Francisco Pérez de los Cobos : Un
presidente del Tribunal Constitucional MULTIUSO POLIVALENTE Y GENOVÉS
LABOUR PROSPECTIVES, SL
MATERIAL LECTURA
Acuerdo rechazando escrito Mazón. Septiembre 2016 Escrito Mazón contra Pérez Cobos.29.08.16 Labour Prospectives, SL. CUENTAS 2015 LAS NOTICIAS
EL CONSTITUCIONAL DESOYE UNA DEMANDA PARA QUE SU PRESIDENTE FUERA CESADO POR CONFLICTO DE INTERESES
EL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL FIRMA SENTENCIAS Y CUENTAS MERCANTILES
EL CONSTITUCIONAL DESOYE UNA DEMANDA PARA QUE SU PRESIDENTE FUERA CESADO POR CONFLICTO DE INTERESES
Se acusaba a Pérez de los Cobos de incompatibilidad por tener una empresa abierta, pero la vicepresidenta del Tribunal ni siquiera ha convocado al Pleno
El pasado 24 de agosto, ELPLURAL.COM publicaba una noticia firmada por nuestros colaboradores Los Genoveses en la que informábamos de que seguía sin cerrarse una empresa, Labour Prospectives, S.L. cuyo administrador y propietario era Francisco Pérez de los Cobos, actual presidente del Tribunal Constitucional (TC), y por tanto quinto rango de poder en el Estado, sólo por detrás del Rey, el Presidente del Gobierno y los Presidentes de Congreso y Senado.
En principio, la Ley de Ordenación del Poder Judicial (LOPJ) dice que es incompatible para cualquier magistrado ser propietario de una sociedad mercantil. En concreto, dice en su artículo 389, donde regula estas incompatibilidades que “el cargo de Juez o Magistrado es incompatible (…) con todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido; con el ejercicio de toda actividad mercantil, por sí o por otro”.
En esta misma información de ELPLURAL.COM hacíamos referencia al hecho, que ya habíamos publicado con anterioridad, de que Pérez de los Cobos ocultó tanto en la biografía que presentó a la Comisión de Nombramientos del Senado que le examinó para aprobar su idoneidad, como también durante su intervención, la existencia de esa empresa (por cierto, también ocultó desvelar el hecho de que había sido militante cotizante del PP).
Requerimiento por "incumplimiento"
Citando expresamente nuestra información y la LOPJ, pocos días después, el 29 de agosto, José Luis Mazón Costa, como presidente del Partido Político Contrapoder, presentó un requerimiento a los miembros del Pleno Gubernativo del Tribunal Constitucional (que se puede consultar en este enlace) para que “por incumplimiento del deber de dignidad inherente al cargo e incompatibilidad sobrevenida se declare por los magistrados integrantes del Pleno Gubernativo, la vacante del puesto de Magistrado del Tribunal que ocupa el Sr. Pérez de los Cobos y la devolución de los sueldos o remuneraciones recibidas del Tribunal Constitucional desde que es administrador de la referida mercantil (Labour Prospectives S.L.) por ser ambos cargos incompatibles”.
Puestos en contacto con el Tribunal Constitucional, ELPLURAL.COM ha sabido que la petición ha sido rechazada. O más exactamente, que ni siquiera ha sido considerada, ya que la vicepresidenta del Constitucional, la magistrada Adela Asua -presentada en su momento para ocupar este cargo por el PNV- desestimó incluso la convocatoria del Pleno Gubernativo del Tribunal.
Obligados a declararlas inactivas
La razón para ello, han informado a ELPLURAL.COM en el TC, es que el simple hecho de la petición del cese de uno de los miembros del Constitucional no es admisible, ya que “por garantía de la independencia que es inherente” al Tribunal, estas peticiones “solo pueden ser impulsadas y ejercidas por los propios Magistrados”. Es decir, sólo un miembro del Constitucional puede pedir que otro, y desde luego el Presidente, cese. Como decimos, basándose en esta interpretación, Asua, la vicepresidenta del TC, decidió el archivo del requerimiento de José Luis Mazón.
Además, también se nos ha informado desde el Tribunal Constitucional de que los magistrados no están obligados a cerrar las empresas que poseyeran o administraran antes de ocupar sus cargos, sino tan sólo a declararlas inactivas. Que sería lo que habría hecho Pérez de los Cobos con Labour Prospectives S.L.
Lo cierto es que de esta manera, Francisco Pérez de los Cobos se ve libre una vez más de explicar, ni asumir responsabilidades, por un hecho que, al menos éticamente, parece discutible: el oscurantismo en el que quedan tapadas las gestiones que hizo al frente de una empresa, Labour Prospectives S.L., cuya dedicación fundamental era el asesoramiento.
¿A qué empresas asesoró?
Por ejemplo, han quedado sin desvelarse la identidad de las empresas a las que asesoró. Y en consecuencia, resulta imposible saber si alguna de esas empresas que acudieron a Pérez de los Cobos asesor ha recurrido después al Constitucional, y si el Presidente del TC se inhibió, como parece claro que tendría que hacer.
De hecho, en su petición al Pleno Gubernativo del Constitucional, Mazón ya advertía que “es evidente que debe investigarse si clientes de Labour Perspective S.L. han acudido al TC en demanda de amparo o como parte contraria en un amparo admitido, para lo cual debe de exigírsele al magistrado y presidente sospechoso de uso del cargo para fines propios la aportación de la relación de clientes…”.
El hecho de que el propio Pérez de los Cobos, como decimos, no señalara la existencia de Labour Properties S.L. a la Comisión de Nombramientos del Senado (igual que olvidó mencionar su pertenencia al Partido Popular) no ayudan a desvanecer las sospechas que apuntaba el reclamante. La decisión de no admisión a trámite del requerimiento tapa esta vía, y que no llegue acompañada de explicaciones voluntaria del propio de los Cobos, mantienen flotando una nube sobre un cargo clave en la administración del Estado.
http://www.elplural.com/politica/2016/11/12/el-constitucional-desoye-una-demanda-para-que-su-presidente-fuera-cesado-porEL PRESIDENTE DEL CONSTITUCIONAL FIRMA SENTENCIAS Y CUENTAS MERCANTILES
Pérez de los Cobos de nuevo se desenvuelve entre lo legal y lo ético
Cuando el 6 de octubre del 2010 el catedrático de Derecho del Trabajo, Francisco Pérez de los Cobos, candidato a magistrado del TC a propuesta del GPP, compareció en la Comisión de Nombramientos del Senado nadie de los allí presentes, salvo él mismo y algún que otro parlamentario del PP, conocían dos aspectos de su trayectoria que tampoco fueron desvelados en aquel momento por el entonces candidato:
El primero tenía que ver con su militancia activa en el Partido Popular de Cataluña, mientras que el segundo era su condición de administrador único de una sociedad mercantil denominada “Labour Prospectives, SL”. Ambos datos también fueron ocultados en el generoso CV que el GPP distribuyó a los miembros de la Comisión que debía votar su idoneidad para el TC.
Tras su elección tuvieron que pasar 3 largos años para que en julio del 2013, por puro accidente periodístico y al rebufo del Caso Gürtel, se conociera que Pérez de los Cobos, recién elegido Presidente del TC, era además de Catedrático, un cualificado militante del PP y que como tal pagaba sus cuotas a la organización política a la que pertenecía. Su militancia generó una fuerte polémica política y jurídica que acabó con su recusación como magistrado por parte de la Generalitat de Cataluña. La mayoría absoluta del PP en el Parlamento y en el propio TC fue determinante para que Pérez de los Cobos continuará en su cargo y de paso discretamente se diera de baja en el PP.
La segunda cuestión que como decíamos ocultó al Senado fue su condición de administrador único de "Labour Prospectives,SL", una sociedad constituida en Barcelona en el año 2003 cuyo objeto social es "la elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social".
Cuando en mitad de la polémica sobre su militancia se publicaron las primeras informaciones sobre sus vinculaciones mercantiles, el aludido se negó a dar ningún tipo de explicación sobre quiénes habían sido sus clientes alegando que era “una cuestión privada” y que, en todo caso, la citada sociedad estaba inactiva.
Las dudas razonables y razonadas que ya existían sobre su imparcialidad se vieron incrementadas por su calculado silencio sobre si había facturado, por ejemplo, a asociaciones de empresarios y al propio PP sobre contenidos de reformas en el mercado laboral como las que casualmente se pusieron en marcha tras la llegada al gobierno de uno de sus clientes y a la vez Presidente de su Partido, Mariano Rajoy.
El hecho cierto es que tras estas informaciones el silencio más silencioso se volvió a imponer y Pérez de los Cobos volvió una vez más a imponer su criterio con el apoyo expreso de sus padrinos políticos, mediáticos y empresariales.
Y en estas estábamos cuando muy a su pesar se ha conocido el deposito en el Registro Mercantil de Barcelona de las cuentas de la citada sociedad referidas al año 2015.
Y es aquí donde una vez más las líneas divisorias entre lo legal y lo ético se estrechan hasta solaparse y colisionar. Como se verá a continuación dictar sentencias y a la vez firmar cuentas resulta en el mejor de los casos poco estético, nada ético y de dudosa legalidad. Vayamos al grano. Nada mejor que para ello pongamos en relación dos fechas:
30 de junio 2016. Ese jueves el Presidente del Tribunal Constitucional se desdobla para ejercer como administrador único de “Labour Prospectives, SL” y así poder firmar el acta de su junta universal y ordinaria en la que se aprueban las cuentas del año 2015 para su posterior depósito en el Registro Mercantil. No se dispone de información sobre si la Junta se celebró en la sede que la sociedad tiene en Barcelona o en otro lugar.
5 de octubre 1979. Este día el BOE publica la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. En su articulo 19.1 se establecen los supuestos de incompatibilidad de sus magistrados. A los efectos de esta crónica interesa detenerse en el siguiente:
1.“El cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional es incompatible:
1.7. Con el desempeño de actividades profesionales o mercantiles”.
Y es aquí donde las dos fechas entra en colisión entre lo legal y lo ético ya que no hay la más mínima duda, mire por donde se mire, que el citado apartado 7 del artículo 19 establece de forma meridiana que un magistrado del TC es incompatible con el desempeño de cualquier actividad mercantil.
Esta incompatibilidad, sin embargo, queda en entredicho cuando se constata que la mano con la que estampa su firma, la original y genuina, es la misma con la que indistintamente rúbrica sentencias de obligado cumplimiento y las cuentas anuales de una sociedad mercantil dedicada al asesoramiento legal para potenciales clientes que han podido o podrían acabar solicitando amparo al Tribunal que él mismo preside. Dato este que desconocemos por su negativa a facilitarlo.
Lo dejamos aquí siendo conscientes que como es ya habitual esta noticia como otras muchas que ha protagonizado este cualificado militante genovés, empresario y magistrado dejará de serlo y las aguas institucionales seguirán su curso sin inmutarse. Eso sí, mientras todo esto sucede su Partido continuará negociando con sus socios de Ciudadanos fórmulas extravagantes para “acabar” con los múltiples y variados casos de corrupción que les rodea.
http://www.elplural.com/2016/08/24/el-presidente-del-constitucional-firma-sentencias-y-cuentas-mercantilesEl presidente del Constitucional figura como administrador de una consultora
Francisco Pérez de los Cobos mantiene este cargo Labour Prospectives SL pese a la incompatibilidad constitucional de su cargo con "cualquier actividad profesional y mercantil".
La empresa tiene como objeto la "elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social.
Un portavoz del Alto Tribunal dice que el magistrado no incurre en incompatibilidad legal porque "la empresa no está activa".
El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, figura en la actualidad como administrador único de la empresa Labour Prospectives SL, según los datos del registro mercantil de Barcelona consultados por Público. Esa situación la mantiene pese a la declaración expresa de incompatibilidad para los miembros de este alto tribunal "con cualquier actividad profesional y mercantil" que establece la Constitución, en su artículo 159, apartado 4, y la ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en su artículo 19, apartado primero.
La empresa Labour Prespectives SL fue constituida el 2 de febrero de 2003 e inscrita al mes siguiente en el registro mercantil de Barcelona. Desde el primer momento Francisco Pérez de los Cobos consta con el cargo de administrador único de la mercantil, situación que no ha variado hasta este momento. La empresa tiene como objeto social "la elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social".
En el momento de la constitución de esa sociedad Pérez de los Cobos era catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Autónoma de Barcelona. Posteriormente, en el año 2007, se trasladó a la misma cátedra en la Universidad Complutense de Madrid, puesto que abandonó al tomar posesión como miembro del Tribunal Constitucional. Los otros dos socios de Pérez de los Cobos en la empresa son Javier Thibault, actual director general de Empleo del departamento que dirige Fátima Báñez, y Núria García Piñeiro, asesora en el gabinete de esta ministra.
El actual presidente del TC fue designado como magistrado del alto tribunal, garante de los principios que establece la Constitución y última instancia para los recurso judiciales, por el Senado a propuesta del Partido Popular. Su nombramiento se publicó en el BOE el 29 de diciembre de 2010. Con posterioridad, el pasado 19 de junio de 2013 fue elegido presidente de la institución por unanimidad de los magistrados que integran la institución una vez completada la renovación de sus miembros que se tradujo en una mayoría conservadora en la composición del alto tribunal.
Una portavoz oficial del gabinete del presidente del TC confirmó a Público que, efectivamente, Pérez de los Cobos sigue figurando como administrador de esta empresa, pero matizó que "no incurre en ninguna incompatibilidad legal porque la actividad de la empresa está suspendida". "La empresa no está activa", insistió a Público como síntesis de la versión oficial ofrecida en nombre del máximo responsable del alto tribunal.
Según esta portavoz "pese a esa suspensión de actividad la ley obliga a la empresa a seguir presentando cuentas al registro mercantil correspondiente, pero la realidad es que carece de actividad desde el 31 de diciembre de 2010, justo unos días antes de su toma de posesión como magistrado del Tribunal Constitucional que se materializó el día 12 de enero siguiente". Pérez de los Cobos no ha considerado la opción de disolver esta empresa "porque el día de mañana puede retomar esa actividad profesional", se limitó a decir la fuente oficial como justificación de la existencia de la mercantil en la actualidad y del cargo que el magistrado mantiene en ella.
Poco después de su elección como presidente del TC se supo que Pérez de los Cobos era militante del Partido Popular, según queda reflejado entre la documentación del sumario del caso Bárcenas donde aparecía, además, como donante de la formación política conservadora. Este hecho creó un gran escándalo político el pasado verano que se saldó con una resolución del propio Tribunal Constitucional en la que interpretaba que la incompatibilidad partidista que tanto la Constitución como la ley Orgánica el Tribunal Constitucional establecen solo es de aplicación para quienes ostentes cargos directivos, no para simples militantes.
La figura del nuevo presidente del TC ha seguido rodeada de polémica. En el mes de septiembre pasado el pleno del Tribunal Constitucional, por 9 votos contra dos, decidió rechazar los recursos presentados por la Generalitat y el Parlament de Catalunya que pretendían su recusación en 26 asuntos diferentes relacionados con la política catalana. Esa votación puso de manifiesto la pérdida de credibilidad en la necesaria independencia que se atribuye a la figura de presidente del TC. Unos días después el mismo pleno tuvo que pronunciarse - lo hizo en el mismo sentido - sobre la recusación planteada por el ex magistrado Baltasar Garzón debido a su pasada militancia en el PP para que no participase en la decisión sobre su recurso contra la sentencia del Tribunal Supremo que le apartaba de la carrera judicial.
Otra sonada polémica sobre su falta de imparcialidad se suscitó tras darse publicidad al contenido de su discurso pronunciado en Yercla (Murcia), su localidad natal, el 6 de diciembre de 2005 entre los actos organizados por el Ayuntamiento para conmemorar el Día de la Constitución. En aquella ocasión hizo una soflama anticatalanista en pleno debate político sobre la reforma del Estatut catalán.
"... el Estatut y su excesos no es, a mi juicio, el principal problema sino una manifestación del mismo. El verdadero problema, y creo saber de lo que hablo, es que (...) varias generaciones de catalanes han sido ya educadas en el desprecio, expreso o tácito, hacia la cultura española, y el Estatut es la primera manifestación política de ese desprecio". (...) creo que, con honrosas excepciones, nuestra clase política no está a la altura de la madurez de nuestro pueblo", dijo entre otras lindezas.
La condición de militante del PP como la de socio y administrador único de una empresa dedicada a la consultoría laboral fue ocultada por Pérez de los Cobos a los senadores de la comisión de Nombramientos de la Cámara alta durante la comparecencia previa a su designación como magistrado del TC, el 6 de octubre de 2010. En aquella ocasión se presentó a los parlamentarios como "un modesto profesor universitario", según el diario de sesiones que, sin embargo, no recoge que estuvo acompañado por Celia Villalobos, vicepresidenta primera del Congreso de los Diputados, una circunstancia que no pasó desapercibida en la sala Clara Campoamor.
Sin embargo, en la página web oficial del TC su currículo sí recoge su amplia capacidad asesora a diversas entidades, con expresa mención al ministerio de Trabajo, al de Sanidad, al departamento de Treball del Govern de la Generalitat o a la consejería homóloga de la Comunidad de Madrid.
Es un secreto a voces que Pérez de los Cobos está considerado como el autor intelectual de la reforma laboral que promulgó el Gobierno de Rajoy nada más llegar al poder. De hecho, su estrecho colaborador Javier Thibault, en la consultora Labour Prospectives SL, en su recorrido académico y también como letrado adscrito a su persona en el TC, acabó como director general de Empleo nada más estrenarse el Ejecutivo del PP. Solo con estas observaciones, entre otras razones, se puede entender la resistencia de Pérez de los Cobos a liquidar la empresa definitivamente y preferir tenerla, simplemente, dormida
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