EL PAÍS sobre la militancia en el PP del actual presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos. “A este paso va a resultar punible ser militante del PP e incluso haber votado al PP”. Esta ha sido la respuesta inicial del vicesecretario de Estudios y Programas del PP y diputado nacional, Esteban González Pons, a esta afiliación de Pérez de los Cobos a la formación conservadora, incluso cuando ya era magistrado del Tribunal Constitucional. Pero el PP no ve ningún problema jurídico. PNV y UPyD quieren ser “prudentes” hasta conocer más datos, pero de confirmarse, señalan, “sería grave” y pedirían explicaciones, según han expresado Carlos Martínez Gorriarán de UPyD y Emilio Olabarría del PNV. Este último ha señalado que si fuera así, “no podría continuar en su cargo”.

Las dudas jurídicas sobre si existe incompatibilidad o no, objeto de discusión en ambientes jurídicos no existen en principio para el PP ya que solo la sitúan en el supuesto de que Pérez de los Cobos hubiera sido dirigente del partido pero no un afiliado sin responsabilidad en la organización. “No hay que mirar el reglamento del Poder Judicial ya que Pérez de los Cobos no es un juez de carrera sino catedrático por lo que no incurriría en esa incompatibilidad” ha sostenido el dirigente popular.

¿ Por qué hay que limitar dónde la ley no establece límites ¿. Esta es otra de las líneas argumentales que va a utilizar el PP para defender a Pérez de los Cobos. Donde la ley no dice nada no hay por qué interpretarla en sentido restrictivo y, a juicio de González Pons, los límites se ponen para puestos directivos pero nada dice sobre los afiliados. Y como no se dice nada, nada hay que prohibir, según González Pons.

El remate de sus apreciaciones se ha dirigido hacia el PSOE. “En el actual Tribunal Constitucional hay tres ex altos cargos de gobiernos socialistas, no afiliados al partido, pero sí han sido altos cargos”. El PP cita a Luis Ortega, que fue director general del departamento de Asuntos Institucionales de presidencia del Gobierno entre 1982 y 1989; José Antonio Xiol, director general de Relaciones con la Administración de Justicia, entre 1985 y 1990y Fernando Valdés, director del Servicio Jurídico del Estado entre 1986 y 1990. Estos datos figuran en sus biografías en tanto que el presidente del Constitucional no ha declarado su militancia en un partido político. Por otro lado, en la elección de todos ellos, incluido el presidente, no ha habido controversia toda vez que ahora y siempre funciona el sistema de cuotas, singularmente entre PP y PSOE para proveer estos puestos, como denuncia UPyD.

“No nos extraña que esto ocurra dada la proclividad a la politización del Tribunal Constitucional y la colonización del mismo por el PP y el PSOE”, ha dicho el portavoz adjunto de UPyD, Carlos Martínez Gorriarán. “Queremos ser prudentes y no queremos precipitarnos pero de confirmarse sería un hecho muy grave”, ha rematado. También prefiere quedarse un paso atrás el diputado del PNV Emilio Olabarría hasta tanto “no se confirman los datos y se aportan pruebas fehacientes sería difícil sostener a esta persona en ese puesto”. El PP insiste en la ironía, expresada por González Pons: "No todos los miembros de cualquier órgano tienen que ser del PSOE"

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/18/actualidad/1374144615_545371.html

“MI TRAYECTORIA PROFESIONAL ES LA DE UN MODESTO PROFESOR UNIVERSITARIO”

Cuando compareció ante el Senado en 2010 para ser nombrado magistrado, Pérez de los Cobos omitió cualquier referencia política y se centró en su labor docente

Francisco Pérez de los Cobos compareció el 6 de octubre de 2010 en el Senado, que le concedió unos seis o siete minutos para plantear todas “aquellas cuestiones” que él entendiera que la comisión de nombramientos de la Cámara Alta debía conocer sobre su trayectoria antes de aceptar su candidatura como magistrado del Tribunal Constitucional, uno de los encargados de aplicar e interpretar la ley fundamental. El que más adelante sería presidente del alto tribunal no hizo referencia alguna a cuestiones políticas o ideológicas ni, por supuesto, a ninguna militancia pasada ni presente en ningún partido político. Se limitó a exponer su trayectoria docente e investigadora.

"Mi trayectoria profesional (...) diría que ha sido la de un modesto profesor universitario que ha intentado —eso sí— cumplir con las obligaciones propias de su cargo; obligaciones docentes y obligaciones como investigador del derecho”, dijo entonces. “”Si esta propuesta llega a buen puerto y el Senado me designa como magistrado del Tribunal Constitucional solo me pesará una cosa: la obligación, inherente al cargo, de abandonar mi docencia universitaria”.

Pérez de los Cobos, catedrático de Derecho del Trabajo, habló más tarde de la importancia de la jurisprudencia constitucional en su disciplina y de los derechos de huelga, de negociación colectiva y de libertad sindical y de cómo su labor investigadora se ha centrado en la vertiente constitucional del ordenamiento laboral. La única —y mínima— referencia política que hizo se refería a la pluralidad ideológica que permite la ley fundamental. “El Tribunal Constitucional ha sido certero al sostener y reiterar que la Constitución es un marco de coincidencias suficientemente amplio como para que dentro de él quepan opciones políticas de muy diverso signo, y esta esencial dimensión política y también jurídica de la carta fundamental creo que debe estar bien presente a la hora de interpretarla”. Fue todo.

Finalmente, Pérez de los Cobos habló de que había compaginado su vida académica “con la elaboración, como experto, de numerosos dictámenes e informes para instituciones públicas, autonómicas, nacionales e internacionales, para instituciones y entidades privadas, sindicatos, asociaciones empresariales, empresas y bufetes de abogados”. Y destacó su labor durante casi 11 años como consejero del Consejo Económico y Social. Concluyó sin mencionar ninguna afinidad política ni mucho menos una militancia activa en un partido político.

Los senadores de los distintos grupos parlamentarios tampoco inquirieron al respecto, limitándose la mayoría a felicitar al candidato y a reconocer sus méritos académicos. “Su currículum es muy respetable y valioso”, señaló la senadora socialista. Incluso los que se abstuvieron o votaron en contra (Entesa Catalana de Progrès y Convergència i Unió) alabaron al candidato y su trayectoria profesional. El candidato recibió 240 votos favorables, 7 en contra y 16 abstenciones.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/17/actualidad/1374088147_150022.html

LA LEY IMPIDE A LOS JUECES PERTENECER A PARTIDOS

La Constitución española, en dos artículos, deja clara la incompatibilidad de la labor de juez con la militancia política

La Constitución española, en dos artículos, deja clara la incompatibilidad de la labor de juez o magistrado con la militancia política. El artículo 127 establece que los jueces “no podrán pertenecer a partidos políticos o sindicatos”. En su día, esas limitaciones fueron impulsadas por Unión de Centro Democrático (UCD) y Alianza Popular, mientras que el Grupo catalán, socialistas y comunistas entendían que no era necesaria una limitación de este tipo para garantizar la independencia del Poder Judicial.

Por otro lado, el artículo 159 de la ley fundamental señala en su apartado cuarto que “la condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato representativo; con los cargos políticos o administrativos” y “con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos”. Añade el artículo que “en lo demás, los miembros del Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial”.

¿Cuáles son estas incompatibilidades? Aparte de lo que señala la Constitución, el artículo 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone que “no podrán los jueces o magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos”. Les prohíbe además, “dirigir a los poderes, autoridades y funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, ni concurrir, en su calidad de miembros del Poder Judicial, a cualesquiera actos o reuniones públicas que no tengan carácter judicial y “tomar en las elecciones legislativas o locales más parte que la de emitir su voto personal”.

Por otro lado, el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional indica dentro de las incompatibilidadesde sus magistrados “el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos (...) y toda clase de empleo al servicio de los mismos”. “En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial”, insiste el artículo.

“Cuando concurriere causa de incompatibilidad en quien fuere propuesto como magistrado del Tribunal, deberá, antes de tomar posesión, cesar en el cargo o en la actividad incompatible”, continúa la norma. “Si no lo hiciere en el plazo de diez días siguientes a la propuesta, se entenderá que no acepta el cargo de magistrado del Tribunal Constitucional. La misma regla se aplicará en el caso de incompatibilidad sobrevenida”.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/17/actualidad/1374089372_591776.html

EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL PAGÓ CUOTAS DE MILITANTE DEL PP

Pérez de los Cobos hizo el abono al partido en 2011 cuando ya era magistrado

La Constitución prohíbe la afiliación política y exige “total independencia”

El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, está incluido en el listado de donantes y afiliados del PP entre 2008 y 2011, cuyas aportaciones sirven para sufragar los gastos del partido. De los Cobos fue elegido magistrado del alto tribunal el 29 de diciembre de 2010.

El listado en el que aparece De los Cobos está en un documento que forma parte del sumario del caso Bárcenas, y en el mismo se señala tanto el nombre de la persona que contribuyó a la financiación del partido como el número de su Documento Nacional de Identidad y la cantidad aportada. En el caso del presidente del alto tribunal fueron 37,14 euros por año, cantidad que, según varios afiliados consultados, coincide exactamente con la cuota mínima que paga los militantes populares en la ciudad de Barcelona.

La portavoz oficial del presidente del Constitucional se ha negado, en reiteradas ocasiones, a dar ningún tipo de explicación alegando que Pérez de los Cobos sigue así “la práctica constante” de este tribunal, es decir, la de no hacer ningún tipo de valoración, pese a que en este caso no se trata de una cuestión que ataña al orgnaismo sino a su presidente.

Los jueces y magistrados tienen prohibido, por ley, pertenecer a partidos políticos o sindicatos. Así, lo refleja el artículo 395 de la ley Orgánica del Poder Judicial: “No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos”.

Además, la Constitución, en su artículo 127, señala que “los jueces y magistrados así como los fiscales, mientras se hallen en activo, no podrán desempeñar otros cargos públicos, ni pertenecer a partidos políticos o sindicatos”. Y, en el punto 2 del mismo artículo, añade que “la ley establecerá el régimen de incompatibilidades de los miembros del poder judicial” y señala que este régimen “deberá asegurar la total independencia de los mismos”.

Cobos ha pagado cantidades que corresponden a la cuota básica
El Constitucional siempre se ha considerado como un tribunal politizado debido a que parte de sus miembros son propuestos por los partidos políticos. Pero magistrados que han ejercido en ese tribunal han subrayado a este periódico que “jamás han conocido un precedente de un magistrado militante porque no lo permite taxativamente la ley”.

Además de por la ley fundamental, el alto tribunal está regulado por una ley orgánica propia que reproduce otro artículo de la Constitución, el 159, en el que se marcan las incompatibilidades propias de los miembros del Constitucional. La condición de magistrado es incompatible con “el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos”, dice específicamente, pero añade que “los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial”. Es decir, estar afiliado a un partido y ser magistrado del Constitucional es incompatible. “Es una causa de incompatibilidad clarísima”, aseguran varios constitucionalistas consultados por este periódico.

Sin embargo, fuentes jurídicas cercanas al actual presidente aseguraron ayer que los letrados del propio tribunal sustentan que la literalidad de la norma indica que la incompatibilidad se daría solo en el caso de que desempeñara una función directiva en un partido político, y no por estar simplemente afiliado de base al Partido Popular.

Las aportaciones económicas de Pérez de los Cobos al PP reflejadas en el documento aportado a la causa de los papeles de Bárcenas coinciden con su tarea ya de magistrado en el Constitucional, al menos a finales de 2010 y durante 2011.

El magistrado se ha negado a responder si sigue activo en su militancia

La propuesta del PP para que Francisco Pérez de los Cobos fuera magistrado por la cuota que designa el Senado se desveló el 29 de septiembre de 2010, con tres años de retraso por la ausencia de consenso entre PP y PSOE para proponer candidatos. En octubre de 2010, el Senado dio el visto bueno a su candidatura.

El ahora presidente del Constitucional fue nombrado magistrado en diciembre de 2010, motivo por el que tuvo que dejar su puesto de director del departamento de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Complutense de Madrid. En ese año realizó uno de los documentados ingresos de 37,14 euros al PP.

El listado de afiliados fue elaborado por la Agencia Tributaria

El 11 de enero de 2011, Pérez de los Cobos tomó posesión de su cargo de magistrado. Y el pasado 19 de junio, después de 17 meses como miembro del alto tribunal, fue elegido presidente del Constitucional. Es decir, en tres años pasó de ser catedrático de Trabajo a máximo responsable del más alto tribunal español. Lo hizo logrando una votación unánime, con el apoyo tanto del sector conservador como del progresista.

La ausencia de una explicación por parte de Pérez de los Cobos ha imposibilitado que desmienta si sigue al corriente en estos momentos del pago de las cuotas como miembro del PP, más allá de los pagos documentados.

El PP ha admitido la veracidad de los datos de quienes se desgravaron cuotas
“Cuando concurriere causa de incompatibilidad en quien fuere propuesto como magistrado del Tribunal, deberá, antes de tomar posesión, cesar en el cargo o en la actividad incompatible. Si no lo hiciere en el plazo de diez días siguientes a la propuesta, se entenderá que no acepta el cargo de magistrado del Tribunal Constitucional”, señala la ley. Según diversas fuentes, Pérez de los Cobos no presentó ninguna causa de compatibilidad por su afiliación política.

Sin embargo, sí se planteó una posible incompatibilidad posteriormente, en abril de 2012, cuando fue elegido miembro de la Comisión de Expertos en Aplicaciones de Convenios y Recomendaciones de la Organización Mundial del Trabajo (OIT), ya que la condición de magistrado en el Constitucional también es incompatible con todo tipo de asesoramiento jurídico. En ese caso, él mismo recabó una consulta que acabó determinando la posibilidad de mantener ambos cargos.

Con la misma aportación de pago de 37,14 euros anuales que Pérez de los Cobos, el listado del PP certifica los ingresos efectuados por otras 400 personas en 2008. La mayoría de ellas son de Barcelona, ciudad en la que el magistrado vivió en su época como catedrático de Derecho del Trabajo en la Universidad Autónoma, entre 1996 y 2007. En 2009 fueron algo menos, un total de 367, que se redujeron a 266 en 2010 y a 253 en 2011.

EL PAÍS ha consultado con algunas de las personas que aparecen en el listado y todas ellas coinciden en señalar que el pago de los 37,14 euros corresponde a la cuota mínima anual de afiliación en la ciudad de Barcelona. En los años 90, la cuota mensual era de 500 pesetas (3 euros) y fue actualizándose hasta la cantidad de 37,14 anuales (515 pesetas al mes) que se ha cobrado en la década del 2000. “Solo puede ser la cuota”, dijeron dos de esas personas, argumentando que ninguno de ellos aporta más al PP.

El listado de donantes y afiliados del PP, con 287.103 apuntes, forma parte del sumario del caso Bárcenas. Cuando la Fiscalía Anticorrupción abrió diligencias por el supuesto cobro de sobresueldos por parte de los miembros de la cúpula del PP, requirió información a la Agencia Tributaria, al Tribunal de Cuentas y al propio PP. Los documentos aportados por Hacienda incluyen tanto donantes como afiliados pero no todos, sino aquellos que, tal como está previsto en la ley, se desgravaron su aportación. Los militantes consultados coinciden en señalar la desgravación y el porqué figuran en la documentación de Hacienda.

El Partido Popular ha admitido la veracidad de los datos que contiene el documento, pese a que fuentes oficiales insisten en que la elaboración no es propia, y se la atribuyen a la propia Agencia Tributaria conforme a las desgravaciones presentadas.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/17/actualidad/1374091659_457490.html

RAJOY SE AHORRA REFORMAR EL ABORTO Y DEJA QUE EL TC LE HAGA EL TRABAJO

El recurso contra la Ley de plazos está en manos de un magistrado que es antiabortista declarado y exdiputado del PP. El tribunal tiene mayoría conservadora desde hace un mes

La decisión del Gobierno de aparcar 'sine die' la reforma de la Ley del Aborto, anunciada este martes por la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría, se produce menos de un mes después de asegurarse la mayoría conservadora en el Tribunal Constitucional, que tiene sobre la mesa el recurso del propio Partido Popular contra la vigente Ley de plazos.

Sin dar ningún paso en este delicado asunto, el Ejecutivo puede ver cómo el Constitucional le hace el trabajo si estima el recurso. El ponente del caso es el magistrado Andrés Ollero, exdiputado del PP, catedrático de Filosofía del Derecho, miembro reconocido del Opus Dei y antiabortista declarado, cuyas tesis pueden prosperar en el nuevo alto tribunal con mayoría de magistrados propuestos también por el partido conservador.Ollero, en una entrevista el mes pasado a páginasdigital.es, lo dijo claramente: "Si no hay pronto una nueva Ley del aborto, habrá sentencia".

El Gobierno ha optado por no ser el primero en mojarse en la controvertida materia del aborto, tras un año de declaraciones superpuestas del ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, contestadas en algún caso desde las propias filas del PP.

La posición del programa de los conservadores era volver a la legislación avalada por el Constitucional en 1985, que despenalizaba varios supuestos de aborto de acuerdo a la norma aprobada por el primer Gobierno de Felipe González.

La Ley de Plazos fue aprobada en 2010 con un amplio apoyo parlamentario
En 2010, el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, con un amplio apoyo parlamentario y el rechazo del PP, cambió esa normativa y aprobó una Ley de plazos (aborto libre en las primeras 14 semanas) que entró en vigor en julio de ese año, y que fue recurrida ante el Tribunal Constitucional por 50 parlamentarios del Partido Popular encabezados por Mariano Rajoy y Soraya Sáenz de Santamaría. El muñidor del texto fue el entonces responsable del area de justicia del PP Federico Trillo.

Sin embargo, el ministro Ruiz-Gallardón, en el verano de 2012, anunció que la nueva Ley cambiaría la regulación que aprobó el Gobierno de Felipe González y que no fue derogada durante los 8 años de mandato de José María Aznar. El titular de Justicia destacó que no aceptaría el supuesto de aborto por malformación del feto, al considerarlo incompatible con el convenio de la ONU sobre personas con discapacidad.

De paso, Ruiz-Gallardón manifestó que el Anteproyecto de Ley se aprobaría antes del mes de octubre de 2012, aunque posteriormente los plazos se fueron relajando hasta que, este miécoles, quedaron definitivamente difuminados, al quedar aparcado 'sine die' el proyecto por el Ejecutivo.

El anuncio de Sáenz de Santamaría se ha producido menos de un mes después de que los magistrados propuestos por el Gobierno o el PP hayan pasado a ser mayoría absoluta en el Constitucional. Además, Andrés Ollero es el ponente de la sentencia, es decir, quién debe elevar una propuesta de resolución a sus compañeros.

Este magistrado, exportavoz del PP en la Comisión de Justicia del Congreso, tiene varias declaraciones y escritos en los que manifiesta públicamente su postura antiabortista. Sin ir más lejos, en enero de 2012 --seis meses antes de ser nombrado magistrado del Constitucional-- señalaba en la publicación Diario Médico sobre la nueva legislación: "La situación es de aborto libre, al convertirse España en un paraíso del turismo abortista y el lugar donde más crece el número de abortos en la Unión Europea".

El magistrado Ollero ha sido crítico con la Fiscalía y con el propio PP por laxitud ante el aborto
Agregó que "la sentencia de 1985 fue de las más discutidas de la historia del TC: empate a seis y voto de calidad del presidente. Para los magistrados discrepantes, la mayoría se había propasado al empeñarse en indicar al legislador qué garantías habría de tener en cuenta para proteger a los no nacidos. El resultado de las discutidas garantías ha sido nulo. La salud psíquica de la embarazada se ha convertido en fórmula omnicomprensiva, con la llamativa pasividad del Ministerio Fiscal; se ha olvidado lo que tan claramente expresó la sentencia: cuando la ley admite un aborto ‘necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud de la embarazada’, el término necesario ‘solo puede interpretarse en el sentido’ de que el conflicto ‘no puede solucionarse de ninguna otra forma’".

Y remataba: "Entre eso y el aborto libre parece haber un trecho, pero no lo ha habido ni gobernando socialistas ni gobernando populares: entre los que se despreocuparon de su protección y los que no se atrevieron a protegerlos, los no nacidos no han ganado para sustos”.

En julio de 2010, el Tribunal Constitucional decidió en una ajustada votación de 6 a 5 no suspender cautelarmente la ley mientras examinaba el recurso del PP. Sin embargo, acordó dar una "tramitación preferente" al caso. Esa supuesta urgencia en el examen del recurso no ha impedido que hayan pasado tres años sin sentencia.

Según fuentes del tribunal, varios de los magistrados del TC en su anterior composición consideraron que la sentencia ya no era 'preferente' por cuanto el Gobierno había anunciado la reforma del ley. Tras el cambio de mayorías en el TC, parece que la urgencia ha vuelto al caso una vez que el Gobierno, que no parece muy necesitado de más frentes de confrontación política y social, ha decidido hacerse a un lado.

http://www.publico.es/458340/rajoy-se-ahorra-reformar-el-aborto-y-deja-que-el-tc-le-haga-el-trabajo

El sector conservador se hace con el poder de las dos salas del Constitucional

Pérez de los Cobos impide el voto de calidad de la vicepresidenta al anular un posible empate

Xiol desea una decisión integradora del Constitucional sobre Cataluña

La concordia que parecía reinar en el Tribunal Constitucional con la elección, por unanimidad, de Francisco Pérez de los Cobos como presidente ha durado poco. El presidente ha dado un golpe de mando que ha provocado que el sector conservador se haga con el control y poder de las dos salas que integran el tribunal.

El hecho de que existiera una mayoría, de una u otra tendencia, no había llevado hasta ahora a que la mayoritaria se impusiera en las dos salas. Sin embargo, Pérez de los Cobos no ha querido dejar flecos sueltos pese a su anunciada intención de despolitizar el tribunal. Para ello, ha neutralizado la posibilidad de que la vicepresidenta, Adela Asúa (progresista), utilice su voto de calidad en la sala segunda, ya que ha designado a cuatro conservadores y dos progresistas para que la integren. Mientras, la primera, presidida por el propio Cobos, está repartida entre tres progresistas y tres conservadores y el presidente podrá echar mano de su voto de calidad en caso de empate.

Durante los mandatos anteriores, de los progresistas Pascual Sala y María Emilia Casas, la sala segunda estuvo conformada por tres magistrados de cada uno de los sectores, de manera que el desempate quedaba en manos de la tendencia minoritaria, que presidía la sala. Aquello se acabó.

El malestar que ha causado una de las primeras decisiones del presidente no es solo por el reparto, que deja patente el desequilibrio, sino por los especialistas que ha designado para cada sala. Con la nueva formación, en la sala primera hay dos expertos en derecho civil, Encarnación Roca y Juan Antonio Xiol, mientras que en la segunda no hay nadie especializado en dicha materia. Algo parecido ocurre en la sala que preside Asúa, catedrática de Derecho Penal, en la que estará acompañada por Enrique López, que pasa por estar especializado en dicha materia, mientras que en la sala primera no ha dejado a ningún penalista.

En el reparto de los temas pendientes, al polémico López (rechazado por la mitad de sus compañeros y salvado por el ya expresidente Sala) se le ha atribuido la ponencia tras la que se ha de decidir si respecto de la condena por desobediencia que les impuso el Tribunal Supremo en 2008.

Sobre la mesa, los magistrados tienen la ponencia encargada a su antecesor, Pablo Pérez Tremps para decidir si se ampara y absuelve al expresidente del parlamento vasco, Juan María Atutxa, condenado por un delito de desobediencia a autoridad judicial por no disolver Sozialista Abertzaleak (SA) tras la ilegalización de Batasuna en 2003.

http://politica.elpais.com/politica/2013/07/02/actualidad/1372753459_438656.html

"Europa entera huele a fast food": las otras sentencias del presidente del Constitucional

El magistrado Pérez de los Cobos, cuestionado por sus frases anticatalanistas, tiene máximas sobre casi todo: "El teléfono e internet son profilácticos de la comunicación", "Lo peor de un imbécil son sus matices" o "Signo de nuestro tiempo es que los viejos quieran morir follando"

El nuevo presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, es además de jurista un "cincelador de máximas", según definición de "el raro más raro de nuestras letras", el escritor mallorquín ya fallecido Cristóbal Serra, que prologó su libro "Parva memoria". Pérez de los Cobos (Yecla, Murcia, 1962) es autor de aforismos tan elocuentes como que "Europa entera huele a fast food", "La vida tara", "Hay quien mira una paloma y ve una rata" o "Quien lee mucho, escribe estreñido".

El magistrado y catedrático de Derecho del Trabajo fue criticado en 2010, cuando fue propuesto por el PP para ocupar plaza en el Tribunal Constitucional, por aforismos en los que se refería de forma crítica a Catalunya. "No hay en Cataluña acto político que se precie sin una o varias manifestaciones de onanismo", "El dinero es el bálsamo racionalizador de Cataluña", y "Cuando un catalán está satisfecho lo expresa diciendo: "A mí, ya me va bien".

Eso había escrito Pérez de los Cobos en 2006 en "Parva memoria" entre más de un centenar de pensamientos dedicados al cinismo, el diablo, los políticos, los jueces, el amor, la muerte, la vejez, la soberbia, los italianos, los ingleses, los españoles, la pobreza o el sexo. El juez se describe en sus escritos como liberal y también hace reproches a los revolucionarios y al nacionalismo en general, junto a autocríticas ácidas a los propios juristas y referencias negativas a los políticos.

Entre sus aforismos, figuran los siguientes:

-- Europa entera huele a fast food.

-- En España los cambios de gobierno parecen cambios de régimen

-- En la tierra de los ciegos, al tuerto se le mata.

-- Quien lee mucho, escribe estreñido.

-- El teléfono e internet son profilácticos de la comunicación.

-- Los españoles hablamos el castellano en América con actitud imperial.

-- Signo de nuestro tiempo es que los viejos quieran morir follando.

-- El niño quiere a su padre formalito.

-- Hay quien mira una paloma y ve una rata.

-- La vida tara.

-- Triste es el sino de los político: vivir pendiente del periódico.

-- Una agenda es un elenco de desconocidos.

-- Ser revolucionario es la forma más histriónica de ser superficial.

-- La sintaxis es una forma de ascesis.

-- La envidia es mera falta de información.

-- El diablo es un neurótico que, como todo neurótico, neurotiza.

-- La elección de los cajertos automáticos como lugar de pernocta de los indigentes es una afrenta silenciosa y justa al sistema: si quieres disponer de tu dinero huele la humanidad que ignoras.

-- El "polvo" que se queda en eso, en un "polvo", tiene algo de ultraje.

-- Uno de los disfraces que Satán prefiere es el del puritano que se llama a escándalo.

-- Lo peor de un imbécil son sus matices.

-- El "haz el amor y no la guerra" explicita una inquierante concomitancia.

-- El hombre subdesarrollado tiene hijos; el desarrollado cosas.

-- El jurista es por naturaleza tan conservador que 'prima facie' considera toda norma positiva de Derecho Natural.

-- No es infrecuente que lo que se inauguró como una reunión de juristas se clausure como una reunión de cínicos.

-- El admirable sentido crítico del intelectual nunca le lleva tan lejos como para cambiar de voto.

-- La vejez es la última invitación a la humildad.

-- La muerte es literalmente un proceso de abstracción.ç

-- El "riesgo profesional" del aforista es la banalidad solemne.

-- Yo soy el único liberal que conozco.

-- Los ingleses han aprendido de sus gatos a lavarse.

-- ¡Cuanta mediocridad tapan las banderas¡ Quizás se inventaran para eso.

-- La única ideología capaz de seguir produciendo pesadillas es el nacionalismo.

-- Jurista: ¡Cuánta vanidad en un artesano¡

-- No hay nada más peligroso que encerrar a un imbécil con una norma jurídica y no es infrecuente que aquél manifieste hacia ésta una natural querencia.

-- Una cacicada puede hacer de un inepto un profesor de universidad o un magistrado del Supremo, pero, en ese caso, sólo la muerte puede evitar que el afortunado considere su suerte un acto de justicia y haga pleno uso de las prerrogativas propias de su cargo.

-- La jurisprudencia es conservadora sobre todo de sí misma.

-- No creo que a nadie sorprenda la facilidad con la que el hombre difunde la información reservada a la que tiene acceso, pues la vanidad en él es naturalmente mucho más fuerte que la discreción. El egoismo y la ambición, sin embargo, pueden sobrepujar a aquella y hacerle guardar silencio.

-- Todo buen aforismo es una interpelación.

Prologado por Cristóbal Serra, el raro entre raros

El libro 'Parva memoria' del magistrado Pérez de los Cobos --elegido presidente del Constitucional el pasado 19 de junio-- fue publicado en 2006 por la editorial valenciana Tirant Lo Blanch, y está prologado por el escritor mallorquín Cristóbal Serra, fallecido en 2012. "El raro más raro de nuestras letras", en expresión de Nadal Suau en una necrológica a Serra, elogió los "potentísimos análisis" de la "mente lúcida" de Pérez de los Cobos, a quien duda entre llamar "aforista" o "cincelador de máximas", y compara con el ensayista francés Joseph Joubert.

Según señala en el prólogo de "Parva memoria", Serra cree que "la máxima exige labor, pensar, sacar provecho del conocimiento y de la experiencia, y es por tanto civilizada". Y destaca como una sentencia al mundo moderno,"propia del más feroz de los jueces de la modernidad", el aforismo de Pérez de los Cobos que reza que "Europa entera huele a fast food". "Si para Hamlet olía a podrido en Dinamarca, para el viajero crítico Europa es un sandwich de carne semicruda", indicaba el escritor.

Para quienes valoren el talento literario de Pérez de los Cobos, tiene además un libro de cuentos llamado "No hay derecho", que versan sobre casos prácticas de su especialidad jurídica.

http://www.publico.es/458199/europa-entera-huele-a-fast-food-las-otras-sentencias-del-presidente-del-constitucional

COBOS, PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL POR UNANIMIDAD

El conservador logra el voto de los 12 magistrados por primera vez en las últimas seis votaciones

El pleno del alto tribunal elige como vicepresidenta a la progresista Adela Asúa

Los doce magistrados del pleno del Tribunal Constitucional (siete conservadores y cinco progresistas) han votado este miércoles a favor de la elección del conservador Francisco Pérez de los Cobos como presidente. La necesidad de pacificar la situación, sobre todo creada en los últimos días, ha desembocado en una votación inusual y de consenso no solo para quien ocupará la presidencia durante los tres próximos años sino también para aupar a la progresista Adela Asúa como vicepresidenta. Pérez de los Cobos ha logrado la unanimidad que no obtuvo ni su antecesor Pascual Sala ni los cuatro magistrados que precedieron a este en la presidencia del alto tribunal.

La necesidad de escenificar sosiego y la independencia que claman sus magistrados llevó a un acuerdo que se cerró el pasado jueves, por el que todos los magistrados se comprometieron a apoyar a los dos candidatos (uno del sector conservador y otro del progresista) de consenso. “No ha sido fácil”, han relatado fuentes del tribunal para significar la distancia de la que partieron los magistrados, tanto en uno como en otro lado ideológico.

Entre el sector conservador, el magistrado Francisco Hernando, el de más edad del Constitucional, había mostrado cierta voluntad para ocupar la presidencia, lo que había sido visto con buenos ojos por algunos de sus compañeros. Finalmente, optó por no presentar batalla y asumir el acuerdo para votar a quien contaba con menos reticencias entre los progresistas, Pérez de los Cobos. En el sector opuesto, conscientes de su minoría, la propuesta de Adela Asúa tampoco fue aceptada desde el principio. Pero, ante el compromiso de los conservadores de votar esta candidatura, el pacto acabó fraguándose. Con la elección de Pérez de los Cobos y Asúa, además, no se ha roto la norma no escrita por la que presidencia y vicepresidencia deben recaer en magistrados del tercio más veterano del tribunal.

Así el pleno ha durado, aproximadamente, 15 minutos. Los encargados de plantear la propuesta acordada han sido los magistrados más jóvenes, Juan Antonio XiolRios por la parte progresista y Enrique López, por la conservadora.

La designación del polémico López por parte del Gobierno, el rechazo de la mitad del pleno a su idoneidad como miembro del Constitucional y el inicio de su mandato, con una actitud pública distinta de la que acostumbra el resto de magistrados (hizo declaraciones nada más tomar posesión), ha sido otro de los motivos por los que el consenso para la elección del presidente, como una muestra de unidad, se hacía necesario.

Ya con nuevo presidente, el Constitucional cierra su etapa de renovación, iniciada a principios de junio con la designación de los cuatro magistrados (Pedro González-Trevijano, Santiago Martínez-Vares, Juan Antonio Xiol y Enrique López) que relevaron a Pascual Sala, Ramón Rodríguez Arribas, Manuel Aragón y Pablo Pérez Tremps. Con estos cambios se produce, además, un giro conservador en el Constitucional en un momento en el que tiene importantes temas sobre los que deliberar.

Entre los asuntos que este pleno y el nuevo presidente deberán dilucidar se encuentra la declaración soberanista de Cataluña, después de la impugnación del Gobierno que el Constitucional ya admitió y dejó en suspenso. También la decisión sobre el amparo solicitado por el expresidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa, tras la condena por desobediencia que el Supremo les impuso en enero de 2008 por no disolver SozialistaAbertzaleak (SA), y el también recurso de amparo de Arnaldo Otegi por el caso Bateragune.

La reforma laboral y la amnistía fiscal aprobadas por el Gobierno de Mariano Rajoy, ambas recurridas por el PSOE, son otros de los temas que el alto tribunal tiene entre sus asuntos pendientes de resolución. Este tribunal de corte conservador también deberá decidir sobre la no actualización de las pensiones que fue recurrida, en un acto sin precedentes, por todos los grupos de la oposición en el Congreso.

Con el Gobierno como recurrente, en la sede del alto tribunal se acumulan también asuntos como el euro por receta aprobado por los Gobiernos autónomos de Madrid y Cataluña. En ambos casos, el tribunal ya suspendió su aplicación pero en unos meses ha de ser revisada.

http://politica.elpais.com/politica/2013/06/19/actualidad/1371632435_872098.html

PÉREZ DE LOS COBOS : UN LABORALISTA AFÍN A LA PATRONAL

La obra académica del conservador Francisco Pérez de los Cobos refleja su talante sobre el derecho del Trabajo y su antipatía por el soberanismo catalán

Francisco Pérez de los Cobos Orihuel (Yecla, Murcia, 1962) no levanta pasiones, pero tampoco fuertes odios. Con una trayectoria profesional acreditada y un talante cordial, llega a la presidencia del Tribunal Constitucional apoyado por los 12 miembros del pleno, los siete conservadores y los cinco progresistas. “Es el menos conservador”, han alegado este miércoles fuentes del sector progresista. Sin embargo, su corte derechista es claro y lo ha sido siempre. Sobre todo, en temas laborales, su especialidad.

Es público que no ve con malos ojos la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy, hasta el punto de que hay quien le considera su autor intelectual. Situado en el sector liberal entre los especialistas en Derecho del Trabajo, en sus publicaciones se reflejan su postura a favor de la flexibilización del despido y sus posiciones más cercanas a la patronal que a los trabajadores.

Precisamente el recurso contra la reforma laboral será uno de los temas sobre los que tendrá de decidir, al igual que tendrá que hacerlo sobre la declaración soberanista de Cataluña, después de haber publicado: “No hay en Cataluña acto político que se precie sin una o varias manifestaciones de onanismo”, o el dinero es “el bálsamo racionalizador de Cataluña”, afirmaciones que aparecen en su libro Parva Memoria, publicado por la editorial catalana Tirant lo Blanch.

Esas críticas y reproches a Cataluña proceden, según quienes le conocen, de su etapa como profesor en la Universidad Autónoma de Barcelona. “Protestaba porque le obligaban a hablar en catalán”, señalan antiguos compañeros.

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Complutense de Madrid, doctor en Derecho por las Universidades de Valencia y de Bolonia (Italia), pasó también, al inicio de su carrera docente, por las Universidades de les Illes Balears y de Valencia, donde estudió y en la que se convirtió en discípulo del catedrático Tomás Sala.

Francisco Pérez de los Cobos, Paco, fue entre 1996 y 2006 consejero del Consejo Económico y Social, del que formó parte como miembro del grupo de expertos. Llegó a él designado por el Gobierno de José María Aznar, el único político que aparece como valedor en su ascendente carrera, ya que apenas se le conoce relación con otros cargos que puedan haber facilitado su ascenso. En 1999, además, formó parte del Consejo Asesor de la firma Sagardoy Abogados.

“Era ambicioso en lo académico”, relatan quienes, sin embargo, recuerdan con mayor intensidad su afición por la literatura. Pero este gusto solo se ha traducido en obras que no dejan de tener una línea docente, como No hay derecho, un manual de casos prácticos con formato de cuento.

Además de su apreciación sobre Cataluña, en esa trayectoria más o menos moderada, de perfil institucional y “conservador moderno”, tal como lo califican algunos, hay otras puntas. Pérez de los Cobos se separó de sus compañeros conservadores y votó a favor del matrimonio homosexual que avaló el Constitucional. Otro de sus votos discrepantes conocidos fue sobre la legalización de Bildu. El tribunal consideró legal la presencia de la coalición para las elecciones de 2011. Fue cinco meses después de que, a propuesta del PP y por designación del Senado, Pérez de los Cobos llegara al Constitucional, donde firmó un voto particular, en este caso en contra de dar vía libre a Bildu.

La propuesta de su candidatura también planteó dos polémicas. Cobos ejercía como asesor laboral a través de una sociedad limitada. Ante la posibilidad de una incompatibilidad, el entonces aún candidato suspendió sus actividades. También la simultaneidad de su trabajo en el Constitucional con un puesto como miembro de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) planteó dudas de incompatibilidad, por lo que él mismo recabó una consulta que acabó determinando la posibilidad de mantener ambos cargos.

El nuevo presidente del Constitucional ha asesorado mediante dictámenes o informes a los Ministerio de Trabajo, Sanidad, al departamento de Treball de Cataluña y la consejería de Trabajo de la Comunidad de Madrid, entre otros.

El hecho de que su padre, pediatra de profesión y fallecido en diciembre 2011, formara parte de la candidatura de Fuerza Nueva al Congreso de los Diputados en las elecciones generales de 1977 es un hecho que también provoca recelo entre los progresistas, que, sin embargo, destacan, por encima de sus diferencias ideológicas, su profesionalidad.

Pérez de los Cobos ha suavizado sus formas. Algunos de los alumnos del entonces estrenado como profesor, a finales de los ochenta, le recuerdan con un “puntillo de pedante intelectual y chulesco”. “Es buen compañero, cordial, educado y amable”, indica ahora uno de sus oponentes. El caso es que Cobos, al que nadie atribuye una empatía excepcional, llega a la presidencia del Constitucional para pacificar, institucionalizar y escenificar la independencia de un tribunal cuestionado.

http://politica.elpais.com/politica/2013/06/19/actualidad/1371636287_843755.html

LA AUDIENCIA DE MADRID CITA COMO IMPUTADO AL DIRECTOR GENERAL DE EMPLEO POR EL ERE DE AIR EUROPA

Xavier Jean Braulio Thibault Aranda declarará como imputado por el ERE de AIR Europa

El tribunal considera que el juez de instrucción no realizó ninguna diligencia para rechazar la querella presentada por seis pilotos de Air Europa contra Xavier Jean Braulio Thibault Aranda, director general de Empleo, y ordena que se le tome declaración como imputado acusado de un delito de prevaricación junto al inspector de trabajo que instruyó el expediente de regulación de empleo de la compañía aérea.

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid estiman el recurso presentado por los pilotos y reconocen que "a simple vista se ha aplicado un criterio diferente al que se fija en el convenio de los trabajadores de la compañía" por lo que el tribunal considera que se debe tomar declaración a los querellados para que expliquen su punto de vista.

Los seis pilotos de Air Europa, despedidos en el ERE aprobado el pasado mes de marzo, presentaron la querella contra el director general de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda, y el inspector de Trabajo que instruyó el Expediente de Regulación de Empleo, por un supuesto delito de prevaricación por incluirles en el ERE de la compañía saltándose el artículo 9 del convenio colectivo.

Este apartado especifica que a la hora de aplicar un ERE o cualquier otra medida similar hay que respetar el escalafón "objetivo" de antigüedad de los pilotos lo que, según denuncian los querellantes, no ha ocurrido en este caso.

Así, denunciaban que los despidos se produjeron en función de las flotas suprimidas (B767 y Embraer 190) y la antigüedad de los pilotos que los operaban y no en base a la antigüedad en el escalafón único que marca el convenio. De haberse respetado el artículo 9 los ahora querellantes, según denunciaron, seguirían volando en otros aviones de Air Europa tras pasar el pertinente curso de adaptación.

http://www.cadenaser.com/espana/articulo/audiencia-madrid-cita-imputado-director-general-empleo-ere-air-europa/csrcsrpor/20121106csrcsrnac_3/Tes

EL CONSTITUCIONAL LEGALIZA SORTU POR UN SOLO VOTO

El Tribunal Constitucional (TC) ha apoyado por un solo voto la legalización de Sortu tras el recurso de la formación abertzale. El Pleno ha anulado la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que en marzo de 2011 prohibió su inscripción en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior por ser sucesor de la ilegalizada Batasuna.

Sortu supone el segundo varapalo que el Tribunal Constitucional propina al Tribunal Supremo en el ámbito de la legalización de formaciones abertzales tras la autorización de Bildu en mayo de 2011, por un estrecho margen de seis votos frente a cinco.

Se ha repetido la misma votación que entonces. Seis votos contra cinco. Han votado a favor el presidente del Constitucional, Pascual Sala; el vicepresidente Eugeni Gay y los magistrados Luis Ortega, Pablo Pérez Tremps, Adela Asua y Elisa Pérez Vera, ponente del asunto y encargada de redactar la sentencia que se notificará en los próximos días.

En contra, cinco Francisco Hernando, Francisco Pérez de los Cobos, Ramón Rodríguez Arribas, Javier Delgado y Manuel Aragón. Estos tres últimos emitirán tres discrepantes.

En marzo de 2011, el Tribunal Supremo prohibió la inscripción de Sortu con el voto de nueve magistrados de la Sala del 61 por considerarlo sucesor de la ilegalizada Batasuna. Otros siete magistrados suscribieron un voto particular contrario al veto.

Sean 'sinceros' o no los estatutos

Tal y como ha informado hoy EL MUNDO, la ponencia que debatía hoy el Tribunal Constitucional sostiene que las "claras, contundentes e inequívocas" declaraciones estatutarias de Sortu de rechazo a la violencia, incluida de forma expresa la de ETA, son "suficientes" para contrarrestar "otros elementos de convicción" contrarios a su legalización.

El texto, el segundo que ha elaborado la ponente, Elisa Pérez Vera, examinado ya ayer por el Pleno del Tribunal Constitucional, propone declarar que la resolución del Tribunal Supremo vulneró el derecho fundamental de asociación al vetar a Sortu y reconoce el derecho de esta formación a ser inscrita en el registro de partidos, dependiente del Ministerio del Interior, "si se satisfacen los demás requisitos legales establecidos" en la ley de partidos.

El rechazo del terrorismo ha sido clave para el Constitucional

La ponencia sobre Sortu es, no obstante, distinta a la de Bildu en aspectos notables, aunque a la postre el resultado sea el mismo. La primera diferencia es que se ha abandonado la técnica de reexaminar una a una las pruebas tenidas en cuenta por el Supremo. En el caso de Bildu, ello llevó a los cinco jueces de la minoría (Javier Delgado, Ramón Rodríguez Arribas, Francisco Hernando, Manuel Aragón y Francisco Pérez de los Cobos) a denunciar la "extralimitación" del TC.

La segunda diferencia esencial que se propone es la cautela que la ponencia introduce al reconocer el derecho de Sortu a ser inscrita en el registro de partidos políticos "si se satisfacen los demás requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica de Partidos Políticos".

Esta reserva, de ambigua interpretación, se relaciona con un extenso fundamento jurídico final en el que se hace un catálogo de las conductas que pueden poner en marcha los mecanismos de ilegalización: cuando la actividad del partido "vulnere los principios democráticos"; cuando se justifique, apoye o colabore con el terrorismo; cuando se incurra en acciones dirigidas a la exclusión y aislamiento social de ciertos colectivos; cuando se ensalce a los terroristas, o cuando se menosprecie o humille a las víctimas.

De todas esas conductas, el texto enfatiza que un partido vulnera los principios democráticos cuando "supedita el rechazo de la violencia terrorista a la consecución negociada de objetivos políticos que sólo pueden alcanzarse en un Estado de Derecho mediante la utilización de procedimientos democráticos".

También destaca que "implica una justificación implícita del terrorismo, que no puede asumirse en democracia, todo intento de colocar en el mismo plano el sufrimiento infringido a las víctimas de la violencia terrorista y el eventual efecto aflictivo asociado al cumplimiento de la pena impuesta precisamente por la responsabilidad en que incurrieron quienes, recurriendo o justificando el terror, con su comportamiento causaron graves daños no sólo a las víctimas sino a la esencia misma de una sociedad democrática".

La argumentación central de la ponencia gira en torno a la "suficiencia" de la condena del terrorismo contenida en los estatutos de Sortu "para contrarrestar otros elementos de convicción".

Subraya que, a diferencia de supuestos anteriores, es "la primera vez" que los estatutos de un partido que "en la práctica ha carecido de actividad" contiene un "inequívoco rechazo a la violencia como medio de acción, incluida la de ETA".

A partir de ahí, se retoma el argumento ya utilizado con Bildu de que "la eficacia de la rotunda condena de la violencia en los estatutos y en las declaraciones de los promotores del partido cuya inscripción se pretende no puede estar sometida al dilema -insoluble para el Derecho- de la mayor o menor sinceridad del sujeto (...)".

http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/20/espana/1340204396.html

EL SENADO ESTUDIA HOY LA CANDIDATURA DE PÉREZ DE LOS COBOS AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

El Senado estudiará hoy la candidatura de Francisco Pérez de los Cobos para magistrado del Tribunal Constitucional, propuesta por el PP, en una reunión de la Comisión de Nombramientos que convocará la Mesa de la Cámara Alta.

Fuentes parlamentarias han informado a Efe del acuerdo de la Junta de Portavoces para que se celebre hoy esta reunión, en la que se aceptará y dará trámite al escrito del PP de presentación de esta candidatura, con la que la Comisión cerrará la propuesta de cuatro magistrados que elevará al pleno.

La Mesa del Senado decidirá la convocatoria de la Comisión, así como la comparecencia ante la misma de Francisco Pérez de los Cobos, catedrático de Derecho Laboral de la Universidad Complutense de Madrid, para que sea examinado por sus miembros, que deben acordar su "idoneidad" para el cargo de magistrado del TC.

La semana pasada, la Comisión de Nombramientos del Senado aprobó una propuesta conjunta de tres magistrados -acordados por los dos grupos mayoritarios de la Cámara-, uno a propuesta del PP -el ex presidente del Tribunal Supremo Francisco José Hernando- y dos por parte del PSOE -los catedráticos Adela Asúa y Luis Ortega

http://www.publico.es/agencias/efe/340186/el-senado-estudia-hoy-la-candidatura-de-perez-de-los-cobos-al-tribunal-constitucional

EL TRIPARTITO CARGA CONTRA EL CANDIDATO DEL PP AL CONSTITUCIONAL

Los partidos que forman el tripartito catalán reaccionaron ayer con indignación y enfado tras conocer las opiniones sobre Cataluña del candidato del PP al Constitucional. Francisco Pérez de los Cobos, que aspira a obtener la plaza propuesto por el Senado, afirmó en un libro que la política catalana se basa en el "onanismo" y que "el dinero es el bálsamo racionalizador de Cataluña".

Los socios minoritarios del tripartito cargaron duramente contra Pérez de los Cobos: "Es muy preocupante que alguien con esta falta de sensibilidad autonómica pueda acceder a un cargo en el TC, dijo el secretario general de ICV, Joan Herrera. Joan Ridao, secretario general de ERC, aseguró que las palabras del candidato del PP, que considera "ofensivas", pueden pasarle factura si es nombrado magistrado del TC.

La respuesta del PSC fue más templada. Los socialistas se encuentran entre dos aguas, puesto que, en caso de que PSOE y PP pacten la renovación del TC, se verían obligados a votar a Pérez de los Cobos. Francesc Vallès, coordinador de los diputados del PSC en el Congreso, afirmó: "Un magistrado del TC debe mantener en todo momento la independencia y la prudencia. Las declaraciones no son dignas del cargo al que aspira".

Mariano Rajoy, líder del PP, intentó disculpar a Pérez de los Cobos. Pese a que aseguró que no está de acuerdo con sus palabras, recalcó que trata de un "magnífico candidato".

http://elpais.com/m/elpais/2010/11/04/actualidad/1288862219_850215.html

UN CANDIDATO DEL PP AL CONSTITUCIONAL TILDA LA POLÍTICA CATALANA DE "ONANISMO"

Pérez de los Cobos dice en un libro que el dinero es "bálsamo" en Cataluña

El catedrático de Derecho del Trabajo y candidato al Tribunal Constitucional por el Partido Popular Francisco Pérez de los Cobos cargó contra los nacionalismos en general y el nacionalismo catalán en particular en un libro suyo publicado en 2006, según desveló ayer La Gaceta.

En el libro titulado Parva Memoria, publicado por la editorial catalana Tirant lo Blanch, el candidato del Senado al Constitucional por el PP hace afirmaciones como esta: "No hay en Cataluña acto político que se precie sin una o varias manifestaciones de onanismo". También afirma: "El dinero es el bálsamo racionalizador de Cataluña". El pensamiento de Pérez de los Cobos se proyecta también en aforismos como "la única ideología capaz de seguir produciendo pesadillas es el nacionalismo" o "¡cuánta mediocridad tapan las banderas! Quizá se inventaran para eso".

El candidato al Tribunal Constitucional admitió anoche en declaraciones a EL PAÍS que el libro lleva publicado cuatro años y no cree que contenga nada "escandaloso". "Yo soy crítico con el nacionalismo en general y no con uno en particular. He vivido ocho años en Cataluña y solo he hecho aforismos en contra de los actos del nacionalismo catalán. Espero que esto no tenga consecuencias para mi nombramiento en el Constitucional porque eso sería desorbitar las cosas".

Pérez de los Cobos agregó que se trata de un libro de aforismos, de 60 páginas, escrito hace ya cuatro años. "Cuando uno hace obra literaria puede ser interpretado y, de momento, no he recibido ninguna llamada ni ninguna crítica por lo que ha publicado La Gaceta", añadió.

Preguntado si cree que puede tratarse de una maniobra para desprestigiarle, el candidato al Tribunal Constitucional lo negó: "Creo que se debe solo a que un periodista se ha leído mi libro y ha hecho una selección de los aforismos que más le han interesado", dijo.

Pérez de los Cobos fue designado por el Senado para el Constitucional por el PP, junto al ex presidente del Consejo del Poder Judicial Francisco Hernando, en sustitución del magistrado de la Audiencia Nacional Enrique López. Previamente, se libró una batalla interna en el PP que apenas trascendió y que terminó ganando Dolores de Cospedal, la secretaria general del PP y senadora, que impulsó el nombre de Pérez de los Cobos, para optar al puesto de López, respaldado por Federico Trillo-Figueroa. La designación de Pérez de los Cobos fue avalada por los portavoces del PP y del PSOE. El portavoz de ERC, Carles Bonet, destacó su "brillante currículo", pero se abstuvo. Jordi Vilajoana, de CiU, le consideró "un buen candidato", pero votó en contra por entender que no quedaba "ni rastro de sensibilidad autonómica en el Constitucional".

http://elpais.com/m/diario/2010/11/03/espana/1288738808_850215.html

FRANCISCO PÉREZ DE LOS COBOS, NUEVO CANDIDATO DEL PP AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

La propuesta rompería el bloqueo de este órgano

El PP va a proponer al catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense, Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, en sustitución de Enrique López. Pérez de los Cobos es director del Departamento de Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Complutense.

La propuesta del PP consiste en mantener Enrique Hernando, añadir a este nuevo candidato y proponer a Enrique López como miembro del Congreso. La Mesa del Senado vetó hace unos meses la candidatura de Enrique López para formar parte del Tribunal Constitucional.

Los cambios suponen la imposición de una línea más progresista dentro del estamento, apoyada por Dolores de Cospedal. En detrimento de la opción avalada por Federico Trillo que pretendía prorrogar la actual situación de bloqueo.

Pérez de los Cobos nació en Murcia 1962. Antes de ejercer como profesor en la Complutense estuvo en la Universidad en la Autónoma de Barcelona. El catedrático es autor de las novelas 'No hay Derecho' y 'Parva memoria'.

http://elpais.com/m/elpais/2010/09/28/actualidad/1285661829_850215.html

PRINCIPIO DE ACUERDO PARA RENOVAR EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

El PP acepta retirar a su candidato Enrique López y sustituirlo por un catedrático para hacer posible los cambios

Los dirigentes del PP y del PSOE en el Senado han alcanzado un principio de acuerdo, según fuentes de ambas formaciones políticas, para poner fin al bloqueo en la renovación de cuatro de los 12 magistrados del Tribunal Constitucional que deberían haber sido sustituidos hace tres años porque habían cumplido su mandato.

Los cambios suponen la imposición de una línea más progresista dentro del estamento, apoyada por Dolores de Cospedal. En detrimento de la opción avalada por Federico Trillo que pretendía prorrogar la actual situación de bloqueo.

El PP va a proponer al catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense, Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, en sustitución de Enrique López. Pérez de los Cobos es director del Departamento de Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Complutense.

El bloqueo era debido a que uno de los candidatos propuestos por el PP, el magistrado de la Audiencia Nacional Enrique López, no reunía los requisitos legales exigidos para ocupar un puesto en el Tribunal Constitucional dado que carecía de la antigüedad como juez requerida, según los servicios jurídicos del Senado.

El PP, que recurrió contra esta decisión y que sigue sin estar de acuerdo, ha aceptado sustituir a López por otro candidato y, de esa manera, hacer posible la renovación. Con estos cambios, el Tribunal Constitucional pasará de un equilibrio entre magistrados progresistas y conservadores, a una mayoría absoluta de magistrados elegidos a propuesta del PSOE.

PSOE y PP han negociado en paralelo la renovación de los cuatro magistrados del Constitucional que nombra la Cámara alta y los cuatro que escoge el Congreso, además de otros nombramientos pendientes, como el Defensor del Pueblo. El PP mantenía bloqueada este proceso al entender que la actual composición, con un tercio de sus miembros con el mandato expirado, favorecía sus intereses, especialmente, el de conseguir tumbar la Ley del Aborto, que recurrieron ante el alto tribunal.

http://elpais.com/m/elpais/2010/09/28/actualidad/1285661826_850215.html

EL CONSTITUCIONAL ACEPTA LA RECUSACIÓN DE PÉREZ TREMPS PLANTEADA POR EL PP

Pérez Tremps realizó un informe sobre el Estatuto catalán antes de ser juez y no podrá participar en el Pleno que debe pronunciarse sobre el recurso de inconstitucionalidad

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado hoy por seis votos a cinco aceptar la recusación del magistrado Pablo Pérez Tremps planteada por el PP en relación con la tramitación del recurso que este partido interpuso contra el Estatuto de Cataluña.

Según han informado fuentes del Alto Tribunal, el TC ha estimado que concurre la causa trece del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es decir, "haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo". Tremps participó en un estudio realizado por 10 juristas sobre la constitucionalidad del Estatuto, antes de ser designado magistrado constitucional.

El auto en el que se fundamenta la recusación se hará público en unos días, y los cinco magistrados discrepantes -la presidenta del tribunal, María Emilia Casas, Pascual Sala, Eugenio Gay, Elisa Pérez Vera y Manuel Aragón- ya han anunciado que formularán votos particulares. A favor de estimar la recusación han votado el vicepresidente del alto tribunal, Guillermo Jiménez Sánchez, y los magistrados Vicente Conde, Javier Delgado, Jorge Rodríguez-Zapata, Ramón Rodríguez Arribas y Roberto García Calvo.

Acusaciones de parcialidad

Esta es la segunda vez que el PP recusa a Pérez Tremps -la primera fue rechazada hace ahora un año-al entender que su voto sobre la constitucionalidad de la reforma catalana ya no podía ser imparcial por haber "emitido un dictamen sobre el objeto del pleito", por el que además fue retribuido con 6.000 euros. El estudio fue realizado a petición del Instituto de Estudios Autonómicos de la Generalitat de Cataluña -todavía presidida por Jordi Pujol (CiU)- para que este órgano asesorara al Parlamento catalán sobre el texto del nuevo Estatuto. El PP argumentó en su incidente de recusación, admitido a trámite por el TC el pasado 7 de noviembre, que en ese dictamen se sugerían "fórmulas o textos que luego textualmente vemos recogidos en el texto articulado del Estatuto". Como prueba el principal partido de la oposición aportó el contrato suscrito por el catedrático y firmado por el actual consejero catalán de Interior, Joan Saura.

El Parlamento catalán siempre ha defendido a Tremps asegurando que se le pidió "la elaboración de un estudio para evaluar los aspectos relacionados con la acción exterior y la participación europea" por ser catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid.

En defensa de Tremps

También la Fiscalía se opuso a que el TC estimara la recusación, al considerar que el dictamen de Pérez Tremps "ni constituye un análisis técnico jurídico para verificar la adecuación a la Constitución" del Estatuto, "ni hace referencia a ninguna propuesta articulada de reforma estatutaria promovida por actor político alguno, ni se hizo a instancias de ninguno de los autores de la propuesta de reforma".

Ésta es la primera recusación de uno de sus magistrados que admite el Constitucional en relación con el Estatuto catalán, ya que con anterioridad había rechazado otras tres: una contra el propio Pérez Tremps, otra contra la presidenta del tribunal, María Emilia Casas, y una contra el magistrado Roberto García Calvo.

Pérez Tremps, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III, es uno de los dos magistrados cuyo nombramiento fue propuesto por el Gobierno y se incorporó al TC en junio de 2004 para cumplir un mandato de nueve años.

http://elpais.com/elpais/2007/02/05/actualidad/1170667027_850215.html

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